Este documento trata sobre los movimientos de población y los movimientos migratorios. Explica que los movimientos de población son causados por conflictos armados y pueden ser espontáneos o ordenados por las autoridades. Los movimientos migratorios son desplazamientos humanos a largo plazo, ya sea dentro de un país o entre países. Finalmente, destaca los derechos de los migrantes según declaraciones y convenciones internacionales como la no discriminación y la elección de residencia.
Presentación CRISIS DE REFUGIADOS
Paraninfo de la Universidad Zaragoza
Esquema sobre el que se dió la charla, con links a ciertos documentos y a una Sentencia sobre el Derecho de Asilo.
Instituto Academia de Formación Jurídica Simón Rodríguez
“Enseñanza Jurídica que transforma vidas”.
Somos una institución de Educación de Adultos, que germino legalmente el 17 de Julio del Año 2014, siendo registrada en el Ministerio del Poder Popular Para las Relaciones Interiores y Justicia, Servicio Autónomo de Registros y Notarias y ante los órganos educativos del Estado Venezolano, entre los que destacan el INCES y el Ministerio del Poder Popular para la Educación, dedicada a la formación continua de profesionales en el derecho, preparándolos para entender, comprender y desarrollar exitosamente su ejercicio jurídico.
Estamos ubicados en la Ciudad de Maracay Estado Aragua – Venezuela. www.iafjsr.com.ve
Presentación CRISIS DE REFUGIADOS
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Esquema sobre el que se dió la charla, con links a ciertos documentos y a una Sentencia sobre el Derecho de Asilo.
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“Enseñanza Jurídica que transforma vidas”.
Somos una institución de Educación de Adultos, que germino legalmente el 17 de Julio del Año 2014, siendo registrada en el Ministerio del Poder Popular Para las Relaciones Interiores y Justicia, Servicio Autónomo de Registros y Notarias y ante los órganos educativos del Estado Venezolano, entre los que destacan el INCES y el Ministerio del Poder Popular para la Educación, dedicada a la formación continua de profesionales en el derecho, preparándolos para entender, comprender y desarrollar exitosamente su ejercicio jurídico.
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Somos una institución de Educación de Adultos, que germino legalmente el 17 de Julio del Año 2014, siendo registrada en el Ministerio del Poder Popular Para las Relaciones Interiores y Justicia, Servicio Autónomo de Registros y Notarias y ante los órganos educativos del Estado Venezolano, entre los que destacan el INCES y el Ministerio del Poder Popular para la Educación, dedicada a la formación continua de profesionales en el derecho, preparándolos para entender, comprender y desarrollar exitosamente su ejercicio jurídico.
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El ius cogens en el Derecho Internacional Humanitario y sus convergencias con...Regina Ingrid Díaz Tolosa
Clase Magistral dictada en la Cátedra chileno argentina de Derecho Internacional Juan Pablo II en la Universidad Nacional de Córdoba, Argentina, noviembre 2010
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“Enseñanza Jurídica que transforma vidas”.
Somos una institución de Educación de Adultos, que germino legalmente el 17 de Julio del Año 2014, siendo registrada en el Ministerio del Poder Popular Para las Relaciones Interiores y Justicia, Servicio Autónomo de Registros y Notarias y ante los órganos educativos del Estado Venezolano, entre los que destacan el INCES y el Ministerio del Poder Popular para la Educación, dedicada a la formación continua de profesionales en el derecho, preparándolos para entender, comprender y desarrollar exitosamente su ejercicio jurídico.
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El ius cogens en el Derecho Internacional Humanitario y sus convergencias con...Regina Ingrid Díaz Tolosa
Clase Magistral dictada en la Cátedra chileno argentina de Derecho Internacional Juan Pablo II en la Universidad Nacional de Córdoba, Argentina, noviembre 2010
Proyecto de resolución remitido a la reunión plenaria de alto nivel de la Asamblea General sobre la respuesta a los grandes desplazamientos de refugiados y migrantes en su septuagésimo período de sesiones
A good article that reffers to the internal conflict that Colombia is suffering. Taking into account the actions of diferent internal and external actors that are involved in the conflict.
Ante la incertidumbre y las propuestas restrictivas xenófobas, nuestra responsabilidad es la defensa de las profundas innovaciones se han desarrollado en materia migratoria en la Argentina.
Similar a Movimientos de la población y movimientos migratorios (20)
Movimientos de la población y movimientos migratorios
1. MOVIMIENTOS DE LA
POBLACIÓN Y
MOVIMIENTOS
MIGRATORIOS
Josselyn Ortega
Sabrina Ruiz
Andres Pipicano
Alexandra Manrique
2. MOVIMIENTOS DE LA POBLACIÓN
Son los movimientos causados por el desarrollo de las operaciones
militares en un conflicto armado internacional. Los movimientos de
población pueden ser espontáneos y ocurrir cuando cintos o miles de
habitantes de un país determinado, obligados por la presión de las
tropas de invasión o por bombardeos de gran intensidad y extensión:
a) afluyen de manera desordenada, a la frontera de un país vecino,
que puede acogerlos o expulsarlos.
b) abordan barcos para llegar por mar a otro país en busca de
refugio.
c) se desplazan en el interior de su propio país, hacia una zona
menos peligrosa.
3. Por otra parte, es posible que, por orden de las autoridades la
población civil sea alejada de una zona, a fin de evitarle los riesgos
que corren debido a los objetivos militares cercanos, o en caso de
necesidad militar imperiosa.
4. MOVIMIENTOS MIGRATORIOS
A escala nacional o local, la población puede aumentar o disminuir,
además de por los movimientos naturales, por los movimientos
migratorios, que son los desplazamientos humanos de larga duración
de un lugar de origen a otro de destino.
Dentro de los movimientos migratorios podemos distinguir dos
componentes principales dependiendo de si el sujeto va a un lugar o
sale de el. Así cuando el individuo abandona su lugar de origen se
contabiliza como emigrante, mientras que cuando llega al lugar de
destino se le considera como inmigrante. Existe un tercer
componente dentro de las migraciones, que se produce cuando
individuos emigrados vuelven pasando un tiempo a su lugar de
origen, denominándoles retornados.
5. * los movimientos migratorios pueden ser interiores o exteriores; los
interiores son los que se realizan dentro del mismo país:
- estacionales: el emigrante siempre vuelve a su residencia.
- definitivas: el cambio de residencia definitivo, pero en vacaciones
se vuelve al lugar de origen.
Movimientos migratorios exteriores; continentales, se realizan entre
estados del mismo continente; intercontinentales, son los que tienen
lugar entre distintos continentes.
* el estudio de los movimientos migratorios es importante para saber
el crecimiento real de una población ya que el crecimiento real es
igual al crecimiento natural o vegetativo al que hay que restar las
emigraciones y sumar las inmigraciones.
* certificado de movimientos migratorios
Es el documento que constata los registros que aparecen en la base
de datos sobre ingresos y salidas de Colombia de un ciudadano
nacional y/o extranjero.
6. Derechos de los migrantes
Los migrantes en ningún momento pierden sus derechos inherentes,
razón por la que los tratados en materia de Derechos Humanos les
son plenamente aplicable. En lo que respecta a los emigrantes, varios
tratados regulan sus derechos en forma general y otros en forma
especifica. Entre los primeros vale la pena destacar la Declaración
Universal de Derechos Humanos de 1948, el Pacto de Derechos
Civiles y Políticos de 1966. entre los segundos el documento que
mejor engloba estos derechos es la Convención Internacional sobre la
Protección de los Derechos de todos los Trabajadores Migratorios y
de sus Familias de 1990.
Los derechos de los migrantes de mayor relevancia son:
* Derecho a la vida:
- Declaración Universal de Derechos Humanos de 1948, articulo 3
- Declaración sobre los Derechos Humanos de los individuos que no
son nacionales del país en que viven de 1985, articulo 5
- Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos de 1976, artículo
1.
7. - Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos de
todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familias de 1990,
artículo 9.
* Protección contra la detención y prisión arbitraria
- Declaración Universal de Derechos Humanos de 1948, artículo 9.
- Declaración sobre los Derechos Humanos de los individuos que no
son nacionales del país en que viven de 1985, artículo 5 (I).
- Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos de 1976, artículo
9 (1).
- Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos de
Todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familias de 1990,
artículo 16 (4).
* Elección de residencia
- Declaración Universal de Derechos Humanos de 1948, artículo 13.
- Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos de
Todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familias de 1990,
artículo 39.
8. * Principio de igualdad y no discriminación
Al respecto, la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha
Sostenido que “el principio de igualdad ante la ley y no discriminación
impregna toda actuación del poder del Estado, en cualquiera de sus
manifestaciones, relacionada con el respeto y garantía de los
derechos humanos. Dicho principio puede considerarse efectivamente
como imperativo del derecho internacional general, en cuanto es
aplicable a todo Estado, independientemente de que sea parte o no
en determinado tratado internacional, y genera efectos con respecto a
terceros, inclusive a particulares”. Es un desarrollo bien interesante
en la medida en que para esta Corte se trata de normas de lus
cogens, es decir que se trata de normas imperativas y, en
consecuencia, son de obligatorio cumplimiento para los Estados.