La Corte Constitucional de Colombia declaró la inconstitucionalidad de una ley que reformó el Código de Minas del país por no haberse realizado la consulta previa a los pueblos indígenas y afrocolombianos, según lo exige la constitución. Sin embargo, diferió los efectos de esta decisión por dos años para mantener vigentes algunas disposiciones protectoras del medio ambiente. La Comisión Colombiana de Juristas criticó esta decisión porque limita el derecho a la consulta previa y podría alentar al gobierno a legislar