El 10 de septiembre de 2015, se ha publicado en el BOE la Ley 30/2015, de 9 de septiembre, por la que se regula el Sistema de Formación Profesional para el empleo en el ámbito laboral. Esta Ley modifica la anterior legislación del Subsistema de formación para el empleo.
AdelantTa ha preparado un resumen con los puntos más importantes del nuevo RDL 4/2015 de 22 de Marzo, con la intención de facilitar la comprensión del mismo, resaltando las modificaciones, responsabilidades, sanciones, etc. que incluye.
Gestión de la Formación Continua ante la Fundación Tripartita (FTFE)RTM
Introducción a la financiación de la formación continua ante la Fundación Tripartita - FTFE (antiguamente denominado FORCEM). Conceptos básicos para gestionar la formación en el empleo ante esta entidad estatal.
AdelantTa ha preparado un resumen con los puntos más importantes del nuevo RDL 4/2015 de 22 de Marzo, con la intención de facilitar la comprensión del mismo, resaltando las modificaciones, responsabilidades, sanciones, etc. que incluye.
Gestión de la Formación Continua ante la Fundación Tripartita (FTFE)RTM
Introducción a la financiación de la formación continua ante la Fundación Tripartita - FTFE (antiguamente denominado FORCEM). Conceptos básicos para gestionar la formación en el empleo ante esta entidad estatal.
El Servei d´Ocupació Català (SOC) promueve el Programa FORMA´T, con el objetivo de proporcionar formación a los trabajadores y trabajadoras de las empresas con sede en Catalunya de carácter general para mejorar las competencias y la ocupación.
VideoConferencia Carlos Huertas - Cambios en la Formación 2014-15Josep Sirera Garrigós
Durante la mañana del 31.1.2014, el colaborador de Dependentias Asociación, D. Carlos Huertas Pasquier, impartió una conferencia de 45 minutos a la que pudieron asistir los colaboradores de Dependentias Asociación (consultar en http://colaboradores.dependentias.net/red-de-centros). Aquí se muestran las diapositivas utilizadas en la presentación.
El Servei d´Ocupació Català (SOC) promueve el Programa FORMA´T, con el objetivo de proporcionar formación a los trabajadores y trabajadoras de las empresas con sede en Catalunya de carácter general para mejorar las competencias y la ocupación.
VideoConferencia Carlos Huertas - Cambios en la Formación 2014-15Josep Sirera Garrigós
Durante la mañana del 31.1.2014, el colaborador de Dependentias Asociación, D. Carlos Huertas Pasquier, impartió una conferencia de 45 minutos a la que pudieron asistir los colaboradores de Dependentias Asociación (consultar en http://colaboradores.dependentias.net/red-de-centros). Aquí se muestran las diapositivas utilizadas en la presentación.
Whether you’re embracing the hype or eagerly waiting to see how things evolve, there’s no question the “Internet of Things” is creating excitement from living room to C- Suite
Of course, as with every new technology wave, there are those on the front lines shaping the discussion, influencing decision making, and charting the course for what the Internet of Things will mean to each of us in the not-too-distant future.
And these IoT thought leaders come from diverse industries and disciplines. There are the analysts, authors, and speakers who help us understand the opportunities and implications, senior executives that champion enterprise and startup initiatives, and those responsible for turning the Internet of Things into a daily reality.
But who are these people and what’s influencing their own perspective on IoT?
This is where social insights come in... as social media activity can give us a truly unique lens through which to gain insights into the people leading the conversation about the Internet of Things.
That’s why we’re excited to collaborate with Neustar to develop a social insights report analyzing these IoT thought leaders. What did we discover in researching and preparing this report?
Here’s what we learned.
El pasado mes de marzo de 2015, se hizo público el Real Decreto Ley 4/2015 para la reforma el Sistema de Formación Profesional para el Empleo el cual implica una serie de novedades y modificaciones respecto a la anterior (Real Decreto 395/2007 y Orden TAS 2307/2007) en la formación programada por las empresas anteriormente conocida como Formación Bonificada.
En él se modifica, entre otros, el papel de los agentes sociales , la manera de impartición, gestión y bonificación de la formación en la empresa, con el fin de mejorar el acceso al empleo de calidad.
Aragonforma: Recursos de formación para la empresa (mayo 2008)ServiDocu
Ponencia presentada por Boris Giambanco Cervera, responsable de Formación de CEPYME ARAGÓN en el IV Salón de Educación, Formación y Empleo, celebrado en la Feria de Zaragoza, del 29 de mayo al 1 de junio de 2008
El Contrato para la Formación y el Aprendizaje es una modalidad de contratación destinada a favorecer la inserción laboral de los jóvenes que no tienen formación específica para el puesto de trabajo que van a desempeñar
La gestión retributiva constituye en la actualidad una de las funciones con mayor valor estratégico dentro de los departamentos de recursos humanos.
En el entorno actual y tras la publicación de la reforma Tributaria por la que se modifica la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, muchas compañías, tanto cotizadas como no cotizadas, están revisando sus sistemas retributivos con el objetivo de identificar oportunidades de optimización fiscal del paquete de compensación.
Estas alternativas incluyen tanto los denominados planes de retribución flexible para empleados, como esquemas de incentivos en acciones y fórmulas alternativas a los planes de pensiones. Adicionalmente, en el caso de empleados con responsabilidades internacionales, la normativa española permite la aplicación de determinadas ventajas fiscales.
Este seminario pretende profundizar sobre cada una de las implicaciones fiscales que conlleva cada elemento del paquete retributivo.
http://www.apd.es/Inicio/Actividad.aspx?i=S150101
La Formación Profesional para el Empleo, es uno de los dos subsistemas de Formación Profesional existentes en España que tiene por objeto la formación de los trabajadores desempleados y ocupados para mejorar su capacitación profesional y desarrollo personal.
COONAPIP II FORO DE MUJERES BUGLÉ Elaborado por: Yanel Venado Jiménez/COONAPI...YuliPalicios
Es una copilación de fotografías y extractos
del II Foro de Mujeres Buglé: Por la Defensa de los Derechos Territoriales, realizado en el corregimiento de Guayabito Comarca Ngäbe-Buglé de Pannamá. A través de estas imágenes y sus reseñas, buscamos presentar estrategias
para responder a las amenazas a las que se enfrentan, reforzar el cuidado y vigilancia del territorio, los derechos y la cultura, como mecanismos de defensa territorial, aportes que fortalezcan colectivamente la protección de
los derechos territoriales del Pueblo Buglé.
Nuevo modelo: Sistema de Formación Profesional para el Empleo (RDL 4/2105)
1. Aspectos generales:
- Los Interlocutores sociales dejan de participar en la gestión de los fondos y en la impartición de la
formación, circunscribiéndose su papel a la participación en la gobernanza del sistema; en la
planificación estratégica plurianual y en el diseño de la formación.
- El nuevo sistema introduce la concurrencia abierta a todos los proveedores de formación acreditados y/o
inscritos.
- Se refuerza la competencia del Estado.
- Se sustituye la actual Fundación Tripartita por la Fundación Estatal para la Formación en el Empleo, en
cuyo patronato estará representada con mayoría la administración general del estado, y también las
comunidades autónomas y los interlocutores sociales.
- Se introduce el "cheque formación" para trabajadores desempleados.
- En el nuevo sistema, los trabajadores autónomos también tendrán "derecho individual a la formación".
Además, se abre la puerta a que en el futuro coticen por esta materia.
- Se desarrollaran tres instrumentos de difusión: la Cuenta de Formación; el Catálogo de Especialidades
Formativas y el Registro Estatal de Entidades de Formación.
• Nuevo modelo: Sistema de Formación Profesional para
el Empleo (RDL 4/2105)
2. Aspectos generales:
- Se endurece el seguimiento y el control, así como el régimen sancionador.
- Se crea una unidad especial de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social para el control de la
Formación Profesional para el Empleo.
Formación programada por las empresas:
- Los costes se podrán justificar mediante módulos económicos (coste hora por participante y hora de
formación) que serán fijados para cada especialidad formativa. Por tanto, los actuales límites máximos
van a ser revisados según precios de mercado.
- Hasta ahora, las empresas de 1 a 9 trabajadores no estaban limitadas por los módulos económicos
máximos, circunstancia que se modifica.
- Cambio en la estructura de costes: dentro de dichos módulos habrá costes directos y costes indirectos
(máximo 10% del coste total de la actividad realizada y justificada).
- En el caso de que la empresa encomiende la organización de la formación a una entidad externa, podrá
haber también costes de organización, con los siguientes límites máximos: 10% del coste total de la
actividad formativa en empresas de más de 9 trabajadores, 15% en empresas de entre 6 y 9 trabajadores
y 20% en las de hasta 5 trabajadores.
• Nuevo modelo: Sistema de Formación Profesional para
el Empleo (RDL 4/2105)
3. Formación programada por las empresas:
- Al igual que ocurría en el modelo anterior, el crédito disponible anual para bonificaciones se irá
determinando en los presupuestos generales del Estado.
- Grupos de Empresas: cada empresa podrá disponer del importe del crédito que corresponda al grupo
con el límite del 100% de lo cotizado por cada una de ellas en concepto de formación profesional en el
año anterior.
- Se exige aportación privada a las empresas de 1 a 9 trabajadores, las cuales estaban exentas hasta la
fecha. En el resto de empresas, el porcentaje de dicha aportación se mantiene idéntico: 10% en las de 10
a 49 trabajadores; 20% en las de 50 a 249 trabajadores y 40% en las de 250 o más trabajadores.
- Toda la regulación referida al Informe de la Representación Legal de los Trabajadores continúa siendo
similar a la del modelo anterior.
- Se reduce el límite existente hasta ahora en la duración mínima de los cursos bonificables, pasando de 6
horas a 1 hora.
- Se entenderá que, dentro de la formación que imparte y bonifica la empresa, estará incluida la
correspondiente al permiso retribuido de 20 horas anuales que introdujo la reforma laboral.
- Cuando una empresa opte por encomendar la organización de la formación a una entidad externa
(Entidad Organizadora), las entidades de formación que impartan los cursos requerirán acreditación y/o
inscripción en el correspondiente registro, incluso cuando no se trate de formación recogida en el
Catálogo de Especialidades Formativas.
• Nuevo modelo: Sistema de Formación Profesional para
el Empleo (RDL 4/2105)
4. Formación programada por las empresas:
- Se elimina la formación de modalidad "a distancia convencional", distinta a la "teleformación".
- Se incorpora una evaluación de la iniciativa formativa programada y gestionada por las empresas para
sus propios trabajadores, para conocer si responde a la planificación del sistema.
- Se incluye a las entidades organizadoras y entidades de formación, como posibles infractores; se amplían
los supuestos de infracciones leves, graves y muy graves relacionadas con la formación; se contempla
una responsabilidad solidaria, así como una sanción de exclusión de las ayudas por 5 años.
Oferta formativa para trabajadores ocupados:
- La formación deberá ser impartida por Centros de Formación acreditados y/o inscritos.
- Se posibilita la implementación de un sistema de justificación por módulos.
- El límite máximo de entrega de fondos por anticipado para la formación sectorial y la transversal, no
podrá superar en ningún caso el 25% de la subvención concedida. Una vez que se haya iniciado la
actividad formativa, se podrá entregar hasta un 35% adicional y un mínimo del 40% del importe
concedido se hará efectivo cuando finalice y se justifique la actividad formativa subvencionada.
- Las organizaciones empresariales y sindicales más representativas formarán parte de nuevas estructuras
paritarias sectoriales, con o sin personalidad jurídica propia, que serán las encargadas de decir qué
• Nuevo modelo: Sistema de Formación Profesional para
el Empleo (RDL 4/2105)
5. - formación se considera prioritaria y cómo se podrá mejorar la gestión, al tiempo que elaborarán una
memoria anual de la formación profesional que ha impartido en su ámbito sectorial, para lo que
contarán con financiación a través del presupuesto que se asigne a la Fundación Estatal para la
Formación o a las administraciones competentes. No obstante, su funcionamiento, plazos, criterio y
obligaciones de información están pendientes de desarrollo reglamentario.
Régimen transitorio:
Hasta que no haya desarrollo normativo, estará vigente el Real Decreto 395/2007, de 23
de marzo, salvo las siguientes cuestiones que entran en vigor el día 24 de marzo:
- El régimen de concurrencia competitiva.
- El cheque formación para los desempleados.
- En la formación programada por las empresas:
• Las empresas de 1 a 9 trabajadores deben limitar las bonificaciones a aplicar a los
• módulos económicos máximos.
• Duración mínima de 1 hora.
• Los porcentajes de costes directos y de organización.
• Exigencia de un 5% de aportación privada a las empresas de 1 a 9 trabajadores.
• La regulación de las Entidades Organizadoras.
• Nuevo modelo: Sistema de Formación Profesional para
el Empleo (RDL 4/2105)
6. Régimen transitorio:
- En las Convocatorias de las CCAA, debe incluirse el porcentaje del 10% en los costes indirectos.
- Límite de 10% de asistencia de trabajadores de una entidad de formación que actué como beneficiaria
de formación de oferta.
- El pago anticipado del 25% en la formación de oferta.
Trámites posteriores:
- El Real Decreto-ley entra en vigor el día 24 de marzo, excepto para las cuestiones reguladas en la
Disposición Transitoria Primera.
- Deberá ser debatido por el Congreso de los Diputados en el plazo de 30 días, para convalidarlo o
derogarlo. En el caso de convalidación, puede ser acordada su tramitación como Proyecto de Ley.
- Queda pendiente el desarrollo reglamentario posterior por medio de un Real Decreto y una Orden
Ministerial.
• Nuevo modelo: Sistema de Formación Profesional para
el Empleo (RDL 4/2105)