Informe analítico de la Potestad Tributaria, La Extinción y su Determinación.MiguelErnesto5
Los Tributos son indispensables para financiar el gasto público de cualquier país. De este grupo; los impuestos son los que mayores ingresos aportan a la recaudación tributaria. La imposición indirecta, desde hace algunas décadas ha sido una fuente representativa de ingresos. Básicamente si se menciona lo recaudado por el impuesto al consumo (de tipo valor agregado, en la mayoría de los países). En nuestra Venezuela, desde lo que es la creación del Impuesto al Valor Agregado (IVA), la recaudación de esta ha sido significativa, superándose en los últimos años la recaudación del Impuesto sobre la Renta, según las cifras mostradas por el Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT).
la obligación tributaria tiene por su finalidad esclarecer la deuda líquida exigible lo cual es la consecuencia de la realización del hecho imponible, esto es, de una realidad preexistente, de algo que ya lógicamente ya ocurrió, por esta razón, la determinación tiene es un efecto declarativo y no constitutivo pero no reviste el carácter de una simple formalidad procesal, sino que es una condición de orden sustancial o esencial de la obligación misma.
Informe analítico de la Potestad Tributaria, La Extinción y su Determinación.MiguelErnesto5
Los Tributos son indispensables para financiar el gasto público de cualquier país. De este grupo; los impuestos son los que mayores ingresos aportan a la recaudación tributaria. La imposición indirecta, desde hace algunas décadas ha sido una fuente representativa de ingresos. Básicamente si se menciona lo recaudado por el impuesto al consumo (de tipo valor agregado, en la mayoría de los países). En nuestra Venezuela, desde lo que es la creación del Impuesto al Valor Agregado (IVA), la recaudación de esta ha sido significativa, superándose en los últimos años la recaudación del Impuesto sobre la Renta, según las cifras mostradas por el Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT).
la obligación tributaria tiene por su finalidad esclarecer la deuda líquida exigible lo cual es la consecuencia de la realización del hecho imponible, esto es, de una realidad preexistente, de algo que ya lógicamente ya ocurrió, por esta razón, la determinación tiene es un efecto declarativo y no constitutivo pero no reviste el carácter de una simple formalidad procesal, sino que es una condición de orden sustancial o esencial de la obligación misma.
La clausura preventiva aplicada por arba y la violación de los derechos del c...Alejandro Germán Rodriguez
A partir de enero de 2014 hemos visto como la ARBA comenzaba con la aplicación de las denominadas clausuras preventivas, en especial venía sucediendo respecto de contribuyentes no inscriptos en el impuesto sobre los Ingresos Brutos como “contribuyente directo”.
Sin embargo, al llegar el mes de febrero comenzaron a efectuar este procedimiento a los contribuyentes que no hayan efectuado el alta como Agentes de Recaudación del Régimen General —retención y percepción—, actuando de manera conjunta con la policía de la Provincia, y efectivizando en el acto las clausuras.
medios de defensa al alcance de los contribuyentes importadores/exportadores para combatir actos de autoridad de liquidación de créditos fiscales en materia aduanera
Nuevo anteproyecto de Ley de Probidad Pública: un esfuerzo de la sociedad c...FUSADES
El art. 240 de la Constitución establece que “los
funcionarios y empleados públicos que se enriquecieren
sin justa causa a costa de la Hacienda Pública o
Municipal, estarán obligados a restituir al Estado o al
Municipio, lo que hubieren adquirido ilegítimamente, sin
perjuicio de la responsabilidad en que hubieren incurrido,
conforme a las leyes.(…) Los funcionarios y empleados
que la ley determine están obligados a declarar el estado
de su patrimonio ante la Corte Suprema de Justicia (…)
dentro de los sesenta días siguientes a aquél en que
tomen posesión de sus cargos. (…) Al cesar en sus cargos,
los funcionarios y empleados aludidos, deberán hacer
una nueva declaración del estado de sus patrimonios.
(… )Los juicios por enriquecimiento sin causa justa sólo
podrán incoarse dentro de diez años siguientes a la fecha
en que el funcionario o empleado haya cesado en el cargo
cuyo ejercicio pudo dar lugar a dicho enriquecimiento.”
Lo relativo a esta disposición se regula en la Ley sobre
el Enriquecimiento Ilícito de Funcionarios y Empleados
Públicos (LEIFEP), la cual fue emitida hace 55 años,
antes que la Constitución de 1983.
La clausura preventiva aplicada por arba y la violación de los derechos del c...Alejandro Germán Rodriguez
A partir de enero de 2014 hemos visto como la ARBA comenzaba con la aplicación de las denominadas clausuras preventivas, en especial venía sucediendo respecto de contribuyentes no inscriptos en el impuesto sobre los Ingresos Brutos como “contribuyente directo”.
Sin embargo, al llegar el mes de febrero comenzaron a efectuar este procedimiento a los contribuyentes que no hayan efectuado el alta como Agentes de Recaudación del Régimen General —retención y percepción—, actuando de manera conjunta con la policía de la Provincia, y efectivizando en el acto las clausuras.
medios de defensa al alcance de los contribuyentes importadores/exportadores para combatir actos de autoridad de liquidación de créditos fiscales en materia aduanera
Nuevo anteproyecto de Ley de Probidad Pública: un esfuerzo de la sociedad c...FUSADES
El art. 240 de la Constitución establece que “los
funcionarios y empleados públicos que se enriquecieren
sin justa causa a costa de la Hacienda Pública o
Municipal, estarán obligados a restituir al Estado o al
Municipio, lo que hubieren adquirido ilegítimamente, sin
perjuicio de la responsabilidad en que hubieren incurrido,
conforme a las leyes.(…) Los funcionarios y empleados
que la ley determine están obligados a declarar el estado
de su patrimonio ante la Corte Suprema de Justicia (…)
dentro de los sesenta días siguientes a aquél en que
tomen posesión de sus cargos. (…) Al cesar en sus cargos,
los funcionarios y empleados aludidos, deberán hacer
una nueva declaración del estado de sus patrimonios.
(… )Los juicios por enriquecimiento sin causa justa sólo
podrán incoarse dentro de diez años siguientes a la fecha
en que el funcionario o empleado haya cesado en el cargo
cuyo ejercicio pudo dar lugar a dicho enriquecimiento.”
Lo relativo a esta disposición se regula en la Ley sobre
el Enriquecimiento Ilícito de Funcionarios y Empleados
Públicos (LEIFEP), la cual fue emitida hace 55 años,
antes que la Constitución de 1983.
7. para comprobar la existencia y
materialidad de las operaciones
comerciales entre contribuyentes,
8. COTEJO
obtener
certeza sobre la
veracidad de la
información y
la autenticidad de los
documentos que exhibe
el
auditado
PARA
contra los informes
y documentos que
obtiene de otras fuentes,
principalmente de
terceros
14. • Surge de la necesidad de otorgar
mayor seguridad jurídica al
pagador del impuesto toda vez
que la autoridad fiscal tendrá la
obligación de informar durante
el desarrollo de todos los
procedimientos
Concepto
Surge como nuevo modelo
de fiscalización.
Dota al SAT de capacidad para ejercer
sus facultades de comprobación.
Tomando como principal
herramienta: la información y
documentación que obre en poder de
la autoridad, sobre uno o más rubros
o conceptos específicos de una o
varias contribuciones.
15. Marco Legal
La exigencia Constitucional que en todo caso
que la autoridad fiscal pretenda realizar actos
de comprobación debe sujetarse a lo dispuesto
por el artículo 16 Constitucional.
Artículo 16
Artículo 42
El artículo 42 del Código Fiscal de la
Federación, en su fracción IX, el cual prevé un
nuevo sistema de fiscalización.
16. Finalidad
El 8 de septiembre de 2013, el Titular del
Ejecutivo Federal presentó la iniciativa
de la
Reforma Hacendaria en el cual se
propone la creación de un nuevo proceso
de
fiscalización denominado “Revisiones
Electrónicas”
Volver eficaz el
procedimiento
Otorgar mayor
seguridad
jurídica
Cobro eficiente de
contribuciones,
utilizando las tecnologías
de información y
comunicación.
Obligación de informar
durante el desarrollo
de todos los
procedimientos de
revisión a los
contribuyentes
17. El SAT, de acuerdo con la
información y documentación
que tenga en su poder,
emitirá una resolución
provisional que contendrá una
pre-liquidación a cargo de
los contribuyentes.
Los contribuyentes tendrán un
plazo de 15 días hábiles para
desvirtuar los hechos,
omisiones e irregularidades que
se les imputen en esa resolución
provisional, y
para presentar las pruebas
que correspondan.
Una vez realizados
estos pasos existen
diferentes vertientes
dentro del
procedimiento
Etapas del Procedimiento
18. Si el contribuyente
acepta la pre-liquidación,
podrá corregirse dentro
del plazo de
15 días. Con las pruebas que aporte el
contribuyente, el SAT podrá
efectuarle un segundo
requerimiento de información o
documentación, que deberá
contestar dentro de
los diez días hábiles siguientes.
Una vez obtenida la
información solicitada y en su
caso exhibidas las pruebas
aportadas por el contribuyente,
las autoridades fiscales
contarán con un plazo
máximo de 40 días hábiles para
la determinar los respectivos
créditos fiscales en
contra del contribuyente.
Vertietes en el procedimiento
22. ¿
Cuando las autoridades aduaneras detectan
alguna irregularidad, ya sea simplemente formal, o bien
por alguna falta grave
Se habla de faltas graves cuando se pretende introducir
mercancía sin el cumplimiento de sus obligaciones
aduaneras
o que ya en territorio aduanero, es decir, en territorio
nacional, salvo las franjas
fronterizas y los recintos fiscalizados estratégicos, no se
demuestra la legal estancia o
tenencia de mercancía de origen extranjero.
23.
24. Cuando la autoridad detecta irregularidades, en ese
momento se inicia el procedimiento, mediante el
levantamiento del acta de inicio donde se expresaran
de manera circunstanciada los hechos que pueden
constituir violaciones a las leyes aduaneras.
Cuando se inicia este procedimiento se decretará
el embargo de las mercancías (art. 151 L.A.), hasta
en tanto no se demuestre que las mismas se
encuentran legalmente en el país.
25. Al finalizar el levantamiento del acta, se otorgará al
responsable un plazo de 10 días hábiles, contados a partir
del día siguiente a aquél en que surta efectos la
notificación a fin de ofrecer pruebas y formular alegatos
que desvirtúen los
hechos consignados en el acta.
La autoridad, una vez que el expediente se encuentre debidamente
integrado contara, conforme en lo dispuesto en el artículo 152 de la
L.A de un plazo de cuatro meses para emitir la
resolución definitiva y en su defecto deberá poner a disposición del
interesado la
mercancía de su propiedad.
27. CONCEPTO Y
FUNDAMENTO
JURÍDICO
• También conocido como procedimiento económico-administrativo, es aquél que a travpes
del cual el Estado ejerce su facultado econmómico-coactiva.
• El fundamento de la obligación tributaria lo encontramos en el artículo 31 fracción IV de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos que dispone: “Artículo 31: Son
obligaciones de los mexicanos: IV. Contribuir para los gastos públicos, así de la
Federación, como de los Estados, de la Ciudad de México y del Municipio en que residan,
de la manera proporcional y equitativa que dispongan las leyes”.
28. OBJETO
Por la existencia de un crédito fiscal
exigible, ya se porque un pago en
parcialidades no se haya cubierto en los
térinos pactados o bien por el
incumplimiento en la garantía del interés
fiscal.
29. • A) EL REQUERIMIENTO
• B) EL EMBARGO
Art. 155 y 156 del CFF.
• C) EL REMATE
Art. 173 al 196-B del CFF.
30. COBRO DE
MULTAS
Cuando un particular o
empresa ha sido
sancionado con una multa
por parte de una
autoridad administrativa
(por ejemplo, por
incumplimiento de
regulaciones o
normativas), y no la paga
voluntariamente, la
autoridad puede iniciar el
procedimiento de
EJECUCIÓN DE
MEDIDAS
CORRECTIVAS
Si una empresa ha sido requerida
para corregir ciertas deficiencias o
irregularidades en sus actividades,
pero no cumple voluntariamente
con las órdenes de la autoridad
administrativa, ésta puede iniciar
un procedimiento de ejecución para
garantizar el cumplimiento de las
medidas correctivas.
DESALOJO DE
INMUEBLES
En el caso de ocupación ilegal de
un inmueble propiedad del
Estado o de terceros, la autoridad
administrativa puede iniciar un
procedimiento de ejecución para
desalojar a los ocupantes ilegales
y restituir la posesión del
inmueble al propietario legítimo.
EJEMPLOS
31. PROCEDIMIENTO EN
MATERIA DE OBRAS
PÚBLICAS Y DE
ADQUISICIONES,
ARRENDAMIENTOS Y
PRESTACIÓN DE SERVICIOS
AL SECTOR PÚBLICO.
32. • La obra pública resulta ser una de las
responsabilidades materiales más importante en el
que hacer de las autoridades ejecutivas del país.
• La ley define a la obra pública como los trabajos que
tengan objeto construir, instalar, ampliar, adecuar,
remodelar, restaurar, conservar, mantener, modificar
y demoler bienes inmuebles propiedad de la
federación
• La Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con
las Mismas.
33. La ley establece 3 diferentes formas
para contratar los trabajos de obra
pública.
A) La licitación Pública
B) La contratación por invitación a
cuando menos tres personas.
C) Por adjudicación directa.
37. CONCEPTO Y
OBJETO
Los servidores públicos, según el artículo 108 de la Constitución, son
responsables por sus acciones y omisiones en el ejercicio de sus
funciones. Nos enfocaremos en las responsabilidades
administrativas, que garantizan la legalidad y eficiencia en su
desempeño
El objetivo es asegurar que los servidores públicos cumplan con
la legalidad, honestidad, lealtad, imparcialidad y eficiencia en su
labor.
1.
2.
38. ETAPAS DEL
PROCEDIMIENTO
Citación a Audiencia: El presunto
responsable es convocado a una
audiencia para defenderse
Alegatos y Pruebas: Se
concede al presunto
responsable un plazo
para presentar
pruebas o argumentos
en su defensa
1. Resolución: La
autoridad competente
determina la
existencia o no de
responsabilidades en
un plazo de 45 días
hábiles.
Diligencias Adicionales: Se
pueden ordenar nuevas
investigaciones si es necesario
esclarecer el caso.
41. CONCEPTO Y
OBJETO
La propiedad industrial protege invenciones, diseños y
marcas. Regulada por la Ley de Propiedad Industrial,
busca promover la innovación y proteger los derechos
de los creadores.
Establecer un sistema que fomente la innovación,
mejore la calidad de los bienes y servicios, y proteja
la propiedad industrial
1.
2.
42. 1. Trámite y Otorgamiento de Derechos: Se solicitan y
otorgan patentes, registros y protección de marcas.
2.Sustanciación de Procedimientos: Se llevan a cabo
procedimientos para anular registros o resolver disputas
sobre derechos de propiedad industrial.
3.Inspección y Vigilancia: Se realizan inspecciones para
verificar el cumplimiento de la ley.
ETAPAS DEL
PROCEDIMIENTO