Este documento presenta información personal de un estudiante de derecho y detalla los objetivos, normas y clasificaciones del derecho. Describe los fines del derecho como el bien común y la seguridad jurídica. Explica las normas del derecho, la clasificación entre derecho objetivo y derecho público, e identifica las fuentes directas e indirectas del derecho. Finalmente incluye una breve bibliografía.
La Justicia, El Bien Común y la Seguridad Jurídica
La Justicia: Son numerosas las definiciones dadas por diferentes autores sobre la justicia, y es que incluso la justicia puede ser analizada desde diferentes perspectivas: como valor, como derecho, y como fin, siendo esta última la que interesa en este análisis. De todas las definiciones que puedan citarse, la definición clásica de justicia y que además enmarca muy bien su esencia es la propuesta por Ulpiano, quien la definió así:
Es la constante y perpetua voluntad de dar a cada uno lo suyo
El Bien Común: Es el Conjunto de valores, bienes y experiencias que contribuyen a la conservación y al progreso de la comunidad y al bienestar material, moral e intelectual de las personas que viven en ella.
La Seguridad Jurídica: Es la garantía dada al individuo de que su persona, sus bienes y derechos no serán objeto de ataques violentos, y si éstos llegaran a producirse la sociedad les garantiza protección y reparación.
Los Derechos y Libertades fundamentales del Ordenamiento Jurídico Español se encuentran recogidos en los artículos 14-29 de la Constitución Española. En este .pdf podrás conocer los límites de cada uno de ellos y el procedimiento para recurrir al Tribunal Constitucional, tribunal especial cuya función es interpretar CE, guardián de la CE y sus derechos fundamentales.
http://www.ruizprietoasesores.es/generica/conoce-tus-derechos-fundamentales/
La Justicia, El Bien Común y la Seguridad Jurídica
La Justicia: Son numerosas las definiciones dadas por diferentes autores sobre la justicia, y es que incluso la justicia puede ser analizada desde diferentes perspectivas: como valor, como derecho, y como fin, siendo esta última la que interesa en este análisis. De todas las definiciones que puedan citarse, la definición clásica de justicia y que además enmarca muy bien su esencia es la propuesta por Ulpiano, quien la definió así:
Es la constante y perpetua voluntad de dar a cada uno lo suyo
El Bien Común: Es el Conjunto de valores, bienes y experiencias que contribuyen a la conservación y al progreso de la comunidad y al bienestar material, moral e intelectual de las personas que viven en ella.
La Seguridad Jurídica: Es la garantía dada al individuo de que su persona, sus bienes y derechos no serán objeto de ataques violentos, y si éstos llegaran a producirse la sociedad les garantiza protección y reparación.
Los Derechos y Libertades fundamentales del Ordenamiento Jurídico Español se encuentran recogidos en los artículos 14-29 de la Constitución Española. En este .pdf podrás conocer los límites de cada uno de ellos y el procedimiento para recurrir al Tribunal Constitucional, tribunal especial cuya función es interpretar CE, guardián de la CE y sus derechos fundamentales.
http://www.ruizprietoasesores.es/generica/conoce-tus-derechos-fundamentales/
Qué es el derecho civil? Bueno, según uno de sus primeros practicantes, “Es lo que ni la influencia puede afectar, ni la interrupción del poder, ni el dinero corromper. Y si fuera reprimido o observado de manera inadecuada, nadie se sentiría seguro por nada”. El estadista romano Cicerón pronunció esas famosas palabras hace más de 2000 años. Hoy, más del 60% de los países del mundo tienen alguna forma de derecho civil. De hecho, generalmente se considera un precursor de la construcción de sociedades estables donde los individuos pueden perseguir sus ambiciones libres de las limitaciones de la opresión y la tiranía. Si desea estudiar y tener una carrera dentro de esta noble tradición, esto es lo que necesita saber sobre derecho civil.
El derecho civil es diferente. En lugar de centrarse en la relación entre el estado y el individuo, se ocupa de las relaciones privadas entre los miembros de una comunidad. Por ejemplo, la difamación, la calumnia y el incumplimiento de contrato son todos asuntos civiles. A diferencia de los casos penales, que son procesados por el estado, los casos civiles son iniciados por una parte privada, denominada demandante en términos legales. Los casos suelen ser decididos por un juez y cualquier compensación solo puede ser económica. Un juez de un tribunal civil no está facultado para imponer penas privativas de libertad.
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PLATAFORMA VIRTUAL E-LEARNING
Las plataformas virtuales de e-learning son sistemas en línea que permiten la enseñanza y el aprendizaje a través de internet. Estas plataformas facilitan la gestión de cursos, la distribución de materiales educativos, la comunicación entre estudiantes y profesores, y el seguimiento del progreso académico. A continuación, se describen algunas características y ejemplos de plataformas de e-learning populares:
Características Comunes de las Plataformas de E-learning
Gestión de Cursos: Permiten la creación, organización y administración de cursos.
Materiales Educativos: Ofrecen acceso a documentos, videos, presentaciones, y otros recursos educativos.
Evaluaciones y Tareas: Facilitan la creación de exámenes, cuestionarios, y la entrega de tareas.
Interacción: Incluyen herramientas para foros de discusión, chats en vivo, videoconferencias, y mensajería.
Seguimiento del Progreso: Proporcionan reportes y análisis del desempeño y progreso de los estudiantes.
Accesibilidad: Pueden ser accesibles desde múltiples dispositivos, incluyendo computadoras, tablets y smartphones.
4. FINES DEL DERECHO:
El Bien Común: Es el Conjunto de valores, bienes y experiencias que contribuyen a
la conservación y al progreso de la comunidad y al bienestar material, moral e
intelectual de las personas que viven en ella.
La Seguridad Jurídica: Es la garantía dada al individuo de que su persona, sus
bienes y derechos no serán objeto de ataques violentos, y si éstos llegaran a
producirse la sociedad les garantiza protección y reparación.
5. NORMAS DEL DERECHO:
Norma en sentido Amplio: se aplica a toda regla que establece la manera como se
debe hacer o esta establecido que se haga una determinada.
Norma en sentido Estricto: ésta corresponde a la regla que impone deberes o
confiere derechos.
6. CLASIFICACION DEL DERECHO:
Derecho Objetivo :
Se puede definir como las normas que rigen el actuar del hombre dentro de la sociedad, y a ella misma; a su
vez se divide en dos grupos: Público y Privado. A su vez tienen mucha vinculación con otras ciencias o
profesiones del ser humano.
Derecho Publico :
Es el que se refiere a la organización de las cosas publica nacionales de un país.
Derecho Publico Internacional:
Es el que se refiere a la organización de las cosas públicas nacionales y internacionales y su relación con el
Estado, con los demás Estados, y la sociedad en si, de un país determinado.
7. FUENTES DEL DERECHO:
FUENTES DIRECTAS:
a) Las leyes y las normas provenientes del legislativo
c) Los principios generales del Derecho.
FUENTES INDIRECTAS:
a) Los Tratados o Convenios internacionales.
b) La Jurisprudencia.
8. BIBLIOGRAFIA:
BIBLIOGRAFIA:
Alegre, Antonio, La sofistica y Sócrates: ascenso y caída de
la Póliz, Montesinos, Barcelona, 2006.
Anzoátegui Roig, Francisco Javier, “Constitucionalismo y
Constitución Europea”, en Derechos fundamentales, valores
y multiculturalismo, Dykinson, Madrid, 2005.
Aquino, Tomas de, Suma teológica, Austral, México, 1983.