SlideShare una empresa de Scribd logo
1 de 62
RESUMEN DE DERECHO CONSTITUCIONAL
ANTECEDENTES DEL CONSTITUCIONALISMO
Surge cuando el estado hace la separación de poderes y les asigna la esfera de
competencia y atributos que le corresponden a cada uno..
Tras haber separado el poder surgieron problemas y se necesitaba algo que diera la
nueva organización social por eso se creo una disciplina siendo esta el
derecho constitucional
Es cuando el poder personal es sustituido por el poder estatal manifestándose por
medio de la constitución
El derecho constitucional nació a fines del siglo 18 y 19
LOS HEBREOS fueron el primer pueblo que practicó el constitucionalismo por
medio de la TEOCRACIA este concepto ha sido aplicado a aquellos sistemas
políticos en los cuales los súbditos viven o pretenden vivir bajo el dominio de
una autoridad divina.
El régimen teocrático de los hebreos se caracterizo por la política que fue en
función a la teología durante mas de dos mil años la Biblia ha sido por encima de
su papel de imperativa ley moral
LOS GRIEGOS en las instituciones políticas griegas se puede ver que ellos iban
en contra de la arbitrariedad y el poder concentrado y que se regían por principios
del estado de derecho regulado democrática y constitucionalemte apoyando la
igualdad y justicia igualitaria. El poder político estaba así distribuido de forma
racional y eficazmente controlado,
LA REPUBLICA ROMANA
Este imperio se constituyó en el prototipo de absolutismo monárquico con
elementos teocráticos fundado en la fusión de autoridad religiosa en el
emperador según el cual el dominio absoluto el monarca tenía su fuente originaria
en la delegación del poder político del pueblo del emperador.
HISTORIA CONSTITUCIONAL DE GUATEMALA
PERIODO PREINDEPENDIENTE
CONSTITUCIÓN DE BAYONA
Carta fundamental contenía algunos mandatos de desarrollo orgánico -
constitucional y fue emitida con principio de rigidez, fue promulgada con el
objeto de darle carácter de normas supremas a aquellos aspectos que el rey
consideraban de absoluta importancia esta constitución enumera alguno de los
derechos individuales
CONSTITUCIÓN DE LA MONARQUIA ESPAÑOLA
Esta constitución establecía el proceso de Formación de las leyes y de sanción
real. Destacando la organización del gobierno del interior de las provincias
además incorpora las instituciones reales de la función administrativa .
Lo novedoso de está constitución es que se hace un detalle de las atribuciones y
funcionamiento de los tres poderes , su objeto primordial fue el poder publico.
PERIODO INDEPENDIENTE
ACTA DE 1821
Fue suscrita el acta de independencia con expresión originaria de soberanía esta
impuso el principio de seguridad jurídica se continuo con el de la Constitución Política
de la Monarquía española determinó la convocatoria del Congreso y la forma de su
composición
ACTA DE INDEPENDENCIA DE 1823
El acta contiene la expresión de que los representantes de las provincias se han
congregado en virtud de convocatoria legítima para pronunciarse sobre la
independencia, su unión, y su gobierno
BASES CONSTITUCIONALES:
El documentos estableció cuales era los propósitos de la Constitución, la forma
de gobierno la nueva denominación de ESTADOS FEDERADOS DE CENTRO
AMERICA, y la práctica de la religión católica, apostólica, y romana con exclusión
del ejercicio público de cualquier otra . El carácter de rigidez de las bases
constitucionales se torna impreciso,
CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA FEDERAL DE CENTRO AMERICA
Establece en sus declaraciones dogmáticas, su soberanía y autonomía , sus primeros
objetivos, la conversación de los derechos humanos de libertad, igualdad ,
seguridad, y propiedad, adoptando un
sistema republicano y
Sus elementos:
 -una constitución escrita,
 -separación de sus órganos y funciones públicas
( Ejecutivo, legislativo y judicial, )
 - Representatividad de personas que ejercen el poder ( presidente ,
vicepresidente, ministros .
 -Periodicidad de mandatos en el ejercicio del poder
 -Publicidad. ( obligación de publicar decisiones y actuaciones de
funcionarios y empleados públicos
y representativo instaurando la división de poderes
Está inspirada en la constitución estadounidense y francesa
CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO DE GUATEMALA
establecía que solo el legislativo y el ejecutivo tenía la iniciativa de ley se limito a
la soberanía y estableció la administración municipal.
El presidente de Guatemala convoca a una Asamblea Nacional Constituyente la
que promulga tres decretos.:
 -Ley constitutiva del ejecutivo
 Ley Constitutiva del Supremo o poder Judicial
 Declaración de los derechos de sus habitantes y del estado.
* Aquí se terminó un período de ausencia de derechos constitucional por mas de
10 años debido a la desintegración de Centro América.
ACTA CONSTITUTIVA DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA
Fue decretada por la asamblea nacional constituyente, se crea un sistema
presidencialista de cuatro años, con la posibilidad de reelección, se crea la
separación de poderes , limitó el estatuto de deberes y derechos de los
guatemaltecos.
LEY CONSTITUTIVA DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA
Fue una constitución laica centrista y sumaria, se reconoció el derechos de exhibición
personal y se volvió al régimen de separación de poderes , crea un legislativo
unicameral, y un ejecutivo bastante fuerte la rigidez constitucional se estableció
con bastante firmeza.. En está la Constitución los derechos humanos son llamados
garantías sufrió varías reformas al derechos de trabajo, la prohibición de monopolios
las reservas del estado, el derecho d e petición, la libertad de emisión, se regulan los
casos en que una persona puede ser detenida, y el debido proceso.
CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LA REPUBLICA FEDERAL DE CENTROAMÉRICA
Tenían Iniciativa de les los tres órganos del estado y las asambleas de los estados:
la rigidez constitucional quedó definida mediante la aprobación bicameral
DECRETO DE LA JUNTA REVOLUCIONARIA DE GOBIERNO Y DE LA ASAMBLEA
LEGISLATIVA
Más que una declaración dogmático-ideológica de un movimiento armado
que se revela contra el orden jurídico –político, las bases fundamentales de una
organización estatal , en decir bases constitutivas, dogmáticas y orgánicas para una
concepción del Estado Guatemalteco
CONSTITUCIÓN DE LA REPUBLICA DE L 11 DE MARZO DE 1945
El veinte de octubre de 1944 se gestó una revolución que derrocó al General
Jorge Ubico y el 11 de marzo 1945 se decreta una nueva constitución con tres
características fundamentales
 Aspiración moralizadora los funcionarios y empleados públicos deben ser
honestos
 Mejoramiento de la educación con campañas alfabetizadoras
 Mejoramiento del sistema penitenciario
 En el aspecto laboral se fijo un salario mínimo, se fijaron jornadas de
trabajo, descansos y vacaciones, al derecho de sindicalización, al derecho de
huelga y paro. Regulación de la mujer y menores de edad.
 Dentro de las garantías sociales se crea el Instituto Guatemalteco de
Seguridad Social,
 Se crean las municipalidades se mantiene la educación laica, y no se le
reconoce la personalidad jurídica a la iglesia.
 Bajo esta constitución gobernó Jacobo Arbenz Guzmán quien mejoro las
condiciones de los trabajadores, quien propuso una reforma agrar9ia y motivo
un golpe de estado.
CONSTITUCIÓN DE LA REPUBLICA DEL 2 DE FEBRERO DE 1956
Se vio influenciada por dos tratados ratificados por Guatemala
1- La declaración Americana de los Derechos Humanos del Hombre.
2- La declaración Universal de los derechos humanos.
está constitución adopto el término de derechos humanos dentro de sus
innovaciones están se le reconoce la personalidad jurídica ala iglesia limita el
intervensionismo del estado y limita los procesos de expropiación de la tierra
mejoro el régimen legal de las universidades privadas protegió las inversiones
extranjeras y suprimió el derecho de rebelión.
* se produjo un retroceso en los procesos republicanos de las separación de
poderes al concentrar las funciones ejecutivas y legislativas del Ministerio de la
Defensa Nacional.
CARTA FUNDAMENTAL DE GOBIERNO
Contenía una confusión de funciones administrativas y legislativas la de
mayor importancia destacaba que el jefe de gobierno sería el Ministro de la Defensa
Nacional y quien ejercía las funciones ejecutivas y legislativas, era una virtual
sustitución del titular del Organismo Ejecutivo y una seudo-sustitución de la
soberanía popular radicada en los integrantes del organismo Legislativo.
Todo se redujo a declaraciones normativas dogmáticas al fijar el concepto de
que el poder publico radicaba en el ejército.
La constitución profundiza la tendencia anticomunista, mejora el régimen legal
de las universidades privadas se crea la vicepresidencia de la república se reduce el
período presidencia de 4 años, se mantiene el principio de no reelección del
presidente , denomina garantías constitucionales de los derechos humanos crea
un consejo de estado, se crea, la corte de constitucionalidad como tribunal
temporal .
El 23 de marzo de 1982 se da un golpe de Estado en contra del gobierno de
Lucas García se dejo en el poder una Junta Militar de Gobierno, integrada por
Ríos Mont., posteriormente quedó en el poder el General Ríos Mont. En 1983 su
Ministro de Defensa le dio golpe de Estado, convoca a una asamblea Nacional
Constituyente y los diputados toman posesión el uno de julio de 1984.
CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LA REPUBLICA DE 1985
La cual fue promulgada el 31 de mayo de 1985 y entró en vigencia el 14 de
enero de 1986,
Dentro de sus innovaciones están adopta nuevamente el término de derechos
Humanos
Para comprenderla mejor la dividimos en tres partes
1- PARTE DOGMATICA ( VERDAD ABSOLUTA )
Es Aquella en donde se establecen , los principios y derecho humanos, tanto
individuales como sociales que se le otorgan al pueblo como sector gobernado,
frente al poder público como sector gobernante. Basado en la existencia de un
régimen democrático ( Art. 1 al 139 )
2- PARTE ORGANICA
Es la que establece como se organiza el poder es decir las estructuras jurídico
políticas del Estado y limitaciones, del poder público frente a la población. ( Arts.
140- al 262 )
3- PARTE PRACTICA
es la que establece las garantías y los mecanismo para hacer valer nuestros
derechos establecidos en la constitución, y para defender el orden constitucional.
DERECHO CONSTITUCIONAL
Conjunto de normas jurídicas que determinan la organización y actividad del estado
y los derechos de los individuos ya sea como gobernantes o gobernados
En si se refiere a la estructura jurídica fundamental del estado y las relaciones
de éste con los individuos en cuanto a su actuación como ente soberano
dotado de imperio para poder imponerse a aquellos. Regulando lo relativo a los
tres poderes del estado , así como lo concerniente a derechos, individuales,
políticos, sociales etc.
FINES DEL DERECHO CONSTITUCIONAL
Es la garantía de la libertad y dignidad de los individuos, mediante la sumisión del
estado, considerando el estado de derecho
IMPORTANCIA DEL DERECHO CONSTITUCIONAL
En este cuerpo legal está contenido lo referente a la organización y
funcionamiento del Estado y demás garantías que el Estado le reconoce al
individuo
FORMAS DE NACIMIENTO DE LA CONSTITUCIÓN
1-ASAMBLEA NACIONAL CONSTITUYENTE
Es el cuerpo colegiado integrado por varios miembros electos por el pueblo y su
función especifica es la redactar o reformar una constitución
El ejercicio de la asamblea nacional constituyente
 ILIMITADO O AMPLIO
Se ejercita en forma amplia se crea una constitución
 LIMITADO O RESTRINGIDO
se refiere a la modificación de la constitución Art. 278 al 279
2- OTORGADAS
Un monarca otorga el poder por la constitución en acto de bondad y libertad
3-PACTADAS
Acuerdo o convenio al que llegan los gobernantes y gobernados
4-REFERÉNDUM CONSTITUCIONAL
El gobierno elabora la constitución y le presenta al pueblo para su consideración , el
gobierno no acepta la opiniones del pueblo
SUPREMACÍA DE LA CONSTITUCIÓN
Este es un principio que descansa en la distinción de poder constituyente (
manifestación concreta del pueblo para el ordenamiento jurídico político que regirá
el destino de la nación ) y poder legislativo ordinario en el establecimiento por parte
del propio poder constituyente de un complicado y riguroso procedimiento que
debe observarse por los casos de reforma o enmienda de los preceptos
constitucionales de tal forma que una enmienda
o reforma constitucional no puede realizarse mediante el mismo procedimiento de
una ley ordinaria
FUENTES DEL DERECHO CONSTITUCIONAL
DERECHO ESCRITO
El principio de escritura parece responder mejor a la exigencia de seguridad
jurídica y la concepción garantista de la constitución
Una vez promulgada la constitución no hay texto, escrito que se integre ala
constitución formar más que los de reforma constitucional.
La propia constitución contiene un rango superior a la ley normal.
JURISPRUDENCIA
Los órganos judiciales al aplicar la constitución , la interpretan fijan o aclaran, la
adaptan a circunstancias sociales y políticas del momento
La jurisprudencia emanada ene le ejercicio de tal función integra junto con otras
fuentes el derecho constitucional del país
TRATADOS INTERNACIONALES
Derechos humanos son ratificados por nuestro país
RELACIONES DEL DERECHO CONSTIRUCIONAL CON OTRAS DISCIPLINAS
DERECHO ADMINISTRATIVO
Su estudio abarca el desenvolvimiento, de la organización de los órganos
administrativos del estado en principios del derecho constitucional y el sistema de
servicios públicos aplicado a los particulares
DERECHO FISCAL
Se refiere a al ordenamiento jurídico patrimonial y económico, referido a una justicia
fiscal y social
DERECHO PENAL
Su relación a delitos de orden político
DERECHO JUDICIAL
El derecho constitucional determina las normas que ha de obedecer la estructura
de tribunales y su funcionamiento justo y eficiente refiriéndose al principio del
debido proceso
DERECHO LABORAL
Regulas las relaciones entre trabajadores y patronos 101 y 106 CPRG
DERECHO MERCANTIL
la constitución garantiza la libre contratación y relaciones comerciales Art. 43 (
libertad de industria, trabajo y comercio )
DERECHO INTERNACIONAL
La tramitación y ratificación de tratados que operan con arreglo a las normas de
derecho interno de cada país
DERECHO CIVIL
La propiedad privada se ha constituido como la base de declaraciones de derechos
INFLUENCIAS INTERNACIONALES EN NUESTRA CONSTITUCIÓN
Revolución estadounidense : Que se orientaba a defender al pueblo y a los
individuos que lo componente de la clase dirigente , La constitución escrita y rígida
la estabilidad del poder ejecutivo su fortaleza y eficacia. Los vastos poderes
reservados al poder judicial, la protección de los derechos de las personas de los
grupos, de las minorías y la concepción de ver a los representantes populares
solamente como mandatarios.
Revolución Francesa Agrega derechos sociales que se derivan de la protección
de la dignidad humana que tienen el Estado dando una prueba de que a la
larga los pueblos no pueden vivir sin dentro de un orden de legalidad y seguridad
jurídica.
SUPREMACÍA DE LA CONSTITUCIÓN
Descansa fundamentalmente en la distinción entre poder constituyente y poder
constituido
1- El poder constituyente: Es la manifestación concreta de dicha soberanía
mediante el cual el pueblo se da así mismo el ordenamiento político-jurídico
plasmándolo en un documento denominado CONSTITUCIÓN.
2- El poder constituido son órganos estatales encargados de actuar en nombre del
estado , se encuentran necesariamente subordinados por el Estado debiendo de
ajustar todo su accionar a lo regulado por este , la subordinación de los poderes
constituidos al poder constituyente se materializa al respeto de la constitución
** la supremacía de la Constitución constituye la más eficiente garantía de libertad
y dignidad del individuo , al imponer a los poderes constituidos la obligación de
encuadrar sus actos a lo que prescribe nuestra constitución.**
LEGITIMIDAD DE LA CONSTITUCIÓN
Para que sea legitima se requiere
1- Que la Asamblea nacional constituyente , que sancione, decrete y promulgue la
constitución haya sido electa democráticamente y libremente por medio de elecciones
2- Que en la integración de ese órgano hayan participado todas las corriente
políticas, filosóficas e ideológicas de la nación
3- Que al momento de la discusión y aprobación de la constitución, los diputados
tengan criterio para efectuar la misma.
DIVISIÓN DE LOS ORGANISMOS DEL ESTADO
La delimitación de atribuciones de cada organismo evitando el abuso de poder y
es allí donde surgen los pesos y contrapesos, que pretende que ninguno de los tres
poderes del estado se exceda de sus facultades imponiendo controles recíprocos
que son la
( la interpelación y el bicameralismo ). Estos dos tipos de controles constituyen
parte del orden constitucional, es decir al sistema de pesos y contrapesos.
JURISDICCIÓN CONSTITUCIONAL
Es aquella que inviste a cierto tribunales ya sean de jurisdicción ordinaria o
especializada para que satisfagan pretensiones que tengan origen en normas de
derechos constitucional ,, haciendo valer la realización efectiva de los preceptos
constitucionales de naturaleza sustantiva.
** la jurisdicción constitucional consiste en mecanismos que tienden a asegurar el
respeto absoluto de la Constitución por parte de quienes detentan el poder.
SUJETOS DE LA JURISDICCIÓN CONSTITUCIONAL
1- el órgano encargado de satisfacer la pretensión constitucional.
2- las personas individuales o jurídicas que pueden acudir ante la jurisdicción
constitucional que les satisfaga una pretensión constitucional
OBJETO DE LA JURISDICCIÓN CONSTITUCIONAL
Es obtener el respeto absoluto de quienes detentan el poder , de los derechos
fundamentales de las personas reconocidos y consagrados en la parte dogmática
de la constitución, para evitar que se violen dichos derechos.
RESOLUCIONES DE ORDEN CONSTITUCIONAL
Debemos de distinguir entre sentencias declarativas que son y están encaminadas
a obtener la tutela directa de derechos fundamentales ( por ejemplo el amparo,
exhibición personal, y la inconstitucionalidad en casos concretos ) sentencias
constitutivas ** ( producen efectos contra todas los hombre ejemplo la
inconstitucionalidad general )
CONSTITUCIÓN
DEFINICIÓN
Conjunto de normas fundamentales para la organización de un estado, que
regulan el funcionamiento de órganos de poder público y establecen principios
para el ejercicio de derechos dentro del estado
PODER CONSTITUYENTE
Es la facultad soberana del pueblo a darse su ordenamiento jurídico –político, por
medio de una constitución y al revisar la misma cuando sea necesario
QUE ES UNA REFORMA CONSTITUCIONAL
Una reforma encuentra su justificación en la necesidad de adaptación de la
constitución a un entorno cuyas necesidades políticas, económicas, sociales y
culturales, han variado desde el momento de la creación de la constitución,
generándose una inadecuación de la realidad actual o cuando surgen las
denominadas lagunas constitucionales ( son cuando no se previó la regulación de
una situación )
PROCEDIMIENTO DEL PODER CONSTITUYENTE
Para la elaboración y adopción de la constitución , Una asamblea nacional
constituyente será elegida por todo el pueblo para esta tarea.
SUJETOS DEL PODER CONSTITUYENTE
1- El sujeto del poder es el pueblo y este se lo delega a una corte , congreso, o
asamblea constituyente
2- El objeto del poder es poder soberano para crear la Constitución.
QUIENES PUEDEN PROPONER REFORMAS A LA CONSTITUCIÓN
- El presidente de la república
- - 10 diputados del congreso
- el pueblo pidiéndolo al congreso en un número no menor de 5,000
ciudadanos empadronados.
COMO PUEDE SER REFORMADA NUESTRA CONSTITUCIÓN
1- por medio de una Asamblea nacional Constituyente
2- Reformas por el Congreso de la República.
3- ** en el artículo 278 los derechos individuales para ser reformados se
necesita que se integre una Asamblea nacional Constituyente.
QUE ARTICULOS SE PUEDEN REFORMAR
Todos , ni los que no se puedan reformar pueden ser modificados por el Congreso
de la República con el voto afirmativo de las dos terceras partes de total de
diputados , pero las reformas que se hagan no entraran en vigencia hasta que sean
ratificadas mediante consulta popular.
LOS ARTICULOS QUE NUNCA PUEDEN SER REFORMADOS ( artículos pétreos o no
reformables)
El artículo 278 y artículos 3 al 46 que se refiere a la forma republicana de
gobierno , a la no reelección para el ejercicio de la presidencia de la república, así
restársele efectividad o vigencia a los artículos que se refieren al ejercicio de la
presidencia de la república así como variar su contenido ( Arts. CPRG Soberanía,
prohibición para optar a presidente y vicepresidente)
QUIENES TIENE INICIATIVA PARA PROPONER REFORMAS
1. El presidente de la república en consejo de ministros
2- Diez o más diputados del congreso
3- La Corte de Constitucionalidad
4- El pueblo mediante petición dirigida al Congreso por no menos de cinco
mil empadronados.
EL PROCEDIMIENTO DEL PODER CONSTITUYENTE
El fondo o centro del poder constituyente radica en la soberanía del pueblo este
para ejercer el poder constituyente delegando su soberanía en Asambleas o
congresos o cortes constituyentes. En nuestra constitución el poder constituyente
derivado se puede ver en el título VII del artículo 277 al 281 lo cuales
expresan los mecanismo para reformar nuestra constitución.
* Para reformas a los artículos establecidos en la parte dogmática el capitulo I y
titulo II
1- Es indispensable que el congreso con el voto afirmativo de dos tercera y
ratificación de la población para la consulta popular que lo integren . 2- convoquen
a una asamblea nacional constituyente ( electa por el pueblo por el voto de dos
terceras partes de los miembros del congreso ) mediante decreto. 3- Señalara
artículos a revisar comunicando al Tribunal Supremo Electoral para que fije
fecha para las elecciones de 5 a 20 días conforme la ley electoral ( consulta
popular )
** La Asamblea nacional constituyente es temporal, dado que sólo funcionara el
tiempo necesario para crear o reformar la constitución o leyes constitucionales **
De conformidad con el artículo 175 de la Constitución y el inciso a) del
artículo 164 de la ley de amparo, exhibición personal y de const. La Corte de
constitucionalidad posee competencia para dictaminar sobre la reforma de las
leyes constitucionales previamente a la aprobación por parte del congreso.
Dentro del tramite establecido establece que previamente a su aprobación debe
contarse con un dictamen favorable de la corte de constitucionalidad. Y siendo
desfavorable se debe a razones que atenten el orden constitucional por motivos
extrajuridicos, para solicitar un dictamen
La facultad que tiene la corte de constitucionalidad se le da el carácter de
colegislador privilegiado que le permite intervenir en el proceso de reforma de
leyes constitucionales
El ordenamiento jurídico guatemalteco es amplio en cuanto a la legitimación
activa de solicitud de reformas a la constitución
La revisión o enmienda se adecua al texto constitucional convirtiéndose el
procedimiento de reforma en un medio de defensa del orden constitucional puesto
que a través de este se evita que se modifique o que se suspenda la vigencia de
métodos extrajuridicos, en un momento de revisión a la Constitución al considerar
que una de sus normas resulta necesaria su modificación dando lugar a la
alteración de vías de hecho que pone en peligro el estado de derecho
Desde la creación de la corte de constitucionalidad de 1985 en ningún momento
se ha iniciado propuestas de reformas constitucional debido a la credibilidad y
legitimidad que goza la corte.
EXTINCIÓN DE DERECHOS Y GARANTÍAS DE LA CONSTITUCION
Consideran que oponerse es un derecho como los otros ( Art. 45 de la CPRG ) el
hombre no puede permitir el abuso de poder para proteger y defender las garantías
constitucionales
PASOS PARA QUITAR EL GOBIERNO
El pueblo puede hacer
- Cambio por la fuerza o por revolución ( no se cumple con el ordenamiento jurídico
rompiendo el marco de derecho
- Resistencia pacifica (cumpliendo con el ordenamiento jurídico la corte de
constitucionalidad se encamina al marco de derecho
DERECHO DE REOVOLUCION
Es un derecho natural que la constitución le reconoce a los habitantes de esta nación
Es extremista, solo se ejercita después de agostados todos los hechos legales
Es de restitución es devolver al pueblo lo que se le ha vedado
Es de transición busca corregir un abuso de poder.
PROCEDIMIENTO DE REFORMA
1- Artículo 278 ( ASAMBLEA NACIONAL CONSTITUYENTE )
Se puede reformar El Capitulo I y titulo II Derechos Individuales
1- Con el voto afirmativo de la dos terceras partes convoquen a una
Asamblea Nacional.
2- En el decreto de convocatoria señalara el artículo o los artículos que
han de revisarse
3- Y se le comunicará al TSE para que fije dira y hora para las
elecciones dentro un plazo máximo de 120 días
2- reformas por el CONGRESO Y CONSULTA POPULAR
1- Será necesario que el congreso apruebe con el voto afirmativo de las dos
terceras partes
2- Las reformas no entrarán en vigencia hasta que sean ratificas en consulta
popular conforme el artículo 173 de la CPRG ( Convoca a Tribunal
electoral a iniciativa del presidente o del congreso. quienes fijan las preguntas
3- Si es resultado es de ratificación entran en vigencia 60 días después que el
TSE anuncie el resultado.
REFORMAS POR LA ASAMBLEA NACIONAL CONSTITUYENTE
Para reformar el artículo 278 o cualquier artículo de los artículos contenidos en
el capitulo 1 y título II de está constitución en indispensable que el congreso de la
república con el voto afirmativo de la dos terceras partes de los miembros que lo
integran convoque a la respectiva asamblea. Nac.
El decreto de convocatoria señalara el artículo o los artículos que hayan en
revisarse y comunicará al Tribunal Supremo Electoral, para que fije la fecha en que
llevarán las elecciones en un plazo máximo de veinte días, procediéndose de
conformidad con la ley electoral y de partidos políticos ( Si no se protegieran
estos derechos a través de una rigidez constitucional para su su reforma
resultarían ineficaces por su facilidad de modificación o extinción
REFORMAS POR EL CONGRESO DE LA REPUBLICA Y POR MEDIO DE UNA
CONSULTA POPULAR
Para cualquier reforma constitucional será necesario que el congreso la apruebe
con el voto afirmativo de las dos terceras partes , Las partes no entrarán en vigencia
sino hasta que sean ratificadas mediante la consulta popular de conformidad con el
artículo 173 de nuestra constitución está entrara en vigencia sesenta días después
que el tribunal supremo electoral anuncie el resultado de la consulta.
Se puede observar un procedimiento rígido para la modificación del resto de
artículos susceptibles de nuestra constitución. Este procedimiento implica dos fases
esenciales como la Aprobación del congreso y la ratificación del pueblo
Las constituciones no son inmutables al constante cambio de vida que la ley exige
se hace necesario hacerles algunas reformas de lo cual surgen algunos
presupuestos, la reforma constitucional resulta lícita aún cuando poco aconsejable
para los fines de derecho la abrogación o modificación de un norma
constitucional se realiza de modo implícito, basándose naturalmente por el
procedimiento prescrito en nuestra constitución
TIPOS DE PROCEDIMIENTO DE REFORMA DE LA CONSTITUCIÓN
1- Legal es el procedimiento normal previsto en la constitución a través de
artículos transitorios dando pautas a seguir dicha reforma
2- Procedimiento anormal es el producido por una ruptura del orden
constitucional echando por tierra la estructura institucional del estado ya sea
mediante movimiento popular revolucionario o por un golpe de estado
RASGO COMUN DEL PROCEDIMIENTO DE REFORMA CONSTITUCIONAL
1- INICIATIVA
Es la decisión de emprender la reforma o la declaración de ella en ser necesaria (
correspondiendo ala cámara legislativa o al pueblo ) estableciéndose un lapso de
tiempo para la revisión.
2- REFORMA
Comprende la redacción y discusión y la aprobación provisional o definitiva de
nuevos textos correspondiendo a veces a las chamarras legislativas sin intervención
del poder ejecutivo
3- RATIFICACIÓN
Es atribuida al pueblo que debe de manifestarse por medio de un referéndum (
consulta popular o votación )
La función de la reforma constitucional consiste en adaptar la Constitución a la
realidad lo que puede impedir la ruptura de orden constitucional.
La vida de los sistemas constitucionales oscila entre dos polos
1- La Necesidad de una progresiva evolución de la constitución
2- La Convivencia de una estabilidad constitucional que favorezca el conocimiento
de la constitución
La reforma constitucional no es la única vía de evolución constitucional existe el
procedimiento es cual es la jurisprudencia constitucional esto se realiza por medio
de la corte de constitucionalidad
LIMITES A LA REFORMA CONSTITUCIONAL
El artículo 281 de la constitución nos dice que en ningún caso podrán reformar }se
ni por una asamblea nacional constituyente ni por el congreso Los Artículos 140, 141,
165 inciso g 185 y 187 ( a cuestionen que se refieran a la forma republicana de
gobierno , y al principio de no reelección al ejercicio de la presidencia de la república
** la inclusión de la normas pétreas en nuestro sistema puede justificarse por abuso
que los gobernantes han cometido con el pueblo a través de las reformas
constitucionales a través de dictaduras **
1-LIMITES EXPLICITOS ( se encuentran formalmente en la constitución)
Estos son un mecanismo de defensa del ordenamiento preconstituido por fuerzas
políticas que lo caracterizan, estos consisten en cláusulas que nunca se podrán
reformar, esta inmutabilidad es absoluta cuando se prohíbe reformar la forma de
gobierno establecido en nuestro artículo 281
2- LIMITES TEMPORALES
Es admisible la reforma cuando se dan circunstancias particulares como no haber
transcurrido cierto periodo de tiempo desde la adopción del texto constitucional .
otras veces está prohibida la reforma si no ha pasado cierto tiempo desde la revisión
anterior
La prohibición temporal puede ser expresa o implícita cuando los términos de la
cláusula del procedimiento de reforma se han distanciado unas de otras. La
prohibición expresa puede ser directa como cuando la constitución dispone que no
podrá reformarse cuando ya hayan pasando cierto numero de años desde su
vigencia o dependiendo de circunstancias de invasión extranjera o estado de
emergencia
3- LIMITES IMPLÍCITOS
Se refiere a que ningún ordenamiento si quiere subsistir puede consentir que
rebasen algunas instituciones que corresponde a la parte esencial de la constitución y
que únicamente el poder constituyente puede hacer las reformas del caso al cuerpo
legal
EXCEPCIONES A LAS VIAS LAS CUALES SE PUEDEN REFORMAR LA COSNTIUCION EN
BASE A LOS SIGUIENTES GRUPOS
4- EL DERECHO NATURAL
5- TRATADOS INTERNACIONALES
6- ARTICULOS PETREOS
CARACTERÍSTICAS DE NUESTRA CONSTITUCIÓN
ESCRITA:
nuestra constitución es escrita , ya que posee una serie de normas precisas, legisladas,
y promulgadas, a las cuales debe ajustarse la conducta del estado. ( Esto sirve de
testimonio solemne y público de principios que rige el estado)
CODIFICADA está contenida en un documento unitario, orgánico, y sistemático,
respondiendo a un sistema de constitucional bien planeado
RIGIDA ( ver titulo IV poder público ) son las que poseen cierto tipo de
formalidades que no existen en las leyes ordinarias para reformarla se afirma que
esto le da más estabilidad y fuerza a la Constitución
La constitución rígida plantea la exigencia de la posible adaptación progresiva de su
contenido a la cambiante realidad social es decir es decir debe amoldarse
continuamente a la realidad cambiante necesita convertirse en un documento vivo
al ritmo de exigencias sociales
DESARROLLADA
Ya que expone fundamentos de organización política, insertando disposiciones
relativas a otras materias.
ORIGINARIA
Contiene principios nuevos u originales para la regulación del proceso político de la
formación del estado
PARCIALMENTE PETREA prohíbe la reforma de una o varias de sus cláusulas
DERECHOS HUMANOS ( 44 CPRG )
Los derechos humanos individuales son los que están unidos a todos los seres
humanos y no se separan son los derechos fundamentales del hombre conquistan al
poder público o sea aquellos a los que el pueblo tiene el derecho ante cualquier
gobierno del mundo solo por el hecho de haber nacidos como seres humanos
La declaración de derechos suele ser consecuencia de una revolución política social
o económica que trata de afirmar atributos de la persona frente a un régimen o
orden de cosas que los desconocen.
Son aquellos derechos inherentes a la naturaleza humana sin los cuales el hombre
no puede vivir y desarrollarse integralmente
Históricamente las primeras declaraciones de derechos con verdades sentido
democrático que estuvieron dirigidas a la generalidad de la población y no al hombre
en si.
INSTRUMENTOS INTERNACIONALES DE DERECHOS HUMANOS
-Declaración Universal de derechos humanos
- Declaración Americana de derechos humanos
DIFERENCIA ENTRE DERECHOS HUMANOS Y CONSTITUCIÓN
Los derechos humanos no contienen mecanismo para hacer efectivos los derechos.
La constitución si contiene los mecanismos para hacerlos efectivos por medio de la
parte orgánica de la misma
PREEMINENCIA DEL DERECHO INTERNACIONAL ( 46 CPRG )
En materia de derechos humanos los tratados y convenios aceptados y ratificados por
Guatemala tiene preeminencia sobre el derecho interno
DERECHOS HUMANOS SEGÚN SU CONTENIDO
Se dividen en tres categorías
1--Individuales (derechos civiles)
son los que se reconocer determinados ámbitos de acción a la autonomía de los
particulares garantizándoles iniciativa e independencia frente al estado.
DERECHOS INDIVIDUALES
Derecho a la vida
Supera los demás cercos por circunstancias de que ningún otro derecho puede
concebirse separadamente de la vida , es el derecho de mantener y desarrollar la
existencia del hombre como medio para realizar un fin
Derecho a la integridad personal
Cuando se ocasiona un daño al individuo tanto física como mental
Derecho de igualdad
Todos los seres humanos cualquiera que sea la clase condición social ala que
pertenece sus medio económicos, raza o religión , tiene iguales derecho , en cuanto
a la igualdad de oportunidades y en la promoción de valores y desarrollo humano
Derecho de libertad
La libertad es el disfrute de los derechos fundamentales mediante los cuales el
hombre, puede satisfacer sus necesidades fundamentales, una armonía entre
derecho y libertad
Derecho de libertad de locomoción
Toda persona tiene pleno derecho de moverse o desplazarse libremente dentro
del territorio nacional , en donde la libertad de elección y fijación de residencia y
domicilio va en añadidura así como la prohibición de expatriación de ningún
guatemalteco
Circunstancias en la que se priva el derecho de locomoción:
-El arraigo, y durante el estado de alarma y o por responsabilidades penales
contraídas
Derecho de libertad de acción
Es el derecho de hacer todo lo que queramos siempre y cuando la ley no lo prohíba
Formas de limitar el derecho de acción
Flagrante delito (momento que se descubre la comisión de delito 257 CPP)
2- Sentencia condenatoria firma por autoridad competente
Derecho de petición
Es un derecho de todo ciudadana para dirigirse a los poderes públicos solicitando,
favor , reparación de agravios o adopción de medidas que satisfagan el interés del
peticionario este derecho tiene sus limitaciones.
En el artículo 137 de la CPRG el derecho de petición en materia política corresponde
exclusivamente a los guatemaltecos se excluye a los extranjeros
Derecho de libertad de acceso a tribunales y dependencias del estado
Derecho de toda persona de presentarse a tribunales y oficinas públicas en calidad de
interesado
Para ejercer sus acciones y hacer valer sus derechos de conformidad con la ley los
extranjeros únicamente podrán acudir a la vía diplomática en caso de denegación
de justicia Art. 29 CPRG
Derecho de reunión y manifestación
Hay que distinguir estos dos derechos la reunión significa la mera agregación de
personas para concentrarse para revelar con su presencia ideas, sentimientos, o
aspiraciones, el derecho de asociación implica la constitución de una entidad moral
que persigue un fin común y está dotada de una organización ( el derecho de
reunión publica solo puede restringirse cuando su fin sea congrio a la Constitución,
leyes ordinarias buenas costumbres, o circunstancias que lo hagan ser peligrosa para la
tranquilidad pública )
Derecho a libertad de emisión de pensamiento
Consiste en la facultad de exponer la propia convicción científicas, religiosa, etc, sin
necesidad de previa autorización , salvando los respetos de libertad ajena y exigencias
de orden público
Sus limitantes, ( Art. 27 y 36 Ley de emisión del pensamiento) a juicio de jurado y
a sanciones las publicaciones en que se abuse la libertad de emisión de
pensamiento son los siguientes ( impresos que impliquen traición a la patria, hieran la
moral, falta de respeto la vida privada, )
Derecho de Aclaración Y Rectificación Art. 37 Ley de Emisión Pensamiento
En publicaciones que se deben de aclarar
- si atribuye a personas hechos inexactos
- se hagan imputaciones
( Debe publicarse en forma gratuita en la misma página y caracteres y limitarse a
rectificar la publicación principal )
**Cuando el medio de comunicación, no cumple con aclarar o rectificar los hechos
cometidos en contra del agraviado el juez de paz apremia para que se publique
previa audiencia al periódico **
JURADOS
Reunión de cierto número de ciudadanos que sin pertenecer a la magistratura
profesional son llamados por la ley para concurrir transitoriamente a la administración
de justicia
Las deliberaciones serán secretas y las decisiones por mayoría absoluta Art. 65 LEP
COMO SE ESCOGEN LOS JURADOS
Se integra por una lista que existe en los departamentos
En el departamento de Guatemala ( Son 7 personas de colegios de abogados, 7 por
medio de la asociación de periodistas y siete de la municipalidad en los demás
departamentos son tres por cada asociación.
Requisitos
Guatemalteco, mayor de edad, de notoria conducta no ser funcionario y empelado
público,
CUANDO DA LUGAR A L JUICIO DE JURADOS
-Impresos sediciosos (alzamiento contra el orden público), traición a la patria, contra la
moral, calumnias e injurias graves
PROCEDIMIENTO DEL JUICICO
1- Delito (ofendido presenta escrito al Juez 1 instancia penal. ) Art. 54 LEP
2- 48 horas después de la citación se hace sorteo de jurados
3-Integrado el Jurado el juez los cita para audiencia, de organización y organización
del mismo
4- Juez fija día y hora para la vista plazo de 3 días
5-Vista pública
6-Deliberaciones de los jurados, ( forma secreta )
7- Si no deliberan recaban nuevas pruebas 24 horas se resuelve
8- Apelación remite autos ala Sala en 48 horas a la sala se fija hora y día para la
vista
Libertad de religión
La religión comprende tres aspectos ( libertad de creencias, de expresión ya sea
oral o escrita, y la libertad de practicar libremente el culto d e su religión )
Personalidad jurídica de las iglesias
Autorización que le confiere el estado para adquirir derechos y contraer obligaciones
al igual que las personas individuales,
Tenencia y portación de armas
A fin de reforzar su seguridad y la legitima defensa de el y su familia nadie nos
puede obligar a entregar armas salvo mediante orden de juez competente
Propiedad privada
Derecho de todo ser humano de poder adquirir bienes y ser dueños, y así disponer
de estos bienes y pertenencias como mejor les parezca siempre que se respeten las
leyes del estado
** Este derecho no es un derecho absoluto ni incondicional tiene su limitante ya que
la propiedad privada es un derecho humano individual en función social es decir
servir al dueño pero también a la colectividad
Protección al derecho de propiedad
Con esta norma se esta evitando que el estado abuse de las personas con la
imposición de multas elevadas , las multas que se imponen por no pagar el valor
de los impuestos no podrán ser mayores de los que no se pago.
Derecho de autor o inventor
Es la disposición de la s creaciones como se quiera libremente de acuerdo a leyes y
tratados así como su respectivo registro
Libertad de industria , comercio, y trabajo
Esta libertad consiste en la posibilidad de dedicarse a cualquier actividad
productora sin tropezar con privilegios o rabas de origen estatal ( la única limitante
son la que por motivos sociales, o de interés nacionales estén contenidas en ley )
GARANTIAS PROCESALES CONSTITUCIONALES ( Materia penal )
 -Ser notificados del motivo dela detención
 -Autoridad que lo ordeno
Lugar en que permanecerá Art. 7 CPRG
 -Ser informa sobre sus derechos sobre todo contar con un abogado defensor
Art. 8 CPRG
 -Interrogatorio ante autoridades judiciales competentes ( En un término no
mayor de 24 horas )
 -Centro de detención Legal ( El estado debe mantener al detenido en lugares
legales y públicos destinados para el efecto )
 -La policía no debe presentar a los medios de comunicación a la persona que no
ha sido indagada por tribunal competente Art. 13 CPRG
 El detenido tiene el derecho de no declarar contra si mismo , cónyuges,
persona unida de hecho, ni contra sus parientes dentro del cuarto grado de ley
Art. 16 CPP, 442 CPP,
 La declaración simple , al sindicado no se le juramenta ni se protesta,
solamente se le amonesta 408 CPP
 Derecho de defensa; Nadie puede ser condenado ni privado de sus derechos,
sin haber sido oído, citado, y vencido en juicio ante autoridad competente.
 Presunción de Inocencia ( toda persona es inocente mientras no se declare
su culpa en sentencia ejecutoriada 14 CPP
 Publicidad de proceso ( En materia penal tienen de derecho a conocer , de
todas las actuaciones, documentos y diligencias penales sin reserva alguna y de
manera inmediata todas las partes inmersas en el juicio penal.
 Detención por faltas o infracciones:
Podemos ser detenidos por infracciones a reglamentos.
Si llevamos nuestros documentos de identificación, o persona que nos conozca y la
autoridad le crea entonces tenemos derecho a ser detenidos pero si a presentarnos
ante juez competente dentro de 48 horas ( si no nos presentamos estamos
incurriendo en delito ) para estos casos todos los días y horas son hábiles para ello
entre 8 y 18 horas
** Si no presentamos documento de identificación, si nos pueden detener pero la
autoridad dentro del termino de una (1) hora nos deberá presentar ante autoridad
competente
 Irretroactividad de ley ( Salvo en materia penal cuando favorezca al reo )
 NO HAY DELITO NI PENA SIN LEY ANTERIOR ( Si una acción que
nosotros cometemos, o que dejemos de hacer no está calificada por
una ley como delito o falta no se nos puede castigar sin ello.
 Inviolabilidad de domicilio 23 CPRG ( nadie puede ingresar a la
residencia, solo mediante orden juez competente y solo lo pueden
hacer después de las seis de mañana y antes de las seis de la tarde
DERECHOS SOCIALES ECONOMICOS, Y CULTURALES
Son todos aquellos que la constitución reconoce a la persona ya no de forma
individual si no como miembros dela sociedad por lo tanto el estado esta
obligado a prestarlos, garantiza el derecho la salud, educación, de conformidad al
principio de justicia social
CARACTERÍSTICAS
- Son derechos colectivos de prestación del estado
-Son programáticos el estado debe de acatar dentro de sus posibilidades
2--Sociales
- la familia ( igualdad de derechos entre cónyuges, paternidad responsable
igualdad de hijos ante la ley )
GRADO DE PARENTESCO
POR CONSANGUINIDAD hacia arriba ( Línea ascendente) los padres en primer
grado, abuelos segundo grado bisabuelos en tercer grado tatarabuelos cuarto grado (
Línea descendente ) hijos en primer grado, nietos segundo grado, bisnietos tercer
grado y tataranietos cuarto grado
(Línea colateral ) hermanos segundo grado, tíos carnales segundo grado, tercer
grado tíos ** hermanos de tus abuelos ) en cuarto grado sobrinos *** hijos de los
hermanos de tu papá o mamá.
AFINIDAD primer grado esposa, yernos y nueras en segundo grado suegros cuñados
padrastro y madrastra, hijastros
- la cultura ( es el grado de desarrollo artísticos, científico de la sociedad )
- educación ( fin de la educación desarrollo físico, moral e intelectual , así como
la instrucción de la CPRG y derechos humanos. )
- ( Universidad de San Carlos ( máxima entidad educativa del país, goza de
autonomía le corresponde desarrollar la educación superior del estado
COMO SE GOBIERNA LA UNIVERSIDAD DE SAN CARLOS DE GUATEMALA
- Su máxima autoridad es el consejo superior universitario ( lo integra el rector, los
decanos de las facultades, Un representante del Colegio profesional egresado de
esa universidad que corresponda a cada facultad, un catedrático titular y un estudiante
por cada facultad
COMO SE SOSTIENE LA UNIVERSIDAD
El estado está obligado a darle cada año una cantidad de dinero no menor del 5
por ciento del presupuesto general de ingresos
COMO SE CONTROLA UNIVERSIDAD PRIVADA SUPERIOR
Existe el Consejo de Enseñanza privada superior ( se integra por dos delegados de
la USAC, dos de universidades privadas, y un delegado del Colegio de Profesionales
que no tenga cargo alguno en alguna universidad .
PAGAN IMPUESTOS LAS UNIVERSIDADES
Todas las universidades están exentas del pago de arbitrios, impuestos o
contribuciones
LA COLEGIACIÓN
Son asociaciones gremiales no lucrativas, esencialmente con personalidad jurídica y
patrimonio propio
El fin del Colegio de profesionales es velar por el buen funcionamiento y desempeñó
de las labores de los colegiados
ORGANIZACIÓN
Cien graduados de la profesión, acta notarial en la que se hará constar designación
de junta directiva, y proyecto estatutos, La junta directiva solicita al consejo superior
universitario la aprobación de la constitución del colegio y su aprobación.de la
constitución del colegio y su inscripción ( se acompañan acta constitutiva y proyecto
de estatutos ) el Consejo superior universitario, recaba informe de la asamblea de
presidentes de los colegios profesionales, emite una resolución aprobando o no - acta
de inscripción con copia certificada para entregar ala junta directiva ( prueba de la
personalidad jurídica ) Consejo superior universitario , remite al diario oficial, - publicar
copia certificada de estatutos y acta de inscripción
ORGANIZACIÓN DE LOS COLEGIOS
1- Asamblea general órgano superior reunión de todos lo miembros activos
2- Junta directiva, actúa como órgano ejecutivo ( siete miembros ) presidente,
vicepresidente, secretario, vocales
3- Comisiones
IMPUGNACIONES
Contra lo dispuesto por la asamblea de colegios profesionales cabe recursos de
Aclaración
Ampliación
Apelación ante organismo superior
- deporte ( El estado está obligado a dar el 3 por ciento de sus ingresos al
deporte federado y no federado,
AUTONOMIA EN EL DEPORTE
La Constitución le da autonomía al deporte federado a través de sus organismo que
son ( Confederación Deportiva Autónoma de Guatemala y Comité olímpico
Guatemalteco *tienen personalidad jurídica y patrimonio propio y no pagan ninguna
clase de impuestos y arbitrios )
- Salud
- ( Seguridad social, para beneficio de los habitantes del país, su régimen se
instituye como función pública en forma nacional, unitaria y obligatoria y está
a cargo del IGSS
- Comunidades Indígenas
- ( El gobierno de Guatemala respeta, reconoce, y promueve las formas de
vida, costumbres, tradiciones, idiomas y dialectos y personas que formen parte
de las distintas comunidades indígenas)
-
- Trabajo
- El régimen laboral de Guatemala debe organizarse conforme a principios de
justicia social ( trato de forma justa , en cuanto a sus condiciones de vida
humana )
- Derechos mínimos de trabajador
- Todo trabajo debe ser pagado, pago en moneda de curso legal, goce del
salario mínimo, protección a la mujer trabajadora, quince días hábiles de
vacaciones, libertad de organizarse en sindicatos, los menores de catorce años
no pueden trabajar,
- LA JORNADA DE TRABAJO
- no puede exceder de 8 horas diarias ni de 44 a la semana. ** Son 48 para
efectos de pago **
- Trabajo nocturno ( no puede ser mayor de seis ni de 36 a la semana )
- Trabajo mixto ( no puede ser mayor de siete ni de 42 a la semana )
- ** horas extraordinarios deben ser remuneradas como tal. **
Artículo 116 CPRG Los trabajadores tienen derecho a la huelga , ** siempre y
cuando no afecten los servicios públicos esenciales **
4- DERECHOS POLÍTICOS
Son de contenido positivo en la que se le da participación a los ciudadanos en la
formación de organismos del estado y el acceso a funciones públicas
-elegir y ser electo
-derecho a la paz
-derecho a la libre determinación de los pueblos.
REGIMEN ECONOMICO SOCIAL
QUIEN ORIENTA LA ECONOMIA NACIONAL118
El estado tiene la obligación de orientar la economía nacional con el propósito de
lograr una equitativa distribución de la riqueza ( es decir que todos tenga empleo y
reciban una cantidad de dinero justa a manera de vivir dignamente )
Concepto Moneda
Es una media de cambio autorizada y adoptada su característica ser de curso legal
Banco de Guatemala
Institución Bancaria que es el centro del sistema financiero de un país normalmente
total o parcial por el gobierno de estado en su calidad de regular el crédito y la
moneda
Quienes integran la junta monetaria
-Presidente Banco de Guatemala nombrado por el presidente de la república
-Ministros de Finanzas, economía agricultura y ganadería y alimentación
-Un miembro electo por el congreso,
-un miembro electo por consejos d e administración o juntas directivas de los
bancos privados y nacionales
-un miembro electo por el consejo superior universitario de la USAC
Funciones de la Junta Monetaria (Vigila lo relativo al dinero )
- Establecer la política monetaria cambiaria, y crediticia del país.
- Velar por la liquidez y solvencia del sistema bancario nacional
- Velar por la estabilidad y fortalecimiento de la banca privada
OBLIGACIONES DEL ESTADO119
- Promover el comercio
- Promover la inversión ( nacional y extranjero ), capital y ahorro,
- Mejorar el nivel de vida de sus habitantes,
- Defender a los consumidores y usuarios en cuanto a la calidad de productos de
consumo
INTERVENCIÓN DE EMPRESAS 120
El estado las puede intervenirlas con el objeto de seguir prestando el servicio al
público de manera normal
BIENES DEL ESTADO 121
 Ingresos fiscales y municipales
 Monumentos y reliquias arqueológicas
 Frecuencias radio eléctricas
 Los de dominio publico (
 Aguas marítimas y continentales, aguas subterráneas
 Patrimonio del Estado
LIMITACIÓN A LOS DERECHOS FUNDAMENTALES
138-139 CPRG
138-140
En caso de invasión del territorio de perturbación grave de la paz, de actividades
contra la seguridad del estado o de calamidad pública..
La limitación de los derechos constitucionales se fundamentar en que está limitación
está hecha para la seguridad e integridad del estado y del orden público y es para que
se cumpla el bien común que persigue el estado, y además se sustenta el interés de
la sociedad priva sobre el particular
El bien común puede verse perturbado por distintos factores ya sean intensos o
externos. Ante la posibilidad de ese peligro el poder público tiene la misión de
reestablecer el equilibrio y la paz social
En tal caso de la suspensión de las normas permanecen validad, aunque se suspende,
temporalmente su eficacia . Un aspecto particularmente delicado a la suspensión
concierne a la determinación de la fuente normativa que puede permitirla
habilitando un órgano constitucional por lo general al ejecutivo para suspender la
constitución y establecer un orden excepcional cuando se dan situaciones de peligro
para el ordenamiento constitucional
LEY DE ORDEN PÚBLICO
Se concreta a regular lo que conocemos como estados de excepción y las medidas
que la autoridad legalmente constituida puede adoptar en dichos casos, Los estados
d e excepción se traducen en una restricción a determinados derechos
expresamente reconocidos y garantizas por la ley suprema del país.
No afectara el funcionamiento de los organismo del estado y sus miembros
gozarán siempre de las inmunidades y prerrogativas que les reconoce la ley tampoco
afectará el funcionamiento de los partidos políticos
La constitución ha ligerado un positivo avance en cuanto a la protección
constitucional de los derechos humanos aun durante los estados de excepción en
otras palabras se ha limitado la esfera de intervención del estado, lo que armoniza
los principios básicos del derechos
DERECHOS QUE PUEDEN SUSPENDERSE
Libertad de acción
Detención ilegal
Libertad de locomoción
Tenencia y portación de armas
Libertad de emisión del pensamiento
GRADOS EN QUE SE SUSPENDEN
1-estado de prevención
2-estado de alarma
3-estado de calamidad pública ( terremotos, inundaciones
4-estado de sitio
5-Estado de guerra
Nos dice que también existe el toque de queda que puede ser decretado o
establecido por el gobierno estableciendo que de tales horas a tales horas no
pueden circular las personas ni vehículos estos se hace para evitar el desorden y el
robo.
La suspensión es una limitación que supone una derogación transitoria del normal
funcionamiento de algunas de las instituciones y del ejercicio de ciertos derechos
garantizados a ellas
ESTADO DE PREVENCIÓN Y ESTADO DE ALARMA
El estado de prevención y alarma se dirige a debilitar los hechos que atacan la
constitución sino los derechos que esta garantiza, se califica al estado de alarma
como racional elemento del orden. No es más que el orden de policía en tiempos
normales fortaleciendo por situaciones de emergencia
Se resume el estado de prevención como un refuerzo de las atribuciones delas
autoridades civiles y un estado de alerta por las fuerzas de policía pero sin la
intervención preponderante de que al ejercito le corresponde el estado de sitio o de
guerra
ESTADO DE CALAMIDAD PUBLICA
Se encuentra destinado a proveer de las medidas apropiadas en casa provocados
especialmente por fenómenos naturales como terremotos, inundaciones, epidemias,
que afecten ya sea a todo el territorio nacional o determinadas zonas del mismo.
Pues aparte de constituir un mal material conlleva un peligro para el orden social
por la terrible depresión que produce y lo más grave el hurto se incrementa en esa
circunstancias
ESTADO DE GUERRA
EL estado de guerra es una institución jurídica prevista de antemano cuyo objeto es
restablecer la paz pública y con ella , el imperio de la ley se caracteriza por un
reforzamiento del poder ejecutivo consiste en atribuir ala autoridad militar
competencias pertenecientes a la civil
ESTADO DE SITIO
Es siempre un hecho o conjunto de hechos ya producidos inequívocamente cierto,
que pueden consistir en una conmoción interior o un ataque exterior pero ambos
producen una perturbación del orden al mismo tiempo originan un peligro grave e
inminente el cual puede afectar conjuntamente el ejercicio de la constitución
CARACTERÍSTICAS DEL ESTADO DE EXCEPCION
-Debe ser evidente un caos reinante.
- Las medidas a aplicar son de carácter temporal o transitorio
-La aplicación de medidas será la consecuencia de fenómenos naturales o convulsiones
sociales
- La finalidad es la defensa del orden constitucional o superar un caos por
fenómenos naturales
APLICACIÓN:
Se aplicara en los casos de invasión del territorio nacional, de perturbación grave
de la paz, de calamidad pública o de actividades contra la seguridad del estado
Artículo 2 el presidente de la república en consejo de ministros calificará las
situaciones previstas en el artículo anterior y según la naturaleza o gravedad emitirá el
decreto que corresponda con las especificaciones del caso
Artículo 6 Inmediatamente después de emitido el
decreto que establece el estado de alarma, de calamidad publica, o de sitio se dará
cuenta al Congreso de la república para que lo ratifique, modifique o impruebe.
En caso de modificaciones o de improbación por parte del Congreso lo actuado con
anterioridad tendrá plena validez
REQUISITOS PARA LA DECLARATORIA DEL ESTADO DE EXCEPCION
El estado de prevención debe tener la aprobación del Congreso de la República
después de declarado por el presidente en Consejo de Ministros
EL DECRETO QUE ACUERDE EL ESTADO DE EXCEPCION ESPECIFICARA
1- Los motivos que lo justifiquen, los cuales deberán de ser de suficiente peso
para que verdaderamente justifiquen un medida de tal magnitud
a- Los derechos que no pueden asegurarse en su plenitud el decreto deberá ser
explicitó en ese sentido
b- El territorio que afecte el decreto deberá de determinar si es de aplicación en
todo el territorio nacional o en una parte o zona del mismo
c- El tiempo que durará su vigencia los efectos d el decreto no podrán exceder de
treinta día por cada vez
ESTADO
Es una sociedad humana asentada en un territorio determinado, sujeto a un poder
soberano, que crea, define, y aplica un ordenamiento jurídico para obtener el bien
común de sus componententes.
ELEMENTOS
1-TERRITORIO
Es el espacio físico en que el estado ejerce su poder y desenvuelve su actividad
específica.
El territorio es el ámbito espacial de validez del orden jurídico del estado.
FUNCION DEL TERRITORIO
Constituye una limitación física de la soberanía estatal
** El estado se reserva el demonio de una faja terrestre de tres kilómetros a los
largo de los océanos, contados a partir de la línea superior de las marear de
doscientos metros, alrededor de las orillas de los lagos de cien metros a cada lado
de las riberas de los ríos navegables de cincuenta metros alrededor de las fuentes
manantiales donde nazcan las aguas que surtan a las poblaciones.
LIMITACIÓN A LAS FAJAS FRONTERIZAS solo los guatemaltecos de origen o las
sociedades cuyos miembros tengan las mismas calidades podrán ser propietarios o
poseedores de inmuebles situados en la faja de quince kilómetros de ancho a lo
largo de fronteras medidos desde la línea divisoria ( Trata el estado con esta medida
de evitar conflicto y manera de unidad estatal ).
ESPACIOS GEOGRAFICOS
 ESPACION TERRESTRE
Comprende no solo el suelo sino el subsuelo terrestre, el lecho y el subsuelo del mar
territorial y la zona económica exclusiva y plataforma continental 142 CPRG
 ESPACIO MARÍTIMO
Es la anchura del mar hasta un límite que no exceda de dos millas marinas medias a
partir de la línea base
Zona contigua ( que toca o cosa ) No podrá ser mayor de 24 millas marinas
contadas de la líneas base
Zona económica Exclusiva
No se extenderá más halla de 2000 millas de navegación contadas a partir de
la cuales se mide la anchura del mar territorial . sus derechos de soberanía
conllevan fines de explotación, exploración, conservación, administración de
recursos naturales.
Plataforma Continental Es aquella que comprende el lecho y el subsuelo de las
áreas submarinas que se extienden más halla del mar territorial , los derechos de
explotación y exploración de recursos naturales.
La zona
son los fondos marinos y oceánicos son patrimonios de la humanidad y ningún estado
podrá ejercer soberanía
 ESPACIO AERERO
navegación aérea Es el uso del espacio aéreo con el objeto de permitir la
navegación de otras naves en el territorio del Estado Soberano
Telecomunicaciones a larga distancia Son disposiciones que aseguran la garantía y
libertad de comunicaciones y de tránsito.
Cinco libertades
-El derecho de atravesar el territorio de los estados partes sin aterrizar
- El derecho de aterrizar por motivos no comerciales en el Territorio de los estados.
-El derecho de embarcar pasajeros, correo y mercancías, con destino al territorio del
estado del cual la aeronave posee la nacionalidad .
ESPACIO AEREO Y ESPACIO ULTRATERRESTRE
El espacio ultraterrestre comienza donde la atmósfera de la tierra se desvanece en
un vació de 80 y 160 kilómetros sobre el suelo su altura no esta oficialmente
delimitada por el convenio
2- POBLACIÓN
Son los habitantes que residen en forma permanente en su territorio.
Nacionalidad : ( 144 al 146 de la CPRG )
Es el lazo jurídico y político de carácter permanente que vincula un individuo a un
Estado
Principios de la nacionalidad
-Todo hombre debe tener una nacionalidad
-Todo hombre es libre de cambiar su nacionalidad
- La nacionalidad implica vinculación efectiva con el país del cual es nacional
La nacionalidad puede ser :
 Originaria : cuando resulta del nacimiento
Son guatemaltecos de origen los nacidos en territorio nacional , y los hijos de
padre o madre guatemaltecos nacidos en el extranjero . Se exceptúan los hijos de
funcionarios diplomáticos.
 Adquirida Cuando proviene de la nacionalidad por otra
Nacionalidad de centro americanos
Son guatemaltecos a los nacionales por nacimiento de las repúblicas que
constituyeron la federación centroamericana
Sistemas que rigen la nacionalidad
IUS SANGUINIS
es el derecho sobre los lazos consanguíneos
IUS SOLI
La nacionalidad se determina por el lugar de su nacimiento
Apatrida es aquella persona que carece de nacionalidad
Pueblos Homogéneos : Son aquellos que pertenecen a la misma raza, idioma, cultura y
religión permitiendo organizarse políticamente de manera independiente y de
constituir un estado
CIUDADANIA 147 CPRG
Institución que habilita para el ejercido de todos los derechos políticos y comporta
deberes y responsabilidades hacia el estado
Son derechos y deberes de los guatemaltecos además de los consignados en otras
normas de la Constitución y Leyes de la República los siguientes
- cumplir y velas por el cumplimiento de la constitución
- obedecer las leyes
- guardar respeto a las autoridades
3- SOBERANIA/ PODER
PODER El estado , le permite dictar normas obligatorias que regulan la convivencia
social de los habitantes que se encuentra en su jurisdicción
El poder es el que nos manda por lo que se han creado normas jurídicas por parte
del estado para la ordenamiento de la colectividad para cumplir con las atribuciones
Características del poder
-No es absoluto.
-esta determinado en el ordenamiento jurídico.
-es un poder soberano está por encima de otro poder .
-es un poder de dominación ya que permite hacer uso de la coacción para que
cumplan las disposiciones legales.
El poder público es considerado como competencia, imperativo jurídico y un medio
-competencia:
porque se distribuyen en tres funciones legislativa, ejecutiva y judicial
-imperativo jurídico:
El poder público implica la facultad de crear el derecho, definirlo en normar
jurídicas y aplicarlo unilateralmente sin previa consulta empleando la coacción si es
necesario
-medio
Instrumento adecuado para realizar los fines fundamentales del estado en especial el
bien común
SOBERANIA
Es el poder supremo del estado , poder que no esta sometido a ningún otro
poder y que tienen bajo su dominio a todos los otros poderes que puedan existir en
esa organización política
** La soberanía radica en el pueblo quien la delega en sus gobernantes, quienes
determinan y constituyen el poder **.
Características de soberanía.
- es única
-es indivisible (no puede dividirse)
- Inalienable (No puede cederse, )
- Imprescriptible (No deja de tener vigencia a lo largo del tiempo.
-es absoluto
Sujetos de la soberanía
1- ESTADO como persona jurídica solo puede existir en el derecho, la soberanía se
encuentra sometida al derecho ya que la soberanía significa la existencia de un
poder supremo, que tiene por objetivo el bien común. de la población.
GOBIERNO Y ADMINISTRACIÓN
El organismo ejecutivo realiza una doble función
-Los actos de gobierno tienden a la dirección de la administración.
- La administración organiza los servicios públicos destinados al obtener el bien
público
4-ORDENAMIENTO JURÍDICO
Conjunto de normas jurídicas vigentes y positivas que se relacionan entre sí, que
están jerarquizadas y que rigen en cada momento la vida del ser humano y las
instituciones dentro de una nación determinada.
5-BIEN COMUN
Es el bienestar de sus habitantes su progreso y aseguramiento de la paz dentro del
ordenamiento jurídico Art. 1 CPRG.
FORMAS DE ESTADO
1- ESTADO SIMPLE O UNITARIO
Es aquel en que la soberanía se ejercita de manera directa sobre un solo pueblo
que está habitando un mismo territorio, además posee un solo centro de impulsión
política y administrativa dando lugar a
Centralización Política
La actividad pública corresponde a órganos cuya competencia se extiende a todo
el territorio nacional.
Centralización administrativa
Cuando el órgano superior mantiene la dirección y control de órganos que integran
la administración .
Descentralización
Cuando las funciones del estado son cumplidas por órganos de competencias
limitada.
Todos los individuos obedecen a una sola autoridad y viven bajo un solo régimen
constitucional
SISTEMA DE GOBIERNO
Son utilizados para designar al conjunto de poderes públicos o sea los órganos a
los que se le atribuye el ejercicio supremo de la soberanía
REPUBLICANO (quiere decir que se opone a la monarquía y a lo autocrático)
Está es electiva y temporal existen o pueden existir una jefatura encargada a una
persona o varias siendo el resultado de una elección el ejercicio del poder está
directo e indirectamente en el pueblo quien lo delega a sus gobernantes
Teoría de la representación.
Adecuándose en el sistema democrático en el cual se produce a raíz de elecciones
libres y periódicas , con la pluralidad de partidos políticos , y diversas corrientes de
opinión con libertad de expresión
IDIOMA OFICIAL
El idioma oficial de Guatemala es el español las lenguas vernáculas formas parte del
patrimonio de la Nación
Solo el estado reconoce respeta y promueve los idioma indígenas ( kiche, man,
poqomchi, etc. )
RELACIONES INTERNACIONALES 149-151 CPRG
Guatemala normará sus relaciones con otros estados, con el propósito de contribuir
al mantenimiento de la paz y la libertad, al respeto y defensa de los derechos
humanos, al fortalecimiento de los procesos democráticos e instituciones
internacionales que garanticen el beneficio muto y equitativo entre los estados
IMPERIO DE LA LEY
Debe entenderse la formalmente creada por el órgano popular representativo
ASAMBLEA NACIONAL CONSTITUYENTE como expresión de voluntad general en
donde la ley ordinario se subordina a la ley fundamental la CONSTITUCIÓN .
RESPONSABILIDAD POR INFRACCION DE LEY
Los funcionarios y empleados públicos
actúan unilateralmente imponiendo sus decisiones dentro del marco de la
constitución Política de la República de Guatemala y las leyes pero actual
limitadamente
Los particulares
Tienen el deber de obediencia, pero el derecho de afirmar la juridicidad y reclamar
la actuación unilateral indicada para el bien común
La responsabilidad de los funcionarios y empelados públicos podrá deducirse
mientras no hubiere consumado la prescripción cuyo término será de veinte años
Ni los guatemaltecos ni los extranjeros podrán reclamar al estado la indemnización
de daños y perjuicios causados por movimientos armados o disturbios civiles
NO OBLIGATORIEDAD DE ORDENES ILEGALES
Ningún Funcionario o empleado público civil o militar está obligado a cumplir
ordenes manifiestamente ilegales o que impliquen la comisión de un delito.
ORGANOS DEL ESTADO
En la Constitución y en leyes conexas de carácter ordinario que se desarrollan en lo
relativo al Organismo legislativo, Ejecutivo y Judicial.
Cuyo objeto del estado es esencialmente un fin de derecho.
ORGANISMO LEGISLATIVO
Es el órgano del estado que tiene a su cargo esencialmente la función de legislar,
tiene una naturaleza eminentemente política, la función creada del derecho que le
corresponde
FUNCION LEGISLATIVA Y JUSTIFICACIÓN DE FUNCION LEGISLATIVA
Es la que permite al Estado formular el derecho objetivo o regla de derecho, con
reglas preceptivas o decisiones de autoridad que obedecemos todo porque nos
obligan, nos prohíben o nos permiten hacer algo con tales argumentos
FUNCION LEGISLATIVA
El estado instituye el ordenamiento jurídico que regula su organización y su
acción, así como la vida social.
La función legislativa es la actividad estatal que tiene por objeto la creación de
normas jurídicas generales en otra palabra la de hacer leyes.
COMPOSICIÓN DEL ORGANISMO LEGISLATIVO
UNICAMERALISMO
Sostiene que el poder legislativo se ejerce por una sola cámara llamada de
diputados o representantes.
CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA
POTESTAD.
Esta compuesto por diputados electos directamente por el pueblo en un sufragio
universal y secreto por el sistema de distritos electorales y de lista nacional, para
un periodo de cuatro años pudiendo ser reelectos
INTEGRACIÓN
Cada uno de los departamentos de la república, constituye un distrito electoral el
municipio de Guatemala forma el distrito central , y los otros municipios del
departamento constituyen el distrito de Guatemala.
Por cada distrito electoral deberá elegirse como mínimo un diputado. La ley establece
el número de diputados que correspondan a cada distrito en proporción a la
población un número equivalente al veinticinco por ciento de diputados distritales
será electo directamente como diputados por lista nacional.
La falta definitiva de un diputado se declarará vacante el cargo. Llamando al
postulante que aparezca en la respectiva nómina distrital o lista nacional a
continuación del último cargo adjudicado.
SESIONES
El periodo anual de sesiones se inicia el catorce de enero de cada año sin necesidad
de convocatoria. El congreso se reunirá en sesiones ordinarias del catorce de enero
al quince de mayo y del uno de agosto al treinta de noviembre de cada año.
Se reunirán en sesiones extraordinarias cuando sea convocado por La Comisión
Permanente o por el Organismo Ejecutivo .para conocer los asuntos que motivaron
la convocatoria.
Podrá conocer de otras materias con el voto favorable de la mayoría absoluta del
total de diputados que lo integran .
El veinticinco por ciento de diputados o más tiene derecho a pedir a la Comisión
Permanente la convocatoria del Congreso. por razones suficientes de necesidad
o conveniencia pública.
Si la solicitare por lo menos la mitad más uno del total de diputados, la comisión
permanente deberá proceder inmediatamente su convocatoria
ORGANIZACIÓN DEL ORGANISMO LEGISLATIVO
Se encuentra por cuatro organismos internos.
1- Pleno del congreso., ( Diputados )
2- Junta Directiva ( Coordina actividades del congreso, convoca a sesiones se
elige anualmente
3- Comisiones de trabajo del congreso ( Analizan proyectos y se pasan al pleno
4- Comisión permanente del congreso ( Se encarga de labores del congreso el
período vacaciones se elige anualmente )
MAYORIA PARA LAS RESOLUCIONES
Las resoluciones del congreso, deben tomarse con el voto favorable de la mayoría
absoluta de los miembros que lo integran salvo los casos en que la ley exija un
número especial
AUTORIZACIÓN A DIPUTADOS PARA DESEMPEÑAR OTRO CARGO
Los diputados pueden desempeñar el cargo de ministros o funcionario de Estado
o de cualquier otra entidad descentralizada o autónoma. En estos casos deberá
concedérseles permiso por el tiempo que duren en sus funciones ejecutivas, en su
ausencia será sustituido por el diputado suplente.
PRERROGATIVAS DE LOS DIPUTADOS
Los diputados son representantes del pueblo y dignatarios de la Nación como
garantía para el ejercicio de sus funciones gozarán, desde el día que se les
declare electos, de las siguientes prerrogativas.
1- Inmunidad personal para no ser detenidos n juzgados , Sui la Corte Suprema de
Justicia no declara previamente que ha lugar a formación de causa después de
conocer el informe del juez pesquisidor que deberá nombrar para el efecto. Se
exceptúa el caso de flagrante delito en que el diputado sindicado deberá ser
puesto inmediatamente a disposición de la Junta Directiva o Comisión Permanente
del Congreso para los efectos del antejuicio correspondiente .
2- Irresponsabilidad por sus opiniones, por su iniciativa y por la manera de tratar
por negocios públicos en el desempeño de su cargo.
Todas las dependencias del estado tienen la obligación de guardar a los
diputados las consideraciones derivadas de su alta investidura. Sólo el congreso
será competente para juzgar y calificar si ha habido arbitrariedad o exceso y para
imponer las sanciones disciplinarias pertinentes
REQUISITOS PARA EL CARGO DE DIPUTADO
Para ser electo diputado, se requiere ser guatemalteco de origen y estar en el
ejercicio de sus derechos ciudadanos
JUNTA DIRECTIVA Y COMISION PERMANENTE
El congreso elegirá cada año su junta Directiva. Antes de clausurar el período de
sesiones ordinarias elegirá la Comisión Permanente presidida por el Presidente del
Congreso , la cual funcionará mientras el congreso no esté reunido, la integración y
las atribuciones de la Junta directiva y de la Comisión Permanente serán fijadas en
la Ley de Régimen anterior.
PROHIBICIONES PARA SER DIPUTADOS
a) -Los funcionarios y empleados de los Organismos Ejecutivo, Judicial y
Tribunal Y contraloría de Cuentas así como, los magistrados del tribunal
supremo electoral y el director del Registro de ciudadanos.
Quienes desempeñen funciones docentes y profesionales al servicio de
establecimientos de asistencia social, están exceptuados de la prohibición anterior
b) Los contratistas de obras o empresas públicas que se costeen con fondos
del estado o del municipio
c) Los parientes del Presidente de la República y los del Vicepresidente dentro
del cuatro grado de afinidad o segundo de afinidad
d) Los que habiendo sido condenados en juicio de cuentas por sentencia firme
no hubieren solventado sus responsabilidades
e) Quienes representen intereses de compañías o personas individuales que
exploten servicios públicos.
f) Los militares en servicio activo.
Al tiempo de su elección posteriormente, si el electo resultare incluido en cualquiera
de las prohibiciones contenidas en este artículo, se declarará vacante su puesto, pero
si fuera de los comprendidos en las literales a) y e) podrá optar entre el
ejercicio de sus funciones o el cargo de diputado
Es Nula la elección de diputado que recayere en funcionario que ejerza jurisdicción
en el distrito electoral que lo postula, o la hubiere ejercido tres meses antes de la
fecha en que se haya convocado la elección.
El cargo de diputado es compatible con el desempeño de misione s diplomáticas
temporales o especiales y con la representación de Guatemala en congresos
internacionales.
ATRIBUCIONES DEL CARGO DE DIPUTADO
a) Abrir y cerrar sus periodos de cesiones
b) Recibir el juramento del vice y presidente de la república , al presidente del
organismo judicial y darles posesión a sus cargos
c) Aceptar o no la renuncia del presidente o vicepresidente de la república el
congreso aprobará la renuncia respectiva.
d) Dar posesión de la presidencia de la república , al vicepresidente en caso
de ausencia absoluta o temporal del presidente
e) Desconocer al presidente de la república si habiendo vencido su período
constitucional continua en el ejercicio del cargo. En tal caso el ejercito pasara
a depender del congreso
Declarar con el voto de las dos terceras partes del número total de diputados
que integran el congreso la incapacidad física o mental del presidente de la
república para el ejercicio del cargo . la declaratoria debe fundarse por
dictamen previo de una comisión de cinco médicos por la junta directiva del
colegio a solicitud del congreso.
Declarar si ha lugar o no a formación de causa contra el presidente y
Vicepresidente de la República , presidente y Magistrado de La corte
Suprema de Justicia, del tribunal supremo electoral, y de la corte de
Constitucionalidad, Ministro s y Viceministros de Estado, cuando estén
encargados del despacho, secretarios de la presidencia de la república
subsecretarios que lo sustituyan, procurador de los derechos , Fiscal General y
Procurador General de la Nación
** Toda resolución sobre esta materia ha de tomarse con el voto favorable de las dos
terceras partes del número total de diputados **
INTERPELACIONES A MINISTROS
Acto por el cual los ministros de estado tiene la obligación de presentarse al
congreso a fin de contestar preguntas que se le plantean sobre el ejercicio de su
cargo
Las preguntas básicas deben comunicarse al ministro o ministros interpelados
con cuarenta y ocho horas de anticipación , ni el congreso en pleno , ni autoridad
alguna, podrá limitar a los diputados al congreso el derecho de interpelar.
Cualquier diputado puede hacer las preguntas adicionales que estime pertinentes
relacionadas con el asunto o asuntos que motiven la interpelación y de está podrá
derivarse el planteamiento de un voto de falta d e confianza que deberá ser
solicitado por cuatro diputados.
EFECTOS DE LA INTERPELACIÓN
Cuando se plantea la interpelación de un ministro este no podrá ausentarse del país,
ni excusarse de responder en forma alguna.
Si se emitiere voto de falta de confianza a un ministro aprobado por no menos
de la mayoría absoluta del total d e diputados al congreso, el ministro presentara
inmediatamente su renuncia.
El presidente de la república podrá aceptarla pero si considera en consejo de
Ministro, que el acto o actos censurables al ministro se ajustan a la conveniencia
nacional y política de gobierno
El interpelado podrá recurrir dentro d e los ocho días a partir de la fecha del voto
de falta de confianza.
Si no lo hiciere se le tendrá por separado del cargo e inhábil para ejercer al cargo por
un período no menor de seis meses.
ASISTENCIA DE MINISTROS AL CONGRESO
Cuando para el efecto sean invitados los ministros de Estado están obligados de
asistir a las sesiones, no obstante podrán asistir y participar y podrán hacerse
representar por los viceministros .
**Todos los funcionarios y empleados públicos están obligados a acudir e informar al
congreso cuando esté o sus comisiones lo consideren necesario.**
CONVOCATORIA A ELECCIONES POR EL CONGRESO
Es obligación del congreso o en su defecto a la comisión permanente convocar sin
demora a elecciones generales cuando en la fecha indicada por la ley el tribunal
supremo electoral no lo hubiere hecho
ATRIBUCIONES ESPECÍFICAS DEL CONGRESO
171 CPRG
1- Calificar credenciales que extenderá el TSE a los diputados electos.
2- Nombrar y remover a su personal administrativo.
3- Aceptar las renuncias que presenten sus miembros
4-Llamar a diputados suplentes en caso de renuncia, o muerte de alguno de los
diputados.
5- Elaborar y aprobar su presupuesto
MAYORIA CALIFICADA
Aprobar antes de su ratificación con el voto de las dos terceras partes que integran
el congreso, tratados, convenios o cualquier arreglo internacional cuando.
- Se refiera al paso de ejércitos extranjeros por el territorio nacional o al
establecimiento temporal de bases militares extranjeras.
PROCEDIMIENTO CONSULTIVO
Las decisiones políticas de especial trascendencia deberá ser sometidas a
procedimiento consultivo de todos lo ciudadanos, La consulta será r evocada por el
TSE a iniciativa del Presidente o del Congreso de la república
** La ley constitucional s electoral regulará lo relativo a esta institución **
FORMACIÓN Y SANCION DE LEY
QUIENES TIENEN INICIATIVA DE LEY:
Los diputados al Congreso
El Organismo Ejecutivo
La Corte Suprema de Justicia.
La USAC
El TSE
Las leyes calificada comoconstitucionales requieren para su reforma, el voto de las
dos terceras partes del total de diputados que integran el congreso previo
dictamen favorable de la corte de constitucionalidad.
TRAMITE DE CREACIÓN Y FORMACIÓN DE LEY
1) presentado para su trámite un proyecto de ley ,
( se observará un procedimiento que prescribe la ley orgánica y régimen interior
del Organismo Legislativo.)
2) Se pondrá en discusión en tres sesiones celebradas en distintos días y no
podrá votarse hasta la tercera sesión ( se exceptúan los casos en los que el
congreso declare de urgencia nacional )
3) Aprobado un proyecto de ley, la junta directiva del congreso, en un plazo no
mayor de diez días, lo enviará al Ejecutivo, para su sanción, promulgación y
publicación.
4) Dentro de los quince días de recibidos el decreto y previo acuerdo tomado
en consejo de ministros , el presidente de la república podrá devolverlo al
congreso para las observaciones que estime pertinentes en ejercicio de su
derecho de veto ( impedir )
5) Si el ejecutivo no devolviere el decreto dentro de los quince ( 15 ) días
siguientes a la fecha de su recepción , se tendrá por sancionado y congreso
lo deberá promulgar como ley dentro de los ocho (8) días siguientes
6) En caso de que el congreso clausurare sus sesiones antes de que expire el
plazo en que puede ejercitarse el veto el ejecutivo podrá devolver dentro de
los primeros ( 8 ) días del siguiente período de sesiones ordinarias
7) Devuelto el decreto al congreso , La junta directiva lo deberá poner en
conocimiento del pleno en la siguiente sesión y el congreso en un plazo no
mayor de ( 30 ) días .
8) Si no fueren aceptadas las razones del veto ( impedimento ) y el congreso
rechazare el veto por las dos terceras partes del total de sus miembros
9) El Organismo Ejecutivo deberá obligadamente sancionar y promulgar el
decreto dentro de los ocho ( 8 ) días siguientes de haberlo recibido Si el
organismo ejecutivo no lo hiciere , la junta directiva del congreso ordenará su
publicación en un plazo que no exceda de tres días para que surta como ley
de la república
10) La ley empieza a regir en todo el territorio nacional ocho día después de su
publicación en el Diario Oficial,
No necesitan de sanción del Ejecutivo las disposiciones del congreso relativas a su
régimen interior y las contenidas en los artículos 165 y 170 ( atribuciones,
interpelaciones, asistencia de los ministros a interpelaciones ) de la CPRG **
ORGANISMO EJECUTIVO
Es el en cargado de administrar al estado y lo coordina , su estructura es en base
al principio de jerarquía y parte de la descentralización del poder
El presidente de la república es el jefe del estado de Guatemala y ejerce las
funciones del organismo ejecutivo por mandato del pueblo
El presidente de la república actuara siempre con los ministros en consejo o
separadamente, es el comandante del ejército
El presidente, ministros, ( se encargan de gestión y organización que pretende la
administración pública) y viceministros y demás funcionarios dependientes integran el
organismo ejecutivo
ELECCIÓN DEL PRESIDENTE Y VICEPRESIDENTE DE LA REPUBLICA
Será electos por un período de cuatro años, por medio de voto secreto , si ninguno
de obtiene la mayoría absoluta se procederá segunda elección dentro de un plazo no
mayor de sesenta y menor de cuarenta y cinco días
REQUISITOS PARA SER PRESIDENTE
Ser guatemalteco de origen, ser mayor de cuarenta años,
PROHIBICIONES
1- El caudillo ni jede de golpes de estado.
2- Los parientes dentro de cuarto grado de consanguinidad y segundo grado de
afinidad cuando este ultimo se encuentre ejerciendo la presidencia.
3-Los miembros del ejercito salvo que estén de baja o situación de retiro.
4-Los magistrados del TSE
5- Los ministros de Cualquier Religión o Culto
PROHIBICIÓN DE REELECCIÓN
La reelección o la promulgación de periodo presidencial son punibles de
conformidad con la ley
CONVOCATORIA A ELECCIONES Y TOMA DE POSESIÓN
Se regirán por lo establecido en la Ley electoral y de Partidos Políticos
FALTA TEMPORAL O ABSOLUTA DEL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
Si la falta fuere temporal lo suplirá el vicepresidente de la república y en caso de
falta permanente de ambos lo completará la persona que designe el Congreso de
La república con el voto favorable de las dos terceras partes del total de diputados,
MINISTROS DE ESTADO
REQUISITOS PARA SER MINISTRO
- Ser guatemalteco de Origen
-Hallarse en el goce de sus derechos ciudadanos
- Ser mayor de treinta años.
VICEMINISTROS DE ESTADO
En cada ministerio habrá un viceministro que reúna todas las calidades para ser
ministro
PROHIBIBICIONES PARA SER MINISTRO DE ESTADO
-Los parientes del presidente y vicepresidente dentro del cuatro grado de
consanguinidad y segundo de afinidad
Los hubiere sido condenados en juicio de cuentas y no hubiere solventado sus
responsabilidades.
- Los contratistas de obras o empresas que se costeen con los fondos del Estado
de sus entidades descentralizadas, autónomas o semiautonomas del municipio.
-Los ministros de cualquier religión o culto
- Quienes defiendan o representen intereses de personas individuales o jurídicas
que exploten servicios públicos.
FUNCIONES
- Ejercer jurisdicción sobre todas las dependencias de su ministerio.
-Presentar anualmente al presidente de la república el proyecto de su ministerio
Concurrir al Congreso de la República y participar en los debates sobre negocios
relacionados en su ramo.
- Afirmar los decretos, acuerdos y reglamentos dictados por el presidente de la
república relacionada con su despacho para que tengan validez
- Dirigir tramitar resolver e inspeccionar todos los negocios relacionados con su
ministerio
CONSEJO DE MINISTROS Y SURESPONSABILIDAD
El presidente , vicepresidente de la república y los ministros de Estados reunidos en
sesión, constituyen el Consejo de Ministros el cual conoce asuntos sometidos a
sus consideración,
** De las decisiones del Consejo de Ministros serán solidariamente responsables
los ministros que hubieren concurrido salvo aquellos que hayan hecho contar su
voto adverso Art. 195 CPRG ** y ley de responsabilidades
MEMORIA DE ACTIVIDADES DE LOS MINISTERIOS
Los ministros están obligados a presentar anualmente al Congreso en los
primeros diez días de febrero la memoria de actividades de sus respectivos ramos,
que deberá contener la ejecución presupuestaria de su ministerio
SECRETARIOS DE LA PRESIDENCIA
El presidente de la república tendrá los secretarios que sean necesarios, Los
secretarios general y privado de la presidencia de la república deben de reunir los
mismos requisitos que exigen para ser ministros y gozarán de iguales
prerrogativas e inmunidades
ACTORES DEL SISTEMA POLÍTICO
1- El gobierno:
La constitución concibe al gobierno como el promotor del bien común y el
responsable de la consolidación del régimen de igualdad y libertad.
ELEMENTOS FUNDAMENTALES PARA CONSOLIDAR UN GOBIERNO
1- RECLUTAMIENTO POLITICO
proceso por el cual el estado se nutre d e recursos humanos que le servirán de base
técnica administrativa al margen del gobierno en el poder
2- SOCIALIZACIÓN POLÍTICA
Proceso por el cual se inculca la cultura política en la sociedad
3- COMUNICACIÓN POLÍTICA
Es aquella que debe realizar un gobierno para e establecer canales de
comunicación adecuados ala sociedad civil siendo esta la campaña electoral
2- Partidos Políticos
Grupo de hombres unidos para promover, mediante un esfuerzo en conjunto el
interés nacional sobre un principio particular en que todos están de acuerdo su fin
ultimo político es de llegar al poder para poner en practica los programas que
según su criterio llevan la sociedad al desarrollo
3- Grupos de presión
Son grupos organizados desempeñando acciones a influir en las instituciones del
poder público produciendo decisiones favorables a sus fines.
** las organizaciones de mayor eficacia en el rol de grupos de presión es la
Iglesia, ella siempre ha estado a la defensa de los sectores de la población más
desposeídos
ORGANISMO JUDICIAL
Se encarga de la administración de justicia , la Corte suprema ejerce la función
jurisdiccional , siendo el principal tribunal del estado, todos los tribunales están
subordinados a ellas menos la corte de CONSTITUCIONALIDAD
DERECHO PUBLICO Y PRIVADO
DERECHO PUBLICO ( prevalece el interés social )
Regula la organización y la actividad del estado con los particulares
RAMAS DE DERECHO PUBLICO
derecho constitucional
Normas que regulan la organización fundamental del estado.
derecho administrativo
Estudia normas jurídicas que rigen las actividades de la administración es decir
la actividad que desarrolla el estado para alcanzar sus fines.
derecho fiscal
Normas que regulan la gestión económica del estado y el sistema impositivo
derecho penal
Normas que regulan la tipificación de delitos y aplicación de penas y medidas de
seguridad
derecho procesal
Son las reglas de organización y procedimiento de órganos judiciales de los cuales
el estado ejerce la función jurisdiccional
DERECHO PRIVADO (prevalece interés particular)
Regula las relaciones entre particulares es decir aquellas en que ninguna de las
partes actúa revestida de poder estatal ( No hay entre ellos subordinación )
Derecho civil
Regula las relaciones ente particulares considerados como personas
Derecho mercantil
Estudio del conjunto de disposiciones que afectan la actividad comercial
GARANTIAS CONSTITUCIONALES
Medios procésales que garantizan que se cumplirán y se respetarán los derechos
que la constitución consagra.
1- exhibición personal
2-Amparo
3-Inconstitucionalidad
LA DEFENSA DE LA CONSTITUCIÓN
La constitución prevé una serie de instrumentos jurídicos llamados a preservarla en
su conjunto estos instrumentos no son estáticos ni tienen limites de derecho
sustantivo.
Dentro de la jurisdicción se regula lo relativo a la Competencia constitucional de la
cual hay antecedentes en los ordenamientos jurídicos guatemalteco, se norman por
primera vez en Guatemala el establecimiento de una corte de constitucionalidad con
carácter permanente
CARACTERÍSTICAS DE LOS SISTEMAS D E PROTECCIÓN DE LA CONSTITUCION
La auto aplicación de la constitución
La aplicación de justicia por el juzgador no puede estar sujeta a la voluntad de las
partes el orden público constitucional debe ser protegido por la jurisdicción y dentro
de su función respetar los principios de verticalidad y preferencia de normas
Una norma inconstitucional es aplicar mal el derecho y la mala aplicación derivada de
preferir la norma que por su rango prevalente ha de regir el caso
Controladores de la constitucionalidad
La corte de constitucionalidad
CORTE DE CONSTITUCIONALIDAD
Es un tribunal permanente de jurisdicción privativa cuya función esencial es la
defensa del orden constitucional actúa como tribunal colegiado con independencia
de los demás organismo del estado y ejerce funciones especificas que le asigna la
CPRG
INTEGRACIÓN
Se integra por cinco magistrado titulares cada uno de los cuales tendrá su respectivo
suplente cuando conozca de asuntos de inconstitucionalidad en contra de la corte
suprema de justicia, congreso dela república,
PRESUPUESTO
La independencia económica se garantiza por un porcentaje de los ingresos que
correspondan al OJ
FUNCION
La función esencial es la defensa del orden constitucional
RESOLUCIONES
Apelación Art. 60 ley de amparo
SISTEMA POLÍTICO
El control político de constitucionalidad de las leyes, es el examen que se hace de
las leyes, para establecer si son o no conformes ala constitución un control por lo
regular, antes que ser sucesivo a la emanación y promulgación de ley es preventivo,
o sea interviene antes que la ley entre en vigor
Se ejercita por órganos no judiciales sino por órganos políticos ( el congreso, el
presidente, se les llama políticos no solo por su naturaleza , por la elección y status
de los miembros que lo conforman sino también este contenido se encuentra en el
artículo 183 CPRG que se refiere al derecho de veto que tiene el presidente con
respecto a las leyes emitidas por el congreso y también se señala que es deber del
presidente cumplir y hacer cumplir las leyes y la constitución (** es decir que el
presidente puede impedir una ley alegando inconstitucionalidad , aunque el artículo
272 indica que le corresponde a la corte de Constitucionalidad emitir una opinión
sobre la inconstitucionalidad de la ley vetada por este argumento )
SISTEMA JUDICIAL
La rigidez y concuente primacía constitucional y el hecho de que las leyes ordinarias
no pueden contravenir los principios de la ley superior y para el caso el control judicial
expresó que es obligación del juez no aplicar normas inconstitucionales porque la
constitución así lo manda así es el juez el sujeto conocedor del derecho especializado
en por ende su responsabilidad
SISTEMA MIXTO
En Guatemala nuestra constitución recogió ambos sistema con el objeto d e proveer
varias opciones de la defensa de la misma, encontramos en los artículos 266 y 267
de la CPRG la regulación de amabas modalidades de control jurisdiccional de la
constitucionalidad de las leyes apareciendo en el artículo 268 del mismo cuerpo legal la
creación del tribunal Constitucional denominado Corte de Constitucionalidad, Además
la misma constitución mando crear una ley reguladora,( ley de amparo , exhibición
personal y de inconstitucionalidad )
JURISDICCIÓN CONSTITUCIONAL
Es la función especifica de los jueces que consiste en la potestad de deshacer , o
acabar controversias sobre conflictos en función a la constitución
DERECHO PROCESAL CONSTITUCIONAL
Es el conjunto de principios y normas que regulan el procedimiento de la justicia
constitucional y la administración de los preceptos constitucionales
El derecho constitucional guatemalteco tiene su origen lógicamente en la CPRG y
está desarrollada por el decreto 1-86 de la Asamblea Nacional Constituyente , ( Ley
de amparo, Exhibición personal, y constitucionalidad , por las disposiciones
complementarias que están en uso de su capacidad reglamentaria , que no solo es
administrativa
La doctrina legal o jurisprudencia que emana de los fallos de éste y
supletoriamente las leyes comunes interpretadas en congruencia con el espíritu. De la
constitución ( Art. Ley de Amparo, Exhibición personal y Constitucionalidad)
EXHIBICIÓN PERSONAL (ARTICULOS 263 Y 264 DE LA CPRG)
Es una garantía concebida para proteger la libertad y la integridad de la persona por
medio de un procedimiento sencillo, informal, y rápido. la exhibición personal se da
en el lugar donde se encuentra detenida la persona el juez tiene la obligación de
cosntituisrse al lugar
AMPARO
Es el instrumento especializado en obtener la satisfacción de pretensiones de
mantenimiento o restitución en el goce de los derechos humanos
La corte de constitucionalidad ha calificado el amparo como proceso de carácter
extraordinario
Radica en que ataca actos que no están expresados o formalizados ni en normas
ni en sentencias ya que para la impugnación de éstas existen instrumentos
específicos
En el amparo lo que está en el centro de la impugnación en un hecho en sí, es decir
que el bien de la vida litigiosa se constituye en el objeto de la pretensión de amparo
es el hecho, acto u omisión que da a lugar a la violación de un derecho humano.
Es considerado un remedio para proteger derechos garantizados por disposiciones
constitucionales o declaraciones de derechos.
CLASES DE AMPARO
1- Amparo propiamente dicho por violación de la constitución o leyes
constitucionales
2- O de los derechos libertades o garantías consignados en leyes secundarias
3-Por inconstitucionalidad de leyes o disposiciones de carácter general o
inconstitucionalidad de leyes en casos concretos
ORGANOS JURISDICCIONALES
1- Corte de constitucionalidad
2- Corte suprema de justicia
3-Sala de apelaciones
4- jueces de primera instancia
CARACTERÍSTICAS
1- Conjunto de actos coordinados en orden a obtener la satisfacción de
pretensiones las cuales se deducen ante un órgano supraordenado a las partes
2- Es un proceso constitucional ya que son normas de naturaleza constitucional las
que sirven de fundamento a las pretensiones que en él se deducen
3- Es un proceso que tiende a obtener la satisfacción de una pretensión de
restitución de goce de derechos humanos
4- es un proceso de impulso oficial (el órganojurisdiccional esta obligado a realizar
los actos necesarios para que avance el y logre su finalidad el mismo)
5- Es un proceso de tramitación sencilla y breve
6-Es un proceso extraordinario y subsidiario
De conformidad con el artículo 19 de la ley de Amparo previamente deben
agotarse los recursos ordinarios por cuyo medio se ventilan adecuadamente los
procesos de conformidad con el principio del debido proceso y que el amparo por
su propia naturaleza subsidiaria y extraordinaria no puede constituirse en una vía
procesal paralela a la jurisdicción ordinaria.
COMPETENCIA DEL AMPARO
En el proceso de amparo la competencia atiende a dos criterios por la jerarquía de la
autoridad requerida y otro territorial es la ley de amparo la que regula la
competencia en este ámbito
ALCANCE DE LA ACCIÓN DE AMPARO
1- Protege los derechos individuales sin necesidad de ser reglamentados por la ley
2- protege los derechos sociales en la medida en que sean operativos.
3-Protege los derechos públicos subjetivos (derechos frente al estado derechos
cívicos y políticos)
PRINCIPIOS FUNDAMENTALES
1- Iniciación rogada y las diligencias posteriores son de oficio
2- prioridad y celeridad, la tramitación y la resolución sobre cualquier asunto
DE CONFORMIDAD CON LAS REGLAS D E COMPETENCIA CONTENIDAS EN EL
CAPITULO DOS DE LA LEY DE AMPARO
1- La corte de constitucionalidad en calidad de tribunal extraordinario conoce en
única instancia los procesos de amparo contra
Congreso de la República , Corte Suprema de justicia, Presidente y vicepresidente de
la república.
2- La Corte Suprema de Justicia conoce de los amparos en contra de
Tribunal supremo electora , ministros y viceministros de estado, salas de cortes de
apelaciones, cortes marciales, tribunales de segunda instancia y los contenciosos
administrativos, al fiscal general de la república , procurador de los derechos
humanos, junta monetaria, embajadores acreditados en el extranjero y consejos
nacional de desarrollo urbano y rural
3- A las salas de cortes de apelación del orden común
conoce de amparos en contra de
Resumen   de  derecho   constitucional Guatemalteco
Resumen   de  derecho   constitucional Guatemalteco
Resumen   de  derecho   constitucional Guatemalteco
Resumen   de  derecho   constitucional Guatemalteco
Resumen   de  derecho   constitucional Guatemalteco
Resumen   de  derecho   constitucional Guatemalteco
Resumen   de  derecho   constitucional Guatemalteco
Resumen   de  derecho   constitucional Guatemalteco
Resumen   de  derecho   constitucional Guatemalteco

Más contenido relacionado

La actualidad más candente

Teoría de la acción
Teoría de la acciónTeoría de la acción
Teoría de la accióncanemania
 
Promesa unilateral-mejor 2
Promesa unilateral-mejor 2Promesa unilateral-mejor 2
Promesa unilateral-mejor 2cqam
 
Guia de Análisis jurisprudencial
Guia de Análisis jurisprudencialGuia de Análisis jurisprudencial
Guia de Análisis jurisprudencialKevin Andres
 
Origen y Evolucion Derecho Registral y Notarial
Origen y Evolucion Derecho Registral y NotarialOrigen y Evolucion Derecho Registral y Notarial
Origen y Evolucion Derecho Registral y NotarialMilangela Figueroa Suarez
 
Vigencias de las leyes en el tiempo, espacio y conflicto de leyes
Vigencias de las leyes en el tiempo, espacio y conflicto de leyesVigencias de las leyes en el tiempo, espacio y conflicto de leyes
Vigencias de las leyes en el tiempo, espacio y conflicto de leyesPaul Montero Matamoros
 
Fuentes del Derecho y Fuentes Históricas del Derecho
Fuentes del Derecho y Fuentes Históricas del DerechoFuentes del Derecho y Fuentes Históricas del Derecho
Fuentes del Derecho y Fuentes Históricas del DerechoMitzi Linares Vizcarra
 
Teoria general del proceso
Teoria general del procesoTeoria general del proceso
Teoria general del procesoGerard Rv
 
Derecho procesal civil
Derecho procesal civilDerecho procesal civil
Derecho procesal civilAilin Urquizo
 
Jurisdiccion y competencia
Jurisdiccion y competenciaJurisdiccion y competencia
Jurisdiccion y competenciaisais alfaro
 
El principio de_proporcionalidad_pedro_grandez_
El principio de_proporcionalidad_pedro_grandez_El principio de_proporcionalidad_pedro_grandez_
El principio de_proporcionalidad_pedro_grandez_CARLOS ANGELES
 
03.07. el procedimiento adm. trilateral. dr. richard martin
03.07. el procedimiento adm. trilateral. dr. richard martin03.07. el procedimiento adm. trilateral. dr. richard martin
03.07. el procedimiento adm. trilateral. dr. richard martincalacademica
 
Las instituciones juridicas
Las instituciones juridicasLas instituciones juridicas
Las instituciones juridicasZarina Aguirre
 
Derecho de acción
Derecho de acciónDerecho de acción
Derecho de acciónSAM CORR
 
Administrativo 01 y_02
Administrativo 01 y_02Administrativo 01 y_02
Administrativo 01 y_02Yuhry Gándara
 

La actualidad más candente (20)

Teoría de la acción
Teoría de la acciónTeoría de la acción
Teoría de la acción
 
Promesa unilateral-mejor 2
Promesa unilateral-mejor 2Promesa unilateral-mejor 2
Promesa unilateral-mejor 2
 
Guia de Análisis jurisprudencial
Guia de Análisis jurisprudencialGuia de Análisis jurisprudencial
Guia de Análisis jurisprudencial
 
La personalidad jurídica
La personalidad jurídica  La personalidad jurídica
La personalidad jurídica
 
Origen y Evolucion Derecho Registral y Notarial
Origen y Evolucion Derecho Registral y NotarialOrigen y Evolucion Derecho Registral y Notarial
Origen y Evolucion Derecho Registral y Notarial
 
Vigencias de las leyes en el tiempo, espacio y conflicto de leyes
Vigencias de las leyes en el tiempo, espacio y conflicto de leyesVigencias de las leyes en el tiempo, espacio y conflicto de leyes
Vigencias de las leyes en el tiempo, espacio y conflicto de leyes
 
El acto administrativo
El acto administrativoEl acto administrativo
El acto administrativo
 
Fuentes del Derecho y Fuentes Históricas del Derecho
Fuentes del Derecho y Fuentes Históricas del DerechoFuentes del Derecho y Fuentes Históricas del Derecho
Fuentes del Derecho y Fuentes Históricas del Derecho
 
Teoria general del proceso
Teoria general del procesoTeoria general del proceso
Teoria general del proceso
 
Derecho procesal civil
Derecho procesal civilDerecho procesal civil
Derecho procesal civil
 
El derecho de accion septima semana
El derecho de accion septima semanaEl derecho de accion septima semana
El derecho de accion septima semana
 
Jurisdiccion y competencia
Jurisdiccion y competenciaJurisdiccion y competencia
Jurisdiccion y competencia
 
El contrato y sus clasificaciones
El contrato y sus clasificacionesEl contrato y sus clasificaciones
El contrato y sus clasificaciones
 
Aplicación de la Norma Jurídica
Aplicación de la Norma JurídicaAplicación de la Norma Jurídica
Aplicación de la Norma Jurídica
 
El principio de_proporcionalidad_pedro_grandez_
El principio de_proporcionalidad_pedro_grandez_El principio de_proporcionalidad_pedro_grandez_
El principio de_proporcionalidad_pedro_grandez_
 
03.07. el procedimiento adm. trilateral. dr. richard martin
03.07. el procedimiento adm. trilateral. dr. richard martin03.07. el procedimiento adm. trilateral. dr. richard martin
03.07. el procedimiento adm. trilateral. dr. richard martin
 
Las instituciones juridicas
Las instituciones juridicasLas instituciones juridicas
Las instituciones juridicas
 
Derecho de acción
Derecho de acciónDerecho de acción
Derecho de acción
 
Logica juridica 1
Logica juridica 1Logica juridica 1
Logica juridica 1
 
Administrativo 01 y_02
Administrativo 01 y_02Administrativo 01 y_02
Administrativo 01 y_02
 

Similar a Resumen de derecho constitucional Guatemalteco

Constitucion del 45 al 66
Constitucion del 45 al 66Constitucion del 45 al 66
Constitucion del 45 al 66Ricardo Mejia
 
Resumen constitucional para examen fase publica
Resumen constitucional para examen fase publicaResumen constitucional para examen fase publica
Resumen constitucional para examen fase publicaElizabeth Florian
 
Derecho constitucional y_administrativo_-_guatemala
Derecho constitucional y_administrativo_-_guatemalaDerecho constitucional y_administrativo_-_guatemala
Derecho constitucional y_administrativo_-_guatemalaEstudiantes por Derecho Inc.
 
Colombia
ColombiaColombia
Colombialuis
 
Exposicion de derecho_constitucional
Exposicion de derecho_constitucionalExposicion de derecho_constitucional
Exposicion de derecho_constitucionalMiriam Loaiza
 
36534060-CONSTITUCIONALISMO-GUATEMALTECO.doc
36534060-CONSTITUCIONALISMO-GUATEMALTECO.doc36534060-CONSTITUCIONALISMO-GUATEMALTECO.doc
36534060-CONSTITUCIONALISMO-GUATEMALTECO.docAnthonyRuiz93
 
Estudio de derecho comparado colombia venezuela
Estudio de derecho comparado colombia venezuelaEstudio de derecho comparado colombia venezuela
Estudio de derecho comparado colombia venezuelacarmenaliciarojas
 
Estudio sobre derecho comparado Panama - Venezuela
Estudio sobre derecho comparado Panama - VenezuelaEstudio sobre derecho comparado Panama - Venezuela
Estudio sobre derecho comparado Panama - Venezuelamariaeugenialanda
 
Estructura de la constitucion politica
Estructura de la constitucion politicaEstructura de la constitucion politica
Estructura de la constitucion politicaFabian Heredia
 
Historia constitucional colombiana
Historia constitucional colombianaHistoria constitucional colombiana
Historia constitucional colombianayalilly
 
Estructura de la constitución política
Estructura de la constitución política Estructura de la constitución política
Estructura de la constitución política Fabian Heredia
 
Cuadro sinopticoQue es Constitucion
Cuadro sinopticoQue es Constitucion Cuadro sinopticoQue es Constitucion
Cuadro sinopticoQue es Constitucion Oscar Tellez
 

Similar a Resumen de derecho constitucional Guatemalteco (20)

Constitucion del 45 al 66
Constitucion del 45 al 66Constitucion del 45 al 66
Constitucion del 45 al 66
 
Resumen constitucional para examen fase publica
Resumen constitucional para examen fase publicaResumen constitucional para examen fase publica
Resumen constitucional para examen fase publica
 
Derecho constitucional y_administrativo_-_guatemala
Derecho constitucional y_administrativo_-_guatemalaDerecho constitucional y_administrativo_-_guatemala
Derecho constitucional y_administrativo_-_guatemala
 
Colombia
ColombiaColombia
Colombia
 
Exposicion de derecho_constitucional
Exposicion de derecho_constitucionalExposicion de derecho_constitucional
Exposicion de derecho_constitucional
 
36534060-CONSTITUCIONALISMO-GUATEMALTECO.doc
36534060-CONSTITUCIONALISMO-GUATEMALTECO.doc36534060-CONSTITUCIONALISMO-GUATEMALTECO.doc
36534060-CONSTITUCIONALISMO-GUATEMALTECO.doc
 
siglo-xix-chileno panorama.pptx
siglo-xix-chileno panorama.pptxsiglo-xix-chileno panorama.pptx
siglo-xix-chileno panorama.pptx
 
Estudio de derecho comparado colombia venezuela
Estudio de derecho comparado colombia venezuelaEstudio de derecho comparado colombia venezuela
Estudio de derecho comparado colombia venezuela
 
Estudio sobre derecho comparado Panama - Venezuela
Estudio sobre derecho comparado Panama - VenezuelaEstudio sobre derecho comparado Panama - Venezuela
Estudio sobre derecho comparado Panama - Venezuela
 
Estructura de la constitucion politica
Estructura de la constitucion politicaEstructura de la constitucion politica
Estructura de la constitucion politica
 
Historia Constitucional Colombiana
Historia Constitucional ColombianaHistoria Constitucional Colombiana
Historia Constitucional Colombiana
 
Historia constitucional colombiana
Historia constitucional colombianaHistoria constitucional colombiana
Historia constitucional colombiana
 
Derecho Constitucional
Derecho ConstitucionalDerecho Constitucional
Derecho Constitucional
 
Legislacion y constitucion
Legislacion y constitucionLegislacion y constitucion
Legislacion y constitucion
 
Estructura de la constitución política
Estructura de la constitución política Estructura de la constitución política
Estructura de la constitución política
 
Derecho constitucional
Derecho constitucionalDerecho constitucional
Derecho constitucional
 
Síntesis
Síntesis Síntesis
Síntesis
 
El Estado Cn De Derecho III Veracruz Mex
El Estado Cn De Derecho III Veracruz MexEl Estado Cn De Derecho III Veracruz Mex
El Estado Cn De Derecho III Veracruz Mex
 
Cuadro sinopticoQue es Constitucion
Cuadro sinopticoQue es Constitucion Cuadro sinopticoQue es Constitucion
Cuadro sinopticoQue es Constitucion
 
informe.docx
informe.docxinforme.docx
informe.docx
 

Último

RETO MES DE ABRIL .............................docx
RETO MES DE ABRIL .............................docxRETO MES DE ABRIL .............................docx
RETO MES DE ABRIL .............................docxAna Fernandez
 
codigos HTML para blogs y paginas web Karina
codigos HTML para blogs y paginas web Karinacodigos HTML para blogs y paginas web Karina
codigos HTML para blogs y paginas web Karinavergarakarina022
 
5° SEM29 CRONOGRAMA PLANEACIÓN DOCENTE DARUKEL 23-24.pdf
5° SEM29 CRONOGRAMA PLANEACIÓN DOCENTE DARUKEL 23-24.pdf5° SEM29 CRONOGRAMA PLANEACIÓN DOCENTE DARUKEL 23-24.pdf
5° SEM29 CRONOGRAMA PLANEACIÓN DOCENTE DARUKEL 23-24.pdfOswaldoGonzalezCruz
 
NARRACIONES SOBRE LA VIDA DEL GENERAL ELOY ALFARO
NARRACIONES SOBRE LA VIDA DEL GENERAL ELOY ALFARONARRACIONES SOBRE LA VIDA DEL GENERAL ELOY ALFARO
NARRACIONES SOBRE LA VIDA DEL GENERAL ELOY ALFAROJosé Luis Palma
 
Procesos Didácticos en Educación Inicial .pptx
Procesos Didácticos en Educación Inicial .pptxProcesos Didácticos en Educación Inicial .pptx
Procesos Didácticos en Educación Inicial .pptxMapyMerma1
 
Plan Año Escolar Año Escolar 2023-2024. MPPE
Plan Año Escolar Año Escolar 2023-2024. MPPEPlan Año Escolar Año Escolar 2023-2024. MPPE
Plan Año Escolar Año Escolar 2023-2024. MPPELaura Chacón
 
Presentación de Estrategias de Enseñanza-Aprendizaje Virtual.pptx
Presentación de Estrategias de Enseñanza-Aprendizaje Virtual.pptxPresentación de Estrategias de Enseñanza-Aprendizaje Virtual.pptx
Presentación de Estrategias de Enseñanza-Aprendizaje Virtual.pptxYeseniaRivera50
 
Movimientos Precursores de La Independencia en Venezuela
Movimientos Precursores de La Independencia en VenezuelaMovimientos Precursores de La Independencia en Venezuela
Movimientos Precursores de La Independencia en Venezuelacocuyelquemao
 
BROCHURE EXCEL 2024 FII.pdfwrfertetwetewtewtwtwtwtwtwtwtewtewtewtwtwtwtwe
BROCHURE EXCEL 2024 FII.pdfwrfertetwetewtewtwtwtwtwtwtwtewtewtewtwtwtwtweBROCHURE EXCEL 2024 FII.pdfwrfertetwetewtewtwtwtwtwtwtwtewtewtewtwtwtwtwe
BROCHURE EXCEL 2024 FII.pdfwrfertetwetewtewtwtwtwtwtwtwtewtewtewtwtwtwtwealekzHuri
 
programa dia de las madres 10 de mayo para evento
programa dia de las madres 10 de mayo  para eventoprograma dia de las madres 10 de mayo  para evento
programa dia de las madres 10 de mayo para eventoDiegoMtsS
 
Flores Nacionales de América Latina - Botánica
Flores Nacionales de América Latina - BotánicaFlores Nacionales de América Latina - Botánica
Flores Nacionales de América Latina - BotánicaJuan Carlos Fonseca Mata
 
Heinsohn Privacidad y Ciberseguridad para el sector educativo
Heinsohn Privacidad y Ciberseguridad para el sector educativoHeinsohn Privacidad y Ciberseguridad para el sector educativo
Heinsohn Privacidad y Ciberseguridad para el sector educativoFundación YOD YOD
 
RAIZ CUADRADA Y CUBICA PARA NIÑOS DE PRIMARIA
RAIZ CUADRADA Y CUBICA PARA NIÑOS DE PRIMARIARAIZ CUADRADA Y CUBICA PARA NIÑOS DE PRIMARIA
RAIZ CUADRADA Y CUBICA PARA NIÑOS DE PRIMARIACarlos Campaña Montenegro
 
Informatica Generalidades - Conceptos Básicos
Informatica Generalidades - Conceptos BásicosInformatica Generalidades - Conceptos Básicos
Informatica Generalidades - Conceptos BásicosCesarFernandez937857
 
SINTAXIS DE LA ORACIÓN SIMPLE 2023-2024.pptx
SINTAXIS DE LA ORACIÓN SIMPLE 2023-2024.pptxSINTAXIS DE LA ORACIÓN SIMPLE 2023-2024.pptx
SINTAXIS DE LA ORACIÓN SIMPLE 2023-2024.pptxlclcarmen
 
Introducción:Los objetivos de Desarrollo Sostenible
Introducción:Los objetivos de Desarrollo SostenibleIntroducción:Los objetivos de Desarrollo Sostenible
Introducción:Los objetivos de Desarrollo SostenibleJonathanCovena1
 
Análisis de la Implementación de los Servicios Locales de Educación Pública p...
Análisis de la Implementación de los Servicios Locales de Educación Pública p...Análisis de la Implementación de los Servicios Locales de Educación Pública p...
Análisis de la Implementación de los Servicios Locales de Educación Pública p...Baker Publishing Company
 
Estrategia de Enseñanza y Aprendizaje.pdf
Estrategia de Enseñanza y Aprendizaje.pdfEstrategia de Enseñanza y Aprendizaje.pdf
Estrategia de Enseñanza y Aprendizaje.pdfromanmillans
 
La Función tecnológica del tutor.pptx
La  Función  tecnológica  del tutor.pptxLa  Función  tecnológica  del tutor.pptx
La Función tecnológica del tutor.pptxJunkotantik
 
LINEAMIENTOS INICIO DEL AÑO LECTIVO 2024-2025.pptx
LINEAMIENTOS INICIO DEL AÑO LECTIVO 2024-2025.pptxLINEAMIENTOS INICIO DEL AÑO LECTIVO 2024-2025.pptx
LINEAMIENTOS INICIO DEL AÑO LECTIVO 2024-2025.pptxdanalikcruz2000
 

Último (20)

RETO MES DE ABRIL .............................docx
RETO MES DE ABRIL .............................docxRETO MES DE ABRIL .............................docx
RETO MES DE ABRIL .............................docx
 
codigos HTML para blogs y paginas web Karina
codigos HTML para blogs y paginas web Karinacodigos HTML para blogs y paginas web Karina
codigos HTML para blogs y paginas web Karina
 
5° SEM29 CRONOGRAMA PLANEACIÓN DOCENTE DARUKEL 23-24.pdf
5° SEM29 CRONOGRAMA PLANEACIÓN DOCENTE DARUKEL 23-24.pdf5° SEM29 CRONOGRAMA PLANEACIÓN DOCENTE DARUKEL 23-24.pdf
5° SEM29 CRONOGRAMA PLANEACIÓN DOCENTE DARUKEL 23-24.pdf
 
NARRACIONES SOBRE LA VIDA DEL GENERAL ELOY ALFARO
NARRACIONES SOBRE LA VIDA DEL GENERAL ELOY ALFARONARRACIONES SOBRE LA VIDA DEL GENERAL ELOY ALFARO
NARRACIONES SOBRE LA VIDA DEL GENERAL ELOY ALFARO
 
Procesos Didácticos en Educación Inicial .pptx
Procesos Didácticos en Educación Inicial .pptxProcesos Didácticos en Educación Inicial .pptx
Procesos Didácticos en Educación Inicial .pptx
 
Plan Año Escolar Año Escolar 2023-2024. MPPE
Plan Año Escolar Año Escolar 2023-2024. MPPEPlan Año Escolar Año Escolar 2023-2024. MPPE
Plan Año Escolar Año Escolar 2023-2024. MPPE
 
Presentación de Estrategias de Enseñanza-Aprendizaje Virtual.pptx
Presentación de Estrategias de Enseñanza-Aprendizaje Virtual.pptxPresentación de Estrategias de Enseñanza-Aprendizaje Virtual.pptx
Presentación de Estrategias de Enseñanza-Aprendizaje Virtual.pptx
 
Movimientos Precursores de La Independencia en Venezuela
Movimientos Precursores de La Independencia en VenezuelaMovimientos Precursores de La Independencia en Venezuela
Movimientos Precursores de La Independencia en Venezuela
 
BROCHURE EXCEL 2024 FII.pdfwrfertetwetewtewtwtwtwtwtwtwtewtewtewtwtwtwtwe
BROCHURE EXCEL 2024 FII.pdfwrfertetwetewtewtwtwtwtwtwtwtewtewtewtwtwtwtweBROCHURE EXCEL 2024 FII.pdfwrfertetwetewtewtwtwtwtwtwtwtewtewtewtwtwtwtwe
BROCHURE EXCEL 2024 FII.pdfwrfertetwetewtewtwtwtwtwtwtwtewtewtewtwtwtwtwe
 
programa dia de las madres 10 de mayo para evento
programa dia de las madres 10 de mayo  para eventoprograma dia de las madres 10 de mayo  para evento
programa dia de las madres 10 de mayo para evento
 
Flores Nacionales de América Latina - Botánica
Flores Nacionales de América Latina - BotánicaFlores Nacionales de América Latina - Botánica
Flores Nacionales de América Latina - Botánica
 
Heinsohn Privacidad y Ciberseguridad para el sector educativo
Heinsohn Privacidad y Ciberseguridad para el sector educativoHeinsohn Privacidad y Ciberseguridad para el sector educativo
Heinsohn Privacidad y Ciberseguridad para el sector educativo
 
RAIZ CUADRADA Y CUBICA PARA NIÑOS DE PRIMARIA
RAIZ CUADRADA Y CUBICA PARA NIÑOS DE PRIMARIARAIZ CUADRADA Y CUBICA PARA NIÑOS DE PRIMARIA
RAIZ CUADRADA Y CUBICA PARA NIÑOS DE PRIMARIA
 
Informatica Generalidades - Conceptos Básicos
Informatica Generalidades - Conceptos BásicosInformatica Generalidades - Conceptos Básicos
Informatica Generalidades - Conceptos Básicos
 
SINTAXIS DE LA ORACIÓN SIMPLE 2023-2024.pptx
SINTAXIS DE LA ORACIÓN SIMPLE 2023-2024.pptxSINTAXIS DE LA ORACIÓN SIMPLE 2023-2024.pptx
SINTAXIS DE LA ORACIÓN SIMPLE 2023-2024.pptx
 
Introducción:Los objetivos de Desarrollo Sostenible
Introducción:Los objetivos de Desarrollo SostenibleIntroducción:Los objetivos de Desarrollo Sostenible
Introducción:Los objetivos de Desarrollo Sostenible
 
Análisis de la Implementación de los Servicios Locales de Educación Pública p...
Análisis de la Implementación de los Servicios Locales de Educación Pública p...Análisis de la Implementación de los Servicios Locales de Educación Pública p...
Análisis de la Implementación de los Servicios Locales de Educación Pública p...
 
Estrategia de Enseñanza y Aprendizaje.pdf
Estrategia de Enseñanza y Aprendizaje.pdfEstrategia de Enseñanza y Aprendizaje.pdf
Estrategia de Enseñanza y Aprendizaje.pdf
 
La Función tecnológica del tutor.pptx
La  Función  tecnológica  del tutor.pptxLa  Función  tecnológica  del tutor.pptx
La Función tecnológica del tutor.pptx
 
LINEAMIENTOS INICIO DEL AÑO LECTIVO 2024-2025.pptx
LINEAMIENTOS INICIO DEL AÑO LECTIVO 2024-2025.pptxLINEAMIENTOS INICIO DEL AÑO LECTIVO 2024-2025.pptx
LINEAMIENTOS INICIO DEL AÑO LECTIVO 2024-2025.pptx
 

Resumen de derecho constitucional Guatemalteco

  • 1. RESUMEN DE DERECHO CONSTITUCIONAL ANTECEDENTES DEL CONSTITUCIONALISMO Surge cuando el estado hace la separación de poderes y les asigna la esfera de competencia y atributos que le corresponden a cada uno.. Tras haber separado el poder surgieron problemas y se necesitaba algo que diera la nueva organización social por eso se creo una disciplina siendo esta el derecho constitucional Es cuando el poder personal es sustituido por el poder estatal manifestándose por medio de la constitución El derecho constitucional nació a fines del siglo 18 y 19 LOS HEBREOS fueron el primer pueblo que practicó el constitucionalismo por medio de la TEOCRACIA este concepto ha sido aplicado a aquellos sistemas políticos en los cuales los súbditos viven o pretenden vivir bajo el dominio de una autoridad divina. El régimen teocrático de los hebreos se caracterizo por la política que fue en función a la teología durante mas de dos mil años la Biblia ha sido por encima de su papel de imperativa ley moral LOS GRIEGOS en las instituciones políticas griegas se puede ver que ellos iban en contra de la arbitrariedad y el poder concentrado y que se regían por principios del estado de derecho regulado democrática y constitucionalemte apoyando la igualdad y justicia igualitaria. El poder político estaba así distribuido de forma racional y eficazmente controlado, LA REPUBLICA ROMANA Este imperio se constituyó en el prototipo de absolutismo monárquico con elementos teocráticos fundado en la fusión de autoridad religiosa en el emperador según el cual el dominio absoluto el monarca tenía su fuente originaria en la delegación del poder político del pueblo del emperador. HISTORIA CONSTITUCIONAL DE GUATEMALA PERIODO PREINDEPENDIENTE CONSTITUCIÓN DE BAYONA Carta fundamental contenía algunos mandatos de desarrollo orgánico - constitucional y fue emitida con principio de rigidez, fue promulgada con el objeto de darle carácter de normas supremas a aquellos aspectos que el rey
  • 2. consideraban de absoluta importancia esta constitución enumera alguno de los derechos individuales CONSTITUCIÓN DE LA MONARQUIA ESPAÑOLA Esta constitución establecía el proceso de Formación de las leyes y de sanción real. Destacando la organización del gobierno del interior de las provincias además incorpora las instituciones reales de la función administrativa . Lo novedoso de está constitución es que se hace un detalle de las atribuciones y funcionamiento de los tres poderes , su objeto primordial fue el poder publico. PERIODO INDEPENDIENTE ACTA DE 1821 Fue suscrita el acta de independencia con expresión originaria de soberanía esta impuso el principio de seguridad jurídica se continuo con el de la Constitución Política de la Monarquía española determinó la convocatoria del Congreso y la forma de su composición ACTA DE INDEPENDENCIA DE 1823 El acta contiene la expresión de que los representantes de las provincias se han congregado en virtud de convocatoria legítima para pronunciarse sobre la independencia, su unión, y su gobierno BASES CONSTITUCIONALES: El documentos estableció cuales era los propósitos de la Constitución, la forma de gobierno la nueva denominación de ESTADOS FEDERADOS DE CENTRO AMERICA, y la práctica de la religión católica, apostólica, y romana con exclusión del ejercicio público de cualquier otra . El carácter de rigidez de las bases constitucionales se torna impreciso, CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA FEDERAL DE CENTRO AMERICA Establece en sus declaraciones dogmáticas, su soberanía y autonomía , sus primeros objetivos, la conversación de los derechos humanos de libertad, igualdad , seguridad, y propiedad, adoptando un sistema republicano y Sus elementos:  -una constitución escrita,  -separación de sus órganos y funciones públicas ( Ejecutivo, legislativo y judicial, )  - Representatividad de personas que ejercen el poder ( presidente , vicepresidente, ministros .  -Periodicidad de mandatos en el ejercicio del poder
  • 3.  -Publicidad. ( obligación de publicar decisiones y actuaciones de funcionarios y empleados públicos y representativo instaurando la división de poderes Está inspirada en la constitución estadounidense y francesa CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO DE GUATEMALA establecía que solo el legislativo y el ejecutivo tenía la iniciativa de ley se limito a la soberanía y estableció la administración municipal. El presidente de Guatemala convoca a una Asamblea Nacional Constituyente la que promulga tres decretos.:  -Ley constitutiva del ejecutivo  Ley Constitutiva del Supremo o poder Judicial  Declaración de los derechos de sus habitantes y del estado. * Aquí se terminó un período de ausencia de derechos constitucional por mas de 10 años debido a la desintegración de Centro América. ACTA CONSTITUTIVA DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA Fue decretada por la asamblea nacional constituyente, se crea un sistema presidencialista de cuatro años, con la posibilidad de reelección, se crea la separación de poderes , limitó el estatuto de deberes y derechos de los guatemaltecos. LEY CONSTITUTIVA DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA Fue una constitución laica centrista y sumaria, se reconoció el derechos de exhibición personal y se volvió al régimen de separación de poderes , crea un legislativo unicameral, y un ejecutivo bastante fuerte la rigidez constitucional se estableció con bastante firmeza.. En está la Constitución los derechos humanos son llamados garantías sufrió varías reformas al derechos de trabajo, la prohibición de monopolios las reservas del estado, el derecho d e petición, la libertad de emisión, se regulan los casos en que una persona puede ser detenida, y el debido proceso. CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LA REPUBLICA FEDERAL DE CENTROAMÉRICA Tenían Iniciativa de les los tres órganos del estado y las asambleas de los estados: la rigidez constitucional quedó definida mediante la aprobación bicameral
  • 4. DECRETO DE LA JUNTA REVOLUCIONARIA DE GOBIERNO Y DE LA ASAMBLEA LEGISLATIVA Más que una declaración dogmático-ideológica de un movimiento armado que se revela contra el orden jurídico –político, las bases fundamentales de una organización estatal , en decir bases constitutivas, dogmáticas y orgánicas para una concepción del Estado Guatemalteco CONSTITUCIÓN DE LA REPUBLICA DE L 11 DE MARZO DE 1945 El veinte de octubre de 1944 se gestó una revolución que derrocó al General Jorge Ubico y el 11 de marzo 1945 se decreta una nueva constitución con tres características fundamentales  Aspiración moralizadora los funcionarios y empleados públicos deben ser honestos  Mejoramiento de la educación con campañas alfabetizadoras  Mejoramiento del sistema penitenciario  En el aspecto laboral se fijo un salario mínimo, se fijaron jornadas de trabajo, descansos y vacaciones, al derecho de sindicalización, al derecho de huelga y paro. Regulación de la mujer y menores de edad.  Dentro de las garantías sociales se crea el Instituto Guatemalteco de Seguridad Social,  Se crean las municipalidades se mantiene la educación laica, y no se le reconoce la personalidad jurídica a la iglesia.  Bajo esta constitución gobernó Jacobo Arbenz Guzmán quien mejoro las condiciones de los trabajadores, quien propuso una reforma agrar9ia y motivo un golpe de estado. CONSTITUCIÓN DE LA REPUBLICA DEL 2 DE FEBRERO DE 1956 Se vio influenciada por dos tratados ratificados por Guatemala 1- La declaración Americana de los Derechos Humanos del Hombre. 2- La declaración Universal de los derechos humanos. está constitución adopto el término de derechos humanos dentro de sus innovaciones están se le reconoce la personalidad jurídica ala iglesia limita el intervensionismo del estado y limita los procesos de expropiación de la tierra mejoro el régimen legal de las universidades privadas protegió las inversiones extranjeras y suprimió el derecho de rebelión.
  • 5. * se produjo un retroceso en los procesos republicanos de las separación de poderes al concentrar las funciones ejecutivas y legislativas del Ministerio de la Defensa Nacional. CARTA FUNDAMENTAL DE GOBIERNO Contenía una confusión de funciones administrativas y legislativas la de mayor importancia destacaba que el jefe de gobierno sería el Ministro de la Defensa Nacional y quien ejercía las funciones ejecutivas y legislativas, era una virtual sustitución del titular del Organismo Ejecutivo y una seudo-sustitución de la soberanía popular radicada en los integrantes del organismo Legislativo. Todo se redujo a declaraciones normativas dogmáticas al fijar el concepto de que el poder publico radicaba en el ejército. La constitución profundiza la tendencia anticomunista, mejora el régimen legal de las universidades privadas se crea la vicepresidencia de la república se reduce el período presidencia de 4 años, se mantiene el principio de no reelección del presidente , denomina garantías constitucionales de los derechos humanos crea un consejo de estado, se crea, la corte de constitucionalidad como tribunal temporal . El 23 de marzo de 1982 se da un golpe de Estado en contra del gobierno de Lucas García se dejo en el poder una Junta Militar de Gobierno, integrada por Ríos Mont., posteriormente quedó en el poder el General Ríos Mont. En 1983 su Ministro de Defensa le dio golpe de Estado, convoca a una asamblea Nacional Constituyente y los diputados toman posesión el uno de julio de 1984. CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LA REPUBLICA DE 1985 La cual fue promulgada el 31 de mayo de 1985 y entró en vigencia el 14 de enero de 1986, Dentro de sus innovaciones están adopta nuevamente el término de derechos Humanos Para comprenderla mejor la dividimos en tres partes 1- PARTE DOGMATICA ( VERDAD ABSOLUTA ) Es Aquella en donde se establecen , los principios y derecho humanos, tanto individuales como sociales que se le otorgan al pueblo como sector gobernado, frente al poder público como sector gobernante. Basado en la existencia de un régimen democrático ( Art. 1 al 139 ) 2- PARTE ORGANICA Es la que establece como se organiza el poder es decir las estructuras jurídico políticas del Estado y limitaciones, del poder público frente a la población. ( Arts. 140- al 262 )
  • 6. 3- PARTE PRACTICA es la que establece las garantías y los mecanismo para hacer valer nuestros derechos establecidos en la constitución, y para defender el orden constitucional. DERECHO CONSTITUCIONAL Conjunto de normas jurídicas que determinan la organización y actividad del estado y los derechos de los individuos ya sea como gobernantes o gobernados En si se refiere a la estructura jurídica fundamental del estado y las relaciones de éste con los individuos en cuanto a su actuación como ente soberano dotado de imperio para poder imponerse a aquellos. Regulando lo relativo a los tres poderes del estado , así como lo concerniente a derechos, individuales, políticos, sociales etc. FINES DEL DERECHO CONSTITUCIONAL Es la garantía de la libertad y dignidad de los individuos, mediante la sumisión del estado, considerando el estado de derecho IMPORTANCIA DEL DERECHO CONSTITUCIONAL En este cuerpo legal está contenido lo referente a la organización y funcionamiento del Estado y demás garantías que el Estado le reconoce al individuo FORMAS DE NACIMIENTO DE LA CONSTITUCIÓN 1-ASAMBLEA NACIONAL CONSTITUYENTE Es el cuerpo colegiado integrado por varios miembros electos por el pueblo y su función especifica es la redactar o reformar una constitución El ejercicio de la asamblea nacional constituyente  ILIMITADO O AMPLIO Se ejercita en forma amplia se crea una constitución  LIMITADO O RESTRINGIDO se refiere a la modificación de la constitución Art. 278 al 279 2- OTORGADAS
  • 7. Un monarca otorga el poder por la constitución en acto de bondad y libertad 3-PACTADAS Acuerdo o convenio al que llegan los gobernantes y gobernados 4-REFERÉNDUM CONSTITUCIONAL El gobierno elabora la constitución y le presenta al pueblo para su consideración , el gobierno no acepta la opiniones del pueblo SUPREMACÍA DE LA CONSTITUCIÓN Este es un principio que descansa en la distinción de poder constituyente ( manifestación concreta del pueblo para el ordenamiento jurídico político que regirá el destino de la nación ) y poder legislativo ordinario en el establecimiento por parte del propio poder constituyente de un complicado y riguroso procedimiento que debe observarse por los casos de reforma o enmienda de los preceptos constitucionales de tal forma que una enmienda o reforma constitucional no puede realizarse mediante el mismo procedimiento de una ley ordinaria FUENTES DEL DERECHO CONSTITUCIONAL DERECHO ESCRITO El principio de escritura parece responder mejor a la exigencia de seguridad jurídica y la concepción garantista de la constitución Una vez promulgada la constitución no hay texto, escrito que se integre ala constitución formar más que los de reforma constitucional. La propia constitución contiene un rango superior a la ley normal. JURISPRUDENCIA Los órganos judiciales al aplicar la constitución , la interpretan fijan o aclaran, la adaptan a circunstancias sociales y políticas del momento La jurisprudencia emanada ene le ejercicio de tal función integra junto con otras fuentes el derecho constitucional del país TRATADOS INTERNACIONALES Derechos humanos son ratificados por nuestro país RELACIONES DEL DERECHO CONSTIRUCIONAL CON OTRAS DISCIPLINAS DERECHO ADMINISTRATIVO
  • 8. Su estudio abarca el desenvolvimiento, de la organización de los órganos administrativos del estado en principios del derecho constitucional y el sistema de servicios públicos aplicado a los particulares DERECHO FISCAL Se refiere a al ordenamiento jurídico patrimonial y económico, referido a una justicia fiscal y social DERECHO PENAL Su relación a delitos de orden político DERECHO JUDICIAL El derecho constitucional determina las normas que ha de obedecer la estructura de tribunales y su funcionamiento justo y eficiente refiriéndose al principio del debido proceso DERECHO LABORAL Regulas las relaciones entre trabajadores y patronos 101 y 106 CPRG DERECHO MERCANTIL la constitución garantiza la libre contratación y relaciones comerciales Art. 43 ( libertad de industria, trabajo y comercio ) DERECHO INTERNACIONAL La tramitación y ratificación de tratados que operan con arreglo a las normas de derecho interno de cada país DERECHO CIVIL La propiedad privada se ha constituido como la base de declaraciones de derechos INFLUENCIAS INTERNACIONALES EN NUESTRA CONSTITUCIÓN Revolución estadounidense : Que se orientaba a defender al pueblo y a los individuos que lo componente de la clase dirigente , La constitución escrita y rígida la estabilidad del poder ejecutivo su fortaleza y eficacia. Los vastos poderes reservados al poder judicial, la protección de los derechos de las personas de los grupos, de las minorías y la concepción de ver a los representantes populares solamente como mandatarios. Revolución Francesa Agrega derechos sociales que se derivan de la protección de la dignidad humana que tienen el Estado dando una prueba de que a la
  • 9. larga los pueblos no pueden vivir sin dentro de un orden de legalidad y seguridad jurídica. SUPREMACÍA DE LA CONSTITUCIÓN Descansa fundamentalmente en la distinción entre poder constituyente y poder constituido 1- El poder constituyente: Es la manifestación concreta de dicha soberanía mediante el cual el pueblo se da así mismo el ordenamiento político-jurídico plasmándolo en un documento denominado CONSTITUCIÓN. 2- El poder constituido son órganos estatales encargados de actuar en nombre del estado , se encuentran necesariamente subordinados por el Estado debiendo de ajustar todo su accionar a lo regulado por este , la subordinación de los poderes constituidos al poder constituyente se materializa al respeto de la constitución ** la supremacía de la Constitución constituye la más eficiente garantía de libertad y dignidad del individuo , al imponer a los poderes constituidos la obligación de encuadrar sus actos a lo que prescribe nuestra constitución.** LEGITIMIDAD DE LA CONSTITUCIÓN Para que sea legitima se requiere 1- Que la Asamblea nacional constituyente , que sancione, decrete y promulgue la constitución haya sido electa democráticamente y libremente por medio de elecciones 2- Que en la integración de ese órgano hayan participado todas las corriente políticas, filosóficas e ideológicas de la nación 3- Que al momento de la discusión y aprobación de la constitución, los diputados tengan criterio para efectuar la misma. DIVISIÓN DE LOS ORGANISMOS DEL ESTADO La delimitación de atribuciones de cada organismo evitando el abuso de poder y es allí donde surgen los pesos y contrapesos, que pretende que ninguno de los tres
  • 10. poderes del estado se exceda de sus facultades imponiendo controles recíprocos que son la ( la interpelación y el bicameralismo ). Estos dos tipos de controles constituyen parte del orden constitucional, es decir al sistema de pesos y contrapesos. JURISDICCIÓN CONSTITUCIONAL Es aquella que inviste a cierto tribunales ya sean de jurisdicción ordinaria o especializada para que satisfagan pretensiones que tengan origen en normas de derechos constitucional ,, haciendo valer la realización efectiva de los preceptos constitucionales de naturaleza sustantiva. ** la jurisdicción constitucional consiste en mecanismos que tienden a asegurar el respeto absoluto de la Constitución por parte de quienes detentan el poder. SUJETOS DE LA JURISDICCIÓN CONSTITUCIONAL 1- el órgano encargado de satisfacer la pretensión constitucional. 2- las personas individuales o jurídicas que pueden acudir ante la jurisdicción constitucional que les satisfaga una pretensión constitucional OBJETO DE LA JURISDICCIÓN CONSTITUCIONAL Es obtener el respeto absoluto de quienes detentan el poder , de los derechos fundamentales de las personas reconocidos y consagrados en la parte dogmática de la constitución, para evitar que se violen dichos derechos. RESOLUCIONES DE ORDEN CONSTITUCIONAL Debemos de distinguir entre sentencias declarativas que son y están encaminadas a obtener la tutela directa de derechos fundamentales ( por ejemplo el amparo, exhibición personal, y la inconstitucionalidad en casos concretos ) sentencias constitutivas ** ( producen efectos contra todas los hombre ejemplo la inconstitucionalidad general ) CONSTITUCIÓN DEFINICIÓN Conjunto de normas fundamentales para la organización de un estado, que regulan el funcionamiento de órganos de poder público y establecen principios para el ejercicio de derechos dentro del estado
  • 11. PODER CONSTITUYENTE Es la facultad soberana del pueblo a darse su ordenamiento jurídico –político, por medio de una constitución y al revisar la misma cuando sea necesario QUE ES UNA REFORMA CONSTITUCIONAL Una reforma encuentra su justificación en la necesidad de adaptación de la constitución a un entorno cuyas necesidades políticas, económicas, sociales y culturales, han variado desde el momento de la creación de la constitución, generándose una inadecuación de la realidad actual o cuando surgen las denominadas lagunas constitucionales ( son cuando no se previó la regulación de una situación ) PROCEDIMIENTO DEL PODER CONSTITUYENTE Para la elaboración y adopción de la constitución , Una asamblea nacional constituyente será elegida por todo el pueblo para esta tarea. SUJETOS DEL PODER CONSTITUYENTE 1- El sujeto del poder es el pueblo y este se lo delega a una corte , congreso, o asamblea constituyente 2- El objeto del poder es poder soberano para crear la Constitución. QUIENES PUEDEN PROPONER REFORMAS A LA CONSTITUCIÓN - El presidente de la república - - 10 diputados del congreso - el pueblo pidiéndolo al congreso en un número no menor de 5,000 ciudadanos empadronados. COMO PUEDE SER REFORMADA NUESTRA CONSTITUCIÓN 1- por medio de una Asamblea nacional Constituyente 2- Reformas por el Congreso de la República. 3- ** en el artículo 278 los derechos individuales para ser reformados se necesita que se integre una Asamblea nacional Constituyente. QUE ARTICULOS SE PUEDEN REFORMAR Todos , ni los que no se puedan reformar pueden ser modificados por el Congreso de la República con el voto afirmativo de las dos terceras partes de total de
  • 12. diputados , pero las reformas que se hagan no entraran en vigencia hasta que sean ratificadas mediante consulta popular. LOS ARTICULOS QUE NUNCA PUEDEN SER REFORMADOS ( artículos pétreos o no reformables) El artículo 278 y artículos 3 al 46 que se refiere a la forma republicana de gobierno , a la no reelección para el ejercicio de la presidencia de la república, así restársele efectividad o vigencia a los artículos que se refieren al ejercicio de la presidencia de la república así como variar su contenido ( Arts. CPRG Soberanía, prohibición para optar a presidente y vicepresidente) QUIENES TIENE INICIATIVA PARA PROPONER REFORMAS 1. El presidente de la república en consejo de ministros 2- Diez o más diputados del congreso 3- La Corte de Constitucionalidad 4- El pueblo mediante petición dirigida al Congreso por no menos de cinco mil empadronados. EL PROCEDIMIENTO DEL PODER CONSTITUYENTE El fondo o centro del poder constituyente radica en la soberanía del pueblo este para ejercer el poder constituyente delegando su soberanía en Asambleas o congresos o cortes constituyentes. En nuestra constitución el poder constituyente derivado se puede ver en el título VII del artículo 277 al 281 lo cuales expresan los mecanismo para reformar nuestra constitución. * Para reformas a los artículos establecidos en la parte dogmática el capitulo I y titulo II 1- Es indispensable que el congreso con el voto afirmativo de dos tercera y ratificación de la población para la consulta popular que lo integren . 2- convoquen a una asamblea nacional constituyente ( electa por el pueblo por el voto de dos terceras partes de los miembros del congreso ) mediante decreto. 3- Señalara artículos a revisar comunicando al Tribunal Supremo Electoral para que fije fecha para las elecciones de 5 a 20 días conforme la ley electoral ( consulta popular ) ** La Asamblea nacional constituyente es temporal, dado que sólo funcionara el tiempo necesario para crear o reformar la constitución o leyes constitucionales ** De conformidad con el artículo 175 de la Constitución y el inciso a) del artículo 164 de la ley de amparo, exhibición personal y de const. La Corte de
  • 13. constitucionalidad posee competencia para dictaminar sobre la reforma de las leyes constitucionales previamente a la aprobación por parte del congreso. Dentro del tramite establecido establece que previamente a su aprobación debe contarse con un dictamen favorable de la corte de constitucionalidad. Y siendo desfavorable se debe a razones que atenten el orden constitucional por motivos extrajuridicos, para solicitar un dictamen La facultad que tiene la corte de constitucionalidad se le da el carácter de colegislador privilegiado que le permite intervenir en el proceso de reforma de leyes constitucionales El ordenamiento jurídico guatemalteco es amplio en cuanto a la legitimación activa de solicitud de reformas a la constitución La revisión o enmienda se adecua al texto constitucional convirtiéndose el procedimiento de reforma en un medio de defensa del orden constitucional puesto que a través de este se evita que se modifique o que se suspenda la vigencia de métodos extrajuridicos, en un momento de revisión a la Constitución al considerar que una de sus normas resulta necesaria su modificación dando lugar a la alteración de vías de hecho que pone en peligro el estado de derecho Desde la creación de la corte de constitucionalidad de 1985 en ningún momento se ha iniciado propuestas de reformas constitucional debido a la credibilidad y legitimidad que goza la corte. EXTINCIÓN DE DERECHOS Y GARANTÍAS DE LA CONSTITUCION Consideran que oponerse es un derecho como los otros ( Art. 45 de la CPRG ) el hombre no puede permitir el abuso de poder para proteger y defender las garantías constitucionales PASOS PARA QUITAR EL GOBIERNO El pueblo puede hacer - Cambio por la fuerza o por revolución ( no se cumple con el ordenamiento jurídico rompiendo el marco de derecho - Resistencia pacifica (cumpliendo con el ordenamiento jurídico la corte de constitucionalidad se encamina al marco de derecho DERECHO DE REOVOLUCION Es un derecho natural que la constitución le reconoce a los habitantes de esta nación Es extremista, solo se ejercita después de agostados todos los hechos legales Es de restitución es devolver al pueblo lo que se le ha vedado Es de transición busca corregir un abuso de poder.
  • 14. PROCEDIMIENTO DE REFORMA 1- Artículo 278 ( ASAMBLEA NACIONAL CONSTITUYENTE ) Se puede reformar El Capitulo I y titulo II Derechos Individuales 1- Con el voto afirmativo de la dos terceras partes convoquen a una Asamblea Nacional. 2- En el decreto de convocatoria señalara el artículo o los artículos que han de revisarse 3- Y se le comunicará al TSE para que fije dira y hora para las elecciones dentro un plazo máximo de 120 días 2- reformas por el CONGRESO Y CONSULTA POPULAR 1- Será necesario que el congreso apruebe con el voto afirmativo de las dos terceras partes 2- Las reformas no entrarán en vigencia hasta que sean ratificas en consulta popular conforme el artículo 173 de la CPRG ( Convoca a Tribunal electoral a iniciativa del presidente o del congreso. quienes fijan las preguntas 3- Si es resultado es de ratificación entran en vigencia 60 días después que el TSE anuncie el resultado. REFORMAS POR LA ASAMBLEA NACIONAL CONSTITUYENTE Para reformar el artículo 278 o cualquier artículo de los artículos contenidos en el capitulo 1 y título II de está constitución en indispensable que el congreso de la república con el voto afirmativo de la dos terceras partes de los miembros que lo integran convoque a la respectiva asamblea. Nac. El decreto de convocatoria señalara el artículo o los artículos que hayan en revisarse y comunicará al Tribunal Supremo Electoral, para que fije la fecha en que llevarán las elecciones en un plazo máximo de veinte días, procediéndose de conformidad con la ley electoral y de partidos políticos ( Si no se protegieran estos derechos a través de una rigidez constitucional para su su reforma resultarían ineficaces por su facilidad de modificación o extinción REFORMAS POR EL CONGRESO DE LA REPUBLICA Y POR MEDIO DE UNA CONSULTA POPULAR Para cualquier reforma constitucional será necesario que el congreso la apruebe con el voto afirmativo de las dos terceras partes , Las partes no entrarán en vigencia sino hasta que sean ratificadas mediante la consulta popular de conformidad con el artículo 173 de nuestra constitución está entrara en vigencia sesenta días después que el tribunal supremo electoral anuncie el resultado de la consulta.
  • 15. Se puede observar un procedimiento rígido para la modificación del resto de artículos susceptibles de nuestra constitución. Este procedimiento implica dos fases esenciales como la Aprobación del congreso y la ratificación del pueblo Las constituciones no son inmutables al constante cambio de vida que la ley exige se hace necesario hacerles algunas reformas de lo cual surgen algunos presupuestos, la reforma constitucional resulta lícita aún cuando poco aconsejable para los fines de derecho la abrogación o modificación de un norma constitucional se realiza de modo implícito, basándose naturalmente por el procedimiento prescrito en nuestra constitución TIPOS DE PROCEDIMIENTO DE REFORMA DE LA CONSTITUCIÓN 1- Legal es el procedimiento normal previsto en la constitución a través de artículos transitorios dando pautas a seguir dicha reforma 2- Procedimiento anormal es el producido por una ruptura del orden constitucional echando por tierra la estructura institucional del estado ya sea mediante movimiento popular revolucionario o por un golpe de estado RASGO COMUN DEL PROCEDIMIENTO DE REFORMA CONSTITUCIONAL 1- INICIATIVA Es la decisión de emprender la reforma o la declaración de ella en ser necesaria ( correspondiendo ala cámara legislativa o al pueblo ) estableciéndose un lapso de tiempo para la revisión. 2- REFORMA Comprende la redacción y discusión y la aprobación provisional o definitiva de nuevos textos correspondiendo a veces a las chamarras legislativas sin intervención del poder ejecutivo 3- RATIFICACIÓN Es atribuida al pueblo que debe de manifestarse por medio de un referéndum ( consulta popular o votación ) La función de la reforma constitucional consiste en adaptar la Constitución a la realidad lo que puede impedir la ruptura de orden constitucional. La vida de los sistemas constitucionales oscila entre dos polos 1- La Necesidad de una progresiva evolución de la constitución 2- La Convivencia de una estabilidad constitucional que favorezca el conocimiento de la constitución La reforma constitucional no es la única vía de evolución constitucional existe el procedimiento es cual es la jurisprudencia constitucional esto se realiza por medio de la corte de constitucionalidad
  • 16. LIMITES A LA REFORMA CONSTITUCIONAL El artículo 281 de la constitución nos dice que en ningún caso podrán reformar }se ni por una asamblea nacional constituyente ni por el congreso Los Artículos 140, 141, 165 inciso g 185 y 187 ( a cuestionen que se refieran a la forma republicana de gobierno , y al principio de no reelección al ejercicio de la presidencia de la república ** la inclusión de la normas pétreas en nuestro sistema puede justificarse por abuso que los gobernantes han cometido con el pueblo a través de las reformas constitucionales a través de dictaduras ** 1-LIMITES EXPLICITOS ( se encuentran formalmente en la constitución) Estos son un mecanismo de defensa del ordenamiento preconstituido por fuerzas políticas que lo caracterizan, estos consisten en cláusulas que nunca se podrán reformar, esta inmutabilidad es absoluta cuando se prohíbe reformar la forma de gobierno establecido en nuestro artículo 281 2- LIMITES TEMPORALES Es admisible la reforma cuando se dan circunstancias particulares como no haber transcurrido cierto periodo de tiempo desde la adopción del texto constitucional . otras veces está prohibida la reforma si no ha pasado cierto tiempo desde la revisión anterior La prohibición temporal puede ser expresa o implícita cuando los términos de la cláusula del procedimiento de reforma se han distanciado unas de otras. La prohibición expresa puede ser directa como cuando la constitución dispone que no podrá reformarse cuando ya hayan pasando cierto numero de años desde su vigencia o dependiendo de circunstancias de invasión extranjera o estado de emergencia 3- LIMITES IMPLÍCITOS Se refiere a que ningún ordenamiento si quiere subsistir puede consentir que rebasen algunas instituciones que corresponde a la parte esencial de la constitución y que únicamente el poder constituyente puede hacer las reformas del caso al cuerpo legal EXCEPCIONES A LAS VIAS LAS CUALES SE PUEDEN REFORMAR LA COSNTIUCION EN BASE A LOS SIGUIENTES GRUPOS 4- EL DERECHO NATURAL 5- TRATADOS INTERNACIONALES 6- ARTICULOS PETREOS
  • 17. CARACTERÍSTICAS DE NUESTRA CONSTITUCIÓN ESCRITA: nuestra constitución es escrita , ya que posee una serie de normas precisas, legisladas, y promulgadas, a las cuales debe ajustarse la conducta del estado. ( Esto sirve de testimonio solemne y público de principios que rige el estado) CODIFICADA está contenida en un documento unitario, orgánico, y sistemático, respondiendo a un sistema de constitucional bien planeado RIGIDA ( ver titulo IV poder público ) son las que poseen cierto tipo de formalidades que no existen en las leyes ordinarias para reformarla se afirma que esto le da más estabilidad y fuerza a la Constitución La constitución rígida plantea la exigencia de la posible adaptación progresiva de su contenido a la cambiante realidad social es decir es decir debe amoldarse continuamente a la realidad cambiante necesita convertirse en un documento vivo al ritmo de exigencias sociales DESARROLLADA Ya que expone fundamentos de organización política, insertando disposiciones relativas a otras materias. ORIGINARIA Contiene principios nuevos u originales para la regulación del proceso político de la formación del estado PARCIALMENTE PETREA prohíbe la reforma de una o varias de sus cláusulas DERECHOS HUMANOS ( 44 CPRG ) Los derechos humanos individuales son los que están unidos a todos los seres humanos y no se separan son los derechos fundamentales del hombre conquistan al poder público o sea aquellos a los que el pueblo tiene el derecho ante cualquier gobierno del mundo solo por el hecho de haber nacidos como seres humanos La declaración de derechos suele ser consecuencia de una revolución política social o económica que trata de afirmar atributos de la persona frente a un régimen o orden de cosas que los desconocen.
  • 18. Son aquellos derechos inherentes a la naturaleza humana sin los cuales el hombre no puede vivir y desarrollarse integralmente Históricamente las primeras declaraciones de derechos con verdades sentido democrático que estuvieron dirigidas a la generalidad de la población y no al hombre en si. INSTRUMENTOS INTERNACIONALES DE DERECHOS HUMANOS -Declaración Universal de derechos humanos - Declaración Americana de derechos humanos DIFERENCIA ENTRE DERECHOS HUMANOS Y CONSTITUCIÓN Los derechos humanos no contienen mecanismo para hacer efectivos los derechos. La constitución si contiene los mecanismos para hacerlos efectivos por medio de la parte orgánica de la misma PREEMINENCIA DEL DERECHO INTERNACIONAL ( 46 CPRG ) En materia de derechos humanos los tratados y convenios aceptados y ratificados por Guatemala tiene preeminencia sobre el derecho interno DERECHOS HUMANOS SEGÚN SU CONTENIDO Se dividen en tres categorías 1--Individuales (derechos civiles) son los que se reconocer determinados ámbitos de acción a la autonomía de los particulares garantizándoles iniciativa e independencia frente al estado. DERECHOS INDIVIDUALES Derecho a la vida Supera los demás cercos por circunstancias de que ningún otro derecho puede concebirse separadamente de la vida , es el derecho de mantener y desarrollar la existencia del hombre como medio para realizar un fin Derecho a la integridad personal Cuando se ocasiona un daño al individuo tanto física como mental Derecho de igualdad Todos los seres humanos cualquiera que sea la clase condición social ala que pertenece sus medio económicos, raza o religión , tiene iguales derecho , en cuanto a la igualdad de oportunidades y en la promoción de valores y desarrollo humano Derecho de libertad La libertad es el disfrute de los derechos fundamentales mediante los cuales el hombre, puede satisfacer sus necesidades fundamentales, una armonía entre derecho y libertad
  • 19. Derecho de libertad de locomoción Toda persona tiene pleno derecho de moverse o desplazarse libremente dentro del territorio nacional , en donde la libertad de elección y fijación de residencia y domicilio va en añadidura así como la prohibición de expatriación de ningún guatemalteco Circunstancias en la que se priva el derecho de locomoción: -El arraigo, y durante el estado de alarma y o por responsabilidades penales contraídas Derecho de libertad de acción Es el derecho de hacer todo lo que queramos siempre y cuando la ley no lo prohíba Formas de limitar el derecho de acción Flagrante delito (momento que se descubre la comisión de delito 257 CPP) 2- Sentencia condenatoria firma por autoridad competente Derecho de petición Es un derecho de todo ciudadana para dirigirse a los poderes públicos solicitando, favor , reparación de agravios o adopción de medidas que satisfagan el interés del peticionario este derecho tiene sus limitaciones. En el artículo 137 de la CPRG el derecho de petición en materia política corresponde exclusivamente a los guatemaltecos se excluye a los extranjeros Derecho de libertad de acceso a tribunales y dependencias del estado Derecho de toda persona de presentarse a tribunales y oficinas públicas en calidad de interesado Para ejercer sus acciones y hacer valer sus derechos de conformidad con la ley los extranjeros únicamente podrán acudir a la vía diplomática en caso de denegación de justicia Art. 29 CPRG Derecho de reunión y manifestación Hay que distinguir estos dos derechos la reunión significa la mera agregación de personas para concentrarse para revelar con su presencia ideas, sentimientos, o aspiraciones, el derecho de asociación implica la constitución de una entidad moral que persigue un fin común y está dotada de una organización ( el derecho de reunión publica solo puede restringirse cuando su fin sea congrio a la Constitución, leyes ordinarias buenas costumbres, o circunstancias que lo hagan ser peligrosa para la tranquilidad pública ) Derecho a libertad de emisión de pensamiento Consiste en la facultad de exponer la propia convicción científicas, religiosa, etc, sin necesidad de previa autorización , salvando los respetos de libertad ajena y exigencias de orden público
  • 20. Sus limitantes, ( Art. 27 y 36 Ley de emisión del pensamiento) a juicio de jurado y a sanciones las publicaciones en que se abuse la libertad de emisión de pensamiento son los siguientes ( impresos que impliquen traición a la patria, hieran la moral, falta de respeto la vida privada, ) Derecho de Aclaración Y Rectificación Art. 37 Ley de Emisión Pensamiento En publicaciones que se deben de aclarar - si atribuye a personas hechos inexactos - se hagan imputaciones ( Debe publicarse en forma gratuita en la misma página y caracteres y limitarse a rectificar la publicación principal ) **Cuando el medio de comunicación, no cumple con aclarar o rectificar los hechos cometidos en contra del agraviado el juez de paz apremia para que se publique previa audiencia al periódico ** JURADOS Reunión de cierto número de ciudadanos que sin pertenecer a la magistratura profesional son llamados por la ley para concurrir transitoriamente a la administración de justicia Las deliberaciones serán secretas y las decisiones por mayoría absoluta Art. 65 LEP COMO SE ESCOGEN LOS JURADOS Se integra por una lista que existe en los departamentos En el departamento de Guatemala ( Son 7 personas de colegios de abogados, 7 por medio de la asociación de periodistas y siete de la municipalidad en los demás departamentos son tres por cada asociación. Requisitos Guatemalteco, mayor de edad, de notoria conducta no ser funcionario y empelado público, CUANDO DA LUGAR A L JUICIO DE JURADOS -Impresos sediciosos (alzamiento contra el orden público), traición a la patria, contra la moral, calumnias e injurias graves PROCEDIMIENTO DEL JUICICO 1- Delito (ofendido presenta escrito al Juez 1 instancia penal. ) Art. 54 LEP 2- 48 horas después de la citación se hace sorteo de jurados 3-Integrado el Jurado el juez los cita para audiencia, de organización y organización del mismo 4- Juez fija día y hora para la vista plazo de 3 días 5-Vista pública 6-Deliberaciones de los jurados, ( forma secreta ) 7- Si no deliberan recaban nuevas pruebas 24 horas se resuelve 8- Apelación remite autos ala Sala en 48 horas a la sala se fija hora y día para la vista
  • 21. Libertad de religión La religión comprende tres aspectos ( libertad de creencias, de expresión ya sea oral o escrita, y la libertad de practicar libremente el culto d e su religión ) Personalidad jurídica de las iglesias Autorización que le confiere el estado para adquirir derechos y contraer obligaciones al igual que las personas individuales, Tenencia y portación de armas A fin de reforzar su seguridad y la legitima defensa de el y su familia nadie nos puede obligar a entregar armas salvo mediante orden de juez competente Propiedad privada Derecho de todo ser humano de poder adquirir bienes y ser dueños, y así disponer de estos bienes y pertenencias como mejor les parezca siempre que se respeten las leyes del estado ** Este derecho no es un derecho absoluto ni incondicional tiene su limitante ya que la propiedad privada es un derecho humano individual en función social es decir servir al dueño pero también a la colectividad Protección al derecho de propiedad Con esta norma se esta evitando que el estado abuse de las personas con la imposición de multas elevadas , las multas que se imponen por no pagar el valor de los impuestos no podrán ser mayores de los que no se pago. Derecho de autor o inventor Es la disposición de la s creaciones como se quiera libremente de acuerdo a leyes y tratados así como su respectivo registro Libertad de industria , comercio, y trabajo Esta libertad consiste en la posibilidad de dedicarse a cualquier actividad productora sin tropezar con privilegios o rabas de origen estatal ( la única limitante son la que por motivos sociales, o de interés nacionales estén contenidas en ley ) GARANTIAS PROCESALES CONSTITUCIONALES ( Materia penal )  -Ser notificados del motivo dela detención  -Autoridad que lo ordeno Lugar en que permanecerá Art. 7 CPRG  -Ser informa sobre sus derechos sobre todo contar con un abogado defensor Art. 8 CPRG  -Interrogatorio ante autoridades judiciales competentes ( En un término no mayor de 24 horas )
  • 22.  -Centro de detención Legal ( El estado debe mantener al detenido en lugares legales y públicos destinados para el efecto )  -La policía no debe presentar a los medios de comunicación a la persona que no ha sido indagada por tribunal competente Art. 13 CPRG  El detenido tiene el derecho de no declarar contra si mismo , cónyuges, persona unida de hecho, ni contra sus parientes dentro del cuarto grado de ley Art. 16 CPP, 442 CPP,  La declaración simple , al sindicado no se le juramenta ni se protesta, solamente se le amonesta 408 CPP  Derecho de defensa; Nadie puede ser condenado ni privado de sus derechos, sin haber sido oído, citado, y vencido en juicio ante autoridad competente.  Presunción de Inocencia ( toda persona es inocente mientras no se declare su culpa en sentencia ejecutoriada 14 CPP  Publicidad de proceso ( En materia penal tienen de derecho a conocer , de todas las actuaciones, documentos y diligencias penales sin reserva alguna y de manera inmediata todas las partes inmersas en el juicio penal.  Detención por faltas o infracciones: Podemos ser detenidos por infracciones a reglamentos. Si llevamos nuestros documentos de identificación, o persona que nos conozca y la autoridad le crea entonces tenemos derecho a ser detenidos pero si a presentarnos ante juez competente dentro de 48 horas ( si no nos presentamos estamos incurriendo en delito ) para estos casos todos los días y horas son hábiles para ello entre 8 y 18 horas ** Si no presentamos documento de identificación, si nos pueden detener pero la autoridad dentro del termino de una (1) hora nos deberá presentar ante autoridad competente  Irretroactividad de ley ( Salvo en materia penal cuando favorezca al reo )  NO HAY DELITO NI PENA SIN LEY ANTERIOR ( Si una acción que nosotros cometemos, o que dejemos de hacer no está calificada por una ley como delito o falta no se nos puede castigar sin ello.  Inviolabilidad de domicilio 23 CPRG ( nadie puede ingresar a la residencia, solo mediante orden juez competente y solo lo pueden hacer después de las seis de mañana y antes de las seis de la tarde DERECHOS SOCIALES ECONOMICOS, Y CULTURALES Son todos aquellos que la constitución reconoce a la persona ya no de forma individual si no como miembros dela sociedad por lo tanto el estado esta
  • 23. obligado a prestarlos, garantiza el derecho la salud, educación, de conformidad al principio de justicia social CARACTERÍSTICAS - Son derechos colectivos de prestación del estado -Son programáticos el estado debe de acatar dentro de sus posibilidades 2--Sociales - la familia ( igualdad de derechos entre cónyuges, paternidad responsable igualdad de hijos ante la ley ) GRADO DE PARENTESCO POR CONSANGUINIDAD hacia arriba ( Línea ascendente) los padres en primer grado, abuelos segundo grado bisabuelos en tercer grado tatarabuelos cuarto grado ( Línea descendente ) hijos en primer grado, nietos segundo grado, bisnietos tercer grado y tataranietos cuarto grado (Línea colateral ) hermanos segundo grado, tíos carnales segundo grado, tercer grado tíos ** hermanos de tus abuelos ) en cuarto grado sobrinos *** hijos de los hermanos de tu papá o mamá. AFINIDAD primer grado esposa, yernos y nueras en segundo grado suegros cuñados padrastro y madrastra, hijastros - la cultura ( es el grado de desarrollo artísticos, científico de la sociedad ) - educación ( fin de la educación desarrollo físico, moral e intelectual , así como la instrucción de la CPRG y derechos humanos. ) - ( Universidad de San Carlos ( máxima entidad educativa del país, goza de autonomía le corresponde desarrollar la educación superior del estado COMO SE GOBIERNA LA UNIVERSIDAD DE SAN CARLOS DE GUATEMALA - Su máxima autoridad es el consejo superior universitario ( lo integra el rector, los decanos de las facultades, Un representante del Colegio profesional egresado de esa universidad que corresponda a cada facultad, un catedrático titular y un estudiante por cada facultad COMO SE SOSTIENE LA UNIVERSIDAD El estado está obligado a darle cada año una cantidad de dinero no menor del 5 por ciento del presupuesto general de ingresos COMO SE CONTROLA UNIVERSIDAD PRIVADA SUPERIOR Existe el Consejo de Enseñanza privada superior ( se integra por dos delegados de la USAC, dos de universidades privadas, y un delegado del Colegio de Profesionales que no tenga cargo alguno en alguna universidad . PAGAN IMPUESTOS LAS UNIVERSIDADES
  • 24. Todas las universidades están exentas del pago de arbitrios, impuestos o contribuciones LA COLEGIACIÓN Son asociaciones gremiales no lucrativas, esencialmente con personalidad jurídica y patrimonio propio El fin del Colegio de profesionales es velar por el buen funcionamiento y desempeñó de las labores de los colegiados ORGANIZACIÓN Cien graduados de la profesión, acta notarial en la que se hará constar designación de junta directiva, y proyecto estatutos, La junta directiva solicita al consejo superior universitario la aprobación de la constitución del colegio y su aprobación.de la constitución del colegio y su inscripción ( se acompañan acta constitutiva y proyecto de estatutos ) el Consejo superior universitario, recaba informe de la asamblea de presidentes de los colegios profesionales, emite una resolución aprobando o no - acta de inscripción con copia certificada para entregar ala junta directiva ( prueba de la personalidad jurídica ) Consejo superior universitario , remite al diario oficial, - publicar copia certificada de estatutos y acta de inscripción ORGANIZACIÓN DE LOS COLEGIOS 1- Asamblea general órgano superior reunión de todos lo miembros activos 2- Junta directiva, actúa como órgano ejecutivo ( siete miembros ) presidente, vicepresidente, secretario, vocales 3- Comisiones IMPUGNACIONES Contra lo dispuesto por la asamblea de colegios profesionales cabe recursos de Aclaración Ampliación Apelación ante organismo superior - deporte ( El estado está obligado a dar el 3 por ciento de sus ingresos al deporte federado y no federado, AUTONOMIA EN EL DEPORTE La Constitución le da autonomía al deporte federado a través de sus organismo que son ( Confederación Deportiva Autónoma de Guatemala y Comité olímpico Guatemalteco *tienen personalidad jurídica y patrimonio propio y no pagan ninguna clase de impuestos y arbitrios ) - Salud - ( Seguridad social, para beneficio de los habitantes del país, su régimen se instituye como función pública en forma nacional, unitaria y obligatoria y está a cargo del IGSS
  • 25. - Comunidades Indígenas - ( El gobierno de Guatemala respeta, reconoce, y promueve las formas de vida, costumbres, tradiciones, idiomas y dialectos y personas que formen parte de las distintas comunidades indígenas) - - Trabajo - El régimen laboral de Guatemala debe organizarse conforme a principios de justicia social ( trato de forma justa , en cuanto a sus condiciones de vida humana ) - Derechos mínimos de trabajador - Todo trabajo debe ser pagado, pago en moneda de curso legal, goce del salario mínimo, protección a la mujer trabajadora, quince días hábiles de vacaciones, libertad de organizarse en sindicatos, los menores de catorce años no pueden trabajar, - LA JORNADA DE TRABAJO - no puede exceder de 8 horas diarias ni de 44 a la semana. ** Son 48 para efectos de pago ** - Trabajo nocturno ( no puede ser mayor de seis ni de 36 a la semana ) - Trabajo mixto ( no puede ser mayor de siete ni de 42 a la semana ) - ** horas extraordinarios deben ser remuneradas como tal. ** Artículo 116 CPRG Los trabajadores tienen derecho a la huelga , ** siempre y cuando no afecten los servicios públicos esenciales ** 4- DERECHOS POLÍTICOS Son de contenido positivo en la que se le da participación a los ciudadanos en la formación de organismos del estado y el acceso a funciones públicas -elegir y ser electo -derecho a la paz -derecho a la libre determinación de los pueblos. REGIMEN ECONOMICO SOCIAL QUIEN ORIENTA LA ECONOMIA NACIONAL118 El estado tiene la obligación de orientar la economía nacional con el propósito de lograr una equitativa distribución de la riqueza ( es decir que todos tenga empleo y reciban una cantidad de dinero justa a manera de vivir dignamente ) Concepto Moneda Es una media de cambio autorizada y adoptada su característica ser de curso legal
  • 26. Banco de Guatemala Institución Bancaria que es el centro del sistema financiero de un país normalmente total o parcial por el gobierno de estado en su calidad de regular el crédito y la moneda Quienes integran la junta monetaria -Presidente Banco de Guatemala nombrado por el presidente de la república -Ministros de Finanzas, economía agricultura y ganadería y alimentación -Un miembro electo por el congreso, -un miembro electo por consejos d e administración o juntas directivas de los bancos privados y nacionales -un miembro electo por el consejo superior universitario de la USAC Funciones de la Junta Monetaria (Vigila lo relativo al dinero ) - Establecer la política monetaria cambiaria, y crediticia del país. - Velar por la liquidez y solvencia del sistema bancario nacional - Velar por la estabilidad y fortalecimiento de la banca privada OBLIGACIONES DEL ESTADO119 - Promover el comercio - Promover la inversión ( nacional y extranjero ), capital y ahorro, - Mejorar el nivel de vida de sus habitantes, - Defender a los consumidores y usuarios en cuanto a la calidad de productos de consumo INTERVENCIÓN DE EMPRESAS 120 El estado las puede intervenirlas con el objeto de seguir prestando el servicio al público de manera normal BIENES DEL ESTADO 121  Ingresos fiscales y municipales  Monumentos y reliquias arqueológicas  Frecuencias radio eléctricas  Los de dominio publico (  Aguas marítimas y continentales, aguas subterráneas  Patrimonio del Estado LIMITACIÓN A LOS DERECHOS FUNDAMENTALES 138-139 CPRG
  • 27. 138-140 En caso de invasión del territorio de perturbación grave de la paz, de actividades contra la seguridad del estado o de calamidad pública.. La limitación de los derechos constitucionales se fundamentar en que está limitación está hecha para la seguridad e integridad del estado y del orden público y es para que se cumpla el bien común que persigue el estado, y además se sustenta el interés de la sociedad priva sobre el particular El bien común puede verse perturbado por distintos factores ya sean intensos o externos. Ante la posibilidad de ese peligro el poder público tiene la misión de reestablecer el equilibrio y la paz social En tal caso de la suspensión de las normas permanecen validad, aunque se suspende, temporalmente su eficacia . Un aspecto particularmente delicado a la suspensión concierne a la determinación de la fuente normativa que puede permitirla habilitando un órgano constitucional por lo general al ejecutivo para suspender la constitución y establecer un orden excepcional cuando se dan situaciones de peligro para el ordenamiento constitucional LEY DE ORDEN PÚBLICO Se concreta a regular lo que conocemos como estados de excepción y las medidas que la autoridad legalmente constituida puede adoptar en dichos casos, Los estados d e excepción se traducen en una restricción a determinados derechos expresamente reconocidos y garantizas por la ley suprema del país. No afectara el funcionamiento de los organismo del estado y sus miembros gozarán siempre de las inmunidades y prerrogativas que les reconoce la ley tampoco afectará el funcionamiento de los partidos políticos La constitución ha ligerado un positivo avance en cuanto a la protección constitucional de los derechos humanos aun durante los estados de excepción en otras palabras se ha limitado la esfera de intervención del estado, lo que armoniza los principios básicos del derechos DERECHOS QUE PUEDEN SUSPENDERSE Libertad de acción Detención ilegal Libertad de locomoción Tenencia y portación de armas Libertad de emisión del pensamiento
  • 28. GRADOS EN QUE SE SUSPENDEN 1-estado de prevención 2-estado de alarma 3-estado de calamidad pública ( terremotos, inundaciones 4-estado de sitio 5-Estado de guerra Nos dice que también existe el toque de queda que puede ser decretado o establecido por el gobierno estableciendo que de tales horas a tales horas no pueden circular las personas ni vehículos estos se hace para evitar el desorden y el robo. La suspensión es una limitación que supone una derogación transitoria del normal funcionamiento de algunas de las instituciones y del ejercicio de ciertos derechos garantizados a ellas ESTADO DE PREVENCIÓN Y ESTADO DE ALARMA El estado de prevención y alarma se dirige a debilitar los hechos que atacan la constitución sino los derechos que esta garantiza, se califica al estado de alarma como racional elemento del orden. No es más que el orden de policía en tiempos normales fortaleciendo por situaciones de emergencia Se resume el estado de prevención como un refuerzo de las atribuciones delas autoridades civiles y un estado de alerta por las fuerzas de policía pero sin la intervención preponderante de que al ejercito le corresponde el estado de sitio o de guerra ESTADO DE CALAMIDAD PUBLICA Se encuentra destinado a proveer de las medidas apropiadas en casa provocados especialmente por fenómenos naturales como terremotos, inundaciones, epidemias, que afecten ya sea a todo el territorio nacional o determinadas zonas del mismo. Pues aparte de constituir un mal material conlleva un peligro para el orden social por la terrible depresión que produce y lo más grave el hurto se incrementa en esa circunstancias ESTADO DE GUERRA
  • 29. EL estado de guerra es una institución jurídica prevista de antemano cuyo objeto es restablecer la paz pública y con ella , el imperio de la ley se caracteriza por un reforzamiento del poder ejecutivo consiste en atribuir ala autoridad militar competencias pertenecientes a la civil ESTADO DE SITIO Es siempre un hecho o conjunto de hechos ya producidos inequívocamente cierto, que pueden consistir en una conmoción interior o un ataque exterior pero ambos producen una perturbación del orden al mismo tiempo originan un peligro grave e inminente el cual puede afectar conjuntamente el ejercicio de la constitución CARACTERÍSTICAS DEL ESTADO DE EXCEPCION -Debe ser evidente un caos reinante. - Las medidas a aplicar son de carácter temporal o transitorio -La aplicación de medidas será la consecuencia de fenómenos naturales o convulsiones sociales - La finalidad es la defensa del orden constitucional o superar un caos por fenómenos naturales APLICACIÓN: Se aplicara en los casos de invasión del territorio nacional, de perturbación grave de la paz, de calamidad pública o de actividades contra la seguridad del estado Artículo 2 el presidente de la república en consejo de ministros calificará las situaciones previstas en el artículo anterior y según la naturaleza o gravedad emitirá el decreto que corresponda con las especificaciones del caso Artículo 6 Inmediatamente después de emitido el decreto que establece el estado de alarma, de calamidad publica, o de sitio se dará cuenta al Congreso de la república para que lo ratifique, modifique o impruebe. En caso de modificaciones o de improbación por parte del Congreso lo actuado con anterioridad tendrá plena validez REQUISITOS PARA LA DECLARATORIA DEL ESTADO DE EXCEPCION El estado de prevención debe tener la aprobación del Congreso de la República después de declarado por el presidente en Consejo de Ministros EL DECRETO QUE ACUERDE EL ESTADO DE EXCEPCION ESPECIFICARA
  • 30. 1- Los motivos que lo justifiquen, los cuales deberán de ser de suficiente peso para que verdaderamente justifiquen un medida de tal magnitud a- Los derechos que no pueden asegurarse en su plenitud el decreto deberá ser explicitó en ese sentido b- El territorio que afecte el decreto deberá de determinar si es de aplicación en todo el territorio nacional o en una parte o zona del mismo c- El tiempo que durará su vigencia los efectos d el decreto no podrán exceder de treinta día por cada vez ESTADO Es una sociedad humana asentada en un territorio determinado, sujeto a un poder soberano, que crea, define, y aplica un ordenamiento jurídico para obtener el bien común de sus componententes. ELEMENTOS 1-TERRITORIO Es el espacio físico en que el estado ejerce su poder y desenvuelve su actividad específica. El territorio es el ámbito espacial de validez del orden jurídico del estado. FUNCION DEL TERRITORIO Constituye una limitación física de la soberanía estatal ** El estado se reserva el demonio de una faja terrestre de tres kilómetros a los largo de los océanos, contados a partir de la línea superior de las marear de doscientos metros, alrededor de las orillas de los lagos de cien metros a cada lado de las riberas de los ríos navegables de cincuenta metros alrededor de las fuentes manantiales donde nazcan las aguas que surtan a las poblaciones. LIMITACIÓN A LAS FAJAS FRONTERIZAS solo los guatemaltecos de origen o las sociedades cuyos miembros tengan las mismas calidades podrán ser propietarios o poseedores de inmuebles situados en la faja de quince kilómetros de ancho a lo largo de fronteras medidos desde la línea divisoria ( Trata el estado con esta medida de evitar conflicto y manera de unidad estatal ). ESPACIOS GEOGRAFICOS  ESPACION TERRESTRE
  • 31. Comprende no solo el suelo sino el subsuelo terrestre, el lecho y el subsuelo del mar territorial y la zona económica exclusiva y plataforma continental 142 CPRG  ESPACIO MARÍTIMO Es la anchura del mar hasta un límite que no exceda de dos millas marinas medias a partir de la línea base Zona contigua ( que toca o cosa ) No podrá ser mayor de 24 millas marinas contadas de la líneas base Zona económica Exclusiva No se extenderá más halla de 2000 millas de navegación contadas a partir de la cuales se mide la anchura del mar territorial . sus derechos de soberanía conllevan fines de explotación, exploración, conservación, administración de recursos naturales. Plataforma Continental Es aquella que comprende el lecho y el subsuelo de las áreas submarinas que se extienden más halla del mar territorial , los derechos de explotación y exploración de recursos naturales. La zona son los fondos marinos y oceánicos son patrimonios de la humanidad y ningún estado podrá ejercer soberanía  ESPACIO AERERO navegación aérea Es el uso del espacio aéreo con el objeto de permitir la navegación de otras naves en el territorio del Estado Soberano Telecomunicaciones a larga distancia Son disposiciones que aseguran la garantía y libertad de comunicaciones y de tránsito. Cinco libertades -El derecho de atravesar el territorio de los estados partes sin aterrizar - El derecho de aterrizar por motivos no comerciales en el Territorio de los estados. -El derecho de embarcar pasajeros, correo y mercancías, con destino al territorio del estado del cual la aeronave posee la nacionalidad . ESPACIO AEREO Y ESPACIO ULTRATERRESTRE El espacio ultraterrestre comienza donde la atmósfera de la tierra se desvanece en un vació de 80 y 160 kilómetros sobre el suelo su altura no esta oficialmente delimitada por el convenio 2- POBLACIÓN
  • 32. Son los habitantes que residen en forma permanente en su territorio. Nacionalidad : ( 144 al 146 de la CPRG ) Es el lazo jurídico y político de carácter permanente que vincula un individuo a un Estado Principios de la nacionalidad -Todo hombre debe tener una nacionalidad -Todo hombre es libre de cambiar su nacionalidad - La nacionalidad implica vinculación efectiva con el país del cual es nacional La nacionalidad puede ser :  Originaria : cuando resulta del nacimiento Son guatemaltecos de origen los nacidos en territorio nacional , y los hijos de padre o madre guatemaltecos nacidos en el extranjero . Se exceptúan los hijos de funcionarios diplomáticos.  Adquirida Cuando proviene de la nacionalidad por otra Nacionalidad de centro americanos Son guatemaltecos a los nacionales por nacimiento de las repúblicas que constituyeron la federación centroamericana Sistemas que rigen la nacionalidad IUS SANGUINIS es el derecho sobre los lazos consanguíneos IUS SOLI La nacionalidad se determina por el lugar de su nacimiento Apatrida es aquella persona que carece de nacionalidad Pueblos Homogéneos : Son aquellos que pertenecen a la misma raza, idioma, cultura y religión permitiendo organizarse políticamente de manera independiente y de constituir un estado CIUDADANIA 147 CPRG Institución que habilita para el ejercido de todos los derechos políticos y comporta deberes y responsabilidades hacia el estado Son derechos y deberes de los guatemaltecos además de los consignados en otras normas de la Constitución y Leyes de la República los siguientes - cumplir y velas por el cumplimiento de la constitución
  • 33. - obedecer las leyes - guardar respeto a las autoridades 3- SOBERANIA/ PODER PODER El estado , le permite dictar normas obligatorias que regulan la convivencia social de los habitantes que se encuentra en su jurisdicción El poder es el que nos manda por lo que se han creado normas jurídicas por parte del estado para la ordenamiento de la colectividad para cumplir con las atribuciones Características del poder -No es absoluto. -esta determinado en el ordenamiento jurídico. -es un poder soberano está por encima de otro poder . -es un poder de dominación ya que permite hacer uso de la coacción para que cumplan las disposiciones legales. El poder público es considerado como competencia, imperativo jurídico y un medio -competencia: porque se distribuyen en tres funciones legislativa, ejecutiva y judicial -imperativo jurídico: El poder público implica la facultad de crear el derecho, definirlo en normar jurídicas y aplicarlo unilateralmente sin previa consulta empleando la coacción si es necesario -medio Instrumento adecuado para realizar los fines fundamentales del estado en especial el bien común SOBERANIA Es el poder supremo del estado , poder que no esta sometido a ningún otro poder y que tienen bajo su dominio a todos los otros poderes que puedan existir en esa organización política ** La soberanía radica en el pueblo quien la delega en sus gobernantes, quienes determinan y constituyen el poder **. Características de soberanía. - es única -es indivisible (no puede dividirse) - Inalienable (No puede cederse, )
  • 34. - Imprescriptible (No deja de tener vigencia a lo largo del tiempo. -es absoluto Sujetos de la soberanía 1- ESTADO como persona jurídica solo puede existir en el derecho, la soberanía se encuentra sometida al derecho ya que la soberanía significa la existencia de un poder supremo, que tiene por objetivo el bien común. de la población. GOBIERNO Y ADMINISTRACIÓN El organismo ejecutivo realiza una doble función -Los actos de gobierno tienden a la dirección de la administración. - La administración organiza los servicios públicos destinados al obtener el bien público 4-ORDENAMIENTO JURÍDICO Conjunto de normas jurídicas vigentes y positivas que se relacionan entre sí, que están jerarquizadas y que rigen en cada momento la vida del ser humano y las instituciones dentro de una nación determinada. 5-BIEN COMUN Es el bienestar de sus habitantes su progreso y aseguramiento de la paz dentro del ordenamiento jurídico Art. 1 CPRG. FORMAS DE ESTADO 1- ESTADO SIMPLE O UNITARIO Es aquel en que la soberanía se ejercita de manera directa sobre un solo pueblo que está habitando un mismo territorio, además posee un solo centro de impulsión política y administrativa dando lugar a Centralización Política La actividad pública corresponde a órganos cuya competencia se extiende a todo el territorio nacional. Centralización administrativa Cuando el órgano superior mantiene la dirección y control de órganos que integran la administración . Descentralización
  • 35. Cuando las funciones del estado son cumplidas por órganos de competencias limitada. Todos los individuos obedecen a una sola autoridad y viven bajo un solo régimen constitucional SISTEMA DE GOBIERNO Son utilizados para designar al conjunto de poderes públicos o sea los órganos a los que se le atribuye el ejercicio supremo de la soberanía REPUBLICANO (quiere decir que se opone a la monarquía y a lo autocrático) Está es electiva y temporal existen o pueden existir una jefatura encargada a una persona o varias siendo el resultado de una elección el ejercicio del poder está directo e indirectamente en el pueblo quien lo delega a sus gobernantes Teoría de la representación. Adecuándose en el sistema democrático en el cual se produce a raíz de elecciones libres y periódicas , con la pluralidad de partidos políticos , y diversas corrientes de opinión con libertad de expresión IDIOMA OFICIAL El idioma oficial de Guatemala es el español las lenguas vernáculas formas parte del patrimonio de la Nación Solo el estado reconoce respeta y promueve los idioma indígenas ( kiche, man, poqomchi, etc. ) RELACIONES INTERNACIONALES 149-151 CPRG Guatemala normará sus relaciones con otros estados, con el propósito de contribuir al mantenimiento de la paz y la libertad, al respeto y defensa de los derechos humanos, al fortalecimiento de los procesos democráticos e instituciones internacionales que garanticen el beneficio muto y equitativo entre los estados IMPERIO DE LA LEY Debe entenderse la formalmente creada por el órgano popular representativo ASAMBLEA NACIONAL CONSTITUYENTE como expresión de voluntad general en donde la ley ordinario se subordina a la ley fundamental la CONSTITUCIÓN .
  • 36. RESPONSABILIDAD POR INFRACCION DE LEY Los funcionarios y empleados públicos actúan unilateralmente imponiendo sus decisiones dentro del marco de la constitución Política de la República de Guatemala y las leyes pero actual limitadamente Los particulares Tienen el deber de obediencia, pero el derecho de afirmar la juridicidad y reclamar la actuación unilateral indicada para el bien común La responsabilidad de los funcionarios y empelados públicos podrá deducirse mientras no hubiere consumado la prescripción cuyo término será de veinte años Ni los guatemaltecos ni los extranjeros podrán reclamar al estado la indemnización de daños y perjuicios causados por movimientos armados o disturbios civiles NO OBLIGATORIEDAD DE ORDENES ILEGALES Ningún Funcionario o empleado público civil o militar está obligado a cumplir ordenes manifiestamente ilegales o que impliquen la comisión de un delito. ORGANOS DEL ESTADO En la Constitución y en leyes conexas de carácter ordinario que se desarrollan en lo relativo al Organismo legislativo, Ejecutivo y Judicial. Cuyo objeto del estado es esencialmente un fin de derecho. ORGANISMO LEGISLATIVO Es el órgano del estado que tiene a su cargo esencialmente la función de legislar, tiene una naturaleza eminentemente política, la función creada del derecho que le corresponde FUNCION LEGISLATIVA Y JUSTIFICACIÓN DE FUNCION LEGISLATIVA Es la que permite al Estado formular el derecho objetivo o regla de derecho, con reglas preceptivas o decisiones de autoridad que obedecemos todo porque nos obligan, nos prohíben o nos permiten hacer algo con tales argumentos FUNCION LEGISLATIVA
  • 37. El estado instituye el ordenamiento jurídico que regula su organización y su acción, así como la vida social. La función legislativa es la actividad estatal que tiene por objeto la creación de normas jurídicas generales en otra palabra la de hacer leyes. COMPOSICIÓN DEL ORGANISMO LEGISLATIVO UNICAMERALISMO Sostiene que el poder legislativo se ejerce por una sola cámara llamada de diputados o representantes. CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA POTESTAD. Esta compuesto por diputados electos directamente por el pueblo en un sufragio universal y secreto por el sistema de distritos electorales y de lista nacional, para un periodo de cuatro años pudiendo ser reelectos INTEGRACIÓN Cada uno de los departamentos de la república, constituye un distrito electoral el municipio de Guatemala forma el distrito central , y los otros municipios del departamento constituyen el distrito de Guatemala. Por cada distrito electoral deberá elegirse como mínimo un diputado. La ley establece el número de diputados que correspondan a cada distrito en proporción a la población un número equivalente al veinticinco por ciento de diputados distritales será electo directamente como diputados por lista nacional. La falta definitiva de un diputado se declarará vacante el cargo. Llamando al postulante que aparezca en la respectiva nómina distrital o lista nacional a continuación del último cargo adjudicado. SESIONES El periodo anual de sesiones se inicia el catorce de enero de cada año sin necesidad de convocatoria. El congreso se reunirá en sesiones ordinarias del catorce de enero al quince de mayo y del uno de agosto al treinta de noviembre de cada año. Se reunirán en sesiones extraordinarias cuando sea convocado por La Comisión Permanente o por el Organismo Ejecutivo .para conocer los asuntos que motivaron la convocatoria. Podrá conocer de otras materias con el voto favorable de la mayoría absoluta del total de diputados que lo integran .
  • 38. El veinticinco por ciento de diputados o más tiene derecho a pedir a la Comisión Permanente la convocatoria del Congreso. por razones suficientes de necesidad o conveniencia pública. Si la solicitare por lo menos la mitad más uno del total de diputados, la comisión permanente deberá proceder inmediatamente su convocatoria ORGANIZACIÓN DEL ORGANISMO LEGISLATIVO Se encuentra por cuatro organismos internos. 1- Pleno del congreso., ( Diputados ) 2- Junta Directiva ( Coordina actividades del congreso, convoca a sesiones se elige anualmente 3- Comisiones de trabajo del congreso ( Analizan proyectos y se pasan al pleno 4- Comisión permanente del congreso ( Se encarga de labores del congreso el período vacaciones se elige anualmente ) MAYORIA PARA LAS RESOLUCIONES Las resoluciones del congreso, deben tomarse con el voto favorable de la mayoría absoluta de los miembros que lo integran salvo los casos en que la ley exija un número especial AUTORIZACIÓN A DIPUTADOS PARA DESEMPEÑAR OTRO CARGO Los diputados pueden desempeñar el cargo de ministros o funcionario de Estado o de cualquier otra entidad descentralizada o autónoma. En estos casos deberá concedérseles permiso por el tiempo que duren en sus funciones ejecutivas, en su ausencia será sustituido por el diputado suplente. PRERROGATIVAS DE LOS DIPUTADOS Los diputados son representantes del pueblo y dignatarios de la Nación como garantía para el ejercicio de sus funciones gozarán, desde el día que se les declare electos, de las siguientes prerrogativas. 1- Inmunidad personal para no ser detenidos n juzgados , Sui la Corte Suprema de Justicia no declara previamente que ha lugar a formación de causa después de conocer el informe del juez pesquisidor que deberá nombrar para el efecto. Se exceptúa el caso de flagrante delito en que el diputado sindicado deberá ser puesto inmediatamente a disposición de la Junta Directiva o Comisión Permanente del Congreso para los efectos del antejuicio correspondiente . 2- Irresponsabilidad por sus opiniones, por su iniciativa y por la manera de tratar por negocios públicos en el desempeño de su cargo.
  • 39. Todas las dependencias del estado tienen la obligación de guardar a los diputados las consideraciones derivadas de su alta investidura. Sólo el congreso será competente para juzgar y calificar si ha habido arbitrariedad o exceso y para imponer las sanciones disciplinarias pertinentes REQUISITOS PARA EL CARGO DE DIPUTADO Para ser electo diputado, se requiere ser guatemalteco de origen y estar en el ejercicio de sus derechos ciudadanos JUNTA DIRECTIVA Y COMISION PERMANENTE El congreso elegirá cada año su junta Directiva. Antes de clausurar el período de sesiones ordinarias elegirá la Comisión Permanente presidida por el Presidente del Congreso , la cual funcionará mientras el congreso no esté reunido, la integración y las atribuciones de la Junta directiva y de la Comisión Permanente serán fijadas en la Ley de Régimen anterior. PROHIBICIONES PARA SER DIPUTADOS a) -Los funcionarios y empleados de los Organismos Ejecutivo, Judicial y Tribunal Y contraloría de Cuentas así como, los magistrados del tribunal supremo electoral y el director del Registro de ciudadanos. Quienes desempeñen funciones docentes y profesionales al servicio de establecimientos de asistencia social, están exceptuados de la prohibición anterior b) Los contratistas de obras o empresas públicas que se costeen con fondos del estado o del municipio c) Los parientes del Presidente de la República y los del Vicepresidente dentro del cuatro grado de afinidad o segundo de afinidad d) Los que habiendo sido condenados en juicio de cuentas por sentencia firme no hubieren solventado sus responsabilidades e) Quienes representen intereses de compañías o personas individuales que exploten servicios públicos. f) Los militares en servicio activo. Al tiempo de su elección posteriormente, si el electo resultare incluido en cualquiera de las prohibiciones contenidas en este artículo, se declarará vacante su puesto, pero si fuera de los comprendidos en las literales a) y e) podrá optar entre el ejercicio de sus funciones o el cargo de diputado
  • 40. Es Nula la elección de diputado que recayere en funcionario que ejerza jurisdicción en el distrito electoral que lo postula, o la hubiere ejercido tres meses antes de la fecha en que se haya convocado la elección. El cargo de diputado es compatible con el desempeño de misione s diplomáticas temporales o especiales y con la representación de Guatemala en congresos internacionales. ATRIBUCIONES DEL CARGO DE DIPUTADO a) Abrir y cerrar sus periodos de cesiones b) Recibir el juramento del vice y presidente de la república , al presidente del organismo judicial y darles posesión a sus cargos c) Aceptar o no la renuncia del presidente o vicepresidente de la república el congreso aprobará la renuncia respectiva. d) Dar posesión de la presidencia de la república , al vicepresidente en caso de ausencia absoluta o temporal del presidente e) Desconocer al presidente de la república si habiendo vencido su período constitucional continua en el ejercicio del cargo. En tal caso el ejercito pasara a depender del congreso Declarar con el voto de las dos terceras partes del número total de diputados que integran el congreso la incapacidad física o mental del presidente de la república para el ejercicio del cargo . la declaratoria debe fundarse por dictamen previo de una comisión de cinco médicos por la junta directiva del colegio a solicitud del congreso. Declarar si ha lugar o no a formación de causa contra el presidente y Vicepresidente de la República , presidente y Magistrado de La corte Suprema de Justicia, del tribunal supremo electoral, y de la corte de Constitucionalidad, Ministro s y Viceministros de Estado, cuando estén encargados del despacho, secretarios de la presidencia de la república subsecretarios que lo sustituyan, procurador de los derechos , Fiscal General y Procurador General de la Nación ** Toda resolución sobre esta materia ha de tomarse con el voto favorable de las dos terceras partes del número total de diputados ** INTERPELACIONES A MINISTROS
  • 41. Acto por el cual los ministros de estado tiene la obligación de presentarse al congreso a fin de contestar preguntas que se le plantean sobre el ejercicio de su cargo Las preguntas básicas deben comunicarse al ministro o ministros interpelados con cuarenta y ocho horas de anticipación , ni el congreso en pleno , ni autoridad alguna, podrá limitar a los diputados al congreso el derecho de interpelar. Cualquier diputado puede hacer las preguntas adicionales que estime pertinentes relacionadas con el asunto o asuntos que motiven la interpelación y de está podrá derivarse el planteamiento de un voto de falta d e confianza que deberá ser solicitado por cuatro diputados. EFECTOS DE LA INTERPELACIÓN Cuando se plantea la interpelación de un ministro este no podrá ausentarse del país, ni excusarse de responder en forma alguna. Si se emitiere voto de falta de confianza a un ministro aprobado por no menos de la mayoría absoluta del total d e diputados al congreso, el ministro presentara inmediatamente su renuncia. El presidente de la república podrá aceptarla pero si considera en consejo de Ministro, que el acto o actos censurables al ministro se ajustan a la conveniencia nacional y política de gobierno El interpelado podrá recurrir dentro d e los ocho días a partir de la fecha del voto de falta de confianza. Si no lo hiciere se le tendrá por separado del cargo e inhábil para ejercer al cargo por un período no menor de seis meses. ASISTENCIA DE MINISTROS AL CONGRESO Cuando para el efecto sean invitados los ministros de Estado están obligados de asistir a las sesiones, no obstante podrán asistir y participar y podrán hacerse representar por los viceministros . **Todos los funcionarios y empleados públicos están obligados a acudir e informar al congreso cuando esté o sus comisiones lo consideren necesario.** CONVOCATORIA A ELECCIONES POR EL CONGRESO Es obligación del congreso o en su defecto a la comisión permanente convocar sin demora a elecciones generales cuando en la fecha indicada por la ley el tribunal supremo electoral no lo hubiere hecho
  • 42. ATRIBUCIONES ESPECÍFICAS DEL CONGRESO 171 CPRG 1- Calificar credenciales que extenderá el TSE a los diputados electos. 2- Nombrar y remover a su personal administrativo. 3- Aceptar las renuncias que presenten sus miembros 4-Llamar a diputados suplentes en caso de renuncia, o muerte de alguno de los diputados. 5- Elaborar y aprobar su presupuesto MAYORIA CALIFICADA Aprobar antes de su ratificación con el voto de las dos terceras partes que integran el congreso, tratados, convenios o cualquier arreglo internacional cuando. - Se refiera al paso de ejércitos extranjeros por el territorio nacional o al establecimiento temporal de bases militares extranjeras. PROCEDIMIENTO CONSULTIVO Las decisiones políticas de especial trascendencia deberá ser sometidas a procedimiento consultivo de todos lo ciudadanos, La consulta será r evocada por el TSE a iniciativa del Presidente o del Congreso de la república ** La ley constitucional s electoral regulará lo relativo a esta institución ** FORMACIÓN Y SANCION DE LEY QUIENES TIENEN INICIATIVA DE LEY: Los diputados al Congreso El Organismo Ejecutivo La Corte Suprema de Justicia. La USAC
  • 43. El TSE Las leyes calificada comoconstitucionales requieren para su reforma, el voto de las dos terceras partes del total de diputados que integran el congreso previo dictamen favorable de la corte de constitucionalidad. TRAMITE DE CREACIÓN Y FORMACIÓN DE LEY 1) presentado para su trámite un proyecto de ley , ( se observará un procedimiento que prescribe la ley orgánica y régimen interior del Organismo Legislativo.) 2) Se pondrá en discusión en tres sesiones celebradas en distintos días y no podrá votarse hasta la tercera sesión ( se exceptúan los casos en los que el congreso declare de urgencia nacional ) 3) Aprobado un proyecto de ley, la junta directiva del congreso, en un plazo no mayor de diez días, lo enviará al Ejecutivo, para su sanción, promulgación y publicación. 4) Dentro de los quince días de recibidos el decreto y previo acuerdo tomado en consejo de ministros , el presidente de la república podrá devolverlo al congreso para las observaciones que estime pertinentes en ejercicio de su derecho de veto ( impedir ) 5) Si el ejecutivo no devolviere el decreto dentro de los quince ( 15 ) días siguientes a la fecha de su recepción , se tendrá por sancionado y congreso lo deberá promulgar como ley dentro de los ocho (8) días siguientes 6) En caso de que el congreso clausurare sus sesiones antes de que expire el plazo en que puede ejercitarse el veto el ejecutivo podrá devolver dentro de los primeros ( 8 ) días del siguiente período de sesiones ordinarias 7) Devuelto el decreto al congreso , La junta directiva lo deberá poner en conocimiento del pleno en la siguiente sesión y el congreso en un plazo no mayor de ( 30 ) días . 8) Si no fueren aceptadas las razones del veto ( impedimento ) y el congreso rechazare el veto por las dos terceras partes del total de sus miembros
  • 44. 9) El Organismo Ejecutivo deberá obligadamente sancionar y promulgar el decreto dentro de los ocho ( 8 ) días siguientes de haberlo recibido Si el organismo ejecutivo no lo hiciere , la junta directiva del congreso ordenará su publicación en un plazo que no exceda de tres días para que surta como ley de la república 10) La ley empieza a regir en todo el territorio nacional ocho día después de su publicación en el Diario Oficial, No necesitan de sanción del Ejecutivo las disposiciones del congreso relativas a su régimen interior y las contenidas en los artículos 165 y 170 ( atribuciones, interpelaciones, asistencia de los ministros a interpelaciones ) de la CPRG ** ORGANISMO EJECUTIVO Es el en cargado de administrar al estado y lo coordina , su estructura es en base al principio de jerarquía y parte de la descentralización del poder El presidente de la república es el jefe del estado de Guatemala y ejerce las funciones del organismo ejecutivo por mandato del pueblo El presidente de la república actuara siempre con los ministros en consejo o separadamente, es el comandante del ejército El presidente, ministros, ( se encargan de gestión y organización que pretende la administración pública) y viceministros y demás funcionarios dependientes integran el organismo ejecutivo ELECCIÓN DEL PRESIDENTE Y VICEPRESIDENTE DE LA REPUBLICA Será electos por un período de cuatro años, por medio de voto secreto , si ninguno de obtiene la mayoría absoluta se procederá segunda elección dentro de un plazo no mayor de sesenta y menor de cuarenta y cinco días REQUISITOS PARA SER PRESIDENTE Ser guatemalteco de origen, ser mayor de cuarenta años, PROHIBICIONES
  • 45. 1- El caudillo ni jede de golpes de estado. 2- Los parientes dentro de cuarto grado de consanguinidad y segundo grado de afinidad cuando este ultimo se encuentre ejerciendo la presidencia. 3-Los miembros del ejercito salvo que estén de baja o situación de retiro. 4-Los magistrados del TSE 5- Los ministros de Cualquier Religión o Culto PROHIBICIÓN DE REELECCIÓN La reelección o la promulgación de periodo presidencial son punibles de conformidad con la ley CONVOCATORIA A ELECCIONES Y TOMA DE POSESIÓN Se regirán por lo establecido en la Ley electoral y de Partidos Políticos FALTA TEMPORAL O ABSOLUTA DEL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA Si la falta fuere temporal lo suplirá el vicepresidente de la república y en caso de falta permanente de ambos lo completará la persona que designe el Congreso de La república con el voto favorable de las dos terceras partes del total de diputados, MINISTROS DE ESTADO REQUISITOS PARA SER MINISTRO - Ser guatemalteco de Origen -Hallarse en el goce de sus derechos ciudadanos - Ser mayor de treinta años. VICEMINISTROS DE ESTADO En cada ministerio habrá un viceministro que reúna todas las calidades para ser ministro PROHIBIBICIONES PARA SER MINISTRO DE ESTADO -Los parientes del presidente y vicepresidente dentro del cuatro grado de consanguinidad y segundo de afinidad Los hubiere sido condenados en juicio de cuentas y no hubiere solventado sus responsabilidades.
  • 46. - Los contratistas de obras o empresas que se costeen con los fondos del Estado de sus entidades descentralizadas, autónomas o semiautonomas del municipio. -Los ministros de cualquier religión o culto - Quienes defiendan o representen intereses de personas individuales o jurídicas que exploten servicios públicos. FUNCIONES - Ejercer jurisdicción sobre todas las dependencias de su ministerio. -Presentar anualmente al presidente de la república el proyecto de su ministerio Concurrir al Congreso de la República y participar en los debates sobre negocios relacionados en su ramo. - Afirmar los decretos, acuerdos y reglamentos dictados por el presidente de la república relacionada con su despacho para que tengan validez - Dirigir tramitar resolver e inspeccionar todos los negocios relacionados con su ministerio CONSEJO DE MINISTROS Y SURESPONSABILIDAD El presidente , vicepresidente de la república y los ministros de Estados reunidos en sesión, constituyen el Consejo de Ministros el cual conoce asuntos sometidos a sus consideración, ** De las decisiones del Consejo de Ministros serán solidariamente responsables los ministros que hubieren concurrido salvo aquellos que hayan hecho contar su voto adverso Art. 195 CPRG ** y ley de responsabilidades MEMORIA DE ACTIVIDADES DE LOS MINISTERIOS Los ministros están obligados a presentar anualmente al Congreso en los primeros diez días de febrero la memoria de actividades de sus respectivos ramos, que deberá contener la ejecución presupuestaria de su ministerio SECRETARIOS DE LA PRESIDENCIA
  • 47. El presidente de la república tendrá los secretarios que sean necesarios, Los secretarios general y privado de la presidencia de la república deben de reunir los mismos requisitos que exigen para ser ministros y gozarán de iguales prerrogativas e inmunidades ACTORES DEL SISTEMA POLÍTICO 1- El gobierno: La constitución concibe al gobierno como el promotor del bien común y el responsable de la consolidación del régimen de igualdad y libertad. ELEMENTOS FUNDAMENTALES PARA CONSOLIDAR UN GOBIERNO 1- RECLUTAMIENTO POLITICO proceso por el cual el estado se nutre d e recursos humanos que le servirán de base técnica administrativa al margen del gobierno en el poder 2- SOCIALIZACIÓN POLÍTICA Proceso por el cual se inculca la cultura política en la sociedad 3- COMUNICACIÓN POLÍTICA Es aquella que debe realizar un gobierno para e establecer canales de comunicación adecuados ala sociedad civil siendo esta la campaña electoral 2- Partidos Políticos Grupo de hombres unidos para promover, mediante un esfuerzo en conjunto el interés nacional sobre un principio particular en que todos están de acuerdo su fin ultimo político es de llegar al poder para poner en practica los programas que según su criterio llevan la sociedad al desarrollo 3- Grupos de presión Son grupos organizados desempeñando acciones a influir en las instituciones del poder público produciendo decisiones favorables a sus fines. ** las organizaciones de mayor eficacia en el rol de grupos de presión es la Iglesia, ella siempre ha estado a la defensa de los sectores de la población más desposeídos ORGANISMO JUDICIAL
  • 48. Se encarga de la administración de justicia , la Corte suprema ejerce la función jurisdiccional , siendo el principal tribunal del estado, todos los tribunales están subordinados a ellas menos la corte de CONSTITUCIONALIDAD DERECHO PUBLICO Y PRIVADO DERECHO PUBLICO ( prevalece el interés social ) Regula la organización y la actividad del estado con los particulares RAMAS DE DERECHO PUBLICO derecho constitucional Normas que regulan la organización fundamental del estado. derecho administrativo Estudia normas jurídicas que rigen las actividades de la administración es decir la actividad que desarrolla el estado para alcanzar sus fines. derecho fiscal Normas que regulan la gestión económica del estado y el sistema impositivo derecho penal Normas que regulan la tipificación de delitos y aplicación de penas y medidas de seguridad derecho procesal Son las reglas de organización y procedimiento de órganos judiciales de los cuales el estado ejerce la función jurisdiccional DERECHO PRIVADO (prevalece interés particular) Regula las relaciones entre particulares es decir aquellas en que ninguna de las partes actúa revestida de poder estatal ( No hay entre ellos subordinación ) Derecho civil Regula las relaciones ente particulares considerados como personas Derecho mercantil Estudio del conjunto de disposiciones que afectan la actividad comercial GARANTIAS CONSTITUCIONALES Medios procésales que garantizan que se cumplirán y se respetarán los derechos que la constitución consagra. 1- exhibición personal 2-Amparo 3-Inconstitucionalidad
  • 49. LA DEFENSA DE LA CONSTITUCIÓN La constitución prevé una serie de instrumentos jurídicos llamados a preservarla en su conjunto estos instrumentos no son estáticos ni tienen limites de derecho sustantivo. Dentro de la jurisdicción se regula lo relativo a la Competencia constitucional de la cual hay antecedentes en los ordenamientos jurídicos guatemalteco, se norman por primera vez en Guatemala el establecimiento de una corte de constitucionalidad con carácter permanente CARACTERÍSTICAS DE LOS SISTEMAS D E PROTECCIÓN DE LA CONSTITUCION La auto aplicación de la constitución La aplicación de justicia por el juzgador no puede estar sujeta a la voluntad de las partes el orden público constitucional debe ser protegido por la jurisdicción y dentro de su función respetar los principios de verticalidad y preferencia de normas Una norma inconstitucional es aplicar mal el derecho y la mala aplicación derivada de preferir la norma que por su rango prevalente ha de regir el caso Controladores de la constitucionalidad La corte de constitucionalidad CORTE DE CONSTITUCIONALIDAD Es un tribunal permanente de jurisdicción privativa cuya función esencial es la defensa del orden constitucional actúa como tribunal colegiado con independencia de los demás organismo del estado y ejerce funciones especificas que le asigna la CPRG INTEGRACIÓN Se integra por cinco magistrado titulares cada uno de los cuales tendrá su respectivo suplente cuando conozca de asuntos de inconstitucionalidad en contra de la corte suprema de justicia, congreso dela república, PRESUPUESTO La independencia económica se garantiza por un porcentaje de los ingresos que correspondan al OJ FUNCION La función esencial es la defensa del orden constitucional
  • 50. RESOLUCIONES Apelación Art. 60 ley de amparo SISTEMA POLÍTICO El control político de constitucionalidad de las leyes, es el examen que se hace de las leyes, para establecer si son o no conformes ala constitución un control por lo regular, antes que ser sucesivo a la emanación y promulgación de ley es preventivo, o sea interviene antes que la ley entre en vigor Se ejercita por órganos no judiciales sino por órganos políticos ( el congreso, el presidente, se les llama políticos no solo por su naturaleza , por la elección y status de los miembros que lo conforman sino también este contenido se encuentra en el artículo 183 CPRG que se refiere al derecho de veto que tiene el presidente con respecto a las leyes emitidas por el congreso y también se señala que es deber del presidente cumplir y hacer cumplir las leyes y la constitución (** es decir que el presidente puede impedir una ley alegando inconstitucionalidad , aunque el artículo 272 indica que le corresponde a la corte de Constitucionalidad emitir una opinión sobre la inconstitucionalidad de la ley vetada por este argumento ) SISTEMA JUDICIAL La rigidez y concuente primacía constitucional y el hecho de que las leyes ordinarias no pueden contravenir los principios de la ley superior y para el caso el control judicial expresó que es obligación del juez no aplicar normas inconstitucionales porque la constitución así lo manda así es el juez el sujeto conocedor del derecho especializado en por ende su responsabilidad SISTEMA MIXTO En Guatemala nuestra constitución recogió ambos sistema con el objeto d e proveer varias opciones de la defensa de la misma, encontramos en los artículos 266 y 267 de la CPRG la regulación de amabas modalidades de control jurisdiccional de la constitucionalidad de las leyes apareciendo en el artículo 268 del mismo cuerpo legal la creación del tribunal Constitucional denominado Corte de Constitucionalidad, Además la misma constitución mando crear una ley reguladora,( ley de amparo , exhibición personal y de inconstitucionalidad )
  • 51. JURISDICCIÓN CONSTITUCIONAL Es la función especifica de los jueces que consiste en la potestad de deshacer , o acabar controversias sobre conflictos en función a la constitución DERECHO PROCESAL CONSTITUCIONAL Es el conjunto de principios y normas que regulan el procedimiento de la justicia constitucional y la administración de los preceptos constitucionales El derecho constitucional guatemalteco tiene su origen lógicamente en la CPRG y está desarrollada por el decreto 1-86 de la Asamblea Nacional Constituyente , ( Ley de amparo, Exhibición personal, y constitucionalidad , por las disposiciones complementarias que están en uso de su capacidad reglamentaria , que no solo es administrativa La doctrina legal o jurisprudencia que emana de los fallos de éste y supletoriamente las leyes comunes interpretadas en congruencia con el espíritu. De la constitución ( Art. Ley de Amparo, Exhibición personal y Constitucionalidad) EXHIBICIÓN PERSONAL (ARTICULOS 263 Y 264 DE LA CPRG) Es una garantía concebida para proteger la libertad y la integridad de la persona por medio de un procedimiento sencillo, informal, y rápido. la exhibición personal se da en el lugar donde se encuentra detenida la persona el juez tiene la obligación de cosntituisrse al lugar AMPARO Es el instrumento especializado en obtener la satisfacción de pretensiones de mantenimiento o restitución en el goce de los derechos humanos La corte de constitucionalidad ha calificado el amparo como proceso de carácter extraordinario Radica en que ataca actos que no están expresados o formalizados ni en normas ni en sentencias ya que para la impugnación de éstas existen instrumentos específicos En el amparo lo que está en el centro de la impugnación en un hecho en sí, es decir que el bien de la vida litigiosa se constituye en el objeto de la pretensión de amparo es el hecho, acto u omisión que da a lugar a la violación de un derecho humano.
  • 52. Es considerado un remedio para proteger derechos garantizados por disposiciones constitucionales o declaraciones de derechos. CLASES DE AMPARO 1- Amparo propiamente dicho por violación de la constitución o leyes constitucionales 2- O de los derechos libertades o garantías consignados en leyes secundarias 3-Por inconstitucionalidad de leyes o disposiciones de carácter general o inconstitucionalidad de leyes en casos concretos ORGANOS JURISDICCIONALES 1- Corte de constitucionalidad 2- Corte suprema de justicia 3-Sala de apelaciones 4- jueces de primera instancia CARACTERÍSTICAS 1- Conjunto de actos coordinados en orden a obtener la satisfacción de pretensiones las cuales se deducen ante un órgano supraordenado a las partes 2- Es un proceso constitucional ya que son normas de naturaleza constitucional las que sirven de fundamento a las pretensiones que en él se deducen 3- Es un proceso que tiende a obtener la satisfacción de una pretensión de restitución de goce de derechos humanos 4- es un proceso de impulso oficial (el órganojurisdiccional esta obligado a realizar los actos necesarios para que avance el y logre su finalidad el mismo) 5- Es un proceso de tramitación sencilla y breve 6-Es un proceso extraordinario y subsidiario De conformidad con el artículo 19 de la ley de Amparo previamente deben agotarse los recursos ordinarios por cuyo medio se ventilan adecuadamente los procesos de conformidad con el principio del debido proceso y que el amparo por
  • 53. su propia naturaleza subsidiaria y extraordinaria no puede constituirse en una vía procesal paralela a la jurisdicción ordinaria. COMPETENCIA DEL AMPARO En el proceso de amparo la competencia atiende a dos criterios por la jerarquía de la autoridad requerida y otro territorial es la ley de amparo la que regula la competencia en este ámbito ALCANCE DE LA ACCIÓN DE AMPARO 1- Protege los derechos individuales sin necesidad de ser reglamentados por la ley 2- protege los derechos sociales en la medida en que sean operativos. 3-Protege los derechos públicos subjetivos (derechos frente al estado derechos cívicos y políticos) PRINCIPIOS FUNDAMENTALES 1- Iniciación rogada y las diligencias posteriores son de oficio 2- prioridad y celeridad, la tramitación y la resolución sobre cualquier asunto DE CONFORMIDAD CON LAS REGLAS D E COMPETENCIA CONTENIDAS EN EL CAPITULO DOS DE LA LEY DE AMPARO 1- La corte de constitucionalidad en calidad de tribunal extraordinario conoce en única instancia los procesos de amparo contra Congreso de la República , Corte Suprema de justicia, Presidente y vicepresidente de la república. 2- La Corte Suprema de Justicia conoce de los amparos en contra de Tribunal supremo electora , ministros y viceministros de estado, salas de cortes de apelaciones, cortes marciales, tribunales de segunda instancia y los contenciosos administrativos, al fiscal general de la república , procurador de los derechos humanos, junta monetaria, embajadores acreditados en el extranjero y consejos nacional de desarrollo urbano y rural 3- A las salas de cortes de apelación del orden común conoce de amparos en contra de