Presentación de Carlos Pinilla Dominguez, Socio Responsable del Departamento de Derecho Laboral de Garrigues Canarias: "Cuestiones relevantes de la aplicación de la reforma laboral en materia de flexibilidad interna y negociación colectiva". En el Foro CajaCanarias, Nueva Economía Nueva Empresa, en la Jornada “Análisis de la aplicación de la reforma laboral en las empresas un año después”, que se celebró el 14 de marzo 2013.
Presentación de Carlos Pinilla Dominguez, Socio Responsable del Departamento de Derecho Laboral de Garrigues Canarias: "Cuestiones relevantes de la aplicación de la reforma laboral en materia de flexibilidad interna y negociación colectiva". En el Foro CajaCanarias, Nueva Economía Nueva Empresa, en la Jornada “Análisis de la aplicación de la reforma laboral en las empresas un año después” del Foro CajaCanarias, Nueva Economía Nueva Empresa, que se celebró el 20 de marzo 2013 en Las Palmas de Gran Canaria.
Photoshop is a popular image editing software used by both professionals and hobbyists. It offers a wide range of tools for editing, enhancing, and compositing digital images. Users can adjust elements like color, light, and layout to retouch or create new photographic designs.
Este documento describe un experimento para hacer baterías caseras utilizando zumo de limón, vinagre, cobre y tajalápiz. Se instruye al lector a poner el zumo de limón en un vaso, vinagre en otro, y unir el cobre y tajalápiz con alambre para formar celdas. Luego se miden los voltajes de las celdas individuales y combinadas, observando si pueden encender un LED. El documento también incluye una tabla con los resultados del experimento.
Touch Systems Limited Overview Brochureemerson_welch
Right from its incorporation in 1989, Touch Systems Limited has an enviable record in providing tailored business management solutions using the latest computer technologies.
El Shiatsu es una terapia manual perfecta para el cuidado de la mujer embarazada ya que ayuda a aliviar molestias físicas como acidez y fatiga y proporciona apoyo emocional. A medida que la mujer se relaja, su familia también se beneficia de un estado de tranquilidad. El Shiatsu también prepara a la mujer físicamente para el parto y puede disminuir el dolor y la intensidad de las contracciones usando puntos de acupuntura.
Presentación de Carlos Pinilla Dominguez, Socio Responsable del Departamento de Derecho Laboral de Garrigues Canarias: "Cuestiones relevantes de la aplicación de la reforma laboral en materia de flexibilidad interna y negociación colectiva". En el Foro CajaCanarias, Nueva Economía Nueva Empresa, en la Jornada “Análisis de la aplicación de la reforma laboral en las empresas un año después” del Foro CajaCanarias, Nueva Economía Nueva Empresa, que se celebró el 20 de marzo 2013 en Las Palmas de Gran Canaria.
Photoshop is a popular image editing software used by both professionals and hobbyists. It offers a wide range of tools for editing, enhancing, and compositing digital images. Users can adjust elements like color, light, and layout to retouch or create new photographic designs.
Este documento describe un experimento para hacer baterías caseras utilizando zumo de limón, vinagre, cobre y tajalápiz. Se instruye al lector a poner el zumo de limón en un vaso, vinagre en otro, y unir el cobre y tajalápiz con alambre para formar celdas. Luego se miden los voltajes de las celdas individuales y combinadas, observando si pueden encender un LED. El documento también incluye una tabla con los resultados del experimento.
Touch Systems Limited Overview Brochureemerson_welch
Right from its incorporation in 1989, Touch Systems Limited has an enviable record in providing tailored business management solutions using the latest computer technologies.
El Shiatsu es una terapia manual perfecta para el cuidado de la mujer embarazada ya que ayuda a aliviar molestias físicas como acidez y fatiga y proporciona apoyo emocional. A medida que la mujer se relaja, su familia también se beneficia de un estado de tranquilidad. El Shiatsu también prepara a la mujer físicamente para el parto y puede disminuir el dolor y la intensidad de las contracciones usando puntos de acupuntura.
Noël et la fin d'année s'approchent à grands pas! An Van Rie Communication vous offre un petit cadeau de fin d'année! Une carte de vœux en trois langues avec des photos des Hautes Fagnes prises lors de quelques magnifiques promenades de ski de fond. Plus d'infos sur: www.avrc.be
Copywright An Van Rie
La copie ou reproduction est réservée à un usage strictement privé
This document is an invitation to a meet and greet event in support of Republican nominee Suzanne Scholte, who is running for Virginia's 11th Congressional District. The event is being hosted by Lillian Vogl on July 24th from 7-9 PM at her home in Reston, Virginia. The document provides the host's contact information and asks attendees to RSVP to the campaign.
Brother Jacob E. Armstrong III is a member in good standing of IBEW Local Union 527. He has been certified and classified as an Inside Journeyman Wireman/Instrument Tech by the local union. Armstrong has over five years of experience in the construction trade and has passed the Journeyman Inside Wireman exam. The letter serves to confirm Armstrong's qualifications and status with the local union as he seeks work in the area.
En Ile-de-France, les très petites entreprises (TPE) sont aussi représentées qu’en province, mais contribuent moins à l’emploi et à l’économie de la région. Elles sont plus souvent non employeuses qu’en province et exercent principalement dans le secteur des activités spécialisées, scientifiques et techniques, notamment dans le conseil pour les affaires et la gestion et dans les activités juridiques. Elles présentent des taux de marges plus élevés et des délais de paiement plus courts que les petites et moyennes entreprises de 10 à 19 salariés.
La reforma laboral de 2012 introdujo varios cambios clave para promover la contratación y flexibilidad en el mercado laboral español. Permitió que las empresas de trabajo temporal operen como agencias de colocación privadas para acelerar el encuentro entre oferta y demanda de empleo. Asimismo, mantuvo las normas sobre contratación temporal pero rescató la prohibición de encadenar contratos temporales más allá de 24 meses de forma consecutiva. Finalmente, la reforma buscó dar más flexibilidad a las empresas ante dificultades económicas facilitando opcion
La reforma laboral de 2012 introdujo cambios en la contratación, formación y flexibilidad laboral en España. Permitió que las empresas de trabajo temporal operen como agencias de colocación y modificó los contratos de aprendizaje y formación. También promovió la contratación indefinida en pymes mediante incentivos fiscales y bonificaciones en la seguridad social para la contratación de jóvenes, desempleados y mayores de 45 años.
La reforma laboral de 2012 introdujo varios cambios clave para promover la contratación y flexibilidad en el mercado laboral español. Permitió que las empresas de trabajo temporal operen como agencias de colocación privadas para acelerar el encuentro entre oferta y demanda de empleo. Asimismo, mantuvo las normas sobre contratación temporal pero rescató la prohibición de encadenar contratos temporales más allá de 24 meses de forma consecutiva. Finalmente, la reforma buscó dar más flexibilidad a las empresas ante dificultades económicas facilitando opcion
La reforma laboral de 2012 introduce cambios en la contratación, formación y flexibilidad laboral en España. Permite a las empresas de trabajo temporal operar como agencias de colocación y modifica los contratos de formación y aprendizaje, incluyendo reducciones en las cuotas a la Seguridad Social. También promueve la contratación indefinida en pymes mediante incentivos fiscales y bonificaciones para la contratación de jóvenes, desempleados y mayores de 45 años.
Resumen Reforma Laboral 2012 por GarriguesAntiguosUPV
En el presente documento de Novedades se recogen, de forma sumaria, los aspectos más relevantes del Real Decreto-ley 3/2012, de 10 de febrero, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral que ha entrado en vigor el 12 de febrero de 2012.
Sesiones informativas reforma laboral parte 1-2-3elagit
La reforma laboral facilita los despidos colectivos (ERE) y las modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo. Los ERE ya no necesitan la aprobación de la administración laboral y pueden tramitarse con pérdidas previstas o por motivos de competitividad. También se amplían las causas y se reducen las indemnizaciones para los despidos individuales.
Este documento presenta alternativas a la extinción del contrato de trabajo en situaciones de crisis económica. Se discuten opciones como la modificación de cláusulas contractuales, la negociación colectiva para introducir más flexibilidad, y cambios en la retribución a través de primas variables. También se analizan mecanismos como la movilidad funcional y territorial para reubicar trabajadores sin necesidad de extinguir contratos. El objetivo es ofrecer herramientas jurídicas que permitan a las empresas ajustar plantillas ante la crisis
Tras un año de funcionamiento de la Reforma Laboral, abordamos desde un punto de vista práctico los elementos que permiten a las empresas poner en marcha medidas para flexibilizar las relaciones laborales internas
La reforma laboral de 2012 facilita la contratación temporal y el despido, reduce la indemnización por despido improcedente, y otorga más poder a los empresarios en la negociación colectiva. Los sindicatos se oponen y planean manifestaciones y una huelga general para protestar contra las medidas, las cuales creen que empeorarán la precariedad laboral.
La reforma laboral de 2012 facilita la contratación temporal y el despido, reduce la indemnización por despido improcedente, y otorga más poder a los empresarios en la negociación colectiva. Los sindicatos se oponen y planean manifestaciones, huelgas y otras acciones para protestar contra los cambios.
Pequeña Historia de las reformas laboralesCGTValncia
Power Point realizado por Miguel Ángel Garrido para el ciclo de sindicalismo que se realizó durante los viernes del mes de febrero en CGT-València. Las sucesivas reformas laborales desde 1976 a 2021
El documento resume los principales cambios introducidos por la reforma laboral de 2012 en España en materia de flexibilidad, negociación colectiva, empleabilidad y formación, despidos y tipos de contratos. Algunos de los cambios clave incluyen dar prioridad a los convenios de empresa, facilitar suspensiones y modificaciones de contratos, ampliar las causas de despido objetivo, e introducir un nuevo contrato indefinido para pymes.
El pasado 13 de febrero entró en vigor la reforma de la ley laboral. Trabajadores, patronal, sindicatos, particidos políticaos e instituciones se han posicionado a favor y en contra de esta reforma que para unos facilita el despido y para otros fomenta la contratación.
Pero, ¿en qué beneficia la nueva reforma laboral a las compañías? ¿y a los trabajadores? ¿Facilita el despido de los trabajadores? ¿Qué papel desempeñarán las agencias de trabajo temporal? ¿Reducirá la temporalidad de los contratos? ¿Reducirá el absentismo? ¿Fomenta realmente el teletrabajo?
Este documento resume las principales consecuencias de la reforma laboral de 2010 en España para los derechos de los trabajadores. En particular, analiza cómo la reforma facilita el despido de trabajadores fijos al ampliar las causas para despedir, limitar la tutela judicial de los despidos y facilitar el despido exprés sin abono de salarios de tramitación. También explica cómo la reforma afecta negativamente a los derechos de los trabajadores en materia de negociación colectiva y contratación.
Noël et la fin d'année s'approchent à grands pas! An Van Rie Communication vous offre un petit cadeau de fin d'année! Une carte de vœux en trois langues avec des photos des Hautes Fagnes prises lors de quelques magnifiques promenades de ski de fond. Plus d'infos sur: www.avrc.be
Copywright An Van Rie
La copie ou reproduction est réservée à un usage strictement privé
This document is an invitation to a meet and greet event in support of Republican nominee Suzanne Scholte, who is running for Virginia's 11th Congressional District. The event is being hosted by Lillian Vogl on July 24th from 7-9 PM at her home in Reston, Virginia. The document provides the host's contact information and asks attendees to RSVP to the campaign.
Brother Jacob E. Armstrong III is a member in good standing of IBEW Local Union 527. He has been certified and classified as an Inside Journeyman Wireman/Instrument Tech by the local union. Armstrong has over five years of experience in the construction trade and has passed the Journeyman Inside Wireman exam. The letter serves to confirm Armstrong's qualifications and status with the local union as he seeks work in the area.
En Ile-de-France, les très petites entreprises (TPE) sont aussi représentées qu’en province, mais contribuent moins à l’emploi et à l’économie de la région. Elles sont plus souvent non employeuses qu’en province et exercent principalement dans le secteur des activités spécialisées, scientifiques et techniques, notamment dans le conseil pour les affaires et la gestion et dans les activités juridiques. Elles présentent des taux de marges plus élevés et des délais de paiement plus courts que les petites et moyennes entreprises de 10 à 19 salariés.
La reforma laboral de 2012 introdujo varios cambios clave para promover la contratación y flexibilidad en el mercado laboral español. Permitió que las empresas de trabajo temporal operen como agencias de colocación privadas para acelerar el encuentro entre oferta y demanda de empleo. Asimismo, mantuvo las normas sobre contratación temporal pero rescató la prohibición de encadenar contratos temporales más allá de 24 meses de forma consecutiva. Finalmente, la reforma buscó dar más flexibilidad a las empresas ante dificultades económicas facilitando opcion
La reforma laboral de 2012 introdujo cambios en la contratación, formación y flexibilidad laboral en España. Permitió que las empresas de trabajo temporal operen como agencias de colocación y modificó los contratos de aprendizaje y formación. También promovió la contratación indefinida en pymes mediante incentivos fiscales y bonificaciones en la seguridad social para la contratación de jóvenes, desempleados y mayores de 45 años.
La reforma laboral de 2012 introdujo varios cambios clave para promover la contratación y flexibilidad en el mercado laboral español. Permitió que las empresas de trabajo temporal operen como agencias de colocación privadas para acelerar el encuentro entre oferta y demanda de empleo. Asimismo, mantuvo las normas sobre contratación temporal pero rescató la prohibición de encadenar contratos temporales más allá de 24 meses de forma consecutiva. Finalmente, la reforma buscó dar más flexibilidad a las empresas ante dificultades económicas facilitando opcion
La reforma laboral de 2012 introduce cambios en la contratación, formación y flexibilidad laboral en España. Permite a las empresas de trabajo temporal operar como agencias de colocación y modifica los contratos de formación y aprendizaje, incluyendo reducciones en las cuotas a la Seguridad Social. También promueve la contratación indefinida en pymes mediante incentivos fiscales y bonificaciones para la contratación de jóvenes, desempleados y mayores de 45 años.
Resumen Reforma Laboral 2012 por GarriguesAntiguosUPV
En el presente documento de Novedades se recogen, de forma sumaria, los aspectos más relevantes del Real Decreto-ley 3/2012, de 10 de febrero, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral que ha entrado en vigor el 12 de febrero de 2012.
Sesiones informativas reforma laboral parte 1-2-3elagit
La reforma laboral facilita los despidos colectivos (ERE) y las modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo. Los ERE ya no necesitan la aprobación de la administración laboral y pueden tramitarse con pérdidas previstas o por motivos de competitividad. También se amplían las causas y se reducen las indemnizaciones para los despidos individuales.
Este documento presenta alternativas a la extinción del contrato de trabajo en situaciones de crisis económica. Se discuten opciones como la modificación de cláusulas contractuales, la negociación colectiva para introducir más flexibilidad, y cambios en la retribución a través de primas variables. También se analizan mecanismos como la movilidad funcional y territorial para reubicar trabajadores sin necesidad de extinguir contratos. El objetivo es ofrecer herramientas jurídicas que permitan a las empresas ajustar plantillas ante la crisis
Tras un año de funcionamiento de la Reforma Laboral, abordamos desde un punto de vista práctico los elementos que permiten a las empresas poner en marcha medidas para flexibilizar las relaciones laborales internas
La reforma laboral de 2012 facilita la contratación temporal y el despido, reduce la indemnización por despido improcedente, y otorga más poder a los empresarios en la negociación colectiva. Los sindicatos se oponen y planean manifestaciones y una huelga general para protestar contra las medidas, las cuales creen que empeorarán la precariedad laboral.
La reforma laboral de 2012 facilita la contratación temporal y el despido, reduce la indemnización por despido improcedente, y otorga más poder a los empresarios en la negociación colectiva. Los sindicatos se oponen y planean manifestaciones, huelgas y otras acciones para protestar contra los cambios.
Pequeña Historia de las reformas laboralesCGTValncia
Power Point realizado por Miguel Ángel Garrido para el ciclo de sindicalismo que se realizó durante los viernes del mes de febrero en CGT-València. Las sucesivas reformas laborales desde 1976 a 2021
El documento resume los principales cambios introducidos por la reforma laboral de 2012 en España en materia de flexibilidad, negociación colectiva, empleabilidad y formación, despidos y tipos de contratos. Algunos de los cambios clave incluyen dar prioridad a los convenios de empresa, facilitar suspensiones y modificaciones de contratos, ampliar las causas de despido objetivo, e introducir un nuevo contrato indefinido para pymes.
El pasado 13 de febrero entró en vigor la reforma de la ley laboral. Trabajadores, patronal, sindicatos, particidos políticaos e instituciones se han posicionado a favor y en contra de esta reforma que para unos facilita el despido y para otros fomenta la contratación.
Pero, ¿en qué beneficia la nueva reforma laboral a las compañías? ¿y a los trabajadores? ¿Facilita el despido de los trabajadores? ¿Qué papel desempeñarán las agencias de trabajo temporal? ¿Reducirá la temporalidad de los contratos? ¿Reducirá el absentismo? ¿Fomenta realmente el teletrabajo?
Este documento resume las principales consecuencias de la reforma laboral de 2010 en España para los derechos de los trabajadores. En particular, analiza cómo la reforma facilita el despido de trabajadores fijos al ampliar las causas para despedir, limitar la tutela judicial de los despidos y facilitar el despido exprés sin abono de salarios de tramitación. También explica cómo la reforma afecta negativamente a los derechos de los trabajadores en materia de negociación colectiva y contratación.
Este documento resume los principales puntos de la Ley 35/2010 de medidas urgentes para la reforma del mercado de trabajo en España. La ley introduce cambios en el contrato temporal por obra o servicio, limitando su duración a 3 años, en la concatenación de contratos temporales, elevando la indemnización por su finalización, ampliando el contrato de fomento a nuevos colectivos y modificando los despidos objetivos y colectivos.
El documento describe la agenda de una conferencia sobre medidas de flexibilidad interna como alternativa a los ajustes de empleo. La conferencia contará con varias sesiones en las que expertos analizarán el impacto de las medidas de flexibilidad implementadas, aspectos jurídicos de su aplicación, negociación colectiva, comunicación en procesos de cambio laboral, y experiencias de empresas que han optimizado sus estructuras a través de la flexibilidad interna. El evento tendrá lugar el 12 de junio en Madrid.
Propuestas de reformas laborales aprobadas por el consejo nacional de trabajo...Gabriel Recalde Bolaños
Las propuestas de reformas laborales incluyen:
1) Permitir contratos individuales de 1-2 años para ciertos sectores sin precarizar derechos.
2) Eliminar el recargo del 35% para contratos eventuales y ocasionales a partir de la publicación.
3) Flexibilizar horarios siempre que se llegue a consenso entre empleadores, trabajadores y sindicatos, y sin ampliar la jornada arbitrariamente ni restringir pagos extras.
Este documento resume los principales cambios introducidos por la reforma laboral de 2010 en materia de contratos temporales, despidos colectivos y objetivos, suspensiones y reducciones de jornada, y modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo. Entre los cambios introducidos se eliminan los límites temporales de los contratos de obra o servicio, se endurecen los requisitos para que los contratos temporales se conviertan en indefinidos, y se facilita la aplicación de suspensiones y reducciones de jornada por parte de las empresas.
2010 06 11 lineas esenciales de la reforma laboralPSOE Alaquàs
La reforma laboral tiene como objetivo reducir la tasa de desempleo y aumentar la productividad mediante la corrección de la dualidad en el mercado laboral, promoviendo la estabilidad en el empleo e incrementando la flexibilidad interna de las empresas. Algunas de las principales medidas son ampliar el uso de contratos indefinidos, reducir los costos de despido, limitar los contratos temporales y aumentar la indemnización por su finalización, e introducir más flexibilidad en la negociación colectiva.
Similar a Presentación Carlos Pinilla en la Jornada "Análisis de la Aplicación de la Reforma Laboral en las empresas un año después" Marzo 2013 (20)
El despacho Montero Aramburu Abogados Canarias explica en esta presentación el nuevo Régimen Económico y Fiscal de Canarias para el período 2015-2020, con especial referencia al sector industrial canario. #planinduscan www.planinduscan.es
El despacho Montero Aramburu Abogados Canarias analiza el nuevo Impuesto sobre Sociedades para las empresas industriales canarias. #planinduscan www.planinduscan.es
Presentación de la nueva convocatoria de subvenciones y ayudas para la modernización y diversificación del sector industrial canario de la Consejería de Empleo, Industria y Comercio. #planinduscan www.planinduscan.es
Este documento presenta las claves para rentabilizar una web empresarial, incluyendo requisitos como distinguirse de la competencia, apuntar al público objetivo y competir con palabras clave y contenidos relevantes. También cubre errores comunes como dejar el desarrollo web a personas no calificadas y proporciona herramientas y estrategias como optimizar la web, crear contenido para atraer clientes, conseguir leads y convertirlos en ventas a través de boletines, webinars y redes sociales. Finalmente, recomienda optimizar per
Presentación de la conferencia de Alfons Cornella en el Foro nueva economía, nueva empresa bajo el título "Aprendamos a innovar en la economía digital".
Presentación de Alfonso Alcántara en el Foro nueva economía, nueva empresa del día 27 de octubre en el Espacio Cultural CajaCanarias Rafael Daranas en Santa Cruz de La Palma
Presentación de Juan Merodio en la conferencia "Las redes sociales como herramienta de marketing y fidelización" en el marco del Foro nueva economía, nueva empresa celebrada el día 25 de septiembre en el Espacio Cultural Rafael Daranas en Santa Cruz de La Palma.
El 19 de febrero 2014 se celebró la Jornada "La economía digital y la transformación económica" en el marco del Foro Nueva Economía, Nueva Empresa. En este nuevo encuentro participó Juan Freire, director de Innovación del grupo Barrabés y emprendedor con una interesante conferencia bajo el título "Senderos hacia el futuro. Oportunidades en la economía digital".
Para más información de las próximas jornadas de #Foroe, puedes pasar por www.foroe.es
El 19 de febrero 2014 se celebró la Jornada "La economía digital y la transformación económica" en el marco del Foro Nueva Economía, Nueva Empresa. En este nuevo encuentro participó Dolors Reig, psicóloga social y autora de "Socionomía", con una interesante conferencia bajo el título "Tendencias y nuevas formas de actuar en la economía digital".
Para más información de las próximas jornadas de #Foroe, puedes pasar por www.foroe.es
El 19 de febrero 2014 se celebró la Jornada "La economía digital y la transformación económica" en el marco del Foro Nueva Economía, Nueva Empresa. En este nuevo encuentro participó José Cabrera, miembro del Consejo Asesor de Oracle y Ex vicepresidente de Sun Microsystems, con una interesante conferencia bajo el título "Innovación y tecnología, un reto adaptativo".
Para más información de las próximas jornadas de #Foroe, puedes pasar por www.foroe.es
Conferencia "El reto de la internacionalización en la industria" impartida por Jesús Martín Sanz, Director del Programa de Internacionalización de la Escuela de Organización Industrial EOI, en el marco de la jornada sobre los retos y oportunidades en el sector Industrial el pasado día 17 de febrero de 2014.
El documento describe los retos y oportunidades del sector industrial en Europa y España, incluyendo la necesidad de aumentar la inversión en I+D, mejorar la productividad y el tamaño de las empresas. También discute los cambios tecnológicos, de mercado y financieros que afectan a las empresas, y propone una visión para 2020 basada en fábricas inteligentes, colaborativas y centradas en el cliente.
Presentación de Juan Pastor sobre "El reto de la innovación en el sector industrial" dentro de la jornada Retos y Oportunidades en el Sector Industrial, que se realizó el pasado 3 de febrero dentro del Programa Formativo para el Sector Industrial.
Presentación de Jesús Martín Sanz, "El reto de la internacionalización en el sector industrial" dentro de la jornada Retos y Oportunidades en el Sector Industrial, que se realizó el pasado 3 de febrero dentro del Programa Formativo para el Sector Industrial.
The document discusses lean management and its principles for improving industrial competitiveness. It introduces lean management and its basic concepts like eliminating waste, just-in-time production, and continuous improvement. It also explains how lean management can be applied beyond manufacturing to other sectors and functions of a company. The overall goal is to help companies in the Canary Islands region address challenges and take advantage of opportunities in the industrial sector through strategies like innovation, operational excellence, and internationalization.
El 14 Enero 2014 arrancó un nuevo espacio de encuentros, el Foro Nueva Economía Nueva Empresa, #Foroe, con la jornada "Nuevo Modelo Económico: Identificando claves y tendencias". Albert Cañigueral fue uno de los ponentes invitados y en esta presentación podrás encontrar su ponencia sobre "Senderos hacia el futuro: Modelos de negocio en la era colaborativa".
Para más información de las próximas jornadas de #Foroe, puedes pasar por www.foroe.es
El 14 Enero 2014 se inauguró un nuevo espacio de encuentros, el Foro Nueva Economía Nueva Empresa, #Foroe, con la jornada "Nuevo Modelo Económico: Identificando claves y tendencias". Julen Iturbe fue uno de los ponentes invitados y en esta presentación podrás encontrar su ponencia sobre "Algunas claves y tendencias en el modelo económico".
Para más información de las próximas jornadas de #Foroe, puedes pasar por www.foroe.es
Durante la jornada sobre la nueva Ley de apoyo a los emprendedores del pasado 28 octubre de 2013, se analizaron las modificaciones legislativas y consideraciones sobre aspectos de carácter mercantil, por la ponente María Sáenz, abogada de MONTERO ARAMBURU Abogados.
Durante la jornada sobre la nueva Ley de apoyo a los emprendedores del pasado 28 octubre de 2013, se analizaron las modificaciones en la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal, y otras novedades en el ámbito concursal, por el ponente José Minero, abogado de MONTERO ARAMBURU Abogados.
Durante la jornada sobre la nueva Ley de apoyo a los emprendedores del pasado 28 octubre de 2013, se analizaron las modificaciones en material laboral y seguridad social, por la ponente Elena Piqueras, abogada de MONTERO ARAMBURU Abogados.
El-Codigo-De-La-Abundancia para todos.pdfAshliMack
Si quieres alcanzar tus sueños y tener el estilo de vida que deseas, es primordial que te comprometas contigo mismo y realices todos los ejercicios que te propongo para recibieron lo que mereces, incluso algunos milagros que no tenías en mente
Mi Carnaval, sistema utilizará algoritmos de ML para optimizar la distribució...micarnavaltupatrimon
El sistema utilizará algoritmos de ML para optimizar la distribución de recursos, como el transporte, el alojamiento y la seguridad, en función de la afluencia prevista de turistas. La plataforma ofrecerá una amplia oferta de productos, servicios, tiquetería e información relevante para incentivar el uso de está y generarle valor al usuario, además, realiza un levantamiento de datos de los espectadores que se registran y genera la estadística demográfica, ayudando a reducir la congestión, las largas filas y otros problemas, así como a identificar áreas de alto riesgo de delincuencia y otros problemas de seguridad.
Bienvenido al mundo real de la teoría organizacional. La suerte cambiante de Xerox
muestra la teoría organizacional en acción. Los directivos de Xerox estaban muy involucrados en la teoría organizacional cada día de su vida laboral; pero muchos nunca se
dieron cuenta de ello. Los gerentes de la empresa no entendían muy bien la manera en que
la organización se relacionaba con el entorno o cómo debía funcionar internamente. Los
conceptos de la teoría organizacional han ayudado a que Anne Mulcahy y Úrsula analicen
y diagnostiquen lo que sucede, así como los cambios necesarios para que la empresa siga
siendo competitiva. La teoría organizacional proporciona las herramientas para explicar
el declive de Xerox, entender la transformación realizada por Mulcahy y reconocer algunos pasos que Burns pudo tomar para mantener a Xerox competitiva.
Numerosas organizaciones han enfrentado problemas similares. Los directivos de
American Airlines, por ejemplo, que una vez fue la aerolínea más grande de Estados
Unidos, han estado luchando durante los últimos diez años para encontrar la fórmula
adecuada para mantener a la empresa una vez más orgullosa y competitiva. La compañía
matriz de American, AMR Corporation, acumuló $11.6 mil millones en pérdidas de 2001
a 2011 y no ha tenido un año rentable desde 2007.2
O considere los errores organizacionales dramáticos ilustrados por la crisis de 2008 en el sector de la industria hipotecaria
y de las finanzas en los Estados Unidos. Bear Stearns desapareció y Lehman Brothers se
declaró en quiebra. American International Group (AIG) buscó un rescate del gobierno
estadounidense. Otro icono, Merrill Lynch, fue salvado por formar parte de Bank of
America, que ya le había arrebatado al prestamista hipotecario Countrywide Financial
Corporation.3
La crisis de 2008 en el sector financiero de Estados Unidos representó un
cambio y una incertidumbre en una escala sin precedentes, y hasta cierto grado, afectó a
los gerentes en todo tipo de organizaciones e industrias del mundo en los años venideros.
Presentación Carlos Pinilla en la Jornada "Análisis de la Aplicación de la Reforma Laboral en las empresas un año después" Marzo 2013
1. Jornada sobre
Conferencia Análisis de la aplicación de la
reforma laboral en las empresas
un año después
Colabora:
C l b Dirección técnica:
1
2. Cuestiones relevantes de la aplicación de la
reforma laboral en materia de flexibilidad
interna y negociación colectiva
Santa Cruz de Tenerife, 14 de marzo de 2013
Carlos Pinilla Domínguez
3. REFORMA LABORAL
Real Decreto Ley 3/2012, de 10 de febrero, de medidas urgentes para la reforma
del mercado laboral (BOE 11 de febrero de 2012).
Entrada en vigor: 12 de febrero de 2012
2012.
Ley 3/2012, de 6 de julio, de medidas urgentes para la reforma del mercado
laboral (BOE 7 de julio de 2012).
Entrada
E t d en vigor: 8 d j li d 2012
i de julio de 2012.
Real Decreto Ley 1483/2012, de 29 de octubre, por el que se aprueba el
Reglamento de los procedimientos de despido colectivo y de suspensión de
contratos y reducción de jornada
3
4. ÍNDICE
BLOQUE 1.- FLEXIBILIDAD INTERNA
1.1.- Breve análisis del procedimiento para modificar condiciones de trabajo.
1.2.- La modificación de condiciones de trabajo como medida
paliativa/alternativa a la extinción.
Mediante la reducción del coste salarial de la plantilla.
p
Mediante la adaptación del tiempo de trabajo.
4
5. 1.- FLEXIBILIDAD INTERNA
1.1.- Breve análisis del procedimiento para modificar condiciones de trabajo.
■ Las causas
■ Razones económicas, técnicas, organizativas o de producción.
■ ¿Necesidad del juicio de razonabilidad?
■ ¿Existe el mismo rigor causal para modificar que para extinguir?
SAN 28 de mayo de 2012.
5
6. 1.- FLEXIBILIDAD INTERNA
1.1.- Breve análisis del procedimiento para modificar condiciones de trabajo.
■ Las condiciones susceptibles de ser modificadas
■ Listado (no cerrado) de condiciones susceptibles de ser modificadas.
- Jornada de trabajo.
- Horario y distribución del tiempo de trabajo.
- Régimen de trabajo a t rnos
turnos.
- Sistema de remuneración y cuantía salarial.
- Sistema de trabajo y rendimiento.
- Funciones, cuando excedan de los límites previstos en el art. 39 ET para la
movilidad funcional.
6
7. 1.- FLEXIBILIDAD INTERNA
1.1.- Breve análisis del procedimiento para modificar condiciones de trabajo.
■ Cómputo y procedimiento: medidas individuales Vs. Medidas colectivas.
■ Se simplifica la distinción entre modificaciones individuales y colectivas. Mejora la
claridad normativa y la seguridad jurídica:
■ Definición general: las modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo
podrán afectar a las condiciones reconocidas a los trabajadores en el contrato de
trabajo, en acuerdos o pactos colectivos o disfrutadas por éstos en virtud de una
decisión unilateral del empresario de efectos colectivos
colectivos.
- ¿Vía de alteración en sede colectiva de condiciones individuales?
■ Ahora el carácter colectivo de la modificación sólo se produce por superación de
umbrales Que en un período de noventa días afecte al menos a:
umbrales. días,
- 10 trabajadores, en las empresas que ocupen menos de cien trabajadores.
- El 10 por ciento del número de trabajadores de la empresa en aquellas que ocupen
entre cien y t
t i trescientos t b j d
i t trabajadores.
- Treinta trabajadores, en las empresas que ocupen más de trescientos trabajadores.
■ Problemática interpretativa acerca del cómputo: ¿Qué computa dentro del periodo
de 90 días?
- ¿Modificaciones del mismo tipo con independencia de sus causas?
- ¿Todo tipo de modificaciones con independencia de las causas?
- ¿Todo tipo de modificaciones vinculadas a las mismas causas?
7
8. 1.- FLEXIBILIDAD INTERNA
1.1.- Breve análisis del procedimiento para modificar condiciones de trabajo.
■ La ejecutividad de la medida en caso de desacuerdo.
Medida Colectiva Medida Individual
¿Es necesaria la comunicación y el
preaviso de 7 días en las MSCT colectivas
con acuerdo?
8
9. 1.- FLEXIBILIDAD INTERNA
1.1.- Breve análisis del procedimiento para modificar condiciones de trabajo.
■ Sentencia Audiencia Nacional de 15 de febrero de 2013 MSC (salario y jornada)
■ Empresa que en los primeros 8 meses de 2012 tiene una caída del 29% de la facturación con
un resultado negativo antes de impuestos de 1.431 miles de euros.
g p
■ Medidas adoptadas y efectos: reducción salarial del 5% (ahorro de 500 miles euros) y
aumento jornada laboral 105 horas (aumento facturación 1.714 miles euros).
■ Tras la MSC las retribuciones son muy superiores a las de los convenios del metal y la
MSC,
jornada se adecúa la anual del CC de Guipúzcoa.
■ Documentación a entregar periodo de consultas: el ET y el RD 801/2011 o el RD 1483/2012
no lo regula; cita del art 64 1 ET; la empresa aportó la información imprescindible y
art. 64.1
necesaria, no siendo el desglose individual de los gastos salariales un dato imprescindible
para que la negociación alcanzara sus fines.
■ Periodo de consultas se consume cuando la empresa convoca diversas reuniones y la RLT
p
manifiesta a lo largo de todo el periodo su decisión de no negociar con la empresa ninguna
medida de MSC de trabajo.
■ No existe una discrecionalidad absoluta del empresario, quien deberá acreditar la
concurrencia de circunstancias que incidan en su competitividad, su productividad o su
organización del trabajo que justifiquen razonablemente las modificaciones propuestas.
Cuando la medida tomada se adecua a su pérdida de competitividad, así como a las
disfunciones entre la oferta de sus productos y la respuesta del mercado, no se infringe el
p p , g
citado art. del ET
■
9
10. 1.- FLEXIBILIDAD INTERNA
1.2.- La modificación de condiciones de trabajo como medida
paliativa/alternativa a la extinción
extinción.
■ MSC retributiva: reducción del coste salarial de la plantilla.
■ Supresión/variabilización de conceptos retributivos
p p
● Retribuciones que tengan su fuente exclusiva de reconocimiento en un Convenio
Colectivo no estatutario o supongan un plus sobre el orden convencional de referencia,
introducido a través de un acuerdo o pacto colectivo, o una decisión unilateral del
empresario de efectos colectivos.
● Mejoras retributivas que, sin tener su origen en ninguno de los instrumentos anteriores,
son disfrutadas por los trabajadores a título exclusivamente individual.
■ Sentencias paradigmáticas: SAN 10 de marzo de 2011 y 28 de mayo de 2012, STS 5 junio de 2012
A.N. 28 mayo 2012. Ibm Global Services España. MSC, promovida por la empresa, en el régimen
de retribuciones de guardias, atención a clientes y disponibilidad
- La empresa acreditó que la medida tomada impulsaba su competitividad y su productividad,
mejorando su organización del trabajo. Se ha acreditado que la empresa ha reducido sus
ingresos y consecuentemente sus beneficios, que se mantienen positivos, entre 2009 y 2010,
lo que acredita contundentemente la concurrencia de problemas generales de competitividad
y productividad, que se han identificado precisamente, al menos, en el régimen retributivo de
los servicios de guardias y atención a los clientes, puesto que se ha demostrado que las
empresas de la competencia retribuyen servicios similares a precios inferiores.
10
11. 1.- FLEXIBILIDAD INTERNA
1.2.- La modificación de condiciones de trabajo como medida
paliativa/alternativa a la extinción
extinción.
■ MSC retributiva: reducción del coste salarial de la plantilla.
■ Alternativa a la limitación del Convenio Colectivo: MSCT (41 ET) + Reducción
( )
de jornada (47 ET)
Mejora
Retribución Convenio
Convenio
Art. 41 ET
Art. 41 ET Art. 47 ET
11
12. 1.- FLEXIBILIDAD INTERNA
1.2.- La modificación de condiciones de trabajo como medida
paliativa/alternativa a la extinción
extinción.
■ MSC retributiva: reducción del coste salarial de la plantilla (alternativa).
■ La creación de dobles escalas salariales lícitas: la “compra de mochilas”
p
- Concepto de doble escala salarial: establecimiento de diferencias salariales entre
trabajadores ya contratados en el momento de la firma de un convenio colectivo
(o acuerdo colectivo de ámbito de empresa) y los que se vayan a contratar a
partir de ese momento.
- ¿Es lícita? En principio, NO.
- Excepción a lo anterior: existencia de una justificación objetiva y razonable. Juicio
de razonabilidad y de proporcionalidad:
● Vinculación a un objetivo coherente de fomento de empleo (en la
actualidad, no es factible).
● Necesidad de reestructuración y/o saneamiento de la Entidad (SAN 17 de
junio de 2004).
- Alternativa (compra de mochilas): Supresión definitiva de conceptos +
Consolidación de importes (complemento ad personam) en personal anterior.
12
13. 1.- FLEXIBILIDAD INTERNA
1.2.- La modificación de condiciones de trabajo como medida
paliativa/alternativa a la extinción
extinción.
■ MSC jornada de trabajo: la adaptación del tiempo de trabajo.
■ Régimen de distribución irregular de la jornada: no estamos ante una MSC
MSC.
- Distribución irregular de la jornada: 10 % de la jornada anual podrá ser distribuida
irregularmente a disposición del empresario.
- El t b j d d b á conocer con un preaviso mínimo d cinco dí el dí y l h
trabajador deberá i í i de i días l día la hora d l
de la
prestación de trabajo resultante de aquélla.
■ La reducción de jornada -definitiva- a través del art. 41 ET.
- El art. 47 ET permite la reducción -temporal- de jornada con reducción proporcional de
salario.
- El art. 41 ET permite la modificación de la jornada de forma cualitativa -distribución- y
cuantitativa -a la baja respecto a la establecida en el C
Convenio C
Colectivo de aplicación-
ó
- El art. 12.4 ET permite la conversión de contratos a tiempo completo en contratos a tiempo
parcial, exigiendo la concurrencia del consentimiento del trabajador afectado.
- ¿Sería posible, adicionalmente, reducir la jornada -de forma definitiva- con reducción
proporcional de salario, al amparo de lo establecido en el art. 41 ET?
■ Reducción de Jornada + Suspensión de Contratos, afectando al mismo
colectivo.
13
14. 1.- FLEXIBILIDAD INTERNA
1.1.- Breve análisis del procedimiento para modificar condiciones de trabajo.
■ MSC jornada de trabajo: la adaptación del tiempo de trabajo.
■ ¿Se puede modificar la jornada de trabajo unilateralmente?
■ Antes de la reforma: Sentencias a favor: STS 7/10/2011 y 14/05/2007 (unificación de
doctrina)
- Reducción significativa de la jornada (30,5 %) de 4 trabajadores que prestaban servicios a
tiempo completo decidida unilateralmente por la empresa. No supone una vulneración de lo
previsto en el art. 12.4 ET, precisamente porque esa transformación no llegó a producirse .
No hay mutación del contrato a tiempo completo al contrato a tiempo parcial sino la mera
reducción de jornada en contrato a tiempo completo que persiste como tal categoría jurídica
puesto que la específica modalidad que supone el contrato a tiempo parcial únicamente
puede ser fruto de una novación extintiva.
■ Después de la reforma: SJS nº 3 Navarra 12/11/2012
- Reducción de la jornada de trabajo por la vía del art 41 ET y carácter definitivo La medida se
art. definitivo.
deja sin efecto al tratarse de una novación de jornada a tiempo completo a tiempo parcial,
contraria al art. 12.4 ET y a la Directiva 97/81. La doctrina casacional en la materia no es ya
de aplicación, al contemplarse la reducción temporal por causas económicas, técnicas,
organizativas y productivas en el artículo 47 ET El legislador ha regulado de forma específica
ET.
la reducción temporal de la jornada, no así la reducción de forma definitiva, porque la misma
ya tiene una regla, que no es el art. 41, sino el art. 12.4.e) ET.
■ SJS nº 1 LPA 27/0272013: estima la posición empresarial porque vino precedida de acuerdo.
p p p q p
14
15. ÍNDICE
BLOQUE 2.- NEGOCIACIÓN COLECTIVA
El Convenio de Empresa y la inaplicación del convenio colectivo como
herramientas de determinación de las condiciones laborales.
2.1.- El Convenio de Empresa Vs. Inaplicación de Convenio.
2.2.- La negociación del Convenio de Empresa.
15
16. 2.- NEGOCIACIÓN COLECTIVA
2.1.- El Convenio de Empresa Vs. Inaplicación del Convenio.
■ Después de la reforma existe una doble vía de inaplicación del Convenio
de Empresa:
- Denuncia y modificación ante tempus.
Durante la vigencia del convenio colectivo los sujetos que reúnan
colectivo,
los requisitos de legitimación podrán negociar su revisión, (art. 86.1
ET)
Necesidad de acuerdo
- Inaplicación del Convenio o descuelgue, (art. 82.3 ET)
● Necesidad de acuerdo
Problema práctico: Falta de acuerdo/Solución de discrepancias.
16
17. 2.- NEGOCIACIÓN COLECTIVA
2.1.- El Convenio de Empresa Vs. Inaplicación del Convenio.
■ Materias susceptibles de inaplicación:
■ Jornada de trabajo (anteriormente no se podía modificar ni siquiera con
j ( p q
acuerdo).
■ Horario y la distribución del tiempo de trabajo.
■ Régimen de trabajo a turnos.
■ Sistema de remuneración y cuantía salarial.
■ Sistema de trabajo y rendimiento.
■ Funciones, cuando excedan de los límites que para la movilidad funcional
prevé el artículo 39 de esta ley
ley.
■ Mejoras voluntarias de la acción protectora de la Seguridad Social.
17
18. 2.- NEGOCIACIÓN COLECTIVA
2.1.- El Convenio de Empresa Vs. Inaplicación del Convenio.
■ Causas: económicas, técnicas, organizativas o de producción
■ Se incorpora la definición de las causas que existían para el despido colectivo
p q p p
(artículo 51 ET).
■ Especialidades en relación a la causa económica:
- Pérdidas previstas.
- Se añade en la causa económica la disminución persistente del nivel de ventas.
● En todo
E t d caso: di i disminución d ventas o i
ió de t ingresos d
durante 2 t i
t trimestres
t
consecutivos (3 trimestres en los despidos).
■ Se limita la referencia a las causas a su mera definición, eliminando cualquier
alusión a la “razonabilidad”.
- Aparente flexibilización.
18
19. 2.- NEGOCIACIÓN COLECTIVA
2.1.- El Convenio de Empresa Vs. Inaplicación del Convenio.
■ Procedimiento de inaplicación
■ Sujetos legitimados: legitimados para negociar convenio colectivo.
■ Período de consultas: Inexistencia de representantes de los trabajadores.
- Comisión “Asamblearia”.
- Comisión sindical
sindical.
■ Acuerdo (contenido):
- Se presume la concurrencia de las causas alegadas por la Empresa.
- Contenido del Acuerdo:
● Nuevas condiciones de trabajo aplicables en la empresa.
● Duración, que no podrá prologarse más allá de la fecha en que se aplique un
nuevo convenio
convenio.
● Obligación de notificación a la comisión paritaria del convenio colectivo y a la
autoridad laboral.
19
20. 2.- NEGOCIACIÓN COLECTIVA
2.1.- El Convenio de Empresa Vs. Inaplicación del Convenio.
■ Inexistencia de acuerdo:
- Posibilidad de acudir a la Comisión paritaria del Convenio.
- Deber de acudir a procedimientos de solución de discrepancias en la negociación
fijados en los Acuerdos Interprofesionales de ámbito estatal o autonómico (art. 83 ET).
Arbitraje. En Canarias no está aún designado pero esta previsto que lo sea el TLC.
- Posibilidad de acudir a Comisión Consultiva Nacional de Convenios Colectivos u
órgano similar autonómico a instancia de una de las partes.
● RD 1362/2012, de 27 de septiembre, por el que se regula la Comisión
Consultiva Nacional de Convenios Colectivos.
- Triple alternativa de resolución de discrepancia: aceptación, desestimación y
moderación de la solicitud
- El laudo arbitral o decisión de comisión consultiva de convenios colectivos tiene igual
eficacia de los acuerdos alcanzados en periodo de consultas.
- Cabe impugnación del laudo ante la jurisdicción social.
20
21. 2.- NEGOCIACIÓN COLECTIVA
2.1.- El Convenio de Empresa Vs. Inaplicación del Convenio.
■ Sentencia de la Audiencia Nacional de 28 de enero de 2013
■ Decisión de la CCNCC que es impugnada por la propia empresa que había solicitado la
ec s ó a CC CC pug ada po a p op a e p esa ab a so c ado a
intervención de esta Comisión.
■ Se discute cuál es el procedimiento adecuado, si el de impugnación (el correcto) o el de
conflicto colectivo.
■ La decisión de la CCNCC debe pronunciarse no sólo sobre las causas económicas
alegadas por la empresa, sino que también ha de valorar su adecuación en relación
con la causa alegada y sus efectos sobre los trabajadores afectados.
■ La CCNCC deberá examinar si concurren las conexiones de funcionalidad, normalidad
y proporcionalidad entre la causa acreditada y la mediada propuesta por la empresa.
■ En el caso de la empresa (UNIPOST), no procede aplicar la medida que se solicita
puesto que menos de dos meses antes se tomaron otras amparadas también en
causas económicas y productivas, no habiéndose probado por la empresa que hayan
surgido situaciones extraordinarias que justificaran una nueva modificación en un plazo
extraordinarias,
tan breve.
21
22. 2.- NEGOCIACIÓN COLECTIVA
2.2.- La negociación del Convenio de Empresa.
NEGOCIACION DE CONVENIO DE EMPRESA (ART. 84.2 ET)
■ Prioridad aplicativa del convenio colectivo de empresa (y también de convenios colectivos
para un grupo de empresas o una pluralidad de empresas vinculadas por razones
organizativas o productivas y nominativamente identificadas).
■ ¿EXISTE OBLIGACION DE NEGOCIAR?
■ RDL 3/2012: “La regulación de las condiciones establecidas en un convenio de
empresa tendrá prioridad aplicativa respecto del convenio sectorial estatal, autonómico
o de ámbito inferior”.
■ L 3/2012: “ regulación de las condiciones establecidas en un convenio de empresa,
/ “La
que podrá negociarse en cualquier momento de la vigencia de convenios colectivos de
ámbito superior, tendrá prioridad aplicativa respecto del convenio sectorial estatal,
autonómico o de ámbito inferior”.
- ¿Se trata de una obligación o de una incentivación?
■ Articulo 89 no modificado: inexistencia de obligación de negociar.
22
23. 2.- NEGOCIACIÓN COLECTIVA
2.2.- La negociación del Convenio de Empresa.
■ Sujetos legitimados: Art. 87 ET
■ Novedad: para negociar en los convenios de empresa y de ámbito inferior el comité de
inferior,
empresa, los delegados de personal, en su caso, o las secciones sindicales si las
hubiere que, en su conjunto, sumen la mayoría de los miembros del comité”.
■ Diseño del mapa negocial : la Comisión Negociadora
■ Artículo 88 ET: quedará válidamente constituida cuando represente:
q p
“A los sindicatos, federaciones y confederaciones que representen, como mínimo, a la mayoría de
los miembros de los Comités de Empresa o Delegados de Personal”.
■ Artículo 89 ET: Las decisiones de la Comisión deberán contar con la mayoría de cada
una de las representaciones.
23
24. 2.- NEGOCIACIÓN COLECTIVA
2.2.- La negociación del Convenio de Empresa.
■ Prioridad aplicativa del convenio colectivo de empresa:
■ El convenio de empresa no se ve afectado por la concurrencia con respecto a
determinadas materias:
- La cuantía del salario base y de los complementos salariales.
- Compensación de las horas extraordinarias y la retribución específica del trabajo a turnos.
- El horario y la distribución del tiempo de trabajo el régimen de trabajo a turnos y la
trabajo,
planificación anual de las vacaciones.
- La adaptación al ámbito de la empresa del sistema de clasificación profesional de los
trabajadores.
- La adaptación de los aspectos de las modalidades de contratación que se atribuyen por la
presente Ley a los convenios de empresa.
- Las medidas para favorecer la conciliación entre la vida laboral, familiar y personal.
p p
- Aquellas otras que dispongan los acuerdos y convenios colectivos a que se refiere el artículo
83.2. del ET.
24
25. 2.- NEGOCIACIÓN COLECTIVA
2.2.- La negociación del Convenio de Empresa.
■ Sentencia de la Audiencia Nacional de 10 de septiembre de 2012:
■ Único precedente judicial de ámbito nacional hasta la fecha.
■ El convenio de ámbito superior no puede fijar unas retribuciones “mínimas” que los
mínimas
convenios inferiores deban respetar.
■ Nulidad de preceptos convencionales que se oponen a la prioridad aplicativa del
artículo 84.2 del ET.
■ No se modifica la “estructura retributiva”.
¿Es posible la modificación de la estructura retributiva del Convenio de ámbito superior?
● En contra: interpretación literal del artículo 84.2 del ET.
● A favor: interpretación sistemática del artículo 84.2 y 82.3 del ET.
25
26. 2.- NEGOCIACIÓN COLECTIVA
2.2.- La negociación del Convenio de Empresa.
■ Contenido mínimo del convenio. Cambios:
■ Forma y condiciones de denuncia del convenio, así como plazo mínimo para
dicha denuncia antes de finalizar su vigencia (se elimina el plazo mínimo de 3
meses en defecto de pacto).
■ Se elimina la posibilidad de pactar el plazo máximo para empezar negociaciones;
ahora conforme al nuevo pº 2 del art. 89 del ET, en el plazo máximo de 1 mes se
p
procederá a constituir la comisión negociadora.
■ Se elimina el plazo máximo de negociación del convenio.
■ Se d
S reduce enormemente el contenido mínimo d convenio que regulaba l
t l t id í i de i l b las
comisiones paritarias.
■ Apartado 2 del artículo 89 del ET (Tramitación):
■ Se elimina plazo de 15 días para iniciar negociación tras constituir comisión
negociadora y los plazos máximos de negociación.
26
27. 2.- NEGOCIACIÓN COLECTIVA
2.2.- La negociación del Convenio de Empresa.
■ Vigencia de los convenios
■ Se prevé expresamente que la renegociación del convenio se adelante al fin de su
vigencia sin necesidad de denuncia del conjunto del convenio;
- Durante la vigencia del convenio colectivo, los sujetos que reúnan los requisitos
de legitimación previstos en los artículos 87 y 88 de esta Ley podrán negociar
su revisión.
■ Límite a la ultra actividad (novedad):
- Transcurrido un año desde la denuncia del convenio colectivo sin que se
haya acordado un nuevo convenio o dictado un laudo arbitral, aquél perderá,
salvo pacto en contrario, vigencia y se aplicará, si l h bi
l t t i i i li á i lo hubiere, el convenio
l i
colectivo de ámbito superior que fuera de aplicación.
- Aplicación del ET ante la ausencia de normativa aplicable.
● ¿Condición más b
C di ió á beneficiosa? ¿Contractualización d condiciones?
fi i ? C t t li ió de di i ?
● Artículo 41 del ET.
■ VENTAJA EMPRESARIAL: Incentivo a la negociación por parte de la parte social.
27
28. 2.- NEGOCIACIÓN COLECTIVA
2.2.- La negociación del Convenio de Empresa.
■ Registro y publicación
■ Autoridad Laboral: “Si la autoridad laboral estimase que algún convenio conculca la
legalidad vigente o lesiona gravemente el interés de terceros se dirigirá de oficio a la
vigente, terceros,
jurisdicción competente, la cual adoptará las medidas que procedan al objeto de
subsanar supuestas anomalías, previa audiencia de las partes.”
■ Inseguridad jurídica.
g j
■ No publicación: ¿Carácter extra estatutario?
■ Impugnación:
I ió
■ Procedimiento especial regulado en la nueva LRJS.
28