RESOLUCIÓN ENS/585/2017, de 17 de marzo, para la elaboración y la implantación del Proyecto de Convivencia en los centros educativos en el Proyecto Educativo de Centro.
2. Introducción
De acuerdo con la Resolución ENS/585/2017, de
17 de marzo de la Generalitat de Catalunya, los
centros educativos del Servicio de Educación de
Catalunya deben implementar el Proyecto de
Convivencia en el marco de su Proyecto
Educativo de Centro antes de marzo de 2020.
3. Objetivos
• Asegurar y garantizar la participación, la implicación y
el compromiso de toda la comunidad escolar.
• Ayudar a los alumnos a relacionarse con si mismos, con
los otros y con su entorno.
• Potenciar la equidad y el respeto a la diversidad del
alumnado en un marco de valores compartidos.
• Fomentar la mediación escolar y la cultura del diálogo
com herramienta básica en la gestión del conflicto.
• Fomentar una cultura de la paz y la no-violencia, junto
con los valores que hacen posible preservar y
enriquecer la vida de todas las personas.
4. Contenidos (I)
• Características del centro y su entorno en
relación a los factores que pueden incidir en la
convivencia.
• Diagnóstico de la situación de convivencia en
el centro.
• Objetivos específicos de acuerdo con el
Proyecto Educativo de Centro, los objetivos
generales del Proyecto de Convivencia y las
necesidades detectadas.
5. Contenidos (II)
• Indicadores de evaluación para analizar el grado
de cumplimiento de los objetivos específicos.
• Medidas temporalizadas de prevención,
detección e intervención educativa para alcanzar
los objetivos específicos.
• Concreción de los protocolos de prevención,
detección e intervención ante situaciones de
conflicto gravemente perjudiciales para la
convivencia.
6. Comisión de Convivencia
Los centros educativos deben constituir una
comisión de convivencia para, entre otros,
colaborar en la planificación, aplicación y
seguimiento del Proyecto de Convivencia.
7. Elaboración, seguimiento y evaluación
• El Director formula la propuesta inicial del Proyecto de
Convivencia y realiza las adaptaciones necesarias
garantizando la participación de la comunidad escolar y
aprobando la propuesta definitiva.
• El Claustro interviene en la elaboración, modificación y
actualización del Proyecto de Convivencia. El Director
aprueba la propuesta de Proyecto de convivencia
previa consulta al Consejo Escolar.
• El seguimiento y la evaluación del proyecto de
Convivencia corresponde al Director, con la
colaboración de la Comisión de Convivencia, el Claustro
y el apoyo del Consejo Escolar.