Este documento resume una resolución emitida por el Agente Especial Interventor de la ESE Hospital San Jerónimo de Montería en Córdoba. La resolución declara terminados los contratos existentes al momento de la toma de posesión forzosa administrativa de la entidad de salud, debido a hallazgos de la Contraloría que encontró irregularidades en los procesos contractuales y compromiso indiscriminado del presupuesto. El objetivo es subsanar las falencias y garantizar la prestación del servicio de salud de manera eficiente.
Este documento describe un auto judicial que imputa a Antonio Fernández García, ex Viceconsejero y Consejero de Empleo de la Junta de Andalucía, por su presunta participación en la creación de un sistema operativo a través de un Convenio Marco con el Instituto de Fomento de Andalucía para eludir los controles sobre ayudas públicas y agilizar pagos discrecionales a empresas próximas al PSOE andaluz, a pesar de las advertencias de la Intervención General de la Junta de Andalucía. El auto detalla los he
Este documento es un acuerdo de la Comisión de Regulación en Salud de Colombia que sustituye el Acuerdo 028 de 2011. El nuevo acuerdo actualiza y define integralmente el Plan Obligatorio de Salud para los regímenes contributivo y subsidiado. Se realizaron modificaciones al contenido del acuerdo anterior luego de analizar comentarios recibidos del público. El nuevo acuerdo provee una definición actualizada del Plan Obligatorio de Salud y establece clasificaciones y códigos para facilitar su aplicación.
Este documento actualiza la estructura funcional y operativa del área jurídica del Hospital San Jerónimo de Montería. Define los roles y funciones del asesor jurídico, abogados, técnico archivístico y auxiliar administrativo del área. El área jurídica es responsable de la contratación, defensa judicial, asesoría legal de la gerencia y demás dependencias del hospital.
Este decreto establece las regulaciones para implementar una disposición de la Ley 1608 de 2013 relacionada con el reconocimiento y pago de recobros y reclamaciones presentadas ante el Fondo de Solidaridad y Garantía (FOSYGA) que fueron glosadas por razones de forma. Define lo que se entiende por "glosa administrativa", establece los requisitos esenciales para demostrar la obligación de pago y autoriza al Ministerio de Salud a definir criterios y formatos para el trámite de estas solicitudes.
Este documento es el Acuerdo 29 de 2011 emitido por la Comisión de Regulación en Salud, mediante el cual se sustituye en su integridad el Acuerdo 028 de 2011 que define el Plan Obligatorio de Salud. El Acuerdo 29 actualiza el Plan Obligatorio de Salud tras recibir comentarios y realizar correcciones, con el fin de garantizar una mayor precisión en la cobertura. El nuevo acuerdo establece disposiciones generales como la nomenclatura, el glosario y los procedimientos a seguir para la prestación de servicios de salud
Este documento contiene tres decretos del Ministerio de Salud y del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo. El primer decreto designa a un nuevo jefe de oficina en la Dirección de Redes Integradas de Salud Lima Centro. El segundo decreto aprueba el reglamento de inscripción, baja y modificación de datos de asegurados del Seguro Social de Salud. El tercer decreto refrenda el reglamento aprobado en el segundo decreto.
Proyecto de acuerdo socialización 4 de noviembreAsohosval
Este documento presenta un proyecto de acuerdo para actualizar integralmente el Plan Obligatorio de Salud de los regímenes Contributivo y Subsidiado en Colombia. El acuerdo define el Plan Obligatorio de Salud, establece clasificaciones y definiciones, y actualiza las tecnologías en salud cubiertas considerando cambios demográficos, epidemiológicos y financieros. Se realizó un proceso de participación ciudadana para consultar a usuarios, profesionales y la comunidad en general.
Este documento describe un auto judicial que imputa a Antonio Fernández García, ex Viceconsejero y Consejero de Empleo de la Junta de Andalucía, por su presunta participación en la creación de un sistema operativo a través de un Convenio Marco con el Instituto de Fomento de Andalucía para eludir los controles sobre ayudas públicas y agilizar pagos discrecionales a empresas próximas al PSOE andaluz, a pesar de las advertencias de la Intervención General de la Junta de Andalucía. El auto detalla los he
Este documento es un acuerdo de la Comisión de Regulación en Salud de Colombia que sustituye el Acuerdo 028 de 2011. El nuevo acuerdo actualiza y define integralmente el Plan Obligatorio de Salud para los regímenes contributivo y subsidiado. Se realizaron modificaciones al contenido del acuerdo anterior luego de analizar comentarios recibidos del público. El nuevo acuerdo provee una definición actualizada del Plan Obligatorio de Salud y establece clasificaciones y códigos para facilitar su aplicación.
Este documento actualiza la estructura funcional y operativa del área jurídica del Hospital San Jerónimo de Montería. Define los roles y funciones del asesor jurídico, abogados, técnico archivístico y auxiliar administrativo del área. El área jurídica es responsable de la contratación, defensa judicial, asesoría legal de la gerencia y demás dependencias del hospital.
Este decreto establece las regulaciones para implementar una disposición de la Ley 1608 de 2013 relacionada con el reconocimiento y pago de recobros y reclamaciones presentadas ante el Fondo de Solidaridad y Garantía (FOSYGA) que fueron glosadas por razones de forma. Define lo que se entiende por "glosa administrativa", establece los requisitos esenciales para demostrar la obligación de pago y autoriza al Ministerio de Salud a definir criterios y formatos para el trámite de estas solicitudes.
Este documento es el Acuerdo 29 de 2011 emitido por la Comisión de Regulación en Salud, mediante el cual se sustituye en su integridad el Acuerdo 028 de 2011 que define el Plan Obligatorio de Salud. El Acuerdo 29 actualiza el Plan Obligatorio de Salud tras recibir comentarios y realizar correcciones, con el fin de garantizar una mayor precisión en la cobertura. El nuevo acuerdo establece disposiciones generales como la nomenclatura, el glosario y los procedimientos a seguir para la prestación de servicios de salud
Este documento contiene tres decretos del Ministerio de Salud y del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo. El primer decreto designa a un nuevo jefe de oficina en la Dirección de Redes Integradas de Salud Lima Centro. El segundo decreto aprueba el reglamento de inscripción, baja y modificación de datos de asegurados del Seguro Social de Salud. El tercer decreto refrenda el reglamento aprobado en el segundo decreto.
Proyecto de acuerdo socialización 4 de noviembreAsohosval
Este documento presenta un proyecto de acuerdo para actualizar integralmente el Plan Obligatorio de Salud de los regímenes Contributivo y Subsidiado en Colombia. El acuerdo define el Plan Obligatorio de Salud, establece clasificaciones y definiciones, y actualiza las tecnologías en salud cubiertas considerando cambios demográficos, epidemiológicos y financieros. Se realizó un proceso de participación ciudadana para consultar a usuarios, profesionales y la comunidad en general.
El decreto reforma el Reglamento a la Ley Orgánica de Salud para establecer que el plazo de vigencia del Registro Sanitario se contará a partir de su concesión y podrá renovarse por períodos iguales. También requiere que los titulares actualicen la información cuando haya cambios y permite la renovación automática si no hubo suspensiones. Además, extiende la vigencia de registros que estaban por vencer entre enero 2011 y junio 2012 mientras se resuelven las solicitudes de renovación.
Convenio de colaboración del Consejo Nacional de Salud, formado por la Secretaría de Salud (Ssa) y los institutos Mexicano del Seguro Social (IMSS) y de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (Issste) donde se busca aprovechar la disponibilidad de los servicios médicos para los pacientes que lo requieran, sin importar si tienen o no seguridad social (Universalización de la Salud en México)
La resolución designa a Tatiana Mirlo Carrasco Cuaquira en el cargo de Jefe de Equipo de la Unidad de Administración del Instituto Nacional de Salud del Niño San Borja. Se tomó esta decisión luego de que el puesto quedara vacante y tras recibir una propuesta y opinión legal favorable sobre la candidata. La resolución se emite en el marco de las facultades delegadas al director del instituto.
El documento describe los procedimientos y requisitos para la convalidación de reposos médicos temporales otorgados por el IVSS, incluyendo la notificación al supervisor, la solicitud del formulario correspondiente y su entrega en el plazo establecido. Explica los detalles que deben contener los justificativos médicos según la duración del reposo (hasta 72 horas, entre 4 a 21 días o más de 21 días).
Este documento establece un procedimiento para la depuración y aclaración de cuentas entre las entidades responsables de pago (EPS y entidades territoriales) e instituciones prestadoras de servicios de salud (IPS) en Colombia. Se crea un sistema de información para el cruce de datos de facturación y pagos entre las partes, con el fin de identificar inconsistencias y establecer compromisos obligatorios de pago. Se definen responsabilidades específicas para cada actor en el proceso de reporte de información y realización de mesas de saneamiento de cartera para
Este decreto modifica el decreto 1993/2011 que reglamenta la ley 26682 sobre medicina prepaga. Los cambios incluyen centralizar la autorización de incrementos de cuotas en la Superintendencia de Servicios de Salud y el Ministerio de Salud, en lugar de tres organismos; definir mejor los supuestos de resolución contractual; y actualizar otros artículos para adecuarlos a las competencias de la Superintendencia. El objetivo es simplificar el marco normativo y mejorar la operatividad del sector de medicina prepaga.
Este documento discute si los licenciados en enfermería y técnicos en enfermería tienen derecho a exigir que se les incluya en la programación de guardias hospitalarias. Explica que los profesionales de la salud, incluidos los enfermeros, están obligados a realizar guardias según las necesidades del servicio. Los técnicos y auxiliares de salud no están cubiertos por la misma ley que rige la carrera de los profesionales, pero otras normas establecen que deben participar en guardias hospitalarias. El
Boe 20 de Junio 2015
Boletín Oficial del Estado (BOE) reglamento que regulará el nuevo modelo de altas y bajas médicas para los trabajadores afectados por incapacidad temporal.
Debilidades y fortalezas de norma tecnica nt2008 1 version 2016Carlos León
La resolución establece nuevas normas para los servicios de seguridad y salud en el trabajo en Venezuela. Requiere que cada empresa tenga su propio servicio de seguridad y salud o se una a un servicio mancomunado. También define los requisitos y funciones de los profesionales en estos servicios y establece plazos para su implementación. No obstante, existen algunas debilidades como retrasos en la publicación de la resolución y falta de consulta pública durante su elaboración.
REGLAMENTO SUSTITUTIVO PARA OTORGAR PERMISOS DE FUNCIONAMIENTO A LOS ESTAB...Conaudisa
Este documento establece un nuevo reglamento para otorgar permisos de funcionamiento a establecimientos sujetos a vigilancia y control sanitario en Ecuador. El reglamento categoriza los establecimientos de acuerdo a su riesgo sanitario y establece los requisitos que deben cumplir para obtener el permiso de funcionamiento, el cual tendrá una vigencia de un año. El permiso será otorgado por la Autoridad Sanitaria Nacional luego de verificar que se cumplan todos los requisitos documentales y sanitarios requeridos.
Este documento lista los requisitos para obtener un permiso de funcionamiento para diferentes tipos de establecimientos de salud y servicios relacionados en la provincia de Pichincha, Ecuador. Detalla los documentos requeridos como solicitud, planos, documentación legal y profesional para laboratorios médicos, clínicas, centros de rehabilitación, centros de tatuajes y más. También especifica que cualquier cambio en la representación legal o técnica debe ser notificado a la Dirección Provincial de Salud de Pichincha dentro de las 48 horas con la document
Con el fin de evitar la evasión en el pago de cuotas obrero-patronales el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y el Servicio de Administración Tributaria (SAT) acordaron intercambiar información para fortalecer la fiscalización de tal manera que se logre reducir la informalidad laboral.
En ese sentido, el director general del IMSS, Mikel Arriola, y el jefe del Servicio de Administración Tributaria, Osvaldo Santín, firmaron un Convenio de Colaboración para detectar todos los esquemas que evaden la correcta contratación de personal.
1) Se exonera del pago de derechos por licencias municipales de obras al ganador de un concurso para proyectos de renovación urbana con inclusión social en el Rímac Histórico. 2) Se aprueban contratos administrativos de servicios de auxiliares coactivos de una municipalidad. 3) Se modifican las bases de un sorteo relacionado con la responsabilidad tributaria.
Ds 030 2016 - sa reglamento para la atención de reclamos y quejasLuis Sanchez Ore
Este documento aprueba un nuevo reglamento para la atención de reclamos y quejas de usuarios del sistema de salud peruano ante instituciones administradoras de fondos de aseguramiento en salud, instituciones prestadoras de servicios de salud y unidades de gestión de estas instituciones. El reglamento establece el procedimiento para la presentación y resolución de quejas y reclamos de usuarios insatisfechos con los servicios recibidos. Además, se incorpora un artículo al decreto supremo sobre el libro de reclamaciones para
Decreto 0903-de-2014 disposiciones sobre acreditacionJuan Franco
Este decreto establece disposiciones para actualizar y modernizar el Sistema Único de Acreditación en Salud en Colombia. Define el sistema como un conjunto de procesos voluntarios para comprobar el cumplimiento gradual de estándares de calidad en la atención de salud. Además, establece que solo entidades nacionales acreditadas internacionalmente podrán operar como entidades acreditadoras, y crea un registro especial de estas entidades en el Ministerio de Salud.
El MPS reglamenta y establece los formatos entre IPS y EPS.
Por medio de la cual se definen los formatos, mecanismos de envío, procedimientos y términos a ser implementados en las relaciones entre prestadores de servicios de salud y entidades responsables del pago de servicios de salud, definidos en el Decreto 4747 de 2007.
Este documento aprueba un nuevo reglamento para la atención de reclamos y quejas de usuarios de instituciones de salud en Perú. El reglamento establece el procedimiento para la presentación y resolución de quejas y reclamos contra instituciones administradoras de fondos de salud, proveedores de servicios médicos y unidades de gestión. Además, designa a la Superintendencia Nacional de Salud como la autoridad responsable de supervisar la aplicación del reglamento y atender quejas.
Este documento adopta el reglamento interno de recaudo de cartera y cobro coactivo en el Hospital San Jerónimo de Montería. Establece que el Agente Especial Interventor y funcionarios designados estarán a cargo del cobro de obligaciones a favor del hospital, tanto de manera persuasiva como coactiva. Define qué cartera es viable para cobro coactivo y los procedimientos que deben seguirse en materia de gestión, seguimiento y remisión de cartera para su recaudo.
Este documento presenta un recurso de alzada contra una resolución de la Viceconsejería de Asistencia Sanitaria de la Comunidad de Madrid. El recurso alega que la resolución contradice leyes existentes al designar al médico de atención primaria como responsable de emitir documentos de baja laboral, en lugar del médico que realizó el reconocimiento. También aumenta la burocracia y puede causar una atención fragmentada del paciente. El recurso solicita que se declare la nulidad de la resolución.
La resolución conforma un grupo de trabajo para el cobro por jurisdicción coactiva de deudas al Hospital San Jerónimo de Montería. El grupo estará conformado por funcionarios de la institución y asesores externos, y será coordinado por el Agente Especial Interventor. El grupo se encargará de realizar cobros de deudas mediante procesos legales, notificando deudores, resolviendo recursos y llevando registros, con el fin de recuperar créditos a favor del hospital.
El decreto reforma el Reglamento a la Ley Orgánica de Salud para establecer que el plazo de vigencia del Registro Sanitario se contará a partir de su concesión y podrá renovarse por períodos iguales. También requiere que los titulares actualicen la información cuando haya cambios y permite la renovación automática si no hubo suspensiones. Además, extiende la vigencia de registros que estaban por vencer entre enero 2011 y junio 2012 mientras se resuelven las solicitudes de renovación.
Convenio de colaboración del Consejo Nacional de Salud, formado por la Secretaría de Salud (Ssa) y los institutos Mexicano del Seguro Social (IMSS) y de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (Issste) donde se busca aprovechar la disponibilidad de los servicios médicos para los pacientes que lo requieran, sin importar si tienen o no seguridad social (Universalización de la Salud en México)
La resolución designa a Tatiana Mirlo Carrasco Cuaquira en el cargo de Jefe de Equipo de la Unidad de Administración del Instituto Nacional de Salud del Niño San Borja. Se tomó esta decisión luego de que el puesto quedara vacante y tras recibir una propuesta y opinión legal favorable sobre la candidata. La resolución se emite en el marco de las facultades delegadas al director del instituto.
El documento describe los procedimientos y requisitos para la convalidación de reposos médicos temporales otorgados por el IVSS, incluyendo la notificación al supervisor, la solicitud del formulario correspondiente y su entrega en el plazo establecido. Explica los detalles que deben contener los justificativos médicos según la duración del reposo (hasta 72 horas, entre 4 a 21 días o más de 21 días).
Este documento establece un procedimiento para la depuración y aclaración de cuentas entre las entidades responsables de pago (EPS y entidades territoriales) e instituciones prestadoras de servicios de salud (IPS) en Colombia. Se crea un sistema de información para el cruce de datos de facturación y pagos entre las partes, con el fin de identificar inconsistencias y establecer compromisos obligatorios de pago. Se definen responsabilidades específicas para cada actor en el proceso de reporte de información y realización de mesas de saneamiento de cartera para
Este decreto modifica el decreto 1993/2011 que reglamenta la ley 26682 sobre medicina prepaga. Los cambios incluyen centralizar la autorización de incrementos de cuotas en la Superintendencia de Servicios de Salud y el Ministerio de Salud, en lugar de tres organismos; definir mejor los supuestos de resolución contractual; y actualizar otros artículos para adecuarlos a las competencias de la Superintendencia. El objetivo es simplificar el marco normativo y mejorar la operatividad del sector de medicina prepaga.
Este documento discute si los licenciados en enfermería y técnicos en enfermería tienen derecho a exigir que se les incluya en la programación de guardias hospitalarias. Explica que los profesionales de la salud, incluidos los enfermeros, están obligados a realizar guardias según las necesidades del servicio. Los técnicos y auxiliares de salud no están cubiertos por la misma ley que rige la carrera de los profesionales, pero otras normas establecen que deben participar en guardias hospitalarias. El
Boe 20 de Junio 2015
Boletín Oficial del Estado (BOE) reglamento que regulará el nuevo modelo de altas y bajas médicas para los trabajadores afectados por incapacidad temporal.
Debilidades y fortalezas de norma tecnica nt2008 1 version 2016Carlos León
La resolución establece nuevas normas para los servicios de seguridad y salud en el trabajo en Venezuela. Requiere que cada empresa tenga su propio servicio de seguridad y salud o se una a un servicio mancomunado. También define los requisitos y funciones de los profesionales en estos servicios y establece plazos para su implementación. No obstante, existen algunas debilidades como retrasos en la publicación de la resolución y falta de consulta pública durante su elaboración.
REGLAMENTO SUSTITUTIVO PARA OTORGAR PERMISOS DE FUNCIONAMIENTO A LOS ESTAB...Conaudisa
Este documento establece un nuevo reglamento para otorgar permisos de funcionamiento a establecimientos sujetos a vigilancia y control sanitario en Ecuador. El reglamento categoriza los establecimientos de acuerdo a su riesgo sanitario y establece los requisitos que deben cumplir para obtener el permiso de funcionamiento, el cual tendrá una vigencia de un año. El permiso será otorgado por la Autoridad Sanitaria Nacional luego de verificar que se cumplan todos los requisitos documentales y sanitarios requeridos.
Este documento lista los requisitos para obtener un permiso de funcionamiento para diferentes tipos de establecimientos de salud y servicios relacionados en la provincia de Pichincha, Ecuador. Detalla los documentos requeridos como solicitud, planos, documentación legal y profesional para laboratorios médicos, clínicas, centros de rehabilitación, centros de tatuajes y más. También especifica que cualquier cambio en la representación legal o técnica debe ser notificado a la Dirección Provincial de Salud de Pichincha dentro de las 48 horas con la document
Con el fin de evitar la evasión en el pago de cuotas obrero-patronales el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y el Servicio de Administración Tributaria (SAT) acordaron intercambiar información para fortalecer la fiscalización de tal manera que se logre reducir la informalidad laboral.
En ese sentido, el director general del IMSS, Mikel Arriola, y el jefe del Servicio de Administración Tributaria, Osvaldo Santín, firmaron un Convenio de Colaboración para detectar todos los esquemas que evaden la correcta contratación de personal.
1) Se exonera del pago de derechos por licencias municipales de obras al ganador de un concurso para proyectos de renovación urbana con inclusión social en el Rímac Histórico. 2) Se aprueban contratos administrativos de servicios de auxiliares coactivos de una municipalidad. 3) Se modifican las bases de un sorteo relacionado con la responsabilidad tributaria.
Ds 030 2016 - sa reglamento para la atención de reclamos y quejasLuis Sanchez Ore
Este documento aprueba un nuevo reglamento para la atención de reclamos y quejas de usuarios del sistema de salud peruano ante instituciones administradoras de fondos de aseguramiento en salud, instituciones prestadoras de servicios de salud y unidades de gestión de estas instituciones. El reglamento establece el procedimiento para la presentación y resolución de quejas y reclamos de usuarios insatisfechos con los servicios recibidos. Además, se incorpora un artículo al decreto supremo sobre el libro de reclamaciones para
Decreto 0903-de-2014 disposiciones sobre acreditacionJuan Franco
Este decreto establece disposiciones para actualizar y modernizar el Sistema Único de Acreditación en Salud en Colombia. Define el sistema como un conjunto de procesos voluntarios para comprobar el cumplimiento gradual de estándares de calidad en la atención de salud. Además, establece que solo entidades nacionales acreditadas internacionalmente podrán operar como entidades acreditadoras, y crea un registro especial de estas entidades en el Ministerio de Salud.
El MPS reglamenta y establece los formatos entre IPS y EPS.
Por medio de la cual se definen los formatos, mecanismos de envío, procedimientos y términos a ser implementados en las relaciones entre prestadores de servicios de salud y entidades responsables del pago de servicios de salud, definidos en el Decreto 4747 de 2007.
Este documento aprueba un nuevo reglamento para la atención de reclamos y quejas de usuarios de instituciones de salud en Perú. El reglamento establece el procedimiento para la presentación y resolución de quejas y reclamos contra instituciones administradoras de fondos de salud, proveedores de servicios médicos y unidades de gestión. Además, designa a la Superintendencia Nacional de Salud como la autoridad responsable de supervisar la aplicación del reglamento y atender quejas.
Este documento adopta el reglamento interno de recaudo de cartera y cobro coactivo en el Hospital San Jerónimo de Montería. Establece que el Agente Especial Interventor y funcionarios designados estarán a cargo del cobro de obligaciones a favor del hospital, tanto de manera persuasiva como coactiva. Define qué cartera es viable para cobro coactivo y los procedimientos que deben seguirse en materia de gestión, seguimiento y remisión de cartera para su recaudo.
Este documento presenta un recurso de alzada contra una resolución de la Viceconsejería de Asistencia Sanitaria de la Comunidad de Madrid. El recurso alega que la resolución contradice leyes existentes al designar al médico de atención primaria como responsable de emitir documentos de baja laboral, en lugar del médico que realizó el reconocimiento. También aumenta la burocracia y puede causar una atención fragmentada del paciente. El recurso solicita que se declare la nulidad de la resolución.
La resolución conforma un grupo de trabajo para el cobro por jurisdicción coactiva de deudas al Hospital San Jerónimo de Montería. El grupo estará conformado por funcionarios de la institución y asesores externos, y será coordinado por el Agente Especial Interventor. El grupo se encargará de realizar cobros de deudas mediante procesos legales, notificando deudores, resolviendo recursos y llevando registros, con el fin de recuperar créditos a favor del hospital.
La resolución modifica parcialmente la Resolución 1043 de 2006 que establece las condiciones para habilitar servicios de salud. Se eliminan y aclaran algunos criterios repetidos o no pertinentes de los estándares de dotación, medicamentos, y servicios de hemodiálisis. También se modifica el artículo 1 para aclarar los requisitos de capacidad tecnológica, patrimonial y financiera, y técnico-administrativa que deben cumplir los prestadores de servicios de salud.
Este documento presenta los términos de referencia para la contratación de un abogado mediante invitación abierta para que preste servicios jurídicos relacionados con el proceso de liquidación del Hospital San Rafael de Zaragoza. El objetivo es seleccionar un profesional en derecho que solucione asuntos legales derivados de la liquidación. Se describe el marco jurídico que fundamenta la selección a través de invitación abierta y los requisitos para la presentación de ofertas.
Este instrumento tiene por objeto regular el procedimiento para la tramitación y validación de los reposos médicos consignados por sus trabajadores y ajustarlo al marco legal que regula la materia. Cumpliendo así, con lo establecido en la Ley vigente del Seguro Social y su Reglamento, a los fines de regularizar el pago que por concepto reposos efectúa este Órgano de Control Fiscal. Todo lo cual permite minimizar las fallas y malos entendidos que este tipo de acciones pudiera generar. Dichas normas se implantan con el propósito, además, de fortalecer el sistema de control interno de esta Controlaría Municipal. Lo que se traduce en una gestión más eficiente, capaz del logro de sus objetivos de transparencia, legalidad y preservación de los recursos públicos.
A través de la resolución 0956 se crea la Fundación PAMI. Desde la institución negaron que se intente privatizar y aseguran que el objetivo es gerenciar un hospital de Mar del Plata.
Proyecto rd actividad sanitaria sp final 21 9-10-Carmen Martínez
Este documento establece los criterios básicos para la organización de recursos sanitarios en los servicios de prevención de riesgos laborales. Señala que dichos servicios deben contar con autorización sanitaria y desarrollar actividades como la vigilancia de la salud de los trabajadores. El objetivo es mejorar la prevención mediante una mejor coordinación entre las autoridades laborales y sanitarias en esta materia.
Proyecto rd actividad sanitaria sp final 21 9-10-PrevenControl
Este documento establece los criterios básicos para la organización de recursos sanitarios en los servicios de prevención de riesgos laborales. Señala que deben contar con la autorización de la administración sanitaria y desarrollar actividades como la vigilancia de la salud de los trabajadores para detectar riesgos laborales tempranamente. Además, establece que la información generada por estas actividades debe usarse para mejorar las condiciones laborales de forma interdisciplinaria.
El documento describe la función jurisdiccional y de conciliación otorgada a la Superintendencia Nacional de Salud (SNS) en Colombia de acuerdo con la Ley 1122 de 2007. Explica que la SNS puede conocer y fallar sobre conflictos relacionados con la prestación del servicio de salud. También describe los requisitos para solicitar la conciliación o intervención jurisdiccional de la SNS y el procedimiento aplicable. Finalmente, resume la posición de la Corte Constitucional colombiana sobre la constitucionalidad de estas funciones otorgadas a la SNS.
Ley 1949 de Enero 8 de 2019
La presente ley tiene por finalidad el fortalecimiento de la capacidad institucional de la Superintendencia Nacional de Salud en materia sancionatoria
Ley 1949 del 8 de enero de 2019 por la cual se adicionan y modifican artículo...JUAN DIEGO BARRERA ARIAS
Ley 1949 del 8 de enero de 2019 por la cual se adicionan y modifican artículos de las Leyes 1122 de 2007 y 1438 de 2014 y se dictan otras disposiciones.
Esta resolución establece procedimientos y aspectos técnicos para la ejecución, seguimiento y ajuste de los acuerdos de voluntades entre prestadores de servicios de salud, proveedores de tecnologías en salud y entidades responsables del pago de servicios. Define mecanismos para la atención sin autorización de casos como cáncer infantil, VIH/SIDA y cáncer de adultos, así como para la referencia y contrarreferencia de pacientes. También reglamenta la actualización de datos de contacto de pacientes y el
1) El documento designa representantes del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social ante la Comisión Año Internacional de la Agricultura Familiar 2014.
2) También designa un representante del mismo ministerio ante el Núcleo Ejecutor para la adquisición de ropa hospitalaria y vestuario de salud.
3) Por último, modifica varios artículos del reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado para simplificar procesos y fomentar la participación.
Este decreto establece las regulaciones para implementar una disposición de la Ley 1608 de 2013 relacionada con el reconocimiento y pago de recobros y reclamaciones presentadas ante el Fondo de Solidaridad y Garantía (FOSYGA) que fueron glosadas por razones de forma. Define lo que se entiende por "glosa administrativa", establece los requisitos esenciales para demostrar la obligación de pago y autoriza al Ministerio de Salud a definir criterios y formatos para el trámite de estas solicitudes.
Este documento establece las condiciones que deben cumplir los prestadores de servicios de salud en Colombia para habilitar sus servicios e implementar auditorías para mejorar la calidad de atención. Define estándares de capacidad tecnológica, científica, técnico-administrativa y patrimonial para la habilitación. También adopta un manual único de estándares y procedimientos de habilitación y establece que los prestadores deben inscribirse en el registro especial presentando un formulario.
El documento habla sobre el Sistema de Inspección, Vigilancia y Control en Salud en Colombia y la necesidad de fortalecer la coordinación entre la Superintendencia Nacional de Salud y las entidades territoriales. Explica que la Ley 1122 de 2007 creó este sistema e incluye definiciones de inspección, vigilancia y control. También describe la estructura de la Superintendencia Nacional de Salud y las funciones de sus cinco superintendencias delegadas relacionadas con la atención en salud, los recursos económicos y la función jurisdiccional.
Este documento describe las nuevas regulaciones sobre la gestión y control de los procesos de incapacidad temporal durante los primeros 365 días de duración. Se introducen cambios para adaptarse a las nuevas tecnologías y mejorar la coordinación entre los servicios de salud y la Seguridad Social. También se establecen protocolos para la emisión de partes médicos de baja y confirmación basados en el diagnóstico, ocupación y edad del trabajador.
Este documento presenta un resumen del Real Decreto 625/2014 que regula aspectos de la gestión y control de los procesos de incapacidad temporal en los primeros 365 días. El Real Decreto actualiza la normativa anterior para adaptarse a cambios legales recientes y mejorar la coordinación entre los servicios de salud y la Seguridad Social. También introduce nuevas herramientas tecnológicas y protocolos para agilizar los trámites y centrarse en la protección del trabajador.
Este decreto reestructura la Superintendencia Nacional de Salud de Colombia. Establece que es un organismo técnico adscrito al Ministerio de Salud con autonomía administrativa. Define sus objetivos como vigilar la eficiencia en la obtención y aplicación de recursos para la salud, y el cumplimiento de las leyes de salud. También enumera las entidades sujetas a su inspección y control, e incluye entidades promotoras de salud, prestadoras de servicios de salud y entidades que manejan recursos para la salud.
La Unión Europea ha acordado un paquete de sanciones contra Rusia por su invasión de Ucrania. Las sanciones incluyen restricciones a las transacciones con bancos rusos clave y la prohibición de la venta de aviones y equipos a Rusia. Los líderes de la UE también acordaron excluir a varios bancos rusos del sistema SWIFT de mensajería financiera.
La Unión Europea ha acordado un paquete de sanciones contra Rusia por su invasión de Ucrania. Las sanciones incluyen restricciones a las importaciones de productos rusos de alta tecnología y a las exportaciones de bienes de lujo a Rusia. Además, se congelarán los activos de varios oligarcas rusos y se prohibirá el acceso de los bancos rusos a los mercados financieros de la UE.
El Plan Anual de Adquisiciones del Hospital San Jerónimo de Montería para 2019 incluye la compra mensual de medicamentos ambulatorios y hospitalarios por $300 millones cada mes, así como material médico quirúrgico por $180 millones mensuales, con un valor total estimado de $992 millones. El documento provee información de contacto y detalles sobre las adquisiciones planeadas para permitir la participación de proveedores en los procesos de selección durante el año.
The document outlines the key steps and requirements to apply for a passport in the United States, including completing an application, providing identification documents, paying applicable fees, and submitting materials in person or by mail. Applicants must be U.S. citizens or nationals and passports are generally processed within 6-8 weeks though expedited service is available for faster processing.
El documento presenta la información de 11 comités institucionales de la E.S.E. Hospital San Jerónimo de Montería, incluyendo sus nombres, resoluciones de creación, integrantes, normas relacionadas, secretarios, presidentes, horarios y lugares de reuniones. Cada comité se reunirá de manera ordinaria con una periodicidad específica, generalmente cada uno o dos meses, y de manera extraordinaria cuando las circunstancias lo requieran.
This document outlines the key terms of a lease agreement between John Doe as the tenant and ABC Rentals as the landlord for an apartment located at 123 Main St. The lease is for a period of 12 months beginning January 1st, 2023, and the tenant agrees to pay $1,000 per month in rent. The document details the responsibilities of both parties regarding repairs, guests, noise, parking, and termination of the lease.
Este documento actualiza el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales para los empleos de la ESE Hospital San Jerónimo de Montería. Se realizan ajustes a los cargos, funciones, requisitos y competencias de acuerdo a cambios normativos. Se adoptan las competencias comportamentales establecidas en el Decreto 815 de 2018. El manual actualizado incluye 78 cargos organizados en 5 niveles y define las funciones para cada uno.
Este documento presenta el Plan Anticorrupción y Atención al Ciudadano 2019 del Hospital San Jerónimo de Montería. El plan contiene seis componentes: 1) gestión del riesgo de corrupción, 2) racionalización de trámites, 3) rendición de cuentas, 4) mecanismos para mejorar la atención al ciudadano, 5) mecanismos para la transparencia y acceso a la información, y 6) iniciativas adicionales como un código de ética. El plan busca prevenir la corrupción en la instit
La Unión Europea ha propuesto un nuevo paquete de sanciones contra Rusia que incluye un embargo al petróleo ruso. El embargo se aplicaría gradualmente durante seis meses para el petróleo crudo y ocho meses para los productos refinados. Este paquete de sanciones requiere la aprobación unánime de los 27 estados miembros de la UE.
El documento es una foto escaneada de una nota manuscrita. La nota indica que la persona necesita comprar leche, huevos y pan para el desayuno. También necesita recoger su traje del sastre y pasar por la oficina para recoger unos documentos.
The document is a scanned image of a receipt from a restaurant called "The Burger Joint" dated January 15th, 2023. It shows a total of $23.45 was spent and paid for with a credit card ending in 4321. The items purchased included 2 cheeseburgers, 1 large fries, and 1 chocolate shake.
Sesión realizada por una EIR de Pediatría sobre aspectos clave de la valoración nutricional del paciente pediátrico en Oncología, y con tres mensajes para llevarse a casa:
- La evaluación del riesgo y la planificación del soporte nutricional deben formar parte de la planificación terapéutica global del paciente oncológico desde el principio.
- Existe suficiente evidencia científica de que una intervención nutricional adecuada es capaz de prevenir las complicaciones de la malnutrición, mejorar la calidad de vida como la tolerancia y respuesta al tratamiento y acortar la estancia hospitalaria.
- En los hospitales hay pocos dietistas que trabajen exclusivamente en la unidad de Oncología Pediátrica, y esto puede repercutir en mayores gastos sanitarios, peor estado general de los pacientes y menor supervivencia.
La introducción plantea un problema central en bioética.pdfarturocabrera50
Este documento aborda un problema central en el campo de la bioética, explorando las complejas interacciones entre el avance científico y sus implicaciones éticas. Se analiza cómo la tecnología biomédica y las investigaciones emergentes plantean dilemas éticos relacionados con el tratamiento y el cuidado de la vida humana, la toma de decisiones informadas y la equidad en el acceso a los beneficios médicos. Este análisis proporciona una base para discutir cómo estas cuestiones afectan las políticas públicas, la práctica médica y la ética profesional.
Procedimientos Básicos en Medicina - HEMORRAGIASSofaBlanco13
En el presente Power Point se explica el tema de hemorragias en el curso de Procedimiento Básicos en Medicina. Se verán las causas, las cuales son por traumatismos, trastornos plaquetarios, de vasos sanguíneos y de coagulación. Asimismo, su clasificación, esta se divide por su naturaleza (externa o interna), por su procedencia (capilar, venosa o arterial) y según su gravedad. Además, se explica el manejo. Este puede ser por presión directa, elevación del miembro, presión de la arteria o torniquete. Finalmente, los tipos de hemorragias externas y en que partes del cuerpo se dan.
SEMIOLOGIA MEDICA - Escuela deMedicina Dr Witremundo Torrealba 2024Carmelo Gallardo
Escuela de Medicina Dr Witremundo Torrealba
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Primer Lapso de Semiología
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Conceptos de Semiología Médica, Signos, Síntomas, Síndromes, Diagnóstico, Pronóstico
EL CÁNCER, ¿QUÉ ES?, TIPOS, ESTADÍSTICAS, CONCLUSIONESMariemejia3
El cáncer es una enfermedad caracterizada por el crecimiento descontrolado de células anormales en el cuerpo. Puede afectar a cualquier parte del organismo y su tratamiento varía según el tipo y la etapa de la enfermedad. Los factores de riesgo incluyen la genética, el estilo de vida y la exposición a ciertos agentes carcinógenos. Aunque el cáncer sigue siendo una de las principales causas de morbilidad y mortalidad en el mundo, los avances en la detección temprana y el tratamiento han mejorado las tasas de supervivencia. La investigación continúa en busca de nuevas terapias y métodos de prevención. La concienciación sobre el cáncer es fundamental para promover estilos de vida saludables y fomentar la detección precoz.
La enfermedad de Wilson es un trastorno genético autosómico recesivo que impide la eliminación adecuada del cobre del cuerpo, causando su acumulación en órganos como el hígado y el cerebro. Esto provoca síntomas hepáticos (hepatitis, cirrosis), neurológicos (temblores, rigidez muscular) y psiquiátricos (depresión, cambios de comportamiento). Se diagnostica mediante análisis de sangre, orina, biopsia hepática y pruebas genéticas, y se trata con medicamentos quelantes de cobre, zinc, una dieta baja en cobre y, en casos graves, trasplante de hígado.
Terapia cinematográfica (6) Películas para entender los trastornos del neurod...JavierGonzalezdeDios
Los trastornos del neurodesarrollo comprenden un grupo heterogéneo de trastornos crónicos que se manifiestan en períodos tempranos de la niñez y que, en conjunto, comparten una alteración en la adquisición de habilidades cognitivas, motoras, del lenguaje y/o sociales que impactan significativamente en el funcionamiento personal, social y académico. Tienen su origen en la primera infancia o durante el proceso de desarrollo y comprende a heterogéneos procesos englobados bajo esta etiqueta.
El Manual diagnóstico y estadístico de los trastornos mentales en su quinta edición (DSM-V) incluye dentro los trastornos del neurodesarrollo los siguientes siete grupos: Discapacidad intelectual, Trastornos de la comunicación, Trastorno del espectro del autismo (TEA), Trastorno de atención con hiperactividad (TDAH), Trastornos específico del aprendizaje, Trastornos motores y Trastornos de tics. Es importante tener en cuenta que en una misma persona puede manifestarse más de un trastorno del neurodesarrollo. Y, dentro de todos los trastornos del neurodesarrollo, el autismo adquiere una especial importancia, por lo que será considerado en el próximo capítulo de la serie “Terapia cinematográfica” de forma particular.
Y esta gran diversidad también la ha reflejado en la gran pantalla y en las historias “de cine” que el séptimo arte nos ha regalado. Y hoy proponemos un recordatorio de la amplia variedad y complejidad de los trastornos del neurodesarrollo en la infancia a través de 7 películas argumentales. Estas películas son, por orden cronológico de estreno:
- El milagro de Ana Sullivan (The Miracle Worker, Arthur Penn, 1962) 6, para valorar el milagro de la palabra, el milagro del lenguaje y de los sentidos.
- Forrest Gump (Robert Zemeckis, 1994) 7, para comprender el valor de la lucha por encontrar cuál es la meta de cada uno, una mezcla de destino y sueños propios.
- Estrellas en la Tierra (Taare Zameen Par, Aamir Khan, 2007) 8, para confirmar que cada niño y niña es especial, incluso con sus potenciales deficiencias psíquicas, físicas y/o sensoriales.
- El primero de la clase (Front of the Class, Peter Werner, 2008) 9, para demostrar el valor de la superación y como, a pesar de nuestras dificultades, somos merecedores de oportunidades.
- Cromosoma 5 (María Ripoll, 2013) 10, para entender la soledad del corredor de fondo ante los trastornos del neurodesarrollo.
- Gabrielle (Louise Archambault, 2013) 11, para intentar normalizar las relaciones afectivas y amorosas entre dos personas con enfermedades mentales y discapacidad.
- Línea de meta (Paola García Costas, 2014) 12, para interiorizar que la carrera de la vida es especialmente difícil para algunos.
Siete películas argumentales que el séptimo arte nos presenta con protagonistas afectos con diferentes trastornos del neurodesarrollo durante su infancia, adolescencia y juventud y que nos ayudan a comprender que cada persona es especial, diversa y con capacidades diferenciales que hay que respetar y potenciar.
La Sociedad Española de Cardiología (SEC) es una organización científica sin ánimo de lucro con la misión de reducir el impacto adverso de las enfermedades cardiovasculares y promover una mejor salud cardiovascular en la ciudadanía.
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Resolución 002 de 2019
1. L.S.E Hospital
111. eilitintek
Und3 & Oportuna
En Intervención para Adminiitrar
Resolución 000360, 01 de Febrero de 2019
de la Superintendencia Nacional de Salud
RESOLUCIÓN NÚMERO 0002 DE 2019
(14 DE FEBRERO DE 2019)
"Por la cual se da cumpimiento a lo ordenado en el Decreto 2555 de 2010, Titulo Primero de Normas Generales
sobre Toma de Posesión, Capítulo Primero: Medidas y Efectos, artículo 9.1.1.1.1. literal 0, y numeral 3 del
artículo 24 de la ley 510 de 1.999 Toma de Posesión, en concordancia con la Resolución 000360 del 1 de
febrero de 2019 articulo 3 literal d), Facultades del Agente Especial Interventor de la ESE Hospital San Jerónimo
de Montería — Córdoba, identificada con el Nit: 891.079.999-5 en materia de contratos".
EL AGENTE ESPECIAL
INTERVENTOR DE LA ESE HOSPITAL SAN JERÓNIMO DE MONTERÍA
En ejercicio de sus atribuciones legales y reglamentarias, en especial las que le confieren los artículos 9.1.1.1.1
literal i) del Decreto 2555 de 2010, y numeral 3 del articulo 24 de la ley 510 de 1.999 en concordancia con el
artículo Tercero literal d) de la Resolución 000360 de 2019 emitida por la Superintendencia Nacional de Salud
y demás normas concordantes aplicables,
CONSIDERANDO
Que mediante Resolución No. 000360 del 1 de febrero de 2019, la Superintendenda Nacional de Salud
ORDENA la toma de posesión inmediata de los bienes, haberes y negocios y la Intervención Forzosa
Administrativa para Administrar la ESE HOSPITAL SAN JERÓNIMO DE MONTERÍA, ;dentificada con el NIT
891.079.999-5, ubicada en la Carrera 14 #22-200 del rr unicipio de Montería, por el término de seis (6) meses,
con la finalidad de garantizar la adecuada prestación del servicio de salud, de conformidad con las normas que
rigen el Sistema General de Seguridad Social en Salid y lo dispuesto en el Estatuto/Orgánico del Sistema
Financiero, y demás normas concordantes aplicables.
Que en desarrollo del acto administrativo anteriormente expuesto, se designó a OMAR ALEXANDER PRIETO
GARCÍA identificado con cédula de ciudadanía No. 79 686.044 expedida en la ciudad de Bogotá, D.C. como
Agente Especial Interventor para ejercer las funciones de Representante Legal de la ESE HOSPITAL SAN
JERÓNIMO DE MONTERÍA- Córdoba a partir de la fecha de su posesión y asumir la guarda y administración
de los bienes que se encuentren en poder de la entidad junto, con los demás deberes y facultades que le asigne
la ley.
Que el Doctor OMAR ALEXANDER PRIETO GARCÍA se encuentra notificado y posesionado en debida y legal
forma como Agente Especial Interventor, según consta en las Actas correspondientes. ,
Que la Resolución No. 0003660 de 2019, en su parte Cbnsiderativa señala que:
La Superintendencia Delegada para la Supervisión Institucional mediante Auto No.000006 del 18 de
enero de 2019 ordenó visita de inspección a la 'ESE HOSPITAL SAN JERÓNIMO, con el fin de conocer
las condiciones en las cuales se encontraba la entidad, la cual se realizó en conjunto con la
Superintendencia Delegada para las Medidas Especiales.
La Delegada para la Supervisión Institucional el 25 de enero de 2019 emitió un concepto, con base en
la visita a la ESE HOSPITAL SAN JERÓNIMO, en el cual concluye que los incumplimientos han
persistido en el tiempo; que hay incumplimiento de: requisitos normativos, aspectos vitales de los
estándares de Talento Humano, infraestructura, dotación, medicamentos, dispositivos médicos e
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Dirección: Carrera. 14 No. 22.200
Teléfono: (4) 7958135
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2. ES.E Hospital
ame roUnida & Oportuna
En Intervención para Administrar
Resolución 000360, 01 de Febrero de 2019
de la Superintendencia Nacional de Salud
insumos, procesos prioritarios, historia clínica y registros e interdependencia, que para el ente de
control son de tal gravedad, que ponen en situación de riesgo la seguridad de los pacientes.
Que la situacion financiera no muestra mejora, arrojando déficit presupuestal, falta de control en los
gastos, depuración de la cartera y gestiones deficientes de cobro de ésta, además de contratación y
supervisiones deficientes, aunado a que el ejercicio del derecho de defensa en la ESE no presenta
mejora alguna, dejándola expuesta a eventua:es condenas, todo ello pudiendo afectar directamente
su sostenibilidad financiera, situaciones que repercuten en la adecuada prestación del servicio.
Que de acuerdo con los artículos 9.1.1.1.1 literal i) del Decreto 2555 de 2010, ynumeral 3 del artículo 24 de la
ley 510 de 1.999 en concordancia con el artículo Tercero literal d) de la Resolución 000360 de 2019 emitida por
la Superintendencia Nacional de Salud, el Agente Especial Interventor cuenta con la facultad de poner fin a toda
clase de contratos existentes al momento de la toma de posesión, si los mismos no son necesarios. Así mismo,
está facultado para suspender de manera unilateral contratos celebrados hasta el momento de la toma de
posesión en concordancia con lo establecido en el artí ;tilo 24 de la Ley 1797 de 2016, y en armonía con los
principios que rigen la toma de posesión mediante el cual las decisiones que se adopten tomarán en cuenta la
posibilidad real de subsanar las causas que dieron lugar a ella.
Que la toma de posesión ordenada en la Resolución No. 00360 de 2019, busca garantizar la continuidad en la
prestación del servicio en condiciones de calidad y oportunidad, aplicando los principios de austeridad,
necesidad, eficacia, transparencia, para poder garantizar la prestación de servicios de salud permitiendo que
durante un lapso delerminado se estructuren las soluciones administrativas, financieras, jurídicas y
asistenciales que permitan superar las falencias identificadas en el informe de la visita realizada por la
Superintendencia Delegada para las medidas especiales sobre la ESE HOSPITAL SAN JERÓNIMO DE
MONTERÍA.
Que uno de los efectos de la toma de posesión consiste en la separación de los administradores, directores, y
de los órganos de administración y dirección, así como el revisor fiscal (literal a) numeral 2 del artículo 9.1.1.1.1
del decreto 2555 de 2.010)
Que la Toma de Posesión, determina la prevención a todos los que tengan negocios con la intervenida, de que
deben entenderse exclusivamente con el Agente Especial, para todos los efectos legales.
Que en el Decreto 2555 de 2010, Título Primero de Normas Generales sobre Toma de Posesión, Capítulo Dos:
del Agente Especial, determina en su artículo 9.1.1.2.1 que la representación legal de la entidad estará en
cabeza del Agente Especial.
Que por su parte, el artículo 9.1.1.2.2, concordante con el artículo 291 del Estatuto Orgánico del Sistema
Financiero, modificado por el artículo 24 de la Ley 510 de 1999, señala que el Agente Especial, está facultado
para emitir actos de gestión, de ejecución o de administración, sin perjuicio de la aplicabilidad, cuando sea el
caso, de las reglas de derecho privado a los actos que ejecuta en nombre de la entidad objeto de la toma de
posesión.
Que así mismo, el artículo 9.1.1.2.4 en cuanto las funciones del Agente Especial, señale que le corresponde la
administración general de los negocios de la entidad intervenida; si es del caso, separar en cualquier momento
a los administradores y directores que no hayan sido separados por la Superintendencia Nacional de Salud en
el acto que ordenó la toma de posesión; adelantar el recaudo de los dineros y la recuperación de los activos
que por cualquier concepto deban ingresar a la entidad intervenida; administrar los activos de la intervenida;
velar por la adecuada conservación de los bienes de la entidad, adoptando las medidas necesarias para
mantener los activos en adecuadas condiciones de seguridad física y ejerciendo las acciones judiciales y
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3. E Hospital
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Unida & OpOrtu
En Intervención para Administrar
Resolución 000360, 01 de Febrero de 2019
.le la Superintendencia Nacional de Salud
administrativas requericas para el efecto; continuar con la contabilidad de la entidad; ejecutar todos los actos y
efectuar todos los gastos que a su juicio sean necesarios para la conservación de los activos y archivos de la
entidad; promover las aciones de responsabilidad civil o penales que correspondan contra los administradores,
revisor fiscal y funcionarios de la intervenida; si es el caso, impetrar las acciones revocatorias de que trata el
numeral 7 del artículo 301 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero, modificado por el inciso primero del
articulo 27 de la Ley 510 de 1999, y todas las demás derivadas de su carácter de adminiStrador y representante
legal de la entidad.
Que el artículo 9.1.1.2.5 establece que para el cumplimiento de las finalidades de la toma de posesión, las
entidades intervenidas podrán contratar entre sí o con terceros la prestación de sed-vicios administrativos
relacionados con la gestión de la intervención, así como celebrar convenios con el mismo fin o contratos de
mandato con terceros, los cuales deben realizarse con estricta observancia de los principios de austeridad y
racionalidad de acuerdo con los fines del proceso de Intervención Forzosa Administrativa para Administrar, que
entre otros es garanfizar la adecuada prestación del servicio de salud, de conformidad con las normas que rigen
el Sistema General de Seguridad Social en Salud y lo dispuesto en el Estatuto Orgánico del Sistema Financiero,
en concordancia con las demás normas aplicables.
Que se ha identificado, de los soportes documentales encontrados en la ESE, que durante el mes de enero y,
en revisión a la fecha pimeros cuatro días del mes de febrero del año 2019, se llevó a cabo la suscripción de
diversos contratos de prestación de servicio misional y prestación de servicio administrativo y, que conforme al
informe final de Auditoría Expres con vigencia 2019 contenida en el oficio 001-0301-0027 de fecha 30 de enero
de 2.019 que obra en os archivos documentales de la ESE HOSPITAL SAN JERÓNIMO DE MONTERÍA -
Córdoba, el equipo auditor de la Contraloría Departamental de Córdoba determinó siete hallazgos
administrativos de los cuales seis, considera dicho ente que tendrían presuntas connotaciones disciplinarias y
uno presuntamente penal, relacionados así:
• "Aprobación del presupuesto sin la autorización del Confis.
• Inconsistencias en los certificados de disponibilidad presupuestal (CDP)
• Deficiencias en la expedición de los registros presupuestales y contratar sin tener en cuenta
el flujo de caja.
• InexiStencia de plan anual de adquisiciones.
• Incumplimiento en la publicación de procesos contractual.
• Inconsistencia en el proceso contractual.
• Contratación de prestación de servicios administrativos y asistenciales sin la autorización de
la Junta Directiva".
Agregó la Contraloría Departamental que "Además de lo anterior, los procesos contractuales carecen de la
expedición del registro presupuestal, como consta en la certificación de enero 08 de 2.019 expedida por el
profesional con funciones de presupuesto en la ESE. Considerando que el registro presupuestal es un requisito
de ejecución para los contratos estatales, es decir, no se puede iniciar la ejecución de los contratos sin la
expedición y firma del registro presupuestal, teniendo en cuenta que el registro presupuestal compromete en
forma definitiva el presupuesto en los términos del articulo 21 del decreto 115 de 1.996.:.(...)".
Que con dichos contratos se comprometió en forma indiscriminada el presupuesto anual de gastos de la ESE
Hospital San Jerónimo de Montería, debiéndose subsanar tal situación, a efectos de habilitar en legal y debida
forma la contratación requerida, tendiente a optimizar la eficiencia de los recursos y la racionalización del gasto,
en procura de garantizar la prestación del servicio de salud de la ESE Hospital San Jerónimo de Montería en
E.S.E. Hospital San Jerónimo Montería
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4. E.S.E Hospital
ab1115»Unida & Oportuna
Dado en Montería, Córdo a cator e (14) de febrero de do mil diecinue (2019).
QUESE Y MPLASE
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ALEXANDER PRI
Agente Especial In
E ospital San Je animo
TO GARCÍA
entor
En Intervención para Administrar
Resolución 000360, 01 de Febrero de 2019
de la Superintendencia Nacional de Salud
mejores condiciones y con el cumplimiento de todos los presupuestos lega'es y reglamentarios
correspondientes.
Que igualmente se ha encontrado en la documental de la ESE, que existen Actas de Terminación Bilateral de
Contratos suscritas de mutuo acuerdo entre la mayoría de los Contratistas y el Ex — Director (E) de la ESE.
Que en mérito de lo expuesto, yen el ejercicio de sus facultades legales el Agente Especial Interventor de la
ESE HOSPITAL SAN JÉRÓNIMO DE MONTERÍA— Córdoba,
RESUELVE
ARTICULO PRIMERO. DECLARAR terminados los contratos existentes al momento de la Toma de Posesión
de la Intervención Forzosa Administrativa para Administrar, suscritos entre el primero (1) de enero de dos mil
diecinueve (2019) y el cuatro (04) de febrero de dos mil diecinueve (2019), de la ESE HOSPITAL SAN
JERÓNIMO DE MONTERÍA— Córdoba, identificada con el Nit: 891.079.999-5.
ARTICULO SEGUNDO. ORDENAR que como consecuencia de la terminación de los contratos indicados en el
artículo anterior, se libere la suma correspondiente y se incorpore al presupuesto de la ESE Hospital San
Jerónimo para la vigencia 2.019.
ARTICULO TERCERO. DAR APLICACIÓN ESTRICTA a los principios de austeridad, racionalidad, necesidad,
eficacia, transparencia, de acuerdo con los fines del proceso de Intervención Forzosa Administrativa para
Administrar la ESE HOSPITAL SAN JERÓNIMO DE MONTERÍA — Córdoba, identificada con el Nit:
891.079.999-5.
ARTICULO CUARTO. ORDENAR una vez cumplido lo anterior, se proceda a efectuar en debida forma la
Contratación que requiera la ESE, con fundamento en los principios indicados en el artículo tercero anterior, de
acuerdo a las necesidades determinadas de manera técnica, que permitan garantizar la continuidad en la
prestación del servicio de salud en condiciones de calidad y oportunidad en la ESE HOSPITAL SAN JERÓNIMO
DE MONTERÍA — Córdoba, identificada con el Nit: 891.1)79.999-5.
ARTÍCULO QUINTO. NOTIFICAR la presente Resolución de conformidad con lo dispuesto en los artículos 67,
68 y 69 de la Ley 1437 de 2011, a cada uno de los interesados, afectos a la presente resolución.
ARTÍCULO SEXTO. Contra la presente Resolución procede el recurso de reposición, el cual deberá
presentarse dentro de los diez (10) días siguientes a la notificación personal o por aviso en los términos del
artículo 76, y con el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 77 de lel precitada ley 1437 de
2.011.
ARTICULO SÉPTIMO. Publís en la página Web en la TAL SAN JERCNIMO DE MONTERÍA
— Córdoba, identificadaicon 91.079.999-5.
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Teléfono: (4) 7958135
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