PROCEDIMIENTOS
ADMINISTRATIVOS EN
MATERIA ADUANERA
Concepto:

    Procedimiento Administrativo en Materia Aduanera


   Es el conjunto de actos en los que interviene la
    autoridad aduanera con la finalidad de determinar
    contribuciones omitidas y en su caso, imponer las
    sanciones que correspondan en materia de
    comercio exterior.
Marco Normativo:
 Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos
 Ley Orgánica de la Administración Pública

Federal
 Ley Aduanera y su Reglamento

 Ley del SAT

 Código Fiscal de la Federación

 Código Federal de Procedimientos Civiles

 Reglamento Interior del SAT
Autoridades:

    ¿Quiénes pueden Iniciar un Procedimiento Administrativo en
      Materia Aduanera?


   S.H.C.P. (SAT)
       AGAFF,   ACCE, ALAF´S, AGA y ADUANAS


   Entidades Federativas.
Origen:

    ¿Cuándo se origina un Procedimiento Administrativo en
      Materia Aduanera?


   Cuando las autoridades aduaneras encuentran
    alguna irregularidad en la importación y
    exportación de las mercancías al país.
Actos de fiscalización:

    ¿Qué actos de fiscalización por parte de la autoridad generan
      un Procedimiento Administrativo en Materia Aduanera?


   Visitas domiciliarias.
   Revisiones de Gabinete.
   Verificaciones de las Aduanas (Reconocimientos
    Aduaneros).
   Verificaciones de mercancías y vehículos extranjeros
    en tránsito.
Causas:
   Las causa que dan origen a un PAMA se prevén en
    el artículo 151 de la Ley Aduanera:
   Introducción de mercancía a territorio nacional por lugar no autorizado
   Desvío de las rutas fiscales, de mercancías extranjeras en tránsito internacional
   Transportación de mercancías, en tránsito interno, en medios distintos a los
    autorizados
   Mercancía de importación o exportación prohibida
   Incumplimiento de regulaciones y restricciones no arancelarias
   Incumplimiento de normas oficiales mexicanas, tratándose de NOM´s de
    información comercial sólo cuando el incumplimiento se detecte en visita domiciliaria
    o verificación de mercancías en transporte u omisión de cuotas compensatorias
Causas:
   Las causa que dan origen a un PAMA se prevén en
    el artículo 151 de la Ley Aduanera:

   a) Sin documentación que acredite que se sometió a los trámites de ley para su
    introducción al país
   b) Sin documentación que acredite que se sometieron a los trámites de ley para su
    internación al resto del país
   c) Cuando no se acredite la legal estancia o tenencia de la mercancía o vehículos
    en el país
   Cuando se trate de vehículos conducidos por personas no autorizadas.
   Pasajeros, el embargo sólo procederá respecto de las mercancías no declaradas.
   Mercancía no declarada o excedente en más de un 10% del valor total declarado
    en la documentación aduanera
Causas:
   Las causa que dan origen a un PAMA se prevén en
    el artículo 151 de la Ley Aduanera:

   Introducción de vehículos, con carga, a recinto fiscal sin pedimento
   Pedimento o factura con nombre o domicilio fiscal, falso o inexistente, del
    proveedor o importador
   Cuando en el domicilio fiscal señalado en el pedimento o en la factura no
    se pueda localizar al proveedor
   Cuando la factura sea falsa.
   Cuestiones de valor
Plazos:

¿Qué plazo tienen las autoridades aduaneras para resolver un
  Procedimiento Administrativo en Materia Aduanera?


   De conformidad con el artículo 152 de la Ley Aduanera, las
    autoridades tendrán un plazo de 4 meses para emitir la resolución
    administrativa, contados a partir del día siguiente a que se
    encuentre debidamente integrado el expediente, es decir, cuando
    hayan vencido los plazos para la presentación de todos los escritos
    de pruebas y alegatos o, en caso de resultar procedente, la
    autoridad encargada de emitir la resolución haya llevado a cabo
    las diligencias necesarias para el desahogo de las pruebas
    ofrecidas por los promoventes.
Medios de Impugnación:


    ¿Qué medios de defensa existen para impugnar una
      resolución de un Procedimiento Administrativo en Materia
      Aduanera?

   Recurso de Revocación.
   Juicio de Nulidad.
   Juicio de Amparo.
¡Gracias por su atención!


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                 SERVICIOS CORPORATIVOS
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    Calle Parque Central No. 6B Fraccionamiento Sta.
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          e-mail: ben_meneses@yahoo.com.mx

Present pama

  • 1.
  • 2.
    Concepto: Procedimiento Administrativo en Materia Aduanera  Es el conjunto de actos en los que interviene la autoridad aduanera con la finalidad de determinar contribuciones omitidas y en su caso, imponer las sanciones que correspondan en materia de comercio exterior.
  • 3.
    Marco Normativo:  ConstituciónPolítica de los Estados Unidos Mexicanos  Ley Orgánica de la Administración Pública Federal  Ley Aduanera y su Reglamento  Ley del SAT  Código Fiscal de la Federación  Código Federal de Procedimientos Civiles  Reglamento Interior del SAT
  • 4.
    Autoridades: ¿Quiénes pueden Iniciar un Procedimiento Administrativo en Materia Aduanera?  S.H.C.P. (SAT)  AGAFF, ACCE, ALAF´S, AGA y ADUANAS  Entidades Federativas.
  • 5.
    Origen: ¿Cuándo se origina un Procedimiento Administrativo en Materia Aduanera?  Cuando las autoridades aduaneras encuentran alguna irregularidad en la importación y exportación de las mercancías al país.
  • 6.
    Actos de fiscalización: ¿Qué actos de fiscalización por parte de la autoridad generan un Procedimiento Administrativo en Materia Aduanera?  Visitas domiciliarias.  Revisiones de Gabinete.  Verificaciones de las Aduanas (Reconocimientos Aduaneros).  Verificaciones de mercancías y vehículos extranjeros en tránsito.
  • 7.
    Causas:  Las causa que dan origen a un PAMA se prevén en el artículo 151 de la Ley Aduanera:  Introducción de mercancía a territorio nacional por lugar no autorizado  Desvío de las rutas fiscales, de mercancías extranjeras en tránsito internacional  Transportación de mercancías, en tránsito interno, en medios distintos a los autorizados  Mercancía de importación o exportación prohibida  Incumplimiento de regulaciones y restricciones no arancelarias  Incumplimiento de normas oficiales mexicanas, tratándose de NOM´s de información comercial sólo cuando el incumplimiento se detecte en visita domiciliaria o verificación de mercancías en transporte u omisión de cuotas compensatorias
  • 8.
    Causas:  Las causa que dan origen a un PAMA se prevén en el artículo 151 de la Ley Aduanera:  a) Sin documentación que acredite que se sometió a los trámites de ley para su introducción al país  b) Sin documentación que acredite que se sometieron a los trámites de ley para su internación al resto del país  c) Cuando no se acredite la legal estancia o tenencia de la mercancía o vehículos en el país  Cuando se trate de vehículos conducidos por personas no autorizadas.  Pasajeros, el embargo sólo procederá respecto de las mercancías no declaradas.  Mercancía no declarada o excedente en más de un 10% del valor total declarado en la documentación aduanera
  • 9.
    Causas:  Las causa que dan origen a un PAMA se prevén en el artículo 151 de la Ley Aduanera:  Introducción de vehículos, con carga, a recinto fiscal sin pedimento  Pedimento o factura con nombre o domicilio fiscal, falso o inexistente, del proveedor o importador  Cuando en el domicilio fiscal señalado en el pedimento o en la factura no se pueda localizar al proveedor  Cuando la factura sea falsa.  Cuestiones de valor
  • 10.
    Plazos: ¿Qué plazo tienenlas autoridades aduaneras para resolver un Procedimiento Administrativo en Materia Aduanera?  De conformidad con el artículo 152 de la Ley Aduanera, las autoridades tendrán un plazo de 4 meses para emitir la resolución administrativa, contados a partir del día siguiente a que se encuentre debidamente integrado el expediente, es decir, cuando hayan vencido los plazos para la presentación de todos los escritos de pruebas y alegatos o, en caso de resultar procedente, la autoridad encargada de emitir la resolución haya llevado a cabo las diligencias necesarias para el desahogo de las pruebas ofrecidas por los promoventes.
  • 11.
    Medios de Impugnación: ¿Qué medios de defensa existen para impugnar una resolución de un Procedimiento Administrativo en Materia Aduanera?  Recurso de Revocación.  Juicio de Nulidad.  Juicio de Amparo.
  • 12.
    ¡Gracias por suatención! Sí desea conocer o contratar alguno de nuestros SERVICIOS CORPORATIVOS contáctese con nosotros: Calle Parque Central No. 6B Fraccionamiento Sta. Elena. C.P. 90140, Panotla, Tlaxcala. Cel. D.F. (044) 55 1474 99 18 Oficina (01 246) 144 24 24 e-mail: ben_meneses@yahoo.com.mx