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Organismo jurisdiccionales
Nacionales, Descentralizados
e Itinerantes
¿Qué es un órgano
jurisdiccional?
• ÓRGANOS JURISDICCIONALES
• El termino Órgano Jurisdiccional, está referido a aquellos
magistrados que cumplen función jurisdiccional en sentido
estricto; es decir, a aquellos que únicamente desempeñan las
labores propias de un juez, mas no comprende a aquellos que
desempeñan otras labores como el nombrar jueces, fiscalizar
la actividad jurisdiccional, capacitar magistrados, etc.
• El artículo 26º de la Ley Orgánica del Poder Judicial, determina
los órganos jurisdiccionales que integran este Poder del
Estado, conformado por Salas y Juzgados de diversos niveles
organizacionales.
• Las Salas Especializadas que conforman la Corte Suprema de
Justicia de la República, están ubicadas en la capital de la
República, las Salas Superiores están ubicadas en la capital de
un departamento o sede de la Corte Superior de Justicia del
país y en determinadas provincias
Problemática
• Los litigantes y sus abogados, por el desarrollo de la Litis, tienen que
acudir una y otra vez a la Sala Superior, sin embargo, esto es mayor
para un ciudadano de una provincia alejada a la sede de la Corte
Superior de Justicia, que tiene que desplazarse, exigiendo mayor
tiempo, costos de pasajes, alimentación e incluso alojamiento,
además, muchas veces no cuenta con los recursos adecuados; esto
se ahonda porque en el lugar sede de la Sala, tiene que contratar
muchas veces al abogado para que lo apoye en su proceso A todo
ello debe sumarse el costo oportunidad por el tiempo que demora el
litigante dejando de lado sus quehaceres habituales, muchas veces
por más de dos ó tres días cada vez que acude a una Sala
Ley 26546
• En cumplimiento con la Ley Nº 26546 que crea la Comisión
Ejecutiva del Poder Judicial como órgano de gestión y
gobierno, dispone que el proceso de Reforma y
Modernización del Poder Judicial, se efectúa un diagnóstico y
posteriormente se trazan los grandes lineamientos de política,
uno de ellos es la descentralización.
SALAS ITINERANTES
• En la actualidad, existen 11 Salas Superiores itinerantes,
cuatro de ellas están en la sede de Corte Superior y el resto
son Descentralizadas, que están en diversos lugares del país.
• Las Salas Superiores autorizadas por la Comisión Ejecutiva del
Poder Judicial a desplazarse, son las siguientes:
Juzgados Itinerantes
• Las Salas y Juzgados itinerantes, son órganos jurisdiccionales
autorizados por la Comisión Ejecutiva del Poder Judicial, cuyos
Magistrados y personal auxiliar jurisdiccional se desplazan de
su sede habitual a las provincias o distritos de su competencia
territorial.
• Mensualmente, el Presidente de la Sala Superior o el Juez del
Juzgado autorizados a itinerar, presentan la propuesta de
fechas, lugares y tiempo, además, de causas a tratar, durante
su desplazamiento. El Presidente de la Corte Superior de
Justicia correspondiente, dicta mediante Resolución la
autorización correspondiente, previa coordinación con la
Administración del Distrito Judicial, referente a los gastos
inherentes a dicho desplazamiento, que están financiados con
recursos dispuestos en la Unidad Ejecutora 001 Gerencia
General.
• Al término de cada desplazamiento, el Presidente de la Sala o
Juez que efectuó la itinerantica emite el informe sobre las
acciones cumplidas.
• La itinerantica involucra en los casos que corresponde en
materia penal o tutelar de familia, a otras instituciones
involucradas que participan muy activamente en el mismo, tal
como el Ministerio Público con las respectivas Fiscalías y el
Ministerio de Justicia con el defensor de Oficio, cuando
corresponda
Finalidad
• Permitir el acceso de la población a la Administración de
Justicia, evitándoles mayores costos y resolviendo en su lugar
habitual de residencia sus conflictos, con lo que el costo
oportunidad, tiempo, gastos, atención, recursos del
ciudadano, se reducen al mínimo.
COMISIONEJECUTIVADELPODERJUDICIAL
Dictannormassobreintegracióndeórganosjurisdiccionalesentodassusinstanciaspara
tramitacióndeprocesospordelitosdeterrorismo
RESOLUCIONADMINISTRATIVANº521-CME-PJ
• Segundo.- Crear las Salas Superiores y Juzgados Especializados en
Delitos de Terrorismo, que sean necesarios, con competencia a
nivel nacional, los mismos que conocerán
• a) De las figuras delictivas tipificadas en la Ley N° 25475, conforme
a los lineamientos que emanen de la Sala Penal Permanente de la
Corte Suprema de Justicia de la República;
• b) De los ilícitos conexos a los de Terrorismo cualquiera fuera su
modalidad o gravedad a excepción de los señalados en las
Resoluciones Administrativas N°s. 328-CME-PJ, 339-CME-PJ y 340-
CME-PJ.
Las Salas Superiores autorizadas por la Comisión Ejecutiva del
PoderJudicialadesplazarse,sonlassiguientes:
DISTRITO JUDICIAL SEDE
Arequipa Camaná
Apurímac Andahuaylas
Cajamarca Santa Cruz
Cusco – Madre de Dios Sicuani(Canchis)
Cusco – Madre de Dios Puerto Maldonado(Madre de Dios)
Cusco – Madre de Dios Cusco (Sala Mixta Corte Superior)
Huánuco – Pasco Huánuco(Sala penal Sede de la Corte)
Ica Ica (Sala Penal Corte Superior)
Ica Chincha
Puno Puno(Sala Penal Sede Corte)
Puno Juliaca (Sala Penal)
San Martín Moyobamba(Sede de Corte Sala Penal)
FUENTE.- Area de Apoyo MBJ y Justicia Básica- Estadísticas Junio 1999 - GCR/ GEV.
Corte Suprema
La Corte Suprema de Justicia, que tiene su sede en la capital de la
República, extiende su competencia jurisdiccional a todo el territorio
nacional, y es el más alto tribunal de la judicatura ordinaria del país.
Para su trabajo resolutorio de conflictos, se divide en salas
especializadas permanentes y transitorias. Cada
sala está integrada por cinco vocales y es presidida por quien designe el
Presidente de la Corte Suprema. Las especialidades son tres: de
Derecho Civil,
de Derecho Penal y de Derecho Constitucional y Social. En la actualidad,
existen tres salas permanentes y cuatro Salas Transitorias Supremas.
Cortes Superiores de Justicia
• Las Cortes Superiores de Justicia extienden su competencia
jurisdiccional al interior de su respectivo distrito judicial, cada
una de ellas, cuenta con las salas especializadas o mixtas que
señala el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, según las
necesidades del correspondiente distrito. Las Salas Superiores
pueden funcionar en una ciudad o provincia distinta de la sede
de la Corte Superior. Cada Sala está integrada por tres vocales
superiores y es presidida por el de mayor antigüedad
Nuevas Políticas
• PRESIDENTE DEL PODER JUDICIAL: CON DESCENTRALIZACIÓN SE
AGILIZARÁN LOS PROCESOS JUDICIALES
Doctor Enrique Mendoza Ramírez presidió acto de inauguración de sede
de Corte Superior de Lima Este
El presidente del Poder Judicial, doctor Enrique Mendoza Ramírez, expresó
hoy que el acercamiento de los servicios de justicia al ciudadano y la
celeridad de los procesos judiciales se consiguen con una política de
descentralización, durante el acto de inauguración de la Corte Superior de
Lima Este, en el distrito de Chaclacayo.
La autoridad judicial refirió que uno de los puntos centrales de su gestión
es procurar el acercamiento de los servicios de justicia al ciudadano. ”Esto
se consigue a través de una política de descentralización”, subrayó.
Manifestó que esta situación se ha reflejado en el 23% de expedientes no
resueltos al año en la Corte Superior de Lima, y la situación en que su
gestión encontró a los órganos jurisdiccionales. “En una situación de
abandono inmerecido, porque a la población debemos procurar un mejor
servicio”, acotó
Justicia pronta y eficiente
•
• Añadió que con el funcionamiento de la Corte de Lima Este, esto no va a
ocurrir. “Vamos a tener una atención directa a todos estos órganos
jurisdiccionales para que haya una justicia pronta y eficiente”, subrayó.
•
• Expresó que la situación de la Corte Superior de Lima contrasta con la
capacidad de resolución de uno de los distritos descentralizados como
Lima Sur que resuelve al año el 89% de procesos, y sólo deja 11% sin
resolver.
•
• Y agregó que si se toma como ejemplo la Corte Superior de Lima Norte,
el contraste es mayor, ya que la tasa de expedientes no resueltos de ésta
es apenas del 5%. “Este es un modelo de descentralización”, remarcó.
•
• Dijo además que Lima Sur y Lima Norte con muchos menos órganos
jurisdiccionales producen al año más expedientes que la Corte Superior
de Lima. “Entonces es un imperativo continuar en esa línea de
descentralizar y acercar la justicia a la población”, anotó.
• Población beneficiada
La autoridad judicial insistió que la Corte Superior de Lima Este
beneficiará a una población de más de 2 millones 700 habitantes de
los distritos de Lurigancho-Chosica, Chaclacayo, Ate, Santa Anita, El
Agustino, San Juan de Lurigancho, La Molina, Cieneguilla y 36 distritos
de la provincia de Huarochirí.
Dijo además que este distrito judicial tendrá tres subsedes: una en
Chaclacayo, otra en Ate y una tercera en San Juan de Lurigancho.
“Con estas medidas empezamos a optimizar el servicio, acercar la
justicia al ciudadano, cerrar la brecha de expedientes y actuar con
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Organismo jurisdiccionales nacionales, descentralizados e itinerantes

  • 2. ¿Qué es un órgano jurisdiccional? • ÓRGANOS JURISDICCIONALES • El termino Órgano Jurisdiccional, está referido a aquellos magistrados que cumplen función jurisdiccional en sentido estricto; es decir, a aquellos que únicamente desempeñan las labores propias de un juez, mas no comprende a aquellos que desempeñan otras labores como el nombrar jueces, fiscalizar la actividad jurisdiccional, capacitar magistrados, etc.
  • 3. • El artículo 26º de la Ley Orgánica del Poder Judicial, determina los órganos jurisdiccionales que integran este Poder del Estado, conformado por Salas y Juzgados de diversos niveles organizacionales. • Las Salas Especializadas que conforman la Corte Suprema de Justicia de la República, están ubicadas en la capital de la República, las Salas Superiores están ubicadas en la capital de un departamento o sede de la Corte Superior de Justicia del país y en determinadas provincias
  • 4. Problemática • Los litigantes y sus abogados, por el desarrollo de la Litis, tienen que acudir una y otra vez a la Sala Superior, sin embargo, esto es mayor para un ciudadano de una provincia alejada a la sede de la Corte Superior de Justicia, que tiene que desplazarse, exigiendo mayor tiempo, costos de pasajes, alimentación e incluso alojamiento, además, muchas veces no cuenta con los recursos adecuados; esto se ahonda porque en el lugar sede de la Sala, tiene que contratar muchas veces al abogado para que lo apoye en su proceso A todo ello debe sumarse el costo oportunidad por el tiempo que demora el litigante dejando de lado sus quehaceres habituales, muchas veces por más de dos ó tres días cada vez que acude a una Sala
  • 5. Ley 26546 • En cumplimiento con la Ley Nº 26546 que crea la Comisión Ejecutiva del Poder Judicial como órgano de gestión y gobierno, dispone que el proceso de Reforma y Modernización del Poder Judicial, se efectúa un diagnóstico y posteriormente se trazan los grandes lineamientos de política, uno de ellos es la descentralización.
  • 6. SALAS ITINERANTES • En la actualidad, existen 11 Salas Superiores itinerantes, cuatro de ellas están en la sede de Corte Superior y el resto son Descentralizadas, que están en diversos lugares del país. • Las Salas Superiores autorizadas por la Comisión Ejecutiva del Poder Judicial a desplazarse, son las siguientes:
  • 7. Juzgados Itinerantes • Las Salas y Juzgados itinerantes, son órganos jurisdiccionales autorizados por la Comisión Ejecutiva del Poder Judicial, cuyos Magistrados y personal auxiliar jurisdiccional se desplazan de su sede habitual a las provincias o distritos de su competencia territorial. • Mensualmente, el Presidente de la Sala Superior o el Juez del Juzgado autorizados a itinerar, presentan la propuesta de fechas, lugares y tiempo, además, de causas a tratar, durante su desplazamiento. El Presidente de la Corte Superior de Justicia correspondiente, dicta mediante Resolución la autorización correspondiente, previa coordinación con la Administración del Distrito Judicial, referente a los gastos inherentes a dicho desplazamiento, que están financiados con recursos dispuestos en la Unidad Ejecutora 001 Gerencia General.
  • 8. • Al término de cada desplazamiento, el Presidente de la Sala o Juez que efectuó la itinerantica emite el informe sobre las acciones cumplidas. • La itinerantica involucra en los casos que corresponde en materia penal o tutelar de familia, a otras instituciones involucradas que participan muy activamente en el mismo, tal como el Ministerio Público con las respectivas Fiscalías y el Ministerio de Justicia con el defensor de Oficio, cuando corresponda
  • 9. Finalidad • Permitir el acceso de la población a la Administración de Justicia, evitándoles mayores costos y resolviendo en su lugar habitual de residencia sus conflictos, con lo que el costo oportunidad, tiempo, gastos, atención, recursos del ciudadano, se reducen al mínimo.
  • 10. COMISIONEJECUTIVADELPODERJUDICIAL Dictannormassobreintegracióndeórganosjurisdiccionalesentodassusinstanciaspara tramitacióndeprocesospordelitosdeterrorismo RESOLUCIONADMINISTRATIVANº521-CME-PJ • Segundo.- Crear las Salas Superiores y Juzgados Especializados en Delitos de Terrorismo, que sean necesarios, con competencia a nivel nacional, los mismos que conocerán • a) De las figuras delictivas tipificadas en la Ley N° 25475, conforme a los lineamientos que emanen de la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República; • b) De los ilícitos conexos a los de Terrorismo cualquiera fuera su modalidad o gravedad a excepción de los señalados en las Resoluciones Administrativas N°s. 328-CME-PJ, 339-CME-PJ y 340- CME-PJ.
  • 11. Las Salas Superiores autorizadas por la Comisión Ejecutiva del PoderJudicialadesplazarse,sonlassiguientes: DISTRITO JUDICIAL SEDE Arequipa Camaná Apurímac Andahuaylas Cajamarca Santa Cruz Cusco – Madre de Dios Sicuani(Canchis) Cusco – Madre de Dios Puerto Maldonado(Madre de Dios) Cusco – Madre de Dios Cusco (Sala Mixta Corte Superior) Huánuco – Pasco Huánuco(Sala penal Sede de la Corte) Ica Ica (Sala Penal Corte Superior) Ica Chincha Puno Puno(Sala Penal Sede Corte) Puno Juliaca (Sala Penal) San Martín Moyobamba(Sede de Corte Sala Penal) FUENTE.- Area de Apoyo MBJ y Justicia Básica- Estadísticas Junio 1999 - GCR/ GEV.
  • 12. Corte Suprema La Corte Suprema de Justicia, que tiene su sede en la capital de la República, extiende su competencia jurisdiccional a todo el territorio nacional, y es el más alto tribunal de la judicatura ordinaria del país. Para su trabajo resolutorio de conflictos, se divide en salas especializadas permanentes y transitorias. Cada sala está integrada por cinco vocales y es presidida por quien designe el Presidente de la Corte Suprema. Las especialidades son tres: de Derecho Civil, de Derecho Penal y de Derecho Constitucional y Social. En la actualidad, existen tres salas permanentes y cuatro Salas Transitorias Supremas.
  • 13. Cortes Superiores de Justicia • Las Cortes Superiores de Justicia extienden su competencia jurisdiccional al interior de su respectivo distrito judicial, cada una de ellas, cuenta con las salas especializadas o mixtas que señala el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, según las necesidades del correspondiente distrito. Las Salas Superiores pueden funcionar en una ciudad o provincia distinta de la sede de la Corte Superior. Cada Sala está integrada por tres vocales superiores y es presidida por el de mayor antigüedad
  • 14. Nuevas Políticas • PRESIDENTE DEL PODER JUDICIAL: CON DESCENTRALIZACIÓN SE AGILIZARÁN LOS PROCESOS JUDICIALES Doctor Enrique Mendoza Ramírez presidió acto de inauguración de sede de Corte Superior de Lima Este El presidente del Poder Judicial, doctor Enrique Mendoza Ramírez, expresó hoy que el acercamiento de los servicios de justicia al ciudadano y la celeridad de los procesos judiciales se consiguen con una política de descentralización, durante el acto de inauguración de la Corte Superior de Lima Este, en el distrito de Chaclacayo. La autoridad judicial refirió que uno de los puntos centrales de su gestión es procurar el acercamiento de los servicios de justicia al ciudadano. ”Esto se consigue a través de una política de descentralización”, subrayó. Manifestó que esta situación se ha reflejado en el 23% de expedientes no resueltos al año en la Corte Superior de Lima, y la situación en que su gestión encontró a los órganos jurisdiccionales. “En una situación de abandono inmerecido, porque a la población debemos procurar un mejor servicio”, acotó
  • 15. Justicia pronta y eficiente • • Añadió que con el funcionamiento de la Corte de Lima Este, esto no va a ocurrir. “Vamos a tener una atención directa a todos estos órganos jurisdiccionales para que haya una justicia pronta y eficiente”, subrayó. • • Expresó que la situación de la Corte Superior de Lima contrasta con la capacidad de resolución de uno de los distritos descentralizados como Lima Sur que resuelve al año el 89% de procesos, y sólo deja 11% sin resolver. • • Y agregó que si se toma como ejemplo la Corte Superior de Lima Norte, el contraste es mayor, ya que la tasa de expedientes no resueltos de ésta es apenas del 5%. “Este es un modelo de descentralización”, remarcó. • • Dijo además que Lima Sur y Lima Norte con muchos menos órganos jurisdiccionales producen al año más expedientes que la Corte Superior de Lima. “Entonces es un imperativo continuar en esa línea de descentralizar y acercar la justicia a la población”, anotó.
  • 16. • Población beneficiada La autoridad judicial insistió que la Corte Superior de Lima Este beneficiará a una población de más de 2 millones 700 habitantes de los distritos de Lurigancho-Chosica, Chaclacayo, Ate, Santa Anita, El Agustino, San Juan de Lurigancho, La Molina, Cieneguilla y 36 distritos de la provincia de Huarochirí. Dijo además que este distrito judicial tendrá tres subsedes: una en Chaclacayo, otra en Ate y una tercera en San Juan de Lurigancho. “Con estas medidas empezamos a optimizar el servicio, acercar la justicia al ciudadano, cerrar la brecha de expedientes y actuar con mayor prontitud como lo exige la ciudadanía”, indicó.