Medidas de formas, coeficiente de asimetría y coeficiente de curtosis.pptx
Propiedad intelectual
1.
2. ¿QUÉ ES
LA
PROPIEDA
D
INTELECT
UAL?
Derechos que se asemejan a derechos de
propiedad (derechos exclusivos).
… Que resultan de la actividad intelectual en los
campos industrial, científico, literario y artístico.
… Que permiten al creador o al titular de una
patente, marca o derecho de autor, beneficiarse de
su obra o invención.
Tiene que ver con las creaciones del intelecto
humano:
Invenciones
Obras literarias y artísticas
Nombres e imágenes utilizadas en el
comercio.
3. ESTIMULAR LA CREATIVIDAD Y LA
INNOVACIÓN
ALENTAR LA INVERSIÓN DE RECURSOS
PARA SEGUIR CREANDO E INNOVANDO
ESTIMULAR EL CRECIMIENTO
ECONÓMICO, GENERAR NUEVOS
EMPLEOS E INDUSTRIAS, MEJORAR LA
CALIDAD Y DISFRUTE DE LA VIDA DE
LAS PERSONAS
5. El sistema de propiedad intelectual ayuda a
establecer un equilibrio entre los intereses de los
innovadores y el interés público, creando un
entorno en el que la creatividad y la invención
puedan florecer en beneficio de todos.
6. La propiedad industrial, que abarca las
patentes de invención, las marcas, los
diseños industriales y las indicaciones
geográficas.
El derecho de autor, que abarca las obras
literarias (por ejemplo, las novelas, los
poemas y las obras de teatro), las películas,
la música, las obras artísticas (por ejemplo,
dibujos, pinturas, fotografías y esculturas)
y los diseños arquitectónicos.
9. Es un derecho exclusivo concedido sobre una invención – el producto o
proceso que constituye una nueva manera de hacer algo, o propone una
nueva solución técnica a un problema.
El titular de una patente goza de protección para su invención; la
protección se concede durante un período limitado, que suele ser de 20
años.
10. Una invención protegida por patente
no puede ser fabricada, utilizada,
distribuida ni vendida con fines
comerciales sin el consentimiento del
titular de la patente.
11. El titular de una patente tiene derecho a decidir quién puede o no utilizar la invención
patentada durante el período en el que está protegida.
El titular de la patente puede conceder a terceros una autorización o una licencia para
utilizar la invención con sujeción a las condiciones establecidas de común acuerdo.
El titular puede asimismo vender el derecho sobre la invención a un tercero, que se
convertirá en el nuevo titular de la patente.
NOTA
Cuando expira la patente, la invención pasa a pertenecer al dominio público; ya no está
protegida por patente, es decir que el titular deja de tener derechos exclusivos sobre la
invención, que estará disponible para su explotación comercial por terceros.
12. Presentando una Solicitud de Patente ante el Instituto Mexicano de Propiedad
Industrial (IMPI)
La solicitud de patente contiene:
El título de la invención
Una indicación sobre su ámbito técnico
Debe incluir los antecedentes
Una descripción de la invención en un lenguaje claro y detallado
Las “reivindicaciones” es decir, la información destinada a determinar el alcance de la
protección que conferirá la patente.
Dibujos, planos o diagramas en los que se describe con mayor detalle la invención.
13. La invención debe satisfacer las siguientes condiciones para ser protegida por patente:
Aplicación Industrial
Poseer Novedad
(característica nueva que no forme parte del cuerpo de conocimientos existente en su ámbito
técnico llamado “estado de la técnica”).
Actividad inventiva
NOTA
Las teorías científicas, los métodos matemáticos, las variedades vegetales o los animales, los
descubrimientos de sustancias naturales, los métodos comerciales o métodos de tratamiento médico
(en oposición a los productos medicinales), no suelen ser patentables.
14. Las patentes son concedidas por las oficinas nacionales de patentes.
Un solicitante que desee protección, puede presentar una única solicitud y pedir
protección en tantos países signatarios como lo desee.
Patente PCT (Tratado de Cooperación en materia de Patentes), administrado por la
Organización Mundial de la Propiedad intelectual (OMPI).
15.
16. Es un signo distintivo
visible que distingue
productos o servicios de
otros de su misma
especie o clase en el
mercado.
Las marcas pueden
consistir en una palabra
o en una combinación de
palabras, letras y cifras.
Asimismo en dibujos,
símbolos, o signos
tridimensionales como
la forma y el embalaje
de productos.
17. Se entiende por marca, todo signo
perceptible por los sentidos y susceptible de
representarse de manera que permita
determinar el objeto claro y preciso de la
protección, que distinga productos o
servicios de otros de su misma especie o
clase en el mercado.
18. Garantiza a su titular el derecho
exclusivo a utilizar la marca para
identificar sus productos o servicios, o a
autorizar su utilización por terceros a
cambio del pago de una remuneración.
El período de protección es de 10 años,
puede renovarse en periodos de la
misma duración.
19. Marcas Tradicionales
Consistir en una palabra o en una
combinación de palabras, letras y cifras
Consistir asimismo en dibujos, símbolos, o
signos tridimensionales como la forma y el
embalaje de producto.
Marcas No tradicionales
Con características distintivas, por
ejemplo, hologramas, marcas animadas,
marcas de color y signos no visibles
(marcas sonoras, olfativas o gustativas).
20. Marca Nominativa
Son aquéllas que identifican un producto o servicio a
partir de una denominación; pueden constituirse de
letras, palabras o números y contener signos ortográficos
que auxilien a su correcta lectura. Se conforman por
elementos literales, así como por una o varias palabras
desprovistas de todo diseño. El solicitante se reserva el
uso en cualquier tipo o tamaño de letra.
Marca Innominada
Son aquéllas que identifican un producto o servicio y se
constituyen a partir de figuras, diseños o logotipos
desprovistos de letras, palabras o números.
21. Marca Tridimensional
Son los envoltorios, empaques o envases. Cualquier forma o
presentación de los productos en sus tres dimensiones: alto, ancho
y fondo.
Deben estar desprovistas de palabras o dibujos, es decir, sin
denominación ni diseños.
Marca Mixta
Se constituyen de la combinación de cualquiera de los tipos de
marcas anteriores, por ejemplo:
Denominación y Diseño
Denominación y forma tridimensional
Diseño y forma tridimensional
Denominación, diseño y forma tridimensional
23. Marca Colectiva
Es aquella que se constituye por los mismos elementos
que una marca, y además tiene las siguientes
características:
La solicitan asociaciones o sociedades de productores,
fabricantes o prestadores de servicios legalmente constituidas.
El registro de marca colectiva sirve para distinguir en el
mercado, los productos o servicios de sus miembros respecto de
los productos o servicios de terceros.
El uso está sujeto a las reglas que determine la asociación o la
sociedad.
El uso está reservado a los miembros de la asociación o
sociedades, por ello no será objeto de una transmisión de
derechos ni licencia de uso.
24. Aviso Comercial
Se considera aviso comercial a las frases u oraciones que tengan por objeto anunciar al
público establecimientos o negociaciones comerciales, industriales o de servicios, productos o
servicios para distinguirlos de los de su especie.
Los avisos comerciales se pueden constituir de letras, palabras y/o números, así como
aquellos signos ortográficos que auxilien a su correcta lectura.
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25. Nombre comercial
Es aquél nombre, término o designación que identifica y distingue a una empresa o
establecimiento industrial, comercial o de servicios; así como su giro y prestigio en el
mercado.
La protección abarcará la zona geográfica de la clientela efectiva de la empresa o
establecimiento al que se aplique el nombre comercial.
Cabe mencionar que el nombre comercial debe estar desprovisto de diseño o tipografía
estilizada
CB LA CASA DEL BROQUEL
TAQUERÍA EL JAROCHO
PUNTO SANO
26. Denominación de Origen
Una Denominación de Origen (DO), es el nombre de una región geográfica del país que sirve
para designar un producto originario de la misma, en razón de sus atributos inconfundibles
(calidad o características), conferidos exclusivamente por el medio geográfico, los cuales se
conforman por factores humanos y naturales.
El estado mexicano es el titular de las 15 Denominaciones de Origen que existen
actualmente, y sólo podrá usarse mediante la autorización que éste otorga a través del
IMPI.
27.
28. Marca de certificación
Es indicadora de calidad de los productos o servicios en cuestión, en cuyo titular recaen la
obligación de controlar el uso de dicha marca y la obligación de imponer sanciones en caso
de que este uso no fuese conforme con lo previsto en sus reglas de uso.
La característica habitual de una marca de certificación es que el titular de la
marca no es quien la utiliza, sino sus usuarios autorizados, con el propósito de
garantizar al público destinatario que los bienes o servicios poseen una característica
en particular.
29. Promueven la iniciativa y el espíritu empresarial en
todo el mundo, recompensando a sus titulares con
reconocimiento y beneficios financieros.
Impide que los competidores desleales, como los
falsificadores, utilicen signos distintivos similares para
designar productos o servicios de inferior calidad o
distintos.
30.
31. Se refiere a los aspectos ornamentales o estéticos de un objeto.
Puede consistir en características tridimensionales, como la forma o la superficie
de un artículo, o características bidimensionales, como la configuración, las líneas
o el color.
Se aplican a una amplia variedad de productos de la industria y la artesanía:
desde instrumentos técnicos y médicos a relojes, joyas y otros artículos de lujo;
desde electrodomésticos y aparatos eléctricos a vehículos y estructuras
arquitectónicas; desde estampados textiles a bienes recreativos.
32.
33. Es un signo utilizado para productos que tienen un origen geográfico determinado
y poseen cualidades o una reputación derivadas específicamente de su lugar de
origen.
Un ejemplo típico son los productos agrícolas, que poseen cualidades derivadas de
su lugar de producción, y en los que influyen factores geográficos específicos como
el clima y el suelo.
34.
35. La legislación sobre derecho de autor contempla la protección de los autores,
artistas y demás creadores por sus creaciones literarias y artísticas, denominadas,
por lo general, “obras”.
36. Blanca Azucena Monge López
blanca.monge@correo.buap.mx
Fuente: Organización Mundial de Propiedad Intelectual (OMPI)
Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial IMPI