Conjunto de normas o leyes relativas a los delitos, a las penas y a las medidas de seguridad y con las cuales cuenta el Estado para eliminar la presencia de conductas antisociales.
Al Derecho Penal Sustantivo también se le denomina Derecho Penal Material y es el que se consagra en el Código Penal
Conjunto de normas o leyes relativas a los delitos, a las penas y a las medidas de seguridad y con las cuales cuenta el Estado para eliminar la presencia de conductas antisociales.
Al Derecho Penal Sustantivo también se le denomina Derecho Penal Material y es el que se consagra en el Código Penal
Tiene por objetivo comprender la importancia del estudio del Derecho Penal, de la pena, mediante la observación y el razonamiento del delito, del delincuente, y de la reacción social que ambos provocan
Tiene por objetivo comprender la importancia del estudio del Derecho Penal, de la pena, mediante la observación y el razonamiento del delito, del delincuente, y de la reacción social que ambos provocan
Nociones del Derecho Penal, Clasificación, Fuentes del Derecho, Clasificación, Valor de las Fuentes del Derecho Penal, Norma Penal, Ley Penal, Principio de la Legalidad.
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Presentacion norma penal y nocion del derecho penal
1. Derecho Penal:
Norma Penal y
Noción del
Derecho Penal
Alumno: Biagna Grosso
Carrera: Derecho
Sección: C
Asignatura: Derecho
Penal General
2. N O R M A P E N A L
Estructura de la Norma Penal
consta de dos elementos esenciales:
1. EL PRECEPTO: Constituye el imperativo de una determinada conducta,
es la prescripción de hacer o no hacer algo.
2. LA SANCIÓN: Consiste en la pena, es la consecuencia jurídica que debe
aplicarse con base a la transgresión del precepto, implica la amenaza de
un mal que va consistir en la restricción de los derechos del trasgresor.
Caracteres de la Norma Penal
IMPERATIVO: La misma contiene la desaprobación o aprobación de
determinados comportamientos que son contrarios a las exigencias de la
vida social. No lo haga o hágalo.
VALORATIVO: La misma contiene la seguridad de los bienes tutelados por
el derecho. El valor del mismo. No mates, es por el valor a la vida.
Es una regla de conducta que
es impuesta por el Estado. Las
normas vienen a ser la
expresión de la voluntad del
Estado, ellas surgen del
ordenamiento ético natural
respondiendo a las más
rotundas exigencias del ser
humano que vive en sociedad.
En otras palabras, es la regla
estatal que sanciona con una
pena o una medida de
seguridad conductas humanas
que atacan gravemente la
convivencia.
3. L E Y P E N A L
Características
La ley penal es liberal, exclusiva, igualitaria, obligatoria,
constitucional e ineludible.
Clasificación
De acuerdo a su naturaleza:
Ley penal fundamental: es código penal venezolano vigente
Leyes especiales: tienen carácter punitivo y se publican con la
finalidad de tipificar como delitos determinados actos y
determinar las penas aplicables a quienes los cometan.
De acuerdo a su sanción:
Absolutamente determinadas: describen ciertos actos como
delitos, establecen las clases de pena y la duración de la misma
de forma absoluta e invariable.
Relativamente determinadas: tipifican los actos delictivos,
determinan clase de pena (Presidio, Prisión y Arresto) pero no
establecen una cuantía de la misma inflexible e invariable sino un
máximo y un mínimo de tiempo de duración de la pena según las
circunstancias que la atenúen o agraven.
Indeterminadas: únicamente tipifican ciertos actos como delitos y
no establecen ni la especie ni la cuantía, por tanto es el Juez
quien aplica la pena, violando así el principio de legalidad de los
delitos y las penas.
Es la expresión del poder
público debidamente
establecido, en la cual se
señalan de manera objetiva y
justa los delitos, las penas y las
medidas de seguridad. La ley
penal es: a) Advertencia, si una
persona comete un delito, será
castigada con la pena o
sanción prevista en la ley penal
para ese delito. b) Garantía, si
una persona no ha cometido
delito, no debe ser juzgada, ni
castigada penalmente.
4. P R I N C I P I O D E
L E G A L I DA D
Garantías
Este principio posee dos garantías esenciales:
• Garantía criminal, “no hay delito sin la ley previa”
• Garantía penal, “no hay pena sin ley penal”
Se presenta en el Art. 1 Código
Penal Venezolano:
“Nadie podrá ser castigado por
un hecho que no estuviere
expresamente previsto como
punible por la ley, ni con penas
que ella no hubiere establecido
previamente…". Quiere decir
que no hay delito ni pena sin
ley previa en la cual se señalen
determinados actos como
delitos y se indiquen las penas
que se aplicarán a las personas
que los cometan.
5. ¿ Q U É E S E L
D E R E C H O P E N A L?
Clasificación
Según Federico Puig Peña podemos clasificar al Derecho Penal
en dos sentidos:
Objetivo: este a su vez se clasifica en sustantivo o material
(conjunto de normas legales formuladas por el Estado para
definir delitos y establecer sanciones penales) y adjetivo o
formal (conjunto de normas legales formuladas por el Estado
que nos indican las formas o procedimientos a seguir para
enjuiciar a quien o quienes hayan cometido el hecho delictivo)
Subjetivo: facultad y deber que tiene el Estado, y sólo él, de
definir los delitos, de determinar cuáles actos son delictivos, de
establecer cuales son las sanciones aplicables a los
delincuentes, y en el caso de que una persona perpetre
efectivamente un delito la facultad, la potestad de aplicar la
sanción prevista en la ley penal.
Elementos del Derecho Penal
Según la Escuela Clásica, el derecho penal tiene dos elementos:
delito y sanción penal, mientras que la Escuela positivista
considera que son tres elementos; delito, sanción y delincuente.
En Venezuela, el código penal es clásico.
No existe un único concepto,
pero podemos decir que es el
conjunto de normas legales o
jurídicas establecidas por el
estado para describir los delitos
y determinar las penas, o más
generalmente, las sanciones
penales aplicables a los
delincuentes.
6. E L D E R E C H O P E N A L Y
OT R A S D I S C I P L I N A S
J U R Í D I C A S
Fuentes del Derecho Penal
Se trata de los actos o hechos pasados de los que deriva la
creación, modificación o extinción de normas jurídicas.
Clasificación:
Se puede decir que el Derecho
Penal es una rama del Derecho
Público, y su vez guarda
relación con otras ramas del
ámbito jurídico que son:
El Derecho Procesal Penal
El Derecho Internacional
Público
El Derecho Administrativo
El Derecho Civil
El Derecho Mercantil
Valor de las Fuentes:
La costumbre: la costumbre jurídica es que la mayoría de los
grupos sociales reafirman que sus acciones son legalmente
vinculantes y lo toman como su creencia.
La jurisprudencia: Se trata de una serie de sentencias repetidas por
el tribunal, que resolvieron casos no previstos por la ley de forma
clara y precisa.
La Doctrina: Conjunto de opiniones emitidas en monografías,
tratados, conferencias, entre otros; por los juristas especializados
en Derecho Penal.
Los Principios Generales del Derecho: medio o mecanismo de
interpretación de leyes o normas jurídicas.