Este documento analiza las novedades introducidas por el Real Decreto-ley 3/2012 sobre medidas urgentes para la reforma del mercado laboral en España. Se introducen nuevas modalidades de contratos indefinidos y medidas para fomentar la flexibilidad interna en las empresas como alternativa a la destrucción de empleo, así como cambios en los procedimientos de despido colectivo, suspensión de contratos y reducción de jornada. El objetivo general es promover la contratación estable y permanente frente a la temporal, y facilitar el ajuste de plantillas de
Este documento resume las principales medidas de la Reforma Laboral de 2012 en España. Algunas de las medidas clave incluyen: permitir que las empresas de trabajo temporal operen como agencias de colocación; ampliar la formación profesional retribuida de los trabajadores; facilitar los contratos temporales para la formación y el aprendizaje de los menores de 30 años; crear un nuevo contrato indefinido de apoyo a los emprendedores; facilitar la suspensión de contratos y reducción de jornada como mecanismo de ajuste; y modificar las condiciones
El documento resume las principales medidas del Real Decreto ley 3/2012 sobre reforma del mercado laboral en España. Estas incluyen: 1) facilitar la intermediación laboral y formación profesional; 2) modificar el contrato para la formación y el aprendizaje; 3) fomentar la contratación indefinida y creación de empleo a través de incentivos fiscales y bonificaciones a la seguridad social; y 4) dar más flexibilidad a las empresas en clasificación de personal, distribución de la jornada y movilidad geográfica y mod
La reforma laboral autoriza a las empresas de trabajo temporal a actuar como agencias de colocación privadas. Establece nuevos contratos como el contrato para la formación y el aprendizaje, el contrato indefinido de apoyo a emprendedores y empresas pequeñas, y modifica otros como el contrato a tiempo parcial. También facilita los despidos objetivos y la modificación de condiciones laborales, así como la negociación colectiva.
Este documento resume las principales medidas introducidas por el Real Decreto-ley 3/2012 sobre la reforma del mercado laboral en España. Algunas de las medidas clave incluyen: permitir que las empresas de trabajo temporal actúen como agencias de colocación; promover la formación profesional de los trabajadores; introducir un nuevo contrato indefinido de apoyo a los emprendedores; reformar los contratos a tiempo parcial y a distancia; y facilitar la flexibilidad interna en las empresas a través de cambios en la clasificación profesional, movilidad
La reforma laboral de 2012 introdujo varias medidas como un nuevo contrato indefinido para PYMES, bonificaciones para la contratación de jóvenes y parados de larga duración, y flexibilización de los despidos. También se modificaron los contratos temporales, la indemnización por despido y los ERTES, entre otras cosas, con el objetivo de impulsar el empleo.
La reforma laboral reduce la indemnización por despido improcedente de 45 a 33 días por año trabajado, amplía las causas de despido objetivo, y elimina la necesidad de autorización administrativa previa para los ERE. También crea nuevos contratos indefinidos para pymes, fomenta la contratación de jóvenes y parados de larga duración, e impulsa la formación continua de los trabajadores.
Pequeña Historia de las reformas laboralesCGTValncia
Power Point realizado por Miguel Ángel Garrido para el ciclo de sindicalismo que se realizó durante los viernes del mes de febrero en CGT-València. Las sucesivas reformas laborales desde 1976 a 2021
Este documento resume los principales tipos de modificación y suspensión del contrato de trabajo en España. Describe las modalidades de modificación funcional, geográfica y sustancial del contrato, así como los derechos de los trabajadores ante dichas modificaciones. También explica las causas y tipos de suspensión del contrato, incluyendo la excedencia voluntaria, forzosa y para el cuidado de hijos o familiares.
Este documento resume las principales medidas de la Reforma Laboral de 2012 en España. Algunas de las medidas clave incluyen: permitir que las empresas de trabajo temporal operen como agencias de colocación; ampliar la formación profesional retribuida de los trabajadores; facilitar los contratos temporales para la formación y el aprendizaje de los menores de 30 años; crear un nuevo contrato indefinido de apoyo a los emprendedores; facilitar la suspensión de contratos y reducción de jornada como mecanismo de ajuste; y modificar las condiciones
El documento resume las principales medidas del Real Decreto ley 3/2012 sobre reforma del mercado laboral en España. Estas incluyen: 1) facilitar la intermediación laboral y formación profesional; 2) modificar el contrato para la formación y el aprendizaje; 3) fomentar la contratación indefinida y creación de empleo a través de incentivos fiscales y bonificaciones a la seguridad social; y 4) dar más flexibilidad a las empresas en clasificación de personal, distribución de la jornada y movilidad geográfica y mod
La reforma laboral autoriza a las empresas de trabajo temporal a actuar como agencias de colocación privadas. Establece nuevos contratos como el contrato para la formación y el aprendizaje, el contrato indefinido de apoyo a emprendedores y empresas pequeñas, y modifica otros como el contrato a tiempo parcial. También facilita los despidos objetivos y la modificación de condiciones laborales, así como la negociación colectiva.
Este documento resume las principales medidas introducidas por el Real Decreto-ley 3/2012 sobre la reforma del mercado laboral en España. Algunas de las medidas clave incluyen: permitir que las empresas de trabajo temporal actúen como agencias de colocación; promover la formación profesional de los trabajadores; introducir un nuevo contrato indefinido de apoyo a los emprendedores; reformar los contratos a tiempo parcial y a distancia; y facilitar la flexibilidad interna en las empresas a través de cambios en la clasificación profesional, movilidad
La reforma laboral de 2012 introdujo varias medidas como un nuevo contrato indefinido para PYMES, bonificaciones para la contratación de jóvenes y parados de larga duración, y flexibilización de los despidos. También se modificaron los contratos temporales, la indemnización por despido y los ERTES, entre otras cosas, con el objetivo de impulsar el empleo.
La reforma laboral reduce la indemnización por despido improcedente de 45 a 33 días por año trabajado, amplía las causas de despido objetivo, y elimina la necesidad de autorización administrativa previa para los ERE. También crea nuevos contratos indefinidos para pymes, fomenta la contratación de jóvenes y parados de larga duración, e impulsa la formación continua de los trabajadores.
Pequeña Historia de las reformas laboralesCGTValncia
Power Point realizado por Miguel Ángel Garrido para el ciclo de sindicalismo que se realizó durante los viernes del mes de febrero en CGT-València. Las sucesivas reformas laborales desde 1976 a 2021
Este documento resume los principales tipos de modificación y suspensión del contrato de trabajo en España. Describe las modalidades de modificación funcional, geográfica y sustancial del contrato, así como los derechos de los trabajadores ante dichas modificaciones. También explica las causas y tipos de suspensión del contrato, incluyendo la excedencia voluntaria, forzosa y para el cuidado de hijos o familiares.
Este documento resume las principales novedades introducidas por el Real Decreto-Ley 10/2010 sobre la reforma del mercado laboral en España. Se limitan los contratos de obra y servicio a un máximo de 3 años, y se incrementan progresivamente las indemnizaciones a su finalización. También se amplía a 5 años el plazo para contratos en prácticas y a 25 años el límite de edad para contratos formativos hasta finales de 2011. Finalmente, se modifican los períodos de prueba para contratos en prácticas basados en certific
Este documento presenta la unidad de trabajo 6 sobre la modificación, suspensión y extinción de la relación laboral. Explica los diferentes tipos de modificación de las condiciones de trabajo como la movilidad funcional y geográfica. También cubre la suspensión del contrato, la extinción por decisión mutua o llegada del término, y las causas de extinción por parte del trabajador o empresario. Incluye casos prácticos para ilustrar estos conceptos.
El documento describe las modificaciones, suspensiones y extinciones de la relación laboral. Explica que el contrato de trabajo puede ser modificado en términos de funciones, ubicación geográfica y condiciones sustanciales, siempre que existan causas justificadas. También cubre la suspensión temporal del contrato y las distintas formas de extinción, como el vencimiento del plazo, la renuncia, el despido o la muerte del empleador. Finalmente, detalla los procedimientos y derechos de los trabajadores en cada caso.
La reforma laboral tiene como objetivos frenar la destrucción de empleo, crear empleo estable, romper la dualidad del mercado laboral y promover la flexibilidad interna en las empresas. Incluye medidas como facilitar la intermediación laboral de las empresas de trabajo temporal, potenciar la formación profesional de los trabajadores, crear nuevos contratos para fomentar la contratación indefinida, especialmente de jóvenes y parados de larga duración, y combatir el fraude y el absentismo laboral.
La Reforma Laboral de 2012 tuvo como objetivos facilitar la contratación, potenciar los contratos indefinidos, y acabar con la rigidez del mercado laboral. Sus principales medidas incluyeron reducir la indemnización por despido improcedente, limitar la ultraactividad de los convenios colectivos, e introducir el despido objetivo. Sus efectos iniciales fueron la destrucción de empleo y una disminución en la contratación. La reforma recibió críticas por ser injusta y no resolver los problemas del mercado laboral español.
Este documento compara tres iniciativas de reforma laboral propuestas por el PAN, PRI y el presidente Felipe Calderón. Todas las iniciativas incluyen nuevas formas de contratación laboral con mayor flexibilidad, fórmulas para vincular la productividad con los salarios, y regulan la subcontratación. Sin embargo, el PRI no incluye algunas medidas como la vinculación de la formación profesional con la demanda laboral y no tipifica el trabajo infantil como un delito.
Este documento analiza las novedades introducidas por el Real Decreto-ley 3/2012 sobre medidas urgentes para la reforma del mercado laboral en España. Se destacan medidas para favorecer la empleabilidad de los trabajadores a través de la formación profesional y las agencias privadas de colocación. También se resaltan iniciativas para fomentar la contratación indefinida y creación de empleo, como un nuevo contrato indefinido de apoyo a emprendedores y bonificaciones por transformación de contratos temporales en indefinidos. Finalmente
Este documento presenta un resumen de los aspectos principales de la reforma a la Ley Federal del Trabajo de 2012 en México. Algunos de los puntos más relevantes son: 1) Se establecen nuevas modalidades de contratación como contratos por tiempo determinado, de capacitación inicial y de temporada; 2) Se obliga a los patrones a capacitar a los trabajadores y se crean comisiones mixtas de productividad; 3) Se regulan las prácticas de outsourcing y subcontratación; y 4) Se modifican las causales de rescisión de
El documento habla sobre la legislación y relaciones laborales en Perú. Explica conceptos como la intermediación laboral, tercerización y modalidades formativas. Define la intermediación laboral y tercerización laboral, y describe los requisitos legales para cada una. También explica diferentes modalidades formativas para jóvenes y desempleados.
Este documento habla sobre la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) en Perú. Explica que la CTS es un derecho laboral y beneficio social para los trabajadores del sector privado y público. Luego describe quiénes tienen derecho a la CTS, incluyendo trabajadores con una jornada mínima de 4 horas diarias y aquellos con regímenes especiales de remuneración. También indica quiénes no tienen derecho, como trabajadores que perciben el 30% o más de tarifas públicas o están sujetos a otros
Casos practicos: Modificación, suspensión y extinción del contratocifpvilladeaguimes
Este documento presenta 14 casos prácticos relacionados con la modificación, suspensión y extinción de la relación laboral en España. Los casos cubren temas como despidos, cambios de horario, traslados, cierres de empresa, y cálculos de indemnizaciones. Se piden detalles sobre los derechos de los trabajadores y posibles sentencias judiciales en cada situación.
El documento resume los principales cambios introducidos por el Real Decreto-ley 3/2012 sobre la reforma laboral en materia de contratación, formación y flexibilización. Entre otros aspectos, se permite la intermediación laboral por parte de agencias privadas, se bonifican contratos indefinidos para nuevos emprendedores, desempleados mayores de 45 años y contratos formativos, y se flexibilizan causas de movilidad geográfica, modificación de condiciones de trabajo, y suspensión de contratos o reducción de jornada. También se mod
Este documento resume las principales modalidades de contratación temporal en España, incluyendo contratos en prácticas, de formación y aprendizaje, a tiempo parcial, y de relevo. Describe los tipos de trabajadores, duraciones, jornadas laborales, retribuciones, beneficios y requisitos formales de cada modalidad.
El documento habla sobre los diferentes tipos de modificaciones y extinciones de contratos laborales, incluyendo movilidad funcional y geográfica, suspensión temporal, y despido disciplinario, objetivo o colectivo. Explica los procedimientos y efectos de cada tipo de modificación o extinción, así como los derechos de los trabajadores.
Este documento ofrece una valoración negativa de la Ley 35/2010 de medidas urgentes para la reforma del mercado de trabajo en España. En 3 oraciones o menos, resume lo siguiente:
La ley facilita el despido de trabajadores al reducir los controles judiciales y costos para los empleadores, y debilita la negociación colectiva y protecciones laborales. Además, sus medidas son insuficientes para reducir la alta temporalidad y dualidad en el mercado laboral español, y no crean las condiciones para una recuperación económica basada en
Este documento contiene una valoración negativa de la Ley 35/2010 de medidas urgentes para la reforma del mercado de trabajo en España. En 3 oraciones o menos:
La ley se critica por facilitar el despido de trabajadores y debilitar sus derechos laborales, al tiempo que no introduce medidas efectivas para reducir la dualidad en el mercado laboral ni fomentar la creación de empleo estable de calidad. Además, se considera que refuerza el poder del empresario a costa de los derechos de los trabajadores y sindicatos.
El documento define las planillas de pago como registros contables que demuestran la relación laboral entre trabajadores y empresas. Explica que las planillas deben incluir datos como nombre, DNI, cargo, remuneración, deducciones y aportes del empleador. Además, desde 2008 las planillas deben presentarse de forma electrónica ante la SUNAT para empresas con más de 3 trabajadores.
Este documento es un cuadernillo de mapas para el departamento de geografía e historia de un instituto de educación secundaria llamado I.E.S. Veredillas.
Pastor samuel pérez fiesta de generosidad 2013Nancy Odenbrett
El documento habla sobre la generosidad como una actitud del corazón que es un privilegio y tiene recompensas. Explica que la generosidad proviene de un corazón espontáneo, alegre y entusiasta. También discute que Dios es generoso y que al dar con alegría y voluntad dispuesta, Él usará los dones de uno para extender su reino.
El documento describe los pasos para dibujar un retrato, incluyendo trazar una línea vertical para dividir el rostro en mitades simétricas, determinar la forma aproximada del contorno y rasgos faciales, y marcarlos lentamente con lápiz sin presionar para poder ajustar detalles.
Este documento resume las principales novedades introducidas por el Real Decreto-Ley 10/2010 sobre la reforma del mercado laboral en España. Se limitan los contratos de obra y servicio a un máximo de 3 años, y se incrementan progresivamente las indemnizaciones a su finalización. También se amplía a 5 años el plazo para contratos en prácticas y a 25 años el límite de edad para contratos formativos hasta finales de 2011. Finalmente, se modifican los períodos de prueba para contratos en prácticas basados en certific
Este documento presenta la unidad de trabajo 6 sobre la modificación, suspensión y extinción de la relación laboral. Explica los diferentes tipos de modificación de las condiciones de trabajo como la movilidad funcional y geográfica. También cubre la suspensión del contrato, la extinción por decisión mutua o llegada del término, y las causas de extinción por parte del trabajador o empresario. Incluye casos prácticos para ilustrar estos conceptos.
El documento describe las modificaciones, suspensiones y extinciones de la relación laboral. Explica que el contrato de trabajo puede ser modificado en términos de funciones, ubicación geográfica y condiciones sustanciales, siempre que existan causas justificadas. También cubre la suspensión temporal del contrato y las distintas formas de extinción, como el vencimiento del plazo, la renuncia, el despido o la muerte del empleador. Finalmente, detalla los procedimientos y derechos de los trabajadores en cada caso.
La reforma laboral tiene como objetivos frenar la destrucción de empleo, crear empleo estable, romper la dualidad del mercado laboral y promover la flexibilidad interna en las empresas. Incluye medidas como facilitar la intermediación laboral de las empresas de trabajo temporal, potenciar la formación profesional de los trabajadores, crear nuevos contratos para fomentar la contratación indefinida, especialmente de jóvenes y parados de larga duración, y combatir el fraude y el absentismo laboral.
La Reforma Laboral de 2012 tuvo como objetivos facilitar la contratación, potenciar los contratos indefinidos, y acabar con la rigidez del mercado laboral. Sus principales medidas incluyeron reducir la indemnización por despido improcedente, limitar la ultraactividad de los convenios colectivos, e introducir el despido objetivo. Sus efectos iniciales fueron la destrucción de empleo y una disminución en la contratación. La reforma recibió críticas por ser injusta y no resolver los problemas del mercado laboral español.
Este documento compara tres iniciativas de reforma laboral propuestas por el PAN, PRI y el presidente Felipe Calderón. Todas las iniciativas incluyen nuevas formas de contratación laboral con mayor flexibilidad, fórmulas para vincular la productividad con los salarios, y regulan la subcontratación. Sin embargo, el PRI no incluye algunas medidas como la vinculación de la formación profesional con la demanda laboral y no tipifica el trabajo infantil como un delito.
Este documento analiza las novedades introducidas por el Real Decreto-ley 3/2012 sobre medidas urgentes para la reforma del mercado laboral en España. Se destacan medidas para favorecer la empleabilidad de los trabajadores a través de la formación profesional y las agencias privadas de colocación. También se resaltan iniciativas para fomentar la contratación indefinida y creación de empleo, como un nuevo contrato indefinido de apoyo a emprendedores y bonificaciones por transformación de contratos temporales en indefinidos. Finalmente
Este documento presenta un resumen de los aspectos principales de la reforma a la Ley Federal del Trabajo de 2012 en México. Algunos de los puntos más relevantes son: 1) Se establecen nuevas modalidades de contratación como contratos por tiempo determinado, de capacitación inicial y de temporada; 2) Se obliga a los patrones a capacitar a los trabajadores y se crean comisiones mixtas de productividad; 3) Se regulan las prácticas de outsourcing y subcontratación; y 4) Se modifican las causales de rescisión de
El documento habla sobre la legislación y relaciones laborales en Perú. Explica conceptos como la intermediación laboral, tercerización y modalidades formativas. Define la intermediación laboral y tercerización laboral, y describe los requisitos legales para cada una. También explica diferentes modalidades formativas para jóvenes y desempleados.
Este documento habla sobre la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) en Perú. Explica que la CTS es un derecho laboral y beneficio social para los trabajadores del sector privado y público. Luego describe quiénes tienen derecho a la CTS, incluyendo trabajadores con una jornada mínima de 4 horas diarias y aquellos con regímenes especiales de remuneración. También indica quiénes no tienen derecho, como trabajadores que perciben el 30% o más de tarifas públicas o están sujetos a otros
Casos practicos: Modificación, suspensión y extinción del contratocifpvilladeaguimes
Este documento presenta 14 casos prácticos relacionados con la modificación, suspensión y extinción de la relación laboral en España. Los casos cubren temas como despidos, cambios de horario, traslados, cierres de empresa, y cálculos de indemnizaciones. Se piden detalles sobre los derechos de los trabajadores y posibles sentencias judiciales en cada situación.
El documento resume los principales cambios introducidos por el Real Decreto-ley 3/2012 sobre la reforma laboral en materia de contratación, formación y flexibilización. Entre otros aspectos, se permite la intermediación laboral por parte de agencias privadas, se bonifican contratos indefinidos para nuevos emprendedores, desempleados mayores de 45 años y contratos formativos, y se flexibilizan causas de movilidad geográfica, modificación de condiciones de trabajo, y suspensión de contratos o reducción de jornada. También se mod
Este documento resume las principales modalidades de contratación temporal en España, incluyendo contratos en prácticas, de formación y aprendizaje, a tiempo parcial, y de relevo. Describe los tipos de trabajadores, duraciones, jornadas laborales, retribuciones, beneficios y requisitos formales de cada modalidad.
El documento habla sobre los diferentes tipos de modificaciones y extinciones de contratos laborales, incluyendo movilidad funcional y geográfica, suspensión temporal, y despido disciplinario, objetivo o colectivo. Explica los procedimientos y efectos de cada tipo de modificación o extinción, así como los derechos de los trabajadores.
Este documento ofrece una valoración negativa de la Ley 35/2010 de medidas urgentes para la reforma del mercado de trabajo en España. En 3 oraciones o menos, resume lo siguiente:
La ley facilita el despido de trabajadores al reducir los controles judiciales y costos para los empleadores, y debilita la negociación colectiva y protecciones laborales. Además, sus medidas son insuficientes para reducir la alta temporalidad y dualidad en el mercado laboral español, y no crean las condiciones para una recuperación económica basada en
Este documento contiene una valoración negativa de la Ley 35/2010 de medidas urgentes para la reforma del mercado de trabajo en España. En 3 oraciones o menos:
La ley se critica por facilitar el despido de trabajadores y debilitar sus derechos laborales, al tiempo que no introduce medidas efectivas para reducir la dualidad en el mercado laboral ni fomentar la creación de empleo estable de calidad. Además, se considera que refuerza el poder del empresario a costa de los derechos de los trabajadores y sindicatos.
El documento define las planillas de pago como registros contables que demuestran la relación laboral entre trabajadores y empresas. Explica que las planillas deben incluir datos como nombre, DNI, cargo, remuneración, deducciones y aportes del empleador. Además, desde 2008 las planillas deben presentarse de forma electrónica ante la SUNAT para empresas con más de 3 trabajadores.
Este documento es un cuadernillo de mapas para el departamento de geografía e historia de un instituto de educación secundaria llamado I.E.S. Veredillas.
Pastor samuel pérez fiesta de generosidad 2013Nancy Odenbrett
El documento habla sobre la generosidad como una actitud del corazón que es un privilegio y tiene recompensas. Explica que la generosidad proviene de un corazón espontáneo, alegre y entusiasta. También discute que Dios es generoso y que al dar con alegría y voluntad dispuesta, Él usará los dones de uno para extender su reino.
El documento describe los pasos para dibujar un retrato, incluyendo trazar una línea vertical para dividir el rostro en mitades simétricas, determinar la forma aproximada del contorno y rasgos faciales, y marcarlos lentamente con lápiz sin presionar para poder ajustar detalles.
Este documento describe cómo las herramientas colaborativas como YouTube, Google Drive, blogs, correo electrónico, Facebook y Twitter pueden usarse para crear un aula virtual que permita a estudiantes y profesores compartir información y trabajar juntos a pesar de la distancia física, aprovechando el tiempo de cada uno de manera flexible.
El documento describe dos actividades para crear un autorretrato utilizando diferentes técnicas de color como puntillismo y esfumado. La primera actividad implica dibujar un boceto del autorretrato con lápiz. La segunda actividad implica transferir la imagen del rostro al block de dibujo, dividir el rostro en secciones y aplicar diferentes técnicas de color a cada sección para recrear el rostro de Johnny Depp compuesto por sus diferentes personajes.
Este documento analiza los dones del Espíritu mencionados en la Biblia. Explica que los dones son gracias otorgadas por Dios para el servicio, no atributos naturales o cargos. Describe los dones fundamentales, consolidantes y manifestantes listados en varios pasajes bíblicos. Además, analiza algunos dones individualmente como el de evangelista, pastor, enseñanza y fe. El objetivo es determinar qué son los dones según la Biblia y cómo se manifiestan para el servicio.
1. O documento é um dicionário bíblico grego de James Strong contendo definições de palavras em grego encontradas na Bíblia.
2. A introdução lista as letras do alfabeto grego com os respectivos números Strong e as páginas onde podem ser encontradas as definições de palavras iniciadas por cada letra.
3. A Sociedade Bíblica do Brasil é a editora responsável pela publicação em português deste dicionário em 2002.
Este documento presenta un manual sobre Derecho Laboral dividido en 16 temas. El manual tiene como objetivo desarrollar en los estudiantes habilidades para comprender los conceptos y leyes de Derecho Laboral. Cubre temas como los alcances del derecho laboral, el contrato laboral, descansos remunerados, horarios de trabajo, compensación por tiempo de servicios, seguros de vida y trabajo de riesgo, y varias leyes laborales importantes.
Este documento presenta un resumen de la historia de las ecuaciones diofánticas y una biografía de Diofanto de Alejandría. Los matemáticos griegos como Diofanto estudiaron las ecuaciones diofánticas, a las cuales se les da el nombre. Los matemáticos hindúes también estudiaron estas ecuaciones. El documento luego presenta información biográfica sobre Diofanto extraída de un poema, incluyendo detalles sobre su edad al casarse y tener un hijo, así como su edad
Curso prctico de pintura artistica mezclar colores (parramon)sevigra
La pandemia de COVID-19 ha tenido un impacto significativo en la economía mundial y las vidas de las personas. Muchos países han impuesto medidas de confinamiento que han cerrado negocios y escuelas, y han pedido a la gente que se quede en casa tanto como sea posible para frenar la propagación del virus. A medida que los países comienzan a reabrir gradualmente, los expertos advierten que es probable que se produzcan nuevos brotes a menos que se realicen pruebas generalizadas y se implementen sistemas de rastreo de contactos para identificar rá
Dicionário bíblico strong léxico hebraico, aramaico e grego de strong - jam...Josimar Santos
1) O documento apresenta um dicionário bíblico em hebraico, aramaico e grego chamado Strong, contendo léxico e definições de termos.
2) É fornecido pela Sociedade Bíblica do Brasil e requer fontes do hebraico e grego para visualização correta.
3) A nota inicial explica como os termos originais podem ser traduzidos por mais de uma palavra em português.
El documento habla sobre la importancia de la educación y el aprendizaje continuo a lo largo de la vida. Señala que en un mundo en constante cambio es crucial que las personas sigan capacitándose e innovando para mantenerse relevantes. También enfatiza que tanto los individuos como las organizaciones deben fomentar una cultura de aprendizaje para adaptarse a las nuevas realidades del mercado laboral.
La Unión Europea ha propuesto un nuevo paquete de sanciones contra Rusia que incluye un embargo al petróleo ruso. El embargo se aplicaría gradualmente durante seis meses para el petróleo crudo y ocho meses para los productos refinados. Este paquete de sanciones requiere la aprobación unánime de los 27 estados miembros de la UE.
El documento resume la cronología bíblica del Antiguo Testamento, incluyendo fechas clave como el Éxodo de Egipto alrededor de 1446 a.C., la conquista de Canaán en 1406 a.C., y el inicio de la construcción del Templo de Salomón en 966 a.C. También discute dos sistemas para medir los reinados de los reyes y las discrepancias sobre las fechas del Éxodo.
La circular resume los principales cambios introducidos por la nueva Ley de Reforma Laboral de 2012, incluyendo nuevos requisitos para las ETTs, modificaciones a los contratos de formación y prácticas, reglas más estrictas para los despidos colectivos, y bonificaciones para familias colaboradoras de autónomos y empresas en los sectores de turismo y hostelería.
El día 7 de julio se publicó en el BOE la nueva Ley 3/2012 de 6 de julio de Medidas
Urgentes para la Reforma del Mercado Laboral procedente del Real Decreto Ley
3/2012 de 10 de febrero que está en vigor desde el 9 de julio de 2012.
A continuación señalamos las modificaciones más importantes respecto a lo
establecido anteriormente en el RDLey 3/2012 de 10 de febrero:
La reforma laboral de 2012 facilita la contratación temporal y el despido, reduce la indemnización por despido improcedente, y otorga más poder a los empresarios en la negociación colectiva. Los sindicatos se oponen y planean manifestaciones y una huelga general para protestar contra las medidas, las cuales creen que empeorarán la precariedad laboral.
La reforma laboral de 2012 facilita la contratación temporal y el despido, reduce la indemnización por despido improcedente, y otorga más poder a los empresarios en la negociación colectiva. Los sindicatos se oponen y planean manifestaciones, huelgas y otras acciones para protestar contra los cambios.
El documento proporciona información sobre las medidas contenidas en el Real Decreto Ley 3/2012 sobre la reforma del mercado laboral en España. Entre las medidas se encuentran: permitir que las empresas de trabajo temporal actúen como agencias de colocación; introducir el derecho a la formación continua para los trabajadores; impulsar los contratos para la formación y el aprendizaje de los jóvenes; e introducir nuevos contratos indefinidos y bonificaciones para apoyar a las PYMEs y colectivos con dificultades para encontrar empleo.
Este documento resume las medidas de incentivos fiscales y apoyos al sector industrial previstos en la Reforma Laboral de 2012 y en el Real Decreto Ley 4/2013. Entre las medidas se encuentran reducciones de cuotas a la Seguridad Social para contratos formativos, bonificaciones para transformar contratos temporales en indefinidos, e incentivos para la contratación de jóvenes, desempleados y trabajadores a tiempo parcial con formación.
Elena López Piqueras, Responsable Departamento Laboral en Canarias de Montero Aramburu Abogados presenta "Medidas de Fomento de la contratación en el sector industrial", dentro de la Jornada Incentivos Fiscales y otros apoyos al sector industrial, del Programa de Formación y Dinamización de PYMEs Industriales.
Jornada informativa sobre la reforma laboral ServiDocu
Presentación realizada por el responsable del Departamento Jurídico Laboral de CEPYME Aragón, Antonio Hinojal en la Jornada informativa sobre la reforma laboral celebrada el 9 de abril en Ejea de los Caballeros.
Información de urgencia sobre la Reforma Laboral aprobada por RDL 3/2012 de 1...AGM Abogados
Este documento resume los principales cambios introducidos por la reforma laboral aprobada en España en febrero de 2012. La reforma introduce medidas para favorecer la flexibilidad en las empresas y la contratación indefinida, como simplificar los tipos de contratos y reducir los trámites de los expedientes de regulación de empleo. También facilita la modificación de condiciones laborales individuales y colectivas por parte de las empresas. En general, la reforma otorga más poder a las empresas para ajustar los términos laborales en función de sus necesidades productivas
Este documento describe varias medidas introducidas por el Real Decreto-Ley 3/2012 para promover el empleo en España. Se autoriza a las agencias de empleo temporal a operar como agencias de colocación. También se introducen nuevos tipos de contratos como el contrato indefinido de apoyo a emprendedores y el contrato de formación y aprendizaje, así como bonificaciones asociadas a la contratación. Además, se incluyen medidas de flexibilidad laboral internas para las empresas.
MEDIDAS URGENTES PARA EL FOMENTO DEL EMPLEO CECOBI
Este documento describe las medidas aprobadas en el Real Decreto-ley 3/2014 para fomentar la contratación indefinida mediante importantes reducciones de las cotizaciones empresariales a la Seguridad Social. Se establece una tarifa plana reducida de 100, 75 o 50 euros mensuales durante 24 meses para contratos a tiempo completo e indefinidos. Para empresas con menos de 10 trabajadores la reducción será del 50% durante 12 meses más. Las empresas deberán cumplir ciertos requisitos como mantener el empleo durante 3 años para beneficiarse.
Este documento resume los principales puntos de la Ley 35/2010 de medidas urgentes para la reforma del mercado de trabajo en España. La ley introduce cambios en el contrato temporal por obra o servicio, limitando su duración a 3 años, en la concatenación de contratos temporales, elevando la indemnización por su finalización, ampliando el contrato de fomento a nuevos colectivos y modificando los despidos objetivos y colectivos.
Resumen contenidos RDL 3/2012 de medidas urgentes reforma laboralBalbino Rodriguez
Este documento resume el Real Decreto Ley 3/2012 sobre medidas urgentes para la reforma del mercado laboral en España. Se estructura en cinco capítulos y varias disposiciones adicionales, transitorias y finales. Algunas de las medidas clave incluyen permitir que las empresas de trabajo temporal operen como agencias de colocación, reconocer la formación profesional como un derecho individual de los trabajadores y establecer cuentas de formación para cada trabajador.
Este documento resume los principales cambios introducidos por la reforma del mercado laboral español de 2010, incluyendo nuevas regulaciones sobre contratos temporales, indemnizaciones, contratos indefinidos y despidos. Se fomenta la contratación estable mediante bonificaciones y se facilita el despido objetivo por razones económicas, técnicas u organizativas. También modifica los contratos formativos y amplía las causas justificadas para los contratos temporales.
Este documento resume las principales novedades de la nueva reforma laboral en España en materia de formación, contratación, extinción de la relación laboral, movilidad y negociación colectiva. Entre los cambios introducidos se encuentran nuevos contratos para la formación y apoyo a emprendedores, limitaciones a los contratos temporales, modificaciones a las indemnizaciones por despido e incentivos para transformar contratos temporales en indefinidos. También se objetivan las causas de despido y se elimina la necesidad de autorización administrativa para los desp
En esta presentación se recogen los aspectos fundamentales de la nueva regulación introducida por el Real Decreto Ley 3/2012 Real Decreto-ley 3/2012, de 10 de febrero, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral. Esta norma seguirá su tramite parlamentario hasta convertirse el Ley ordinaria con lo que puede sufrir diversas modificaciones
El documento resume las principales medidas de un Real Decreto Ley que introduce reformas al mercado laboral en España. El decreto contiene 5 capítulos y 25 artículos que tratan temas como fomentar la empleabilidad de los trabajadores, promover la contratación indefinida y crear empleo, flexibilizar las opciones internas de las empresas, y reducir la dualidad en el mercado laboral. Algunas de las medidas específicas incluyen ampliar el papel de las agencias de empleo temporales, promover la formación profesional, crear
Ayudas a la contratación del Ayuntamiento de Gijón 2014.Carmen Llaneza
El documento describe las subvenciones del Ayuntamiento de Gijón para la contratación de desempleados empadronados en el municipio entre agosto de 2013 y mayo de 2015. Las subvenciones varían de 500€ a 3.000€ dependiendo de la duración del contrato, tipo de empresa y colectivo del trabajador. Los solicitantes deben cumplir varios requisitos para ser elegibles y mantener el empleo durante al menos dos años.
Este documento resume las principales consecuencias de la reforma laboral de 2010 en España para los derechos de los trabajadores. En particular, analiza cómo la reforma facilita el despido de trabajadores fijos al ampliar las causas para despedir, limitar la tutela judicial de los despidos y facilitar el despido exprés sin abono de salarios de tramitación. También explica cómo la reforma afecta negativamente a los derechos de los trabajadores en materia de negociación colectiva y contratación.
Este documento describe nuevas medidas de estímulo a la contratación en España, incluyendo incentivos para la contratación a tiempo parcial de jóvenes menores de 30 años que combinen el empleo con la formación. Las empresas que contraten a estos jóvenes recibirán una reducción del 100% o 75% de la cuota empresarial a la Seguridad Social durante un máximo de 12 meses. El contrato puede ser indefinido o temporal, y la jornada no puede exceder el 50% de tiempo completo.
Las nuevas normas establecen un umbral único de 10,000€ para las ventas a distancia entre países de la UE, en lugar de umbrales diferentes por país. Además, se ha habilitado un sistema de ventanilla única que permite declarar y pagar el IVA en un solo país en lugar de en cada uno.
El Real Decreto-ley 6/2019, de 1 de marzo, de medidas urgentes para garantía de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación, modificó el artículo 34.8 del Estatuto de los Trabajadores, en el cual se establece un auténtico derecho a la conciliación de la vida laboral y familiar a través del uso de las formas flexibles de trabajo, incluidas las fórmulas de trabajo a distancia.
Mediante el Real Decreto-ley 11/2021, de 27 de mayo se ha fijado una extensión de los expedientes temporales por fuerza mayor, y las dos figuras de ERTE de impedimento y limitación de actividad hasta el 30 de septiembre de 2021.
El día 21 de abril, la Diputación Foral de Gipuzkoa ha publicado una nueva norma, por la que se aprueban diferentes modificaciones tributarias en diferentes impuestos, principalmente en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y en el Impuesto sobre Sociedades.
El día 21 de abril, la Diputación Foral de Gipuzkoa ha publicado una nueva norma, por la que se aprueban diferentes modificaciones tributarias en diferentes impuestos, principalmente en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y en el Impuesto sobre Sociedades.
Este documento lista las fechas límite para el cumplimiento de varias obligaciones fiscales en abril de 2021, incluidas las declaraciones de IVA y retenciones, así como los pagos fraccionados del impuesto sobre sociedades. También indica que las empresas deben presentar sus libros contables ante el registro mercantil antes del 30 de abril.
BREXIT: FISCALIDAD EN OPERACIONES COMERCIALES Y OPCIONES DE IMPLANTACIÓN EN E...Grupo ATE: ATE Informática
Following Brexit, commercial transactions between the EU and UK are now subject to taxation. For the Basque Country, this means (1) goods imported from the UK will be subject to import VAT, while services provided to UK companies may be taxed in Spain; (2) companies have options to set up a branch or subsidiary, with branches having lighter regulations but subsidiaries providing more legal protections. The document outlines documentation, formalities, and timelines for setting up each business structure after Brexit.
El documento presenta dos novedades fiscales en México: 1) una nueva obligación para empresas que contraten personal de presentar un aviso a las autoridades fiscales sobre los detalles del contrato, incluyendo el número de trabajadores y datos del contratista, con el fin de evitar sanciones; y 2) nuevas reglas para aumentos de capital por capitalización de pasivos, requiriendo certificaciones contables que demuestren la existencia y valor del pasivo capitalizado.
Este decreto introduce seis nuevas medidas para paliar las consecuencias económicas del Covid-19 en Gipuzkoa. Estas medidas incluyen eximir del impuesto sobre la renta el ingreso mínimo vital y varias ayudas relacionadas con la crisis, considerar como renta de actividad económica las prestaciones por cese de actividad de autónomos, exonerar el pago fraccionado del impuesto sobre la renta, presumir el cumplimiento de los requisitos para la deducción por creación de empleo en 2020, y eximir del impuesto
El documento presenta el calendario laboral para 2021 en España y las 3 provincias vascas, el cual incluye 12 días festivos más 2 adicionales determinados localmente. Se proveen enlaces directos a los calendarios de Álava, Vizcaya y Guipúzcoa, así como el calendario estatal que está pendiente de actualización. Se recuerda a empresas regidas por convenios específicos los plazos para establecer sus propios calendarios laborales.
Esta vez, Estrategia Empresarial, se hace eco del trabajo que realizamos desde ATE Asesores y de la mano de Blasco y Asociados, en México.
Desde hace 5 años, un equipo consolidado de contadores, abogados y asesores ofrece sus servicios profesionales integrales y de calidad tanto a empresas y ciudadanos vascos con intereses e inversiones en México.
En estas líneas podréis encontrar las reflexiones del Director Comercial de ATE Informática, Ignacío Pío Galdós, que acaba de publicar Estrategia Empresarial.
Trata de cómo el CRM influye en las estrategias comerciales de cada empresa.
El documento resume los principales riesgos de seguridad en el mundo digital, incluyendo los peligros de la información pública, la importancia de usar contraseñas seguras, los riesgos de descargar archivos de internet como malware, el phishing y spam, conectarse a redes WiFi desconocidas y la identificación y reporte de incidentes cibernéticos. También cubre temas como el uso de la dark web y Google hacking para encontrar datos expuestos.
El documento presenta el programa de una jornada de formación sobre gestión financiera y herramientas de negocio. La jornada cubrirá temas como contabilidad, gestión financiera, impuestos, business intelligence y control de presencia. El documento también incluye información sobre próximas jornadas de formación y una descripción general del software ERP de la compañía.
Este documento explica el modelo 347 de declaración anual de operaciones con terceras personas en España. Indica que las personas físicas y jurídicas que realizaron operaciones por más de 3.005,06 euros en 2018 con otra entidad deben presentar la declaración. También deben presentarla las comunidades de propietarios y algunas entidades sociales. Detalla los plazos, métodos de presentación y qué tipo de operaciones deben y no deben incluirse.
Cambios en diferentes aspectos de las en materia de cotización a la Seguridad...Grupo ATE: ATE Informática
El nuevo Real Decreto-ley 28/2018, publicado en el BOE en fecha 29 de diciembre de 2018, incluye importantes modificaciones en la cotización a la Seguridad Social, en materia laboral y de contratación, así como en la regulación de los trabajadores por cuenta propia o autónomos y la mejora de determinadas pensiones.
ATE Informática, recientemente distinguido como mejor distribuidor de Solmicro-eXpertis en 2017, impartió a sus clientes una jornada especializada de formación en Gestión de Fabricación en eXpertis como empresa consultora especializada en proyectos TIC.
Este documento resume las principales novedades tributarias en Álava para el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, el Impuesto sobre el Patrimonio y el Impuesto sobre Sociedades. Algunas de las modificaciones más destacadas incluyen una ampliación del régimen especial para trabajadores desplazados, nuevas deducciones para inversiones en empresas innovadoras y fondos europeos, y cambios en la limitación de la deducción de gastos financieros y compensación de pérdidas para sociedades.
Muchas empresas desconocen que sus inversiones en materia medio ambiental pueden ser objeto de deducción fiscal en base al marco normativo que os mostramos a continuación.
ATE Informática inaugura instalaciones para “estar más cerca de los clientes ...
Reforma laboral
1. ANÁLISIS DE LAS NOVEDADES DEL RD-L 3/2012 DE MEDIDAS URGENTES PARA LA
REFORMA DEL MERCADO LABORAL
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Fax: 948 227 194
2. ANÁLISIS DE LAS NOVEDADES DEL RD-L 3/2012 DE MEDIDAS URGENTES
PARA LA REFORMA DEL MERCADO LABORAL
A. FOMENTAR LA CONTRATACIÓN INDEFINIDA Y LA CREACIÓN DE EMPLEO
A.1 NUEVA MODALIDAD DE CONTRATO INDEFINIDO DE “APOYO A LOS EMPRENDEDORES”
A.2 REFORMA DEL CONTRATO DE TRABAJO A TIEMPO PARCIAL
A.3 MODIFICACIÓN DEL CONTRATO A DOMILICIO: TRABAJO A DISTANCIA
A.4 BONIFICACIONES DE CUOTAS POR TRANSFORMACIÓN DE CONTRATOS EN PRÁCTICAS, DE RELEVO Y SUSTITUCIÓN EN INDEFINIDOS
B. MEDIDAS PARA FAVORECER LA FLEXIBILIDAD INTERNA EN LAS EMPRESAS COMO ALTERNATIVA A LA ESTRUCCIÓN DE EMPLEO
B.1 CLASIFICACIÓN PROFESIONAL Y GRUPO PROFESIONAL
B.2 TIEMPO DE TRABAJO, MOVILIDAD FUNCIONAL Y GEOGRÁFICA, MODIFICACIÓN SUSTANCIAL DE CONDICIONES DE TRABAJO
B.3 SUSPENSIÓN DEL CONTRATO O REDUCCIÓN DE JORNADA POR CAUSAS OBJETIVAS O FUERZA MAYOR
B.4 NEGOCIACIÓN COLECTIVA Y DESCUELGUE DEL CONVENIO COLECTIVO
B.5 PRIORIDAD AL CONVENIO COLECTIVO DE EMPRESA
B.6 ULTRAACTIVIDAD DE LOS CONVENIOS COLECTIVOS
C. MEDIDAS PARA FAVORECER LA EFICIENCIA DEL MERCADO DE TRABAJO YREDUCIR LA DUALIDAD LABORAL
C.1 SUSPENSIÓN TEMPORAL DEL ENCADENAMIENTO DE CONTRATOS TEMPORALES
C.2 MODIFICACIONES EN EL DESPIDO COLECTIVO
C.3 MODIFICACIONES EN LOS DESPIDOS OBJETIVOS
C.4 MODIFICACIONES EN EL DESPIDO IMPROCEDENTE
3. A. FOMENTAR LA CONTRATACIÓN INDEFINIDA Y LA CREACIÓN DE EMPLEO
A.1 NUEVA MODALIDAD DE CONTRATO INDEFINIDO DE “APOYO A LOS EMPRENDEDORES” (art. 4.º RD-L 3/2012)
• Empresas que podrán concertarlo: las de menos de 50 trabajadores en el momento de la contratación. No podrán
celebrarlo las empresas que en los 6 meses anteriores a la celebración del contrato hubieran realizado extinciones por
causas objetivas declaradas improcedentes o procedieran de un despido colectivo a partir de la entrada en vigor del
RD-L 3/2012, y el contrato tuviera como finalidad la cobertura de puestos del mismo grupo profesional que los
afectados y para el mismo centro de trabajo.
• Duración: tiempo indefinido y a jornada completa.
• Regulación de derechos y obligaciones: lo establecido en el Estatuto de los Trabajadores y en los convenios
colectivos para los contratos por tiempo indefinido, excepto el periodo de prueba que durará un año.
Incentivos fiscales para la empresa, sin perjuicio de la normativa fiscal del País Vaco:
• Deducción fiscal de 3.000 € si el primer contrato se realiza con un menor de 30 años.
• Si el trabajador contratado fuera beneficiario de prestación por desempleo, deducción fiscal del 50% de la prestación
que el trabajador tuviera pendiente de percibir, con el límite de 12 mensualidades, siempre que el trabajador haya
recibido la prestación a menos tres meses.
• Para mantener el incentivo, el empresario debe mantener el empleo del trabajador al menos tres años.
4. • Bonificaciones en la cuota empresarial por contrataciones a desempleados inscritos:
Jóvenes entre 16 y 30 años: 1.000 €, 1.100 €, 1.200 €, los años primero, segundo y tercero, respectivamente. Cuando se trate de
mujeres en sectores con menor representación, las cuantías se incrementarán en 100 €/año.
Mayores de 45 años inscritos al 1.300 € durante tres años.
menos doce meses en los 1.500 €/año si se trata de mujeres en sectores con menor representación
dieciocho meses anteriores a la
contratación:
Derecho transitorio (DT 2.≤ RD-L 3/2012):
• Las bonificaciones o reducciones de cuotas por los contratos celebrados con anterioridad a la
entrada en vigor del RD-L 3/2012 se regirán por la normativa vigente en el momento de su
celebración.
• Compatibilización voluntaria del 25% de la cuantía de la prestación por desempleo y el salario: si el trabajador
no lo compatibiliza, mantendrá el derecho a las prestaciones por desempleo que le restasen por percibir.
5. • A los efectos del computo de 50 trabajadores, se tendrá en cuenta el número de trabajadores de la empresa en el
momento de producirse la contratación.
• El contrato se celebra por tiempo indefinido y a jornada completa y se formaliza por escrito y en modelo oficial.
• No pueden utilizar esta modalidad contractual la empresas que, en los 6 meses anteriores a la celebración del
contrato:
- Hubieran realizado extinciones de contratos de trabajo por causas objetivas declaradas improcedentes por
sentencia judicial.
- Hubiera procedido a un despido colectivo.
• La limitación afectará únicamente:
- A las extinciones y despidos producidos con posterioridad al 12 de febrero de 2012.
- A los puestos de trabajo del mismo grupo profesional que los afectados por la extinción o
despido y para el mismo centro o centros de trabajo.
6. A.2 REFORMA DEL CONTRATO DE TRABAJO A TIEMPO PARCIAL (art. 5.º RD-L 3/2012)
• Horas extraordinarias y complementarias:
1. Las horas extraordinarias podrán realizarse en proporción a la jornada pactada.
2. Computarán a efectos de bases de cotización (DF 9.ª RD-L 3/2012) y de bases reguladoras de las prestaciones.
3. Las horas complementarias mantienen su regulación anterior.
4. La suma de las horas extraordinarias, complementarias y ordinarias no puede exceder el límite legal del trabajo a
tiempo parcial.
A.3 MODIFICACIÓN DEL CONTRATO A DOMILICIO: TRABAJO A DISTANCIA (art. 6.º RD-L 3/2012)
• Concepto: la prestación se realiza de manera preponderante en el domicilio del trabajador o en el lugar elegido por
éste, de modo alternativo a su desarrollo presencial en el centro de trabajo de la empresa.
• Formalización: por escrito.
• Derechos laborales:
1. Los mismos que los trabajadores que prestan sus servicios en el centro de trabajo de la
2. empresa, salvo los inherentes a la realización del trabajo en el mismo centro.
3. En todo caso, el empresario debe asegurar el acceso efectivo de estos trabajadores a la formación e informar de
puestos de trabajo vacantes en el centro de trabajo.
4. A la seguridad y salud laboral.
7. A.4 BONIFICACIONES DE CUOTAS POR TRANSFORMACIÓN DE CONTRATOS EN PRÁCTICAS, DE RELEVO Y SUSTITUCIÓN EN
INDEFINIDOS (art. 7.º RD-L 3/2012)
• En cuota empresarial: 500 €/año, durante tres años. 700 €/año, en caso de mujeres.
• Para empresas de menos de 50 trabajadores, incluidos trabajadores autónomos, sociedades laborales o cooperativas.
• Los trabajadores serán objeto prioritario en los planes de formación para personas ocupadas.
8. B. MEDIDAS PARA FAVORECER LA FLEXIBILIDAD INTERNA EN LAS EMPRESAS COMO ALTERNATIVA A LA DESTRUCCIÓN DE EMPLEO
B.1 CLASIFICACIÓN PROFESIONAL Y GRUPO PROFESIONAL(art. 8.º)
• El grupo profesional pasará a ser la única referencia en el sistema de clasificación profesional, en orden a favorecer la
movilidad funcional.
• En el plazo de un año, los convenios colectivos deberán adaptar su sistema de clasificación profesional al nuevo
marco jurídico del artículo 22 ET (DA 9.ª).
B.2 TIEMPO DE TRABAJO, MOVILIDAD FUNCIONAL Y GEOGRÁFICA, MODIFICACIÓN SUSTANCIAL DE CONDICIONES DE TRABAJO
• Tiempo de trabajo [art. 9.º RD-L 3/2012]: en defecto de pacto, la empresa podrá distribuir de manera irregular a lo
largo del año el 5% de la jornada de trabajo.
• Movilidad funcional [art. 10 RD-L 3/2010]: en caso de encomienda de funciones superiores por un periodo superior a
6 meses en un año u 8 en dos años, el trabajador podrá reclamar el ascenso, siempre que no contravenga lo
dispuesto en convenio colectivo, o en todo caso la cobertura de la vacante, sin perjuicio de reclamar la diferencia
salarial.
• Movilidad geográfica [art. 11 RD-L 3/2012]
• Definición de razones económicas, técnicas, organizativas o de producción: las relacionadas con la competitividad,
productividad u organización técnica o del trabajo en la empresa, así como las contrataciones referidas a la actividad
empresarial. Se elimina la referencia a cuándo se entiende que concurren esas causas: “cuando la adopción de las
medidas propuestas contribuya a mejorar la situación de la empresa a través de una más adecuada organización de
sus recursos que favorezca su posición competitiva en el mercado o una mejor respuesta a las exigencias de la
demanda”.
• Eliminación de la posibilidad de que la autoridad laboral ordene la ampliación del plazo de incorporación y la
consiguiente paralización de la efectividad del traslado.
• Por convenio colectivo o acuerdo se podrán establecer prioridades de permanencia a favor de trabajadores que no
sean representantes de los trabajadores, por motivos tales como la edad, las cargas familiares, discapacidad, etc.
9. • Modificación sustancial de condiciones de trabajo [art. 12 RD-L]:
1. Definición de razones económicas, técnicas, organizativas o de producción (ver “Movilidad geográfica”).
2. Podrán afectar a las condiciones reconocidas en contrato de trabajo, en acuerdo o pacto colectivo o disfrutadas en
virtud de una decisión unilateral del empresario.
3. El carácter colectivo de la modificación no está en el origen de la fuente donde se haya acordado la condición de
trabajo, sino en el número de trabajadores afectados. Por tanto, las modificaciones que no superen los umbrales
establecidos tendrán el carácter de individuales.
4. La decisión de modificación sustancial de carácter individual debe ser notificada por el empresario con una antelación
mínima de 15 días (antes 30 días).
5. La decisión será notificada por el empresario a los trabajadores una vez finalizado el periodo de consultas, y surtirá
efecto a los 7 días siguientes a su notificación.
6. La modificación de las condiciones pactadas en los convenios se realizará conforme al art. 82.3 ET.
10. B.3 SUSPENSIÓN DEL CONTRATO O REDUCCIÓN DE JORNADA POR CAUSAS OBJETIVAS O FUERZA MAYOR [art. 13 RD-L 3/2012]
• Procedimiento: se iniciará mediante comunicación a la autoridad laboral y apertura de periodo de consultas, que una
vez finalizado será notificado a los trabajadores y a la autoridad laboral, quien lo comunicará a la entidad gestora de la
prestación por desempleo. Se elimina la autorización administrativa.
En el plazo de un mes desde la entrada en vigor del RD-L 3/2012, el Gobierno aprobará un RD sobre el procedimiento
de despidos colectivos, suspensión de contratos y reducción de jornada [DF 15.ª RD-L 3/2012].
Derecho transitorio (DT 10.ª):
• Los expedientes en tramitación se regirán por la normativa vigente en el momento de su inicio.
• Los expedientes resueltos por la autoridad laboral y con vigencia en la fecha de entrada en vigor
del RD-L 3/2012 se regirán por la normativa vigente en el momento de su resolución.
• Bonificaciones empresariales [art. 15 RD-L 3/2012]: 50% de cuotas empresariales a la Seguridad Social por
contingencias comunes.
1. Durante el mismo tiempo en que el trabajador afectado se encuentre en desempleo y como máximo, 240 días.
2. Compromiso de mantenimiento del nivel de empleo durante al menos 1 año tras el fin de la suspensión o la reducción.
11. • Acreditación de situación de desempleo [DF 6.ª RD-L 3/2012]:
1. Comunicación escrita del empresario al trabajador a través de certificado de empresa.
2. Acta de conciliación o resolución judicial definitiva.
3. Comunicación de la Autoridad laboral a la Entidad Gestora de las prestaciones por desempleo.
• Delimitación de concepto de desempleo total y parcial [DF 5.ª RD-L 3/2012].
• Reposición del derecho al desempleo [art. 16 RD-L 3/2012]: en caso de que posteriormente se extingan los
contratos, los trabajadores tendrán derecho a la reposición de la prestación contributiva de desempleo por el número
de días que hubieran percibido el desempleo tras la suspensión o la reducción, con un límite de 180 días, siempre
que:
1. Las suspensiones o reducciones se produzcan entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2012 y el despido entre la
entrada en vigor del RD-L 3/2012 y el 31 de diciembre de 2013.
2. La base de cotización y la cuantía serán las mismas que las correspondientes a los
3. periodos objetos de reposición.
4. El derecho de reposición
Derecho transitorio (DT 10.ª):
• La reposición de las prestaciones por desempleo de los trabajadores cuyo contrato se haya extinguido antes de la
entrada en vigor del RD-L 3/2012 y previamente hubieran sido afectados por expedientes suspensivos o de reducción
de jornada, se regulará por la normativa vigente en que se produjo el despido o la resolución que autorizó la extinción.
• Conciliación o reclamación previa: quedan exceptuados del requisito de conciliación o reclamación previa los procesos
sobre suspensión o reducción de jornada por causas objetivas (art. 22 RD-L 3/2012).
• Aplicación en el sector público [DA 3.ª RD-L 3/2012]: la suspensión o reducción de jornada por causas objetivas no
será de aplicación a las Administraciones públicas y a entes públicos, salvo las que se financien mayoritariamente con
ingresos obtenidos en operaciones de mercado.
12. B.4 NEGOCIACIÓN COLECTIVA Y DESCUELGUE DEL CONVENIO COLECTIVO
• Contenido mínimo del Convenio colectivo [art. 14.4 RD-L 3/2012]:
Se modifica el contenido mínimo del Convenio colectivo, eliminando los plazos máximos establecidos para la denuncia
y la negociación de renovación del convenio colectivo, en caso de no haber sido pactados. Se eliminan también como
contenido mínimo del convenio algunas de las atribuciones que la anterior reforma laboral había asignado a las
comisiones paritarias de los convenios colectivos, y las medidas de flexibilidad interna.
• Negociación del convenio colectivo [art. 14.7 RD-L 3/2012]:
Se elimina el plazo máximo de ocho o catorce meses para la negociación de la renovación del convenio colectivo, que
estableció el RD-L 7/2011 de reforma de la negociación colectiva.
13. • Descuelgue del convenio [art. 14.1 RD-L 3/2012]:
Cuando concurran causas económicas, técnicas, organizativas, o productivas, previo acuerdo y periodo de consultas,
la empresa podrá proceder a inaplicar el convenio colectivo de aplicación, ya sea de sector o de empresa, en materia
de:
• Jornada
• Horario y distribución del tiempo
• Régimen del trabajo a turnos
• Salarios
• Sistemas de trabajo y rendimientos
• Movilidad funcional
• Complementos de IT.
• Definición de las causas: Se definen las causas del descuelgue
• Económicas: cuando de los resultados de la empresa se desprenda una situación económica negativa, en casos
tales como la existencia de pérdidas actuales o previstas, o la disminución persistente de su nivel de ingresos o
ventas. En todo caso, se entenderá que la disminución es persistente si se produce durante dos trimestres
consecutivos.
• Técnicas: cuando se produzcan cambios, entre otros, en el ámbito de los medios o instrumentos de producción.
• Organizativas: cuando se produzcan cambios, entre otros, en el ámbito de los sistemas y métodos de trabajo del
personal o en el modo de organizar la producción.
• Productivas: cuando se produzcan cambios, entre otros, en la demanda de los productos o servicios que la empresa
pretende colocar en el mercado.
14. • Duración: La inaplicación no podrá prologarse más allá del momento en que resulte aplicable un nuevo convenio en
dicha empresa.
• Notificación: El descuelgue deberá notificarse a la comisión paritaria y a la autoridad laboral.
• Período de consultas: En caso de desacuerdo en el período de consultas, se podrá someter la discrepancia a la
comisión paritaria del convenio; si no hay acuerdo, se recurrirá a los procedimientos establecidos en los acuerdos
interprofesionales estatales o autonómicos, como el arbitraje; sin aún no hubiera acuerdo, las partes podrán acudir a
las Comisiones Consultivas de Convenios Colectivos, que dictarán su decisión en un plazo de veinticinco días.
• Clasificación profesional [DA 9.ª RD-L 3/2012]: Se establece el plazo de un año para que los convenios adapten su
sistema de clasificación al nuevo sistema por grupos profesionales.
B.5 PRIORIDAD AL CONVENIO COLECTIVO DE EMPRESA (art. 14.3 RD-L 3/2012)
• Convenio colectivo de empresa o de grupo de empresa
Tendrá prioridad respecto a los convenios sectoriales en las siguientes materias:
• Salario.
• Abono y compensación de horas extras y retribución del trabajo a turnos.
• Horario, distribución del tiempo de trabajo y vacaciones.
• Clasificación profesional adaptada a la empresa.
• Adaptación a la empresa de las modalidades de contratación.
• Medidas para favorecer la conciliación de la vida laboral, familiar y personal.
• Las que atribuyan los acuerdos interprofesionales.
15. B.6 ULTRAACTIVIDAD
• Existen requisitos para la negociación que se desarrollan en el texto lega.
• Transcurridos dos años desde la denuncia del convenio colectivo sin que se haya acordado un nuevo convenio o dictado
un laudo arbitral, aquél perderá, salvo pacto en contrario, vigencia y se aplicará, si lo hubiere, el convenio colectivo de
ámbito superior que fuera de aplicación.
• El precitado plazo de dos años comenzará a contar para los actuales convenios colectivos, a partir de la publicación del RD
Ley 3/2012.
16. C. MEDIDAS PARA FAVORECER LA EFICIENCIA DEL MERCADO DE TRABAJO YREDUCIR LA DUALIDAD LABORAL
C.1 SUSPENSIÓN TEMPORAL DEL ENCADENAMIENTO DE CONTRATOS TEMPORALES (art. 17 RD-L 3/2012)
• La suspensión del artículo 15.5 ET (limitación del encadenamiento de contratos temporales) hasta el 31 de diciembre
de 2012.
C.2 MODIFICACIONES EN EL DESPIDO COLECTIVO (art. 18 RDL 3/2012)
• Definición de causas económicas: se entiende que la disminución del nivel de ingresos o ventas es persistente si se
produce durante tres trimestres consecutivos.
• Procedimiento: irá precedido de un periodo de consultas con los representantes legales de los trabajadores. La
comunicación irá acompañada de una memoria explicativa. Recibida la comunicación, la autoridad laboral lo
comunicará a la entidad gestora de las prestaciones por desempleo y recabará informe de la Inspección de Trabajo.
Trascurrido el periodo de consulltas, el empresario comunicará a la autoridad laboral y a los representantes de los
trabajadores la decisión final de despido y las condiciones. El empresario notificará los despidos individualmente a los
trabajadores afectados.
Derecho transitorio (DT 10.ª RD-L 3/2012):
• Los expedientes en tramitación se regirán por la normativa vigente en el momento de su inicio.
• Los expedientes resueltos por la autoridad laboral y con vigencia en la fecha de entrada en vigor del RD-L 3/2012 se
regirán por la normativa vigente en el momento de su resolución.
• La modalidad procesal que se aplicará a los despidos colectivos iniciados con posterioridad a la entrada en vigor del
RD-L3/2012 será la del art. 124 (Nulidad de la extinción colectiva de contratos) de la Ley de la Jurisdicción Social (DT
11.≤).
17. • Por convenio colectivo o acuerdo se podrán establecer prioridades de permanencia a favor de trabajadores que no
sean representantes de los trabajadores, por motivos tales como la edad, las cargas familiares, discapacidad, etc.
• En el plazo de un mes desde la entrada en vigor del RD-L 3/2012 el Gobierno aprobará un RD sobre el procedimiento
de despidos colectivos, suspensión de contratos y reducción de jornada (DF 15.ª RD-L 3/2012).
• Conciliación o reclamación previa: queda exceptuado del requisito de conciliación o reclamación previa los
procesos de impugnación del despido colectivo por los representantes de los trabajadores (art. 22 RD-L 3/2012).
• Empresas con beneficios que realicen despidos colectivos
1. Las aportaciones económicas por las empresas que lleven a cabo despidos colectivos autorizados antes de la entrada
en vigor del RD-L 3/2012, sólo deberán realizarse cuando las resoluciones afecten, al menos, a 100 trabajadores (DT
12.ª RD-L 3/2012).
2. En caso de que afecten a trabajadores mayores de 50 o más años se recogen las modificaciones siguientes (DF 4.ª
RD-L 3/2012):
• No hay limitación en cuanto al número de trabajadores de 50 o más años afectados.
• Se elimina la necesidad de que se dé la circunstancia de que los trabajadores no hubieran sido objeto de
recolocación en los seis meses siguientes a la fecha en que se produzca la extinción de sus contratos de
trabajo.
• Se establece cómo ha de realizarse el cálculo de la aportación con exclusión de la aportación de los importes
de prestaciones y subsidios por desempleo de los trabajadores afectados que hubieran sido recolocados en
los 6 meses siguientes a la fecha en que se produjo la extinción.
• El tipo aplicable para calcular la aportación económica tiene en cuenta: el porcentaje de trabajadores de 50 o
más años en relación con el número de despidos, el porcentaje de beneficios sobre los ingresos y el número
de trabajadores en la empresa.
18. C.3 MODIFICACIONES EN LOS DESPIDOS OBJETIVOS (art. 18 RD-L 3/2012)
1. Modificación en las causas de los despidos objetivos:
• Por falta de adaptación a las modificaciones técnicas:
1. No se establece plazo alguno de adaptación (antes dos meses desde la introducción de la
2. modificación).
3. No se establece ningún límite a la duración de la formación (antes tres meses).
4. La extinción podrá acordarse trascurridos 2 meses desde la introducción de la modificación o desde que
finalizó la formación.
• Por absentismo del trabajador:
1. Se elimina la referencia al índice de absentismo total de la plantilla del centro de trabajo (antes 2,5%).
2. El Gobierno, en 6 meses, estudiará la modificación del régimen jurídico de las Mutuas para una más eficaz
gestión de la IT (DA 4.ª RD-L 3/2012).
19. 1. C. 4 Modificaciones en el despido declarado improcedente:
• Reducción de la indemnización por despido: 33 días de salario/año trabajado, con un máximo de 24
mensualidades.
• Salarios de tramitación: el trabajador tendrá derecho a ellos sólo cuando el empresario opte por la readmisión. No
obstante, en el caso de los representantes de los trabajadores, con independencia de que opten por la indemnización
o por la readmisión, tienen derecho a los salarios de tramitación.
• Situación legal de desempleo: la decisión del empresario de extinguir la relación laboral se entiende por sí misma
causa de situación legal de desempleo.
• FOGASA y empresas de menos de 25 trabajadores: para los contratos indefinidos que se extingan por causas
objetivas, el FOGASA resarcirá al empresario en una parte de la indemnización de 8 días de salario/año trabajo, salvo
en las extinciones declaradas improcedentes tanto en conciliación como mediante sentencia (art. 19 RD-L 3/2012).
Derecho transitorio (DT 5.ª RD-L 3/2012):
• La indemnización de 33 días será de aplicación a los contratos suscritos a partir de la entrada en vigor del RD-L
3/2012.
• En los contratos formalizados con anterioridad la indemnización se calculará del modo siguiente:
• 45 días por año de servicio antes de la fecha de entrada en vigor del RD-L 3/2012.
• 33 días por año de servicio por el tiempo de prestación de servicios posterior.
• El importe indemnizatorio no puede superar los 720 días de salario, salvo que del cálculo de la indemnización
por el periodo anterior a la entrada en vigor del RD-L 3/2012 resulte un número de días superior, en cuyo caso
se aplicará éste como importe indemnizatorio máximo, sin que pueda superar las 42 mensualidades.
• Los contratos de fomento de la contratación indefinida se regirán por la normativa a cuyo amparo se concertaron. En
caso de despido disciplinario, la indemnización por despido improcedente, se calculará de la forma indicada en el punto
anterior (DT 6.≤ RD-L 3/2012).
20. • Aplicación en el Sector Público [DA 2.ª RD-L 3/2012]:
• El despido del personal laboral al servicio de los entes, organismos y entidades que forman parte del sector público se
efectuará conforme establece el ET y en el marco presupuestario y de estabilidad financiera. Se entiende que la
insuficiencia presupuestaria es persistente si se produce durante tres trimestres.
• Causas económicas: cuando se produzca en las mismas una situación de insuficiencia presupuestaria sobrevenida y
persistente para la financiación de los servicios públicos.
Notas del editor
B.6- B.7 La ultraactividad y Comisión Consutliva de Convenios Colectivos: Transcurridos dos años desde la denuncia del convenio colectivo sin que se haya acordado un nuevo convenio o dictado un laudo arbitral, aquél perderá, salvo pacto en contrario, vigencia y se aplicará, si lo hubiere, el convenio colectivo de ámbito superior que fuera de aplicación.»
El despido del personal laboral al servicio de los entes, organismos y entidade que forman parte del sector público se efectuará conforme establece el ET y en el marco presupuestario y de estabilidad financiera. Se entiende que la insuficiencia presupuestaria es persistente si se produce durante tres trimestres. Causas económicas: cuando se produzca en las mismas una situación de insuficiencia presupuestaria sobrevenida y persistente para la financiación de los servicios públicos.