SECRETARIA DE EDUCACIÓN GUERRERO
                SUBSECRETARIA DE EDUCACIÓN BÁSICA
            DIRECCIÓN GENERAL DE DESARROLLO EDUCATIVO
                JEFATURA DE DESARROLLO CURRICULAR




Por el que se establecen normas
generales para la Evaluación,
Acreditación, Promoción y
Certificación en la Educación Básica
FUNDAMENTO LEGAL


•   Ley General de Educación. Art. 50
•   Acuerdo 200
•   Programa sectorial de Educación 2007-2012
•   Acuerdo 592 sobre la Articulación de la Educación Básica
•   Atendiendo las prácticas internacionales
     a) La participación activa del alumno
     b) Evaluar con enfoque formativo
     c) Considerar y atender las necesidades específicas de los alumnos y contextos.
     d) Fortalecer la retroalimentación entre docentes, alumnos, padres de familia o
        tutores.
     e) Desarrollo de una intervención pedagógica oportuna
     f) Mejorar la práctica docente y el desempeño de los alumnos.
Artículo
                    1º.

Objeto:
El presente Acuerdo tiene por
objeto regular la
evaluación, acreditación, pro
moción y certificación de los
alumnos que cursan la
educación básica
Artículo
                      2º.
Alcance:
Las disposiciones contenidas en el
presente Acuerdo son aplicables a
todos los establecimientos educativos
públicos y particulares con
autorización, de los ámbitos federal,
estatal y municipal que imparten
educación preescolar, primaria y
secundaria
Componentes de la                            Artículo
evaluación:                                    3º.
La evaluación de los
aprendizajes se basará en la                    Toma en
valoración del desempeño de                    cuenta las
los alumnos en relación con el               características
logro de los aprendizajes                         de:
esperados y competencias
                 necesidades   capacidades
   Pluralidad
     social,      intereses       estilos
 lingüística y
    cultural       Ritmos de aprendizaje
Artículo
                            Definiciones
  4º.
Acreditación.-
Acción que permite determinar que una persona, previa evaluación,
logra los aprendizajes esperados en una asignatura u otro tipo de
unidad de aprendizaje, grado escolar, nivel educativo o tipo
educativo, previstos en el programa de estudio correspondiente.


Cartilla de Educación Básica.-
Docto. que permite a las autoridades e institucionales del sistema
educativo nacional, informar periódicamente a los alumnos que
cursan el tipo básico y a los padres de familia o tutores, los
resultados de las evaluaciones parciales y finales, así como las
observaciones sobre el desempeño académico de los alumnos que
permitan lograr mejores aprovechamientos, en términos de los
dispuesto por el art. 50 de la L.G.E.
Certificación.-
Acción que permite a una autoridad legalmente facultada, dar
testimonio, por medio de un documento oficial, que se acreditó total
o parcialmente una unidad de aprendizaje, asignatura, grado
escolar, nivel o tipo educativo.




Promoción.-
Decisión del docente –sustentada en la evaluación sistemática- o de
la autoridad educativa competente en materia de acreditación y
certificación, que permite a un alumno continuar sus estudios en el
grado o nivel educativo siguiente.
Artículo
      CARTILLA DE EDUCACIÓN
             BÁSICA                                   5º.
                 a) Documento informativo del desempeño de los
                    alumnos, y

                 b) Documento oficial que legitima la acreditación y
                    certificación parcial o total de cada grado de la
                    educación básica.



La SEP del Gobierno Federal establecerá su contenido mínimo. Las
  autoridades educativas locales podrán adecuar la cartilla a sus
requerimientos e incorporar contenidos y diseños complementarios.
Artículo                           Contenido de la Cartilla de
  6º.                                 Educación Básica

                                               EN LA EDUCACIÓN
                                                  PREESCOLAR
     EN LOS TRES NIVELES DE                a) Campos formativos
         EDUCACIÓN BÁSICA                  b) Niveles de desempeño
a)   Datos generales del alumno
b)   Datos de identificación del
     establecimiento
c)   Niveles de desempeño y momentos de        EN LA EDUCACIÓN
                                            PRIMARIA Y SECUNDARIA
     registro de evaluación
                                           a) Asignaturas establecidas
d)   Observaciones específicas             b) Promedio final de calificaciones
e)   Otras observaciones                      por asignatura y grado escolar
Niveles de desempeño en Educación                 Artículo
           PREESCOLAR                                7º
                    NIVEL DE DESEMPEÑO    COLABORACIÓN REQUERIDA
                                           POR PARTE DE LA FAMILIA,
                                           DOCENTES Y DIRECTIVOS

                    A:   Destacado       Mantener el apoyo que se le
                                         brinda

                    B:   Satisfactorio   Necesita apoyo adicional



                    C:   Suficiente      Requiere apoyo y asistencia
                                         permanente

                    D:   Insuficiente    Requiere apoyo, tutoría,
                                         acompañamiento diferenciado
                                         y permanente.
EN LA EDUCACIÓN PREESCOLAR NO
             HABRÁ UNA REFERENCIA NUMÉRICA
             EVALUACIÓN CUALITATIVA

MOMENTOS DE REGISTRO DE EVALUACIÓN EN EDUCACIÓN PREESCOLAR
MOMENTOS DE CORTE    LAPSO ESTIMADO DE                  REGISTRO Y
                        EVALUACIÓN                  COMUNICACIÓN DE LOS
                                                     RESULTADOS DE LA
                                                        EVALUACIÓN
Noviembre           Del inicio del ciclo escolar   Antes que concluya el mes
                    al mes de noviembre            de noviembre
Marzo               De diciembre a marzo           Antes que concluya el mes
                                                   de marzo
Julio               De abril a julio               Durante los últimos cinco
                                                   días hábiles del ciclo
                                                   escolar.
Artículo                     Niveles de desempeño en Educación
                                      PRIMARIA Y SECUNDARIA
        8º
NIVEL DE DESEMPEÑO   COLABORACIÓN REQUERIDA        REFERENCIA
                      POR PARTE DE LA FAMILIA,      NUMÉRICA    Tanto en el nivel
                      DOCENTES Y DIRECTIVOS
                                                                B como en el C, el
A:   Destacado       Mantener el apoyo que se le      10        docente definirá
                     brinda
                                                                la referencia
                                                                numérica con el
B:   Satisfactorio   Necesita apoyo adicional        8o9
                                                                número entero
                                                                que corresponda
C:    Suficiente     Requiere apoyo y asistencia     6o7        de acuerdo con
                     permanente
                                                                las evidencias del
                                                                desempeño del
D:    Insuficiente   Requiere apoyo, tutoría,          5
                     acompañamiento                             alumno.
                     diferenciado y permanente.
MOMENTOS DE REGISTRO DE EVALUACIÓN EN EDUCACIÓN
             PRIMARIA Y SECUNDARIA

BLOQUES          LAPSO ESTIMADO DE                  ASIGNACION Y COMUNICACIÓN
                                                     DE LOS RESULTADOS DE LA
                    EVALUACIÓN
                                                           EVALUACIÓN


   I      Del inicio del ciclo escolar al mes de   Antes de que concluya el mes
          octubre                                  de octubre

   II     De noviembre a diciembre                 Antes que concluya el mes de
                                                   diciembre

  III     De enero a febrero                       Antes que concluya el mes de
                                                   febrero
  IV      De marzo a abril                         Antes de que concluya el mes
                                                   de abril
   V      De mayo al fin del ciclo escolar           Las calificaciones se deben
                                                   asignar y comunicar durante los
                                                    últimos cinco días hábiles del
                                                    ciclo escolar correspondiente
Artículo                             Calendarización de las
    9º                                    evaluaciones

Evaluaciones ordinarias del aprendizaje
Se realizarán en los doscientos días de clase.


Evaluaciones extraordinarias o de regularización
Se realizarán en otros periodos designadas por las autoridades educativas
correspondientes.


        EDUCACIÓN PRIMARIA                   EDUCACIÓN SECUNDARIA
       Evaluaciones del bloque                Evaluaciones del bloque
     V, se aplicarán durante los            V, se aplicarán durante los
      últimos ocho días hábiles             últimos trece días hábiles
           del ciclo escolar                      del ciclo escolar
Estrategias de intervención
                                     Artículo
                                       10º

                      EDUCACIÓN PRIMARIA Y
                          SECUNDARIA
  EDUCACIÓN
 PREESCOLAR             Desde la conclusión del
                           segundo bloque.
A partir del mes de   El docente deberá registrar
    noviembre         los apoyos que requiera el
                        alumno en acuerdo con
                      padres de familia o tutores.
Artículo            Artículo          Artículo
  11º                 12º               13º
                                        PROMEDIO
  PROMEDIO
                                         FINAL DE
   FINAL DE
                    ACREDITACIÓN          GRADO
 ASIGNATURA
                    DE ASIGNATURA        ESCOLAR

                    Promedio mínimo       Sumar los
Se registrará con
                        final de      promedios finales
un número entero
                                       de asignatura y
  y un decimal           6.0          dividirlos entre el
  Ej. 8.6                               núm. total de
                                         asignaturas.
99       93

                   PROMEDIO FINAL DE NIVEL
                        EDUCATIVO

                   Será el resultado de sumar los
Artículo          promedios finales de cada grado
                 correspondientes al nivel y dividirlo
  14º               entre el número de éstos. Se
                registrará con un número entero y un
                        decimal sin redondear.
Artículo                   CRITERIOS DE ACREDITACIÓN DE
  15º                        GRADO O NIVEL EDUCATIVO


          PRIMER PERIODO: EDUCACIÓN PREESCOLAR

Grado Escolar   Criterio de Acreditación   Criterios de Promoción de
                                            Grado y Nivel Educativo
PRIMERO         La    acreditación   de    El alumno que concluya los
                cualquier grado de la      grados primero o segundo de
                educación preescolar se    la educación preescolar será
                                           promovido al siguiente grado.
                obtendrá por el solo
SEGUNDO         hecho     de     haberlo
                cursado
TERCERO                                    El alumno que concluya el
                                           tercer grado de la educación
                                           preescolar será promovido a la
                                           educación primaria.
SEGUNDO PERIODO: EDUCACIÓN PRIMARIA


Grado Escolar   Criterio de Acreditación    Criterios de Promoción de
                                             Grado y Nivel Educativo
PRIMERO                                     El alumno que no haya
                                            alcanzado los aprendizajes
                                            correspondientes al grado
                                            cursado podrá permanecer
                La acreditación de los      por otro ciclo escolar en el
SEGUNDO         grados primero, segundo     mismo grado, siempre y
                y tercero de la educación   cuando        exista      la
                primaria se obtendrá por    autorización expresa de los
                el solo hecho de haberlos   padres de familia o tutores.
                cursado.                    Esta     medida      podrá
                                            adoptarse solo una vez a lo
                                            largo del periodo.
TERCERO
TERCER PERIODO: EDUCACIÓN PRIMARIA

Grado Escolar   Criterio de Acreditación    Criterios de Promoción de
                                             Grado y Nivel Educativo
CUARTO                                      El alumno será promovido cuando:

                                            a) Acredite todas las asignaturas
                                               del grado cursado, o
                                            b) Alcance un promedio final de
                Cuando el alumno tenga         grado mínimo de 6.0 y presente
QUINTO          un promedio final mínimo       un máximo de dos asignaturas
                de    6.0    en     cada       no acreditadas. (promoción con
                asignatura, acreditará el      condiciones). NCEA
                grado cursado.
SEXTO                                       El alumno será promovido a la
                                            educación secundaria, cuando:
                                            a) Acredite el sexto grado de la
                                               educación primaria, o
                                            b) Acredite una evaluación general
                                               de conocimientos del sexto grado.
                                                NORMAS DE CONTROL ESCOLAR APLICABLES.
CUARTO PERIODO : EDUCACIÓN SECUNDARIA

Grado Escolar    Criterio de Acreditación       Criterios de Promoción de Grado

                a) Cuando tenga un promedio     a) El alumno será promovido al
                   final mínimo de 6.0 en          siguiente grado, cuando:
                   cada asignatura de grado.
                                                a.1) Acredite el grado cursado
                b) Riesgo de no acreditar de
                                                a.2) Conserve un máximo de tres
                   una a cuatro asignaturas     asignaturas no acreditadas, o
                   en el V bloque, podrá        a.3) Acredite una evaluación general
PRIMERO Y          presentar examen de          de conocimientos del grado o grados
SEGUNDO            recuperación incluyendo      de la educación secundaria       en
                   los cinco bloques.           asignaturas no acreditadas.
                c) Cuando al final del ciclo
                   escolar,      el    alumno   b) El alumno tendrá que repetir el
                                                   grado completo, cuando:
                   conserve un máximo de
                                                b.1) Al concluir el ciclo escolar
                   cuatro asignaturas del       presente cinco o más asignaturas no
                   grado no acreditadas,        acreditadas de 1º. o 2º. grado, o
                   tendrá oportunidad de        b.2) Al concluir los primeros 15 días
                   presentar        exámenes    hábiles del inicio del siguiente ciclo
                   extraordinarios.             escolar, más de 3 asignaturas no
                                                acreditadas.
CUARTO PERIODO : EDUCACIÓN SECUNDARIA

Grado Escolar    Criterio de Acreditación            Criterios de Acreditación de
                                                           Nivel Educativo
                a) Cuando tenga un promedio       a) El alumno acreditará la educación
                   final mínimo de 6.0 en cada       secundaria cuando:
                   asignatura de grado y no
                   adeude asignaturas de          a.1) En todas las asignaturas obtenga
                   grados previos.                     un promedio final mínimo de 6.0, o
                b) Riesgo de no acreditar de
                                                  a.2) Acredite una evaluación general
 TERCERO           una a cuatro asignaturas en
                                                      de conocimientos del tercer grado y
                   el V bloque, podrá presentar
                                                      se encuentren acreditadas todas
                   examen de recuperación
                                                      las asignaturas de primer y
                   incluyendo      los    cinco       segundo grado.
                   bloques.
                c) Cuando al final del ciclo
                   escolar, el alumno conserve    b) El alumno tendrá que repetir el
                   un máximo de cuatro               grado completo, cuando no logre
                   asignaturas del grado no          acreditar la secundaria en los
                   acreditadas,          tendrá      términos antes señalados.
                   oportunidad de presentar
                   exámenes extraordinarios.
MEDIDAS COMPENSATORIAS
                                      Artículo


En caso de requerirse, la Cartilla
de Educación Básica deberá
incluir las orientaciones sobre los
apoyos necesarios para lograr
los aprendizajes no alcanzados,
que podrán brindar los padres de
familia o tutores, y que deberán
proporcionar los docentes que
reciban a los alumnos en el
siguiente ciclo escolar.
Promoción anticipada



 Los alumnos que cumplan con los
 requisitos de acreditación, promoción
 y certificación anticipada de alumnos
 con aptitudes sobresalientes, podrán
 ser admitidos a la educación
 primaria o secundaria a una edad
 más temprana de la establecida o
 bien, omitir el grado escolar
 inmediato que les corresponda, en el
 mismo nivel educativo.
CERTIFICADO DE EDUCACIÓN BÁSICA




                     El promedio del Certificado de
                     Educación básica será el resultado de
                     sumar los promedios finales de los
                     niveles de primaria y secundaria, y
                     dividirlo entre dos.

                     Primaria 8.2
                     Secundaria 8.9
                                17.2 / 2 = 8.6
NORMAS DE CONTROL ESCOLAR




La Dirección General de
Acreditación, Incorporación y
Revalidación de la SEP establece
estas normas de control en los
procesos de inscripción, reinscripción,
acreditación, promoción,
regularización y certificación para
cada ciclo escolar.
INNOVACIONES LOCALES



Las autoridades educativas
locales, podrán adaptar lo previsto en
el presente Acuerdo a los contextos
locales y desarrollar proyectos de
innovación en materia de
evaluación, acreditación, promoción y
certificación, en tanto no afecte el
tránsito nacional e internacional de
educandos ni el carácter nacional de
la educación básica.
TRANSITORIOS

PRIMERO.- Entra en vigor al día siguiente de su
publicación

SEGUNDO.- Queda sin efectos el Acuerdo
Secretarial número 200 y el 499.

QUINTO.- Transcurrido un año de la entrada en
vigor del presente Acuerdo, será revisado por la
Secretaría de Educación Pública del Gobierno
Federal en coordinación con las autoridades
educativas locales, a efecto de evaluar su aplicación
y, en su caso, publicar en el Diario Oficial de la
Federación las actualizaciones correspondientes.

Presentacion acuerdo 648

  • 1.
    SECRETARIA DE EDUCACIÓNGUERRERO SUBSECRETARIA DE EDUCACIÓN BÁSICA DIRECCIÓN GENERAL DE DESARROLLO EDUCATIVO JEFATURA DE DESARROLLO CURRICULAR Por el que se establecen normas generales para la Evaluación, Acreditación, Promoción y Certificación en la Educación Básica
  • 2.
    FUNDAMENTO LEGAL • Ley General de Educación. Art. 50 • Acuerdo 200 • Programa sectorial de Educación 2007-2012 • Acuerdo 592 sobre la Articulación de la Educación Básica • Atendiendo las prácticas internacionales a) La participación activa del alumno b) Evaluar con enfoque formativo c) Considerar y atender las necesidades específicas de los alumnos y contextos. d) Fortalecer la retroalimentación entre docentes, alumnos, padres de familia o tutores. e) Desarrollo de una intervención pedagógica oportuna f) Mejorar la práctica docente y el desempeño de los alumnos.
  • 3.
    Artículo 1º. Objeto: El presente Acuerdo tiene por objeto regular la evaluación, acreditación, pro moción y certificación de los alumnos que cursan la educación básica
  • 4.
    Artículo 2º. Alcance: Las disposiciones contenidas en el presente Acuerdo son aplicables a todos los establecimientos educativos públicos y particulares con autorización, de los ámbitos federal, estatal y municipal que imparten educación preescolar, primaria y secundaria
  • 5.
    Componentes de la Artículo evaluación: 3º. La evaluación de los aprendizajes se basará en la Toma en valoración del desempeño de cuenta las los alumnos en relación con el características logro de los aprendizajes de: esperados y competencias necesidades capacidades Pluralidad social, intereses estilos lingüística y cultural Ritmos de aprendizaje
  • 6.
    Artículo Definiciones 4º. Acreditación.- Acción que permite determinar que una persona, previa evaluación, logra los aprendizajes esperados en una asignatura u otro tipo de unidad de aprendizaje, grado escolar, nivel educativo o tipo educativo, previstos en el programa de estudio correspondiente. Cartilla de Educación Básica.- Docto. que permite a las autoridades e institucionales del sistema educativo nacional, informar periódicamente a los alumnos que cursan el tipo básico y a los padres de familia o tutores, los resultados de las evaluaciones parciales y finales, así como las observaciones sobre el desempeño académico de los alumnos que permitan lograr mejores aprovechamientos, en términos de los dispuesto por el art. 50 de la L.G.E.
  • 7.
    Certificación.- Acción que permitea una autoridad legalmente facultada, dar testimonio, por medio de un documento oficial, que se acreditó total o parcialmente una unidad de aprendizaje, asignatura, grado escolar, nivel o tipo educativo. Promoción.- Decisión del docente –sustentada en la evaluación sistemática- o de la autoridad educativa competente en materia de acreditación y certificación, que permite a un alumno continuar sus estudios en el grado o nivel educativo siguiente.
  • 8.
    Artículo CARTILLA DE EDUCACIÓN BÁSICA 5º. a) Documento informativo del desempeño de los alumnos, y b) Documento oficial que legitima la acreditación y certificación parcial o total de cada grado de la educación básica. La SEP del Gobierno Federal establecerá su contenido mínimo. Las autoridades educativas locales podrán adecuar la cartilla a sus requerimientos e incorporar contenidos y diseños complementarios.
  • 9.
    Artículo Contenido de la Cartilla de 6º. Educación Básica EN LA EDUCACIÓN PREESCOLAR EN LOS TRES NIVELES DE a) Campos formativos EDUCACIÓN BÁSICA b) Niveles de desempeño a) Datos generales del alumno b) Datos de identificación del establecimiento c) Niveles de desempeño y momentos de EN LA EDUCACIÓN PRIMARIA Y SECUNDARIA registro de evaluación a) Asignaturas establecidas d) Observaciones específicas b) Promedio final de calificaciones e) Otras observaciones por asignatura y grado escolar
  • 10.
    Niveles de desempeñoen Educación Artículo PREESCOLAR 7º NIVEL DE DESEMPEÑO COLABORACIÓN REQUERIDA POR PARTE DE LA FAMILIA, DOCENTES Y DIRECTIVOS A: Destacado Mantener el apoyo que se le brinda B: Satisfactorio Necesita apoyo adicional C: Suficiente Requiere apoyo y asistencia permanente D: Insuficiente Requiere apoyo, tutoría, acompañamiento diferenciado y permanente.
  • 11.
    EN LA EDUCACIÓNPREESCOLAR NO HABRÁ UNA REFERENCIA NUMÉRICA EVALUACIÓN CUALITATIVA MOMENTOS DE REGISTRO DE EVALUACIÓN EN EDUCACIÓN PREESCOLAR MOMENTOS DE CORTE LAPSO ESTIMADO DE REGISTRO Y EVALUACIÓN COMUNICACIÓN DE LOS RESULTADOS DE LA EVALUACIÓN Noviembre Del inicio del ciclo escolar Antes que concluya el mes al mes de noviembre de noviembre Marzo De diciembre a marzo Antes que concluya el mes de marzo Julio De abril a julio Durante los últimos cinco días hábiles del ciclo escolar.
  • 12.
    Artículo Niveles de desempeño en Educación PRIMARIA Y SECUNDARIA 8º NIVEL DE DESEMPEÑO COLABORACIÓN REQUERIDA REFERENCIA POR PARTE DE LA FAMILIA, NUMÉRICA Tanto en el nivel DOCENTES Y DIRECTIVOS B como en el C, el A: Destacado Mantener el apoyo que se le 10 docente definirá brinda la referencia numérica con el B: Satisfactorio Necesita apoyo adicional 8o9 número entero que corresponda C: Suficiente Requiere apoyo y asistencia 6o7 de acuerdo con permanente las evidencias del desempeño del D: Insuficiente Requiere apoyo, tutoría, 5 acompañamiento alumno. diferenciado y permanente.
  • 13.
    MOMENTOS DE REGISTRODE EVALUACIÓN EN EDUCACIÓN PRIMARIA Y SECUNDARIA BLOQUES LAPSO ESTIMADO DE ASIGNACION Y COMUNICACIÓN DE LOS RESULTADOS DE LA EVALUACIÓN EVALUACIÓN I Del inicio del ciclo escolar al mes de Antes de que concluya el mes octubre de octubre II De noviembre a diciembre Antes que concluya el mes de diciembre III De enero a febrero Antes que concluya el mes de febrero IV De marzo a abril Antes de que concluya el mes de abril V De mayo al fin del ciclo escolar Las calificaciones se deben asignar y comunicar durante los últimos cinco días hábiles del ciclo escolar correspondiente
  • 14.
    Artículo Calendarización de las 9º evaluaciones Evaluaciones ordinarias del aprendizaje Se realizarán en los doscientos días de clase. Evaluaciones extraordinarias o de regularización Se realizarán en otros periodos designadas por las autoridades educativas correspondientes. EDUCACIÓN PRIMARIA EDUCACIÓN SECUNDARIA Evaluaciones del bloque Evaluaciones del bloque V, se aplicarán durante los V, se aplicarán durante los últimos ocho días hábiles últimos trece días hábiles del ciclo escolar del ciclo escolar
  • 15.
    Estrategias de intervención Artículo 10º EDUCACIÓN PRIMARIA Y SECUNDARIA EDUCACIÓN PREESCOLAR Desde la conclusión del segundo bloque. A partir del mes de El docente deberá registrar noviembre los apoyos que requiera el alumno en acuerdo con padres de familia o tutores.
  • 16.
    Artículo Artículo Artículo 11º 12º 13º PROMEDIO PROMEDIO FINAL DE FINAL DE ACREDITACIÓN GRADO ASIGNATURA DE ASIGNATURA ESCOLAR Promedio mínimo Sumar los Se registrará con final de promedios finales un número entero de asignatura y y un decimal 6.0 dividirlos entre el Ej. 8.6 núm. total de asignaturas.
  • 17.
    99 93 PROMEDIO FINAL DE NIVEL EDUCATIVO Será el resultado de sumar los Artículo promedios finales de cada grado correspondientes al nivel y dividirlo 14º entre el número de éstos. Se registrará con un número entero y un decimal sin redondear.
  • 18.
    Artículo CRITERIOS DE ACREDITACIÓN DE 15º GRADO O NIVEL EDUCATIVO PRIMER PERIODO: EDUCACIÓN PREESCOLAR Grado Escolar Criterio de Acreditación Criterios de Promoción de Grado y Nivel Educativo PRIMERO La acreditación de El alumno que concluya los cualquier grado de la grados primero o segundo de educación preescolar se la educación preescolar será promovido al siguiente grado. obtendrá por el solo SEGUNDO hecho de haberlo cursado TERCERO El alumno que concluya el tercer grado de la educación preescolar será promovido a la educación primaria.
  • 19.
    SEGUNDO PERIODO: EDUCACIÓNPRIMARIA Grado Escolar Criterio de Acreditación Criterios de Promoción de Grado y Nivel Educativo PRIMERO El alumno que no haya alcanzado los aprendizajes correspondientes al grado cursado podrá permanecer La acreditación de los por otro ciclo escolar en el SEGUNDO grados primero, segundo mismo grado, siempre y y tercero de la educación cuando exista la primaria se obtendrá por autorización expresa de los el solo hecho de haberlos padres de familia o tutores. cursado. Esta medida podrá adoptarse solo una vez a lo largo del periodo. TERCERO
  • 20.
    TERCER PERIODO: EDUCACIÓNPRIMARIA Grado Escolar Criterio de Acreditación Criterios de Promoción de Grado y Nivel Educativo CUARTO El alumno será promovido cuando: a) Acredite todas las asignaturas del grado cursado, o b) Alcance un promedio final de Cuando el alumno tenga grado mínimo de 6.0 y presente QUINTO un promedio final mínimo un máximo de dos asignaturas de 6.0 en cada no acreditadas. (promoción con asignatura, acreditará el condiciones). NCEA grado cursado. SEXTO El alumno será promovido a la educación secundaria, cuando: a) Acredite el sexto grado de la educación primaria, o b) Acredite una evaluación general de conocimientos del sexto grado. NORMAS DE CONTROL ESCOLAR APLICABLES.
  • 21.
    CUARTO PERIODO :EDUCACIÓN SECUNDARIA Grado Escolar Criterio de Acreditación Criterios de Promoción de Grado a) Cuando tenga un promedio a) El alumno será promovido al final mínimo de 6.0 en siguiente grado, cuando: cada asignatura de grado. a.1) Acredite el grado cursado b) Riesgo de no acreditar de a.2) Conserve un máximo de tres una a cuatro asignaturas asignaturas no acreditadas, o en el V bloque, podrá a.3) Acredite una evaluación general PRIMERO Y presentar examen de de conocimientos del grado o grados SEGUNDO recuperación incluyendo de la educación secundaria en los cinco bloques. asignaturas no acreditadas. c) Cuando al final del ciclo escolar, el alumno b) El alumno tendrá que repetir el grado completo, cuando: conserve un máximo de b.1) Al concluir el ciclo escolar cuatro asignaturas del presente cinco o más asignaturas no grado no acreditadas, acreditadas de 1º. o 2º. grado, o tendrá oportunidad de b.2) Al concluir los primeros 15 días presentar exámenes hábiles del inicio del siguiente ciclo extraordinarios. escolar, más de 3 asignaturas no acreditadas.
  • 22.
    CUARTO PERIODO :EDUCACIÓN SECUNDARIA Grado Escolar Criterio de Acreditación Criterios de Acreditación de Nivel Educativo a) Cuando tenga un promedio a) El alumno acreditará la educación final mínimo de 6.0 en cada secundaria cuando: asignatura de grado y no adeude asignaturas de a.1) En todas las asignaturas obtenga grados previos. un promedio final mínimo de 6.0, o b) Riesgo de no acreditar de a.2) Acredite una evaluación general TERCERO una a cuatro asignaturas en de conocimientos del tercer grado y el V bloque, podrá presentar se encuentren acreditadas todas examen de recuperación las asignaturas de primer y incluyendo los cinco segundo grado. bloques. c) Cuando al final del ciclo escolar, el alumno conserve b) El alumno tendrá que repetir el un máximo de cuatro grado completo, cuando no logre asignaturas del grado no acreditar la secundaria en los acreditadas, tendrá términos antes señalados. oportunidad de presentar exámenes extraordinarios.
  • 23.
    MEDIDAS COMPENSATORIAS Artículo En caso de requerirse, la Cartilla de Educación Básica deberá incluir las orientaciones sobre los apoyos necesarios para lograr los aprendizajes no alcanzados, que podrán brindar los padres de familia o tutores, y que deberán proporcionar los docentes que reciban a los alumnos en el siguiente ciclo escolar.
  • 24.
    Promoción anticipada Losalumnos que cumplan con los requisitos de acreditación, promoción y certificación anticipada de alumnos con aptitudes sobresalientes, podrán ser admitidos a la educación primaria o secundaria a una edad más temprana de la establecida o bien, omitir el grado escolar inmediato que les corresponda, en el mismo nivel educativo.
  • 25.
    CERTIFICADO DE EDUCACIÓNBÁSICA El promedio del Certificado de Educación básica será el resultado de sumar los promedios finales de los niveles de primaria y secundaria, y dividirlo entre dos. Primaria 8.2 Secundaria 8.9 17.2 / 2 = 8.6
  • 26.
    NORMAS DE CONTROLESCOLAR La Dirección General de Acreditación, Incorporación y Revalidación de la SEP establece estas normas de control en los procesos de inscripción, reinscripción, acreditación, promoción, regularización y certificación para cada ciclo escolar.
  • 27.
    INNOVACIONES LOCALES Las autoridadeseducativas locales, podrán adaptar lo previsto en el presente Acuerdo a los contextos locales y desarrollar proyectos de innovación en materia de evaluación, acreditación, promoción y certificación, en tanto no afecte el tránsito nacional e internacional de educandos ni el carácter nacional de la educación básica.
  • 28.
    TRANSITORIOS PRIMERO.- Entra envigor al día siguiente de su publicación SEGUNDO.- Queda sin efectos el Acuerdo Secretarial número 200 y el 499. QUINTO.- Transcurrido un año de la entrada en vigor del presente Acuerdo, será revisado por la Secretaría de Educación Pública del Gobierno Federal en coordinación con las autoridades educativas locales, a efecto de evaluar su aplicación y, en su caso, publicar en el Diario Oficial de la Federación las actualizaciones correspondientes.