Este documento resume las nuevas regulaciones sobre operaciones vinculadas en España. Establece que 1) las partes vinculadas deben valorar sus operaciones al valor normal de mercado y documentar esta valoración, 2) define los supuestos de vinculación e incluye nuevos casos como cónyuges y parientes de socios, y 3) establece obligaciones como valorar operaciones al precio que habrían acordado partes independientes y elaborar documentación al respecto con el riesgo de sanciones por incumplimiento.
La constitución mexicana establece que los mexicanos deben contribuir a los gastos públicos de manera proporcional. Existen diferentes tipos de impuestos como los federales, estatales y municipales que gravan la renta, bienes y servicios. Los impuestos tienen elementos como el sujeto obligado al pago, la base imponible y la tasa aplicable. Las personas físicas y morales están sujetas a diferentes regímenes fiscales.
Este documento presenta un glosario tributario y empresarial elaborado para guiar a los estudiantes de la Universidad Cesar Vallejo en el curso de tributación. El glosario define los principales términos tributarios y empresariales para facilitar la comprensión de la lógica normativa tributaria y su aplicación, y para estimular el cumplimiento voluntario de las obligaciones empresariales. El autor espera que este glosario sea útil para la formación profesional y el desempeño laboral de los estudiantes.
El documento presenta una introducción a diferentes temas tributarios en Colombia, incluyendo los regímenes simplificado, común y de gran contribuyente, IVA, ICA, Ley 1314 de 2009, tablas de retención en la fuente, calendarios tributarios, y pronunciamientos recientes sobre retención en la fuente.
El documento describe los diferentes regímenes de impuestos a las ventas en Colombia, incluyendo el régimen simplificado y el régimen común. Explica las condiciones para pertenecer a cada régimen, así como sus obligaciones correspondientes como llevar contabilidad, expedir facturas e informar cambios. También cubre conceptos como el IVA teórico y las fechas límite para la declaración y pago de retenciones por parte de grandes contribuyentes.
Este documento explica la diferencia entre el régimen común y simplificado para el Impuesto sobre las ventas en Colombia. El régimen común se aplica a todas las personas jurídicas, mientras que el régimen simplificado solo se aplica a personas naturales que vendan bienes o servicios gravados, siempre que cumplan con los requisitos establecidos. Las empresas no pueden pertenecer al régimen simplificado.
Una persona física es un individuo con capacidad legal, mientras que una persona moral es una agrupación de personas que se unen para un fin común. Las personas físicas y morales tienen tratamientos fiscales diferentes dependiendo de su actividad y fines de lucro. El código de comercio regula las relaciones mercantiles a través de normas legales sistemáticas. El impuesto sobre la renta grava la ganancia neta obtenida por personas físicas y morales, mientras que el impuesto al valor agregado es un impuesto indirecto que se aplica a la en
El documento define los sujetos activo y pasivo en materia tributaria. El sujeto activo es el ente público acreedor del tributo, mientras que el sujeto pasivo es la persona u organización obligada al pago. También define contribuyente como aquel a quien la ley impone la obligación tributaria, y responsable como quien debe cumplir las obligaciones tributarias sin ser contribuyente. Luego enumera diversos tipos de responsables como representantes legales, adquirentes de bienes, sucesores y donatarios. Finalmente, resume los deberes formales
Los sujetos pasivos son las personas u organizaciones obligadas a pagar impuestos según la ley. Se clasifican como contribuyentes, que son quienes la ley les impone el pago de impuestos, y responsables, que deben cumplir las obligaciones tributarias de otro contribuyente. También se consideran sujetos pasivos a herencias, comunidades de bienes u otras entidades sin personalidad jurídica.
La constitución mexicana establece que los mexicanos deben contribuir a los gastos públicos de manera proporcional. Existen diferentes tipos de impuestos como los federales, estatales y municipales que gravan la renta, bienes y servicios. Los impuestos tienen elementos como el sujeto obligado al pago, la base imponible y la tasa aplicable. Las personas físicas y morales están sujetas a diferentes regímenes fiscales.
Este documento presenta un glosario tributario y empresarial elaborado para guiar a los estudiantes de la Universidad Cesar Vallejo en el curso de tributación. El glosario define los principales términos tributarios y empresariales para facilitar la comprensión de la lógica normativa tributaria y su aplicación, y para estimular el cumplimiento voluntario de las obligaciones empresariales. El autor espera que este glosario sea útil para la formación profesional y el desempeño laboral de los estudiantes.
El documento presenta una introducción a diferentes temas tributarios en Colombia, incluyendo los regímenes simplificado, común y de gran contribuyente, IVA, ICA, Ley 1314 de 2009, tablas de retención en la fuente, calendarios tributarios, y pronunciamientos recientes sobre retención en la fuente.
El documento describe los diferentes regímenes de impuestos a las ventas en Colombia, incluyendo el régimen simplificado y el régimen común. Explica las condiciones para pertenecer a cada régimen, así como sus obligaciones correspondientes como llevar contabilidad, expedir facturas e informar cambios. También cubre conceptos como el IVA teórico y las fechas límite para la declaración y pago de retenciones por parte de grandes contribuyentes.
Este documento explica la diferencia entre el régimen común y simplificado para el Impuesto sobre las ventas en Colombia. El régimen común se aplica a todas las personas jurídicas, mientras que el régimen simplificado solo se aplica a personas naturales que vendan bienes o servicios gravados, siempre que cumplan con los requisitos establecidos. Las empresas no pueden pertenecer al régimen simplificado.
Una persona física es un individuo con capacidad legal, mientras que una persona moral es una agrupación de personas que se unen para un fin común. Las personas físicas y morales tienen tratamientos fiscales diferentes dependiendo de su actividad y fines de lucro. El código de comercio regula las relaciones mercantiles a través de normas legales sistemáticas. El impuesto sobre la renta grava la ganancia neta obtenida por personas físicas y morales, mientras que el impuesto al valor agregado es un impuesto indirecto que se aplica a la en
El documento define los sujetos activo y pasivo en materia tributaria. El sujeto activo es el ente público acreedor del tributo, mientras que el sujeto pasivo es la persona u organización obligada al pago. También define contribuyente como aquel a quien la ley impone la obligación tributaria, y responsable como quien debe cumplir las obligaciones tributarias sin ser contribuyente. Luego enumera diversos tipos de responsables como representantes legales, adquirentes de bienes, sucesores y donatarios. Finalmente, resume los deberes formales
Los sujetos pasivos son las personas u organizaciones obligadas a pagar impuestos según la ley. Se clasifican como contribuyentes, que son quienes la ley les impone el pago de impuestos, y responsables, que deben cumplir las obligaciones tributarias de otro contribuyente. También se consideran sujetos pasivos a herencias, comunidades de bienes u otras entidades sin personalidad jurídica.
Este documento discute el concepto de elusión tributaria y si es lícita o ilícita. Explica que la elusión implica evitar el pago de impuestos usando medios legales, mientras que la evasión es ilegal. Argumenta que la elusión podría ser lícita si usa las herramientas legales disponibles, pero ilícita si implica fraude o abuso del sistema tributario. Finalmente, concluye que la elusión requiere una interpretación basada en la realidad económica caso a caso, considerando tanto la forma
Los cuatro principales regímenes tributarios en Perú son: 1) el Nuevo Régimen Único Simplificado (NRUS) para pequeños negocios con ingresos menores a S/5,000-8,000; 2) el Régimen Especial de Impuesto a la Renta (RER) para ingresos menores a S/525,000; 3) el Régimen MYPE Tributario (RMT) para micro y pequeñas empresas con ingresos menores a 1,700 UIT; y 4) el Régimen General (RG) sin límites de ingresos
La obligación tributaria se establece por ley entre el Estado como acreedor y las personas físicas o jurídicas como deudores. Tiene tres elementos: el sujeto activo (Estado), el sujeto pasivo (contribuyente) y el hecho imponible. Existen tributos de cuota fija, variable y mixta. El SENIAT es el órgano encargado de la recaudación y administración tributaria en Venezuela.
Este documento ofrece una guía sobre las obligaciones tributarias de los contribuyentes ante el Servicio de Rentas Internas (SRI) en Ecuador. Explica el proceso de inscripción en el Registro Único de Contribuyentes (RUC), los impuestos a declarar como el IVA, y cómo presentar las declaraciones de impuestos de manera digital usando el software DIMM del SRI.
El documento describe los deberes y obligaciones de los comerciantes según el Código de Comercio, incluyendo matricularse en el Registro Mercantil, llevar contabilidad de sus negocios, conservar documentación relacionada y denunciar la cesación de pagos. También explica los requisitos para establecer un negocio como presentar declaraciones de impuestos e informar a las secretarías pertinentes.
Este documento describe los conceptos y procesos clave relacionados con la determinación de la obligación tributaria en Venezuela. Explica que la determinación consiste en establecer el presupuesto de hecho, lo imponible y el alcance de la obligación para cada contribuyente. Luego detalla las formas de determinación tributaria, el proceso de fiscalización, y las etapas de la determinación como la providencia administrativa, el acta de requerimiento y el acta de reparo. Finalmente, cubre temas como la cuantificación de la obligación, la rec
La obligación tributaria se define como un vínculo jurídico que surge cuando una persona incurre en un hecho gravado por la ley, obligándola a pagar una suma de dinero al fisco. Tiene dos sujetos: un sujeto pasivo (el contribuyente) y un sujeto activo (el fisco). Presenta características como tener la ley como única fuente, requerir la ocurrencia de un hecho gravado, y generar derechos y obligaciones recíprocas entre los sujetos. Los elementos clave son el sujeto pasivo, el sujeto activo y el he
Cuadros Explicativos Sobre la Relación Jurídica Tributaria.Lorena Morales
Cuadros Explicativos Sobre la Relación Jurídica Tributaria. Elementos Esenciales de la Relación Jurídica Tributaria.
Clases de Domicilio Previstos en el Código Orgánico Tributario.
El documento habla sobre la retención de IVA en Colombia. Explica que la retención de IVA tiene como objetivo acelerar la recaudación de este impuesto. Los agentes retenedores de IVA incluyen entidades estatales, grandes contribuyentes y personas designadas por la DIAN. También define conceptos como gran contribuyente, autoretenedor y los casos en los que no se aplica la retención de IVA. Finalmente, detalla el tratamiento contable de la retención tanto para el agente retenedor como para el retenido.
La determinación de la obligación tributaria consiste en los actos de la administración y los particulares destinados a establecer la configuración del presupuesto de hecho, la medida de lo imponible y el alcance de la obligación en cada caso. Existen tres formas de determinación tributaria: determinación del sujeto pasivo, determinación mixta y determinación de oficio. La fiscalización tributaria es la acción de inspeccionar para comprobar y exigir el cumplimiento de las obligaciones tributarias.
El Registro Único Tributario (RUT) es administrado por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) para identificar, ubicar y clasificar a contribuyentes, responsables de IVA, agentes retenedores, importadores, exportadores y otros sujetos. El RUT asigna un Número de Identificación Tributaria (NIT) a estas entidades. Las personas se inscriben en el RUT bajo el régimen común o simplificado de IVA dependiendo de si son personas jurídicas o cumplen ciertos requisitos.
El documento describe el proceso de aplicación de las normas tributarias, incluyendo la interpretación de las normas, la determinación del sentido de los términos, la analogía, el fraude a la ley, la simulación, y las formas de corrección del fraude de ley tanto en la fase aplicativa como en la función normativa.
La retención en la fuente es un mecanismo de recaudación anticipada de impuestos aplicado por el estado colombiano. Los agentes retenedores son las personas u organizaciones obligadas a retener parte de los pagos que realizan, como anticipo al impuesto correspondiente. Deben retener los valores, declararlos y consignarlos, además de expedir certificados a los sujetos de retención. La retención aplica a diferentes impuestos como renta, IVA e ICA, y los agentes retenedores tienen responsabilidades específicas en cada caso.
Este documento proporciona una introducción al marco teórico y legal de los precios de transferencia. Explica que los precios de transferencia surgen con las empresas multinacionales en el siglo XX y se refieren a los valores fijados entre compañías vinculadas para la transferencia de bienes, derechos y servicios. También describe las regulaciones de la OCDE y México relacionadas con los precios de transferencia, incluidos los métodos aceptados y los requisitos de documentación.
La retención en la fuente es un mecanismo de recaudo anticipado de impuestos en el que un agente retenedor (personas naturales o jurídicas) deduce e impuestos de otro llamado agente pasivo. Los agentes retenedores deben retener el impuesto sobre pagos o abonos sujetos a retención, declarar los valores retenidos a la DIAN, y expedir certificados de retención. No están sujetos a retención los pagos a entidades públicas ni aquellos exentos por disposiciones especiales, y tampoco lo están
La retención en la fuente es un mecanismo para recaudar impuestos de forma anticipada en la fuente del ingreso. Se practica reteniendo un porcentaje de pagos a terceros que luego es entregado al Estado. Los agentes de retención deben retener e informar los valores retenidos de impuestos como renta, IVA, industria y comercio. La retención permite deducir los valores retenidos de los impuestos declarados.
El documento define el concepto de objeto de la obligación tributaria como el vínculo jurídico establecido en la ley que requiere que una persona (sujeto pasivo) pague una cantidad determinada de dinero a otra persona (sujeto activo) cuando se verifica un supuesto de hecho descrito en la ley. El objeto de la obligación tributaria tiene cinco características principales: es un vínculo jurídico entre dos sujetos, se basa únicamente en la ley, requiere la verificación de un hecho gravado descrito en la ley
La retención en la fuente es un mecanismo de recaudo anticipado de impuestos como el impuesto de renta, ICA e IVA. Los agentes retenedores, como empresas y personas jurídicas, deben retener una parte del valor de pagos realizados según la tarifa, y declarar y consignar oportunamente la retención. La retención en la fuente busca que los impuestos se recauden en el mismo periodo gravable en que se causan para facilitar la recaudación del Estado.
Gestión fiscal(UF0315) es una de las Unidades Formativas del módulo "Contabilidad y Fiscalidad (MF0231_3)". Este módulo está incluido en el Certificado de Profesionalidad "Gestión contable y gestión administrativa para auditoría (ADGD0108)", publicado en los Reales Decretos 1210/2009 y 645/2011.
Este documento describe los requisitos para presentar la declaración anual de operaciones con terceras personas en España. Las personas y entidades que realizan actividades empresariales o profesionales deben declarar todas las operaciones que superen 3,005.06 euros con terceros. La declaración debe presentarse en marzo y incluye detalles de operaciones, pagos en efectivo e inmuebles. Puede presentarse en papel, en línea o en un archivo electrónico legible.
Este documento presenta un resumen de varios temas relacionados con el derecho fiscal y la ley de comercio exterior en México. Explica conceptos clave como el domicilio fiscal, la representación legal ante autoridades fiscales, el registro federal de contribuyentes y las obligaciones de llevar contabilidad. También define el comercio exterior e internacional y señala las normas más relevantes que regulan estas actividades en el país.
Este documento presenta información sobre disposiciones fiscales y de comercio exterior relevantes. Explica conceptos como el domicilio fiscal, representación legal ante autoridades fiscales, obligaciones de llevar contabilidad y conservar documentos. También define el comercio exterior e internacional, y señala normas como la Ley Aduanera y de Comercio Exterior que lo rigen. Finalmente, menciona factores que influyen en la decisión de expandir un negocio a mercados extranjeros.
Este documento discute el concepto de elusión tributaria y si es lícita o ilícita. Explica que la elusión implica evitar el pago de impuestos usando medios legales, mientras que la evasión es ilegal. Argumenta que la elusión podría ser lícita si usa las herramientas legales disponibles, pero ilícita si implica fraude o abuso del sistema tributario. Finalmente, concluye que la elusión requiere una interpretación basada en la realidad económica caso a caso, considerando tanto la forma
Los cuatro principales regímenes tributarios en Perú son: 1) el Nuevo Régimen Único Simplificado (NRUS) para pequeños negocios con ingresos menores a S/5,000-8,000; 2) el Régimen Especial de Impuesto a la Renta (RER) para ingresos menores a S/525,000; 3) el Régimen MYPE Tributario (RMT) para micro y pequeñas empresas con ingresos menores a 1,700 UIT; y 4) el Régimen General (RG) sin límites de ingresos
La obligación tributaria se establece por ley entre el Estado como acreedor y las personas físicas o jurídicas como deudores. Tiene tres elementos: el sujeto activo (Estado), el sujeto pasivo (contribuyente) y el hecho imponible. Existen tributos de cuota fija, variable y mixta. El SENIAT es el órgano encargado de la recaudación y administración tributaria en Venezuela.
Este documento ofrece una guía sobre las obligaciones tributarias de los contribuyentes ante el Servicio de Rentas Internas (SRI) en Ecuador. Explica el proceso de inscripción en el Registro Único de Contribuyentes (RUC), los impuestos a declarar como el IVA, y cómo presentar las declaraciones de impuestos de manera digital usando el software DIMM del SRI.
El documento describe los deberes y obligaciones de los comerciantes según el Código de Comercio, incluyendo matricularse en el Registro Mercantil, llevar contabilidad de sus negocios, conservar documentación relacionada y denunciar la cesación de pagos. También explica los requisitos para establecer un negocio como presentar declaraciones de impuestos e informar a las secretarías pertinentes.
Este documento describe los conceptos y procesos clave relacionados con la determinación de la obligación tributaria en Venezuela. Explica que la determinación consiste en establecer el presupuesto de hecho, lo imponible y el alcance de la obligación para cada contribuyente. Luego detalla las formas de determinación tributaria, el proceso de fiscalización, y las etapas de la determinación como la providencia administrativa, el acta de requerimiento y el acta de reparo. Finalmente, cubre temas como la cuantificación de la obligación, la rec
La obligación tributaria se define como un vínculo jurídico que surge cuando una persona incurre en un hecho gravado por la ley, obligándola a pagar una suma de dinero al fisco. Tiene dos sujetos: un sujeto pasivo (el contribuyente) y un sujeto activo (el fisco). Presenta características como tener la ley como única fuente, requerir la ocurrencia de un hecho gravado, y generar derechos y obligaciones recíprocas entre los sujetos. Los elementos clave son el sujeto pasivo, el sujeto activo y el he
Cuadros Explicativos Sobre la Relación Jurídica Tributaria.Lorena Morales
Cuadros Explicativos Sobre la Relación Jurídica Tributaria. Elementos Esenciales de la Relación Jurídica Tributaria.
Clases de Domicilio Previstos en el Código Orgánico Tributario.
El documento habla sobre la retención de IVA en Colombia. Explica que la retención de IVA tiene como objetivo acelerar la recaudación de este impuesto. Los agentes retenedores de IVA incluyen entidades estatales, grandes contribuyentes y personas designadas por la DIAN. También define conceptos como gran contribuyente, autoretenedor y los casos en los que no se aplica la retención de IVA. Finalmente, detalla el tratamiento contable de la retención tanto para el agente retenedor como para el retenido.
La determinación de la obligación tributaria consiste en los actos de la administración y los particulares destinados a establecer la configuración del presupuesto de hecho, la medida de lo imponible y el alcance de la obligación en cada caso. Existen tres formas de determinación tributaria: determinación del sujeto pasivo, determinación mixta y determinación de oficio. La fiscalización tributaria es la acción de inspeccionar para comprobar y exigir el cumplimiento de las obligaciones tributarias.
El Registro Único Tributario (RUT) es administrado por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) para identificar, ubicar y clasificar a contribuyentes, responsables de IVA, agentes retenedores, importadores, exportadores y otros sujetos. El RUT asigna un Número de Identificación Tributaria (NIT) a estas entidades. Las personas se inscriben en el RUT bajo el régimen común o simplificado de IVA dependiendo de si son personas jurídicas o cumplen ciertos requisitos.
El documento describe el proceso de aplicación de las normas tributarias, incluyendo la interpretación de las normas, la determinación del sentido de los términos, la analogía, el fraude a la ley, la simulación, y las formas de corrección del fraude de ley tanto en la fase aplicativa como en la función normativa.
La retención en la fuente es un mecanismo de recaudación anticipada de impuestos aplicado por el estado colombiano. Los agentes retenedores son las personas u organizaciones obligadas a retener parte de los pagos que realizan, como anticipo al impuesto correspondiente. Deben retener los valores, declararlos y consignarlos, además de expedir certificados a los sujetos de retención. La retención aplica a diferentes impuestos como renta, IVA e ICA, y los agentes retenedores tienen responsabilidades específicas en cada caso.
Este documento proporciona una introducción al marco teórico y legal de los precios de transferencia. Explica que los precios de transferencia surgen con las empresas multinacionales en el siglo XX y se refieren a los valores fijados entre compañías vinculadas para la transferencia de bienes, derechos y servicios. También describe las regulaciones de la OCDE y México relacionadas con los precios de transferencia, incluidos los métodos aceptados y los requisitos de documentación.
La retención en la fuente es un mecanismo de recaudo anticipado de impuestos en el que un agente retenedor (personas naturales o jurídicas) deduce e impuestos de otro llamado agente pasivo. Los agentes retenedores deben retener el impuesto sobre pagos o abonos sujetos a retención, declarar los valores retenidos a la DIAN, y expedir certificados de retención. No están sujetos a retención los pagos a entidades públicas ni aquellos exentos por disposiciones especiales, y tampoco lo están
La retención en la fuente es un mecanismo para recaudar impuestos de forma anticipada en la fuente del ingreso. Se practica reteniendo un porcentaje de pagos a terceros que luego es entregado al Estado. Los agentes de retención deben retener e informar los valores retenidos de impuestos como renta, IVA, industria y comercio. La retención permite deducir los valores retenidos de los impuestos declarados.
El documento define el concepto de objeto de la obligación tributaria como el vínculo jurídico establecido en la ley que requiere que una persona (sujeto pasivo) pague una cantidad determinada de dinero a otra persona (sujeto activo) cuando se verifica un supuesto de hecho descrito en la ley. El objeto de la obligación tributaria tiene cinco características principales: es un vínculo jurídico entre dos sujetos, se basa únicamente en la ley, requiere la verificación de un hecho gravado descrito en la ley
La retención en la fuente es un mecanismo de recaudo anticipado de impuestos como el impuesto de renta, ICA e IVA. Los agentes retenedores, como empresas y personas jurídicas, deben retener una parte del valor de pagos realizados según la tarifa, y declarar y consignar oportunamente la retención. La retención en la fuente busca que los impuestos se recauden en el mismo periodo gravable en que se causan para facilitar la recaudación del Estado.
Gestión fiscal(UF0315) es una de las Unidades Formativas del módulo "Contabilidad y Fiscalidad (MF0231_3)". Este módulo está incluido en el Certificado de Profesionalidad "Gestión contable y gestión administrativa para auditoría (ADGD0108)", publicado en los Reales Decretos 1210/2009 y 645/2011.
Este documento describe los requisitos para presentar la declaración anual de operaciones con terceras personas en España. Las personas y entidades que realizan actividades empresariales o profesionales deben declarar todas las operaciones que superen 3,005.06 euros con terceros. La declaración debe presentarse en marzo y incluye detalles de operaciones, pagos en efectivo e inmuebles. Puede presentarse en papel, en línea o en un archivo electrónico legible.
Este documento presenta un resumen de varios temas relacionados con el derecho fiscal y la ley de comercio exterior en México. Explica conceptos clave como el domicilio fiscal, la representación legal ante autoridades fiscales, el registro federal de contribuyentes y las obligaciones de llevar contabilidad. También define el comercio exterior e internacional y señala las normas más relevantes que regulan estas actividades en el país.
Este documento presenta información sobre disposiciones fiscales y de comercio exterior relevantes. Explica conceptos como el domicilio fiscal, representación legal ante autoridades fiscales, obligaciones de llevar contabilidad y conservar documentos. También define el comercio exterior e internacional, y señala normas como la Ley Aduanera y de Comercio Exterior que lo rigen. Finalmente, menciona factores que influyen en la decisión de expandir un negocio a mercados extranjeros.
432011 me impuesto-a-las-ganancias.-impuesto-a-la-ganancia-mínima-presunta.-i...Norma GARCIA SILVA
Este documento presenta una guía de trabajo práctico sobre el Impuesto a las Ganancias, la Ganancia Mínima Presunta y el Impuesto a la Transferencia de Inmuebles. Incluye información sobre la responsabilidad de los profesionales, las normas tributarias y penales aplicables, y conceptos básicos de finanzas públicas y derecho tributario como la clasificación de impuestos, tasas y contribuciones especiales. Los autores son profesores y jefes de trabajos prácticos de la Cátedra de Régimen Tributario I
Los elementos de la relación jurídica tributaria y el domicilio tributariojgmendozag15
Los Elementos de la Relación Jurídica Tributaria y el Domicilio Tributario
El hecho imponible
El hecho imponible es el presupuesto establecido por la ley para tipificar el tributo y cuya realización origina el nacimiento de la obligación tributaria.
SUJETO ACTIVO (Art. 18 COT)
Son aquellos que por estar investidos de potestad y competencia tributaria tienen el poder decrear los tributos y compeler su pago, es decir, es el ente público acreedor del tributo (LaNación, los Estados y los Municipios).
SUJETO PASIVO (Art. 19 COT)
Se distinguen entre el sujeto pasivo del tributo en sentido estricto o sujeto pasivo principal y el sujeto pasivo de la obligación tributaria. Comprende al deudor principal o contribuyente y a los diferentes deudores o responsables por vínculos de solidaridad, sustitución o sucesión. El sujeto pasivo es aquel quien tiene la carga tributaria y debe proporcionar al Fisco la prestación pecuniaria.
CLASIFICACIÓN DEL SUJETO PASIVO
CONTRIBUYENTE (Arts. 22 al 24 COT)
Es aquel respecto de quien se ha producido el hecho generador del tributo, resultando por tanto deudor del mismo. Es el sujeto de derecho titular de la obligación principal y realizador del hecho imponible. El Art. 22 COT establece que son contribuyentes los sujetos pasivos respecto de los cuales se verifica el hecho imponible. Dicho artículo prescribe de igual forma que dicha condición de contribuyente puede recaer en las siguientes personas:
1. En las personas naturales, prescindiendo de su capacidad según el derecho privado.
2. En las personas jurídicas y en los demás entes colectivos a los cuales otras ramas jurídicas atribuyen calidad de sujeto de derecho.
3. En las entidades o colectividades que constituyan una unidad económica, dispongan de patrimonio y tengan autonomía funcional. Los contribuyentes están obligados al pago de los tributos y al cumplimiento de los deberes formales impuestos por el COT o por normas tributarias. En caso de muerte del contribuyente, los derechos y obligaciones del contribuyente fallecido serán ejercidos o cumplidos por el sucesor a título universal, sin perjuicio del beneficio de inventario. El legatario ejercerá los derechos del contribuyente fallecido trasmitidos a éste. En los casos de fusión, la sociedad que subsista o resulte de la misma, asumirá cualquier beneficio o responsabilidad de carácter tributario que corresponda a las sociedades fusionadas
RESPONSABLE (Arts. 25 al 29 COT)
Responsable es aquel que sin tener condición de contribuyente, debe cumplir la obligación atribuida a éste. El Art. 25 COT nos define al responsable de la siguiente manera: " son los sujetos pasivos que sin tener el carácter de contribuyentes deben, por disposición expresa de la ley, cumplir las obligaciones atribuidas a éstos.".
¿Que son los Precios de Transferencia? ¿Quienes están sujetos a cumplir con esta obligación fiscal? ¿Cual es el riesgo que corre su empresa en la determinacion de sus impuestos?
Este documento resume la Ley del Impuesto al Valor Agregado (IVA) en Costa Rica. Explica que el IVA se aplica a la transferencia de bienes y servicios y se calcula como un porcentaje del valor agregado. También define a los sujetos obligados a pagar el impuesto y cómo se determina la base imponible y la tasa del 13%. Finalmente, describe la dualidad del IVA entre el débito fiscal de las ventas y el crédito fiscal de las compras.
Relacion juridica tributaria y el domicilio fiscal adrianadrianher1823
La relación jurídica tributaria surge de las obligaciones tributarias que obligan a los sujetos pasivos a realizar pagos al Estado como sujeto activo. El documento explica los elementos de la obligación tributaria como el sujeto activo, sujeto pasivo, hecho imponible, materia imponible y base imponible. Luego define el domicilio tributario como el lugar de localización del sujeto pasivo en relación con la administración tributaria. Finalmente, resume la legislación venezolana sobre el domicilio tributario según el Código Orgánico Tributario.
Aspectos administrativos y contables de las cooperativasAlejandraCordova27
Las cooperativas son empresas formadas por personas con intereses comunes para satisfacer necesidades individuales y colectivas mediante actividades económicas. Tienen la finalidad de agrupar a personas de forma voluntaria para realizar una actividad empresarial de manera democrática. Las cooperativas deben cumplir con obligaciones contables y fiscales como presentar estados financieros y no están sujetas al IVA en sus operaciones aunque deben soportar este impuesto en compras.
La relación jurídica tributaria es el vínculo entre el Estado y los contribuyentes sobre los tributos. Este vínculo se origina cuando las actividades de los contribuyentes se encuadran en los supuestos establecidos en la ley tributaria, generando derechos y obligaciones. Las actividades comerciales son aquellas de compra-venta de bienes manufacturados nuevos o usados, excluyendo la producción, e involucran actividades como compra-venta, publicidad y transporte.
Los elementos esencial de la relación jurídica tributaria y el domicilio trib...jgmendozag15
Los Elementos de la Relación Jurídica Tributaria y el Domicilio Tributario
El hecho imponible
El hecho imponible es el presupuesto establecido por la ley para tipificar el tributo y cuya realización origina el nacimiento de la obligación tributaria.
SUJETO ACTIVO (Art. 18 COT)
Son aquellos que por estar investidos de potestad y competencia tributaria tienen el poder decrear los tributos y compeler su pago, es decir, es el ente público acreedor del tributo (LaNación, los Estados y los Municipios).
SUJETO PASIVO (Art. 19 COT)
Se distinguen entre el sujeto pasivo del tributo en sentido estricto o sujeto pasivo principal y el sujeto pasivo de la obligación tributaria. Comprende al deudor principal o contribuyente y a los diferentes deudores o responsables por vínculos de solidaridad, sustitución o sucesión. El sujeto pasivo es aquel quien tiene la carga tributaria y debe proporcionar al Fisco la prestación pecuniaria.
CLASIFICACIÓN DEL SUJETO PASIVO
CONTRIBUYENTE (Arts. 22 al 24 COT)
Es aquel respecto de quien se ha producido el hecho generador del tributo, resultando por tanto deudor del mismo. Es el sujeto de derecho titular de la obligación principal y realizador del hecho imponible. El Art. 22 COT establece que son contribuyentes los sujetos pasivos respecto de los cuales se verifica el hecho imponible. Dicho artículo prescribe de igual forma que dicha condición de contribuyente puede recaer en las siguientes personas:
1. En las personas naturales, prescindiendo de su capacidad según el derecho privado.
2. En las personas jurídicas y en los demás entes colectivos a los cuales otras ramas jurídicas atribuyen calidad de sujeto de derecho.
3. En las entidades o colectividades que constituyan una unidad económica, dispongan de patrimonio y tengan autonomía funcional. Los contribuyentes están obligados al pago de los tributos y al cumplimiento de los deberes formales impuestos por el COT o por normas tributarias. En caso de muerte del contribuyente, los derechos y obligaciones del contribuyente fallecido serán ejercidos o cumplidos por el sucesor a título universal, sin perjuicio del beneficio de inventario. El legatario ejercerá los derechos del contribuyente fallecido trasmitidos a éste. En los casos de fusión, la sociedad que subsista o resulte de la misma, asumirá cualquier beneficio o responsabilidad de carácter tributario que corresponda a las sociedades fusionadas
RESPONSABLE (Arts. 25 al 29 COT)
Responsable es aquel que sin tener condición de contribuyente, debe cumplir la obligación atribuida a éste. El Art. 25 COT nos define al responsable de la siguiente manera: " son los sujetos pasivos que sin tener el carácter de contribuyentes deben, por disposición expresa de la ley, cumplir las obligaciones atribuidas a éstos.".
El Art. 26 otorga al responsable el derecho de reclamar el reintegro de las cantidades que éste hubiese pagado por el contribuyente Acorde a lo prescrito en el Ar
Unidad iii las cooperativas-diapositiva-sofia yanezSofiaYanez4
Este documento resume los aspectos administrativos y contables más importantes de las cooperativas. Explica que una cooperativa es una organización que agrupa personas para realizar una actividad empresarial basada en la cooperación. Luego detalla las obligaciones contables y fiscales de las cooperativas, como llevar libros autorizados, declarar impuestos y presentar estados financieros. Finalmente, concluye que las cooperativas deben cumplir con las leyes para alcanzar sus objetivos de manera justa y satisfactoria mediante el uso apropiado de la cont
La normativa establece que las operaciones entre entidades vinculadas deben valorarse a valor de mercado. Se definen las entidades vinculadas y los métodos para determinar el valor de mercado. Existe un régimen sancionador por incumplimientos y algunas exenciones para pequeñas empresas. Los expertos pueden ayudar a identificar y documentar operaciones vinculadas para cumplir la normativa y minimizar riesgos fiscales.
Este documento describe la responsabilidad contractual de funcionarios de manejo, supervisores e interventores. Explica que la responsabilidad puede ser fiscal, disciplinaria, penal o patrimonial. También describe el marco jurídico de la vigilancia fiscal a la contratación estatal según la Ley 80 de 1993 y la Sentencia C-623 de 1999. Finalmente, define conceptos como gestión fiscal, gestor fiscal, elementos de la responsabilidad fiscal y casos en los que los contratistas asumen el rol de gestores fiscales.
La relación jurídica tributaria es el vínculo entre el Estado y los particulares establecido por ley para satisfacer las necesidades del Estado. De esta relación surge la obligación tributaria, que es la prestación de dar cantidades de dinero al fisco. La obligación tributaria se rige por la ley y tiene características como ser personal, pecuniaria y surgir de una situación de hecho vinculada a la ley. Los sujetos de la relación son el Estado como sujeto activo y los contribuyentes, responsables y agentes de retención como sujetos pasivos.
El documento resume los objetivos y contenido de un trabajo académico sobre los procedimientos tributarios en Ecuador. Explica que el trabajo analiza los órganos, normas y procesos tributarios como la determinación administrativa, requerimientos de información e inspección contable. También presenta marco teórico sobre historia de tributos, conceptos de procedimiento y tributo, y define los procesos tributarios.
Este documento describe el Impuesto al Valor Agregado (IVA) en Venezuela. Explica que el IVA grava la venta de bienes y servicios, así como las importaciones, y que los ingresos por IVA son importantes para financiar los servicios públicos y programas sociales del país. También define quiénes son los contribuyentes ordinarios y ocasionales del IVA y explica que aunque el propósito del impuesto es positivo, podría mejorarse para alinearse más con los principios de equidad e igualdad.
Elementos de la relación jurídica tributaria y domiciliocarlossifonte
Este documento describe los elementos clave de la relación jurídica tributaria según el Código Orgánico Tributario de Venezuela, incluyendo los sujetos (activo, pasivo y tipos de sujetos pasivos como contribuyentes y responsables), el hecho imponible, y el domicilio tributario. Explica que el sujeto activo es el Estado, mientras que los sujetos pasivos son contribuyentes u obligados al pago por deuda propia o responsables por deuda ajena. Además, define el domicilio tributario y sus tipos según si es para personas natural
Elementos de la relación jurídica tributaria y domiciliocarlossifonte
Este documento resume los elementos clave de la relación jurídica tributaria según el Código Orgánico Tributario de Venezuela, incluyendo los sujetos (activo, pasivo y tipos de sujetos pasivos como contribuyentes y responsables), el hecho imponible, y el domicilio tributario. Explica que el sujeto activo es el Estado, mientras que los sujetos pasivos son contribuyentes u obligados al pago por deuda propia o responsables por deuda ajena. Además, define el domicilio tributario y sus tipos según si es para personas natural
La relación jurídico-tributaria se define como la obligación de pagar impuestos y declarar rentas que surge del poder de imposición del Estado. Incluye dos características: 1) la relación obligacional dada por las normas jurídicas que establecen los hechos generadores de obligaciones tributarias, los sujetos obligados y los montos; y 2) la relación de poder entre el Estado y los contribuyentes. Los sujetos de la relación son el Estado como sujeto activo acreedor del tributo, y las personas naturales y jurídicas como sujetos pas
Este documento describe los requisitos y procedimientos para presentar la declaración anual de operaciones con terceras personas (modelo 347) en España. Explica quiénes están obligados a presentar la declaración, el contenido que debe incluir, las formas de presentación (impreso, electrónica, etc.), y el plazo para presentarla en marzo de cada año sobre las operaciones del año anterior.
Calendario del contribuyente 2013 (aspectos a tener en cuenta)efecpn
Este documento presenta un calendario general de obligaciones tributarias estatales para el año 2013, incluyendo novedades como el adelanto de algunos plazos de presentación y la creación de nuevos modelos. Resume los principales plazos de presentación de declaraciones periódicas y no periódicas a lo largo del año.
Este documento presenta la aprobación de dos modelos oficiales relacionados con la tasa por el ejercicio de la potestad jurisdiccional en los órdenes civil, contencioso-administrativo y social en España. El modelo 696 es para la autoliquidación de la tasa, mientras que el modelo 695 es para solicitar la devolución de parte de la tasa en ciertos casos. También se especifican los procedimientos y plazos para la presentación de estos modelos.
Este documento describe la situación actual del transporte terrestre de mercancías y viajeros en España y los objetivos de modificar la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres. Actualmente hay más de 500.000 vehículos autorizados para mercancías y 42.000 para viajeros. La modificación busca mejorar la competitividad, eficiencia empresarial, servicio público de transporte de viajeros y transparencia.
La compensación de bases imponibles negativas, en el cierre del ejercicio 2012, ha experimentado modificaciones y novedades legislativas que se detallan en este documento.
El desequilibrio patrimonial en el ámbito tributarioefecpn
Este documento resume las implicaciones fiscales del desequilibrio patrimonial regulado en la Ley de Sociedades de Capital para las sociedades anónimas. Explica que una sociedad dependiente pierde su condición de grupo fiscal si al cierre del ejercicio su patrimonio neto es inferior a la mitad del capital social, a menos que corrija esta situación antes del 30 de marzo del año siguiente. También resume los requisitos para ser considerada sociedad dominante u dependiente de un grupo fiscal y las excepciones a formar parte de un grupo fiscal.
Novedades tributarias de la Ley 7/2012 de 29 de octubreefecpn
Este documento resume las principales modificaciones introducidas por la Ley 7/2012 en materia tributaria en España. Introduce nuevas causas de exclusión del método de estimación objetiva en el IRPF, considera ganancias patrimoniales no justificadas la falta de declaración de bienes en el extranjero, y amplía los supuestos de inversión del sujeto pasivo y las obligaciones en caso de concurso en el IVA.
Guía (mercantil-contable) del Capital Social.efecpn
La Unión Europea ha acordado un paquete de sanciones contra Rusia por su invasión de Ucrania. Las sanciones incluyen restricciones a los bancos rusos, la prohibición de exportaciones de alta tecnología a Rusia y la congelación de activos de oligarcas rusos. Los líderes de la UE esperan que estas medidas disuadan a Rusia de continuar su agresión militar contra Ucrania.
Visualización de la gestión del IVA, en vigor desde el 1 de septiembre, que en determinadas operaciones pueden generar una cierta dificultad para su correcta aplicación.
Este documento resume los tipos de gravamen aplicables al Impuesto de Sociedades en España para los años 2009 y 2010. Se establece un tipo general del 30% y un tipo reducido del 25% para empresas de reducida dimensión con una facturación inferior a 8 millones de euros. También se detalla una escala de gravamen para empresas con una facturación menor a 5 millones de euros y menos de 25 empleados, del 20% para la parte de la base imponible entre 0 y 120,202.41 euros y del 25% para el resto.
El documento proporciona información sobre el desarrollo práctico de un estado de flujos de efectivo. Incluye las presentaciones del método directo para las actividades de explotación, inversión y financiación, así como los ajustes y soportes de cálculo correspondientes a cada sección.
El depósito de Cuentas Anuales en el Registro Mercantil y la declaración del Impuesto de Sociedades en la Agencia Tributaria coinciden en el tiempo (mes de julio), pero no en los modelos, formatos y contenidos.
Reflexiones conceptuales sobre el Estado de Flujos de Efectivo (EFE), en el marco de las Normas Internacionales de Contabilidad, incluido en el nuevo Plan General de Contabilidad Español.
El Estado de Cambios en el Patrimonio Neto (ECPN) se convierte en un documento de gestión contable y fiscal de especial relevancia. En esta presentación se recoge la incidencia en la declaración del impuesto de sociedades correspondiente al ejercicio 2008.
Implicaciones contables y fiscales del ECPN.efecpn
En esta primera parte, se describe el contenido y la formulación contable del estado de cambios en el patrimonio neto, para, en la segunda parte, ocuparnos de las implicaciones de naturaleza contable y fiscal.
Este documento describe los requisitos de información que deben incluirse en la memoria de las cuentas anuales de 2008 con respecto a la primera aplicación del Plan General de Contabilidad español. Se explican los ajustes que deben realizarse en el balance de apertura, así como la opción de presentar información comparativa del ejercicio anterior. También se especifica la información adicional que debe incluirse, como una conciliación detallada del patrimonio neto.
Desafíos del Habeas Data y las nuevas tecnología enfoque comparado Colombia y...mariaclaudiaortizj
El artículo aborda los desafíos del Habeas Data en el marco de las Nuevas Tecnologías de la Información y Comunicación (NTIC), comparando las legislaciones de Colombia y España. Desde la Declaración de los Derechos del Hombre en 1948 hasta la implementación del Reglamento General de Protección de Datos (GDPR) en Europa, la protección de la privacidad ha ganado importancia a nivel mundial. El objetivo principal del artículo es analizar cómo las legislaciones de Colombia y España abordan la protección de datos personales, comparando sus enfoques normativos y evaluando la eficacia de sus marcos legales en el contexto de la digitalización avanzada. Se hace uso de un enfoque mixto que combina análisis cualitativo detallado de documentos legales y cuantitativo descriptivo para comparar la prevalencia de ciertos principios en las normativas. Los hallazgos indican que España ha establecido un marco legal robusto y detallado desde 1978, alineándose con las directrices de la UE y el GDPR, mientras que Colombia, aunque ha progresado con leyes como la Ley 1581 de 2012, todavía podría beneficiarse de adoptar aspectos del régimen europeo para mejorar su protección de datos. Este análisis subraya la importancia de las reformas legales y políticas en la protección de datos, crucial para asegurar la privacidad en una sociedad digital y globalizada.
Palabras clave: Avances tecnológicos, Derecho en la era digital, Habeas Data, Marco jurídico y Protección de datos personales.
PMI sector servicios España mes de mayo 2024LuisdelBarri
Estudio PMI Sector Servicios
El Índice de Actividad Comercial del Sector Servicios subió de 56.2 registrado en abril a 56.9 en mayo, indicando el crecimiento más fuerte desde abril de 2023.
Antes de iniciar el contenido técnico de lo acontecido en materia tributaria estos últimos días de mayo; quisiera referirme a la importancia de una expresión tan sabia aplicable a tantas situaciones de la vida, y hoy, meritoria de considerar en el prefacio del presente análisis -
"no se extraña lo que nunca se ha tenido".
Con esta frase me quiero referir a las empresas que funcionan en las zonas de Iquique y Punta Arenas, acogidas a los beneficios de las zonas francas, y que, por ende, no pagan impuesto de primera categoría. En palabras técnicas estas empresas no mantienen saldos en sus registros SAC, y por ello, este nuevo Impuesto Sustitutivo, sin duda, es una tremenda y gran noticia.
Lo mismo se puede extender a las empresas que por haber aplicado beneficios de reinversión sumado a las ventajas transitorias de la menor tasa de primera categoría pagada; me refiero a las pymes en su mayoría. Han acumulado un monto de créditos menor en su registro SAC.
En estos casos, no es mucho lo que se tiene que perder.
Lo interesante, es que este ISRAI nace desde un pago efectivo de recursos, lo que exigirá a las empresas evaluar muy bien desde su posición financiera actual, y la planificación de esta, en un horizonte de corto plazo, considerar las alternativas que se disponen.
El 15 de mayo de 2024, el Congreso aprobó el proyecto de ley que “crea un Fondo de Emergencia Transitorio por incendios y establece otras medidas para la reconstrucción”, el cual se encuentra en las últimas etapas previo a su publicación y posterior entrada en vigencia.
Este proyecto tiene por objetivo establecer un marco institucional para organizar los esfuerzos públicos, con miras a solventar los gastos de reconstrucción y otras medidas de recuperación que se implementarán en la Región de Valparaíso a raíz de los incendios ocurridos en febrero de 2024.
Dentro del marco de “otras medidas de reconstrucción”, el proyecto crea un régimen opcional de impuesto sustitutivo de los impuestos finales (denominado también ISRAI), con distintas modalidades para sociedades bajo el régimen general de tributación (artículo 14 A de la ley sobre Impuesto a la Renta) y bajo el Régimen Pyme (artículo 14 D N° 3 de la ley sobre Impuesto a la Renta).
Para conocer detalles revisa nuestro artículo completo aquí BBSC® Impuesto Sustitutivo 2024.
Por Claudia Valdés Muñoz cvaldes@bbsc.cl +56981393599
La Comisión europea informa sobre el progreso social en la UE.ManfredNolte
Bruselas confirma que el progreso social varía notablemente entre las regiones de la Unión Europea, y que los países nórdicos tienen un desempeño consistentemente mejor que el resto de los Estados miembros.
El crédito y los seguros como parte de la educación financieraMarcoMolina87
El crédito y los seguros, son temas importantes para desarrollar en la ciudadanía capacidades que le permita identificar su capacidad de endeudamiento, los derechos y las obligaciones que adquiere al obtener un crédito y conocer cuáles son las formas de asegurar su inversión.
2. Contenido
Introducción
Supuestos
vinculación
Nuevas
obligaciones
Documentación
Memoria PGC
Antonio
Esteban
AE 2
3. Introducción
• Con la aprobación del llamado reglamento de documentación de las
operaciones vinculadas, por el RD 1793/2008, de 3 de
noviembre, se completa el nuevo marco legal de estas operaciones
que en lo que respecta a sus obligaciones de documentación
(desarrolladas por el RD referido) han entrado en vigor el 19 de
febrero de 2009.
• Hay que recordar que la Ley 36/2006, de 29 de noviembre, de
Medidas para la Prevención del Fraude Fiscal, da una nueva
redacción al artículo 16 del Texto Refundido de la Ley del Impuesto
sobre Sociedades, que regula las operaciones entre personas o
entidades vinculadas, para los períodos impositivos que se inicien a
partir del 1 de diciembre de 2006.
Antonio
Esteban
AE 3
4. Introducción
• La principal novedad es que las operaciones efectuadas entre
personas o entidades vinculadas se deben valorar fiscalmente por
su valor normal de mercado (aquél que se habría acordado entre
personas o entidades independientes en condiciones de libre
competencia), dejando a la Administración la facultad de comprobar
la valoración previa realizada y pudiendo efectuar las
correcciones que procedan. Así, queda eliminado el requisito de la
existencia de una tributación en España inferior a la del valor de
mercado o el diferimiento de la tributación para que la Administración
pueda entrar a valorar una operación vinculada.
Antonio
Esteban
AE 4
5. Supuestos de vinculación
Se considerarán personas o entidades vinculadas las siguientes:
Una entidad y sus socios o partícipes.
Una entidad y sus consejeros o administradores.
Una entidad y los cónyuges o personas unidas por relaciones de parentesco, en
línea directa o colateral, por consanguinidad o afinidad hasta el tercer grado de
los socios o partícipes, consejeros o administradores.
Dos entidades que pertenezcan a un grupo.
Una entidad y los socios o partícipes de otra entidad, cuando ambas entidades
pertenezcan a un grupo.
Una entidad y los consejeros o administradores de otra entidad, cuando ambas
entidades pertenezcan a un grupo.
Una entidad y los cónyuges o personas unidas por relaciones de parentesco, en
línea directa o colateral, por consanguinidad o afinidad hasta el tercer grado de
los socios o partícipes de otra entidad cuando ambas sociedades pertenezcan a
un grupo.
Una entidad y otra entidad participada por la primera indirectamente en, al
menos, el 25 por 100 del capital social o de los fondos propios.
Dos entidades en las cuales los mismos socios partícipes o sus cónyuges, o
personas unidas por relaciones de parentesco, en línea directa o colateral, por
consanguinidad o afinidad hasta el tercer grado, participen, directa o
indirectamente, en, al menos, el 25 por 100 del capital social o de los fondos
propios.
Una entidad residente en territorio español y sus establecimientosAntonio
permanentes
Esteban
en el extranjero.
AE 5
6. Supuestos de vinculación
La nueva normativa actualiza los supuestos de vinculación (anteriores, art. 16
TRLSA) de la siguiente forma:
se ha sustituido el término sociedad por el término entidad,
se han ampliado los parientes afectados por la norma de vinculación
incluyéndose a los cónyuges de personas ya de por sí vinculadas (como serían
los socios, administradores o consejeros) a personas unidas por relaciones de
parentesco, en línea directa o colateral, por consanguinidad o afinidad hasta el
tercer grado,
se han unificado las referencias al artículo 42 del Código de
Comercio, definiendo grupo por la existencia de unidad de decisión, con
independencia de su residencia y de la obligación de formular cuentas anuales
consolidadas y
se han incluido a los administradores de hecho entre los sujetos vinculados.
Antonio
Esteban
AE 6
7. Obligaciones de la nueva regulación
Por una parte, las partes vinculadas y las sociedades pertenecientes a un grupo
que realicen operaciones entre sí tienen la obligación de valorarlas quot;por su valor
normal de mercadoquot;, entendido como aquél que se habría acordado entre
personas o entidades independientes en condiciones de libre competencia.
Por otra parte, los obligados tributarios que realicen operaciones vinculadas
deben elaborar y mantener una documentación en la que describan y justifiquen
que han valorado las transacciones efectuadas entre ellas por su valor normal de
mercado.
Hay que recordar que esta obligación formal de documentar el valor de las
operaciones vinculadas es inexcusable, y la Administración Tributaria está
facultada para comprobar y, en su caso, regularizar las valoraciones convenidas
por las partes vinculadas, así como para examinar el correcto cumplimiento de
las obligaciones de documentación.
La norma prevé la imposición de sanciones en los siguientes supuestos:
Ausencia de valoración a mercado,
Falta de aportación de documentación, o aportación de documentación
inexacta, falsa o incompleta.
Las sanciones son elevadas, incluso en aquellos supuestos en que sí se han
valorado a mercado las transacciones vinculadas, pero no se han cumplido las
obligaciones de documentación. En estos casos, la sanción consistirá en una
multa pecuniaria fija de 1.500 euros por cada dato y de 15.000 euros por
conjunto de datos, omitido, inexacto o falso.
Antonio
Esteban
AE 7
8. Obligaciones de la nueva regulación
Por una parte, las partes vinculadas y las sociedades pertenecientes a un grupo
que realicen operaciones entre sí tienen la obligación de valorarlas quot;por su valor
normal de mercadoquot;, entendido como aquél que se habría acordado entre
personas o entidades independientes en condiciones de libre competencia.
Por otra parte, los obligados tributarios que realicen operaciones vinculadas
deben elaborar y mantener una documentación en la que describan y justifiquen
que han valorado las transacciones efectuadas entre ellas por su valor normal de
mercado.
Hay que recordar que esta obligación formal de documentar el valor de las
operaciones vinculadas es inexcusable, y la Administración Tributaria está
facultada para comprobar y, en su caso, regularizar las valoraciones convenidas
por las partes vinculadas, así como para examinar el correcto cumplimiento de
las obligaciones de documentación.
La norma prevé la imposición de sanciones en los siguientes supuestos:
Ausencia de valoración a mercado,
Falta de aportación de documentación, o aportación de documentación
inexacta, falsa o incompleta.
Las sanciones son elevadas, incluso en aquellos supuestos en que sí se han
valorado a mercado las transacciones vinculadas, pero no se han cumplido las
obligaciones de documentación. En estos casos, la sanción consistirá en una
multa pecuniaria fija de 1.500 euros por cada dato y de 15.000 euros por
conjunto de datos, omitido, inexacto o falso.
Antonio
Esteban
AE 8
9. Valor normal de mercado
El elemento esencial es que las operaciones efectuadas entre personas o
entidades vinculadas se deben valorar fiscalmente por su valor normal de
mercado (aquél que se habría acordado entre personas o entidades
independientes en condiciones de libre competencia), dejando a la
Administración la facultad de comprobar la valoración previa realizada y
pudiendo efectuar las correcciones que procedan. Así, queda eliminado el
requisito de la existencia de una tributación en España inferior a la del valor de
mercado o el diferimiento de la tributación para que la Administración pueda
entrar a valorar una operación vinculada.
De esta forma, con la nueva legislación es el contribuyente el que debe valorar la
operación como si hubiese sido acordado por entidades independientes. Dado lo
dispuesto por el artículo 16.1 LIS, el contribuyente soporta la carga de la prueba
que incumbe al valor de mercado consignado en sus declaraciones fiscales.
Antonio
Esteban
AE 9
10. Valor normal de mercado
¿Cómo se determina el valor de mercado?
La legislación española siguiendo las Directrices de la OCDE recogen
el análisis de comparabilidad como elemento fundamental para la
determinación del valor de mercado.
Es conocido, el análisis de comparabilidad, como principio de libre
concurrencia, supone que las condiciones y precio de la operación vinculada
deben ser aquellos que hubiesen sido convenidos por entidades independientes.
Es decir, deben buscarse operaciones equiparables realizadas por entidades
independientes. De ahí precisamente su apelativo, análisis de comparabilidad.
La superación del test de comparabilidad por las operaciones vinculadas y las
operaciones no vinculadas permite afirmar que unas y otras son
equiparables, aunque se utiliza con frecuencia la expresión “comparables”.
Antonio
Esteban
AE 10
11. Operaciones equiparables
Establece la legislación que:
Para determinar si dos o más operaciones son equiparables se tendrán en
cuenta, en la medida en que sean relevantes y que el obligado tributario haya
podido disponer de ellas razonablemente, las siguientes circunstancias:
o Las características específicas de los bienes o servicios objeto de las
operaciones vinculadas.
o Las funciones asumidas por las partes en relación con las operaciones objeto de
análisis, identificando los riesgos asumidos y ponderando, en su caso, los
activos utilizados.
o Los términos contractuales de los que, en su caso, se deriven las operaciones
teniendo en cuenta las responsabilidades, riesgos y beneficios asumidos por
cada parte contratante.
o Las características de los mercados en los que se entregan los bienes o se
prestan los servicios, u otros factores económicos que puedan afectar a las
operaciones vinculadas.
o Cualquier otra circunstancia que sea relevante en cada caso, como las estrategias
comerciales.
Antonio
Esteban
AE 11
12. Operaciones equiparables
Establece la legislación que:
Cuando las operaciones vinculadas que realice el obligado tributario se
encuentren estrechamente ligadas entre sí o hayan sido realizadas de forma
continua, de manera que su valoración independiente no resulte adecuada, el
análisis de comparabilidad a que se refiere este apartado se efectuará teniendo
en cuenta el conjunto de dichas operaciones. Por tanto, el análisis de
comparabilidad no es necesario realizarlo operación a operación, ni factura a
factura. Es posible agregar las operaciones en grupos homogéneos. Si las
operaciones se encuentran ligadas entre sí y se realizan de manera continua, el
análisis de comparabilidad se podrá efectuar para el conjunto de todas ellas, de
una sola vez. En realidad, las operaciones vinculadas para ser agregadas deben
superar internamente su propio test de comparabilidad.
Antonio
Esteban
AE 12
13. Operaciones equiparables
Establece la legislación que:
Dos o más operaciones son equiparables cuando no existan entre ellas
diferencias significativas en las circunstancias a que se refiere el apartado
anterior que afecten al precio del bien o servicio o al margen de la operación, o
cuando existiendo diferencias, puedan eliminarse efectuando las correcciones
necesarias.
El obligado tributario podrá considerar que el valor convenido coincide con
el valor normal de mercado cuando se trate de una prestación de servicios por
un socio profesional, persona física, a una entidad vinculada y se cumplan los
siguientes requisitos:
o Que la entidad sea una de las previstas en el artículo 108 de la Ley del
Impuesto, más del 75 por ciento de sus ingresos del ejercicio procedan del
desarrollo de actividades profesionales, cuente con los medios materiales y
humanos adecuados y el resultado del ejercicio previo a la deducción de las
retribuciones correspondientes a la totalidad de los socios-profesionales por la
prestación de sus servicios sea positivo.
Antonio
Esteban
AE 13
14. Operaciones equiparables
Establece la legislación que:
• Que la cuantía de las retribuciones correspondientes a la totalidad de los socios-
profesionales por la prestación de sus servicios a la entidad no sea inferior al 85
por ciento del resultado previo a que se refiere la letra a).
• Que la cuantía de las retribuciones correspondientes a cada uno de los socios-
profesionales cumplan los siguientes requisitos: 1.º Se determine en función de
la contribución efectuada por estos a la buena marcha de la sociedad, siendo
necesario que consten por escrito los criterios cualitativos y/o cuantitativos
aplicables. 2.º No sea inferior a dos veces el salario medio de los asalariados de
la sociedad que cumplan funciones análogas a las de los socios profesionales de
la entidad. En ausencia de estos últimos, la cuantía de las citadas retribuciones
no podrá ser inferior a dos veces el salario medio anual del conjunto de
contribuyentes previsto en el artículo 11 del Reglamento del Impuesto sobre la
Renta de las Personas Físicas.
Antonio
Esteban
AE 14
15. Obligación de documentación SCENE
Documentación
Obligado
tributario
.
Documentación
grupo del
obligado
tributario
Antonio
Esteban
AE 15
19. No se exigirá
la obligación de documentación
En las siguientes operaciones:
Las realizadas entre entidades que se integren en un mismo grupo de
consolidación fiscal que haya optado por el régimen regulado en el capítulo VII del
título VII de la Ley del Impuesto.
A las realizadas con sus miembros por las agrupaciones de interés económico de
acuerdo con lo previsto en la Ley 12/1991, de 29 de abril, de agrupaciones de interés
económico, y las uniones temporales de empresas, reguladas en la Ley 18/1982, de
26 de mayo, sobre régimen fiscal de agrupaciones y uniones temporales de
empresas y de sociedades de desarrollo industrial regional e inscritas en el registro
especial del Ministerio de Economía y Hacienda.
Las realizadas en el ámbito de ofertas públicas de venta o de ofertas públicas de
adquisición de valores.
Antonio
Esteban
AE 19
20. No se exigirá
la obligación de documentación
Señala la norma (exposición de motivos) que la exigencia de las obligaciones de
documentación se ha modulado en función de dos criterios:
Las características de los grupos empresariales y el riesgo de perjuicio
económico para la Hacienda Pública, de tal forma que para las empresas de
reducida dimensión y para las personas físicas se simplifican al máximo estas
obligaciones salvo que se refieran a operaciones de especial riesgo, en cuyo caso se
exige la documentación correspondiente a la naturaleza de las operaciones de que
se trate.
Finalmente, no se exige documentación alguna en relación con operaciones en las
que el riesgo fiscal es reducido.
Antonio
Esteban
AE 20
21. Las operaciones vinculadas en las Cuentas
Anuales (Memoria)
PGC 07
Es evidente que la normativa referente a la documentación-
información de estas operaciones no se aplicarán al cierre
del ejercicio 2008; no obstante, hemos de recordar que:
• la Ley 36/2006, de 29 de noviembre, de Medidas para la
Prevención del Fraude Fiscal, da una nueva redacción al
artículo 16 del Texto Refundido de la Ley del Impuesto
Memoria
sobre Sociedades, que regula las operaciones entre
personas o entidades vinculadas, para los períodos
impositivos que se inicien a partir del 1 de diciembre de
2006, y
• el contribuyente tiene siempre la carga de soportar el
valor de mercado aplicado en sus operaciones vinculadas.
Además el nuevo Plan General de
Contabilidad, incorpora para los ejercicios iniciados desde
el 1 enero 2008 la Nota 23 en laMemoria de las Cuentas
Anuales donde se exige determinada información relativa
a las “Operaciones con partes vinculadas”, muy similar a la
prevista en la norma fiscal.
Antonio
AE 21 Esteban
22. Memoria: Nota 23
La información sobre operaciones con partes vinculadas se
suministrará separadamente para cada una de las
siguientes categorías:
Entidad dominante.
Otras empresas del grupo.
Negocios conjuntos en los que la empresa sea uno de los
partícipes.
Empresas asociadas.
Empresas con control conjunto o influencia significativa
sobre la empresa.
Personal clave de la dirección de la empresa o de la
entidad dominante.
Otras partes vinculadas.
AE 22
23. Memoria: Nota 23
La empresa facilitará información suficiente para comprender las
operaciones con partes vinculadas que haya efectuado y los
efectos de las mismas sobre sus estados
financieros, incluyendo, entre otros, los siguientes aspectos:
Ventas y compras de activos corrientes y no corrientes.
Prestación y recepción de servicios.
Contratos de arrendamiento financiero.
Transferencias de investigación y desarrollo.
Acuerdos sobre licencias.
Acuerdos de financiación.
Operaciones de adquisición y enajenación de instrumentos de
patrimonio.
Intereses abonados y cargados; así como aquellos devengados pero no
pagados o cobrados.
Dividendos y otros beneficios distribuidos.
Garantías y avales.
Remuneraciones e indemnizaciones.
Aportaciones a planes de pensiones y seguros de vida.
Prestaciones a compensar con instrumentos financieros propios.
Compromisos en firme por opciones de compra.
Acuerdo de reparto de costes .
Acuerdos de gestión de tesorería, y
Acuerdos de condonación de deudas y prescripción de las mismas.
Antonio
AE 23 Esteban
24. Memoria: Nota 23
La empresa facilitará información suficiente para comprender las
operaciones con partes vinculadas que haya efectuado y los
efectos de las mismas sobre sus estados financieros, incluyendo,
entre otros, los siguientes aspectos:
Ventas y compras de activos corrientes y no corrientes.
Prestación y recepción de servicios.
Contratos de arrendamiento financiero.
Transferencias de investigación y desarrollo.
Acuerdos sobre licencias.
Acuerdos de financiación.
Operaciones de adquisición y enajenación de instrumentos de
patrimonio.
Intereses abonados y cargados; así como aquellos devengados pero no
pagados o cobrados.
Dividendos y otros beneficios distribuidos.
Garantías y avales.
Remuneraciones e indemnizaciones.
Aportaciones a planes de pensiones y seguros de vida.
Prestaciones a compensar con instrumentos financieros propios.
Compromisos en firme por opciones de compra.
Acuerdo de reparto de costes .
Acuerdos de gestión de tesorería, y
Acuerdos de condonación de deudas y prescripción de las mismas.
Antonio
Esteban
AE 24
25. Memoria: Nota 23
PGC 07
No será necesario informar en el caso de
operaciones que, perteneciendo al tráfico ordinario de
la empresa, se efectúen en condiciones normales de
mercado, sean de escasa importancia cuantitativa y
carezcan de relevancia para expresar la imagen fiel del
patrimonio, de la situación financiera y de los resultados de
la empresa.
Memoria No obstante, en todo caso deberá informarse sobre el
importe de los sueldos, dietas y remuneraciones de
cualquier clase devengados en el curso del ejercicio por el
personal de alta dirección y los miembros del órgano
de administración, cualquiera que sea su causa.
Las empresas que se organicen bajo la forma jurídica de
sociedad anónima, deberán especificar
la participación de los administradores en el capital de
otra sociedad con el mismo, análogo o complementario
género de actividad al que constituya el objeto social, así
como los cargos o las funciones que en ella ejerzan, así
como la realización por cuenta propia o ajena, del
mismo, análogo o complementario género de actividad del
que constituya el objeto social de la empresa.
En el caso de pertenecer a un grupo de empresas, se
describirá la estructura financiera del grupo.
Antonio
AE 25 Esteban