Este es el proyecto de Ley de Procesos Electorales que la Asamblea Nacional le envío al Presidente, la cual no ha promulgado todavía, porque se rumora que le va hacer unos cambios sin consultar a ningun otro organo del Estado. www.ismaelgarcia.net
Instructivo para la postulación de aspirantes a participar en las eleccione...Ale Altuve
Instructivo para la postulación de aspirantes a
participar en las elecciones primarias del PSUV
donde se elegirán las Candidatas y Candidatos a las
Elecciones Parlamentarias 2015
El Comité Ejecutivo Nacional de MORENA
C O N V O C A:
Al proceso de selección de las candidaturas a diputados/as del Congreso del Estado por los principios de mayoría relativa y representación proporcional, a Presidentes/as Municipales, Síndicos/as y Regidores/as de los Ayuntamientos y a Gobernador/a para el proceso electoral 2014-2015 en el Estado de Baja California Sur.
La convocatoria contiene fecha y hora de las asambleas
El Comité Ejecutivo Nacional de MORENA
C O N V O C A
Al proceso de selección delas candidaturas de Gobernador/a, Diputados/as por el principio de mayoría relativa y de representación proporcional, a Presidentes/as
Municipales, Síndicos/as y Regidores/as de los
Ayuntamientos para el proceso electoral 2014-2015 en el Estado de Colima.
Contiene fecha y hora de las asambleas
El Comité Ejecutivo Nacional de MORENA
C O N V O C A
Al proceso de selección de las candidaturas a diputados/as del Congreso del Estado por los
principios de mayoría relativa y representación proporcional, a Presidentes/as Municipales,
Síndicos/as y Regidores/as de los Ayuntamientos; Juntas Municipales Presidente/a, Síndico/as y Regidores y a Gobernador/a para el proceso electoral 2014-2015 en el Estadode Campeche.
Contiene fecha y hora de las asambleas.
Este es el proyecto de Ley de Procesos Electorales que la Asamblea Nacional le envío al Presidente, la cual no ha promulgado todavía, porque se rumora que le va hacer unos cambios sin consultar a ningun otro organo del Estado. www.ismaelgarcia.net
Instructivo para la postulación de aspirantes a participar en las eleccione...Ale Altuve
Instructivo para la postulación de aspirantes a
participar en las elecciones primarias del PSUV
donde se elegirán las Candidatas y Candidatos a las
Elecciones Parlamentarias 2015
El Comité Ejecutivo Nacional de MORENA
C O N V O C A:
Al proceso de selección de las candidaturas a diputados/as del Congreso del Estado por los principios de mayoría relativa y representación proporcional, a Presidentes/as Municipales, Síndicos/as y Regidores/as de los Ayuntamientos y a Gobernador/a para el proceso electoral 2014-2015 en el Estado de Baja California Sur.
La convocatoria contiene fecha y hora de las asambleas
El Comité Ejecutivo Nacional de MORENA
C O N V O C A
Al proceso de selección delas candidaturas de Gobernador/a, Diputados/as por el principio de mayoría relativa y de representación proporcional, a Presidentes/as
Municipales, Síndicos/as y Regidores/as de los
Ayuntamientos para el proceso electoral 2014-2015 en el Estado de Colima.
Contiene fecha y hora de las asambleas
El Comité Ejecutivo Nacional de MORENA
C O N V O C A
Al proceso de selección de las candidaturas a diputados/as del Congreso del Estado por los
principios de mayoría relativa y representación proporcional, a Presidentes/as Municipales,
Síndicos/as y Regidores/as de los Ayuntamientos; Juntas Municipales Presidente/a, Síndico/as y Regidores y a Gobernador/a para el proceso electoral 2014-2015 en el Estadode Campeche.
Contiene fecha y hora de las asambleas.
Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones al Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, suscrita por integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional
Ley N° 30315 - Ley que modifica la Ley N° 26300, Ley de los Derechos de Participación y Control Ciudadanos.
Esta ley modifica diversos artículos que regulan la REVOCATORIA de las autoridades.
Informe técnico elaborado por @infodine sobre las elecciones presidenciales y legislativas de Bolivia a celebrarse el 12/10/2014.
Disponible en: http://www.elecciones.gov.ar/sistemas_electorales/Elecciones_Bolivia_12-10-2014.pdf
Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones al Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, suscrita por integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional
Ley N° 30315 - Ley que modifica la Ley N° 26300, Ley de los Derechos de Participación y Control Ciudadanos.
Esta ley modifica diversos artículos que regulan la REVOCATORIA de las autoridades.
Informe técnico elaborado por @infodine sobre las elecciones presidenciales y legislativas de Bolivia a celebrarse el 12/10/2014.
Disponible en: http://www.elecciones.gov.ar/sistemas_electorales/Elecciones_Bolivia_12-10-2014.pdf
Iniciativa que reforma y adiciona al CofipeDiputados PAN
Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones al Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, suscrita por integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional
Informe técnico sobre las elecciones regionales y municipales de Perú elaborado por @infodine y disponible en: http://www.elecciones.gov.ar/sistemas_electorales/Elecciones_Peru_5-10-14.pdf
Tenemos el agrado de presentar el primer número digital, la Revista electrónica CHECK IN. Este producto es el resultado de un proyecto editorial y del anhelo de muchos de los integrantes de Patchamama, llega para quedarse en el sector turístico, marcando el comienzo de un nuevo espacio para divulgar la oferta hotelera que tiene el mágico destino Mérida, Disfrútala!
El área Metropolitana esta conformada por cuatro municipios: Sucre, Campo Elías, Libertador y Santos Marquina, asiento de los centros urbanos del estado andino, turístico por excelencia. Es una zona bordeada por cuatro ríos y en su meseta se encuentra. Es una zona bordeada por cuatro ríos y en su meseta se encuentra la génesis histórica y fundacional del estado. La ciudad de Mérida tuvo el honor de otorgar el título de Libertador a Nuestro Simón Bolívar, en su paso por los andes.
Amigo turista, comparte con nosotros la religiosidad del pueblo merideño, cuya manifestaciones culturales se expresa a través de los siglos, cuando los curas rasgan el cielo que cubre la majestuosa Cordillera de los Andes, representada en la Sierra del Norte y la Sierra Nevada que amparan pueblos de belleza sublime, localizado en la ruta del páramo, Metropolitana, Sur, Mocotíes, y otros tantos de reciente formación, que abrieron las selvas húmedas para dar origen a la Zona Sur del Lago una de las más prosperas de la región de los Andes.
2. 2
Título I
Disposiciones Generales
Objeto
Artículo 1: El presente reglamento tiene por objeto establecer las normas y procedi-
mientos que regularán el proceso de elección de candidatos y candidatas a diputados y
diputadas del Partido Socialista Unido de Venezuela a la Asamblea Nacional.
Tipo de elección
Artículo 2: Los candidatos y candidatas del Partido Socialista Unido de Venezuela a
la Asamblea Nacional serán elegidos mediante sufragio directo y secreto, en elección
de primer grado, donde tendrán derecho al voto todos los venezolanos y venezolanas
inscritos en el Registro Electoral (RE).
Del órgano rector
Artículo 3: El órgano rector de las elecciones de los candidatos y candidatas a diputados
y diputadas de la Asamblea Nacional será la Dirección Nacional del Partido Socialista
Unido de Venezuela.
Del apoyo técnico
Artículo 4: El Consejo Nacional Electoral (CNE) prestará el apoyo técnico a las elecciones
de los candidatos y candidatas a diputados y diputadas del Partido Socialista Unido de
Venezuela a la Asamblea Nacional.
Título II
De las Elecciones
Circunscripciones electorales
Artículo 5: Las elecciones del Partido Socialista Unido de Venezuela para elegir sus can-
didatos y candidatas a diputados y diputadas de la Asamblea Nacional se realizarán en
todas las circunscripciones electorales establecidas por el Consejo Nacional Electoral (87
circunscripciones) y tendrá derecho participar el 100% de los inscritos en el Registro
Electoral (RE) en la circunscripción correspondiente.
De la votación
Artículo 6: En las siguientes once (11) circunscripciones plurinominales los electores
deben votar por dos (2) candidatos y/o candidatas.
3. 3
1. Dtto. Capital: Circunscripción 1 (Municipio Libertador: PQ La Pastora, PQ. Sucre, PQ.
El Junquito).
2. Dtto. Capital: Circunscripción 5 (Municipio Libertador: PQ Antimano, PQ La Vega, PQ
Macarao, PQ Caricuao, PQ El Paraiso).
3. Estado Aragua: Circunscripción 1 (Municipio Girardot, Municipio Mario B. Iragorry,
Municipio Ocumare de la Costa).
4. Estado Aragua: Circunscripción 2 (Municipio Santiago Mariño, Municipio Libertador,
Municipio José Ángel Lamas, Municipio Francisco Linares A).
5. Estado Barinas: Circunscripción 1 (Municipio Arismendi, Municipio Barinas, Munici-
pio Obispos, Municipio Rojas, Municipio Sosa, Municipio Alberto Arvelo T).
6. Estado Bolívar: Circunscripción 2 (Municipio Caroní).
7. Estado Carabobo: Circunscripción 5 (Municipio Libertador, Municipio Valencia: PQ
Miguel Peña, PQ Rafael Urdaneta, PQ Santa Rosa, PQ Negro Primero).
8. Estado Lara: Circunscripción 1 (Municipio Iribarren: PQ La Concepción, PQ Unión, PQ El
Cuji,PQTamaca,PQJuandeVillegas,PQAguedoF.Alvarado,PQBuenaVista,PQJuárez).
9. Estado Miranda: Circunscripción 4 (Municipio Plaza, Municipio Zamora, Municipio
Sucre: PQ Caucaguita, PQ Filas de Mariche, PQ La Dolorita).
10. Estado Miranda: Circunscripción 6 (Municipio Leander, Municipio Urdaneta, Munici-
pio Cristóbal Rojas, Municipio Simón Bolívar).
11. Estado Monagas: Circunscripción 1(Municipio Libertador, Municipio Maturín, Muni-
cipio Sotillo, Municipio Uracoa).
En las setenta y seis (76) circunscripciones restantes, votarán por un (1) solo candidato
o candidata.
De la paridad de género
Artículo 7: En cada circunscripción electoral habrá para la elección la misma cantidad
de mujeres y hombres.
Participación de los jóvenes
Artículo 8: La lista de candidatos y candidatas a elegir en cada circunscripción electoral
estará conformada en un 50% por jóvenes.
De la elección del candidato o candidata en las circunscripciones que eli-
gen un (1) diputado o diputada principal
Artículo 9: En las circunscripciones que eligen un (1) diputado o diputada, el o la que
obtenga el mayor número de votos válidos será el candidato o candidata electo por el
Partido Socialista Unido de Venezuela.
4. 4
De la elección de los candidatos y/o candidatas en las circunscripciones
que eligen dos (2) diputados y/o diputadas principales
Artículo 10: En las circunscripciones que eligen dos diputados y/o diputadas, el o la
que obtenga el mayor número de votos válidos será el candidato o candidata electo,
el segundo candidato o candidata será designado por la Dirección Nacional del Partido
Socialista Unido de Venezuela, considerando la cantidad de votos obtenidos, la paridad
de candidatos y candidatas menores y mayores de 30 años, la paridad de género y las
alianzas con el Gran Polo Patriótico Simón Bolívar (GPPSB).
De la elección de los candidatos y/o candidatas en las circunscripciones
que eligen tres (3) diputados y/o diputadas principales
Artículo 11: En las circunscripciones que eligen tres diputados y/o diputadas, los dos
que obtengan el mayor número de votos válidos serán los candidatos y/o candidatas
electos, el tercer candidato o candidata será designado por la Dirección Nacional del
Partido Socialista Unido de Venezuela, considerando la cantidad de votos obtenidos, la
paridad de candidatos y candidatas menores y mayores de 30 años, la paridad de género
y las alianzas con el Gran Polo Patriótico Simón Bolívar (GPPSB).
De la elección del candidato o candidata a diputado o diputada suplente
Artículo 12: La Dirección Nacional del Partido Socialista Unido de Venezuela, designará
a los candidatos y candidatas a diputados y diputadas suplentes, tomando en conside-
ración la cantidad de votos obtenidos, la paridad de candidatos y candidatas menores
y mayores de 30 años, la paridad de género y las alianzas con el Gran Polo Patriótico
Simón Bolívar (GPPSB).
Título III
De la Campaña Electoral
Valores y Principios
Artículo 13: Los candidatos y las candidatas llevarán como bandera de la campaña
electoral la ética y la moral socialista, la conciencia del deber social, la práctica de la
solidaridad y el amor, promoviendo el ideal bolivariano y el pensamiento revolucionario
y socialista de nuestro Comandante Supremo y Líder Eterno, Hugo Rafael Chávez Frías,
las cuales son características propias de todo militante, de acuerdo a lo establecido en el
artículo 7 de los Estatutos del Partido Socialista Unido de Venezuela.
5. 5
Duración
Artículo 14: La Campaña Electoral iniciará el día martes 26 de mayo y culminará el día
viernes 26 de junio del presente año.
Bases de la campaña electoral
Artículo 15: La campaña electoral se basa en el contacto personal con la comunidad,
visita casa por casa, asambleas populares con las unidades Bolívar Chávez (UBCH) y los
consejos comunales, para la programación de jornadas de inscripciones en el Registro
Electoral (RE), jornadas de inscripción de los patrulleros y patrulleras sectoriales y de los
hogares de la patria. Durante las asambleas y cualquier otra actividad de contacto con
el poder popular deben difundir los logros de la Revolución Bolivariana, el Plan de la
Patria, los Estatutos y las Bases Programáticas del Partido Socialista Unido de Venezuela.
De la propaganda
Artículo 16: La propaganda se realizara cara a cara en las comunidades mediante la
repartición de volantes, folletos, trípticos, entre otros; se permitirá el uso de las redes
sociales.
Prohibición de señalamiento público contra otro candidato o candidata
Artículo 17: Está terminantemente prohibido hacer cualquier tipo de señalamiento pú-
blico contra otro candidato o candidata. La violación de esta norma es causal de inhabili-
tación para participar en el proceso electoral.
Título IV
Disposiciones Finales
Primera: El presente reglamento entrará en vigencia al momento de su publicación en
la página web del Partido Socialista Unido de Venezuela.
Segunda: Todo lo no previsto en este Reglamento será resuelto por la Dirección Nacio-
nal del Partido Socialista Unido de Venezuela.
Diosdado Cabello R.
Primer Vicepresidente del PSUV
Francisco Ameliach O.
Vicepresidente de Organización y Fuerza Electoral