3. Sistema de Pensiones Solidarias
El Sistema de Pensiones Solidarias
otorgará los siguientes beneficios:
Pensión Básica Solidaria (PBS) de Vejez
Pensión Básica Solidaria (PBS) de Invalidez
Aporte Previsional Solidario (APS) de Vejez
Aporte Previsional Solidario (APS) de Invalidez
4. Pensión Básica Solidaria (PBS) de
Vejez
Es un beneficio monetario mensual, de cargo fiscal, al cual pueden
acceder todas las personas que no tengan derecho a pensión en algún
régimen previsional y cumplan los requisitos
Monto: $75.000 en régimen (Julio de 2009); $60.000 (Julio de 2008)
Reajuste: Variación IPC últimos 12 meses. Si el IPC supera el 10% el reajuste
es automático
Requisitos:
No tener derecho a pensión
65 años cumplidos
Tener 11.734 puntos o menos en la Ficha de Protección Social, lo que equivale al 40%
más vulnerable (en régimen, al 60% más vulnerable)
Residencia
Entrada en vigencia: 1 de Julio de 2008
5. Pensión Básica Solidaria (PBS) de
Invalidez
Es un beneficio monetario mensual, de cargo fiscal, al que pueden acceder todas
aquellas personas calificadas como inválidas que no tienen derecho a una pensión en
un régimen previsional y cumplen con los requisitos establecidos en la ley
Monto: $75.000 en régimen (Julio de 2009); $60.000 (Julio de 2008)
Reajuste: Variación IPC últimos 12 meses. Si el IPC supera el 10%, el reajuste es automático
Requisitos:
No tener derecho a pensión
Ser declarado inválido por la Comisión Médica Regional de la SUPEN
Tener entre 18 y menos de 65 años
Tener 11.734 puntos o menos en la Ficha de Protección Social, lo que equivale al 40% más vulnerable
(en régimen, al 60% más vulnerable)
Residencia
Entrada en vigencia: 1 de Julio de 2008
6. Aporte Previsional Solidario (APS)
de Vejez
Es un aporte monetario mensual, de cargo fiscal, que
incrementa las pensiones autofinanciadas inferiores a 255 mil
pesos, cuando el sistema esté en régimen, a través de un
complemento solidario que aumenta el monto de la pensión
final
Requisitos:
Tener una pensión de vejez, invalidez o sobrevivencia de AFP, Cías de
Seguro o INP; o tener una pensión de sobrevivencia de la Ley 16.744
Que su pensión base sea inferior a la Pensión Máxima con Aporte
Solidario (PMAS)
65 años cumplidos
Tener 11.734 puntos o menos en la Ficha de Protección Social, lo que
equivale al 40% más vulnerable (en régimen, al 60% más vulnerable)
Residencia
Entrada en vigencia: 1 de Julio de 2008
7. Implementación del APS de Vejez
PERIODO PMAS COBERTURA
(población)
Jul-08 Jun-09 $70.000 40%
Jul-09 Jun-10 $120.000 45%
Jul-10 Jun-11 $150.000 50%
Jul-11 Jun-12 $200.000 55%
Jul-12 En $255.000 60%
adelante
8. Ejemplo del APS de Vejez
Ejemplos: Para el año 2008, las pensiones hasta $70.000 recibirían
complemento solidario, el cual dependerá de la pensión base del
pensionado, quedando del siguiente modo (montos
aproximados):
PENSION BASE PMAS APORTE SOLIDARIO PENSION FINAL
$10.000 $70.000 $51.429* $61.429
$40.000 $70.000 $25.714* $65.714
$65.000 $70.000 $4.286* $69.286
9. Medidas de Equidad de Género
Las mujeres serán las principales beneficiarias del
Sistema de Pensiones Solidarias. Se estima que el
60% de las PBS de Vejez se les otorgará a mujeres
Se crea una bonificación especial que compensa y
valora el trabajo reproductivo: el bono por hijo nacido
vivo
10. Bono por hijo
Se otorga un Bono por hijo nacido vivo o adoptado consistente en una
bonificación monetaria, de cargo fiscal, que incrementa las pensiones de
las madres de hijos nacidos vivos y adoptados, que cumplan con los
requisitos legales
Monto: El equivalente al 1,8 ingresos mínimos mensuales, vigente en el
mes de nacimiento del hijo (actualmente correspondería a $ 286.200)
Bono gana rentabilidad nominal anual promedio Fondo tipo C (6% aprox.)
Hijos nacidos ANTES y DESPUÉS del 1 de julio de 2009
Requisitos
65 años cumplidos
Residencia
Que la mujer se pensione a contar del 1 de Julio de 2009
Entrada en vigencia: 1 de julio de 2009
11.
12. Medidas de Equidad de Género
Se establece la separación por sexo del Seguro de Invalidez y
Sobrevivencia (SIS)
Se iguala en 65 años, para hombres y mujeres, la cobertura del
Seguro de Invalidez y Sobrevivencia
Se establece la compensación económica previsional en caso
de nulidad o divorcio
Se incluyen nuevos beneficiarios de pensión de sobrevivencia
de la mujer: el cónyuge no inválido y al padre de hijos de
filiación no matrimonial que viva a expensas de la mujer
13. Subsidio previsional para
Trabajadores Jóvenes
Se crea un subsidio a las primeras 24 cotizaciones efectivas,
continuas o discontinuas, de los Trabajadores Jóvenes (entre
18 y 35 años de edad), el que está constituido por dos tipos de
aportes:
Subsidio a la contratación:
Beneficia a aquellos empleadores que tengan contratados a
trabajadores que reciban ingresos iguales o inferiores a 1,5
veces el ingreso mínimo mensual (lo que hoy equivale a
$238.500.-). El monto del subsidio equivale a un 50% de la
cotización previsional calculada sobre un ingreso mínimo y
entrará en vigencia el 1 de octubre de 2008
Subsidio a la cotización:
Es un aporte directo a la cuenta de capitalización individual del
trabajador joven por el mismo monto y condiciones, que se
otorgará a partir del 1 de julio de 2011
14. Ahorro Previsional Voluntario
¿Por qué ahorrar en forma adicional para la jubilación?
• Incrementar monto de pensión
• Subsanar períodos de baja densidad de
cotizaciones
APV COLECTIVO:
Es un Contrato de ahorro suscrito entre el empleador y una
administradora o institución autorizada con el objeto de
incrementar los recursos previsionales de sus trabajadores.
Dirigido a trabajadores dependientes afiliados a AFP o INP
Lo administrarán AFP, Bancos, Cías de Seguro,
Administradoras de Fondos Mutuos y de Inversión y
Administradoras de Fondos para la Vivienda.
Es una oportunidad para un mayor dialogo entre empresarios
3
y trabajadores
15. Incorporación de los Trabajadores
Independientes
Se establece la afiliación obligatoria de los Trabajadores
Independientes al sistema previsional, igualando sus derechos y
obligaciones con los trabajadores dependientes
Los Trabajadores Independientes tendrán los siguientes derechos:
Accederán a pensión y beneficios de salud
Cobertura del Seguro de Invalidez y Sobrevivencia
Cobertura del Seguro de Accidentes del Trabajo y Enfermedades
Profesionales
Percibir Asignación Familiar por sus cargas y afiliarse a las Cajas de
Compensación
También serán beneficiarios del Sistema de Pensiones Solidarios
16.
17.
18. Fondo de Educación Previsional (FEP)
Objetivo General del FEP
Espacio a la participación ciudadana con el objeto de apoyar financieramente
proyectos, programas, actividades y medidas de promoción y educación
previsional y difusión del sistema de pensiones, para que las personas
conozcan, se informen y participen del sistema previsional chileno
Características del FEP
Es un fondo concursable, del cual al menos el 60% se destinará a regiones
Los fondos serán asignados por la Subsecretaría de Previsión Social (SSPS) a
propuesta de un Comité de Selección (compuesto por el presidente de la
Comisión de Usuarios, un representante de la SSPS, uno de la SUPEN y uno
del IPS)
Un reglamento establecerá las normas de administración y operación del fondo
Algunas entidades ejecutoras que pueden postular al FEP
Corporaciones, fundaciones, asociaciones gremiales, sindicatos.
Organizaciones comunitarias territoriales y funcionales, regidas por la Ley
19.418.
Entidades educacionales, tales como Universidades, Institutos, CFT, Colegios.
Municipios
(PERSONALIDAD JURIDICA)
19. Caracterización de proyectos FEP
CATEGORIAS OBJETIVOS/CONTENIDOS TIPOS DE PROYECTO
EDUCACION Acciones de educación formal en - Cursos y talleres
PREVISIONAL materias previsionales - Elaboración de material
educativo y documentos
técnicos
-Programas de formación
PROMOCION/ Desarrollo de la cultura
de voluntarios y de
DIFUSION previsional, a través de acciones
formadores (orientadores,
PREVISIONAL de promoción y difusión que
asesores),
fortalezcan la información
ciudadana utilizando los medios y - Creación de páginas
canales adecuados web, blogs, foros virtuales
- Programas en medios de
comunicación masivos
- Realización de eventos
de promoción y difusión
EDUCACION Y Combina dos anteriores. Con una - Diálogos ciudadanos
PROMOCION primera etapa de educación y un previsionales
segundo momento de actividades - Etc.
de difusión y promoción.
20. Aspectos destacados de la
Reforma Previsional
La Reforma busca eliminar la pobreza entre los adultos mayores y los
inválidos
En la actualidad 7 de cada 10 pensionados en Chile reciben una pensión
inferior a 114 mil pesos
La PBS es un derecho individual. Un mismo hogar puede contar con dos
PBS ($150.000)
La eliminación de la Comisión Fija implica un aumento de las pensiones
estimado cercano a 4%
Las bonificaciones por hijo representarán en régimen un efecto sobre la
pensión final superior al 20% en el caso de mujeres que coticen 10 años
por el salario mínimo y tengan dos hijos
*Fuente: DIPRES
21. Línea Gratuita
800 64 60 90
www.reformaprevisional.cl
Muchas gracias