En la siguiente presentación se hace énfasis en la tributación municipal y sus diferentes elementos, siendo este ingreso primordial para las alcaldías de los diferentes municipios en el país, para respaldar la deuda pública. Se puede definir entonces a la tributación municipal como el conjunto de tributos (impuestos, tasas y contribuciones) cuya administración se encuentra a cargo de las municipalidades, sean éstas de ámbito provincial o distrital, dentro de sus otros elementos se describirán lo que son los impuestos de vehículo, la base imponible, hecho imponible y alícuota en forma general. Algunas definiciones generales en los que se pueden mencionar, municipios, tributos, impuestos, además su ámbito de aplicación a según el código orgánico tributario venezolano y sus diferentes ingresos municipales, y los contribuyentes de este ámbito
Se puede afirmar que los tributos municipales son ingresos beneficiosos para atender a las necesidades del pueblo, que son administrados a través de las alcaldías de los diferentes municipios , como lo es el municipio Simón Rodríguez que cuenta con diferentes impuestos como lo son los impuestos de vehículo, de actividades económicas, de licores y tabaco, de propiedad inmobiliaria, entre otros, que cuentan con una alícuota dependiendo de los objetos de la empresas y se calcula en base a la declaración de cada empresario , todo estos temas relacionados en el tema están establecidos en el código orgánico tributario venezolano.
1. La Creación del Impuesto: Art. 1-2 LIVA.
2. Aspecto Material de los Hechos Imponibles: Art. 03-04 LIVA.
3. La Temporalidad de los Hechos Imponibles: Art. 13 LIVA.
4. La Territorialidad de los Hechos Imponibles: Art. 14-15 LIVA.
5. Que no se considera Hecho Imponible.
1. La Creación del Impuesto: Art. 1-2 LIVA.
2. Aspecto Material de los Hechos Imponibles: Art. 03-04 LIVA.
3. La Temporalidad de los Hechos Imponibles: Art. 13 LIVA.
4. La Territorialidad de los Hechos Imponibles: Art. 14-15 LIVA.
5. Que no se considera Hecho Imponible.
Sintaxis de la evolución y reformas tributarias en los últimos 20 años y las distintas estrategias para generar incremento en las recaudaciones e ingresos a la nación.
La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela asigna cuáles son los tributos (impuestos, tasas y contribuciones) que le corresponden a los municipios en forma directa o mediante ley.
Alto contenido referido a la Obligación Tributaria ( Incluye la Relación Jurídico Tributaria, determinación de la obligación, órganos de determinación e interrelación de los Tributos) En el ámbito Venezolano.
Sintaxis de la evolución y reformas tributarias en los últimos 20 años y las distintas estrategias para generar incremento en las recaudaciones e ingresos a la nación.
La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela asigna cuáles son los tributos (impuestos, tasas y contribuciones) que le corresponden a los municipios en forma directa o mediante ley.
Alto contenido referido a la Obligación Tributaria ( Incluye la Relación Jurídico Tributaria, determinación de la obligación, órganos de determinación e interrelación de los Tributos) En el ámbito Venezolano.
Entre las novedades introducidas por el Código Aduanero (Ley 22415 y Normas complementarias), quizás la más importante es el articulado referido a la determinación del Valor Imponible de Exportación; es decir la base sobre la que el exportador calcula el pago de los derechos de exportación.
Anna Lucia Alfaro Dardón, Harvard MPA/ID. The international successful Case Study of Banco de Desarrollo Rural S.A. in Guatemala - a mixed capital bank with a multicultural and multisectoral governance structure, and one of the largest and most profitable banks in the Central American region.
INCAE Business Review, 2010.
Anna Lucía Alfaro Dardón
Dr. Ivan Alfaro
Dr. Luis Noel Alfaro Gramajo
PREVENCION DELITOS RELACIONADOS COM INT.pptxjohnsegura13
Concientizar y sensibilizar a los funcionarios, sobre la importancia de promover la seguridad en sus operaciones de comercio internacional, mediante la unificación de criterios relacionados con la trazabilidad de sus operaciones.
TRIBUTACIÒN MUNICIPAL...PRESENTACION DE DIANNA RODRIGUEZ , LIBERT PEREZ. CONTADURÍA PUBLICA TRAYECTO III ,UPTJAA
1. REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EL TIGRE, EDO - ANZOÁTEGUI
CONTADURÍA PÚBLICA , TRIBUTACIÓN II ,TRAYECTO III, FASE I
TRIBUTACIÓN
MUNICIPAL
Prof: Integrantes:
Emilce Garcia Dianna Rodríguez 27.928.935
Libert Pérez 28.183.157
Sección: #05
Abril-2020
2. INTRODUCCIÓN
En la siguiente presentación se hace énfasis en la tributación municipal y
sus diferentes elementos, siendo este ingreso primordial para las alcaldías
de los diferentes municipios en el país, para respaldar la deuda pública.
Se puede definir entonces a la tributación municipal como el conjunto
de tributos (impuestos, tasas y contribuciones) cuya administración se
encuentra a cargo de las municipalidades, sean éstas de ámbito provincial o
distrital, dentro de sus otros elementos se describirán lo que son los
impuestos de vehículo, la base imponible, hecho imponible y alícuota en
forma general.
Algunas definiciones generales en los que se pueden mencionar,
municipios, tributos, impuestos, además su ámbito de aplicación a según el
código orgánico tributario venezolano y sus diferentes ingresos
municipales, y los contribuyentes de este ámbito
3. Tributación Municipal
Según Aracelis M. Pulido A. (2007) El sistema
tributario municipal es el conjunto de tributos (impuestos,
tasas y contribuciones) cuya administración se encuentra a
cargo de las municipalidades, sean éstas de ámbito
provincial o distrital
4. Impuestos Municipales.
Según Aracelis M. Pulido A. (2007
Los impuestos se refieren a las cargas tributarias
obligatorias que les corresponde pagar a las personas ciertos
tipos de contribuyentes y empresas ciertos tipos de
empresas que pagan cuya finalidad es la de financiar al
estado nacional, provincial o municipal según el tipo de
tributo y tasa a pagar.
5. Impuesto de Vehículo
Según Francisco Mayorga (2018) El pago de impuesto
para vehiculos es uno de los tributos asignado al Municipio
a partir del texto Constitucional del año 1999.
Los impuesto sobre vehículos automotores es una de las
obligaciones de los propietarios o poseedores
de vehículos en Venezuela . Este gravamen se aplica a los
automotores nuevos, usados y los que se internan
temporalmente al territorio nacional
Quién debe pagar el impuesto sobre vehículos? El
propietario o poseedor de los vehículos gravados
matriculados en Venezuela, incluidos los vehículos de
transporte público. ¿Qué vehículos no están gravados?
Motocicletas con motor hasta de 125 cm3 de cilindrada,
las cuales solo deben pagar los derechos de
semaforización
6. Base Imponible
Según Ferreiro Lapatza, José Juan.(2003) En derecho
tributario, la base imponible es la magnitud que resulta de
la medición del hecho imponible. Se define como la
dimensión o magnitud de un elemento del presupuesto
objetivo del hecho imponible que se juzga como
determinante de la capacidad contributiva relativa.
En las relaciones jurídico tributarias el hecho imponible
pone de manifiesto la existencia de una capacidad
económica en los sujetos, pero para que el impuesto pueda
ser aplicado, este hecho debe valorarse de alguna manera
normalmente en unidades monetarias.
7. Ejemplo:
En el Impuesto sobre la Renta, el hecho imponible es la
obtención de renta por una persona, pero la base imponible
del impuesto es la cuantía de esa renta obtenida por el sujeto.
En el impuesto sobre el patrimonio la base imponible es el
patrimonio que pertenece a un sujeto.
La base imponible puede expresarse en unidades monetarias
(al medir rentas, precios de adquisición, valores de mercado,
contraprestación, etc.) o también en otro tipo de unidad de
peso, volumen, longitud, potencia, cantidad de empleados,
etc., así se distingue entre bases monetarias y no monetarias.
8. Hecho Imponible
Según Andrés Sevilla (2011)Hecho Imponible El hecho
imponible es un concepto utilizado en derecho tributario que
marca el nacimiento de la obligación tributaria, siendo así
uno de los elementos que constituyen el tributo.
Se trata de un hecho jurídico establecido por una norma de
rango legal, cuyos efectos también habrán de estar
contemplados y determinados por la ley. Además, el acreedor
y el deudor de la obligación tributaria tienen nula capacidad
de disposición o negociación sobre los efectos del hecho
jurídico cuya realización genere, por ley, una obligación
tributaria.
9. Alícuota
Según Julián Pérez Porto y María Merino (2015) Alícuota se
define como aquella contenida en otra un número exacto de
veces y se calcula como porcentaje o proporción de un total.
Por tanto, podemos decir que tiene un significado equivalente
a proporcional.
10. Alícuotas que Cobran en el Municipio:
Se trata de un impuesto que grava los ingresos brutos que se
originan de toda actividad económica, de industria, comercio,
servicios de índole similar, realizada en forma habitual o
eventual en jurisdicción de un determinado Municipio y que se
desarrolle en un establecimiento comercial, local, o lugar físico
y cuyo fin sea el lucro.
Además las alícuotas son calculadas en base a la declaración de
los impuestos, dependiendo de los objetos de las empresas
11. DEFINICIONES GENERALES
Municipio: División territorial administrativa en que se
organiza un estado, que está regida por un ayuntamiento
Tributo: Cantidad de dinero que los ciudadanos deben
pagar al estado para sostener el gasto público.
Impuesto: Cantidad de dinero que hay que pagar a la
Administración para contribuir a la hacienda pública.
12. ÁMBITO DE APLICACIÓN
La Norma II: Ámbito de aplicación, del Código Tributario,
establece que el término genérico de tributo comprende
a Impuesto, Contribución y Tasa Arbitrios, Derechos y
Licencias . Asimismo, de acuerdo con lo establecido en el
Artículo 52° del mencionado Código Tributario,
"Los Gobiernos Locales administrarán exclusivamente las
contribuciones y tasa municipales, sean estas últimas
derechos, licencias o arbitrios, y por excepción los
impuestos que la Ley les asigne".
13. De lo anteriormente mencionado se puede
concluir en lo siguiente:
a. Los tributos comprenden: Impuestos, Contribuciones y
Tasas. En ese sentido, los Gobiernos Locales sólo
pueden crear, modificar, y suprimir contribuciones y
tasas o exonerar de ellos, dentro de su jurisdicción y con
los límites que la ley señala.
b. Los gobiernos locales no pueden crear, modificar,
suprimir ni exonerar de los impuestos que por excepción
la ley les asigna, para su administración
14. Actualmente, el marco general para la política tributaria
municipal se encuentra establecido en el Decreto
Legislativo 776, Ley de Tributación Municipal. De acuerdo
al artículo 6° de la referida norma legal, los impuestos
municipales son:
Impuesto Predial
Impuesto de Alcabala
Impuesto de Patrimonio Automotriz
Impuestos a los Espectáculos Publico
Impuesto de las Apuestas
Impuestos de Actividades
Económica
Impuestos a los Juegos
15. Impuesto de Licores
Impuestos de Publicidad y Propaganda
Impuesto de Propiedad Inmobiliaria
Asimismo, se encuentran definidos como ingresos de las
municipalidades:
Las contribuciones especiales por obras públicas,
las tasas y
El Fondo de Compensación Municipal,
cuya distribución de estos últimos se realiza a través de
índices que aprueba el Ministerio de Economía y Finanzas.
16. CONTRIBUYENTES MUNICIPALES
El contribuyente es la persona que, gracias a su patrimonio,
se encuentra obligada a soportar el pago de los tributos,
como son las tasas, los impuestos y todas aquellas
contribuciones especiales que financian al Estado.
En el ámbito de las obligaciones fiscales y pago de
impuestos, el contribuyente es la persona física o jurídica
que soporta la carga del impuesto, pero no necesariamente
es el obligado al pago del impuesto a la Hacienda Pública.
17. CONCLUSIÓN
Se puede afirmar que los tributos municipales son ingresos
beneficiosos para atender a las necesidades del pueblo, que
son administrados a través de las alcaldías de los diferentes
municipios , como lo es el municipio Simón Rodríguez que
cuenta con diferentes impuestos como lo son los impuestos
de vehículo, de actividades económicas, de licores y tabaco,
de propiedad inmobiliaria, entre otros, que cuentan con una
alícuota dependiendo de los objetos de la empresas y se
calcula en base a la declaración de cada empresario , todo
estos temas relacionados en el tema están establecidos en el
código orgánico tributario venezolano.
18. BIBLIOGRAFÍA
https://www.gestiopolis.com/impuestos-municipales-en-caracas-venezuela/
Impuestos municipales en Caracas Venezuela Aracelis M. Pulido A. (2007)
https://www.acn.com.ve/impuesto-vehiculos-venezuela/ Francisco
Mayorga (2018)
El impuesto sobre vehículos en Venezuela
Ferreiro Lapatza, José Juan.(2003) Base imponible
https://es.wikipedia.org/wiki/Base_imponible
https://economipedia.com/definiciones/hecho-imponible.html Andrés Sevilla
Hecho Imponible
http://www.eumed.net/librosgratis/2009b/563/La%20administracion%20tributari
a%20municipal.htm La administración tributaria municipal Marco A. Crespo
A.
https://definicion.de/alicuota/ DEFINICIÓN DE
ALÍCUOTA Julián Pérez Porto y María Merino (2015)