la unidad de s sesion edussssssssssssssscacio fisca
Relación del Derecho con la Publicidad.
1. REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIÓN UNIVERSITARIA
INSTITUTO UNIVERSITARIO DE TEGNOLOGÍA
“ANTONIO JOSÉ DE SUCRE”
EXTENSIÓN MÉRIDA
Autor: Julieth
Roa
CI. 24267073
2. Derecho es el orden normativo e institucional de
la conducta humana en sociedad inspirado en postulados de justicia, cuya
base son las relaciones sociales existentes que determinan su contenido y
carácter , normas que regulan nuestros comportamiento.
Esta claro que en la
sociedad deben de existir
ciertas normas que
regulen muestro
comportamiento , y en el
campo de la publicidad no
es una excepción es
necesario saber lo que
vamos ofrecer ante la
sociedad y lo que puede
causar en ella.
3. Para cada forma de hacer publicidad debe de
existir una regla que limite hasta donde podemos
llegar en el campo laboral , que impacto pueda
causar.
La legislación publicitaria es una
autorregulación necesaria , para cada uno de
los elementos que hacen parte de la publicidad
y las características que cada ámbito requiere.
4. Es un titular de derechos y obligaciones
en una relación jurídico- publicitario ,
pueden serlo las personas físicas
jurídicas o incluso el propio Estado y
deben a la vez distinguirse de otras
personas que intervienen en la
comunicación publicitaria que no tienen
la condición de sujeto publicitario ya que
no se vinculan.
Entre los sujeto
publicitarios se
encuentran
Los emisores: Son los
anuncios públicos o privados
Ejecutores: Las agencias.
Difusores: Son los medios
públicos y privados ya sean de
información o publicidad
exclusiva.
Receptores: Destinarios de
publicidad
5. La normativa legal venezolana ofrece
una regulación de los sujetos completa
y flexible. Sin embargo su tratamiento
sigue siendo asistemático , porque no
dedica una sección al régimen de los
sujetos publicitarios.
Otros sujetos que no intervienen en la
comunicación publicitaria
Organización tripartitas de
anunciantes , agencias y medio
Asociaciones de
consumidores
Asociaciones de
profesionales
El anunciante: Es la persona
natural o jurídica cuyo interés se
realiza la publicidad. La Ley le
concede un papel destacado.
6. Los derechos de autor constituyen uno
de los principales derechos de
propiedad intelectual, cuyo objetivo es
dar solución a una serie de conflictos de
intereses que nacen entre los autores de
las creaciones intelectuales, los editores
y demás intermediarios que las
distribuyen y el público que las consume
(Bondía, 1988).
Junto a los derechos de autor se encuentran los
denominados derechos afines, conexos o vecinos,
entre los que podemos mencionar los de los artistas
intérpretes o ejecutantes sobre sus interpretaciones o
ejecuciones, los derechos de los productores de
fonogramas sobre sus grabaciones y los derechos de
los organismos de radiodifusión sobre sus programas
de radio y de televisión.