El despacho Montero Aramburu Abogados Canarias explica en esta presentación el nuevo Régimen Económico y Fiscal de Canarias para el período 2015-2020, con especial referencia al sector industrial canario. #planinduscan www.planinduscan.es
2. El nuevo REF de Canarias para el
periodo 2015-2020
Santa Cruz de Tenerife, marzo 2015
3. I. BONIFICACIÓN
II. RESERVA PARA INVERSIONES EN CANARIAS
III. DEDUCCIONES POR INVERSIONES
IV. ZONA ESPECIAL CANARIA (ZEC)
ÍNDICE
4. Bonificación
(Requisitos
Generales)
Las empresas tendrán derecho a una bonificación del 50% en la cuota
íntegra en el IS derivada del rendimiento de la venta de bienes
corporales producidos en Canarias
Se pueden acoger empresas del sector agrícola, ganadería, pesca e
industria.
Se pueden beneficiar las sociedades domiciliadas en Canarias, como en
otros territorios, si la producción es realizada en Canarias, y se realizada
a través de EP.
No es de aplicación a las actividades de construcción naval, fibras
sintéticas, industria del automóvil, siderurgia e industria del carbón.
I. BONIFICACIÓN A EMPRESAS PRODUCTORAS
5. Beneficio Procedente de Venta de Bienes Corporales 100
Tipo IS 28%
Cuota Integra 28
Bonificación empresas productoras 14
Cuota a ingresar 14
Tributación
Efectiva=14%
I. BONIFICACIÓN A EMPRESAS PRODUCTORAS
6. R.I.C.
(Requisitos
Generales)
Reducción de la B. Imponible del Impuesto sobre Sociedades hasta el
límite del 90% del beneficio (no distribuido), obtenido en los
establecimientos situados en Canarias.
La dotación crea una Reserva indisponible.
Compromiso implica, la materialización en activos, en el plazo máximo
de 3 años contados a partir del inicio del ejercicio siguiente al que se
dota la RIC. La materialización se entenderá producida cuando los activos
entren en funcionamiento.
Los activos en que se materialice la RIC deberán estar situados o
recibidos en Canarias y afectos al desarrollo de actividades
empresariales de la entidad
II. LA RIC – ASPECTOS GENERALES
7. R.I.C.
(Requisitos
Generales)
Los activos en que se materialice la reserva deberán permanecer en
funcionamiento en la empresa durante 5 años como mínimo. En el caso
de la adquisición de suelo el plazo será de 10 años
La RIC será incompatible con otras Deducciones para incentivar
determinadas actividades por ejemplo: I+D+i y con la Deducción por
Activos Fijos en Canarias (DAF)
La regulación implica aspectos formales, para un mejor control por parte
de la administración tributaria
II. LA RIC – ASPECTOS GENERALES
8. I. La Base de la dotación
II. LA RIC – DOTACIÓN
Beneficio procedente de establecimientos situados en Canarias
Inclusión de elementos patrimoniales no afectos (remisión reglamentaria)
¿Beneficios procedentes de participación en fondos propios de entidades?
¿resultado financiero procedente de valores representativos de deuda?
Efectos de la reserva de capitalización (general) y nivelación (ERD)
9. I. Materialización en suelo
Hasta 2014
Suelo afecto a la Promoción de VPO
Suelo afecto a Actividades Industriales
Suelo afecto Zonas Comerciales, situado en área cuya oferta turística se encuentre
en declive.
Suelo afecto a Actividades Turísticas, regulada Ley 7/1995, adquirido para rehabilitar
el establecimiento turístico:
a.- Rehabilitación, si está en una área cuya oferta turística se encuentre en declive, el
importe invertido si reúne condiciones para incorporar como mayor valor del inmueble.
b.- Rehabilitación resto de zonas, si el importe invertido es > 25 VC del inmueble (sin valor
del suelo).
II. LA RIC – MATERIALIZACIÓN - SUELO
10. Novedad a partir de 2015
Suelo afecto a Zonas Comerciales que sean objeto de un proceso de rehabilitación.
Suelo afecto a Actividades Turísticas, regulada Ley 7/1995, adquirido para rehabilitar
el establecimiento turístico.
Rehabilitación, si el importe invertido reúne condiciones para ser incorporado como
mayor valor del inmueble.
Desaparece toda referencia a las áreas cuya oferta turística estén en declive.
II. LA RIC – MATERIALIZACIÓN - SUELO
11. “…efectuada en el periodo impositivo…”: Comparación ejercicio N con ejercicio N-1.
“…que no pueda ser considerada como inversión inicial por no reunir alguno de los requisitos
establecidos en la letra B anterior”: ¿el mantenimiento del empleo 5 años (3 ERD) no es un
requisito de la letra B anterior?
Límite 50 por 100 “de las dotaciones a la Reserva efectuadas por el contribuyente en el
periodo impositivo” ¿50 por 100 de la dotación “de cada periodo impositivo”, “del ejercicio en
el que se realiza la inversión”, o “del ejercicio anterior al que se realiza la inversión”?
Materialización 2 ejercicios por el coste medio de salarios y SS que corresponda al incremento
Límite 36.000 euros por trabajador ¿y ejercicio?
II. LA RIC - EMPLEO
II. Creación de empleo no asociada a inversiones iniciales
12. Posibilidad de materialización en cualquiera de las letras A, B, B bis y C del art. 27.4 Ley
19/1994.
Materialización en empresas ZEC:
La materialización indirecta de la RIC no podrá destinarse a las inversiones mínimas de la ZEC.
Eliminación del importe mínimo de la ampliación de 750.000 euros.
Eliminación del mínimo del 10 por 100 de la ampliación por suscriptores que no materialicen
RIC con desembolso inmediato.
III. Materialización indirecta
II. LA RIC – MATERIALIZACIÓN INDIRECTA
13. Materialización en Instrumentos Financieros
Hasta 2014: Materialización Indirecta en Soc. Cap. Riesgo o Fondos de Inversión.
Novedad a partir del 2015: Materialización Indirecta en cualquier Instrumento financiero
emitido por entidad financiera:
Fondos para financiar proyectos privados aptos para RIC.
Emisiones supervisadas por el Gobierno de Canarias e informe vinculante la AEAT (reglamento).
EMPRESA
CON
PROYECTO RIC
ENTIDAD
FINANCIERA
FINANCIACIÓN
CAPTACIÓN
FONDO
INVERSOR RIC
INVERSOR RIC
INVERSOR RIC
INFORMACIÓN
INVERSIÓN
INFORMACIÓN
DOTACIÓN
II. LA RIC – MATERIALIZACIÓN INDIRECTA
14. II. LA RIC – MATERIALIZACIÓN- SUSTITUCIÓN DE ELEMENTOS
IV. Materialización Sustitución de Elementos
Hasta 2014:
Los elementos deben permanecer en funcionamiento en el activo de la empresa durante 5
años como mínimo (terrenos 10 años).
Si vida útil es < 5 años se debe adquirir otro elemento que lo sustituya con iguales requisitos
y que permanezca en funcionamiento en el activo de la empresa el tiempo para completar
el periodo establecido ( 5 o 10 años).
El nuevo elemento solo sirve para materializar nueva RIC por el importe que exceda del
valor del bien sustituido.
Novedad a partir de 2015:
El nuevo elemento sustituirá al inicial por su valor neto contable, se establece plazo de seis
meses.
El nuevo elemento sirve para materializar RIC por el importe que exceda del valor neto
contable del bien sustituido.
15. II. LA RIC – ANTICIPADA – REG. TRANSITORIO
V. RIC Anticipada
Continuidad normativa, se adapta al límite temporal de la norma, por tanto, las inversiones
anticipadas solo podrá afectarse como límite a la RIC dotada en el 2020.
VI. Régimen Transitorio
Se establece un régimen transitorio idéntico al de 2006 donde:
Las dotaciones de beneficios de ejercicios impositivos anteriores al 1 de enero de 2015 se
regulan con la normativa vigente a 31 de diciembre de 2014.
Inversiones anticipadas de un periodo impositivo iniciado antes de 1 de enero de 2015
podrán afectarse a materializaciones RIC, dotadas con beneficios de periodos impositivos
iniciados antes de dicha fecha.
16. I. Eliminación del Plan de Inversiones
II. LA RIC - CUESTIONES FORMALES
¿En las materializaciones indirectas no hay que informar en la Memoria de nada
relacionado con las inversiones en creación de empleo (Letras B y B bis del art.27.4 de
la Ley 19/1994)? Ver último párrafo apartado 13 del artículo 27 de la Ley 19/1994.
Art. 27.14: ¿Las inversiones de la Letra D. 1º son ayuda a la inversión cuando la
participada invierte en elementos patrimoniales de la letra C del apartado 4?
Se reduce la cuantía de las sanciones formales:
Por incumplimientos relacionados con la información a suministrar en la Memoria (de
500 a 100 euros por dato, con un mínimo de 1.000 euros –antes 5.000-).
Por incumplimientos en suministro de datos de inversiones en materialización indirecta
(de 150 a 100 euros por dato, con el mismo mínimo anterior de 500 euros).
II. Otras cuestiones formales
17. III. NUEVAS DEDUCCIONES (I)
I. Deducción por inversiones en territorios de África Occidental y por gastos de
propaganda y publicidad
Modalidad 1 Deducción
INCN ≤ 10.000.000
15%
Plantilla Media < 50
Modalidad 2 Deducción
INCN ≤ 50.000.000
10%
Plantilla Media < 250
18. III. NUEVAS DEDUCCIONES (II)
II. Requisitos Subjetivos
Entidades sujetas al Impuesto sobre Sociedades con domicilio fiscal en Canarias
Personas Físicas que realicen actividades económicas en Canarias
No sobrepasar los límites de INCN y de Plantilla Media exigidos en periodo impositivo
anterior
Grupo Mercantil: Análisis a nivel de Grupo Mercantil,
con independencia de la residencia y de la obligación de
formular cuentas anuales consolidadas
Entidades de nueva creación: INCN del primer año en el
que se desarrolle la actividad
Periodos inferiores a un año: se eleva al año INCN
19. III. INVERSIONES EN TERRITORIOS DE ÁFRICA OCCIDENTAL (I)
II. Requisitos Objetivos
Reino de Marruecos
República Islámica de Mauritania
República de Senegal
República de Gambia
Republica de Guinea Bissau
República de Cabo Verde
I. Ámbito Geográfico
Inversión en constitución de filiales o establecimientos permanentes
Que realicen actividades económicas en el plazo de 1 año desde el momento de la
inversión
Porcentaje de participación, solo o con otras sociedades domiciliadas en Canarias ≥ 50%
Mantenimiento inversión: 3 años
20. III. INVERSIONES EN TERRITORIOS DE ÁFRICA OCCIDENTAL (II)
III. Aplicación de la deducción
Se aplica en el periodo impositivo en que la entidad participada o el establecimiento
permanente inicie su actividad económica
1º) Incremento de plantilla media en Canarias en ese
periodo impositivo respecto del periodo impositivo
anterior
2º) Mantenimiento incremento plantilla media: 3 años
Condiciones de aplicación:
Aplicación en cuota del IS Régimen General 25% - 50%
21. III. GASTOS DE PROPAGANDA Y PUBLICIDAD
I. Requisitos Objetivos
Gastos de propaganda y publicidad de proyección plurianual para lanzamiento de
productos
Gastos de propaganda y publicidad de apertura y prospección de mercados en el
extranjero
Gastos en concurrencia a ferias, exposiciones y manifestaciones análogas incluyendo
en este caso las celebradas en España con carácter internacional
II. Aplicación de la deducción
Ejercicio en el que se satisface el gasto
Aplicación en cuota del IS Régimen Canarias 60% - 90%
22. III. DEDUCCIONES POR INVERSIONES (MEJORADAS)
I. Deducción por actividades de innovación tecnológica
Canarias: 45% Resto del territorio: 12%
No resultan de aplicación los % incrementados sobre la generación de la deducción
del artículo 94 de la Ley 20/1991
II. Deducción por activos fijos
Ampliación del plazo aplicación: Pasamos de 5 años a 15 años
El plazo también se aplicará a las DAF pendientes de aplicación a 1 de enero de 2015
23. III. DEDUCCIONES POR INVERSIONES (RESUMEN)
I. Porcentajes de Deducciones
Deducciones Régimen General Canarias
I + D + i
(I + D)
25% -42%
17 %
8 %
45% - 75,6%
37%
28%
(i) 12% 45%
Inversiones en África - 10% - 15%
Publicidad y propaganda - 10% - 15%
DAF - 25%
24. III. DEDUCCIONES POR INVERSIONES
Deducciones Régimen General Canarias
I + D + i
(I + D)
25% - 50%
60% - 90%(i)
Publicidad y propaganda -
Inversiones en África - 25% - 50 %
DAF - 50% - 70%
II. Aplicación en cuota
25. Entidad
ZEC
Entidad de nueva creación (o sucursal) con domicilio y sede de dirección
efectiva en el ámbito geográfico de la ZEC
Inversión mínima de 100.000 Euros en activos fijos afectos a la actividad
dentro de los 2 primeros años desde el momento de su autorización en
Gran Canaria y Tenerife. 50.000 Euros en el resto.
Constituir como objeto social la realización, en el ámbito de la ZEC, de
una de las actividades permitidas
Al menos uno de los Administradores deberá residir en Canarias
Crear, al menos, 5 puestos de trabajo dentro de los 6 meses siguientes al
momento de la autorización, y mantener este promedio durante los años
que esté adscrita a la ZEC (3 empleos en las islas no capitalinas).
IV. ZONA ESPECIAL CANARIA (ZEC)
26. IS Tipo impositivo reducido del 4%
Las ventaja fiscal que ofrece la ZEC y que se encuadra en el Impuesto sobre
Sociedades (IS)
IV. ZONA ESPECIAL CANARIA (ZEC)
27. I. Plazo de Vigencia
Se amplia periodo de aplicación del régimen hasta el 2026.
II. Ámbito Geográfico
Se amplia a todo el territorio de Canarias la posible localización de las empresa ZEC, se
elimina las restricciones a las empresas de producción, transformación, manipulación y
comercialización.
III. Ámbito Subjetivo
Se amplia la aplicación del régimen a las sucursales de nueva creación.
IV. ZONA ESPECIAL CANARIA (ZEC)
28. IV. Limites a la Base Imponible
Se incrementan los importes sobre los que se puede aplicar el gravamen especial del 4%
IV. ZONA ESPECIAL CANARIA (ZEC)
Tope BASE IMPONIBLE “ZEC” Número de empleos
Islas de
Gran Canaria y Tenerife
1.800.000 €
500.000 adicionales por empleo
(máximo 24.300.000 €)
Base imponible ilimitada
5 empleos
6 – 50 empleos
Más de 50 empleos
Restantes
Islas Canarias
1.800.000 €
500.000 adicionales por empleo
(máximo 25.300.000 €)
Base imponible ilimitada
3 empleos
4 – 50 empleos
Más de 50 empleos
29. V. Deducción por doble imposición interna
IV. ZONA ESPECIAL CANARIA (ZEC)
SOCIEDAD “A”
SOCIEDAD
ZEC
DIVIDENDO
96
100 %
SOCIEDAD ZEC
Beneficio: 100
B. Imponible 100
Tipo: 4%
Cuota: 4
SOCIEDAD A
Beneficio: 96
D.D.I. 0
B. Imponible 96
Tipo: 30 %
Cuota: 28,8
TRIBUTACIÓN TOTAL: 32,8
2014
SOCIEDAD “A”
SOCIEDAD
ZEC
DIVIDENDO
96
100 %
SOCIEDAD ZEC
Beneficio: 100
B. Imponible 100
Tipo: 4%
Cuota: 4
SOCIEDAD A
Beneficio: 96
Exención D.D.I. <96>
B. Imponible 0
Tipo: 28 %
Cuota: 0
TRIBUTACIÓN TOTAL: 4
2015
30. VI. Nuevas Actividades
IV. ZONA ESPECIAL CANARIA (ZEC)
Fabricación de tejidos textiles.
Fabricación de envases y embalajes de madera; Fabricación de otros productos de madera.
Fabricación de neumáticos y cámaras de caucho; Fabricación de otros productos de caucho.
Fabricación de cemento, cal y yeso; Fabricación de elementos de hormigón, cemento y
yeso.
Construcción de embarcaciones de recreo y deporte; Fabricación de vehículos aéreos de
control remoto.
Reparación de productos metálicos; Reparación y mantenimiento naval; Reparación y
mantenimiento aeronáutico y espacial.
Transporte y distribución de energía eléctrica a partir de fuentes renovables.
Desalinización y desalación de agua a partir de energías renovables.
Recogida de residuos; Tratamiento y eliminación de residuos peligrosos.
Actividades de descontaminación y otros servicios de gestión de residuos.