El documento resume los requisitos y principios de la acusación ante el tribunal de control según el Código Orgánico Procesal Penal de Venezuela. Explica que la acusación debe incluir la identificación del imputado, los hechos punibles atribuidos, los fundamentos de la imputación, la aplicación de los preceptos jurídicos, y la solicitud de enjuiciamiento. También resume los tipos de inspección permitidos durante una investigación penal como la inspección de personas, vehículos y registros.
Instituto Academia de Formación Jurídica Simón Rodríguez
“Enseñanza Jurídica que transforma vidas”.
Somos una institución de Educación de Adultos, que germina legalmente el 17 de Julio del Año 2014, siendo registrada en el Ministerio del Poder Popular Para las Relaciones Interiores y Justicia, Servicio Autónomo de Registros y Notarias y ante los órganos educativos del Estado Venezolano, entre los que destacan el INCES y el Ministerio del Poder Popular para la Educación, dedicada a la formación de los futuros profesionales en el derecho en su fase incipiente, preparándolo para entender, comprender y desarrollar exitosamente su futura profesión y mejorar las habilidades y destrezas de profesionales que ya estén en su ejercicio profesional.
Estamos ubicados en la Ciudad de Maracay Estado Aragua – Venezuela
www.iafjsr.com.ve
Procedimientos El Juzgamiento de los delitos menos graves.
La Extradición
Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada. Objeto. Naturaleza Jurídica. Sujetos Procesales.
Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una vida libre de Violencia.
Ley Orgánica para la Protección de
Niños, Niñas y Adolescentes
Mapas conceptuales referentes a: Procedimiento para el Juzgamiento de los Delitos Menos Graves; Procedimiento de Extradición; Procedimiento Penal Especial regulado en la Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada; Procedimiento Penal Especial regulado en la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una vida libre de Violencia; Procedimiento Penal Especial del Sistema de Responsabilidad Penal del Adolescente.
Instituto Academia de Formación Jurídica Simón Rodríguez
“Enseñanza Jurídica que transforma vidas”.
Somos una institución de Educación de Adultos, que germina legalmente el 17 de Julio del Año 2014, siendo registrada en el Ministerio del Poder Popular Para las Relaciones Interiores y Justicia, Servicio Autónomo de Registros y Notarias y ante los órganos educativos del Estado Venezolano, entre los que destacan el INCES y el Ministerio del Poder Popular para la Educación, dedicada a la formación de los futuros profesionales en el derecho en su fase incipiente, preparándolo para entender, comprender y desarrollar exitosamente su futura profesión y mejorar las habilidades y destrezas de profesionales que ya estén en su ejercicio profesional.
Estamos ubicados en la Ciudad de Maracay Estado Aragua – Venezuela
www.iafjsr.com.ve
Procedimientos El Juzgamiento de los delitos menos graves.
La Extradición
Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada. Objeto. Naturaleza Jurídica. Sujetos Procesales.
Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una vida libre de Violencia.
Ley Orgánica para la Protección de
Niños, Niñas y Adolescentes
Mapas conceptuales referentes a: Procedimiento para el Juzgamiento de los Delitos Menos Graves; Procedimiento de Extradición; Procedimiento Penal Especial regulado en la Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada; Procedimiento Penal Especial regulado en la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una vida libre de Violencia; Procedimiento Penal Especial del Sistema de Responsabilidad Penal del Adolescente.
COONAPIP II FORO DE MUJERES BUGLÉ Elaborado por: Yanel Venado Jiménez/COONAPI...YuliPalicios
Es una copilación de fotografías y extractos
del II Foro de Mujeres Buglé: Por la Defensa de los Derechos Territoriales, realizado en el corregimiento de Guayabito Comarca Ngäbe-Buglé de Pannamá. A través de estas imágenes y sus reseñas, buscamos presentar estrategias
para responder a las amenazas a las que se enfrentan, reforzar el cuidado y vigilancia del territorio, los derechos y la cultura, como mecanismos de defensa territorial, aportes que fortalezcan colectivamente la protección de
los derechos territoriales del Pueblo Buglé.
1. UNIVERSISDAD FERMÍN TORO
FACULTAD DE CIENCIAS JURIDICAS Y POLITICAS
ESCUELA DE DERECHO
BARQUISIMETO ESTADO LARA
Barquisimeto, Septiembre del 2017
Alumna: Nairoby García
C.I.: 12, 702,053
Profesora: Gabrielis Rodríguez
Sección: SAIA-B
Curso: Derecho Procesal Penal
2. Ministerio Público
Acusación ante el tribunal de
control.
Articulo 326 COPP
a. Los datos que sirvan para identificar al imputado y el
nombre y domicilio o residencia de su defensor;
b. Una relación clara, precisa y circunstanciada del hecho
punible que se atribuye al imputado;
c. Los fundamentos de la imputación, con expresión de los
elementos de convicción que la motivan;
d. La expresión de los preceptos jurídicos aplicables;
e. El ofrecimiento de los medios de prueba que se presentarán
en el juicio, con indicación de su pertinencia o necesidad;
f. La solicitud de enjuiciamiento del imputado.
Requisitos
Etapa
Intermedia
Explica de manera clara la naturaleza del
hecho punible y sus consecuencias, las penas
y la descripción del ilícito penal y la
transgresión del status ético jurídico y la
determinación sobre la responsabilidad del
sujeto que realiza la acción y produce el
resultado o efecto violatorio de la
advertencia legal.
3. • No se puede torturar, amenazar, o violar la voluntad de la persona sospechosa
• No entrometerse en documentos personales, sin el debido proceso
• No se precian informaciones provenientes de procesos ilícitos
• Se podrán probar todos los hechos de interés para la solución del caso
• Se regirán en especial las limitaciones relativas al estado civil de las personas
Articulo
181
• Un medio de prueba debe referirse al objeto de la investigación y ser útil para
hallar la verdad Principios del Régimen Probatorio
Articulo
182
• Se debe comprobar el estado de los lugares, cosas, rastros, y materiales parte de los hechos
• Se levanta el informe y se detallan todos los elementos del caso
• Se debe contar con la presencia de las personas implicadas o de lo contrario que sean
mayores de edad Actividad Probatoria
Articulo
186
4. • Inspección técnica del sitio del suceso y del cadáver si fuere el caso
• Los funcionarios que colectan evidencias físicas deben regístralas en las planillas diseñadas para este
proceso
• Se regula en base a un manual de procedimientos de uso obligatorio de todas las instituciones policiales
• Para su ejecución se requiere la orden de un tribunal por medio del Juez
• El proceso de registro debe efectuarse en presencia de dos testigos hábiles no vinculados a la
policía
• No se necesita orden, en caso de que se desee impedir la perpetración o continuidad de delito,
o cuando se trata de personas que se buscan para aprehender.
• En Caso de muerte violenta o su sospecha se deberá apoyar en médicos forenses para estudiar el
cuerpo
• En caso de muertes causadas por accidentes de tránsitos, el levantamiento puede ser hecho por
INTTT, PNB con presencia del medico
• En caso de autopsia o exhumación se debe realizar conforme al dictamen del Ministerio publico.
Articulo
186
Articulo
187
Articulo
196
5. • Todo aquel que sea citado por un tribunal y se le reconozca su influencia sobre algún caso deberá
asistir a rendir su declaración
• Se debe tener en cuenta que en el COOP se establecen algunas personas que están exentas a rendir
declaración
• Se le debe brindar al testigo toda la factibilidad tanto económica, como física, y moral para rendir su
declaración.
• El MP realizara u ordenara la practica de experticia para descubrir o valorar todos los elementos
del caso
• Los peritos encargados deben ser personas con experiencia en el arte u oficio que deba ser
analizado
• Los informes que se desprendan del peritaje deberán ser presentados imputados, testigos y a los
peritos para reconocer el informe de los hechos estudiados.
Articulo
200-203
Articulo
208-222
6. Mediante la inspección de la policía
o del Ministerio Público, se
comprueba el estado de los lugares,
cosas, los rastros y efectos
materiales que existan y sean de
utilidad para la investigación del
hecho, o la individualización de los
partícipes en el
La inspección: es el estudio que
realiza el juez y su secretario sobre
un hecho que es materia del proceso
que se lleva en curso se toma como
medio de prueba, esta inspección se
lleva a cabo sobre personas, cosas,
lugares o documentos
El objeto de la inspección judicial
es la verificación de hechos
materiales, perceptibles
sensorialmente, de cualquier clase,
que el juez pueda examinar y
reconocer
Articulo 186
del COPP
Objeto de la
Inspección
7. La inspección de personas se
encuentra establecida en el
artículo 205 del Código Orgánico
Procesal Penal, donde se prevé
que la policía podrá inspeccionar
una persona, siempre que haya
motivo suficiente para presumir
que oculta entre sus ropas o
pertenencias o tiene relacionados
con un hecho punible. adheridos
a su cuerpo, objetos
Según el artículo 207 del
Código Orgánico Procesal
Penal, la policía(también el
Ministerio Público) podrá
realizar la inspección de un
vehículo, siempre que haya
motivos suficientes para
presumir que en él se oculten
objetos relacionados con un
hecho punible.
Se dispone allí que para ello deban
cumplirse las mismas formalidades
exigidas para la inspección de
personas, o sea, advirtiendo a la
persona (dueño o poseedor del
vehículo) acerca de la sospecha y el
objeto buscado, pidiéndole su
exhibición.
Según el artículo 209 del Código
Orgánico Procesal Penal,
consiste en la verificación sobre
las huellas que el hecho pudo
dejar en una persona, pudiendo
ser su estado psíquico.
Inspección de
las Personas
Examen Corporal y mental
TIPOS DE
INSPECCION
Inspección de
Vehículos
Registro