Este documento establece las normas para la evaluación, acreditación, promoción y certificación en la educación básica en Guerrero, México. Define los componentes de la evaluación, niveles de desempeño, criterios de acreditación y promoción de grado para preescolar, primaria y secundaria. También describe el contenido y uso de la cartilla de educación básica, calendario de evaluaciones, estrategias de intervención y medidas compensatorias.
1. SECRETARIA DE EDUCACIÓN GUERRERO
SUBSECRETARIA DE EDUCACIÓN BÁSICA
DIRECCIÓN GENERAL DE DESARROLLO EDUCATIVO
JEFATURA DE DESARROLLO CURRICULAR
Por el que se establecen normas
generales para la Evaluación,
Acreditación, Promoción y
Certificación en la Educación Básica
2. FUNDAMENTO LEGAL
• Ley General de Educación. Art. 50
• Acuerdo 200
• Programa sectorial de Educación 2007-2012
• Acuerdo 592 sobre la Articulación de la Educación Básica
• Atendiendo las prácticas internacionales
a) La participación activa del alumno
b) Evaluar con enfoque formativo
c) Considerar y atender las necesidades específicas de los alumnos y contextos.
d) Fortalecer la retroalimentación entre docentes, alumnos, padres de familia o
tutores.
e) Desarrollo de una intervención pedagógica oportuna
f) Mejorar la práctica docente y el desempeño de los alumnos.
3. Artículo
1º.
Objeto:
El presente Acuerdo tiene por
objeto regular la
evaluación, acreditación, pro
moción y certificación de los
alumnos que cursan la
educación básica
4. Artículo
2º.
Alcance:
Las disposiciones contenidas en el
presente Acuerdo son aplicables a
todos los establecimientos educativos
públicos y particulares con
autorización, de los ámbitos federal,
estatal y municipal que imparten
educación preescolar, primaria y
secundaria
5. Componentes de la Artículo
evaluación: 3º.
La evaluación de los
aprendizajes se basará en la Toma en
valoración del desempeño de cuenta las
los alumnos en relación con el características
logro de los aprendizajes de:
esperados y competencias
necesidades capacidades
Pluralidad
social, intereses estilos
lingüística y
cultural Ritmos de aprendizaje
6. Artículo
Definiciones
4º.
Acreditación.-
Acción que permite determinar que una persona, previa evaluación,
logra los aprendizajes esperados en una asignatura u otro tipo de
unidad de aprendizaje, grado escolar, nivel educativo o tipo
educativo, previstos en el programa de estudio correspondiente.
Cartilla de Educación Básica.-
Docto. que permite a las autoridades e institucionales del sistema
educativo nacional, informar periódicamente a los alumnos que
cursan el tipo básico y a los padres de familia o tutores, los
resultados de las evaluaciones parciales y finales, así como las
observaciones sobre el desempeño académico de los alumnos que
permitan lograr mejores aprovechamientos, en términos de los
dispuesto por el art. 50 de la L.G.E.
7. Certificación.-
Acción que permite a una autoridad legalmente facultada, dar
testimonio, por medio de un documento oficial, que se acreditó total
o parcialmente una unidad de aprendizaje, asignatura, grado
escolar, nivel o tipo educativo.
Promoción.-
Decisión del docente –sustentada en la evaluación sistemática- o de
la autoridad educativa competente en materia de acreditación y
certificación, que permite a un alumno continuar sus estudios en el
grado o nivel educativo siguiente.
8. Artículo
CARTILLA DE EDUCACIÓN
BÁSICA 5º.
a) Documento informativo del desempeño de los
alumnos, y
b) Documento oficial que legitima la acreditación y
certificación parcial o total de cada grado de la
educación básica.
La SEP del Gobierno Federal establecerá su contenido mínimo. Las
autoridades educativas locales podrán adecuar la cartilla a sus
requerimientos e incorporar contenidos y diseños complementarios.
9. Artículo Contenido de la Cartilla de
6º. Educación Básica
EN LA EDUCACIÓN
PREESCOLAR
EN LOS TRES NIVELES DE a) Campos formativos
EDUCACIÓN BÁSICA b) Niveles de desempeño
a) Datos generales del alumno
b) Datos de identificación del
establecimiento
c) Niveles de desempeño y momentos de EN LA EDUCACIÓN
PRIMARIA Y SECUNDARIA
registro de evaluación
a) Asignaturas establecidas
d) Observaciones específicas b) Promedio final de calificaciones
e) Otras observaciones por asignatura y grado escolar
10. Niveles de desempeño en Educación Artículo
PREESCOLAR 7º
NIVEL DE DESEMPEÑO COLABORACIÓN REQUERIDA
POR PARTE DE LA FAMILIA,
DOCENTES Y DIRECTIVOS
A: Destacado Mantener el apoyo que se le
brinda
B: Satisfactorio Necesita apoyo adicional
C: Suficiente Requiere apoyo y asistencia
permanente
D: Insuficiente Requiere apoyo, tutoría,
acompañamiento diferenciado
y permanente.
11. EN LA EDUCACIÓN PREESCOLAR NO
HABRÁ UNA REFERENCIA NUMÉRICA
EVALUACIÓN CUALITATIVA
MOMENTOS DE REGISTRO DE EVALUACIÓN EN EDUCACIÓN PREESCOLAR
MOMENTOS DE CORTE LAPSO ESTIMADO DE REGISTRO Y
EVALUACIÓN COMUNICACIÓN DE LOS
RESULTADOS DE LA
EVALUACIÓN
Noviembre Del inicio del ciclo escolar Antes que concluya el mes
al mes de noviembre de noviembre
Marzo De diciembre a marzo Antes que concluya el mes
de marzo
Julio De abril a julio Durante los últimos cinco
días hábiles del ciclo
escolar.
12. Artículo Niveles de desempeño en Educación
PRIMARIA Y SECUNDARIA
8º
NIVEL DE DESEMPEÑO COLABORACIÓN REQUERIDA REFERENCIA
POR PARTE DE LA FAMILIA, NUMÉRICA Tanto en el nivel
DOCENTES Y DIRECTIVOS
B como en el C, el
A: Destacado Mantener el apoyo que se le 10 docente definirá
brinda
la referencia
numérica con el
B: Satisfactorio Necesita apoyo adicional 8o9
número entero
que corresponda
C: Suficiente Requiere apoyo y asistencia 6o7 de acuerdo con
permanente
las evidencias del
desempeño del
D: Insuficiente Requiere apoyo, tutoría, 5
acompañamiento alumno.
diferenciado y permanente.
13. MOMENTOS DE REGISTRO DE EVALUACIÓN EN EDUCACIÓN
PRIMARIA Y SECUNDARIA
BLOQUES LAPSO ESTIMADO DE ASIGNACION Y COMUNICACIÓN
DE LOS RESULTADOS DE LA
EVALUACIÓN
EVALUACIÓN
I Del inicio del ciclo escolar al mes de Antes de que concluya el mes
octubre de octubre
II De noviembre a diciembre Antes que concluya el mes de
diciembre
III De enero a febrero Antes que concluya el mes de
febrero
IV De marzo a abril Antes de que concluya el mes
de abril
V De mayo al fin del ciclo escolar Las calificaciones se deben
asignar y comunicar durante los
últimos cinco días hábiles del
ciclo escolar correspondiente
14. Artículo Calendarización de las
9º evaluaciones
Evaluaciones ordinarias del aprendizaje
Se realizarán en los doscientos días de clase.
Evaluaciones extraordinarias o de regularización
Se realizarán en otros periodos designadas por las autoridades educativas
correspondientes.
EDUCACIÓN PRIMARIA EDUCACIÓN SECUNDARIA
Evaluaciones del bloque Evaluaciones del bloque
V, se aplicarán durante los V, se aplicarán durante los
últimos ocho días hábiles últimos trece días hábiles
del ciclo escolar del ciclo escolar
15. Estrategias de intervención
Artículo
10º
EDUCACIÓN PRIMARIA Y
SECUNDARIA
EDUCACIÓN
PREESCOLAR Desde la conclusión del
segundo bloque.
A partir del mes de El docente deberá registrar
noviembre los apoyos que requiera el
alumno en acuerdo con
padres de familia o tutores.
16. Artículo Artículo Artículo
11º 12º 13º
PROMEDIO
PROMEDIO
FINAL DE
FINAL DE
ACREDITACIÓN GRADO
ASIGNATURA
DE ASIGNATURA ESCOLAR
Promedio mínimo Sumar los
Se registrará con
final de promedios finales
un número entero
de asignatura y
y un decimal 6.0 dividirlos entre el
Ej. 8.6 núm. total de
asignaturas.
17. 99 93
PROMEDIO FINAL DE NIVEL
EDUCATIVO
Será el resultado de sumar los
Artículo promedios finales de cada grado
correspondientes al nivel y dividirlo
14º entre el número de éstos. Se
registrará con un número entero y un
decimal sin redondear.
18. Artículo CRITERIOS DE ACREDITACIÓN DE
15º GRADO O NIVEL EDUCATIVO
PRIMER PERIODO: EDUCACIÓN PREESCOLAR
Grado Escolar Criterio de Acreditación Criterios de Promoción de
Grado y Nivel Educativo
PRIMERO La acreditación de El alumno que concluya los
cualquier grado de la grados primero o segundo de
educación preescolar se la educación preescolar será
promovido al siguiente grado.
obtendrá por el solo
SEGUNDO hecho de haberlo
cursado
TERCERO El alumno que concluya el
tercer grado de la educación
preescolar será promovido a la
educación primaria.
19. SEGUNDO PERIODO: EDUCACIÓN PRIMARIA
Grado Escolar Criterio de Acreditación Criterios de Promoción de
Grado y Nivel Educativo
PRIMERO El alumno que no haya
alcanzado los aprendizajes
correspondientes al grado
cursado podrá permanecer
La acreditación de los por otro ciclo escolar en el
SEGUNDO grados primero, segundo mismo grado, siempre y
y tercero de la educación cuando exista la
primaria se obtendrá por autorización expresa de los
el solo hecho de haberlos padres de familia o tutores.
cursado. Esta medida podrá
adoptarse solo una vez a lo
largo del periodo.
TERCERO
20. TERCER PERIODO: EDUCACIÓN PRIMARIA
Grado Escolar Criterio de Acreditación Criterios de Promoción de
Grado y Nivel Educativo
CUARTO El alumno será promovido cuando:
a) Acredite todas las asignaturas
del grado cursado, o
b) Alcance un promedio final de
Cuando el alumno tenga grado mínimo de 6.0 y presente
QUINTO un promedio final mínimo un máximo de dos asignaturas
de 6.0 en cada no acreditadas. (promoción con
asignatura, acreditará el condiciones). NCEA
grado cursado.
SEXTO El alumno será promovido a la
educación secundaria, cuando:
a) Acredite el sexto grado de la
educación primaria, o
b) Acredite una evaluación general
de conocimientos del sexto grado.
NORMAS DE CONTROL ESCOLAR APLICABLES.
21. CUARTO PERIODO : EDUCACIÓN SECUNDARIA
Grado Escolar Criterio de Acreditación Criterios de Promoción de Grado
a) Cuando tenga un promedio a) El alumno será promovido al
final mínimo de 6.0 en siguiente grado, cuando:
cada asignatura de grado.
a.1) Acredite el grado cursado
b) Riesgo de no acreditar de
a.2) Conserve un máximo de tres
una a cuatro asignaturas asignaturas no acreditadas, o
en el V bloque, podrá a.3) Acredite una evaluación general
PRIMERO Y presentar examen de de conocimientos del grado o grados
SEGUNDO recuperación incluyendo de la educación secundaria en
los cinco bloques. asignaturas no acreditadas.
c) Cuando al final del ciclo
escolar, el alumno b) El alumno tendrá que repetir el
grado completo, cuando:
conserve un máximo de
b.1) Al concluir el ciclo escolar
cuatro asignaturas del presente cinco o más asignaturas no
grado no acreditadas, acreditadas de 1º. o 2º. grado, o
tendrá oportunidad de b.2) Al concluir los primeros 15 días
presentar exámenes hábiles del inicio del siguiente ciclo
extraordinarios. escolar, más de 3 asignaturas no
acreditadas.
22. CUARTO PERIODO : EDUCACIÓN SECUNDARIA
Grado Escolar Criterio de Acreditación Criterios de Acreditación de
Nivel Educativo
a) Cuando tenga un promedio a) El alumno acreditará la educación
final mínimo de 6.0 en cada secundaria cuando:
asignatura de grado y no
adeude asignaturas de a.1) En todas las asignaturas obtenga
grados previos. un promedio final mínimo de 6.0, o
b) Riesgo de no acreditar de
a.2) Acredite una evaluación general
TERCERO una a cuatro asignaturas en
de conocimientos del tercer grado y
el V bloque, podrá presentar
se encuentren acreditadas todas
examen de recuperación
las asignaturas de primer y
incluyendo los cinco segundo grado.
bloques.
c) Cuando al final del ciclo
escolar, el alumno conserve b) El alumno tendrá que repetir el
un máximo de cuatro grado completo, cuando no logre
asignaturas del grado no acreditar la secundaria en los
acreditadas, tendrá términos antes señalados.
oportunidad de presentar
exámenes extraordinarios.
23. MEDIDAS COMPENSATORIAS
Artículo
En caso de requerirse, la Cartilla
de Educación Básica deberá
incluir las orientaciones sobre los
apoyos necesarios para lograr
los aprendizajes no alcanzados,
que podrán brindar los padres de
familia o tutores, y que deberán
proporcionar los docentes que
reciban a los alumnos en el
siguiente ciclo escolar.
24. Promoción anticipada
Los alumnos que cumplan con los
requisitos de acreditación, promoción
y certificación anticipada de alumnos
con aptitudes sobresalientes, podrán
ser admitidos a la educación
primaria o secundaria a una edad
más temprana de la establecida o
bien, omitir el grado escolar
inmediato que les corresponda, en el
mismo nivel educativo.
25. CERTIFICADO DE EDUCACIÓN BÁSICA
El promedio del Certificado de
Educación básica será el resultado de
sumar los promedios finales de los
niveles de primaria y secundaria, y
dividirlo entre dos.
Primaria 8.2
Secundaria 8.9
17.2 / 2 = 8.6
26. NORMAS DE CONTROL ESCOLAR
La Dirección General de
Acreditación, Incorporación y
Revalidación de la SEP establece
estas normas de control en los
procesos de inscripción, reinscripción,
acreditación, promoción,
regularización y certificación para
cada ciclo escolar.
27. INNOVACIONES LOCALES
Las autoridades educativas
locales, podrán adaptar lo previsto en
el presente Acuerdo a los contextos
locales y desarrollar proyectos de
innovación en materia de
evaluación, acreditación, promoción y
certificación, en tanto no afecte el
tránsito nacional e internacional de
educandos ni el carácter nacional de
la educación básica.
28. TRANSITORIOS
PRIMERO.- Entra en vigor al día siguiente de su
publicación
SEGUNDO.- Queda sin efectos el Acuerdo
Secretarial número 200 y el 499.
QUINTO.- Transcurrido un año de la entrada en
vigor del presente Acuerdo, será revisado por la
Secretaría de Educación Pública del Gobierno
Federal en coordinación con las autoridades
educativas locales, a efecto de evaluar su aplicación
y, en su caso, publicar en el Diario Oficial de la
Federación las actualizaciones correspondientes.