Este documento describe las regulaciones de publicidad de licores y cigarrillos en Venezuela a lo largo de la historia, comenzando en la década de 1970 y continuando hasta la actualidad. Menciona varias leyes y decretos que han prohibido y restringido la publicidad de estos productos en medios audiovisuales, vallas publicitarias, y en general para proteger a los menores. También señala que la Constitución venezolana de 1999 estableció el derecho de los ciudadanos a recibir información adecuada y no enga
2. En el país existen más de 600 normas que prohíben y censuran esta actividad, y
más de 300 organismos oficiales que de manera directa e indirecta intervienen en
la elaboración de dichas legislaciones.
3. En Venezuela, las regulaciones a la publicidad de licores y
cigarrillos tienen vieja data (ver cintillo). Y quizás el período
presidencial de Luis Herrera Campíns (1979-1984) fue uno de los
más prolíficos en esa materia. Durante ese quinquenio se
promulgaron el decreto Nº 849 y el Artículo 51 de la Ley del
deporte, que regulan la publicidad de cigarrillos, y el Decreto
1.200, que prohíbe toda publicidad de bebidas alcohólicas a
través de medios audiovisuales
4. Constitución de la Repùblica Bolivariana de Venezuela :En
la Venezuela de la V República, las regulaciones a la
publicidad comenzaron desde la propia Constitución, cosa
que para muchos pasó inadvertida. No sólo se trata de las
consideraciones sobre la tan mentada "información veraz y
oportuna", sino que en su artículo 117 la Carta Magna
indica que "todas las personas tendrán derecho a disponer
de bienes y servicios de calidad, así como a una
información adecuada y no engañosa sobre el contenido y
características de los productos y servicios que consumen,
a la libertad de elección y a un trato equitativo y digno“
5. Normas que regulan la publicad en
Venezuela
En 1988, el reglamento de tránsito
terrestre regula las vallas de estos
productos en carreteras y
autopistas. El tema se retoma en
1996 cuando la Ley de Tránsito
Terrestre insiste, en su artículo 45,
en prohibir la colocación de
publicidad exterior que "induzca al
consumo de bebidas alcohólicas"
en las inmediaciones de carreteras
y autopistas. Es decir, se puede
hacer publicidad, siempre y
cuando no exponga imágenes de
un trago servido (por ejemplo) o de
gente fumando o tomando.
Finalmente, en 2006 se prohibió
todo tipo de publicidad exterior de
tabaco (ver PRODUCTO 269, pág.
78)
6. 1928 La Ley de ejercicio de la farmacia prohíbe toda
publicidad de productos medicinales sin la aprobación de la
autoridad sanitaria, a fin de "evitar engaños y exageraciones
que perjudiquen al consumidor".
· 1941 Se prohíbe la publicidad de medicinas prescritas a las
enfermedades venéreas. Mientras que el reglamento de
radiodifusión impone restricción de tiempo y palabras a los
comerciales.
· 1944 La Ley sobre propaganda comercial prohíbe todo
comercial que establezca competencia para otros productores
o distribuidores de mercancías de igual o similar naturaleza.
Obliga a los anunciantes a solicitar permiso al ministerio de
Fomento si desean ofrecer bonos o cupones premiados.
7. 1998 La Lopna prohíbe divulgar la imagen de menores de edad contra
su voluntad o la de sus representantes y exponer imágenes que
lesionen su reputación o que constituyan injerencias en su vida privada.
Además, prohíbe la publicidad que promueva el terror en niños y
adolescentes, que atente contra la convivencia o que inciten a la
deformación del lenguaje, irrespeto de la dignidad, indisciplina, odio,
discriminación o racismo.
· 2000 Ley de medicamentos penaliza la promoción, información y
publicidad de medicamentos no autorizados o sin ajustarse a las
condiciones establecidas en su texto.