1. Articulo de
Revisión Literaria
Piña Paredes, Luis Raúl
LA MODIFICACION DE LA LEY DEL IMPUESTO A LA RENTA Y
LOS INGRESOS DIGITALES GENERADOS POR INFLUENCERS
EN TIKTOK - LA LIBERTAD 2022
Metodólogo:
Dr. Juan Alberto Castañeda
Méndez
Especialista:
Dra. Larrea Cano, María Elena
LÍNEA DE INVESTIGACIÓN:
Derecho Tributario
2. Introducción:
Realidad Problematica:
Las redes sociales muy aparte de conectar a las personas y darles la posibilidad de compartir sus
recuerdos con sus amigos, trajeron consigo muchas oportunidades para que sus usuarios generen
ingresos en estas plataformas. Teniendo en cuenta el cambio universal que trajo consigo la pandemia por
la COVID-19, los ciudadanos se confinaron en sus hogares y muchos pudieron explotar un nuevo
potencial y compartirlo en una red social que se hizo popular en el 2020, mediante la difusión de
contenido audiovisual por el cual se volvieron virales.
Desde que inicio el boom dentro de las redes sociales ya se veían las primeras bases de un impuesto que
gravara los ingresos de estas personas llamadas “influencers”, ya que como sabemos este tipo de
personas no declaraban impuestos por las prestaciones que realizaban, ya sea que se les pagara de
forma monetaria o de forma material (canjes), por tanto, la labor del sistema tributario es hacer que dichos
“influencers” cumplan con su labor como ciudadanos declarando sus ingresos.
3. SUNAT IDENTIFICA A MAS DE 70.000 INFLUENCERS
Lo preocupante es que la
SUNAT solo tiene a 250
influncers identificados de
los cuales ninguno paga
impuestos de manera
correcta
IDENTIFICADOS
Existen mas de 70.000
influencers en el Perú, y no
solo estan dentro de
plataformas como Youtube,
sino otras como Tiktok,
Twitch, etc.
POR FISCALIZAR
Fuente: https://gestion.pe/tendencias/sunat-identifica-solo-250-influencers-a-
fiscalizar-de-mas-de-70000-que-existen-tendencias-noticia/
ANTECEDENTE NACIONAL
4. Antecedentes:
Dicha actividad no nació en el 2021, sino que data de mucho antes, desde la llegada de algunas
redes sociales influyentes, que dieron paso al comercio por internet, teniendo en cuenta
plataformas como Facebook, Instagram y Twitter, las cuales aparte de prestar su plataforma para
las actividades de dichos agentes digitales, realizan publicidad pagada por ciudadanos Peruanos.
En España actualmente dicha actividad generada por la producción de ingresos generados por
influencers, tiene ya un lineamiento que deben seguir estas personas, ya que generan ingresos de
manera digital y por tanto tienen obligación fiscal, conforme a lo expuesto en la Página “Legal
Today”, para que dicha actividad sea reconocida este debe de estar dado de alta en el impuesto
sobre Actividades Económicas (IAE España).
5. Justificación y Objetivo:
Este proyecto de investigación tiene como labor, hallar la manera para que ambas partes
tanto el sistema tributario como las personas que generan ingresos mediante las redes
sociales tengan una solución viable a su problema, ya que como sabemos el impuesto a
la renta de 3ra categoría (categoría en la que ingresan los influencers según el informe
N.º 000044-2022-SUNAT/7T0000) varía entre 29.5% y 30% gravando los ingresos
anuales de los ciudadanos, así mismo el impuesto de 4ta categoría que oscila entre 8% a
30% de gravamen a los impuestos anuales, no todos los que generan ingresos digitales
son influencers, así como no todos los influencers generan ingresos digitales, por tanto
no podemos hacer una diferencia como lo hace la SUNAT en cuanto respecta a quien es
influencer o no.
6. Objetivos:
GENERAL:
Analizar cuál sería la determinación de modificar el impuesto a la renta por los ingresos digitales generados
por los influencers en redes sociales
ESPECIFICOS:
Se analizará la ley del impuesto a la renta para poder determinar los ingresos que grava en base a los
ingresos digitales generados por los influencers en la Red Social Tiktok.
Revisar las propuestas de otros países en cuanto a la regulación de dichos ingresos digitales.
Proponer la modificación de la ley del impuesto a la Renta, para que se tenga un panorama más amplio en
base a los ingresos digitales.
7. Metodologia:
En relación a la parte metodológica del presente artículo de revisión de
literatura. Se opto por un tipo de investigación con enfoque de tipo
mixto, ya que por un lado vamos a revisar las posturas de algunos
autores, legislación nacional y extranjera y también veremos los
porcentajes de tributos anuales que tienen que pagar dichos agentes a
los cuales se dirigen los ingresos digitales. En el caso del tipo de estudio
será exploratorio ya que vamos a examinar las razones por las cuales el
derecho fiscal debe de poner más atención a los ingresos digitales
generados por dichos agentes, ya que aparte de examinar, trataremos
de preparar el terreno para una propuesta que modifique tal legislación.
El método de análisis de la información consistió en un análisis
descriptivo, donde se ha llegado a una síntesis de todos los documentos
revisados. Desde el plano conceptual tenemos a la legislación y los
informes emitidos por la entidad recaudadora de impuestos.
8. Población y Muestreo:
● Población: Se refiere a los Influencers de la
Red Social Tiktok, de la Región de La
Libertad.
● Muestreo: 10 Influencers de la Red Social
TikTok,
9. Técnica de Recopilación de Datos
● Entrevista a los influencers de la mencionada Red
Social Tiktok en la cual se desarrollara un
cuestionario de 15 preguntas en las cuales se le
consultara sobre las circunstancias que lo llevaron
a obtener la figura de “influencer” en la Red Social
TikTok, así mismo aspectos con respecto a los
ingresos digitales que generan en dicha Red
Social.
13. Tabla N° 2:
Aquí podremos encontrar a la nueva normativa propuesta por España, denominada “Ley General de
Comunicación Audiovisual (LGCA)”, pero esta es normalmente conocida como “Ley Influencers España”, con
la cual se busca regular la actividad y evitar malas prácticas de los influencers, sobre todo de los perfiles que
mueven millonarias cifras económicas.
Adicional a esto, la ley busca regular a los influencers de acuerdo a sus características y a su perfil y no de
manera tan general, por ejemplo: el tipo de contenido, red social, la cantidad de seguidores y la repercusión
que tienen.
14. Conclusiones:
- Tenemos claro que es posible la modificación de la actual ley del impuesto a la renta para que esta de verdad
regule los ingresos digitales generados en las redes sociales.
- Y no solo a estas plataformas sino también a futuras redes o plataformas de compartimiento de información, ya que
eso es internet una gran red donde día a día la gente comparte no solo conocimiento o fotos y videos, sino también
hacen negocio por el cual generan ingresos digitales.
- La actual ley del impuesto a la renta no es correlativa con la realidad problemática actual, ya que como habíamos
dicho no tiene o no identifica el panorama completo de los ingresos generados en el internet (Redes Sociales).
- Muchos “influencers” y personas que generan ingresos en redes sociales, justamente porque no hay una regulación
clara del tema, incurren en la evasión de impuestos, algunos por omisión de la misma, otros lo hacen con
intensiones contrarias a la ley.
15. Recomendaciones:
- Recomendar a los lectores de este informe que toda actividad licita que genere
ingresos, es considerado una fuente comercial por la cual tiene que pagar impuestos,
claramente siguiendo los lineamientos impuestos por la Ley.
- Los influencers deben de informarse sobre tales leyes tributarias, para que no incurran
en error y cometan evasión fiscal, tenemos otro tipo de crimen fiscal que es muy
recurrente también, el cual es la elusión fiscal en la cual se hace uso de las mismas
vías legales para no pagar impuestos o en su defecto pagar impuestos de manera
mínima.