Este documento proporciona información sobre el sistema de formación profesional continua en España. Explica los beneficios para las empresas, cómo se calcula el crédito anual para formación, los porcentajes de bonificación según el tamaño de la empresa, y los procedimientos para comunicar y financiar las acciones formativas.
Novedades en los Contratos para la Formación y el Aprendizajeformacionglobal
Desde Formación Global os trasladamos las novedades para la tramitación de los contratos para la formación y el aprendizaje que estarán vigentes desde el 1 de enero del 2016.
Novedades en los Contratos para la Formación y el Aprendizajeformacionglobal
Desde Formación Global os trasladamos las novedades para la tramitación de los contratos para la formación y el aprendizaje que estarán vigentes desde el 1 de enero del 2016.
Contratos relacionados con los centros de formaciónAenoa
Contratos relacionados con los centros de formación. Contrato para la formación y el aprendizaje, prácticas y vinculación formativa. Presentación en el marco del XI Congreso Nacional de Formación Continua.
El Contrato para la Formación y el Aprendizaje es una modalidad de contratación destinada a favorecer la inserción laboral de los jóvenes que no tienen formación específica para el puesto de trabajo que van a desempeñar
Novedades en los Contratos para la Formación y el Aprendizajeformacionglobal
Desde Formación Global os trasladamos las novedades para la tramitación de los contratos para la formación y el aprendizaje que estarán vigentes desde el 1 de enero del 2016.
Novedades en los Contratos para la Formación y el Aprendizajeformacionglobal
Desde Formación Global os trasladamos las novedades para la tramitación de los contratos para la formación y el aprendizaje que estarán vigentes desde el 1 de enero del 2016.
Contratos relacionados con los centros de formaciónAenoa
Contratos relacionados con los centros de formación. Contrato para la formación y el aprendizaje, prácticas y vinculación formativa. Presentación en el marco del XI Congreso Nacional de Formación Continua.
El Contrato para la Formación y el Aprendizaje es una modalidad de contratación destinada a favorecer la inserción laboral de los jóvenes que no tienen formación específica para el puesto de trabajo que van a desempeñar
La Formación Profesional para el Empleo, es uno de los dos subsistemas de Formación Profesional existentes en España que tiene por objeto la formación de los trabajadores desempleados y ocupados para mejorar su capacitación profesional y desarrollo personal.
Contratos para la Formación y el Aprendizaje. Características de los contratos, aspectos legales, aspectos laborales, aspectos formativos, incentivos a las empresas, transformación en indefinidos, facturación de la formación.
Encuentro de difusión del Programa de Capacitación Sectorial a desarrollarse en la Asociación de Confeccionistas de Junín y las Herramientas de Capacitación y Promoción del Empleo del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación
La Formación Profesional para el Empleo, es uno de los dos subsistemas de Formación Profesional existentes en España que tiene por objeto la formación de los trabajadores desempleados y ocupados para mejorar su capacitación profesional y desarrollo personal.
Contratos para la Formación y el Aprendizaje. Características de los contratos, aspectos legales, aspectos laborales, aspectos formativos, incentivos a las empresas, transformación en indefinidos, facturación de la formación.
Encuentro de difusión del Programa de Capacitación Sectorial a desarrollarse en la Asociación de Confeccionistas de Junín y las Herramientas de Capacitación y Promoción del Empleo del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación
Aragonforma: Recursos de formación para la empresa (mayo 2008)ServiDocu
Ponencia presentada por Boris Giambanco Cervera, responsable de Formación de CEPYME ARAGÓN en el IV Salón de Educación, Formación y Empleo, celebrado en la Feria de Zaragoza, del 29 de mayo al 1 de junio de 2008
Gestión de la Formación Continua ante la Fundación Tripartita (FTFE)RTM
Introducción a la financiación de la formación continua ante la Fundación Tripartita - FTFE (antiguamente denominado FORCEM). Conceptos básicos para gestionar la formación en el empleo ante esta entidad estatal.
El pasado mes de marzo de 2015, se hizo público el Real Decreto Ley 4/2015 para la reforma el Sistema de Formación Profesional para el Empleo el cual implica una serie de novedades y modificaciones respecto a la anterior (Real Decreto 395/2007 y Orden TAS 2307/2007) en la formación programada por las empresas anteriormente conocida como Formación Bonificada.
En él se modifica, entre otros, el papel de los agentes sociales , la manera de impartición, gestión y bonificación de la formación en la empresa, con el fin de mejorar el acceso al empleo de calidad.
GESTIÓN DE LA BONIFICACIÓN EN LA FUNDACIÓN TRIPARTITAredMae
Aunque la Fundación Tripartita pone a disposición de las Empresas crédito para invertir en formación, datos oficiales indican que gran parte se pierde por no utilizar el crédito, siendo un porcentaje menor del 20% las empresas españolas que aprovechan la formación bonificada.
GesConsultor abre el plazo de inscripción al nuevo CURSO PRÁCTICO – ESQUEMA NACIONAL DE SEGURIDAD: ¿Cómo realizar el Plan de Adecuación, la implantación y el mantenimiento posterior?.
Nuevo modelo: Sistema de Formación Profesional para el Empleo (RDL 4/2105)Sanromán
El 10 de septiembre de 2015, se ha publicado en el BOE la Ley 30/2015, de 9 de septiembre, por la que se regula el Sistema de Formación Profesional para el empleo en el ámbito laboral. Esta Ley modifica la anterior legislación del Subsistema de formación para el empleo.
Contrato de formación: conferencia sobre sus ventajas y tramitaciónWaribo Consultores
En este seminario explicamos el procedimiento necesario para llevar a cabo una correcta contratación mediante el Contrato de Formación, los pasos necesarios y las ventajas. Pero sobretodo dialogamos entre los asistentes y pudimos resolver dudas y profundizar en casos concretos.
3 Programas innovadores de aprendizaje en compensación laboral que buscan la apropiación de conocimientos para generación de resultados superiores tanto individuales como colectivos:
- Finanzas Personales para Trabajadores
- Operación de Nómina y Legislación Laboral
- Gerencia de la Compensación Laboral
Circular Informativa, Bonificaciones FormacióN 2011
1. I NF ORM AC I ÓN S OBRE EL SIS TEM A DE
F ORM AC I ÓN P RO FE S I ON AL CO N TI N U A
Bonificaciones para la Formación Continua 2011
RD 395/2007. Del 23 de marzo de 2007. Regula el Subsistema de Formación Profesional Continua (BOE
núm. 87 de 11/04/2007)
Orden TAS/2307/2007. Del 27 de Julio. Salió publicado el 31 de julio de 2007. (BOE núm. 182)
Ventajas y Beneficio:
- Beneficia a Pequeñas y Medianas Empresa
- Todas las Empresas podrán realizar acciones formativas subvencionadas siempre que: tengan centros
de trabajo en el territorio español, coticen por la contingencia de formación profesional y estén al
corriente en el pago a la Seguridad Social.
- Las acciones formativas se podrán realizar en cualquier momento del año.
- Las empresas dispondrán de un crédito anual automático, apartar del 1 de enero.
- Las empresas no van a recibir una subvención o dotación económica, sino que van a disponer de un
crédito; esta será la cantidad máxima de la que la Empresa podrá disponer para ir descontándose su
inversión en formación.
¿Cómo se calcula el crédito del que dispone anualmente cada Empresa?
- El crédito resulta de aplicar a la cuantía ingresada por la Empresa en concepto de cuota de formación
profesional durante el año natural anterior, el porcentaje que se establece en la Ley de Presupuestos
Generales del estado.
- Pasos a seguir:
1. Para ello tomamos los TC1 del año natural anterior (los 12 meses del año), sumamos las casillas
501 y 502 correspondiente a la cotización de las Bases de desempleo, Fondo Garantía Salarial y
Formación Profesional.
2. De la cantidad resultante se calcula la cuota exacta que ha pagado en concepto de Formación
Profesional, ésta corresponde al 0’7 %.
3. Se calcula la media de la plantilla de la empresa.
4. A la cantidad o cuota de Formación Profesional se le aplica el porcentaje que, en base a la
plantilla media de los trabajadores, se establece en la Ley de Presupuestos Generales del Estado.
Para el ejercicio 2010 se mantienen los porcentajes existentes para el Cálculo de la Cuota Máxima de
Bonificación Anual
- Empresas de 6 a 9 trabajadores: 100% de Bonificación
- Empresas de10 a 49 trabajadores: 75%
- Empresas de 50 a 249 trabajadores: 60%
- Empresas de 250 o más trabajadores: 50%
NOTA: las Empresas de 1 a 5 trabajadores el crédito se establece en 420´00 € por empresa
¿Que procedimiento hay que seguir antes de iniciar cada acción Formativa?
- Se plantea la necesidad de una acción formativa
- Diseñamos el curso; duración, contenidos, objetivos y participantes y horario
- Se comunica al Representante Legal de los trabajadores la acción formativa planteada.
- El Representante emite un informe favorable
- Comunicamos a FEFE con 7 días naturales de anticipación el curso que queremos realizar; fechas,
horario y lugar de realización, denominación y contenidos , modalidad de la formación y listado de
trabajadores.
- Realizamos la Acción Formativa. La formación deberá acreditarse mediante certificados de
asistencia y diploma acreditativo a cada participante que haya superado la formación con
evaluación positiva.
- Comunicamos a FEFE la finalización de la acción formativa.
- El momento en el que la Empresa se va a descontar el coste bonificable puede ser después de la
realización de varias acciones, varios grupos, cada acción, después de todo el ejercicio…. Siempre antes
del cierre anual en Diciembre..
Comte d´Urgell, 44 Pral. A 08011 Barcelona Tel: 93 2289406 / Fax: 93 4242135
2. Módulos Económicos Máximos:
Son los costes por participantes y hora de formación:
- Formación Básico Medio-Superior
- Presencial 9´00 € 13´00€
- A distancia 5´50 € 5´50 €
- Teleformación 7,50€ 7,50€
- Mixta
NOTA: El coste máximo por el que se podrá bonificar una acción formativa corresponde a la multiplicación de la financiación
X numero de horas X numero de participantes.
Acciones Formativas:
- Básicas: Formaciones genéricas o transversales que capacitan a los trabajadores y les proporcionan
cualificación básica
- Medio-Superior: Formaciones que implican especialización y capacitación al trabajador para desarrollar
competencias de programaciones y dirección.
- El número máximo de participantes para cada acción es de 25 personas
- La duración diaria de cada acción formativa no podrá ser superior a 8 horas
- La duración de cada curso debe ser superior a 6 horas
Comunicación del Inicio y el Fin de cada Acción Formativa
PARTICIPANTES
- No es necesario incorporar la relación de participantes en la comunicación de inicio; sólo se indicará el número.
Se incluye en dicha comunicación la relación de empresas participantes. La relación de participantes se traslada
a la comunicación de finalización.
PLAZOS - COMUNICACIONES
- La comunicación de inicio deberá realizarse con 7 días naturales de antelación a la fecha de inicio de cada
grupo formativo.
- La cancelación o modificación de horario, fecha o localidad deberá realizarse con 4 días naturales de antelación
sobre la fecha prevista de inicio. Deberá tenerse en cuenta que si el cambio afecta a la fecha de inicio, deberán
volver a transcurrir 7 días naturales entre la comunicación de la modificación y el nuevo inicio.
- Cualquier otra modificación se podrá comunicar antes del comienzo del grupo.
Financiación de las Empresas:
Las Empresas tienen la obligación de participar en la financiación de la formación que realicen en su Empresa
(Cofinanciación Privada)
¿Qué porcentaje Mínimo debe cofinanciar las Empresas?
Los porcentajes son los siguientes:
- Empresas de 10 a 49 trabajadores: 10%
- De 50 a 249 trabajadores: 20%
- De 250 ó más trabajadores: 40 %
¿Qué conceptos podemos incluir en esta Cofinanciación Privada?
- Los costes salariales de los trabajadores que tienen la empresa cuando los trabajadores reciben la formación en
jornada laboral
- La diferencia entre el coste total de la formación y la bonificación aplicada por la empresa.
¿Cómo aplicamos las Bonificaciones en los boletines de Cotización?
Según el medio de presentación de la Empresa:
Sistema RED:
- Se aplicará el importe de la bonificación en la casilla 763, Bonificaciones para la Formación Continua del TC1.
Normalizado:
- Aplicará el importe de la bonificación en la casilla 601, en un documento TC1 Complementario
- Este documento estará codificado con la clase de Liquidación (CL) ¨4 complementario¨y con la Clave de
Control (CC) 95: Bonificaciones por Formación Continua¨.
Comte d´Urgell, 44 Pral. A 08011 Barcelona Tel: 93 2289406 / Fax: 93 4242135