Pensión para el bienestar de las personas con.pptx
1. Pensión para el bienestar de las personas
con discapacidad permanente
2. Fechas importantes
2019
• El Gobierno de México creo ,
la pensión para el bienestar de
las personas con discapacidad
permanente.
8 de mayo 2020
• Fue publicado en el Diario
Oficial de la Federación , el
Decreto por el que se forma y
adiciona el articulo número 4.
3. Objetivo general
Busca mejorar el ingreso monetario de las
personas con discapacidad permanente y de
esta manera contribuir a lograr la vigencia
efectiva de los derechos de niñas, niños,
adolescentes, jóvenes, personas indígenas y
afro mexicanas que viven con discapacidad,
para así eliminar la marginación, la
discriminación y el racismo que enfrentan.
4. Criterios de sección
Persona Adulta Auxiliar
Es una persona mayor de edad, familiar de la
persona con discapacidad permanente, en
cualquier grado ascendiente o descendente
(madre, padre, hermano, entre otros); cónyuge o
persona con la que viva en concubinato; persona
tutora o responsable del cuidado de la persona con
discapacidad.
5. • En México los adultos
mayores enfrentan
condiciones de escasos
ingresos y carencias en
el acceso a los sistemas
de protección social y
salud, lo cual repercute
en sus condiciones de
vida.
6. Inicios de este programa
• El presidente Andrés Manuel López Obrador inició este programa
de pensión en 2001, cuando era Jefe de Gobierno en la Ciudad de
México.
• En 2018 nace la pensión para personas mayores de 68 años y de
65 que habitan en comunidades indígenas, incluyendo
pensionados y jubilados. Y aumentó a 2 mil 550 pesos, es decir, un
aumento de 1 mil 390 pesos.
7. • El 8 de mayo de 2020, fue publicado en el Diario Oficial de la
Federación el Decreto por el que se reforma y adiciona el Artículo
4o.
• En 2022 aumentó a 3 mil 850 pesos bimestrales. En tanto, para
2023 y 2024 se incrementará 20 por ciento, en cada año
respectivamente.
8. Objetivo general
Mejorar la situación de
protección social de toda
la población adulta mayor
de 65 años o más de
edad, a través de apoyos
económicos.
9. Propósito
El programa atiende a todos los adultos
mayores de 68 años de todo el país, y a
los adultos mayores de 65 años que
viven en los municipios integrantes de
pueblos indígenas. La pensión para el
Bienestar de los Adultos Mayores
consiste en un apoyo económico de
$2,550 pesos cada dos meses.
10. Criterios de selección
• Tener 65 años de edad en
adelante.
• No recibir ingresos superiores a
1,092 pesos mensuales por
concepto de pago de jubilación o
pensión de tipo contributivo, como
las otorgadas por el IMSS,
ISSSTE, Pemex y otras entidades
de la Administración Pública
Federal.
Requisitos
1. Credencial para votar vigente.
En caso de no contar con
este documento, puede presentar:
• Pasaporte vigente.
• Credencial del Instituto Nacional
de las Personas Adultas Mayores
(INAPAM).
11. 2. Clave Única de Registro de Población (CURP).
• En caso de no contar con ella, el personal de la Sedesol auxiliará a
la persona solicitante para obtenerla.
3. Acta de Nacimiento.
• De no contar con este documento se podrá acreditar la edad de la o
el solicitante con alguno de los documentos antes mencionados.
4. Comprobante de domicilio.
• Recibo de pago de luz, agua, teléfono o predial con menos de tres
meses de antigüedad .
12. Intervenciones de enfermería
• Ayudar y apoyar a las personas con discapacidades, y a sus familias, a
acceder a la formación, a la información y a los servicios de apoyo que les
permitan vivir una vida satisfactoria.
• Orientar al cuidador sobre los cuidados que necesita su familiar:
• Higiene
• Activación física
• Alimentación balanceada acuerdo a sus necesidades
• Establecer horarios fijos