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UNIVERSIDAD DE CARARBOBO
FACULTAD DE CIENCAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS
ESCUELA DE CIENCIAS FISCALES
CÁTEDRA: CULTURA TRIBUTARIA

PROFESORA:
LIC.: VILMA MOLEIRO

BACCHILLER:
YÁNEZ LUIS

C.I: 24.498.639

1 ER ANO, SECCION 02

BÁRBULA, JULIO 2013
INTRODUCCIÓN
La presente investigación se refiere a la Evolución Histórica del Derecho
Tributario en Venezuela y cuáles fueron las principales fuentes que
suministraron directamente para que el mismo surgiera. Puede decirse que
nació por medio del aparecimiento del tributo y de la misma manera por el
progreso que ha tenido la carga impositiva en Venezuela. A este se le conoce
como, una rama del Derecho Financiero, que consiste en un conjunto de
preceptos jurídicos, con el objetivo de regular y aplicar gravámenes, que son de
carácter obligatorios, exigidos por el Estado para coadyuvar al gasto publico.
Se debe hacer énfasis, que el nacimiento y desarrollo del Derecho
Tributario, se debe a tres factores, el surgimiento del tributo, la aplicación de la
tributación y la promulgación de preceptos legales que regulen en la esfera
tributaria, hoy en día, estos lo han conformado un todo, dando paso para su
desenvolvimiento en el país.
El interés primordial de la investigación es profundizar las raíces
históricas de esta rama del Derecho y obtener recursos jurídico-tributarios para
así, tomar en cuenta la evangelización de la cultura tributaria en el país, para
disminuir factores negativos que incumbe en la realización de cancelación de
los tributos.
Ahora bien, gracias al surgimiento del tributo, se desarrollo a nivel
internacional la tributación, que consiste en la cancelación de los gravámenes a
una figura única, el Estado, siendo otra factor para el nacimiento del Derecho
Tributario a nivel mundial; como en Venezuela. Pudiera decirse, que este
comenzó a florecer, dado que se necesitaba un conjunto de principios que
regulara a esta materia específica, la cual se plasmo mediante el Derecho
Público.
Gracias, la divulgación de nuevas líneas de regulación en materia
tributaria se dio el paso para que el Derecho Tributario Nacional evolucionara
de manera uniforme que desde 1943 se inicio la regulación tributaria con la
implementación de la Ley de Impuesto sobre la Renta, siendo unos de los
impuestos más antiguas del país.
Siendo importante resaltar que el Derecho Tributario Nacional entabló
una estabilidad

por medio de las Jornadas Latinoamericanas de Derecho
Tributario, en donde se recomendó tipificar los manuales de esta rama del
Derecho en los países de la región en códigos. Al mismo tiempo, Venezuela
no se quedo atrás y designó una comisión en el año de 1976 quien elaboró el
proyecto de Código Orgánico Tributario el cual fue presentado al Congreso en
el año 1977, siendo finalmente decretado en el año 1982 y entró en vigencia el
31 de Enero de 1983. Seguidamente salieron nuevos tributos en el Estado
Venezolano, de tal modo nacieron nuevas leyes que regulan gravámenes
específicos.
Se observa claramente que la Evolución Histórica del Derecho Tributario
Nacional, dependió de la implementación de cauces jurídico-tributarios años
atrás, estando unos vigentes y otros derogados, sin embargo han dado paso
para el desarrollo del mismo.
LOS TRIBUTOS
-

Historia
Para comprender mejor la historia del Derecho Tributario Venezolano se

debe ir hacia los tiempos pretéritos en donde germina la médula de esta rama
del Derecho, puede decirse que remonta a la era primitiva, cuando los hombres
entregaban ofrendas a los dioses a cambio de algunos beneficios. Sin
embargo, desde la civilización griega, se manejaba el término de la
progresividad en el pago de los impuestos por medio del cual se ajustaban los
tributos de acuerdo a las capacidades de pago de las personas.
Al mismo tiempo, en Europa, durante la Edad Media, los tributos los
cancelaban los pobladores en especies a los señores feudales, con los
vegetales o animales que crecían en las pequeñas parcelas que les eran
asignadas, y a la Iglesia Católica en la forma conocida como diezmos y
primicias, de carácter obligatorio y relacionados con la eliminación de posibles
cadenas después de la muerte.
No obstante, se produce modificaciones en el sistema de cancelación
de tributos, en el donde pasar ser el Estado figura única de recolección de los
gravámenes, que deben ser cancelados por los particulares de carácter
obligatorio. Por esta razón se vio la necesidad formular una serie de principios
que regulara esta materia específica, por medio del Derecho, en donde se dio
el nacimiento y promulgación del Derecho Tributario sobre países con un
Sistema Tributario fortificado.
A propósito, el principio de la tributación Venezolana se entabla a
mediados del siglo XIX, bajo el imperio de las ideas liberales, teniendo un
evolución paulatinamente y siendo de beneficio para el nacimiento de
preceptos jurídico-tributarios que hoy en día conforma el Derecho Tributario en
Venezuela, teniendo un ampliación bastante lenta pero muy significativa.
-

Definición
Con referencia a lo anterior, la medula del Derecho Tributario, nacen

como un mecanismo de búsqueda de nuevos ingresos. Los cuales fueron
implementados por los Estados para financiar la satisfacción de las
necesidades públicas.
Según Sáinz de Bufanda, se entiende por tributo “toda prestación
patrimonial obligatoria, establecida por la ley, a cargo de las personas físicas y
jurídicas que se encuentren en los supuestos de hecho que la propia ley
determine, y que vaya dirigida a dar satisfacción a los fines que al Estado y a
los restantes entes públicos estén encomendados.”
También se puede decir que los tributos consisten en prestaciones
pecuniarias

obligatorias,

impuestas

unilateralmente,

exigidas

por

una

Administración pública como consecuencia de la realización del hecho
imponible, al que la ley vincula el deber de contribuir. Su fin primordial es
convertirse en ingresos públicos para que el Estado pueda cumplir sus fines
esenciales. En el ámbito constitucional se puede apreciar en el artículo 133 de
la Constitución, que toda persona tiene el deber de coadyuvar a los gastos
públicos, mediante el pago de diferentes tributos (Tasas, Impuestos,
Contribuciones).
-

CLASIFICACIÓN
De conformidad con el Articulo 133 de la Constitución Venezolana y el

Articulo 12 del Código Orgánico Tributario clasifican los tributos, en tasas,
contribuciones especiales e impuestos:
1. Tasas: se refiere a un tributo con menor grado de obligatoriedad,
ya que depende del sometimiento voluntario del particular al
decidirse a utilizar un servicio del Estado o en la realización de
actividades en régimen de Derecho Público que se refieran,
afecten o beneficien de modo particular al sujeto pasivo.
2. Impuestos: son los recursos exigidos sin contraprestación o sin
beneficio alguno, cuyo hecho imponible está constituido por
negocios, actos o hechos de naturaleza jurídica o económica que
ponen de manifiesto la capacidad contributiva del sujeto pasivo,
como consecuencia de la posesión de un patrimonio, la
circulación de los bienes o la adquisición o gasto de la renta.
 Impuestos Directos: son aquellos que recaen sobre la
persona, bien sea natural o jurídica.
 Impuestos Indirectos: es aquel impuesto que debe pagar
una persona por consumir algo, por utilizar algo. sin
importar que esta persona esté o no en capacidad de
tributar.
3. Contribuciones:

Se

define

la

contribución

como,

una

compensación pagada con carácter obligatoria a un ente público,
con ocasión de una obra realizada por él, con fines de utilidad
pública

pero

que

proporciona

ventajas

especiales

a

los

particulares propietarios de bienes inmuebles.
 Contribuciones
parafiscales,

sociales:

Son

los

mismos aportes

que son percibidos por las

entidades

designadas para prestar servicios de seguridad social,
fomentar la enseñanza de los trabajadores, fortalecer la
familia, etc.
 Contribuciones corporativas: Son los aportes pagados a
determinadas instituciones, por servicios específicos, que
pueden ser gremiales.
 Contribuciones económicas: Son los pagos obligatorios
que hacen los contribuyentes y que tienen un destino más
o menos específica.
SISTEMA TRIBUTARIO VENEZOLANO
-

DEFINICIÓN
Por su parte, el Sistema Tributario Venezolano ha constituido de igual

forma que los tributos, la edificación y fortalecimiento del Derecho Tributario
Venezolano. Siendo importante resaltar que este sistema está compuesto por
el conjunto de gravámenes que estén vigentes en un país determinado y por
supuesto, en una época establecida.
En el ámbito constitucional, el sistema tributario establecerá la obligación
de contribuir en atención a la capacidad económica del sujeto pasivo por lo que
los tributos no pueden ser calculados sobre una base proporcional sino
atendiendo al principio de progresividad, mecanismo que debe respetarse para
que el estado pueda cumplir con la obligación de proteger la economía nacional
y lograr un adecuado nivel de vida para el pueblo.
Venezuela como uno de los principales países exportadores de petróleo
obtenía sus ingresos de este, en lo cual se originaron desajustes en la
aplicación de los tributos, por la presencia del petróleo; convirtiéndose en la
primera fuente de recursos fiscales para el Estado y la industria más importante
del país, por lo que no le había tomado real importancia a las tributaciones,
considerándose como uno de los países con más baja impositiva.
En este sentido, y desde hace algunos años se inicio en nuestro país un
esfuerzo de modernización del estado, cuyo principal objeto consintió en
procurar soluciones a la grave crisis del sistema de las finanzas públicas,
produciéndose así el nacimiento del Sistema Tributario Venezolano alrededor
de 1989. La primera estrategia se inicio en el año 1989, con la propuesta de
una administración para el Impuesto del Valor Agregado.
Por otra parte, se distinguen dos tipos de Sistemas Tributarios: El
Racional y el Histórico
1) El Sistema Racional: es cuando el legislador es quien crea de
manera libre la armonía entre los objetivos que se persiguen y los
medios empleados. En otras palabras, es el legislador que impone
nuevos impuesto sobre el Sistema Tributario.
2) El Sistema Histórico: aquí se hace claro que los gravámenes se
produce sólo de manera espontánea mediante la evolución
histórica.
Debido a esto en casi todos los países la tendencia al perfeccionamiento
de los instrumentos tributarios ya que es un fenómeno constante; se llega a la
conclusión que ambos elementos racional e histórico actúan en todas las
estructuras fiscales, y es necesario dejar establecido la participación y aporte
en cada sistema.
Puede apreciarse, una clara distinción entre el Sistema Racional y el
Histórico, sino que se observa si en determinada estructura tributaria
predomina la realidad buscada mediante la combinación de la reclamación de
impuestos o tributos,

con arreglo a un plan que permita el logro de los

objetivos de la política financiera. Esto se podría considerar un Sistema
Tributario Racional, o si al contrario; se consiguen una variedad de tributos que
han ido surgiendo a raíz de las necesidades monetarias estatales, esto no se
puede considerar como Racional ya que no existe armonía entre los tributos ni
con los objetivos fiscales del Estado; por consiguiente se podría considerar un
Sistema Tributario Histórico. Hoy en día, el Sistema Tributario en Venezuela se
ha conformado por los métodos nombrados anteriormente, los cuales han
constituido una estabilidad en Derecho Tributario Nacional.
DERECHO TRIBUTARIO.
-

Definición
Es el conjunto de normas que regulan el establecimiento y aplicación de

tributos que permiten solventar el gasto público del Estado.
Como puede verse, estudia una parte de la Actividad Financiera del
Estado o mejor dicho los ingresos públicos y no se profundiza en el campo de
las normas reguladoras de los gastos públicos. Su finalidad es buscar el control
y eficiencia en la recolección de ingresos a través de la figura jurídica del
tributo, con la finalidad que el Estado cumpla con el perímetro de la realización
de los fines del Estado.
Pudiera decirse, que el Derecho Tributario nació con la finalidad de la
regulación de los impuestos, que desde hace años no existía un órgano o bien
dicho, una rama del derecho financiero que reglamentara la aplicación de
tributos.
Siendo importante resaltar, que hoy en día,

gira en torno al Código

Orgánico Tributario, el cual ha promovido de igual forma, para la formulación de
preceptos jurídicos que han de regular un fragmento de los ingresos públicos,
la recolección y aplicación de tributos.
Para Villegas es “(…) el conjunto de normas jurídicas que regulan los
tributos en sus distintos aspectos”. Es evidente que la meta principal del
Derecho tributario es la regulación y aplicación de tributos bajo el principio de
legalidad.
-

Evolución Historia del Derecho Tributario
Cabe señalar que en el Derecho Tributario Venezolano, concebido como

un todo, siempre se había destacado con especial atención, desde que
República adoptó el principio de legalidad en materia tributaria, con rango
constitucional. Así lo encuentra recogido desde la Constitución de 1811,
dictada por el Congreso que decretó la independencia de Venezuela y
expresamente consagrado en nuestra Carta Magna de 1830, a través de la
cual se dio vida al Estado Venezolano, en la disposición respectiva que le
atribuyó al Congreso la facultad de crear "...impuestos, derechos y
contribuciones para atender a los gastos nacionales, velar sobre su inversión y
tomar cuenta de ella al Poder Ejecutivo y demás empleados de la República."
Prosiguiendo así, el principio de legalidad a todas las Constituciones que el
Estado Venezolano ha promulgado hasta hoy y persiguiendo la evolución del
Derecho Tributario Nacional.
Como muy bien se ha dicho, el Derecho Tributario es un conjunto de
normas, que únicamente regula una parte del Actividad Financiera del Estado,
los ingresos públicos, basándose en diversas líneas jurídicas en el ámbito
fiscal. Siendo visible que evolucionaria con la implementación de nuevos
cauces

legales

en

su

círculo

de

regulación,

provocando

así

un

desenvolvimiento uniforme del mismo.
Es evidente entonces, que la evolución del Derecho Tributario quedaría
subordinada a la promulgación de preceptos o reformas de leyes tributarias,
siendo su fin esencial la regulación de los tributos nacionales.
Unas de las más notables en la historia del Derecho Tributario es, la Ley
de Impuesto sobre la Renta que salió en Gaceta Oficial número 20.851 del 17
de julio de 1942 y entrando en vigencia el día primero de enero de 1943. Que
regula un impuesto nacional que grava los enriquecimientos anuales, netos y
disponibles obtenidos en dinero o en especie.
Desde que la Ley de Impuesto Sobre la Renta entra en vigencia hasta
nuestros días a sufrido una serie de reformas que van de la mano, a las
necesidades económicas y sociales que ha presentado nuestro país, la última
reforma de la Ley de Impuesto Sobre la Renta, es publicada en gaceta oficial
Nº 5.566 extraordinario, del 28 de diciembre de 2001, cuya característica
principal respecto de las versiones anteriores, es el cambio del factor de
conexión, conjugando el principio de territorialidad del impuesto con un sistema
de tributación basado en la renta mundial.
Sin embargo, la construcción exhaustiva como tal del de este tipo de
Derecho se dio por la II Jornadas Latinoamericanas de Derecho Tributario
celebrada en el año 1959, en Ciudad de México, donde se exhortó codificar el
Derecho Tributario en los países de la región en códigos, que fijen
sistemáticamente y ordenadamente los manuales generales del Derecho
Tributario.
Mediante esta recomendación la Organización de Estados Americanos y
el Banco Interamericano de Desarrollo designan una comisión, compuesta por
destacados tributaritas quienes, para el año 1968, elaboraron el modelo de
Código Orgánico Tributario para América Latina.
Al mismo tiempo, Venezuela designó una comisión en el año de 1976
quien elaboró el proyecto de Código Orgánico Tributario el cual fue presentado
al Congreso en el año 1977, siendo finalmente decretado en el año 1982 y
entró en vigencia el 31 de Enero de 1983.
Nuestro Código Orgánico Tributario siendo fuente palpable del Derecho
Tributario Venezolano ha sufrido dos reformas, una en el año 1992 y la última
en el año 1994. La primera de estas reformas (1.992) incorporó importantes
cambios; la de exigir intereses moratorios a la tasa del mercado, mejoras en la
redacción de algunos artículos debido a la experiencia en su aplicación, se
desarrolló la materia de infracciones y sanciones atendiendo a las necesidades
de la implementación en nuestro país del Impuesto al Valor Agregado. Desde
1989 se encuentra en proceso en Venezuela la reforma tributaria
Luego que se produjera la primera reforma del Código Orgánico
Tributario se vio la necesidad de reforzar en nuestro país el Impuesto al Valor
Agregado, el cual había llegado a mediados del año 1970 teniendo un
desarrollo paulatinamente.
Sin embargo, el Estado Venezolano adquirió compromisos con el Banco
Mundial y el Banco Interamericano de Desarrollo en 1992 en lo que surgieron
proyectos

de

mejoramiento

de

la

recaudación

y

modernización

y

fortalecimiento de las aduanas sustentados en un nuevo diseño tributario que
intenta transformar la tributación con la propuesta de cuatro ejes transversales:
el Impuesto sobre la Renta, el Impuesto a los Activos Empresariales, el
Impuesto al Valor Agregado y, el Régimen Simplificado de Tributación para
pequeños contribuyentes. Los principios que lo rigen son el mejoramiento y
dominio de la recaudación, la función socio-económica de los impuestos, los
Proyectos de Remisión Tributaria y el Código Orgánico Tributario.
Luego a pasar esta reforma tributaria, surgieron nuevas normas
reguladoras de impuesto especiales que el Estado opto, con el fin de mejorar la
recaudación y modernización del Sistema Tributario Venezolano.
En primer lugar surgió la Ley de Impuesto del Valor Agregado, quien fue
publicada en Gaceta Oficial N° 35.304 el 24 de Septiembre de 1993 y entro en
vigencia el 1° de octubre del mismo año. Pero para entender, cual es la función
de esta ley, se debe de saber qué tipo de impuesto regula, y a quienes son
fijados. Este tipo de tributo es indirecto, dado que a diferencia de los impuestos
directos, no repercute directamente sobre los ingresos, por el contrario, recae
sobre los costos de producción y venta de las empresas. Esto significa que se
aplica sobre el consumo y que resulta financiado por el consumidor final.
Es visible que la función principal de de la Ley de Impuesto del Valor
Agregado, es regular los impuestos agregados a los bienes, los cuales debe
pagar el consumidor final.
En segundo Lugar, fue la Ley de los Activos Empresariales la cual fue
publicada en la Gaceta Oficial N° 4.654 Extraordinario 26 de noviembre de
1993, y entro en vigencia el 1 de Diciembre de 1993, la cual su esencialidad es
regulación del impuesto directo al patrimonio que pagará anualmente toda
persona jurídica o natural comerciante sujeta al Impuesto sobre la Renta, sobre
el valor de los activos tangibles e intangibles de su propiedad, situados o en el
país o reputados como tales, que durante el ejercicio, estén incorporados a
la producción de enriquecimiento proveniente de actividades comerciales,
industriales

industriales

o

de

explotación

de

minas

e hidrocarburos y

actividades análogas.
Siendo importante resaltar, que el Estado busco reducir la complejidad
del Sistema Tributario, mediante la implementación del Régimen Simplificado
de Tributación para Pequeños Contribuyentes, que consistía en reunir en un
solo gravamen, las obligaciones tributarias, en donde se engloba el Impuesto
del Valor Agregado, Impuesto sobre la Renta y el Impuesto a los Activos
Empresariales, quedando al olvido y simplemente consintió en un proyecto
planteado en el Estado Venezolano.
Persiguiendo aun la modernización en el ámbito tributario, el Gobierno
Nacional, después de haber acumulado las experiencias y los logros de las
principales Administraciones Tributarias del continente y habida cuenta de la
evolución alcanzada por nuestro propio Sistema Tributario, así como, la
necesidad orgullosa que había de tecnificar y ampliar nuestra Administración
Tributaria; el Ejecutivo Nacional decide crear una nueva estructura tributaria
mediante la fusión de las Aduanas de Venezuela Servicio Autónomo y el
Servicio Nacional de Administración Tributaria para dar paso a la creación del
Servicio Nacional Integrado de Administración Tributaria según Decreto
Presidencial Nº 310 de fecha 10 de agosto de 1994, publicado en la Gaceta Nº
35.525 de fecha 16 de agosto de 1994.
Seguidamente surgieron nuevos tributos en el Estado Venezolano, de tal
modo manaron nuevas leyes que regulan gravámenes específicos. En lo se
puede nombrar: Ley de Impuesto de Sobre Alcoholes y Especies Alcohólicas ,
Ley de impuesto al consumo suntuario y a las Ventas al Mayor, Ley al Debito
Bancario a Transacciones financieras, Ley Orgánica de Aduanas, Ley De
Impuesto Sobre Cigarrillos Y Manufacturas De Tabaco, Impuesto sobre
Sucesiones, Donaciones y Demás Ramos Conexos.
En último lugar, se debe hacer énfasis que la evolución del Derecho
Tributario Nacional, se debe a la construcción de leyes promulgadas años
atrás, estando algunas vigentes y otras derogadas, sin embargo, han dado
paso para la transformación y consistencia del mismo. Puede decirse, que este
está subordinado a los preceptos jurídicos existente en el Estado Venezolano.
CONCLUSIÓN
Hoy en día, se puede decir, que la Evolución del Derecho Tributario
Venezolano se produjo paulatinamente pero con gran relevancia en la historia
del Derecho Nacional, siendo su principal característica la regulación y
aplicación de tributos, que son de necesidad para subsanar los gastos públicos
del país.
En este sentido, el florecimiento del Derecho Tributario en Venezuela se
dio por la implementación de la regulación tributaria desde 1943, en donde se
promulgo la Ley de Impuesto sobre la Renta y siendo punta de lanza para la
promulgación de nuevas líneas de regulación de los impuesto nacionales.
En segundo lugar, se debe hacer énfasis que la II Jornadas
Latinoamericanas de Derecho Tributario celebrada en el año 1959, en Ciudad
de México, en donde se comenzó a desarrollar por primera vez en Venezuela
la regulación de los Tributos por medio del Código Orgánico Tributario que
entro en vigencia el 31 de Enero de 1983, proporcionando fortalecimiento,
transformación y evolución a esta rama del Derecho Financiero.
Con referencia a lo anterior, la evolución del Derecho Tributario, se debe
a la implantación de preceptos jurídico-tributarios, siendo palpable hoy

el

desarrollo que ha tenido esta rama del Derecho, de tal modo nacieron nuevas
leyes que regulan gravámenes específicos. En lo se puede calificar: Ley de
Impuesto de Sobre Alcoholes y Especies Alcohólicas , Ley de impuesto al
consumo suntuario y a las Ventas al Mayor, Ley al Debito Bancario a
Transacciones financieras, Ley Orgánica de Aduanas, Ley De Impuesto Sobre
Cigarrillos

Y

Manufacturas

De

Tabaco,

Impuesto

sobre

Sucesiones,

Donaciones y Demás Ramos Conexos.
En conclusión, la Evolución del Derecho Tributario Nacional es
perceptible por las diferentes leyes vigentes que regulan en materia tributaria
en el país, dando provisión de vida al mismo.
BIBLIOGRAFÍA
Código Orgánico Tributario 2001
Portal Web: http://www.seniat.gob.ve/portal/page/portal/PORTAL_SENIAT
Héctor, Villegas, (2001), Cursos de Finanzas, Derecho Financiero y
Tributario, Editorial: Depalma, Buenos Aires- Argentina
RAFAEL, Guevara, Antecedentes del Derecho Tributario, [en línea],
Disponible en www.ragaso.com/indexos/fiscal.htm, Mayo 2006 [Consultado, 05
de Julio de 2013]
Josar, Cristin, Los Tributos Fiscales en Venezuela [en línea], disponible
en: www.monografias.com/trabajos11/tribven/tribven.shtml, Septiembre 2009
[Consultado, 05 de Julio de 2013]

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Evolución histórica del Derecho Tributario en Venezuela

  • 1. UNIVERSIDAD DE CARARBOBO FACULTAD DE CIENCAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS ESCUELA DE CIENCIAS FISCALES CÁTEDRA: CULTURA TRIBUTARIA PROFESORA: LIC.: VILMA MOLEIRO BACCHILLER: YÁNEZ LUIS C.I: 24.498.639 1 ER ANO, SECCION 02 BÁRBULA, JULIO 2013
  • 2. INTRODUCCIÓN La presente investigación se refiere a la Evolución Histórica del Derecho Tributario en Venezuela y cuáles fueron las principales fuentes que suministraron directamente para que el mismo surgiera. Puede decirse que nació por medio del aparecimiento del tributo y de la misma manera por el progreso que ha tenido la carga impositiva en Venezuela. A este se le conoce como, una rama del Derecho Financiero, que consiste en un conjunto de preceptos jurídicos, con el objetivo de regular y aplicar gravámenes, que son de carácter obligatorios, exigidos por el Estado para coadyuvar al gasto publico. Se debe hacer énfasis, que el nacimiento y desarrollo del Derecho Tributario, se debe a tres factores, el surgimiento del tributo, la aplicación de la tributación y la promulgación de preceptos legales que regulen en la esfera tributaria, hoy en día, estos lo han conformado un todo, dando paso para su desenvolvimiento en el país. El interés primordial de la investigación es profundizar las raíces históricas de esta rama del Derecho y obtener recursos jurídico-tributarios para así, tomar en cuenta la evangelización de la cultura tributaria en el país, para disminuir factores negativos que incumbe en la realización de cancelación de los tributos. Ahora bien, gracias al surgimiento del tributo, se desarrollo a nivel internacional la tributación, que consiste en la cancelación de los gravámenes a una figura única, el Estado, siendo otra factor para el nacimiento del Derecho Tributario a nivel mundial; como en Venezuela. Pudiera decirse, que este comenzó a florecer, dado que se necesitaba un conjunto de principios que regulara a esta materia específica, la cual se plasmo mediante el Derecho Público. Gracias, la divulgación de nuevas líneas de regulación en materia tributaria se dio el paso para que el Derecho Tributario Nacional evolucionara de manera uniforme que desde 1943 se inicio la regulación tributaria con la implementación de la Ley de Impuesto sobre la Renta, siendo unos de los impuestos más antiguas del país. Siendo importante resaltar que el Derecho Tributario Nacional entabló una estabilidad por medio de las Jornadas Latinoamericanas de Derecho
  • 3. Tributario, en donde se recomendó tipificar los manuales de esta rama del Derecho en los países de la región en códigos. Al mismo tiempo, Venezuela no se quedo atrás y designó una comisión en el año de 1976 quien elaboró el proyecto de Código Orgánico Tributario el cual fue presentado al Congreso en el año 1977, siendo finalmente decretado en el año 1982 y entró en vigencia el 31 de Enero de 1983. Seguidamente salieron nuevos tributos en el Estado Venezolano, de tal modo nacieron nuevas leyes que regulan gravámenes específicos. Se observa claramente que la Evolución Histórica del Derecho Tributario Nacional, dependió de la implementación de cauces jurídico-tributarios años atrás, estando unos vigentes y otros derogados, sin embargo han dado paso para el desarrollo del mismo.
  • 4. LOS TRIBUTOS - Historia Para comprender mejor la historia del Derecho Tributario Venezolano se debe ir hacia los tiempos pretéritos en donde germina la médula de esta rama del Derecho, puede decirse que remonta a la era primitiva, cuando los hombres entregaban ofrendas a los dioses a cambio de algunos beneficios. Sin embargo, desde la civilización griega, se manejaba el término de la progresividad en el pago de los impuestos por medio del cual se ajustaban los tributos de acuerdo a las capacidades de pago de las personas. Al mismo tiempo, en Europa, durante la Edad Media, los tributos los cancelaban los pobladores en especies a los señores feudales, con los vegetales o animales que crecían en las pequeñas parcelas que les eran asignadas, y a la Iglesia Católica en la forma conocida como diezmos y primicias, de carácter obligatorio y relacionados con la eliminación de posibles cadenas después de la muerte. No obstante, se produce modificaciones en el sistema de cancelación de tributos, en el donde pasar ser el Estado figura única de recolección de los gravámenes, que deben ser cancelados por los particulares de carácter obligatorio. Por esta razón se vio la necesidad formular una serie de principios que regulara esta materia específica, por medio del Derecho, en donde se dio el nacimiento y promulgación del Derecho Tributario sobre países con un Sistema Tributario fortificado. A propósito, el principio de la tributación Venezolana se entabla a mediados del siglo XIX, bajo el imperio de las ideas liberales, teniendo un evolución paulatinamente y siendo de beneficio para el nacimiento de preceptos jurídico-tributarios que hoy en día conforma el Derecho Tributario en Venezuela, teniendo un ampliación bastante lenta pero muy significativa. - Definición Con referencia a lo anterior, la medula del Derecho Tributario, nacen como un mecanismo de búsqueda de nuevos ingresos. Los cuales fueron implementados por los Estados para financiar la satisfacción de las necesidades públicas.
  • 5. Según Sáinz de Bufanda, se entiende por tributo “toda prestación patrimonial obligatoria, establecida por la ley, a cargo de las personas físicas y jurídicas que se encuentren en los supuestos de hecho que la propia ley determine, y que vaya dirigida a dar satisfacción a los fines que al Estado y a los restantes entes públicos estén encomendados.” También se puede decir que los tributos consisten en prestaciones pecuniarias obligatorias, impuestas unilateralmente, exigidas por una Administración pública como consecuencia de la realización del hecho imponible, al que la ley vincula el deber de contribuir. Su fin primordial es convertirse en ingresos públicos para que el Estado pueda cumplir sus fines esenciales. En el ámbito constitucional se puede apreciar en el artículo 133 de la Constitución, que toda persona tiene el deber de coadyuvar a los gastos públicos, mediante el pago de diferentes tributos (Tasas, Impuestos, Contribuciones). - CLASIFICACIÓN De conformidad con el Articulo 133 de la Constitución Venezolana y el Articulo 12 del Código Orgánico Tributario clasifican los tributos, en tasas, contribuciones especiales e impuestos: 1. Tasas: se refiere a un tributo con menor grado de obligatoriedad, ya que depende del sometimiento voluntario del particular al decidirse a utilizar un servicio del Estado o en la realización de actividades en régimen de Derecho Público que se refieran, afecten o beneficien de modo particular al sujeto pasivo. 2. Impuestos: son los recursos exigidos sin contraprestación o sin beneficio alguno, cuyo hecho imponible está constituido por negocios, actos o hechos de naturaleza jurídica o económica que ponen de manifiesto la capacidad contributiva del sujeto pasivo, como consecuencia de la posesión de un patrimonio, la circulación de los bienes o la adquisición o gasto de la renta.  Impuestos Directos: son aquellos que recaen sobre la persona, bien sea natural o jurídica.  Impuestos Indirectos: es aquel impuesto que debe pagar una persona por consumir algo, por utilizar algo. sin
  • 6. importar que esta persona esté o no en capacidad de tributar. 3. Contribuciones: Se define la contribución como, una compensación pagada con carácter obligatoria a un ente público, con ocasión de una obra realizada por él, con fines de utilidad pública pero que proporciona ventajas especiales a los particulares propietarios de bienes inmuebles.  Contribuciones parafiscales, sociales: Son los mismos aportes que son percibidos por las entidades designadas para prestar servicios de seguridad social, fomentar la enseñanza de los trabajadores, fortalecer la familia, etc.  Contribuciones corporativas: Son los aportes pagados a determinadas instituciones, por servicios específicos, que pueden ser gremiales.  Contribuciones económicas: Son los pagos obligatorios que hacen los contribuyentes y que tienen un destino más o menos específica. SISTEMA TRIBUTARIO VENEZOLANO - DEFINICIÓN Por su parte, el Sistema Tributario Venezolano ha constituido de igual forma que los tributos, la edificación y fortalecimiento del Derecho Tributario Venezolano. Siendo importante resaltar que este sistema está compuesto por el conjunto de gravámenes que estén vigentes en un país determinado y por supuesto, en una época establecida. En el ámbito constitucional, el sistema tributario establecerá la obligación de contribuir en atención a la capacidad económica del sujeto pasivo por lo que los tributos no pueden ser calculados sobre una base proporcional sino atendiendo al principio de progresividad, mecanismo que debe respetarse para que el estado pueda cumplir con la obligación de proteger la economía nacional y lograr un adecuado nivel de vida para el pueblo. Venezuela como uno de los principales países exportadores de petróleo obtenía sus ingresos de este, en lo cual se originaron desajustes en la
  • 7. aplicación de los tributos, por la presencia del petróleo; convirtiéndose en la primera fuente de recursos fiscales para el Estado y la industria más importante del país, por lo que no le había tomado real importancia a las tributaciones, considerándose como uno de los países con más baja impositiva. En este sentido, y desde hace algunos años se inicio en nuestro país un esfuerzo de modernización del estado, cuyo principal objeto consintió en procurar soluciones a la grave crisis del sistema de las finanzas públicas, produciéndose así el nacimiento del Sistema Tributario Venezolano alrededor de 1989. La primera estrategia se inicio en el año 1989, con la propuesta de una administración para el Impuesto del Valor Agregado. Por otra parte, se distinguen dos tipos de Sistemas Tributarios: El Racional y el Histórico 1) El Sistema Racional: es cuando el legislador es quien crea de manera libre la armonía entre los objetivos que se persiguen y los medios empleados. En otras palabras, es el legislador que impone nuevos impuesto sobre el Sistema Tributario. 2) El Sistema Histórico: aquí se hace claro que los gravámenes se produce sólo de manera espontánea mediante la evolución histórica. Debido a esto en casi todos los países la tendencia al perfeccionamiento de los instrumentos tributarios ya que es un fenómeno constante; se llega a la conclusión que ambos elementos racional e histórico actúan en todas las estructuras fiscales, y es necesario dejar establecido la participación y aporte en cada sistema. Puede apreciarse, una clara distinción entre el Sistema Racional y el Histórico, sino que se observa si en determinada estructura tributaria predomina la realidad buscada mediante la combinación de la reclamación de impuestos o tributos, con arreglo a un plan que permita el logro de los objetivos de la política financiera. Esto se podría considerar un Sistema Tributario Racional, o si al contrario; se consiguen una variedad de tributos que han ido surgiendo a raíz de las necesidades monetarias estatales, esto no se
  • 8. puede considerar como Racional ya que no existe armonía entre los tributos ni con los objetivos fiscales del Estado; por consiguiente se podría considerar un Sistema Tributario Histórico. Hoy en día, el Sistema Tributario en Venezuela se ha conformado por los métodos nombrados anteriormente, los cuales han constituido una estabilidad en Derecho Tributario Nacional. DERECHO TRIBUTARIO. - Definición Es el conjunto de normas que regulan el establecimiento y aplicación de tributos que permiten solventar el gasto público del Estado. Como puede verse, estudia una parte de la Actividad Financiera del Estado o mejor dicho los ingresos públicos y no se profundiza en el campo de las normas reguladoras de los gastos públicos. Su finalidad es buscar el control y eficiencia en la recolección de ingresos a través de la figura jurídica del tributo, con la finalidad que el Estado cumpla con el perímetro de la realización de los fines del Estado. Pudiera decirse, que el Derecho Tributario nació con la finalidad de la regulación de los impuestos, que desde hace años no existía un órgano o bien dicho, una rama del derecho financiero que reglamentara la aplicación de tributos. Siendo importante resaltar, que hoy en día, gira en torno al Código Orgánico Tributario, el cual ha promovido de igual forma, para la formulación de preceptos jurídicos que han de regular un fragmento de los ingresos públicos, la recolección y aplicación de tributos. Para Villegas es “(…) el conjunto de normas jurídicas que regulan los tributos en sus distintos aspectos”. Es evidente que la meta principal del Derecho tributario es la regulación y aplicación de tributos bajo el principio de legalidad. - Evolución Historia del Derecho Tributario Cabe señalar que en el Derecho Tributario Venezolano, concebido como un todo, siempre se había destacado con especial atención, desde que República adoptó el principio de legalidad en materia tributaria, con rango constitucional. Así lo encuentra recogido desde la Constitución de 1811,
  • 9. dictada por el Congreso que decretó la independencia de Venezuela y expresamente consagrado en nuestra Carta Magna de 1830, a través de la cual se dio vida al Estado Venezolano, en la disposición respectiva que le atribuyó al Congreso la facultad de crear "...impuestos, derechos y contribuciones para atender a los gastos nacionales, velar sobre su inversión y tomar cuenta de ella al Poder Ejecutivo y demás empleados de la República." Prosiguiendo así, el principio de legalidad a todas las Constituciones que el Estado Venezolano ha promulgado hasta hoy y persiguiendo la evolución del Derecho Tributario Nacional. Como muy bien se ha dicho, el Derecho Tributario es un conjunto de normas, que únicamente regula una parte del Actividad Financiera del Estado, los ingresos públicos, basándose en diversas líneas jurídicas en el ámbito fiscal. Siendo visible que evolucionaria con la implementación de nuevos cauces legales en su círculo de regulación, provocando así un desenvolvimiento uniforme del mismo. Es evidente entonces, que la evolución del Derecho Tributario quedaría subordinada a la promulgación de preceptos o reformas de leyes tributarias, siendo su fin esencial la regulación de los tributos nacionales. Unas de las más notables en la historia del Derecho Tributario es, la Ley de Impuesto sobre la Renta que salió en Gaceta Oficial número 20.851 del 17 de julio de 1942 y entrando en vigencia el día primero de enero de 1943. Que regula un impuesto nacional que grava los enriquecimientos anuales, netos y disponibles obtenidos en dinero o en especie. Desde que la Ley de Impuesto Sobre la Renta entra en vigencia hasta nuestros días a sufrido una serie de reformas que van de la mano, a las necesidades económicas y sociales que ha presentado nuestro país, la última reforma de la Ley de Impuesto Sobre la Renta, es publicada en gaceta oficial Nº 5.566 extraordinario, del 28 de diciembre de 2001, cuya característica principal respecto de las versiones anteriores, es el cambio del factor de conexión, conjugando el principio de territorialidad del impuesto con un sistema de tributación basado en la renta mundial. Sin embargo, la construcción exhaustiva como tal del de este tipo de Derecho se dio por la II Jornadas Latinoamericanas de Derecho Tributario
  • 10. celebrada en el año 1959, en Ciudad de México, donde se exhortó codificar el Derecho Tributario en los países de la región en códigos, que fijen sistemáticamente y ordenadamente los manuales generales del Derecho Tributario. Mediante esta recomendación la Organización de Estados Americanos y el Banco Interamericano de Desarrollo designan una comisión, compuesta por destacados tributaritas quienes, para el año 1968, elaboraron el modelo de Código Orgánico Tributario para América Latina. Al mismo tiempo, Venezuela designó una comisión en el año de 1976 quien elaboró el proyecto de Código Orgánico Tributario el cual fue presentado al Congreso en el año 1977, siendo finalmente decretado en el año 1982 y entró en vigencia el 31 de Enero de 1983. Nuestro Código Orgánico Tributario siendo fuente palpable del Derecho Tributario Venezolano ha sufrido dos reformas, una en el año 1992 y la última en el año 1994. La primera de estas reformas (1.992) incorporó importantes cambios; la de exigir intereses moratorios a la tasa del mercado, mejoras en la redacción de algunos artículos debido a la experiencia en su aplicación, se desarrolló la materia de infracciones y sanciones atendiendo a las necesidades de la implementación en nuestro país del Impuesto al Valor Agregado. Desde 1989 se encuentra en proceso en Venezuela la reforma tributaria Luego que se produjera la primera reforma del Código Orgánico Tributario se vio la necesidad de reforzar en nuestro país el Impuesto al Valor Agregado, el cual había llegado a mediados del año 1970 teniendo un desarrollo paulatinamente. Sin embargo, el Estado Venezolano adquirió compromisos con el Banco Mundial y el Banco Interamericano de Desarrollo en 1992 en lo que surgieron proyectos de mejoramiento de la recaudación y modernización y fortalecimiento de las aduanas sustentados en un nuevo diseño tributario que intenta transformar la tributación con la propuesta de cuatro ejes transversales: el Impuesto sobre la Renta, el Impuesto a los Activos Empresariales, el Impuesto al Valor Agregado y, el Régimen Simplificado de Tributación para pequeños contribuyentes. Los principios que lo rigen son el mejoramiento y dominio de la recaudación, la función socio-económica de los impuestos, los Proyectos de Remisión Tributaria y el Código Orgánico Tributario.
  • 11. Luego a pasar esta reforma tributaria, surgieron nuevas normas reguladoras de impuesto especiales que el Estado opto, con el fin de mejorar la recaudación y modernización del Sistema Tributario Venezolano. En primer lugar surgió la Ley de Impuesto del Valor Agregado, quien fue publicada en Gaceta Oficial N° 35.304 el 24 de Septiembre de 1993 y entro en vigencia el 1° de octubre del mismo año. Pero para entender, cual es la función de esta ley, se debe de saber qué tipo de impuesto regula, y a quienes son fijados. Este tipo de tributo es indirecto, dado que a diferencia de los impuestos directos, no repercute directamente sobre los ingresos, por el contrario, recae sobre los costos de producción y venta de las empresas. Esto significa que se aplica sobre el consumo y que resulta financiado por el consumidor final. Es visible que la función principal de de la Ley de Impuesto del Valor Agregado, es regular los impuestos agregados a los bienes, los cuales debe pagar el consumidor final. En segundo Lugar, fue la Ley de los Activos Empresariales la cual fue publicada en la Gaceta Oficial N° 4.654 Extraordinario 26 de noviembre de 1993, y entro en vigencia el 1 de Diciembre de 1993, la cual su esencialidad es regulación del impuesto directo al patrimonio que pagará anualmente toda persona jurídica o natural comerciante sujeta al Impuesto sobre la Renta, sobre el valor de los activos tangibles e intangibles de su propiedad, situados o en el país o reputados como tales, que durante el ejercicio, estén incorporados a la producción de enriquecimiento proveniente de actividades comerciales, industriales industriales o de explotación de minas e hidrocarburos y actividades análogas. Siendo importante resaltar, que el Estado busco reducir la complejidad del Sistema Tributario, mediante la implementación del Régimen Simplificado de Tributación para Pequeños Contribuyentes, que consistía en reunir en un solo gravamen, las obligaciones tributarias, en donde se engloba el Impuesto del Valor Agregado, Impuesto sobre la Renta y el Impuesto a los Activos Empresariales, quedando al olvido y simplemente consintió en un proyecto planteado en el Estado Venezolano.
  • 12. Persiguiendo aun la modernización en el ámbito tributario, el Gobierno Nacional, después de haber acumulado las experiencias y los logros de las principales Administraciones Tributarias del continente y habida cuenta de la evolución alcanzada por nuestro propio Sistema Tributario, así como, la necesidad orgullosa que había de tecnificar y ampliar nuestra Administración Tributaria; el Ejecutivo Nacional decide crear una nueva estructura tributaria mediante la fusión de las Aduanas de Venezuela Servicio Autónomo y el Servicio Nacional de Administración Tributaria para dar paso a la creación del Servicio Nacional Integrado de Administración Tributaria según Decreto Presidencial Nº 310 de fecha 10 de agosto de 1994, publicado en la Gaceta Nº 35.525 de fecha 16 de agosto de 1994. Seguidamente surgieron nuevos tributos en el Estado Venezolano, de tal modo manaron nuevas leyes que regulan gravámenes específicos. En lo se puede nombrar: Ley de Impuesto de Sobre Alcoholes y Especies Alcohólicas , Ley de impuesto al consumo suntuario y a las Ventas al Mayor, Ley al Debito Bancario a Transacciones financieras, Ley Orgánica de Aduanas, Ley De Impuesto Sobre Cigarrillos Y Manufacturas De Tabaco, Impuesto sobre Sucesiones, Donaciones y Demás Ramos Conexos. En último lugar, se debe hacer énfasis que la evolución del Derecho Tributario Nacional, se debe a la construcción de leyes promulgadas años atrás, estando algunas vigentes y otras derogadas, sin embargo, han dado paso para la transformación y consistencia del mismo. Puede decirse, que este está subordinado a los preceptos jurídicos existente en el Estado Venezolano.
  • 13. CONCLUSIÓN Hoy en día, se puede decir, que la Evolución del Derecho Tributario Venezolano se produjo paulatinamente pero con gran relevancia en la historia del Derecho Nacional, siendo su principal característica la regulación y aplicación de tributos, que son de necesidad para subsanar los gastos públicos del país. En este sentido, el florecimiento del Derecho Tributario en Venezuela se dio por la implementación de la regulación tributaria desde 1943, en donde se promulgo la Ley de Impuesto sobre la Renta y siendo punta de lanza para la promulgación de nuevas líneas de regulación de los impuesto nacionales. En segundo lugar, se debe hacer énfasis que la II Jornadas Latinoamericanas de Derecho Tributario celebrada en el año 1959, en Ciudad de México, en donde se comenzó a desarrollar por primera vez en Venezuela la regulación de los Tributos por medio del Código Orgánico Tributario que entro en vigencia el 31 de Enero de 1983, proporcionando fortalecimiento, transformación y evolución a esta rama del Derecho Financiero. Con referencia a lo anterior, la evolución del Derecho Tributario, se debe a la implantación de preceptos jurídico-tributarios, siendo palpable hoy el desarrollo que ha tenido esta rama del Derecho, de tal modo nacieron nuevas leyes que regulan gravámenes específicos. En lo se puede calificar: Ley de Impuesto de Sobre Alcoholes y Especies Alcohólicas , Ley de impuesto al consumo suntuario y a las Ventas al Mayor, Ley al Debito Bancario a Transacciones financieras, Ley Orgánica de Aduanas, Ley De Impuesto Sobre Cigarrillos Y Manufacturas De Tabaco, Impuesto sobre Sucesiones, Donaciones y Demás Ramos Conexos. En conclusión, la Evolución del Derecho Tributario Nacional es perceptible por las diferentes leyes vigentes que regulan en materia tributaria en el país, dando provisión de vida al mismo.
  • 14. BIBLIOGRAFÍA Código Orgánico Tributario 2001 Portal Web: http://www.seniat.gob.ve/portal/page/portal/PORTAL_SENIAT Héctor, Villegas, (2001), Cursos de Finanzas, Derecho Financiero y Tributario, Editorial: Depalma, Buenos Aires- Argentina RAFAEL, Guevara, Antecedentes del Derecho Tributario, [en línea], Disponible en www.ragaso.com/indexos/fiscal.htm, Mayo 2006 [Consultado, 05 de Julio de 2013] Josar, Cristin, Los Tributos Fiscales en Venezuela [en línea], disponible en: www.monografias.com/trabajos11/tribven/tribven.shtml, Septiembre 2009 [Consultado, 05 de Julio de 2013]