Paola Sánchez González
José Daney Sánchez
Camila Zinvaqueva
Lo constituye la declaración de voluntad de los particulares.
NÚCLEO PRINCIPAL DEL NEGOCIO
JURÍDICO
1. Según que sea necesaria la declaración de voluntad de una parte o de dos
o más, los negocios pueden ser unilaterales (testamento) y bilaterales o
plurilaterales. (contrato).
2. Causales o abstractos, según que la causa forme parte integrante del
negocio o que no esté incorporada al mismo; esto es, según que la eficacia
del negocio quede o no subordinada a la existencia y licitud de la causa.
3. Según que la manifestación de voluntad deba o no reunir ciertas
formalidades, solemnes (v. gr., donación de inmuebles -art. 633- C.C.) o no
solemnes.
4. Por su fin, familiares (matrimonio, adopción, emancipación, etc.) y
patrimoniales (que pueden ser obligatorios, reales y sucesorios).
CLASES
Los requisitos de existencia de los negocios jurídicos
son la manifestación de voluntad y el objeto. Un
sector de la doctrina considera que también es
necesaria para la existencia de los negocios una
causa y las solemnidades esenciales cuando la ley
así lo requiera.
REQUISITOS DE EXISTENCIA
Los requisitos de validez son:
Capacidad de ejercicio.
 Voluntad libre de vicios.
Objeto Lícito.
Causa lícita.
Inmediatos
REQUISITOS DEVALIDEZ
Es suficiente para su existencia la mera declaración
de voluntad.
NEGOCIOS CONSENSUALES
Se requieren determinadas formalidades para su existencia
y validez.
NEGOCIOS SOLEMNES O FORMALES
Negocio jurídico es todo acto jurídico hecho con la manifestación de
voluntad del agente. Al contrario del acto jurídico, depende de la
voluntad expresa del agente, generalmente por que tiene que cumplir
un objetivo previsto en la ley, por ejemplo contratos.
El acto jurídico es el acto humano voluntario o consciente, y lícito, que
tiene por fin inmediato establecer entre las personas relaciones
jurídicas, crear, modificar, transferir, transmitir, conservar, extinguir o
aniquilar derechos
El acto jurídico, según el resultado operado en relación con el
comportamiento de la voluntad dirigida a producirlo, puede ser licito o
ilícito. El acto jurídico lícito es lo que modernamente recibe el nombre
de negocio jurídico; el acto jurídico ilícito constituye el delito.
DIFERENCIA ENTRE ACTO
JURÍDICO Y NEGOCIO JURÍDICO
Desde textos romanos y antiguos derecho español, allí ya aparece el
termino de negocio jurídico pero desarrollados en otros contextos
diferentes.
Siglo XVI se actualiza la división del derecho por Gayo, cambiando del
concepto de la triada ( persona, cosas, acciones procesales), para la
de actos o hechos humanos.
XVIII el uso del negocio jurídico se vuelve frecuente.
FORMACIÓN HISTÓRICA DEL NEGOCIO
JURÍDICO
PANDECTISTA ALEMANA, se le atribuye la estructuración como
institución jurídica. Tuvo como representantes a SAVIGNY, PUCHHA,
HEISEN.
A mitad del siglo XIX se considera del negocio jurídico generalmente
recibido en las doctrinas alemanas y austriacas. Aquí el negocio
jurídico no es aplicado inmediatamente pero en el Código Civil de
Segovia de 1863 lo recoge y lo define.
Código Civil Alemán lo recoge pero no lo define, siendo entendido
como un concepto abstracto y de manera consiente.

Negocio jurídico

  • 1.
    Paola Sánchez González JoséDaney Sánchez Camila Zinvaqueva
  • 2.
    Lo constituye ladeclaración de voluntad de los particulares. NÚCLEO PRINCIPAL DEL NEGOCIO JURÍDICO
  • 3.
    1. Según quesea necesaria la declaración de voluntad de una parte o de dos o más, los negocios pueden ser unilaterales (testamento) y bilaterales o plurilaterales. (contrato). 2. Causales o abstractos, según que la causa forme parte integrante del negocio o que no esté incorporada al mismo; esto es, según que la eficacia del negocio quede o no subordinada a la existencia y licitud de la causa. 3. Según que la manifestación de voluntad deba o no reunir ciertas formalidades, solemnes (v. gr., donación de inmuebles -art. 633- C.C.) o no solemnes. 4. Por su fin, familiares (matrimonio, adopción, emancipación, etc.) y patrimoniales (que pueden ser obligatorios, reales y sucesorios). CLASES
  • 4.
    Los requisitos deexistencia de los negocios jurídicos son la manifestación de voluntad y el objeto. Un sector de la doctrina considera que también es necesaria para la existencia de los negocios una causa y las solemnidades esenciales cuando la ley así lo requiera. REQUISITOS DE EXISTENCIA
  • 5.
    Los requisitos devalidez son: Capacidad de ejercicio.  Voluntad libre de vicios. Objeto Lícito. Causa lícita. Inmediatos REQUISITOS DEVALIDEZ
  • 6.
    Es suficiente parasu existencia la mera declaración de voluntad. NEGOCIOS CONSENSUALES
  • 7.
    Se requieren determinadasformalidades para su existencia y validez. NEGOCIOS SOLEMNES O FORMALES
  • 8.
    Negocio jurídico estodo acto jurídico hecho con la manifestación de voluntad del agente. Al contrario del acto jurídico, depende de la voluntad expresa del agente, generalmente por que tiene que cumplir un objetivo previsto en la ley, por ejemplo contratos. El acto jurídico es el acto humano voluntario o consciente, y lícito, que tiene por fin inmediato establecer entre las personas relaciones jurídicas, crear, modificar, transferir, transmitir, conservar, extinguir o aniquilar derechos El acto jurídico, según el resultado operado en relación con el comportamiento de la voluntad dirigida a producirlo, puede ser licito o ilícito. El acto jurídico lícito es lo que modernamente recibe el nombre de negocio jurídico; el acto jurídico ilícito constituye el delito. DIFERENCIA ENTRE ACTO JURÍDICO Y NEGOCIO JURÍDICO
  • 9.
    Desde textos romanosy antiguos derecho español, allí ya aparece el termino de negocio jurídico pero desarrollados en otros contextos diferentes. Siglo XVI se actualiza la división del derecho por Gayo, cambiando del concepto de la triada ( persona, cosas, acciones procesales), para la de actos o hechos humanos. XVIII el uso del negocio jurídico se vuelve frecuente. FORMACIÓN HISTÓRICA DEL NEGOCIO JURÍDICO
  • 10.
    PANDECTISTA ALEMANA, sele atribuye la estructuración como institución jurídica. Tuvo como representantes a SAVIGNY, PUCHHA, HEISEN. A mitad del siglo XIX se considera del negocio jurídico generalmente recibido en las doctrinas alemanas y austriacas. Aquí el negocio jurídico no es aplicado inmediatamente pero en el Código Civil de Segovia de 1863 lo recoge y lo define. Código Civil Alemán lo recoge pero no lo define, siendo entendido como un concepto abstracto y de manera consiente.