Análisis de sentencias de la Corte Constitucional Colombiana
1. | í-Éiq
1.".?,4
'rrtFl
ar/1.:,
6 I
";;:,,,i;::
'ri
:.:':,!
"!)
!,t ',
ti
''l; IV, TALLERES JURISPRUDENCIALES
:".ti
'';
... :"
. d. cuRpRo - GUíA DE ANÁLISIS JURISPRUDENGIAL
DE PhONUNCIAMIENTOS DE LA EORTE CONSTITUCIONAL COLOMBIANA*
1. NUMERO DE SENTENCIA Toda sentencia está identificada con un número
que ha sido asignado consecutivamente durante el
año de emisión. Este número ¡ncluye las íniciates
del nombre de la Corte; la letra que designa sÍ es
de tutela o de constitucionalidad, el número
consecutivo correspondiente y el año de emisión.
(Ej. ccGT-oo1-ee)
2- TIPO DE SENTENCIA Se indicará si la sentencia es la tutela o de
constitucionalidad.
3. FECHA DE SENTENCIA Es la fecha en que la sentencia ha sido ernitida por
la eorte eonstítucional. lncluye el día, ei mes y el
año.
4. MAGISTRADO PONENTE Es el magistrado de la Corte Constitucional alque
le cor[espondió por reparto el correspondiente
pioceso-para la presentación del proyecto de
sentencia ante los demás miembros de la sala. Se
indicaÉ su nqmbre compteto.
5. MAGISTRADOS QUE Son los magistrados que se apartaron de la
SALVARON EL VOTO decisión mayoritaria cuando el proyecto dé
sentencia obtiene la mayoría legalde votos, que en
su deliberación se han de emítir, pero no la
unaninnidad. Debe decirse si el o los nnagistradcs ¡
que salvaron elvoto lo hicieron en forma individual
o conjuntamcnte. Debe indicarse sus nombre! ii
completos con la anotación de la forma individualo r{
conjunta de su salvamento ..r
Si en elproceso no se produjo salvamento alguno, ,
{gbqrá indicarse que para e¡ easo no api¡ca (N.A). ,
6. MAGISTRADOS QUE Son los magistrados que tienen discrepancias ng
ACLARARCIN EL VOTCI respecto a la decisión en si misma, sino a las
razones de ella. Debe expresare si lo hicieron de
forma indiviciuai o de manera conjunta. Debe
indicarse sus nombres completos con la anotación
de fa forma índivídualo conjunta de su salvamento.
Si en el proceso no se produjo actaración .alguna,
deberá indicarse.que para el caso no aplica (N.A).,
2. in
:,':
:':ii
¡ '
''l
1..
7. ACTOR O ACCIONANTE
..¡ Es el sujeto que ha realizado la solicítud de
intervención judicial en cl asunto. Se denomina
actor én el caso de - las sentencias de
constitucional¡dad y accionante en el caso de las
sentencias db tutela.
8. HECHOS O ELEMENTOS De manera sintética ha de expresarse cuáles
FÁCTICOS fueron los hechos que motivaron la presentación de
la acción de constitucionalidad o de la acción de
tutela. En el caso de los procesos de tutela se
indicaiá la situación que dio origen a la supuesta
violación o amenaza del derecho fundamental,
indicando sielaccionante es o no la misma víctima
de tal víolación o amenaza. En los casos de
constitucionalidad el hecho consistirá la indicación
de la norma demandada y las razones para
considerarla violatoria de la Constítución. Deben
expresarse lo más sintéticamente posible, de forma
cronológica.
9. NORMAS Opera tantó para los asuntos de constitucionalidad
CONSTITUC¡ONALES como de tutela, pues toda sentencia versa siempre
OBJETO DE sobre alguna norma constítucional específica. Se
PRONUNCIAMIENTO indicarán las normas constitucionales que se
refieran alcaso en decisión.
10. PROCEDIMIENTOS Esto opera únicamente para el caso de las
ANTERIORES sentencias de tutela, gue son objeto de
pronunciamiento en la Corte Constitucional
después de haberse realizado el. procedímíento de
instancía y una posíble impugnación ante jueces, y
tribunales inferiores a la Corte. Debe indicarse el
juez o tribunal que conoc¡ó del caso, y la forma de
deeisién de éste, en el sentids de "Concedié" o "No
concedió" la protección solicitada.
Sise trata de un proccso de constitucionalidad, se
i¡dicará que no aplica (N.A.).
11. PROBLEMA JURIDICO DE LA Es la problemática que enfrenta el juzgador para
SENTENCIA poder dar solución al caso planteado- para poder
ideniifica¡ el piobiema jurídica, sir-üe preEuniaÍse
¿cuál es la problemática que hace que para ese
asunto existan diversas interpretaciones o diversas
posibles formas de solución? Debe redactarse en
forma de pregunta, de manera que se enuncie de
forma general los elementos fácticos de la
s¡tuáe¡óR, sÍñ lá ¡ñd¡eáe¡éñ del caso coReréto, pái.a
que sea comprensible fuera del caso estudiado y
siva para otro con una sttuacrón Íáclic.a similar o
igual.
3. DECISION .. .* Se indica med¡ante la fórmula "Se concede" o "No
se eoncpde" para el easo de las tutelas, y
"Exequible" o "lnexequible" para el caso de las
sentencias de constitueisnalidad.
13. DOCTRINA DEL CASO La decisión mayoritaria es la solución emitida por la
CONCRETO EN LA DEC¡SÍON Corte Constituóional en relac¡ón con caso el
MAYORITAR¡A (TESIS) concreto. La doctrina del caso concreto para la
decisión mayoritarÍa es la respuesta que plantea la
Corte al
problema jurídico de la
sentencia.
Generalmente se encuentra de forma textual en un
párrafo o menos de la sentencia. Debe tal pánafo
de la sentencia en forma textual.
14. DOGTRINA DEL CASO Los salvamentos de voto también plantean una
CONCRETO PARA EL respuesta al problema jurídico. Se citará también el
SALVAMENTO DE VOTO párrafo de cada salvaments que dé respuesta al
oroblema iurídico.
,tc DOCTRINA DEL CASO Las aclaraclcnes de vcto también plentean una
CONCRETO PARA LA respuesta al problema jurídico. Se citará también el
ACLARACIÓN DE VOTO párrafo de cada aclaración que dé respuesta al
oroblema iurídico.
l6 COMENTARIOS Y Los comentarios y conclusiones del analisis deben
CONCLUSIONES ser propuesto por el alumnos desde el Saber-
Hacer
* Cuadro-guía de análisis jurisprudencial de pronunciamientos de la Corte Constitucional
Colombiana, diseñado con fines didácticos por Claudia Helena Forero Forero
(...)Universidad de La Sabana (Colombia).. (Versión Enero 2005).
IV. TALLERES J URISPRUDENCIALES
A, CÓMO SE ESTUDIA UNA JURISPRUDENCIA .:
El término jurisprudencia tiene múltiples significadosru , todos entre sí presentan
una relación estrecha. Esto hace que se pueda afirmar "rnqr"
que la jurisprudencia es un término
análogo. La analogía es un instrumento lógico por el cual se designan con un mismo
nombre dos o más realidades que son distintas pero que tienen una relación determinada
entre todas ellas.
Sin embargo, para los efectos de esta guía y del curso de Derecho Natural, la
jurisprudencia será entendida como aquellos pronunciamientos que hacen los jueces
pluripersonales para resolver los casos que se le presentan como solucionador de
fa
problemas jurídicos' .
,
En el curso de Derecho Nafural, las jurisprudencias que se estudian y sobre las cuales se
trabaja, son las emiüdas por la Corte Constitucional Colombiana, que son de dos clases
principalmente: de tutela y de constifucionalídad. En las de tutela, elproblema surge entre
4. 7 r¡F
r,fl
in
r:./,
a4
í;7
!;,i 4
í1
sujetos, ex el que uno de ellos considera violado un "derecho fundamental" suyo o de
otro, por Fgrte,Oe otro sujeto. Así, en estas jurisprudenc¡as, existe siempre un "caso" o
situación fáctica.real. De otro lado, en las de constitucionalidad, el problema consiste en
verífícar si una norma jurídica del ordenamiento tiene conespondenc¡a o no con otra
norma jurídica de la Constitución Política Nacional. En éstas, no hay "caso" o situación
fáctica, sino norma que debe ser confrontadp en cuanto a su constitucíonalidad.
Las jurisprudencias son constantemente fuente de estudio tanto para el estudiante de
derecho como para el abogado. De ellas, usualmente, se extractan rcglas que
posteriormente podrán ser utilizadas para la solución de otros casos o para la
confrontación de otras normas. Además, sobre ellas, el futuro abogado, podrá identifícar
distintas figuras y situaciones que está estudiando de forma teórica. Por esto, en el curso
de Derecho Natural, se tratará de identificar en ellas, distíntas realidades que son objeto
de estudio en la asignatura, como por ejemplo, las dístintas clases de justicia, el tema de
la obligatoriedad de la ley, la forma en que se realiza la vírtud de la equidad, etc.
Para ello, resulta importante conocer claramente, cuáles son las principales partes'de una
jurisprudencia: ¡
1.- Parte de identificación: Esta parte, como elnombre lo indica, "identifica" la sentencia
de forma general. lncluye el nombre de la corporación que la emitió, el magistrado
ponente, la fecha, su número de identificación, y en ocasiones la determinación temática
de la misma, realizada por la Relatoría de la entidad.
2.- Parte fáctica: Aunque la palabra "fáctico", designe lo relativo a los hechos, no solo
incluye el relato del "caso" propio de las jurispruciencías de tutela, sino que en las de
estudio de constitucionalidad, menciona en su lugar, la norma objeto de esfudio y el
porqué se estudia tal norma. Por ejemplo, una norma puede ser estudiada en su
constitucionalidad, ya sea porque fue demandada o porque requiere de este estudío,
antes de su emisión final. Así, la parte fáctica designa el origen de la sentencia, o la causa
por la cual la Corporación se ocupé dei estudio y decisién de esa déterminada
problemática, razón por la cual también incluye las decisiones anteriores y los recursos
ínterpuestos.
3.- Parte motiva: Esto designa el "ffiotivo' de la decisión de la corporación. Así, es el
conjunto de razones, presentadas en forma ordenada y sistemática, que dan sustento a la
decisión final sobre el asunto que se estudia. En la parte motíva, pueden identificarse
varios tipos de razones o argumentos: filosóficos, estrictamente jurídicos, legales y de
conveniencia, entre ohos. Estos argumentos pueden estar preser¡tados a trayés de una
división numérica, o con enc,abezamiento dé cada uno de ellos por medio de un subtítulo
indicativo de su tema.
4.- Parte resolutiva: Es, indudablemente, la resolt*c.rón o definición del asunto. Se
determina de forma absolutamente clara, mediante términos específicos para cada uno de
los tipos de jurisprudencia. Así, por ejempfo, pÉfa las de tt¡'rela, se usará el término
"concede..." o "no @ncede...', en este caso, la protección pedida. Para las de
constitucionalidad, eltérmino podrá ser"exequibie..-", ó*fló cx-e{u¡biie...^ úeia nonña que
fue estudiada. Siempre seguidos estos términos por una enunciación muy breve de la
situación o de un condicionamiento para ella. Además, usualmente ía corporación ordena
5. 7
algo más,.v.gr. pagar una suma de dinero, reintegrar a alguien a su trabajo, exhortar al
Congresopqra.la expedición de una ley, etc.
Estas partes deben ser teriidas en cuenta, para el estudio preliminar de una sentencia, de
forma que se ubique en el texto jurisprudencial, dónde inicían y dónde termínan cada una
de ellas. De otro lado, también son relev.pntes, cuando el trabajo sea el elaborar una
sentencía sobre un caso dado, pues deberá redactarse eltrabajo simulando una de ellas,
por lo que deberán ser incluidas todas y cada una de estas partes, con su
correspondiente lógica intema entre ellas.
En todos los análisis jurisprudenciales que se realicen en el desarrollo del curso de
Derecho Natural, se tendrán los mismos objetivos generales:
Poder identificar qué tipo de jurisprudencia es.
Aprender a plantear los hechos que suscitan el pronunciamiento de la corporación.
ya sea del "caso" o de las "normas en conflicto".
Saber encontrar las normas constitucionales que tienen relación con ef
pronunciamiento de la corporación.
Áprender a plantear los problemas jurídicos o probtemáticas que suscitaron la
solícitud de pronunciamiento.
. Conseguir identificar las diversas posiciones que pueden resolver el caso del
pronunciamiento, pues siempre existen por lo menos dos posiciones sobre la
situación.
De acuerdo con estos objetivos, es conveniente que cada vez que se vaya a efectuar un
análisís jurisprudencial, se deban realizar las siguientes accíones, ya sea que el estucjio
sea solo personal, o que elestudio sea previo a un análisis del caso en la sesión de clase:
Obtener, con suficiente tiempo, le cop¡a de la jurisprudencia señalada en el planeador
delprograma.
Leer detenidamente cada una de las jurisprudencias indicadas.
Al leerla, identificar en su copia, los acápites que constituyen las partes de identificación,
fáctica, motiva y resolutiva
Releer con detenimiento la parte motiva y elaborar un gráfico que ayude a
identificar cómo sucedieron los hecl¡os de fonrla cronolégica, pues usualmente
estos están relatados y no enumerados claramente
Subrayar todas las normas constitucionales y legafes a las que se hace
referencia en el pronunciamiento y leerfas directamente de su fuente.
Llevar la copia de la jurisprudencia a la sesión de clase, cuando en ella se vaya a
realizar el análisis jurisprudencial, o sea objeto de una prueba evaluaüva.
Trabajo en la sesión de clase:
Para poder partrcipar en la sesiór¡, es requisito tener una oopia impresa de la
sentencia a estudiar.
El análisis de la sentenc¡'a será guíado por el profesor a fravés de preguntas
concretas que llevarán a que al tinalizar la sesÍón se evidencie en un caso
, concreto, la aplicarsón de los conceplos de la aagnatura- Además, las
participaciones serán calificaiJas.