Este documento presenta el Pacto de Convivencia de la Institución Educativa Técnica Los Andes. Establece los fundamentos legales en los que se basa, como la Constitución Política de Colombia y leyes de educación. Define los objetivos de ofrecer una guía de compromisos y formar estudiantes capaces de interactuar positivamente. También presenta el perfil del estudiante técnico agroindustrial, enfocado en el desarrollo de conocimientos técnicos en alimentos. Finalmente, detalla el horario general de la institución
El Currículo de Educación Inicial parte de la visión de que todos los niños son seres bio-psico- sociales y culturales, únicos e irrepetibles y los ubica como actores centrales del proceso de enseñanza aprendizaje. En consecuencia, son sujetos de aprendizaje desde sus necesidades, potencialidades e intereses; por lo tanto, el documento reconoce y da valor a los deseos, sentimientos, derechos y expectativas de los niños, considerando y respondiendo a sus especificidades (nivel de desarrollo, edad, características de personalidad, ritmos, estilos de aprender, contexto cultural y lengua), atendiendo a la diversidad en todas sus manifestaciones, respondiendo a criterios de inclusión en igualdad de oportunidades.
La presente Guía Metodológica del BTH está destinada a la población de personas jóvenes y adultas en general, misma que permitirá desarrollar procesos formativos bajo un currículo establecido o definido por el Ministerio de Educación.
https://www.facebook.com/groups/ProfesDeEducacionAlternativa/
El Currículo de Educación Inicial parte de la visión de que todos los niños son seres bio-psico- sociales y culturales, únicos e irrepetibles y los ubica como actores centrales del proceso de enseñanza aprendizaje. En consecuencia, son sujetos de aprendizaje desde sus necesidades, potencialidades e intereses; por lo tanto, el documento reconoce y da valor a los deseos, sentimientos, derechos y expectativas de los niños, considerando y respondiendo a sus especificidades (nivel de desarrollo, edad, características de personalidad, ritmos, estilos de aprender, contexto cultural y lengua), atendiendo a la diversidad en todas sus manifestaciones, respondiendo a criterios de inclusión en igualdad de oportunidades.
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Gestión de calidad y Artículos 14, 22, 23 Y 24 de la ley 115 de 1994thefuckingmen21
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La Unidad Eudista de Espiritualidad se complace en poner a su disposición el siguiente Triduo Eudista, que tiene como propósito ofrecer tres breves meditaciones sobre Jesucristo Sumo y Eterno Sacerdote, el Sagrado Corazón de Jesús y el Inmaculado Corazón de María. En cada día encuentran una oración inicial, una meditación y una oración final.
SEMIOLOGIA DE HEMORRAGIAS DIGESTIVAS.pptxOsiris Urbano
Evaluación de principales hallazgos de la Historia Clínica utiles en la orientación diagnóstica de Hemorragia Digestiva en el abordaje inicial del paciente.
Durante el período citado se sucedieron tres presidencias radicales a cargo de Hipólito Yrigoyen (1916-1922),
Marcelo T. de Alvear (1922-1928) y la segunda presidencia de Yrigoyen, a partir de 1928 la cual fue
interrumpida por el golpe de estado de 1930. Entre 1916 y 1922, el primer gobierno radical enfrentó el
desafío que significaba gobernar respetando las reglas del juego democrático e impulsando, al mismo
tiempo, las medidas que aseguraran la concreción de los intereses de los diferentes grupos sociales que
habían apoyado al radicalismo.
Documento sobre las diferentes fuentes que han servido para transmitir la cultura griega, y que supone la primera parte del tema 4 de "Descubriendo nuestras raíces clásicas", optativa de bachillerato en la Comunitat Valenciana.
Ponencia en I SEMINARIO SOBRE LA APLICABILIDAD DE LA INTELIGENCIA ARTIFICIAL EN LA EDUCACIÓN SUPERIOR UNIVERSITARIA. 3 de junio de 2024. Facultad de Estudios Sociales y Trabajo, Universidad de Málaga.
Planadas ie. los andes pacto de convivencia andes 2014 aprobado
1. REGISTRO DANE: No. 273555001882 - Registro Educativo 225219
Aprobación de Estudios SedTolima – Resol. Nº. 04695 del 10-10-2011
NIT: 800042845-9
INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA LOS ANDES PLANADAS
INTRODUCCIÓN
"A DERECHO EXIGIDO, DEBER CUMPLIDO"
El presente Pacto de Convivencia provee a todos los integrantes de la Comunidad
Educativa de elementos básicos que posibiliten la convivencia pacífica en la Institución
Educativa Técnica los Andes de Planadas Tolima resaltando la imperiosa necesidad de
alcanzar y mantener la armonía, compartiendo espacios dentro y fuera de la Institución.
En la elaboración del Pacto de Convivencia contribuyó toda la Comunidad Educativa del
Plantel a través de reuniones, entrevistas y aportes de experiencias vividas como
compromiso mutuo en el que se establece Derechos, Deberes, Estímulos y Normas
comunes que faciliten el entendimiento y así actuar positiva, pedagógica y
acertadamente en la solución de las dificultades que lleva implícito el proceso social de
la educación.
Esperamos que el presente Pacto nos acompañe siempre y nos sirva de guía y
permanente consulta, para mejorar día a día nuestro ambiente escolar y nuestro
comportamiento en general.
"CON ESTUDIO, TRABAJO Y DISCIPLINA ROMPEMOS LAS CADENAS DE LA
ESCLAVITUD PORQUE EL ESTUDIO ELEVA. EL TRABAJO REDIME Y LA
DISCIPLINA LIBERA".
CAPITULO I
FUNDAMENTOS LEGALES
El presente Pacto de Convivencia fundamenta sus principios, en las normas contenidas
en la Constitución Política de Colombia de 1991, especialmente en sus Artículos 26, 27,
41, 42, 43, 44, 67, 68, 69, 70, 79, 313 y 314. En la ley General de Educación, Decreto
1860 de 1994 y la Ley 30 de 1986 sobre prevención de la drogadicción, con sus
decretos reglamentarios N° 3788 de 1986, la Ley 1098 de 2006 Ley de Infancia y
Adolescencia, Jurisdicción de familia decreto 2737 de 1989 y en los Derechos
universales del Niño, así como el Estatuto Docente Decreto 2277 y 1278, la Ley 734 de
2002, Decreto 1290 de 2009, Ley 715 de 2002, Decreto 1283 de 2002, Fallo Corte
Suprema de Justicia de Septiembre 22 de 1998.
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CAPITULO II
OBJETIVOS
GENERAL:
1. Dar a conocer a la Comunidad Educativa aspectos que atañen a la organización
disciplinaría del Plantel, teniendo en cuenta entre otros, los requerimientos para
ingreso y permanencia de los alumnos en el Colegio, así como los procedimientos
legales para la aplicación de correctivos. Además ofrecer a Estudiantes, profesores,
administrativos y padres de familia, una guía de compromisos a cumplir, desde el
momento mismo de su vinculación al Plantel.
ESPECÍFICOS:
1. Formar un alumno capaz de interrelacionarse positivamente con sus semejantes,
respetando las normas que rigen la convivencia pacífica.
2. Facilitar el logro de un equilibrio como personas, a través de una alta Autoestima.
3. Estimular la capacidad para asumir responsabilidades y resolver con solvencia los
problemas que le plantea el diario vivir.
4. Integrar y articular los procesos institucionales programados para lograr la formación
integral del alumno.
CAPITULO III
FINES DE LA EDUCACIÓN
De conformidad con el Artículo 67 de la Constitución política de Colombia la Educación
se desarrollará teniendo en cuenta los siguientes fines:
El pleno desarrollo de la personalidad sin más limitaciones que las que imponen los
derechos de los demás y el orden jurídico dentro de un proceso de formación integral.
Físico, psíquico, intelectual, moral, espiritual, social, ético, cívica y demás valores
humanos.
La formación y el respeto a la vida y los demás derechos humanos, a la Paz y demás
principios democráticos, de convivencia, pluralismo, justicia, solidaridad y equidad, así,
como el ejercicio de la tolerancia y de la libertad.
La formación para facilitar la participación de todas las decisiones que les afecten en la
vida económica, política, administrativa y cultural de la nación.
La formación y el respeto a la autoridad legítima y a la Ley, a la cultura nacional, a la
historia Colombiana y los símbolos Patrios.
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La adquisición y generación de los conocimientos científicos y técnicos más avanzados,
humanísticos, históricos, sociales, geográficos y estéticos mediante la apropiación de
hábitos intelectuales adecuados para el desarrollo del saber.
El estudio de la comprensión critica de la cultura nacional y de la diversidad étnica y
cultural del país como fundamentos de la unidad Nacional y su identidad.
El acceso al conocimiento, la conciencia, la técnica y demás bienes y valores de la
cultura, el fomento de la investigación y el estímulo a la creación artística en sus
diferentes manifestaciones.
La creación y fomento de una conciencia de la soberanía Nacional y para la práctica de
la solidaridad y la integración con el mundo, en especial con Latinoamérica y el Caribe.
El desarrollo de la capacidad crítica, reflexiva y analítica que fortalezca el avance
científico y tecnológico nacional, orientado con prioridad al mejoramiento cultural y la
calidad de vida de la población a la participación en busca de alternativas de solución a
problemas y al progreso social y económico del País.
La adquisición de una conciencia para la conservación, protección y de mejoramiento
del medio ambiente, de la calidad de vida de la población, del uso racional de los
recursos naturales, de la prevención de desastres, dentro de una cultura ecológica y la
defensa del patrimonio cultural de la Nación.
La formación de la práctica del trabajo mediante los conocimientos técnicos y
habilidades así como la valoración del mismo, como fundamento del desarrollo
individual y social.
La formación para la promoción y preservación integral de problemas socialmente
relevantes, la Educación Física, la recreación, el deporte y la utilización adecuada del
Tiempo Libre.
La promoción en la persona y en la sociedad, de la capacidad para crear, investigar,
adaptar la tecnología que se requiere en los procesos de desarrollo del País y le
permite al educando ingresar al sector productivo.
CAPITULO IV
PRINCIPIOS INSTITUCIONALES
ÉTICOS: Basados en el respeto, la responsabilidad, la lealtad, la solidaridad y la
Autonomía.
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PEDAGÓGICOS: Establecidos en el marco de la buena planificación institucional una
actualización docente y una coherencia entre la teoría y la práctica.
CULTURALES: Despertar en el estudiante la sensibilidad y el gusto por las
manifestaciones de su propio cultura.
DEPORTIVOS: Fomentar en los educandos el interés y el espíritu deportivo, el
Desarrollo de sus habilidades, el mejor uso del tiempo libre y la sana competencia.
CAPITULO V
PERFIL DEL ESTUDIANTE TÉCNICO AGROINDUSTRIAL Y AGROPECUARIO
El perfil, es el conjunto de características psicológicas y profesionales de un individuo.
El perfil del estudiante de la Institución Educativa Técnica los Andes Planadas, se
determina por las conductas y cualidades deseables que estos deben alcanzar a través
de los procesos de formación, tanto en el aspecto Técnico-Agroindustrial, como en el
Académico-Personal.
A. COMO BACHILLER TÉCNICO-AGROINDUSTRIAL, DEMOSTRAR
CONOCIMIENTOS Y DOMINIO PARA:
Resolver problemas en ámbitos alimenticios mediante la aplicación de principios
técnicos que apunten a un mejor aprovechamiento de las materias primas
alimentarías que se producen en la región, protegiendo el medio ambiente.
Participar en los procesos de producción, transformación y comercialización de
alimentos de origen animal y vegetal.
Elaborar estudios técnicos para el montaje de pequeñas empresas de
transformación y comercialización de alimentos de origen animal y vegetal.
Desarrollar procesos técnicos que respondan a las necesidades socio-económicas
y culturales de la región, donde se desempeñe como técnico.
Conocer las normas técnicas de control de calidad de materias primas, procesos
y productos finales.
Ser gestor y asesor de proyectos que faciliten el desarrollo en la pequeña y
mediana empresa de alimentos. Ser gestor de su propia microempresa.
Continuar con estudios Superiores como Tecnólogo o Profesional Universitario
(Ingeniero).
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CAPITULO VI
HORARIO GENERAL Y JORNADA DE ESTUDIO
La Institución Educativa Técnica los Andes de Planadas, presenta de lunes a viernes
jornada Académica en la mañana y prácticas agroindustriales por la tarde.
La intensidad horaria semanal para los estudiantes esta estructuradas así:
SEDE 1:
El grado preescolar la entrada será a las 8:00 am. y la salida será a las 12:00 m.
y para los grados 1° a 5° la entrada de 7: 15 am. y la salida a las 12:15 pm.
Para los grados 6° a 11° la entrada será a las 7:15 am. y la salida a la 1:15 pm. y
actividades prácticas en la tarde.
SEDE 2:
Para los grados 6° a 11° la entrada será a las 7:30 am. y la salida a la 1:30 pm. y
actividades prácticas en la tarde.
SEDES 3 A 17:
El grado preescolar la entrada será a las 8:00 am. y la salida será a las 12:00 m.
y para los grados 1° a 5° la entrada de 8:00 am. y la salida a las 13:00 pm.
Para mayor funcionalidad y cumplimiento ante el surgimiento de imprevistos que alteren
el normal desarrollo de clases se han adoptado tres tipos de Horarios:
Horario “A” Clases de 55 minutos
Horario "B" Clases de 45 minutos
Horario "C" Clases de 35 minutos
FORMACIONES:
Los Días Lunes y viernes.
Se realizan formaciones Ordinarias a las 7:15 am. y extraordinarias cuando fuese
necesario o cuando el día lunes sea festivo o no haya Clases, la formación se realizará
el día Martes a las 7:15 am., en caso de lluvia o caso fortuito que impida la formación
en martes, a la hora indicada, los profesores de disciplina serán autónomos para fijar la
hora de dicho evento, dando aviso de ello a la rectoría, al profesorado y estudiantes.
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CAPITULO VII
MATRICULA Y COSTOS EDUCATIVOS
Artículo 1°: En La Institución Educativa Técnica los Andes de Planadas se llevará un
registro de Matricula Único, cuyo diligenciamiento se hará cuando el alumno ingrese por
primera vez al Plantel y sólo necesitará renovarse algunos datos siempre y cuando el
alumno continúe estudiando en el Plantel.
Artículo 2°: La diligencia de renovación de Matricula deberá ser realizada
personalmente por el Padre de Familia, en las fechas determinadas previamente por la
Institución, teniendo en cuenta el cronograma que señale la Secretaría de Educación.
Artículo 3°: Requisitos:
A. REQUISITOS PARA ALUMNOS NUEVOS:
Certificado de Estudio de años Anteriores.
Registro Civil de nacimiento.
Cuatro Fotos Recientes (3x4).
Constancia de comportamiento Social Expedido por el Plantel de donde procede
el alumno.
Fotocopia del Documento de Identidad.
Fotocopia del Carné de ARS a la que este Afiliado.
Certificado del SISBEN.
Examen de R. H.
Seguro estudiantil.
Una Carpeta con gancho y de color azul.
B. PARA ALUMNOS ANTIGUOS:
Presentar el Paz y Salvo debidamente diligenciado.
Presentar Boletín Final de Calificaciones.
Cuatro Fotos Recientes (3x4).
Fotocopia del Carné de ARS a la que este Afiliado.
Certificado del SISBEN.
Examen del R.H.
Seguro estudiantil.
Parágrafo 1°: Los costos Educativos y costos complementarios se cobraran teniendo
en cuenta las normas del M.E.N. y la Secretaría de Educación Departamental del
Tolima.
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Parágrafo 2°: El pago de pensione s se deberá hacer dentro de los cinco primeros días
de cada mes.
Parágrafo 3°: Los Alumnos deberán estar debidamente matriculados en el mes de
Febrero del año en curso; después de la fecha indicada sólo se reciben estudiantes por
transferencia.
Parágrafo 4°: Para sentar la matrícula lo deberá realizar el padre de familia o una
persona previamente autorizada por escrito y será la misma durante todo el año.
Artículo 4°: Para conservar la calidad de estudiante de la Institución Educativa Técnica
los Andes se requiere la legalización de su matrícula, conocer y cumplir a cabalidad el
Manual de Convivencia.
Artículo 5°: Se Pierde la calidad de estudiante de la Institución Educativa Técnica los
Andes de Planadas por cualquiera de las siguientes razones:
Cuando se haya terminado el año lectivo.
Cuando se compruebe falsedad en información o en la documentación
presentada para efectos de Matricula.
Por retiro voluntario y previa cancelación de la matrícula firmada por el padre de
familia o el acudiente y por el estudiante.
Cuando no presente a tiempo su documentación o la presente de manera
incompleta, el Plantel fijará un plazo prudente al término del cual la Institución se
reserva el derecho de efectuar o no la Matrícula.
Por inasistencia habitual e injustificada Decreto 1860 artículo 53.
Por cancelación definitiva de los Servicios Educativos, ordenada conjuntamente
por el Consejo Directivo, Asociación de Padres de Familia, y Junta de
Profesores.
CAPITULO VIII
FORMACIÓN ACADÉMICA Y EN VALORES DE LOS ESTUDIANTES
Artículo 6°: DERECHOS ACADÉMICOS DE LOS ESTUDIANTES
Poder moral de las Personas, en virtud del cual pueden poseer, exigir, hacer u omitir
algo. Facultad natural del hombre para hacer legítimamente lo que conduce a los fines
de su vida. Los derechos de una persona están LIMITADOS por los derechos de los
demás.
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DERECHOS:
1. Ser Respetado como persona, por todos los miembros de la comunidad educativa.
2. Recibir oportunamente los Boletines, así como conocer los Estándares,
Competencias, Logros e Indicadores.
3. Recibir la Totalidad de las clases estipuladas en el plan de estudio contempladas
en el P.E.I.
4. Conocer con anterioridad la programación, técnicas de estudio y criterios de
evaluación, (autoevaluación- coevaluación- Heteroevaluación) Acuerdo
Pedagógico.
5. Conocer al iniciar el año escolar los Estándares, Competencias, logros e
Indicadores fundamentales para su promoción al grado siguiente.
6. Ser evaluado con justicia, en ningún caso la valoración académica será utilizada
como factor de sanción disciplinaria.
7. Ser Informado oportunamente de sus logros.
8. Ser informado oportunamente de sus dificultades y recibir la programación
inmediata de las actividades de superación.
9. Recibir del docente la explicación de los resultados de la evaluación.
10. Ser escuchado en sus reclamos e inquietudes de índole académica, disciplinaria y
personal siempre y cuando lo haga con respeto.
11. Ser evaluado en las actividades académicas dejadas de presentar por la
inasistencia y debidamente justificadas.
12. Nivelar todos los logros a que tuviere derecho, por ausencia justificada y en
concertación con los profesores.
13. A recibir oportunamente por parte de los profesores, los trabajos, cuadernos,
evaluaciones o pruebas escritas con su respectiva calificación.
14. Recibir al momento de la matrícula, el pacto de convivencia vigente y ser
orientado en su contenido. (por una sola vez y por familia).
15. Expresar con libertad las ideas, dentro de un ámbito de respeto a la opinión ajena.
16. Recibir apoyo de la institución para el desarrollo de actividades Pedagógicas,
Académicas, culturales, deportivas y recreativas dentro y fuera de la Institución.
17. Obtener permiso para ausentarse del colegio, previa solicitud por escrito del padre
de familia o acudiente.
18. Ser evaluado permanentemente con sentido humano y con justicia, mediante los
mecanismos ordenados en el artículo 48 del decreto 1860; (esta debe ser
permanente, sistemática y secuencial).
19. Recibir asistencia técnica en sus diferentes proyectos por parte de los docentes
del área.
20. A no ser evaluado en su ausencia.
21. A conformar el consejo estudiantil, si es elegido por el grado al cual pertenece.
22. A obtener reconocimientos cuando cumpla permanentemente con sus deberes
estudiantiles o cuando sobresalga en actividades culturales, deportivas, artísticas
y académicas.
23. A recibir de sus profesores tareas y trabajos racionales, humanos y justos, acordes
al nivel de formación y a su edad.
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24. A ser respetado en su maner a de pensar y actuar en lo referente a lo político.
religioso, ideológico entre otros y a no ser discriminado por ello.
25. A la libertad de expresión, dentro de los límites del respeto, la verdad, la ética y las
buenas maneras.
26. A poseer un carné expedido por la Institución firmado y sellado por el Rector que
lo identifique como estudiante del plantel.
27. A participar activamente de grupos de investigación, gobierno escolar, ecológico,
deportivos, culturales, sociales entre otros.
28. A la elección del Personero, que vele por el cumplimiento de sus derechos y
estimule la práctica de sus deberes.
29. A utilizar los diferentes servicios de bienestar estudiantil con que cuenta la
institución.
30. A participar con voz y voto la conformación del consejo estudiantil.
31. A integrar el consejo directivo de la Institución.
32. A informar todo caso de acoso sexual y/o matoneo por parte de los estudiantes,
docentes, directivos docentes, administrativos y funcionarios del plantel y a que se
le dé una oportuna y debida protección.
33. A recibir atención oportuna en caso de accidente ocurrido dentro de la institución.
34. A que se le registren en forma oportuna, objetiva y en su presencia los aspectos
positivos y negativos a que diere lugar su accionar, en los instrumentos de control
y seguimiento acordados. (Anecdotario, libro de Disciplina, de comportamiento).
35. A recibir las acciones formativas conforme lo disponga el presente Pacto de
Convivencia.
36. A que se presuma de su buena fe, mientras no se le pruebe lo contrario.
37. A tener garantía del debido proceso de favorabilidad y demás derechos
contemplados en la constitución, la Ley de Infancia y Adolescencia entre otros.
38. A no recibir más de una sanción por la comisión de una falta.
39. A presentar reclamaciones respetuosas y obtener oportuna respuesta.
40. Previa solicitud a los directivos. podrán reunirse una vez cada quince (15) días
durante la jornada de trabajo, convocados por el Personero Estudiantil o el
Consejo Estudiantil sin interferencia de los Profesores o directivos, para efectos de
organización o adelantar movimientos tendientes a la superación del nivel
académico y cultural del plantel y a la formulación de críticas constructivas que
beneficien a la Institución.
41. Otros que a juicio del Gobierno Escolar los consideren pertinente.
Artículo 7°: DEBERES ACADÉMICOS DE LOS ESTUDIANTES:
A. GENERALES:
DEBERES: Deber es Aquello que el Hombre se siente obligado por sus principios, o por
leyes naturales, divinas o humanas. Es decir la obligación que tenemos cada uno, por
razón de su estado, cargo u obligación.
1. Acatar y cumplir cabalmente el Pacto de Convivencia.
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2. Demostrar hábitos de disciplina y responsabilidad consigo mismo, con la Institución
y frente al cumplimiento de sus deberes.
3. Velar por el cuidado y conservación de las pertenencias de la Institución.
4. Mantener una actitud de respeto frente a los Símbolos Patrios.
5. Colaborar con el aseo de la Institución.
6. Abstenerse de portar y usar juegos de azar, revistas y elementos pornográficos,
armas, radios, ataris, Ipad, audífonos, celulares o cualquier otro elemento que
interfiera en la disciplina, las clases y atente contra la buena imagen del plantel.
7. Abstenerse de entrar a dependencias de uso restringido, habitaciones, cocina,
economato, sala de profesores, secretaría, laboratorio, sala de agroindustria, sala
de informática sin la autorización de la persona encargada.
8. Asistir puntualmente a las actividades de superación de logros programadas por los
docentes y a las demás actividades programadas por el colegio, en días y horas
estipuladas por el mismo.
9. Asumir con responsabilidad el proceso de aprendizaje.
10. Utilizar adecuadamente los textos de la biblioteca, implementos del laboratorio de
ciencias naturales, sala de agroindustria, sala de tecnología, sala de informática y
responder por su pérdida o daño intencional.
11. Acatar las orientaciones impartidas por Directivos, Docentes y Administrativos.
12. Abstenerse de tomar, inhalar, inyectarse, fumar, y de igual manera patrocinar o
expender sustancias psicoactivas ilícitas dentro y fuera de la Institución.
13. Informar oportunamente a los padres o acudientes las fechas de reuniones u otras
actividades programadas por el plantel.
14. Permanecer dentro de la institución y participar activamente durante la jornada de
estudio, deportiva o cultural.
15. Hacer uso correcto de los servicios de bienestar cumpliendo con las normas que
reglamentan su funcionamiento.
16. Respetar los bienes ajenos, evitando el robo y el hurto y el saqueo; entregando a
Coordinación del plantel o a sus dueños los elementos que se encuentre.
17. Mantener un respeto mutuo entre compañeros, docentes, empleados
proporcionándoles a los niños y las niñas cuidado y protección.
18. Buscar la información de manera permanente sobre sus compromisos y resultados
académicos y responsabilizarse de sus logros pendientes.
19. Traer y utilizar los elementos necesarios de trabajo.
20. Representar dignamente a la institución en eventos académicos, culturales,
deportivos, recreativos, siempre y cuando su comportamiento social lo permita.
21. Comprobar mediante certificación médica la inhabilidad para realizar cualquier
actividad o esfuerzo físico, la inhabilidad no lo exonera de cumplir con los demás
compromisos del área.
22. Cumplir con lo establecido para el desarrollo de proyectos de servicio social;
realizando ochenta horas (80) en proyectos asignados por el comité de servicio
social.
23. Mostrar agrado y responsabilidad con las diferentes actividades de la especialidad
programadas por docentes y directivos.
24. Contribuir con actividades que la institución desarrolle para la conservación y
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mejoramiento del medio ambien te.
25. Cumplir puntualmente con los compromisos académicos.
26. Aceptar con responsabilidad comisiones de trabajo, de disciplina, aseo, monitorias y
demás actividades encomendadas; responder por los daños causados a la planta
física de la institución, cultivos, semovientes, muebles y demás enseres.
27. Presentar informes escritos a los directivos del plantel después de asistir a eventos
en los cuales llevó la representación de la institución.
28. Informar y/o denunciar toda falta que atente contra el bien común, su silencio lo
hace cómplice y responsable de la misma.
29. Para optar al título de Bachiller Técnico en Especialidad Agroindustrial en la sede 1
o Bachiller Técnico Agropecuario en la sede 2, todo alumno debe haber superado
como mínimo el Ochenta (80%) por ciento de las áreas de su currículo una vez
terminado cada año, la transición sólo se hará el año siguiente con dos áreas.
30. Conocer y hacer uso permanente de las normas de seguridad para evitarse y
evitarle a los demás, hechos que puedan generar lesiones en su humanidad.
31. Cumplir a cabalidad las decisiones que tomen las autoridades educativas o
jurídicas, sobre conductas negativas en las cuales se encuentra involucrado.
Artículo 8°: DEBERES DISCIPLINARIOS DE LOS ESTUDIANTES:
B. EN CLASES:
1. Esperar en orden y silencio dentro del aula la llegada del profesor, evitando brotes
de indisciplina.
2. Dejar en orden el sitio donde se desarrolle la actividad.
3. Salir del aula sólo con la autorización del docente.
4. Obedecer con prontitud y cuidado las indicaciones de cambio que haga el profesor,
sobre todos si esto implica desplazamientos con pupitres o materiales.
5. Llevar elementos necesarios para el desarrollo normal de las clases.
6. Respetar el uso de la palabra de los compañeros.
7. Evitar asumir actitudes de autosuficiencia, burla o rechazo con los alumnos o
profesores.
8. Participar activamente en actividades curriculares de cada área.
9. Hacer uso responsable del tiempo fijado para cada recuperación en cada área.
10. Asistir puntualmente a clases y demás actividades programadas por la institución.
11. Permanecer en el salón de clases durante el tiempo previsto en el horario y en
ausencia del profesor evitando brotes de indisciplina.
12. Solicitar al profesor la recuperación del área perdida, fijar y cumplir común acuerdo
la fecha acordada para la realización del trabajo dentro de la misma jornada sin
interferir con las clases de las otras áreas.
C: EN HORAS DE DESCANSO:
1. Salir del salón acatando prontamente las señales del timbre o la campana que
anuncien los descansos.
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2. Dar Cumplimiento a las observa ciones de los profesores de disciplina.
3. Depositar las basuras y desperdicios en las canecas destinadas para tal fin.
4. Utilizar adecuadamente los baños de la unidad sanitaria; dejarlos aseados y
abstenerse de convertirlos en lugares de visita o juego.
5. Jugar teniendo cuidado con los demás alumnos.
6. El Monitor mantendrá el salón cerrado durante este tiempo y salidas temporales.
D. EN ACTOS COMUNITARIOS:
1. Asistir a todos los actos comunitarios que programe el Plantel o aquellos a que sea
invitado, lo mismo que a los ensayos que requiera su presencia.
2. Permanecer en el sitio fijado y no salir sin autorización.
3. Colaborar con las campañas y actividades que se realicen y programen dentro y
fuera de la Institución.
4. Representar con orgullo y dignidad a la Institución en los di ferentes eventos para los
cuales fue seleccionado, manteniendo siempre en alto la imagen de la Institución.
5. Conservar el debido comportamiento y las buenas normas de urbanidad.
E. EN EL TRATO CON LAS PERSONAS:
1. Establecer y mantener relaciones sinceras, cordiales y respetuosas con Directivos,
Profesores, Administrativos y Compañeros.
2. Llamar a compañeros y profesores así como a las demás personas siempre por su
nombre evitando el uso de apodos y sobrenombres.
3. Emplear siempre el vocabulario adecuado para expresarse en la Institución, en el
juego o en todos los lugares y circunstancias en que se encuentre.
4. Evitar peleas y agresiones físicas y verbales dentro y fuera de la institución como
método para solucionar conflictos, empleando a cambio el diálogo y las conductas
establecidas en el plantel.
F: CON LA PRESENTACIÓN PERSONAL:
1. El uniforme de diario y de educación física debe llevarse completo, limpio y sin
accesorios tales como aretes, pulseras, anillos, collares, cachuchas entre otros.
2. Los alumnos conservarán un corte de pelo normal, es decir cabello corto, sin
mechones, adornos, entre otros. Según normas establecidas, las niñas podrán
hacer uso de maquillaje pero en forma adecuada.
3. El uniforme de diario para las niñas deberá cumplir con los siguientes requisitos: La
falda será de color azul oscuro y deberá caer cuatro (04) Centímetros por encima
de la rodilla, un camibuso completamente blanco, las medias serán blancas y hasta
cuatro (04) centímetros por debajo de la rodilla y zapatos negros cerrados.
4. El uniforme de diario para los hombres será: un pantalón largo azul oscuro, un
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camibuso completamente blanco , Medias blancas y zapatos negros cerrados.
5. El uniforme de Educación Física será: pantalón sudadera de color Vinotinto, con
una franja a los lados de color amarilla, un camibuso blanco con los puños y el
cuello con los colores representativos de la bandera del Tolima, zapatos tenis de
color rojo.
6. Cuando a los estudiante les corresponda realizar trabajos o prácticas en el Campo,
debe presentarse con jean azul sin desflecados o roturas, un camibuso verde
oscuro, y botas de caucho o zapato cerrado (no se permite realizar trabajos con los
uniformes de Educación Física de Diario).
7. Cuando a los estudiantes les corresponda realizar prácticas de laboratorio o en la
sala de agroindustria deben presentarse con traje de diario, bata, tapabocas, y
gorro. (no se permite realizar trabajos con los uniformes de Educación Física de
Diario).
8. Los estudiantes mantendrán los uniformes aseados y bien presentados los usarán
solo en su jornada respectiva a excepción de citaciones que deba cumplir el
estudiante en jornada contraria.
9. Los uniformes se usarán de acuerdo con los componentes y actividades descritas,
por lo tanto forman parte de los elementos que contribuyen al buen desempeño
para el alcance de los logros y forman parte de la Evaluación global de las acciones
del estudiante.
G: CON EL ASPECTO ACADÉMICO
1. Cumplir con todas las áreas previstas en el Plan de Estudios y asignadas en el
P.E.I.
2. Participar responsable y dinámicamente en las actividades Académicas, Deportivas,
Cívicas, Culturales, de Servicio Comunitario entre otros.
3. Entregar los trabajos a tiempo, en perfecto orden y teniendo en cuenta las técnicas
indicadas por el Docente.
4. Utilizar el sentido crítico, la autocrítica y el diálogo en la solución de problemas.
5. Promover y organizar grupos de estudio, recreación y cultura, que faciliten la
formación integral del estudiante.
6. Tener siempre presente que todas las áreas contenidas en el Plan de Estudio son
importantes en su formación integral.
7. Presentar en cada una de las fechas programadas para cada asignatura, sus
evaluaciones, talleres, sustentaciones, prácticas, nivelaciones y todos y cada uno
de los compromisos académicos adquiridos.
8. Observar hábitos de puntualidad y cumplimiento en horario de clases.
9. Respetar las clases, trabajando en las actividades académicas.
10. Desarrollar proyectos afines a la especialidad independientes a los exigidos en la
articulación (agroindustria o agropecuario).
11. Cumplir con lo establecido para el desarrollo de Proyectos tales como: Servicio
Social para los grados 10° y 11°.
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H. CON LA DISCIPLINA:
1. Cultivar las relaciones sinceras, cordiales y respetuosas con los miembros de la
Comunidad Educativa.
2. Permitir una formación comportamental adecuada mostrando siempre una actitud
positiva, serena y de receptividad ante las observaciones.
3. Presentar justificación de toda inasistencia a las actividades curriculares y
Extracurriculares, dentro de los tres (03) días hábiles siguientes a la ausencia; para
ello debe presentarse el padre de familia o el acudiente autorizado.
4. Cumplir con exactitud el horario de entrada y salida establecido para la sede
respectiva (Capítulo VI).
5. Obedecer con prontitud la señal del timbre o la campana para acudir a formaciones
y para ingresar o salir del aula.
6. No interrumpir el desarrollo normal de clases originando ruidos, golpes, gritos,
música, etc.
Artículo 9°: ESTÍMULOS
Son las acciones o mecanismos preestablecidos para reconocer, valorar, incentivar y
premiar la excelencia de los educandos en su desempeño escolar permanente. Serán
factores básicos, el comportamiento social, el rendimiento académico, su esfuerzo, la
participación activa en eventos lúdicos, culturales, deportivos; igualmente la
colaboración espontánea en toda actividad, la actitud positiva y el espíritu de
superación compañerismo y la solidaridad.
Además de los beneficios contemplados en la ley 115, la Institución Educativa Técnica
los Andes otorgará los siguientes estímulos:
1. Al finalizar cada periodo académico obtendrán un reconocimiento público e izarán
bandera, aquellos alumnos que demuestren buen rendimiento académico y
excelente comportamiento social.
2. Reconocimiento público por alguna actuación destacada en representación del
colegio.
3. Beca a la Excelencia en cada grado, consistente en la exoneración de pago de
matrícula y de pensión para el año siguiente.
4. Medalla ANDRÉS BELLO a quien obtenga el mayor puntaje en las pruebas ICFES,
siempre y cuando el resultado sea catalogado como significativamente Alto.
5. Mención especial en el acto de graduación al mejor Bachiller Agroindustrial.
6. Mención de Honor en cada grado a un estudiante que haya sobresalido durante el
año por colaboración, solidaridad, compañerismo, mejor deportista o por méritos en
la modalidad Agroindustrial.
PARÁGRAFO: El Rector del plantel determinara mediante resolución el otorgamiento
de menciones, diplomas, condecoraciones y demás estímulos mencionados en este
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artículo; para ello contará con el av al del Consejo Directivo, Consejo Académico, Junta
de Profesores y Personero estudiantil.
CAPITULO IX
FALTAS DE COMPORTAMIENTO
Artículo 10°: CLASIFlCACIÓN DE LAS FALTAS
A. FALTAS LEVES: Son actos que rompen la armonía de la comunidad Educativa pero
que no causan mayores daños a la integridad física y moral.
1. Salir del salón de clases sin permiso del profesor.
2. Interferir reiteradamente el desarrollo de las clases con charlas, juegos u objetos
distractores como ataris, pitos, radios, etc.
3. Maltratar con chanzas, burlas de mal gusto o juegos indebidos a sus compañeros y
demás miembros de la comunidad Educativa.
4. La inasistencia y los retardos injustificados a clases y al plantel.
5. El incumplimiento a lo reglamentado en el uso de los uniformes de diario y de
Educación Física.
6. Consumir alimentos o bebidas en clase.
7. Tomar sin autorización elementos de trabajo de sus compañeros.
8. Ingresar a la sala de profesores y a salones diferentes a los de su grado.
9. El uso de aretes, pearsins, cachuchas en salones, formación y en actos
comunitarios.
10. Llamar por apodos a cualquier miembro de la comunidad educativa.
11. No acatar los timbres o toques de campana.
12. Jugar dentro del aula de clase.
13. Realizar rifas no autorizadas por los directivos
14. Fomentar y participar en juegos de azar u otros no permitidos, dentro y fuera del
plantel.
15. Otras que a criterio de la junta de profesores y del Consejo Directivo así lo
consideren.
PARÁGRAFO: la acumulación de tres (3) faltas leves será considerada Falta Grave y
como tal será tratada.
B. FALTAS GRAVES: Son actos que alteran la armonía de la Comunidad Educativa,
causando daños tanto a la integridad física de las personas como del plantel, afectando
significativamente la moral y las buenas costumbres.
1. Daño comprobado a pupitres, salones, tomacorrientes, puertas, unidad Sanitaria,
ventanas, implementos de laboratorio, huertas, cultivos y en general elementos de
uso y propiedad del plantel o de la comunidad.
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2. Toda burla, rechazo violento o desacato y grosería contra Directivos, Docentes y
personal Administrativo.
3. Todo desorden, juegos, gritos y desmanes protagonizados dentro de los salones de
clase.
4. Portar todo tipo de armas de fuego o corto punzantes.
5. Salir del plantel sin autorización de Directivos y Profesores.
6. Botar o romper envases o implementos de cooperativa o tienda Escolar.
7. Auspiciar desordenes o propiciar movimientos de personal de alumnos en horas de
clase sin autorización de los directivos.
8. Agredir físicamente y con palabras soeces y altaneras a cualquiera de las personas
de la Institución ya sea dentro o fuera del plantel.
9. Faltar al respeto con vulgaridades, insinuaciones, palabras obscenas, sugerencias
morbosas o acoso sexual a los compañeras o compañeras de estudio
10. Protagonizar dentro o fuera del establecimiento demostraciones excesivas de afecto
que atenten contra el pudor y las buenas costumbres. Las mujeres por su parte
deberán estar atentas a ocupar el lugar que les corresponde como damas que
reciben una formación adecuada y no permitir la comisión de dichas faltas.
11. Fomentar los enfrentamientos que conlleven a una agresión física dentro o fuera del
plantel.
12. Lanzar objetos contundentes contra cualquier miembro de la comunidad Educativa.
13. El hurto o robo comprobados.
14. Traer, distribuir o ingerir bebidas alcohólicas dentro del plantel, fuera del plantel o en
actos comunitarios.
15. Presentarse a la Institución bajo el efecto de sustancias psicotrópicas o en estado
de embriaguez.
16. Fumar, distribuir o ingerir narcóticos dentro o fuera del plantel.
17. Frecuentar billares, cafés u otros lugares similares portando el uniforme de la
Institución.
18. Mal comportamiento en actos comunitarios dentro y fuera de la Institución.
19. Denigrar de cualquier miembro de la Comunidad Educativa.
20. Todo acto de inmoralidad o perversión cometidos dentro o fuera del Plantel.
21. Subirse a los vehículos sin la autorización del conductor.
22. Todo tipo de fraude en evaluaciones y en trabajos o muestras de la Especialidad.
23. La acumulación de tres faltas leves.
24. Otros que a juicio de la Junta de los profesores o el Consejo Directivo así lo
estimen.
CAPITULO X
DEFINICIÓN DE SANCIONES O CORRECTIVOS DISCIPLINARIOS APLICABLES A
LOS ALUMNOS
Artículo 11°: Se establece como derecho inalienable de todos los Estudiantes el
DERECHO A LA DEFENSA. En consecuencia ninguna de las sanciones podrá ser
aplicada sin haber escuchado al presunto responsable de los cargos.
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Artículo 12: Ningún alumno podrá ser sancionado sin que existan dos (02) factores
indispensables para la aplicación de los correctivos:
A. Norma establecida, promulgada y violada.
B. Comprobación total de la comisión de la falta por parte del alumno.
Parágrafo 1°: Todas las sanciones a excepción de la amonestación verbal, son
apelables ante la autoridad competente, señalada en el presente manual de
convivencia, la apelación deberá hacerse en forma respetuosa.
Parágrafo 2°: Toda falta cometida sea leve o grave, será consignada en el anecdotario
del alumno y para su validez deberá estar firmado por el docente conocedor de la falta y
el alumno implicado; si el alumno se niega a firmar recibirá una nueva anotación por
desacato y podrá llevar la firma de testigo que puede ser el personero estudiantil,
cualquier alumno o docente.
CAPITULO XI
CORRECTIVOS
Son acciones pedagógicas constructivas, sujetas a un seguimiento por parte de los
profesores, los directivos, el personero estudiantil y de los padres de familia,
encaminados a un mejoramiento en la manera de actuar de los alumnos y prevenir
mayores errores en el futuro.
Artículo 13: PARA FALTAS LEVES:
l. ETAPA CONCILIATORIA: El profesor que tiene conocimiento de la falta por haberla
presenciado, de manera preventiva hará una reconveniencia o llamado de atención
verbal hasta por dos ocasiones, escuchando al alumno en sus descargos, dialogando
sobre los motivos y llevándolo a la reflexión y al reconocimiento de la violación de la
norma.
Constancia de este llamado será consignado en el observador del alumno bajo el título
“AMONESTAClÓN VERBAL”, esta amonestación es INAPELABLE.
La tercera amonestación verbal consignada en el anecdotario ocasiona de manera
inmediata la amonestación escrita en dicho instrumento y será hecha por el docente
que consigne la tercera amonestación verbal. Dicha amonestación deberá ser notificada
al alumno y será inapelable.
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Si la situación persiste será remitido el caso a Conserjería para que a través de diálogos
se logre una modificación actitudinal, elaborando por escrito un compromiso de
convivencia que deberá ser firmado por el padre de familia, el estudiante y el titular de
grado al que pertenezca el estudiante. Se abrirá además un expediente en
Coordinación, con las evidencias y el seguimiento hecho al estudiante.
2. ETAPA DE APLICACIÓN DE CORRECTIVOS: Agotados todos los pasos o recursos
previstos en el numeral anterior se procederá así:
A. Suspensión de actividades curriculares hasta por tres días para realizar trabajos
sobre normas de convivencia y comportamiento social; estos trabajos deben ser
realizados fuera del plantel y deberán ser sustentados ante los estudiantes.
B. Matrícula en Observación determinada por la Junta de Profesores.
C. Cancelación de la matrícula, aplicada conjuntamente por el Consejo Directivo y la
Asociación de padres de familia después de haber sido escuchado los descargos del
estudiante. Esta decisión es apelable ante dichos organismos. Determinada la
cancelación de la matricula inmediatamente se dará a conocer al padre de familia.
PARÁGRAFO: La suspensión de uno a tres días, acarrea la perdida de actividades
académicas tales como evaluaciones, trabajos, salidas pedagógicas, etc.
Artículo 14: PARA FALTAS GRAVES:
A. Serán objeto de etapa conciliatoria por UNA SOLA VEZ, la violación de las normas
contempladas en los numerales consignados en el Capítulo IX, art.10, literal B (faltas
graves). El estudiante que cometa una falta grave por segunda vez, será objeto de
Matricula en Observación luego de haberse oído al alumno en sus descargos y
habérsele comprobado el hecho. El estudiante que viole por tercera vez dichas normas,
se hará acreedor a CANCELACIÓN DE MATRICULA O SUSPENSIÓN DEFINITIVA DE
SERVICIOS EDUCATIVOS, determinada por los entes correspondientes, (Consejo
Directivo, Asociación de padres de familia, Junta de profesores), luego de haber sido
escuchado al alumno en sus descargos.
B. NOTIFICACIÓN: En los dos casos anteriores, el estudiante y el padre de familia
serán notificados a través de una resolución emanada de la Rectoría del plantel, la cual
deberá ser firmada por ellos. Si se negasen a firmar, se recurrirá a testigos quienes
podrán hacerlo para recobrar la validez del documento.
Parágrafo 01: Si a juicio de la Junta de Profesores, del Consejo Directivo y de la
Asociación de Padres de Familia, la falta es considerada de suma gravedad, los
procedimientos contemplados en el Capítulo XI, Art. 14, literal A (etapa conciliatoria), no
serán tenidos en cuenta.
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Parágrafo 02: La asignación de m atrícula en observación será potestad de la Junta de
Profesores.
Parágrafo 03: Además del conducto regular establecido en el presente manual y como
soporte para éste, los hechos serán registrados en el observador del alumno, en el libro
diario de disciplina y en las actas de compromiso.
CAPITULO XII
Artículo 15: DISPOSICIONES VARIAS
1. El Estudiante que al finalizar un año lectivo con Matrícula en Observación se
podrá recibir el año siguiente, pero mediará un compromiso escrito ante la junta
de profesores. Esta medida tendrá un año de vigencia; si dentro de dicho periodo
el alumno presenta cambios actitudinales positivos, podrá solicitar por intermedio
del personero estudiantil, se levante dicha sanción.
2. Todo permiso que necesiten los alumnos debe ser solicitado por escrito, por el
padre de familia o acudiente autorizado.
3. Estando en el plantel, los estudiantes no obtendrán permiso para ausentarse de
él; se exceptúan los casos de fuerza mayor como: enfermedad comprobada o
calamidad doméstica.
4. Los permisos para el personal docente y administrativo deberán ser tramitados
en la rectoría del plantel, a través de una solicitud y presentada con la debida
anticipación; (se exceptúan casos fortuitos e imprevistos).
5. Las Autorizaciones para la realización de prácticas pedagógicas dentro del
plantel o en sus alrededores serán concedidas por cualquiera de los directivos.
en caso de salidas o giras didácticas que requieran desplazamiento o ausencia
de varios días, serán concedidos por el consejo académico previa presentación
del correspondiente proyecto, al cual se le anexará el permiso escrito de los
padres de familia o acudientes.
6. El PAZ Y SALVO estudiantil y del personal docente, es un instrumento que
permitirá un control eficiente sobre deudas contraídas de textos, documentos,
herramientas, libros reglamentarios y demás elementos de apoyo para el
aprendizaje; por tal razón al finalizar cada año lectivo deberá ser diligenciado c on
las firmas correspondientes.
CAPITULO XIII
GOBIERNO ESCOLAR
Artículo 16: ÓRGANOS DEL GOBIERNO ESCOLAR: El Gobierno Escolar de la
Institución Educativa Técnica los Andes de Planadas Tolima, está constituido por las
siguientes disposiciones legales: (Art. 142, Ley 115 de 1994, y Arts 19 y 20 deI
Dec.1860/94).
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1. RECTOR DEL PLANTEL:
Representante del Establecimiento y ejecutor de las decisiones del Gobierno
Escolar.
2. CONSEJO DIRECTIVO
Instancia de Participación de .la Comunidad Educativa y de orientación
Académica y Administrativa del Establecimiento.
3. CONSEJO ACADÉMICO
Instancia Superior de participación en la Orientación Pedagógica del Plantel
ORGANISMO DE CONSULTA
ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA:
Organismo de Consulta y Administración de la Institución. Los representantes de los
organismos colegiales serán elegidos para periodos anuales, pero continuarán sus
funciones hasta cuando sean reemplazados. En caso de vacancia se elegirá su
reemplazo para el resto del periodo.
CAPITULO XIV
PROCEDIMIENTO PARA FORMULAR QUEJAS Y RECLAMOS
Artículo 17°: POR VIOLACIÓN DE LOS DERECHOS ESTUDIANTILES
Cuando el alumno sienta que sus derechos consagrados en las leyes o en el presenta
Manual de convivencia han sido Violados, Desconocidos o Vulnerados deberá poner el
hecho en conocimiento del titular de grado o del Profesor de disciplina.
Artículo 18°: POR CONFLICTO ENTRE ALUMNOS:
A. Deben ser atendidos en primera instancia por el docente que tuvo conocimiento del
caso y/o en cuyo desarrollo de clase o de turno de disciplina, sucedió el conflicto.
B. De no hallarse solución en el paso anterior, el caso será tratado en Coordinación, de
donde saldrá un fallo que será presentado a Orientación o al Consejo Directivo.
Parágrafo 1°: El Veredicto que se tome en cualquiera de las instancias anteriormente
señaladas, deberá ser imparcial y justo.
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Parágrafo 2°: Las características esenciales de este conducto regular serán el diálogo,
la conciliación, el respeto a los derechos y el cumplimiento de los deberes.
Parágrafo 3°: El o los Directores de Grado al cual pertenezcan él o los alumnos en
conflicto, deberán ser informados del hecho y participar en todas y cada una de las
instancias previstas en este artículo.
Artículo 19°: CONFLICTOS ENTRE ALUMNOS Y DOCENTES:
Serán atendidos en primer término por el docente y el alumno que presentaron la
dificultad, a través de un diálogo formativo, sereno y ecuánime. Si no se logra solución,
se dará aviso al director de grado correspondiente y al personero estudiantil; de persistir
el evento el conducto regular que se ha de seguir es:
Director de Grado y Personero Estudiantil.
Orientadora
Coordinación Académica y de Disciplina
Rector del Plantel
Consejo Directivo
CAPITULO XV
DERECHOS Y DEBERES
Artículo 20°: DEBERES DE LOS PADRES DE FAMILIA Y ACUDIENTE
1. Conocer, aceptar y apoyar la filosofía del plantel.
2. Conocer, apoyar y respetar el Manual de Convivencia.
3. Demostrar lealtad a la Institución, respetando y colaborando con el Gobierno
Escolar, las Directivas, los Profesores y demás miembros de la Institución.
4. Justificar con su presencia en el plantel, las ausencias de sus hijos dentro de los
tres primeros días hábiles siguientes a la inasistencia.
5. Proporcionarles a sus hijos, todos los implementos necesarios para el desarrollo
de sus labores de aula y extra aula.
6. Cumplir a cabalidad con lo estipulado, respecto a dotación de uniformes, su uso
cuidado y respeto.
7. Proporcionar un ambiente adecuado en el hogar, que permita su formación
integral.
8. Controlar y orientar las actividades y amistades que su hijo frecuente en su
tiempo libre.
9. Cancelar los costos de pensión dentro de los cinco primeros días de cada mes.
10. responder por los daños que sus hijos causen dentro y fuera de la Institución.
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11. Acudir en forma oportuna a la s citaciones hechas por las Directivas, Profesores u
Orientadora.
12. Asistir y participar en las reuniones de padres de familia, compartiendo
experiencias y analizando estrategias pedagógicas que faciliten las formaciones
de sus hijos.
13. Colaborar activamente en las actividades que el plantel programe para beneficio
general.
14. Proporcionar a sus hijos el tiempo necesario para el desarrollo de sus actividades
propuestas para el hogar o el colegio.
15. Colaborar responsablemente en la formación de sus hijos, siguiendo las
recomendaciones dadas por las Directivas o Profesores en la aplicación de los
correctivos, para no entorpecer la labor.
16. Velar por la presentación personal de sus hijos con respecto al aseo general,
corte de cabello, zapatos adecuados a los uniformes.
17. Cumplir cabalmente con todos y cada uno de los compromisos que adquirieron y
que están contemplados en este Manual.
18. Participar activamente en la elaboración, ejecución, mejoramiento y evaluación
del PEI.
19. Evitar que sus hijos porten en el plantel elementos de valor, dinero, o accesorios
ajenos a sus útiles de estudio. El colegio no se responsabiliza por la pérdida o
daño de éstos elementos.
20. Solicitar personalmente en Coordinación el permiso para las salidas de sus hijos
de la Institución durante la jornada de clase.
21. Cumplir con responsabilidad los compromisos adquiridos, en caso de ser elegido
miembro de cualquiera de los consejos o comités establecidos por la ley.
22. Controlar el buen uso de los medios masivos de comunicación (Tv., radio, cine,
videos, juegos de azar, etc.) para que estos no atenten contra la formación moral
y los valores impartidos en la Institución.
Parágrafo 1. En caso de sugerencias o reclamos deberán seguir el conducto regular
para ser atendidos en las horas de atención acordados.
Parágrafo 2. La inasistencia de los Padres de Familia o Acudientes a todas las
reuniones citadas al plantel quedarán registradas en el Observador del Alumno, y el
padre de familia deberá presentarse el día de clases siguiente a la realización de dicho
acto; de lo contrario el alumno no será admitido en clases hasta tanto no se cumpla con
dicho deber.
Parágrafo 3. Cuando los padres de familia o tutores del estudiante no sean sus
acudientes, éstos deberán autorizar mediante nota escrita y firmada, a la persona que
encargan de ésta función.
Parágrafo 4. Son impedimentos para ser acudientes los que a continuación se señalan:
a. Ser menor de edad.
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b. Tener señalamiento de orden mor al o penal.
c. Carecer de capacidad económica para respaldar al acudido.
d. Estar vinculado a la Institución como funcionario o estudiante.
Artículo 21°. DERECHOS DE LOS PADRES DE FAMILIA O ACUDIENTES
Además de lo contemplado en la Constitución Política de Colombia de 1991 se les
reconocen los siguientes derechos:
a. A ser tratados con amabilidad, respeto y comprensión por parte de las directivas,
profesores y demás funcionarios de la Institución.
b. A pertenecer a la Asociación de padres de Familia, Consejos u otros comités
legalmente establecidos por ley.
c. A recibir información sobre la filosofía, los objetivos, el manual de convivencia y
el PEI de la Institución así como de los fines generales de la educación.
d. A ser atendido y escuchado oportunamente, cada vez que precise la información
sobre sus hijos o que presenten reclamos o sugerencias.
e. A recibir informes periódicos sobre el rendimiento académico o comportamental
de sus hijos.
f. Asistir y participar en todas y cada una de las reuniones programadas en el
plantel.
g. A presentar justificación por la inasistencia de sus hijos.
h. A participar en el mejoramiento del PEI.
i. A reclamar por el incumplimiento al presente Manual de Convivencia, haciendo
uso del conducto regular adecuado.
Artículo 22: DERECHOS Y DEBERES DE LOS DOCENTES
A. DERECHOS:
1. A participar en los programas de capacitación y bienestar social.
2. Participar en los diferentes comités, consejos y asociaciones, que establece la
ley General de la Educación.
3. Solicitar y obtener los permisos y/o licencias, según lo normado por el MEN, la
Secretaría de Educación Departamental y el Plantel.
4. A no ser discriminado por razón de sus creencias políticas, religiosas, raciales o
ideológicas
5. A ser tratado con respeto por parte de Directivos, padres de Familia,
compañeros, estudiantes y demás funcionarios del plantel.
6. A disfrutar de un ambiente tranquilo y acogedor durante su permanencia en el
Plantel.
7. A ser informado oportunamente y en forma veraz sobre todo lo relacionado con la
vida Institucional.
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24. REGISTRO DANE: No. 273555001882 - Registro Educativo 225219
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8. Disfrutar de un ambiente tr anquilo y acogedor durante la permanencia en el
plantel.
9. A ser escuchado y atendido en sus descargos cuando las circunstancias así lo
requieran
10. A recibir una asignación académica de acuerdo con su especialidad, sus
aptitudes e inclinaciones, observando las normas vigentes respectivas.
11. A asistir y participar en actividades sindicales.
12. A participar en todos los procesos de elaboración, mejoramiento y actualización
del PEI.
13. A elegir y ser elegido en los diferentes organismos estructurados en la Institución.
14. A solicitar y manejar los recursos necesarios para eI desarrollo de su labor
docente.
15. A hacer uso de los conductos acordados para buscar solución a las situaciones
conflictivas que se le presenten.
16. Los consignados en el Dto. 2277 de 1.979 (Estatuto Docente) y Decreto 1278 de
2002.
B. DEBERES: (Dto.1647 /67. Dto 2277/79, Dto. 1278/2002 y Ley 115/94.
1. Cumplir fielmente con la Constitución Colombiana y el Manual de Convivencia.
2. Inculcar en los educandos el amor por lo valores históricos y culturales de la
nación. el respeto por los Símbolos Patrios y los ideales del Plantel.
3. Cumplir a cabalidad con la jornada laboral reglamentaria y dedicar el tiempo
necesario a las funciones propias de su cargo.
4. Cumplir las órdenes impartidas por sus superiores y que sean inherentes a su
cargo.
5. Dar un trato cortés a sus compañeros de trabajo. a los alumnos. Padres de
Familia y demás miembros de la comunidad educativa.
6. Velar por el buen uso y conservación de documentos. útiles. equipos, muebles y
demás bienes que les sean confiados.
7. Observar en todo sitio y lugar. una conducta acorde al decoro y dignidad del
cargo.
8. Actuar con imparcialidad y justicia en todos los actos relacionados con la
aplicación del Manual de convivencia y del ejercicio de su tarea.
9. Informar a quien corresponda y en forma oportuna. sobre hechos que puedan
constituir causal de mala conducta.
10. Evitar los chismes. las habladurías y los comentarios destructivos. que atenten
contra las buenas relaciones humanas entre todos los miembros de la
comunidad educativa.
11. Ser un buen ejemplo para los estudiantes, en su forma de vestir, hablar y obrar.
12. Asistir a todas las actividades programadas en el Colegio. siempre y cuando
medie previa citación de cualquier Directivo.
13. Diligenciar con claridad y en forma oportuna, el anecdotario, el libro de Disciplina
y demás documentos relacionados con su labor pedagógica y laboral.
14. Emplear siempre el dialogo, para la solución de cualquier conflicto que surja en
su labor.
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25. REGISTRO DANE: No. 273555001882 - Registro Educativo 225219
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15. DIRECTORES DE GRADO : Velar por la buena marcha académica y
comportamental de su grado a cargo.
16. Apersonarse de los problemas de su grado, aportando soluciones adecuadas y
oportunas mediante la aplicación de métodos pedagógicos apropiados.
17. Informar oportunamente a quien corresponda y siguiendo el conducto regular o
los procedimientos acordados, sobre los problemas que presenten los alumnos,
participando activamente en su solución.
18. Informarse personalmente de la inasistencia constante de los alumnos a su
cargo, conocer sus causas y darle el tratamiento correspondiente.
19. Revisar permanentemente la presentación personal de sus estudiantes y junto
con la Orientadora, tomar las decisiones del caso.
20. Dedicar el tiempo necesario para establecer diálogos con sus alumnos, tendiente
a conocer y solucionar sugerencias o problemas que éstos presenten.
21. Revisar personal y permanentemente el estado material de su aula de clase y
demás enseres, promoviendo entre sus alumnos actividades que permitan
mantener los en óptimas condiciones.
22. Establecer y mantener comunicación permanente con profesores y padres de
familia para la coordinación de la acción educativa.
23. Propiciar la elección del vocero del grado y del auxiliar de disciplina.
CAPITULO XVI
COMPROMISOS PERSONAL ADMINISTRATIVO Y AUXILIARES.
Artículo23: COMPROMISOS DEL PERSONAL ADMINISTRATIVO Y AUXILIARES.
1. Dar a toda la comunidad educativa un trato cortes y digno.
2. Ser fiel y leal a las normas de la institución, identifi cándose con la filosofía de la
misma.
3. Asistir a la jornada laboral diaria y dedicar todo el tiempo que sea necesario para
llevar la contabilidad de los bienes y rentas del plantel en forma actualizada.
4. Cumplir con las funciones a su cargo.
5. Mantener en orden y seguridad los títulos de propiedad de la Institución.
6. Refrendar con sus firmas las certificaciones expedidas, así como las copias que
sean solicitadas.
7. Ejecutar los trabajos que reglamentariamente le correspondan a sus cargos
asignados.
8. Actualizar y ordenar permanentemente el archivo del plantel.
9. Llevar con orden y pulcritud documentos, archivos y libros reglamentarios.
10. Elaborar los certificados, constancias, copias e informes que ordene la Rectoría
del plantel.
11. Llevar de manera ordenada la correspondencia enviada y recibida.
12. Las demás funciones que le sean asignadas de acuerdo a la naturaleza de su
cargo.
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26. REGISTRO DANE: No. 273555001882 - Registro Educativo 225219
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Artículo 24: BIBLIOTECARIA
1. Elaborar un proyecto del reglamento para el funcionamiento de la biblioteca.
2. Clasificar, Catalogar y organizar el Material Bibliográfico.
3. Responder por la seguridad, aseo, conservación de los libros, muebles y
Materiales de la Biblioteca.
4. Establecer y mantener intercambios Bibliográficos con entidades locales y
nacionales.
5. Establecer un cronograma de servicios para el uso de la sala y materiales
audiovisuales.
6. Promover charlas con los diferentes grados tendientes a fomentar la lectura y la
consulta bibliográfica.
Artículo 25: SERVICIOS ASISTENCIALES
1. Tratar y ser tratadas con amabilidad, comprensión y respeto.
2. A colaborar y. recibir colaboración por parte de todos los estamentos, para poder
desempeñar sus labores de aseo y restaurante.
3. A recibir oportunamente los implementos de aseo necesarios para desempeñar
bien su cargo.
4. Cumplir con el horario del turno asignado.
5. Mantener aseados oficinas, corredores, muebles y servicios sanitarios.
6. Responder por los elementos a su cargo.
7. Informar sobre irregularidades o novedades ocurridas en el Plantel.
8. Presentar sugerencias o recomendaciones sobre seguridad, aseo, estética del
Plantel.
CAPITULO XVII
SERVICIOS DE BIENESTAR
Artículo 26: Los Servicios de Bienestar Estudiantil están conformados por:
1. RESTAURANTE ESCOLAR: Este servicio será prestado preferencialmente a
estudiantes procedentes de las veredas, al personal que labora en la Institución y a
aquellos alumnos que previo estudio en el Consejo Directivo se les asigne el cupo. Para
obtener este beneficio, el padre de familia deberá solicitarlo al Consejo Directivo a
través del Rector del Plantel.
Los Estudiantes que hagan uso de este Servicio, deberán cumplir entre otros los
siguientes compromisos:
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27. REGISTRO DANE: No. 273555001882 - Registro Educativo 225219
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A.Ser puntuales en el pago de los aportes (los días Viernes) a la persona encargada.
(ecónoma).
B. Cumplir las Normas de buen comportamiento y presentación personal dentro del
comedor.
C. Responder por los elementos que utiliza en el comedor, conservándolos y dándoles
buen trato.
D. Informar oportunamente al profesor encargado de la disciplina, sobre los días que no
va a hacer uso del servicio.
Parágrafos:
1. Los alumnos que por su comportamiento se encuentren con matrícula en
observación, pierden el derecho al servicio.
2. Todo acto de indisciplina puede acarrear la suspensión de dicho servicio,
determinación que será tomada por el Consejo Directivo, una vez haga los
estudios correspondientes.
3. La Asociación de Padres de Familia subsidiará el Restaurante a los alumnos que
se les compruebe extrema pobreza, siempre y cuando dicha Asociación cuente
con los recursos económicos.
2. TIENDA ESCOLAR: Estará manejada por un organismo de la Institución: Asociación
de Padres de Familia, Consejo Estudiantil, otros, a quienes así lo autorice el Consejo
Directivo. La Tienda Escolar prestará los servicios de venta de Útiles Escolares y
productos comestibles nutritivos y a bajos precios. La Mejoradora de Salud velará por
que estos servicios se presten en forma higiénica y los alimentos realmente posean un
alto valor nutritivo.
3. LA BIBLIOTECA: Facilitará a todos los miembros de la comunidad educativa, el uso
de los recursos materiales bibliográficos que posee la Institución, a la vez que
proporcionará los espacios necesarios para mejorarle el nivel cultural al lector; la
prestación de éste servicio se ajustará a los reglamentos para tal fin.
4. ORIENTADORA ESCOLAR: Tiene como función primordial, brindar Asesoría,
Orientación y Consejería a todos los miembros de la Comunidad Educativa,
encaminadas a mejorar las relaciones interpersonales entre todos los miembros. Para
ello contará con la cooperación de Directivos, Docentes, Alumnos, Padres de Familia y
demás miembros del Plantel.
5. ENFERMERÍA: La Mejoradora de Salud estará al frente de este Servicio y
conjuntamente con las directivas de la Institución, mantendrán organizado y dotado este
lugar; Además, dará capacitación a una persona para tal función. La Mejoradora de
Salud contará con el apoyo permanente del Comité de la Cruz Roja, con quienes estará
atenta a prestar un eficiente servicio.
6. CAMPOS Y ELEMENTOS DEPORTIVOS: Son espacios y recursos que le permiten
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28. REGISTRO DANE: No. 273555001882 - Registro Educativo 225219
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al Estudiante una recreación sana, el aprovechamiento del tiempo libre y el desarrollo
armónico e integral de su personalidad. la Institución velará por el mantenimiento y
buen estado de campos y demás elementos deportivos.
7. EQUIPOS AUDIOVISUALES: Con el fin de buscar una mejor calidad de la educación
y facilitar la comunicación y la recreación entre otros, la Institución pone a disposición
de la comunidad Educativa los equipos audiovisuales y de amplificación que posee,
limitado únicamente por las normas que regulan su utilización, en procura de un uso
racional y ordenado.
8. INTERNADO ESCOLAR: Ubicado en Vereda los Andes. Tiene como finalidad,
facilitar el acceso y permanencia del joven campesino dentro del sistema educativo,
incentivando a la vez el amor por el campo, por su tierra y por su familia. (ver
reglamento específico en la sede 2).
CAPITULO XVIII
Artículo 27: PERSONERO ESTUDIANTIL. Será un estudiante del último grado; debe
haber permanecido en el colegio como estudiante, por lo menos dos (2) años
inmediatamente anteriores. Durante éste tiempo se debe haber destacado: por su buen
rendimiento académico .excelente comportamiento .haber figurado por lo menos entre
los diez primeros alumnos del curso y no haber tenido Matrícula en observación.
El personero Estudiantil no puede ser al mismo tiempo vocero del curso, auxiliar de
disciplina ni monitor de asignatura.
Los aspirantes a ésta distinción deben presentar ante la Rectoría un proyecto de su
plan de trabajo al inscribirse como elegible, en un plazo estipulado en el Proyecto de
Democracia.
Artículo 28: FUNCIONES DEL PERSONERO ESTUDIANTIL (Art.28, Dto. 1860 / Ley
115).
1. Promover el ejercicio de los derechos y el cumplimiento de los deberes de los
estudiantes.
2. Gestionar ante el Rector y ante los demás entes administrativos de la Institución,
la toma de decisiones para:
3. Proteger los derechos de los estudiantes.
4. La prestación de un servicio educativo de calidad.
5. Actuar como fiscal en los Consejos Estudiantiles.
6. Diseñar mecanismos que faciliten el cumplimiento de responsabilidades,
compromisos y demás deberes estudiantiles.
7. Recibir y evaluar las quejas y reclamos que presenten los estudiantes sobre
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29. REGISTRO DANE: No. 273555001882 - Registro Educativo 225219
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lesiones a sus derechos y a todos aquellos que formule cualquier miembro de la
comunidad, sobre el incumplimiento de las obligaciones de los alumnos.
8. Apelar ante el Consejo Directivo o el organismo competente, sobre las
decisiones del Rector, con respecto a las peticiones presentadas por su
intermedio.
9. Promover y realizar acciones de divulgación de las funciones de los líderes
estudiantiles, de las suyas propias, así como de los derechos y los deberes de
los alumnos.
10. Coordinar sus funciones y acordar las estrategias y gestiones a desarrollar en
beneficio de los estudiantes y de la Institución, para evitar enfrentamientos.
11. Presentar al Rector, el Plan y cronograma de trabajo, para ubicarlos dentro de la
Planeación Institucional.
12. Acatar lo normado en los arts. 94 de la ley 115 y 28 del Decreto 1860, así como
lo dispuesto en el presente Manual de Convivencia.
Parágrafo: Cuando se presente una situación especial que amerite la Reunión del
Consejo Estudiantil, el personero solicitará por escrito al Rector el correspondiente
permiso, expresando claramente los motivos que justifiquen la convocatoria.
FORMA DE ELECCIÓN: Se hará a través de un proceso democrático y por un período
de un año lectivo. Para tal fin, el Consejo Directivo citará a una asamblea con los
estudiantes matriculados para que a través del voto secreto y por mayoría elijan al
personero y su suplente.
RELEVO DEL CARGO: Si el PERSONERO ESTUDIANTIL no cumple con sus
funciones o comete alguna falta grave, será relevado del cargo a través de una
asamblea estudiantil; a su vez, el suplente asumirá de inmediato el cargo, mientras se
elige un nuevo personero.
Artículo 29: VOCERO DE CURSO: Será elegido por sus compañeros de grado. a
través del voto secreto. Tendrán éste .derecho los estudiantes sobresalientes en todos
los aspectos.
Su elección se hará en la tercera semana del primer mes de clase. asesorados por el
director de grado.
El vocero de curso no podrá ser simultáneamente, ni personero, Aux., de disciplina o de
monitor de área o de asignatura.
Artículo 30: FUNCIONES
1. Mantener las buenas relaciones entre directivos, directores de grado, profesores
y estudiantes.
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2. Sostener excelentes relacion es con sus compañeros, a través del respeto y la
tolerancia.
3. Diligenciar el control diario de asistencia y entregarlo cumplidamente a la
coordinación.
4. Llevar la vocería de su grado en todas las actividades que el consejo directivo o
el consejo estudiantil consideren pertinente.
5. Inculcar y orientar a sus compañeros, hábitos de estudio, el buen uso del tiempo
libre, y el mantenimiento de una buena disciplina.
6. Coordinar campañas escolares entre sus compañeros a fin de contribuir a
preservar el medio ambiente y las buenas condiciones físicas del aula, pupitre y
demás enseres.
7. Organizar los eventos sociales, culturales y deportivos, sin interferir en las
actividades generales.
8. Reemplazar al monitor de asignatura si este se ha nombrado, cada vez que se
halle ausente.
9. Trabajar en equipo con el auxiliar de disciplina, en busca del mejoramiento del
nivel académico y disciplinario de su grado.
10. Presentar con el auxiliar de disciplina y el director de grado un informe mensual
en forma escrita, de las situaciones relevantes en su grado, aportando allí
alternativas de solución.
Artículo 30: AUXILIAR DE DISCIPLINA: Tendrán este derecho los estudiantes
sobresalientes en lo que respecta a su comportamiento, personalidad y sano criterio;
será elegido por sus compañeros por voto secreto en la tercera semana del primer mes
de clase, asesorados por el director de grado.
Para su elección se debe tener en cuenta:
a. No estar afectado disciplinariamente bajo ningún aspecto.
b. No puede ser al mismo tiempo personero, vocero o monitor.
El auxiliar de Disciplina, puede ser rotado periódicamente, para dar participación y
estímulo a otros alumnos. Igualmente este auxiliar puede ser removido por sus
electores cuando así lo crean conveniente.
Artículo 31: FUNCIONES
1. Ser ejemplo y propiciar un ambiente de concertación que facilite cambios de
actitud, modales, hábitos y conductas que enaltezcan y guarden la integridad
personal, los bienes de sus compañeros, de la institución y en general del medio
ambiente que los rodea.
2. Estar pendiente de la disciplina del grado y cuando se presente una situación
anormal que no esté de acuerdo con los valores culturales y el Manual de
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Convivencia, mediar para re mediar la situación en caso contrario dar aviso
primero en forma oral y luego por escrito a quien corresponda.
3. Hacerles observaciones respetuosas a sus compañeros, evitando de todas
maneras enfrentamientos y buscando corregir comportamientos inadecuados.
4. Ayudar en la organización de las formaciones generales en su grado,
restaurante y tienda escolar.
5. Colaborar para que los salones queden desocupados en las horas de
descansos, establecer quienes quedan en ellos para entablar responsabilidades
en casos de desorden, incumplimiento, hurto etc.
6. Trabajar mancomunadamente con el vocero de grado y presentar con él un
informe periódico de todas las actividades, situaciones anormales y sus
alteraciones de solución.
Artículo 33: MONITOR DE ASIGNATURA: Tendrá este privilegio los estudiantes que
sobresalgan por su rendimiento en las asignaturas y muestren un comportamiento
ejemplar.
El monitor de asignatura será elegido por el profesor de la asignatura al empezar la
cuarta semana de clases del año escolar, teniendo en cuenta para ello los siguientes
aspectos:
1. No puede ser monitor en más de una asignatura.
2. No puede ser simultáneamente personero, auxiliar de disciplina o vocero.
3. Se elige, no para sustituir al profesor, sino para ayudarlo, coordinando las
actividades que permitan mejorar el nivel académico de la asignatura.
4. Puede ser sustituido por el docente que lo nombró, cuando considere que
desmejoró en su rendimiento académico de su asignatura, o no cumpla las
funciones para las cuales fue elegido.
Artículo 34: FUNCIONES DEL MONITOR DE ASIGNATURA
1. Orientar, recoger u organizar trabajos o actividades cuando el profesor así lo
considere o cuando se encuentra ausente del aula o del plantel.
2. Orientar a sus compañeros en el desarrollo de tareas. Trabajos, consultas o
cualquier otra actividad y cuando estos soliciten su ayuda, lo cual no significa
que sean responsables del trabajo de los demás.
3. Tener en el aula o donde el maestro lo solicite, materiales didácticos y ayudar
para el mejor desarrollo de la clase.
4. Colaborar con el profesor en el control de la asistencia a clase y en
Programación de evaluaciones.
Parágrafo: Las funciones del Monitor de Asignatura, son estrictamente académicas y
aquellos que sean comunes con las del consejero o el auxiliar de disciplina de su grado ,
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32. REGISTRO DANE: No. 273555001882 - Registro Educativo 225219
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deben coordinarse y ponerse de a cuerdo para evitar malos entendidos, disgustos o
enfrentamiento.
Artículo 35: ESTÍMULOS y RÉGIMEN DISCIPLINARIO DE DOCENTES Y
PERSONAL ADMINISTRATIVO
A. ESTÍMULOS: Los contenidos en el artículo 37.38.39.40.41,42 y 43 del Dto. 2277/79.
Los contemplados en los artículos 133. 135. 136. 143 y 137 de la ley 115 de 1994.
B. RÉGIMEN DISCIPLINARIO: MALA CONDUCTA O INEFICIENCIA PROFESIONAL.
Los siguientes hechos debidamente comprobados. Constituyen causales de mala
conducta.
a. La asistencia habitual al sitio de trabajo en estado de embriaguez o toxicómana.
b. El homosexualismo o la práctica de aberraciones sexuales.
c. La malversación de fondos de bienes escolares o de cooperativa
d. El tráfico de cualificaciones, certificados d estudio, de trabajo o de documentos
públicos.
e. La aplicación de castigos denigrantes, físicos o morales a los educandos.
f. El incumplimiento sistemático de sus deberes a la violación reiterada de las
prohibiciones previstas en el Art. 45. del estatuto Docente.
g. El ser condenado por delitos.
h. El uso de documentos e información falsa, para inscripción o ascensos en el
escalafón o en la gestión de traslados, permutas, licencias o comisiones.
i. El abandono del cargo.
j. La utilización de la labor docente para hacer proselitismo político.
k. El acoso sexual Art. 46 Dto. 2277/79 y la ley 115 Art.125/94.
Artículo 36: CONSEJO ESTUDIANTIL: (Art.29 Dto 1860/94) Máximo órgano colegiado
que asegura y garantiza el continuo ejercicio de la participación por parte de los
educandos.
Está integrado por un vocero de cada uno de los grados ofrecidos en el
establecimiento, elegidos por voto secreto. Los alumnos de preescolar y de los tres
primeros grados del ciclo de primaria, elegirán un vocero únicamente entre los
estudiantes que cursen el tercer grado.
Artículo 37: FUNCIONES: (Art. 29 Dto 1860/94 en sus literales a, b, c, d.
Artículo 38. SERVICIO SOCIAL OBLIGATORIO (Art.97 ley 115/94 y Art.39 Dto,
1860/94).
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33. REGISTRO DANE: No. 273555001882 - Registro Educativo 225219
Aprobación de Estudios SedTolima – Resol. Nº. 04695 del 10-10-2011
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Los estudiantes de EDUCACIÓN MEDIA prestarán un servicio social obligatorio durante
los grados de estudio y que tiene como propósito principal su integración a la
comunidad, para contribuir a su mejoramiento social, cultural y económico, a la vez que
desarrolle valores de solidaridad y de conocimiento del entorno social.
Los temas y objetivos del servicio social Estudiantil serán definidos en el PEI y estarán
supervisados por una Comisión nombrada para tal fin por el Consejo Académico.
El incumplimiento de esta norma le acarreará a la Institución la suspensión de la
aprobación e estudios y los estudiantes del grado Undécimo sin éste requisito, no
podrán obtener el título de bachilleres Agroindustriales.
El presente Pacto de Convivencia se aprobó mediante Acta Número 08 de octubre 14
de 2014.
En constancia firman:
JOSÉ DAIRO ENCIZO YASSO
Rector (E)
CLAUDIA MARGOT ÁVILA GLORIA AMPARO PALACIO
Rep. de los Docentes Rep. de los Docentes
ALDEMAR DEVIA TAPIERO ALFONSO CHARRY
Rep. del Sector Productivo Rep. de los Padres de Familia
JHON JAIRO RUIZ KEVIN JOHAN DEVIA MONTIEL
Rep. de los Egresados Rep. de los Estudiantes
LEONEL BARRETO CONDE
Rep. de los Padres de Familia
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