El documento discute la relación entre el derecho y la moral. Explica que el derecho se refiere a las relaciones entre las personas, mientras que la moral se refiere al individuo. Aunque la persona es autónoma, la naturaleza humana es ser social, por lo que ni la moral ni el derecho pueden fundamentarse únicamente en la autonomía o heteronomía. El derecho persigue fines morales pero no forma una unidad completa con la moral, lo que puede dar lugar a contradicciones cuando uno permite algo que el otro prohíbe.