1. Republica Bolivariana De Venezuela
Universidad Fermin Toro
Escuela de Derecho
Barquisimeto – Edo. Lara
ALUMNO: FERNANYER DE GOUVEIA
CI: 23,488,683
SECCION: SAIA F
MATERIA: PARTICIPACION CIUDADANA
2. son instancias de participación, articulación e integración entre las diversas
organizaciones comunitarias, grupos sociales y los ciudadanos y ciudadanas, que
permiten al pueblo organizado ejercer directamente la gestión de las políticas
públicas y proyectos orientados a responder a las necesidades y aspiraciones de las
comunidades en la construcción de una sociedad de equidad y justicia socia
se encuentra especificado pero sin el nombre de CONSEJO COMUNALES en el articulo 184 de
la constitución bolivariana de Venezuela. Que nos habla de la descentralización de poderes a
favor de los grupos comunales de los estados o municipios. También podemos encontrar una
ley la cual es orgánica, llamada LEY ORGANICA DE LOS CONSEJOS COMUNALES. En esta
ley que acabo de mencionar nos da un breve concepto o mejor dicho la función que trae esta
ley acabo la cual nos habla en palabras breve: que es la unión de organizaciones comunitarias,
grupos sociales y los ciudadanos de la comunidad, que mediante otorgamiento de la ley que
tendrán créditos adicionales para que estos puedan tener un bienestar social y tener un
beneficio para la comunidad de una sociedad de equidad y justicia social.
Base constitucionales
Consejo comunales
3. Para la conformación de los consejo comunales se necesitaran cierto requisitos los cuales
mencionare los mas importantes:
• Existir la voluntad de los vecinos para conformar un consejo comunal
• Solicitar la información exacta de los requisitos necesarios para la conformación
• Determinar cuantas familias son las que comprenderán el consejo comunal
• Los encargados de seleccionar a las familias, deberán entregarle un folleto o una
invitación indicando lugar, día y hora para que los invitados reciban toda la información
complementaria sobre la creación del consejo comunal
• Importante que el día de la reunión deberán estar las siguientes personas presentes
(Presidente y demás miembros de la junta parroquial, al Defensor del pueblo, al
Contralor municipal, al Síndico municipal y a toda autoridad conocida, los grupos
organizados de ecología, cultura, trabajadores, Círculos Bolivarianos, Comités de
Tierras, Comités de Salud, Misión Barrio Adentro, Misiones, Robinsón, Rivas, Sucre y
Vuelvan Caras, UBES, Comités de Protección Social, entre otros)
• Se elijaran los candidatos por los asistentes para conformar el órgano ejecutivo de la
asamblea, los seleccionados tendrán un tiempo en dicho cargo de 2 años
Luego de que ya se encuentren conformado el consejo comunal existirán algunos
procedimientos que se mencionaran a continuación:
Procedimiento par la conformación del
Consejo comunal
4. • Levantar el croquis del área donde se encuentra el Consejo Comunal (indicando
claramente sectores, ríos, carretera, calles y las casas de todas las familias que integran
el Consejo Comunal)
• Realizando un censo de las familias que se encuentran en el Consejo Comunal( censo
realizado no se someterá por casas si no por familia, es decir, si hay 2 familias en una
casa se realizara 2 planillas, una por cada familia)
• Quien este conformando el Consejo Comunal deberá solicitar a la Alcaldía un asesor
para el adiestramiento en capacitación y gerencia comunitaria
Luego de tener todo los requisitos necesarios se le solicitara a la alcaldía el registro de dicho
Consejo Comunal el órgano competente es:
Superintendencia del Poder Popular
Lo cual al momento de haber constituido el Consejo comunal se le notificara a dicho órgano
mediantes los siguientes requisitos que exige el órgano para su creación oficial:
• Copia del acta constitutiva firmada por todos los voceros que comprenden el Consejo
Comunal
• El croquis el cual se realizo en el procedimiento anterior
• Nomina de los voceros que conforman el Consejo Comunal (Asamblea local, Ejecutivo de
la Asamblea, Órgano de Control)
• Los estatutos creados internamente por el Consejo Comunal, entre otros requisitos
5. CICLO DE CONSEJO COMUNAL
Este denominado “Ciclo de Consejo Comunal” se encuentra enmarcado en el articulo 44
de la ley orgánica de los Consejo Comunales: los cuales se dividen en 5 pasos que son los
necesarios para la realización de una obra que beneficie la comunidad o los que se
encuentren inscritos o pertenezcan al consejo comunal:
Diagnostico
Participativo
Es donde se da a
conocer las
necesidades, los
recurso y todo aquello
donde se necesita una
mejora para la
comunidad
Planificación
Participativa
Es la fase donde ya se
tiene un diagnostico
realizado y busca el
desarrollo del bienestar
social mediantes
(acciones, proyectos y
programas)
Fase del Presupuesto
Esta es la fase donde se
determina el costo que
tendrá la mejora que se
realizara, esta fase se
basa por los recurso
obtenido por la
financiación que se le
otorgue y los fondos que
tengan por su cuenta el
Consejo Comunal
6. Funciones que tiene la unidad de la Contraloría Social
• Puede ejecutar decisiones de la asamblea de ciudadanos
• Puede ejercer vigilancia de todos los proyectos , planes y cualquier acción que se
encuentre estipulada en el Consejo Comunal
• Tiene que rendir cuenta publica de las acciones que realizo en el año de su gestión
• Las demás que establezca la presente Ley, los estatutos del consejo comunal y las que
sean aprobadas por la asamblea de ciudadanas y ciudadanos. Coordinación con el Poder
Ciudadano.
Fase De Ejecución
esta la fase donde sea el inicio de la
ejecución que mediantes las fases
anteriores se estudiaba. Aquí se dará
conocimiento del monto estipulado,
quien realiza la obra y el tiempo en el
cual se estará realizando la obra
para la entrega de dicha obra
Contraloría Social
Esta es la fase en el cual se encargara de
supervisar los 4 fases anteriores y saber si
todo lo que se realizo y se esta realizando
se encuentra legal en el marco jurídico.
Esta comisión estará encargada por 5
personas elegidas por votación en el
Consejo Comunal
7. ÓRGANO QUE COMPONEN
LOS CONSEJO COMUNALES
Existen 5 órganos los cuales cada uno tiene una función especial que debe
realizar en el creado o formado Consejo Comunal
Colectivo de Coordinación Comunitaria: tiene la capacidad coordinar la
elaboración, ejecución del Desarrollo Integral articulado con los planes de
desarrollo municipal y estadal de conformidad con la previa ejecución, la
gestión de la Unidad Financiera, así como hacer seguimiento a todas las
decisiones de la Asamblea de Ciudadanos y ciudadanas. Este órgano se
encuentra conformado por los integrantes de voceros y voceras de la Unidad
Ejecutiva, Unidad Administrativa y Financiera Comunitaria y Unidad de
Contraloría Social del consejo comunal.
Unidad Ejecutiva: es la responsable o la encargada de ejecutar todas las ideas
propuestas y establecidas en los consejos ciudadanos del dicho Consejo
Comunal, en estas asambleas podrán participar toda aquella persona mayor
de 15 años y que se encuentre viviendo estable por un mínimo de 6 mese en
la comunidad. Este órgano se encuentra conformado por los comités de
trabajos(salud, educación, cultura, deportes, seguridad entre otros)
8. Unidad Administrativa Financiera Comunitaria: este es el órgano el cual debe
estar encarga o administrada por 5 voceros del Consejo Comunal (mayores de
18 años) estos son elegidos por votación secreta mediante la realización de
un consejo de ciudadanos. Esto mas que todo es por que ellos se encargaran
de todos los ingresos que sean hechos por el ejecutivo nacional, gobernación,
alcaldía entre otros órganos. Ya que ellos tendrán consecuencias civiles o
penales por si llega ocurrir una malversación de fondos.
Unidad de Contraloría Social: este órgano tiene las mismas características
que el órgano anterior(arriba) ya que se elijen los mismos 5 voceros en la
misma forma. Pero esta encargada de darle la ejecución a las obras y
determinar el monto de cada obra para que no exista igualmente la
malversación de fondos
Comisión Electoral Permanente: s el órgano el cual se encargara de todo los
procesos de votación que existan en el consejo comunal. Desde la votación
para la aprobación de una obra para la comunidad hasta la revocación de un
vocero de supuesto. Este órgano estará conformado por 5 voceros elegidos
con suplentes y estos tendrán una fecha de 2 años en su cargo. El cual
comenzara a partir del momento de su elección
9. Tenemos una definición de cooperativas como la cual es una asociación
autónoma de personas que se han unido voluntariamente para formar una
organización democrática cuya administración y gestión debe llevarse a cabo
de la forma que acuerden los socios, generalmente en el contexto de la
economía de mercado o la economía mixta, aunque las cooperativas se han
dado también como parte complementaria de la economía planificada. Su
intención es hacer frente a las necesidades y aspiraciones económicas,
sociales y culturales comunes a todos los socios mediante una empresa. La
diversidad de necesidades y aspiraciones (trabajo, consumo, comercialización
conjunta, enseñanza, crédito, etc.)
LAS COOPERATIVAS
Base constitucionales
A partir del 18 de septiembre del 2008 se han creado grandes cantidades de cooperativas
sin tener idea de como son las bases legales que regulan una creación de cooperativa:
los principales motivos de esas creaciones se basan por:
• Se le otorgan créditos
• La obtención de contratos (por ser cooperativas)
• Y la mas primordial por la exención de impuesto
10. Articulo 118 CRBV: específicamente nos habla que los trabajadores y las comunidad
para desarrollar asociaciones de carácter social y participativo, como las
cooperativas, cajas de ahorro, mutuales y otras formas asociativas. Estas
asociaciones podrán desarrollar cualquier tipo de actividad económica, de
conformidad con la ley.
Articulo 308 CRBV: Este articulo le da el otorgamiento al Estado de proteger y
promover la pequeña y mediana industria, las cooperativas, las cajas de ahorro, así
como ayudar a las empresas familiares, la microempresa y cualquier otra forma de
asociación comunitaria para el trabajo, el ahorro y el consumo, bajo régimen de
propiedad colectiva, todo esto con el fin de fortalecer el desarrollo y sustentar
económico del país
Articulo 184 CRBV: Nos explica que el estado deberá dar descentralización a las
comunidades transfiriéndole capacitación para promoverlos y dar creación de
organizaciones, cooperativas y empresas comunales de servicios, como fuentes
generadoras de empleo y de bienestar social, propendiendo a su permanencia
mediante el diseño de políticas donde aquellas tengan participación
Existen 3 tipos de formas que fundamentan legalmente las cooperativas como lo
son:
La Constitución Bolivariana de Venezuela
11. Decretada ley especial el 18 de Septiembre del 2001. nos habla en su articulo
numero 2 del objetivo principal de las cooperativas son asociaciones abiertas y
flexibles, de hecho y derecho cooperativo, de la Economía Social y Participativa,
autónomas, de personas que se unen mediante un proceso y acuerdo voluntario,
para hacer frente a sus necesidades y aspiraciones económicas, sociales y
culturales comunes, para generar bienestar integral, colectivo y personal, por medio
de procesos y empresas de propiedad colectiva, gestionadas y controladas
democráticamente
Articulo 52 CRBV: Le da potestad a cualquier persona de asociarse a una cooperativa
con los fines lícitos establecidos en la ley. El Estado como órgano principal deberá
ayudar a todo tipo de persona facilitándole el ejercicio de sus derechos
Articulo 299 CRBV: El Estado conjuntamente con la iniciativa privada promoverá el
desarrollo de la economía nacional con el fin de generar fuentes de trabajo, elevar el
nivel de vida de la población y fortalecer la económica del país, garantizando la
seguridad jurídica, solidez, sustentabilidad, permanencia y equidad del crecimiento de
la economía, para garantizar una justa distribución de la riqueza mediante una
planificación estratégica democrática, participativa y de consulta abierta.
Ley Especial de Asociaciones
Cooperativas
12. Las providencias tienden a ser en su contenido desconocidas por la mayoría y
actualmente cuando pretenden obtener una contratación con el Estado se
encuentran que deben presentar la certificación del cumplimiento, y el primer
obstáculo es la falta de cumplimiento con lo dispuesto en las Providencias
Administrativas por desconocimiento de las mismas. Existen algunas providencias
las cuales se le mencionaran a continuación:
PA-079-06 (procedimientos disciplinarios y registro nacional de cooperativas) 11
de Septiembre de 2006.
PA-187-07 (CERTIFICACIÓN DE CUMPLIMIENTO) 03 de Julio de 2007.
PA-069-06 (reserva de denominación y constancia de inscripción) 11 de
Septiembre de 2006
PA, No 186-7 (remisión información contable y social) 03 de Julio de 2007.
Las Providencias
13. TODAS LAS FORMAS DE COOPERATIVAS
Cooperativa de trabajo asociado o cooperativa de producción de bienes y
servicios: Consisten en agrupaciones de personas de un mismo oficio o con
un fin común, que por medios propios producen ciertos artículos
vendiéndolos directamente y distribuyéndose entre ellos las ganancias.
Cooperativa de Producción Industrial: tiene como objeto transformar materia
prima en bienes que tengan características para satisfacer una necesidad
de los consumidores mediante cualquier forma de trabajo
Cooperativas lácteas: son las encargadas de todo aquel trabajo de
producción de lácteos (queso,, yogurt, mantequilla, entre otros)
Cooperativas de carpinterías: son los encargados de la fabricación de
muebles, marcos, puertas, utensilios como también de cualquier tipo de
juguete
Cooperativa de producción agrícola: son aquellos que se encuentran
trabajando las tierras, los cuales comercializan sus productos y generan un
bienestar para ellos como trabajadores y bienestar para los consumidores
14. Cooperativa de Producción Pesquera: Es la unión de diversas personas
dedicadas a la actividad pesquera que suman sus esfuerzos para mejorar sus
condiciones de producción, potenciando el alcance de su trabajo
Cooperativa de Producción de Servicios: Son aquellas empresas cooperativas
que prestan servicios a la comunidad en diferentes áreas, transporte,
reparaciones, mantenimiento, tapicería, fumigación, recolección de basura,
jardinería, distribución del gas doméstico, transporte escolar, entre cualquier
otro tipo de servicios que se pueda imaginar
Las Cooperativas de Consumo: se basa de 2 formas para alcanzar sus metas
que son. 1) provechar los descuentos compras al mayor y vender los
productos a sus miembros a los costos de adquisición aumentando solo en
una pequeña porción. 2) es vender los productos a los precios corrientes en el
mercado y distribuir las ganancias entre sus socios de acuerdo a la proporción
de compras que ha realizado cada socio.
Las Cooperativas Mixtas: Persiguen dos objetivos a saber: la producción de
bienes y servicios para terceros y la obtención de bienes y servicios para sus
asociados
15. Cooperativas de Ahorro y Crédito: son aquellas capacidades que
tienen el objeto de fomentar el ahorro y otorgarle préstamos a los
asociados de la cooperativa con los mismos recursos aportados por los
mismos, a un interés muy bajo, con el fin de eliminar los altos costos
que representan los créditos otorgados por los bancos comerciales.
Existen unas diferencias de las cuales podemos realizar entre lo que es
una cooperativa de ahorros y créditos y los bancos normales
DIFERENCIAS
Cooperativa de Ahorros:
• Son solamente los asociados
• Las ganancias generada son distribuidas entre ellos
• Se otorgan prestamos entre ellos mismos y los intereses son bajos
Banco normales:
• Son personas exclusivas que aportan sus capitales
• Las ganancias generadas se distribuyen entre los accionistas
• Los créditos otorgados se le otorgan a personas que tienen dinero y que tengas bienes valorados
a los créditos que están solicitando
• Los intereses son muy elevados