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2a
Análisis sobre la tutoría y la participación de los padres enel marco legal (LOMCE,
LOE, Decretos de Currículo (Infantil y Primaria) y Ley de Educación de Castilla la
Mancha). Informe con el análisis y conclusiones.
 LOMCE (Ley Orgánica para la Mejora de la Calidad Educativa de 10 de dic. de
2013)
 LOE (LEY ORGÁNICA 2/2006, de 3 de mayo, de Educación).
 Ley de Educación de Castilla-La Mancha 7/2010 de 20 de julio. (Título I Comunidad
Educativa. Capítulo III. Las familias. Título VI Factores de calidad de la educación.
Capítulo IV. La orientación educativa y profesional).
 Decretos de Currículo en Castilla-La Mancha (Ver Infantil o Primaria según
corresponda a la titulación que cursa).
LOMCE (Ley Orgánica para la Mejora de la Calidad Educativa de 10 de dic. de 2013)
Artículo 1.- se añaden nuevos párrafos (h bis y q)
- h bis: el conocimiento del papel que corresponde a los padres, madres y tutores
legales como primeros responsables de la educación de sus hijos.
- q: la libertad de enseñanza, que corresponde el derecho de los padres, madres y
tutores legales a elegir el tipo de educación y el centro para sus hijos, en el marco
de los principios constitucionales.
Artículo 20: tutorías
1.- Las tutorías y orientación de los alumnos, son funciones de los docentes y
competen a todo el profesorado, aunque será el tutor el que coordine esta función.
2.- La acción del tutor orienta el proceso educativo individual y colectivo de los
alumnos.
Artículo 21: tutores
PRÁCTICAS DEL MÓDULO II DE EDUCACIÓN Y SOCIEDAD
Apellidos, Nombre: Alonso Muñoz, Jorge
Titulación: Magisterio Primaria Grupo: A Curso Académico: 2º
Autoevaluación Práctica I - Puntuación: 0,70 ( 0,1 - 0,2 - 0,3... 0,75 ptos. según corresponda)
1.- cada clase tendrá asignada un tutor, que será nombrado por el director. La
tutoría será impartida por el profesor que más clases imparta a esa clase a lo largo de la
semana.
2.- el profesor, será tutor de esa clase al menos durante el primer y segundo curso
salvo por causa justificada.
3.- el tutor es el que coordina el trabajo del equipo docente encargado de dar clase
a su grupo de alumnos y mantendrá una relación de colaboración con las familias. Para
ello, a lo largo del curso, establecerá un mínimo de tres reuniones con los padres.
4.- funciones del tutor:
- participar en el desarrollo del plan de acción tutorial y en las actividades
de orientación, bajo la coordinación del jefe de estudios.
- coordinar el proceso de evaluación de los alumnos de su clase.
-atender las dificultades de aprendizaje de sus alumnos
- facilitar la integración de los alumnos en el grupo y fomentar su
participación.
- orientar a los alumnos sobre sus posibilidades educativas.
-colaborar con el orientador del centro
-solventar, en la medida de lo posible, los problemas que puedan tener los
alumnos.
- informar tanto a padres o tutores legales como a los profesores, del
rendimiento académico de sus alumnos.
- facilitar la cooperación educativa entre profesores y padres.
- estar al cuidado de los alumnos en el tiempo de recreo y en las actividades
no lectivas.
5.- los tutores serán coordinados por el jefe de estudios, manteniendo entre ellos
las reuniones que sean necesarias.
LOE (LEY ORGÁNICA 2/2006, de 3 de mayo, de Educación)
Los centros fomentan, en el ámbito de su competencia, la participación del
alumnado, sus familias y el personal del centro educativo. Las administraciones
educativas toman medidas para promover e incentivar la colaboración entre la familia y
la escuela, puesto que es de gran ayuda para mejorar la calidad del centro.
A través del consejo escolar, se garantiza la participación de la comunidad
educativa en la organización, así como en el gobierno, el funcionamiento y la evaluación
de los centros
Los padres y madres de los alumnos también pueden participar en el
funcionamiento de los centros mediante sus asociaciones (A.M.P.A). La administración
educativa proporcionará información y formación dirigida
Los padres y los alumnos podrán participar también en el funcionamiento de los
centros a través de sus asociaciones y las Administraciones educativas favorecerán la
información y la formación dirigida a ellos.
Ley de Educación de Castilla-La Mancha 7/2010 de 20 de julio.
Capítulo III: Las familias
Artículo 22: Las familias del alumnado constituyen una parte esencial del proceso
educativo y, actuando en colaboración con el profesorado como miembros de la
comunidad educativa, son agentes básicos para la mejora de la educación.
Artículo 23. La participación de las familias en el proceso educativo.
1. Los padres y madres, y los tutores o tutoras legales tienen derecho a elegir y
participar en la definición del modelo de educación de sus hijos.
2. La Consejería impulsará programas de formación de las familias o tutores
legales para mejorar su papel como educadores.
3. La Consejería pone a disposición de los centros docentes públicos los medios y
programas adecuados para desarrollar vías electrónicas de comunicación con las familias,
para favorecer la relación entre ambas partes.
Artículo 24. Otros derechos de los padres y madres o tutores y tutoras legales.
Los padres y madres, tutores o tutoras legales tienen el derecho de poder elegir la
educación de sus hijos, así como la formación religiosa acorde a sus propias creencias.
Tienen derecho a elegir el centro y a la participación en el proyecto educativo y las normas
que regulan la estancia en el centro.
Artículo 25. Deberes de los padres y madres o tutores y tutoras legales.
1. obligación de conocer y respetar el proyecto educativo de sus hijos e hijas o
pupilos y pupilas.
2. Los centros docentes promoverán la participación de las familias en las labores
del centro.
Artículo 26. Asociaciones de madres y padres del alumnado.
1. Los padres y madres o tutores y tutoras legales del alumnado matriculado en un
centro educativo podrán asociarse de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 3/2007, de 8 de
marzo, de Participación Social en la Educación y demás normativa vigente.
2. Los fines de las Asociaciones de madres y padres de alumnos y alumnas serán los
que se establecen en el artículo 27 de la Ley 3/2007, de 8 de marzo, de Participación
Social en la Educación.
Artículo 27. Medidas de fomento del asociacionismo.
1. La Consejería competente en materia de educación fomentará la creación y
desarrollo de asociaciones, federaciones y confederaciones de asociaciones de
madres y padres del alumnado.
2. Las asociaciones de madres y padres del alumnado deberán inscribirse en el
Registro de entidades colaboradoras de la enseñanza.
Artículo 28. La participación de las familias en los consejos escolares.
Las familias tienen el derecho y el deber de participar, en los términos previstos
en la Ley 3/2007, de 8 de marzo, de Participación Social en la Educación y a través de
sus representantes elegidos democráticamente, en el Consejo Escolar del centro y de la
localidad, así como en el Consejo Escolar de Castilla-La Mancha.
Artículo 29. La colaboración de las familias.
Los centros docentes propiciarán la colaboración de las familias, de forma
voluntaria y siempre bajo las directrices del profesorado, en tareas educativas no lectivas
del centro cuyo objetivo sea la mejora de la convivencia y el aprendizaje.
Título VI: Equidad en la Educación.
Capítulo I. La respuesta a la diversidad y el éxito educativo del alumnado.
Artículo 120. Principios de equidad.
1. Se garantizará, en todos los casos, la participación de las familias en la toma de
decisiones relativas a la escolarización y desarrollo del proceso educativo de sus
hijos e hijas, especialmente cuando ello suponga la adopción de medidas de
carácter extraordinario.
Decretos de Currículo en Castilla-La Mancha
Artículo 10.- TUTORÍA:
o La acción tutorial orientará el proceso educativo individual y grupal del
alumnado en el conjunto de la etapa.
o El tutor coordinará la labor del conjunto del profesorado y mantendrá
comunicación con la familia.
o El tutor deberá impartir, al menos, tres áreas del currículo. Será responsable,
a partir de tercer ciclo, de impartir la asignatura de Educación para la
Ciudadanía.
o El centro podrá programar modelos alternativos de tutoría que garanticen una
acción individualizada y continua con el alumnado y su familia.
o El centro docente programará actividades que faciliten la transición de la
Educación Infantil a Educación Primaria y de ésta, a la Educación Secundaria
Obligatoria.
Artículo 15.- Participación de padres, madres y tutores legales en el proceso educativo.
Las familias deberán participar y conocer las decisiones referidas a la evaluación y
promoción además de colaborar en las medidas de apoyo o refuerzo que adopte el centro
para garantizar el progreso educativo. Tendrán acceso a documentos oficiales de
avaluación y exámenes que se realicen a sus hijos.
Artículo19.- Atención a las familias. Derecho a una evaluación objetiva.
El responsable de la tutoría ofrecerá toda la información a las familias sobre los
contenidos programados para el cuso y los procedimientos de evaluación, se dirigirá a
ellos con un lenguaje asequible y en tono amable,
CONCLUSIÓN
Como he podido comprobar, tras la investigación de las diferentes leyes educativas, las
familias son un pilar fundamental en la educación de los niños, aunque éstas, en algunas
ocasiones no tengas la posibilidad de participar en los órganos de los centros por motivos
de trabajo de ambos padres. También he comprobado que algunos padres se desentienden
totalmente de la labor educativa de sus hijos, pues piensan que esa labor corresponde a
los docentes del centro. En definitiva, las familias deberían colaborar más en la educación
de sus hijos, conociendo las funciones que se llevan a cabo en el centro y participando en
la formación y educación de sus hijos.
2b
Tras el visionado del: vídeo "la comunicación familia escuela", sobre la
forma de actuar enuna tutoría con padres y al que se accede al principio del módulo,
realiza una breve síntesis de los elementos que aporta y una valoración crítica
personal enrelación a la comunicación que se establece entre la familia y la escuela.
Una vez visto el vídeo, la idea principal es que la relación que se tiene que dar
entre el profesor y la familia ha de ser la mejor posible, ya que una buena relación interesa
a ambas partes para que se dé una adecuada educación en el centro.
Para que haya esta buena relación entre padres y docentes es necesario que se cree un
clima acogedor para que ambas partes se sientan cómodas y así trabajar mejor. Además
de ese clima acogedor, el profesor tiene que tener claros los puntos u objetivos que se van
a hablar en la reunión, para ponerse de acuerdo con los padres y lograr el fin último que
es la educación del alumno. También se tiene que dar una situación de empatía, en la que
las dos partes acepten las ideas y aportaciones del otro.
Existen tres modelos de comunicación, agresivo, inhibido y asertivo. Los tipos de
comunicación que se observan en el video son:
 Modelo agresivo: en este caso la madre del niño sólo acude a las tutorías cuando
cree que es un tema serio, mostrando actitud de indiferencia ante otras llamadas
del centro y esto sienta mal al profesor que desde un principio actúa y habla de
forma algo agresiva. El clima de la reunión es frío y se utilizan tonos de voz altos.
Ambas personas hablan a la vez, por lo que ninguno sabe bien lo que dice el otro.
 Modelo asertivo: la actitud del profesor es positiva y crea un clima acogedor,
comparte los mismos sentimientos que la madre y entre los dos concretan nuevos
acuerdos.
En mi opinión, el alumno pasa la mayor parte del tiempo en el colegio, por lo que son
los profesores los que más tiempo están pendientes de ellos y los que están presentes
cuando ocurre algún conflicto. Por esto, en las tutorías, el profesor tiene que explicar
adecuadamente el problema a los padres, y éstos, aunque no piensen de la misma manera,
dejar hablar al profesor.
Ambas partes, tienen que caminar de la mano hacia una misma dirección, puesto que
asé se conseguirá una buena educación para el alumno además de solucionar los posibles
conflictos que puedan surgir. Para todo esto es necesario que en las tutorías o reuniones
se cree un clima cálido en el que las dos partes puedan exponer sus argumentos.
2c
Causas de la baja participación de los padres en los centros educativos. Propuestas
y medidas de mejora para promover dicha participación.
La unión entre la familia y la escuela ha demostrado que es positiva para ambas
partes, porque los niños progresan mejor si padres y profesores trabajan juntos para lograr
unos fines comunes.
A pesar de los efectos positivos que produce la implicación entre padres y profesores, existe
un bajo nivel de participación de los padres/madres en los centros.
Algunas de las posibles causas son:
 Escasa propaganda del centro para que los padres participen, ya que son muchos
los padres que desconocen cómo poder participar o las funciones que tiene el
consejo escolar.
 El temor de muchos colegios a que la participación de los padres y madres
obstaculice el funcionamiento de los colegios.
 Muchos padres y madres no ven sentido a su participación en los centros escolares
ya que consideran que la educación de sus hijos en los centros corresponde
únicamente a los profesores.
 Falta de interés por parte de los padres
 Los padres se preocupan más por cómo es o cómo trabaja el profesor de sus hijos
que en cómo funciona el centro.
 Dificultad de las familias para compaginar la vida laboral de los padres con la vida
escolar de sus hijos.
Propuestas y medidas para mejorar la participación de los padres en los centros
escolares
 Aumentar el porcentaje que tienen los padres en la participación en los
consejos escolares.
 Conseguir conciencias a los padres que participar en el consejo escolar
significa sentirse parte de la educación de sus hijos y con ello, a la larga
mejorará la calidad de la enseñanza del centro y por consiguiente la de sus
hijos.
 Organizar talleres y reuniones para explicar las funciones del consejo escolar
y mejorar la comunicación entre familia y centro.
 Utilizar las TIC’s para mandar la información necesaria a los padres (correos
electrónicos, blogs, páginas webs, etc.)
2D
Programación de una actividad con padres en formato de presentación audiovisual
(ppt, cuadernia, prezi,... ).
Tras la visión de los ejemplos que incluye la plataforma, a través del blog de la
asignatura, en relación a actividades de participación de padres en aulas de
educación infantil y primaria, se propone la elaboración de una propuesta de
intervención esporádica o sistemática para informar, programar talleres,
actividades o cualquier otra actuación donde docente y padres tengan que trabajar
de forma coordinada.
Bibliografía
Portal de Educación. (2016). Ley de Educación de Castilla-La Mancha. 2017, de JCCM Sitio
web http://www.educa.jccm.es/educa-
jccm/cm/educa_jccm/tkContent?idContent=83000&textOnly=false&locale=es
Portal de Educación. (2014). Decreto 54/2014, de 10/07/2014, por el que se estable el
currículo de la Educación Primaria en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha. 2017,
de JCCM Sitio web: http://www.educa.jccm.es/es/normativa/decreto-54-2014-10-07-2014-
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Prácticas del módulo ii de educación y sociedad

  • 1. 2a Análisis sobre la tutoría y la participación de los padres enel marco legal (LOMCE, LOE, Decretos de Currículo (Infantil y Primaria) y Ley de Educación de Castilla la Mancha). Informe con el análisis y conclusiones.  LOMCE (Ley Orgánica para la Mejora de la Calidad Educativa de 10 de dic. de 2013)  LOE (LEY ORGÁNICA 2/2006, de 3 de mayo, de Educación).  Ley de Educación de Castilla-La Mancha 7/2010 de 20 de julio. (Título I Comunidad Educativa. Capítulo III. Las familias. Título VI Factores de calidad de la educación. Capítulo IV. La orientación educativa y profesional).  Decretos de Currículo en Castilla-La Mancha (Ver Infantil o Primaria según corresponda a la titulación que cursa). LOMCE (Ley Orgánica para la Mejora de la Calidad Educativa de 10 de dic. de 2013) Artículo 1.- se añaden nuevos párrafos (h bis y q) - h bis: el conocimiento del papel que corresponde a los padres, madres y tutores legales como primeros responsables de la educación de sus hijos. - q: la libertad de enseñanza, que corresponde el derecho de los padres, madres y tutores legales a elegir el tipo de educación y el centro para sus hijos, en el marco de los principios constitucionales. Artículo 20: tutorías 1.- Las tutorías y orientación de los alumnos, son funciones de los docentes y competen a todo el profesorado, aunque será el tutor el que coordine esta función. 2.- La acción del tutor orienta el proceso educativo individual y colectivo de los alumnos. Artículo 21: tutores PRÁCTICAS DEL MÓDULO II DE EDUCACIÓN Y SOCIEDAD Apellidos, Nombre: Alonso Muñoz, Jorge Titulación: Magisterio Primaria Grupo: A Curso Académico: 2º Autoevaluación Práctica I - Puntuación: 0,70 ( 0,1 - 0,2 - 0,3... 0,75 ptos. según corresponda)
  • 2. 1.- cada clase tendrá asignada un tutor, que será nombrado por el director. La tutoría será impartida por el profesor que más clases imparta a esa clase a lo largo de la semana. 2.- el profesor, será tutor de esa clase al menos durante el primer y segundo curso salvo por causa justificada. 3.- el tutor es el que coordina el trabajo del equipo docente encargado de dar clase a su grupo de alumnos y mantendrá una relación de colaboración con las familias. Para ello, a lo largo del curso, establecerá un mínimo de tres reuniones con los padres. 4.- funciones del tutor: - participar en el desarrollo del plan de acción tutorial y en las actividades de orientación, bajo la coordinación del jefe de estudios. - coordinar el proceso de evaluación de los alumnos de su clase. -atender las dificultades de aprendizaje de sus alumnos - facilitar la integración de los alumnos en el grupo y fomentar su participación. - orientar a los alumnos sobre sus posibilidades educativas. -colaborar con el orientador del centro -solventar, en la medida de lo posible, los problemas que puedan tener los alumnos. - informar tanto a padres o tutores legales como a los profesores, del rendimiento académico de sus alumnos. - facilitar la cooperación educativa entre profesores y padres. - estar al cuidado de los alumnos en el tiempo de recreo y en las actividades no lectivas. 5.- los tutores serán coordinados por el jefe de estudios, manteniendo entre ellos las reuniones que sean necesarias. LOE (LEY ORGÁNICA 2/2006, de 3 de mayo, de Educación) Los centros fomentan, en el ámbito de su competencia, la participación del alumnado, sus familias y el personal del centro educativo. Las administraciones educativas toman medidas para promover e incentivar la colaboración entre la familia y la escuela, puesto que es de gran ayuda para mejorar la calidad del centro. A través del consejo escolar, se garantiza la participación de la comunidad educativa en la organización, así como en el gobierno, el funcionamiento y la evaluación de los centros Los padres y madres de los alumnos también pueden participar en el funcionamiento de los centros mediante sus asociaciones (A.M.P.A). La administración educativa proporcionará información y formación dirigida Los padres y los alumnos podrán participar también en el funcionamiento de los centros a través de sus asociaciones y las Administraciones educativas favorecerán la información y la formación dirigida a ellos. Ley de Educación de Castilla-La Mancha 7/2010 de 20 de julio. Capítulo III: Las familias
  • 3. Artículo 22: Las familias del alumnado constituyen una parte esencial del proceso educativo y, actuando en colaboración con el profesorado como miembros de la comunidad educativa, son agentes básicos para la mejora de la educación. Artículo 23. La participación de las familias en el proceso educativo. 1. Los padres y madres, y los tutores o tutoras legales tienen derecho a elegir y participar en la definición del modelo de educación de sus hijos. 2. La Consejería impulsará programas de formación de las familias o tutores legales para mejorar su papel como educadores. 3. La Consejería pone a disposición de los centros docentes públicos los medios y programas adecuados para desarrollar vías electrónicas de comunicación con las familias, para favorecer la relación entre ambas partes. Artículo 24. Otros derechos de los padres y madres o tutores y tutoras legales. Los padres y madres, tutores o tutoras legales tienen el derecho de poder elegir la educación de sus hijos, así como la formación religiosa acorde a sus propias creencias. Tienen derecho a elegir el centro y a la participación en el proyecto educativo y las normas que regulan la estancia en el centro. Artículo 25. Deberes de los padres y madres o tutores y tutoras legales. 1. obligación de conocer y respetar el proyecto educativo de sus hijos e hijas o pupilos y pupilas. 2. Los centros docentes promoverán la participación de las familias en las labores del centro. Artículo 26. Asociaciones de madres y padres del alumnado. 1. Los padres y madres o tutores y tutoras legales del alumnado matriculado en un centro educativo podrán asociarse de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 3/2007, de 8 de marzo, de Participación Social en la Educación y demás normativa vigente. 2. Los fines de las Asociaciones de madres y padres de alumnos y alumnas serán los que se establecen en el artículo 27 de la Ley 3/2007, de 8 de marzo, de Participación Social en la Educación. Artículo 27. Medidas de fomento del asociacionismo. 1. La Consejería competente en materia de educación fomentará la creación y desarrollo de asociaciones, federaciones y confederaciones de asociaciones de madres y padres del alumnado. 2. Las asociaciones de madres y padres del alumnado deberán inscribirse en el Registro de entidades colaboradoras de la enseñanza. Artículo 28. La participación de las familias en los consejos escolares. Las familias tienen el derecho y el deber de participar, en los términos previstos en la Ley 3/2007, de 8 de marzo, de Participación Social en la Educación y a través de sus representantes elegidos democráticamente, en el Consejo Escolar del centro y de la localidad, así como en el Consejo Escolar de Castilla-La Mancha. Artículo 29. La colaboración de las familias.
  • 4. Los centros docentes propiciarán la colaboración de las familias, de forma voluntaria y siempre bajo las directrices del profesorado, en tareas educativas no lectivas del centro cuyo objetivo sea la mejora de la convivencia y el aprendizaje. Título VI: Equidad en la Educación. Capítulo I. La respuesta a la diversidad y el éxito educativo del alumnado. Artículo 120. Principios de equidad. 1. Se garantizará, en todos los casos, la participación de las familias en la toma de decisiones relativas a la escolarización y desarrollo del proceso educativo de sus hijos e hijas, especialmente cuando ello suponga la adopción de medidas de carácter extraordinario. Decretos de Currículo en Castilla-La Mancha Artículo 10.- TUTORÍA: o La acción tutorial orientará el proceso educativo individual y grupal del alumnado en el conjunto de la etapa. o El tutor coordinará la labor del conjunto del profesorado y mantendrá comunicación con la familia. o El tutor deberá impartir, al menos, tres áreas del currículo. Será responsable, a partir de tercer ciclo, de impartir la asignatura de Educación para la Ciudadanía. o El centro podrá programar modelos alternativos de tutoría que garanticen una acción individualizada y continua con el alumnado y su familia. o El centro docente programará actividades que faciliten la transición de la Educación Infantil a Educación Primaria y de ésta, a la Educación Secundaria Obligatoria. Artículo 15.- Participación de padres, madres y tutores legales en el proceso educativo. Las familias deberán participar y conocer las decisiones referidas a la evaluación y promoción además de colaborar en las medidas de apoyo o refuerzo que adopte el centro para garantizar el progreso educativo. Tendrán acceso a documentos oficiales de avaluación y exámenes que se realicen a sus hijos. Artículo19.- Atención a las familias. Derecho a una evaluación objetiva. El responsable de la tutoría ofrecerá toda la información a las familias sobre los contenidos programados para el cuso y los procedimientos de evaluación, se dirigirá a ellos con un lenguaje asequible y en tono amable, CONCLUSIÓN
  • 5. Como he podido comprobar, tras la investigación de las diferentes leyes educativas, las familias son un pilar fundamental en la educación de los niños, aunque éstas, en algunas ocasiones no tengas la posibilidad de participar en los órganos de los centros por motivos de trabajo de ambos padres. También he comprobado que algunos padres se desentienden totalmente de la labor educativa de sus hijos, pues piensan que esa labor corresponde a los docentes del centro. En definitiva, las familias deberían colaborar más en la educación de sus hijos, conociendo las funciones que se llevan a cabo en el centro y participando en la formación y educación de sus hijos. 2b Tras el visionado del: vídeo "la comunicación familia escuela", sobre la forma de actuar enuna tutoría con padres y al que se accede al principio del módulo, realiza una breve síntesis de los elementos que aporta y una valoración crítica personal enrelación a la comunicación que se establece entre la familia y la escuela. Una vez visto el vídeo, la idea principal es que la relación que se tiene que dar entre el profesor y la familia ha de ser la mejor posible, ya que una buena relación interesa a ambas partes para que se dé una adecuada educación en el centro. Para que haya esta buena relación entre padres y docentes es necesario que se cree un clima acogedor para que ambas partes se sientan cómodas y así trabajar mejor. Además de ese clima acogedor, el profesor tiene que tener claros los puntos u objetivos que se van a hablar en la reunión, para ponerse de acuerdo con los padres y lograr el fin último que es la educación del alumno. También se tiene que dar una situación de empatía, en la que las dos partes acepten las ideas y aportaciones del otro. Existen tres modelos de comunicación, agresivo, inhibido y asertivo. Los tipos de comunicación que se observan en el video son:  Modelo agresivo: en este caso la madre del niño sólo acude a las tutorías cuando cree que es un tema serio, mostrando actitud de indiferencia ante otras llamadas del centro y esto sienta mal al profesor que desde un principio actúa y habla de forma algo agresiva. El clima de la reunión es frío y se utilizan tonos de voz altos. Ambas personas hablan a la vez, por lo que ninguno sabe bien lo que dice el otro.  Modelo asertivo: la actitud del profesor es positiva y crea un clima acogedor, comparte los mismos sentimientos que la madre y entre los dos concretan nuevos acuerdos. En mi opinión, el alumno pasa la mayor parte del tiempo en el colegio, por lo que son los profesores los que más tiempo están pendientes de ellos y los que están presentes cuando ocurre algún conflicto. Por esto, en las tutorías, el profesor tiene que explicar adecuadamente el problema a los padres, y éstos, aunque no piensen de la misma manera, dejar hablar al profesor. Ambas partes, tienen que caminar de la mano hacia una misma dirección, puesto que asé se conseguirá una buena educación para el alumno además de solucionar los posibles conflictos que puedan surgir. Para todo esto es necesario que en las tutorías o reuniones se cree un clima cálido en el que las dos partes puedan exponer sus argumentos.
  • 6. 2c Causas de la baja participación de los padres en los centros educativos. Propuestas y medidas de mejora para promover dicha participación. La unión entre la familia y la escuela ha demostrado que es positiva para ambas partes, porque los niños progresan mejor si padres y profesores trabajan juntos para lograr unos fines comunes. A pesar de los efectos positivos que produce la implicación entre padres y profesores, existe un bajo nivel de participación de los padres/madres en los centros. Algunas de las posibles causas son:  Escasa propaganda del centro para que los padres participen, ya que son muchos los padres que desconocen cómo poder participar o las funciones que tiene el consejo escolar.  El temor de muchos colegios a que la participación de los padres y madres obstaculice el funcionamiento de los colegios.  Muchos padres y madres no ven sentido a su participación en los centros escolares ya que consideran que la educación de sus hijos en los centros corresponde únicamente a los profesores.  Falta de interés por parte de los padres  Los padres se preocupan más por cómo es o cómo trabaja el profesor de sus hijos que en cómo funciona el centro.  Dificultad de las familias para compaginar la vida laboral de los padres con la vida escolar de sus hijos. Propuestas y medidas para mejorar la participación de los padres en los centros escolares  Aumentar el porcentaje que tienen los padres en la participación en los consejos escolares.  Conseguir conciencias a los padres que participar en el consejo escolar significa sentirse parte de la educación de sus hijos y con ello, a la larga mejorará la calidad de la enseñanza del centro y por consiguiente la de sus hijos.  Organizar talleres y reuniones para explicar las funciones del consejo escolar y mejorar la comunicación entre familia y centro.  Utilizar las TIC’s para mandar la información necesaria a los padres (correos electrónicos, blogs, páginas webs, etc.) 2D
  • 7. Programación de una actividad con padres en formato de presentación audiovisual (ppt, cuadernia, prezi,... ). Tras la visión de los ejemplos que incluye la plataforma, a través del blog de la asignatura, en relación a actividades de participación de padres en aulas de educación infantil y primaria, se propone la elaboración de una propuesta de intervención esporádica o sistemática para informar, programar talleres, actividades o cualquier otra actuación donde docente y padres tengan que trabajar de forma coordinada.
  • 8.
  • 9. Bibliografía Portal de Educación. (2016). Ley de Educación de Castilla-La Mancha. 2017, de JCCM Sitio web http://www.educa.jccm.es/educa- jccm/cm/educa_jccm/tkContent?idContent=83000&textOnly=false&locale=es Portal de Educación. (2014). Decreto 54/2014, de 10/07/2014, por el que se estable el currículo de la Educación Primaria en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha. 2017, de JCCM Sitio web: http://www.educa.jccm.es/es/normativa/decreto-54-2014-10-07-2014- establece-curriculo-educación-pr