IDENTIFICACIÓN DE PELIGROS, EVALUACIÓN DE RIESGOS Y MEDIDAS DE CONTROL (IPERC)oscperutelecoms
Este documento presenta la metodología para realizar la Identificación de Peligros y Evaluación de Riesgos (IPER). Explica conceptos como mapa de riesgo, obligaciones del empleador y trabajador, y actualización de la matriz IPER. Describe cómo identificar peligros y clasificarlos, evaluar riesgos y establecer controles siguiendo la jerarquía correcta. Finalmente, detalla los pasos de la metodología IPER e incluye ejemplos de matrices para diferentes tipos de trabajos.
Matriz IPER Oficina y Operacional - MasGas.docxsaditmayorca
Este documento presenta una matriz de identificación de peligros, evaluación y control de riesgos para las actividades administrativas de oficinas y actividades operativas de despacho de una empresa. Identifica varios peligros como posturas inadecuadas, iluminación deficiente, manipulación de cargas, uso de equipos electrónicos, caídas, y exposición a condiciones ambientales. Evalúa el nivel de riesgo de cada peligro y propone controles como pausas ergonómicas, mantenimiento de equipos, señalización, capac
planificación del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo SG..... ..
Este documento presenta la planificación del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo. Explica que la evaluación inicial del sistema permite establecer acciones para cumplir sus objetivos dentro de la empresa. Luego detalla los pasos para realizar la identificación de peligros, la evaluación y valoración de riesgos, incluyendo conceptos, instrumentos, y metodología. Finalmente, cubre aspectos como la política de seguridad, objetivos, indicadores, comunicación y el plan de trabajo anual del sistema de gestión.
Este documento proporciona información sobre la elaboración de matrices de identificación de peligros, evaluación de riesgos y sus controles (IPERC). Explica la importancia de identificar peligros y evaluar riesgos para cumplir con los requisitos legales y mejorar la seguridad. También describe métodos para identificar peligros, analizar riesgos, determinar controles y ofrece ejemplos de cómo aplicar este proceso.
Este documento proporciona información sobre el rol del vigía de seguridad y salud en el trabajo (SST) en las empresas. Explica que el vigía es un trabajador designado para prevenir, promover e informar sobre asuntos de SST entre los trabajadores y el empleador. Sus funciones incluyen proponer actividades de SST, participar en capacitaciones e investigaciones de accidentes, y vigilar el cumplimiento de normas de SST. El documento también describe las diferencias entre el vigía SST y el Comité Paritario de Salud Ocupacional,
Este documento presenta los conceptos y procesos clave de la salud ocupacional y la prevención de riesgos laborales. Explica las etapas para identificar peligros y valorar riesgos, incluyendo inspección de áreas, matriz de riesgos, evaluación de riesgos, y control de riesgos. También describe cómo clasificar la gravedad de daños, evaluar probabilidad y consecuencias de riesgos, y determinar su nivel de aceptabilidad para implementar medidas correctivas necesarias. El objetivo general es proteger la salud y seg
Este documento describe el procedimiento para identificar peligros, valorar riesgos y determinar controles en la Universidad Industrial de Santander. El objetivo es identificar los peligros y realizar una valoración de riesgos de cada unidad académica y administrativa para establecer controles que prevengan accidentes. El procedimiento incluye recolectar información, identificar peligros, valorar riesgos mediante una matriz, validar los resultados con los jefes de unidad, y diseñar planes de intervención.
IDENTIFICACIÓN DE PELIGROS, EVALUACIÓN DE RIESGOS Y MEDIDAS DE CONTROL (IPERC)oscperutelecoms
Este documento presenta la metodología para realizar la Identificación de Peligros y Evaluación de Riesgos (IPER). Explica conceptos como mapa de riesgo, obligaciones del empleador y trabajador, y actualización de la matriz IPER. Describe cómo identificar peligros y clasificarlos, evaluar riesgos y establecer controles siguiendo la jerarquía correcta. Finalmente, detalla los pasos de la metodología IPER e incluye ejemplos de matrices para diferentes tipos de trabajos.
Matriz IPER Oficina y Operacional - MasGas.docxsaditmayorca
Este documento presenta una matriz de identificación de peligros, evaluación y control de riesgos para las actividades administrativas de oficinas y actividades operativas de despacho de una empresa. Identifica varios peligros como posturas inadecuadas, iluminación deficiente, manipulación de cargas, uso de equipos electrónicos, caídas, y exposición a condiciones ambientales. Evalúa el nivel de riesgo de cada peligro y propone controles como pausas ergonómicas, mantenimiento de equipos, señalización, capac
planificación del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo SG..... ..
Este documento presenta la planificación del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo. Explica que la evaluación inicial del sistema permite establecer acciones para cumplir sus objetivos dentro de la empresa. Luego detalla los pasos para realizar la identificación de peligros, la evaluación y valoración de riesgos, incluyendo conceptos, instrumentos, y metodología. Finalmente, cubre aspectos como la política de seguridad, objetivos, indicadores, comunicación y el plan de trabajo anual del sistema de gestión.
Este documento proporciona información sobre la elaboración de matrices de identificación de peligros, evaluación de riesgos y sus controles (IPERC). Explica la importancia de identificar peligros y evaluar riesgos para cumplir con los requisitos legales y mejorar la seguridad. También describe métodos para identificar peligros, analizar riesgos, determinar controles y ofrece ejemplos de cómo aplicar este proceso.
Este documento proporciona información sobre el rol del vigía de seguridad y salud en el trabajo (SST) en las empresas. Explica que el vigía es un trabajador designado para prevenir, promover e informar sobre asuntos de SST entre los trabajadores y el empleador. Sus funciones incluyen proponer actividades de SST, participar en capacitaciones e investigaciones de accidentes, y vigilar el cumplimiento de normas de SST. El documento también describe las diferencias entre el vigía SST y el Comité Paritario de Salud Ocupacional,
Este documento presenta los conceptos y procesos clave de la salud ocupacional y la prevención de riesgos laborales. Explica las etapas para identificar peligros y valorar riesgos, incluyendo inspección de áreas, matriz de riesgos, evaluación de riesgos, y control de riesgos. También describe cómo clasificar la gravedad de daños, evaluar probabilidad y consecuencias de riesgos, y determinar su nivel de aceptabilidad para implementar medidas correctivas necesarias. El objetivo general es proteger la salud y seg
Este documento describe el procedimiento para identificar peligros, valorar riesgos y determinar controles en la Universidad Industrial de Santander. El objetivo es identificar los peligros y realizar una valoración de riesgos de cada unidad académica y administrativa para establecer controles que prevengan accidentes. El procedimiento incluye recolectar información, identificar peligros, valorar riesgos mediante una matriz, validar los resultados con los jefes de unidad, y diseñar planes de intervención.
El documento describe el manual de organización y funciones de una empresa. Define tres puestos clave relacionados con la seguridad, salud ocupacional y medio ambiente: Coordinador, Supervisor y Monitor. Para cada puesto, se especifican sus objetivos, funciones principales y el perfil requerido. El Coordinador lidera la implementación del sistema de gestión integral, el Supervisor lo asiste, y el Monitor apoya al Supervisor.
Iper actividades de supervision, señalización y conexasHenry Neyra Collao
Este documento presenta una matriz de identificación de peligros y evaluación de riesgos para una obra civil y montaje electromecánico. Identifica varios peligros como caídas, contacto eléctrico, agresiones, entre otros, evaluando la probabilidad, severidad y valor del riesgo de cada uno. También propone medidas de control como capacitaciones en seguridad, uso de equipos de protección personal e inspecciones periódicas.
Este documento resume varias normas legales nacionales e internacionales relacionadas con la seguridad y salud en el trabajo. Entre las normas nacionales se encuentran la Ley N° 29783 de Seguridad y Salud en el Trabajo, el Reglamento de la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo, la Norma G.050 sobre seguridad en la construcción. También presenta elementos clave de un sistema de gestión de seguridad y salud en el trabajo como la política, identificación de peligros, objetivos y responsabilidades.
Promover la salud y seguridad en el trabajo, asesorar y vigilar
el cumplimiento de lo dispuesto por el Reglamento Interno de
Seguridad y Salud en el Trabajo y la normativa nacional, favoreciendo el bienestar laboral y apoyando el desarrollo del
empleador.
Este documento describe los riesgos asociados con los trabajos en caliente y las regulaciones y sistemas de prevención requeridos. Los trabajos en caliente como soldadura y corte con llama representan riesgos como alta temperatura, emisión de vapores tóxicos, radiación térmica y explosión. Se requiere monitorear la atmósfera, usar equipo de protección personal, y contar con sistemas como ventilación y barreras para prevenir incidentes.
Este documento presenta información sobre la identificación de peligros, evaluación de riesgos y determinación de controles. Explica las consideraciones y fuentes que se deben tener en cuenta en el proceso, así como métodos cualitativos y cuantitativos para realizar la evaluación de riesgos. También describe diferentes tipos de peligros, medidas de control y recursos humanos necesarios para llevar a cabo correctamente el proceso de identificación de peligros y evaluación de riesgos.
Este documento es un formato de inspección de extintores que contiene 17 puntos de verificación para asegurar que los extintores se encuentran en buenas condiciones y listos para usarse en caso de emergencia. El inspector revisa que cada extintor tenga carga suficiente, esté libre de obstáculos, tenga una ubicación adecuada, esté numerado, y que todas sus piezas como la manija, manguera, tobera y cilindro se encuentren en buen estado.
Ft sst-006 formato acta de nombramiento del vigia en seguridad y salud en el ...Cris An
Este documento nombra a dos empleados como Vigía Principal y Vigía Suplente en Seguridad y Salud en el Trabajo de acuerdo a la legislación colombiana. Los Vigías tendrán un periodo de 2 años para realizar sus funciones y el empleador les brindará 4 horas semanales dentro de su jornada laboral normal.
Este documento describe los objetivos y procedimientos para realizar un Análisis de Trabajo Seguro (ATS). El ATS tiene como objetivo identificar los peligros asociados con un trabajo y establecer controles para esos peligros. El proceso de ATS involucra dividir el trabajo en pasos, identificar peligros en cada paso, y definir medidas de control. El ATS debe ser revisado y comunicado a todos los involucrados antes de realizar el trabajo.
Este documento clasifica y describe los diferentes tipos de espacios confinados y los peligros asociados. Los espacios confinados se clasifican en Clase A, B o C dependiendo del riesgo para la vida o la salud que representan. La Clase A representa un peligro inminente para la vida, mientras que la Clase B puede causar lesiones o enfermedades y la Clase C solo requiere procedimientos normales. Los principales peligros incluyen deficiencia de oxígeno, presencia de gases tóxicos o inflamables
Prg sst-016 programa de mantenimiento preventivo y correctivoJuan Carlos Valiente
Este documento establece un programa de mantenimiento preventivo y correctivo para los bienes muebles e inmuebles de una organización. El programa identifica las necesidades de mantenimiento, elabora un programa anual, asigna recursos y ejecuta actividades de mantenimiento preventivo y correctivo. El objetivo es asegurar que la infraestructura y equipos de la organización se mantengan en buen estado y no afecten negativamente la calidad de los procesos.
El documento es un registro de una charla de prevención de riesgos en la empresa Constructora Cachagua que incluye la fecha, tema tratado, lista de asistentes y secciones para comentarios.
Este documento presenta una introducción a la investigación de accidentes e incidentes en el trabajo. Explica brevemente los objetivos del curso, incluyendo brindar conocimientos sobre métodos de investigación y determinar causas para evitar nuevas ocurrencias. También resume conceptos clave como accidente, incidente peligroso y enfermedad ocupacional, así como los pasos básicos para investigar un accidente, como recolectar información y evidencia.
El plan de auditoría interna tiene como objetivo verificar el cumplimiento de la empresa minera Mina Justa - Marcobre con los requisitos 5, 6, 8 y 10 de la norma ISO 45001 para su Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo. La auditoría se llevará a cabo el 21 de diciembre de 2021 por un periodo de 8 horas, revisando áreas como seguridad, medio ambiente, responsabilidad social y calidad. El plan detalla los riesgos, controles, equipo auditor, documentos de referencia y responsables de
Este documento describe los controles operacionales como una necesidad para planificar actividades y prevenir desviaciones de la política ambiental de una organización. Explica que los controles operacionales abarcan todas las actividades internas y externas de una organización y tienen como objetivo mantener las actuaciones dentro de límites medioambientales predeterminados. Además, proporciona ejemplos de cómo establecer controles operacionales a través de procedimientos, instrucciones de trabajo y controles físicos.
IPER, IPERC - identificacion de peligros, evaluación y control de riesgosBraulio Castillo Anyosa
Este documento presenta una introducción al proceso de Identificación de Peligros, Evaluación y Control de Riesgos (IPERC). Explica conceptos clave como peligro y riesgo, y describe los 8 módulos que comprenden el curso sobre IPERC, incluyendo la identificación de peligros, evaluación de riesgos, y control de riesgos. El objetivo final es enseñar a identificar, evaluar y controlar los riesgos en el trabajo de manera sistemática para mejorar la seguridad.
Este documento presenta una introducción a la metodología de identificación de peligros, evaluación y control de riesgos laborales. Explica que la evaluación de riesgos permite estimar la magnitud de los riesgos que no se pueden evitar para tomar medidas preventivas. Luego describe métodos cualitativos, semicuantitativos y cuantitativos para el análisis de riesgos, así como los pasos de la gestión del riesgo que incluyen la identificación de peligros, análisis, valoración y control del riesgo.
COMITE MIXTO DE HIGIENE Y SEGURIDAD OCUPACIONALdiademamental
Este documento establece las regulaciones para la conformación de Comités Mixtos de Higiene y Seguridad Ocupacional en las empresas. Se especifican los requisitos y procedimientos para la constitución de los comités, incluyendo la elección de representantes de los trabajadores y la empresa. Además, se definen las funciones de los comités, como velar por el cumplimiento de las normas de seguridad, investigar accidentes laborales y realizar informes.
Este documento establece las regulaciones para la organización y funcionamiento de los Comités de Medicina, Higiene y Seguridad Industrial en los lugares de trabajo en Colombia. Se requiere que todas las empresas e instituciones públicas o privadas con 10 o más trabajadores conformen un Comité de esta índole. Define la composición y funciones de estos Comités, así como las responsabilidades de los empleadores y trabajadores para garantizar la salud y seguridad ocupacional.
El documento describe el manual de organización y funciones de una empresa. Define tres puestos clave relacionados con la seguridad, salud ocupacional y medio ambiente: Coordinador, Supervisor y Monitor. Para cada puesto, se especifican sus objetivos, funciones principales y el perfil requerido. El Coordinador lidera la implementación del sistema de gestión integral, el Supervisor lo asiste, y el Monitor apoya al Supervisor.
Iper actividades de supervision, señalización y conexasHenry Neyra Collao
Este documento presenta una matriz de identificación de peligros y evaluación de riesgos para una obra civil y montaje electromecánico. Identifica varios peligros como caídas, contacto eléctrico, agresiones, entre otros, evaluando la probabilidad, severidad y valor del riesgo de cada uno. También propone medidas de control como capacitaciones en seguridad, uso de equipos de protección personal e inspecciones periódicas.
Este documento resume varias normas legales nacionales e internacionales relacionadas con la seguridad y salud en el trabajo. Entre las normas nacionales se encuentran la Ley N° 29783 de Seguridad y Salud en el Trabajo, el Reglamento de la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo, la Norma G.050 sobre seguridad en la construcción. También presenta elementos clave de un sistema de gestión de seguridad y salud en el trabajo como la política, identificación de peligros, objetivos y responsabilidades.
Promover la salud y seguridad en el trabajo, asesorar y vigilar
el cumplimiento de lo dispuesto por el Reglamento Interno de
Seguridad y Salud en el Trabajo y la normativa nacional, favoreciendo el bienestar laboral y apoyando el desarrollo del
empleador.
Este documento describe los riesgos asociados con los trabajos en caliente y las regulaciones y sistemas de prevención requeridos. Los trabajos en caliente como soldadura y corte con llama representan riesgos como alta temperatura, emisión de vapores tóxicos, radiación térmica y explosión. Se requiere monitorear la atmósfera, usar equipo de protección personal, y contar con sistemas como ventilación y barreras para prevenir incidentes.
Este documento presenta información sobre la identificación de peligros, evaluación de riesgos y determinación de controles. Explica las consideraciones y fuentes que se deben tener en cuenta en el proceso, así como métodos cualitativos y cuantitativos para realizar la evaluación de riesgos. También describe diferentes tipos de peligros, medidas de control y recursos humanos necesarios para llevar a cabo correctamente el proceso de identificación de peligros y evaluación de riesgos.
Este documento es un formato de inspección de extintores que contiene 17 puntos de verificación para asegurar que los extintores se encuentran en buenas condiciones y listos para usarse en caso de emergencia. El inspector revisa que cada extintor tenga carga suficiente, esté libre de obstáculos, tenga una ubicación adecuada, esté numerado, y que todas sus piezas como la manija, manguera, tobera y cilindro se encuentren en buen estado.
Ft sst-006 formato acta de nombramiento del vigia en seguridad y salud en el ...Cris An
Este documento nombra a dos empleados como Vigía Principal y Vigía Suplente en Seguridad y Salud en el Trabajo de acuerdo a la legislación colombiana. Los Vigías tendrán un periodo de 2 años para realizar sus funciones y el empleador les brindará 4 horas semanales dentro de su jornada laboral normal.
Este documento describe los objetivos y procedimientos para realizar un Análisis de Trabajo Seguro (ATS). El ATS tiene como objetivo identificar los peligros asociados con un trabajo y establecer controles para esos peligros. El proceso de ATS involucra dividir el trabajo en pasos, identificar peligros en cada paso, y definir medidas de control. El ATS debe ser revisado y comunicado a todos los involucrados antes de realizar el trabajo.
Este documento clasifica y describe los diferentes tipos de espacios confinados y los peligros asociados. Los espacios confinados se clasifican en Clase A, B o C dependiendo del riesgo para la vida o la salud que representan. La Clase A representa un peligro inminente para la vida, mientras que la Clase B puede causar lesiones o enfermedades y la Clase C solo requiere procedimientos normales. Los principales peligros incluyen deficiencia de oxígeno, presencia de gases tóxicos o inflamables
Prg sst-016 programa de mantenimiento preventivo y correctivoJuan Carlos Valiente
Este documento establece un programa de mantenimiento preventivo y correctivo para los bienes muebles e inmuebles de una organización. El programa identifica las necesidades de mantenimiento, elabora un programa anual, asigna recursos y ejecuta actividades de mantenimiento preventivo y correctivo. El objetivo es asegurar que la infraestructura y equipos de la organización se mantengan en buen estado y no afecten negativamente la calidad de los procesos.
El documento es un registro de una charla de prevención de riesgos en la empresa Constructora Cachagua que incluye la fecha, tema tratado, lista de asistentes y secciones para comentarios.
Este documento presenta una introducción a la investigación de accidentes e incidentes en el trabajo. Explica brevemente los objetivos del curso, incluyendo brindar conocimientos sobre métodos de investigación y determinar causas para evitar nuevas ocurrencias. También resume conceptos clave como accidente, incidente peligroso y enfermedad ocupacional, así como los pasos básicos para investigar un accidente, como recolectar información y evidencia.
El plan de auditoría interna tiene como objetivo verificar el cumplimiento de la empresa minera Mina Justa - Marcobre con los requisitos 5, 6, 8 y 10 de la norma ISO 45001 para su Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo. La auditoría se llevará a cabo el 21 de diciembre de 2021 por un periodo de 8 horas, revisando áreas como seguridad, medio ambiente, responsabilidad social y calidad. El plan detalla los riesgos, controles, equipo auditor, documentos de referencia y responsables de
Este documento describe los controles operacionales como una necesidad para planificar actividades y prevenir desviaciones de la política ambiental de una organización. Explica que los controles operacionales abarcan todas las actividades internas y externas de una organización y tienen como objetivo mantener las actuaciones dentro de límites medioambientales predeterminados. Además, proporciona ejemplos de cómo establecer controles operacionales a través de procedimientos, instrucciones de trabajo y controles físicos.
IPER, IPERC - identificacion de peligros, evaluación y control de riesgosBraulio Castillo Anyosa
Este documento presenta una introducción al proceso de Identificación de Peligros, Evaluación y Control de Riesgos (IPERC). Explica conceptos clave como peligro y riesgo, y describe los 8 módulos que comprenden el curso sobre IPERC, incluyendo la identificación de peligros, evaluación de riesgos, y control de riesgos. El objetivo final es enseñar a identificar, evaluar y controlar los riesgos en el trabajo de manera sistemática para mejorar la seguridad.
Este documento presenta una introducción a la metodología de identificación de peligros, evaluación y control de riesgos laborales. Explica que la evaluación de riesgos permite estimar la magnitud de los riesgos que no se pueden evitar para tomar medidas preventivas. Luego describe métodos cualitativos, semicuantitativos y cuantitativos para el análisis de riesgos, así como los pasos de la gestión del riesgo que incluyen la identificación de peligros, análisis, valoración y control del riesgo.
COMITE MIXTO DE HIGIENE Y SEGURIDAD OCUPACIONALdiademamental
Este documento establece las regulaciones para la conformación de Comités Mixtos de Higiene y Seguridad Ocupacional en las empresas. Se especifican los requisitos y procedimientos para la constitución de los comités, incluyendo la elección de representantes de los trabajadores y la empresa. Además, se definen las funciones de los comités, como velar por el cumplimiento de las normas de seguridad, investigar accidentes laborales y realizar informes.
Este documento establece las regulaciones para la organización y funcionamiento de los Comités de Medicina, Higiene y Seguridad Industrial en los lugares de trabajo en Colombia. Se requiere que todas las empresas e instituciones públicas o privadas con 10 o más trabajadores conformen un Comité de esta índole. Define la composición y funciones de estos Comités, así como las responsabilidades de los empleadores y trabajadores para garantizar la salud y seguridad ocupacional.
Esta resolución establece las normas para la organización y funcionamiento de los Comités de Medicina, Higiene y Seguridad Industrial en los lugares de trabajo. Requiere que las empresas e instituciones con 10 o más trabajadores conformen un Comité compuesto por un número igual de representantes de los trabajadores y empleadores. Define las funciones y obligaciones de los Comités, empleadores y trabajadores con respecto a la salud y seguridad ocupacional.
Este documento reglamenta la organización y funcionamiento de los Comités de Medicina, Higiene y Seguridad Industrial en los lugares de trabajo en Colombia. Establece que todas las empresas e instituciones públicas o privadas con 10 o más trabajadores deben conformar un comité. Define la composición de los comités, las funciones de sus miembros, y las obligaciones de los empleadores y trabajadores con respecto a la salud ocupacional.
El Comité Paritario de Salud Ocupacional (COPASO) es un grupo formado por representantes de los trabajadores y la administración encargado de promover y vigilar las normas de salud ocupacional en una empresa. Tiene funciones como proponer actividades de capacitación, inspeccionar lugares de trabajo e investigar causas de accidentes. Los COPASO deben conformarse en empresas con 10 o más trabajadores de acuerdo a la Resolución 2013 de 1986.
Este documento establece el Sistema General de Riesgos Profesionales en Colombia, el cual busca prevenir y atender los riesgos laborales de los trabajadores. El sistema forma parte
del Sistema de Seguridad Social Integral y aplica a todas las empresas del país. Sus objetivos incluyen establecer actividades de prevención de riesgos, fijar prestaciones médicas y
económicas para los trabajadores en caso de accidentes o enfermedades laborales, y fortalecer las actividades de control de riesgos ocupacionales.
Esta resolución establece las normas para la organización y funcionamiento de los Comités de Medicina, Higiene y Seguridad Industrial en los lugares de trabajo. Requiere que todas las empresas e instituciones con 10 o más trabajadores conformen un Comité compuesto por representantes de los trabajadores y empleadores. Define las funciones y responsabilidades de estos Comités y de los empleadores y trabajadores para promover la salud y seguridad ocupacional.
Resolucion 2013 de 1986 organizacion y funcionamiento de comites de higiene y siYorleni Mar
Esta resolución establece las reglas para la organización y funcionamiento de los comités de medicina, higiene y seguridad industrial en los lugares de trabajo. Requiere que las empresas e instituciones con 10 o más trabajadores conformen un comité compuesto por un número igual de representantes de los empleadores y trabajadores. También define las funciones y responsabilidades de estos comités y de los empleadores y trabajadores para promover la salud y seguridad ocupacional.
Titulo II cap I de los derechos de representación colectiva y de reunión de l...okaki2
Este documento establece los derechos de representación colectiva de los trabajadores en la empresa en España. Describe los órganos de representación como los delegados de personal y los comités de empresa, y especifica sus funciones y composición. Establece que los trabajadores tienen derecho a elegir representantes para defender sus intereses laborales a través de estos órganos de representación.
Este documento resume la legislación sobre las Comisiones Mixtas de Higiene y Seguridad del Trabajo en Nicaragua. Establece que dichas comisiones deben estar integradas por representantes de los trabajadores y empleadores para cooperar en la prevención de riesgos laborales. Detalla los requisitos para la constitución, funciones e inscripción de estas comisiones mixtas según la Ley No. 618 y su reglamento, con el objetivo de garantizar la salud y seguridad de los trabajadores.
Este documento describe las regulaciones sobre las Comisiones Mixtas de Higiene y Seguridad del Trabajo en Nicaragua. Establece que los empleadores deben constituir estas comisiones mixtas en cada centro de trabajo para promover la seguridad y prevención de riesgos laborales. Detalla los requisitos de integración de la comisión, funciones como evaluar riesgos y proponer medidas preventivas, y obligaciones del empleador como proporcionar capacitación a los miembros.
El COPASST (Comité Paritario de Salud Ocupacional) es un organismo encargado de velar por el funcionamiento del Programa de Salud Ocupacional en las empresas. Está conformado por un número igual de representantes de los trabajadores y del empleador. La resolución 2013 de 1986 establece las normas que regulan su organización y funciones, como proponer medidas de salud ocupacional, vigilar factores de riesgo y colaborar en la prevención de accidentes.
La Comisión Mixta de Higiene y Seguridad (CMHST) es un órgano paritario formado por representantes de los trabajadores y el empleador para participar en actividades de protección y prevención de riesgos laborales. Todas las empresas públicas y privadas deben formar una CMHST integrada por un número igual de representantes de los trabajadores y empleadores. Los representantes de los trabajadores son designados por el sindicato o elegidos por votación, mientras que el empleador nombra a sus representantes.
El documento describe los comités paritarios de salud ocupacional en Colombia. Estos comités están conformados por representantes iguales de los empleadores y trabajadores para promover la salud ocupacional. Tienen funciones como proponer medidas de salud laboral, vigilar el cumplimiento de los programas de salud ocupacional y colaborar con las autoridades en inspecciones e investigaciones.
1) El documento describe los requisitos y procedimientos para el establecimiento y funcionamiento de los Comités de Seguridad y Salud Laboral (CSSL) según la legislación laboral. 2) Explica las responsabilidades de los delegados de prevención, empleadores y autoridades en la constitución de los CSSL. 3) Detalla los pasos para el registro de un CSSL, incluyendo la presentación de documentos como el acta constitutiva y los estatutos internos.
Este documento proporciona una guía sobre la elección y conformación del Comité Paritario de Salud Ocupacional (COPASO) en las empresas, de acuerdo con la resolución 2013 de 1986. Explica que el COPASO debe estar conformado por representantes iguales de los trabajadores y el empleador, y describe sus funciones, las obligaciones de cada parte, y los pasos a seguir para la elección y registro formal del comité. Adicionalmente, incluye formatos requeridos como la convocatoria, listado de votantes, actas y otros documentos necesarios
Reglamento del comite de seguridad y salud laboralComunidad Beksa
El documento presenta un modelo de reglamento para el funcionamiento del Comité de Seguridad y Salud en una empresa. Establece que el Comité es un órgano paritario formado por representantes de los trabajadores y la empresa encargado de la prevención de riesgos laborales. Además, define la composición, elección del presidente y secretario, comisiones de trabajo y funciones del Comité como evaluar riesgos, planes de prevención y más.
Este documento establece las regulaciones para la organización y funcionamiento de los Comités de Medicina, Higiene y Seguridad Industrial en los lugares de trabajo. Se requiere que todas las empresas e instituciones con 10 o más trabajadores conformen un Comité compuesto por un número igual de representantes de los empleadores y los trabajadores. El Comité se reunirá al menos una vez al mes para promover la salud y seguridad ocupacional, investigar accidentes, y asegurar el cumplimiento de las normas. También se describen las funciones y responsabilidades de los
El documento resume la Resolución 2013 de 1986 y el Decreto 614 de 1984 sobre comités de medicina, higiene y seguridad industrial en Colombia. Detalla la composición y funciones de estos comités según el número de trabajadores de cada empresa. También explica conceptos clave de salud ocupacional como vigilancia, riesgo potencial e identificación de agentes de riesgo. El objetivo es analizar estos temas y cómo presentarlos en el colegio IED Algarrobo.
El documento describe la pirámide de la legislación en materia de seguridad y salud en Ecuador en 2020, incluyendo la Constitución, convenios internacionales, códigos, leyes, decretos, reglamentos, normas e instructivos. Explica los comités de seguridad e higiene en el trabajo, sus funciones y composición. Resume el Reglamento del Seguro General de Riesgos del Trabajo, incluyendo los tipos de prestaciones como incapacidad temporal, permanente parcial y total, y absoluta.
Similar a Resolución Ministerial 496/04 del 23/9/04: "Reglamento para la conformación de Comités Mixtos de Higiene Seguridad Ocupacional y Bienestar" (20)
Diario de Sesiones de la Convención Constituyente - Vigésimo Segunda Sesión -...Movimiento C40
Debates sobre la cantidad de provincias.
Debates sobre la enseña nacional y el uso de otras banderas en edificios públicos e instalaciones militares.
Debates sobre el escudo y los errores del Decreto de 1906 promulgado por Estrada Palma.
Más información:
https://movimientoc40.com/diario-de-sesiones-de-la-convencion-constituyente-sesion-22-extraordinaria/
REPÚBLICA DE CHILE - FALLO TRIBUNAL CONSTITUCIONAL _Sentencia Rol 15.368-24 C...Baker Publishing Company
CONSTITUCIONALIDAD DEL PROYECTO DE LEY
QUE ESTATUYE MEDIDAS PARA PREVENIR, SANCIONAR Y
ERRADICAR LA VIOLENCIA EN CONTRA DE LAS MUJERES, EN
RAZÓN DE SU GÉNERO, CONTENIDO EN EL
BOLETÍN N° 11.077-07
Protección patrimonial. Personas con discapacidad..pdfJosé María
El objeto de la Ley 41/2003, de 18 de noviembre, de protección patrimonial de las personas con discapacidades es favorecer la aportación a título gratuito de bienes y derechos al patrimonio de las personas con discapacidad y establecer mecanismos adecuados para garantizar la afección de tales bienes y derechos, así como de los frutos, productos y rendimientos de éstos, a la satisfacción de las necesidades
vitales de sus titulares. Tales bienes y derechos constituirán el patrimonio especialmente protegido de las personas con discapacidad.
Tarea de derecho laboral para estudiantes de la univeridad de El Salvadoredwin70
Este texto es para estudiantes de derecho de la facultad multidisciplinaria oriental de la universidad de El Salvador. El objetivo consiste en eavlauar su aprendizaje
Tarea de derecho laboral para estudiantes de la univeridad de El Salvador
Resolución Ministerial 496/04 del 23/9/04: "Reglamento para la conformación de Comités Mixtos de Higiene Seguridad Ocupacional y Bienestar"
1. MINISTERIO DE TRABAJO
REGLAMENTO PARA LA CONFORMACIÓN DE COMITÉS
MIXTOS DE HIGIENE Y SEGURIDAD OCUPACIONAL
CAPITULO I
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1.- (Objeto).- El presente reglamento tiene por objeto
regular los mecanismos, instrumentos y procedimientos de
conformación de Comités Mixtos de Higiene Seguridad Ocupacional
y Bienestar de tal manera de lograr la plena participación de
empleadores y trabajadores en la solución de los diversos
problemas, existentes en la empresa contribuyendo a evitar riesgos y
enfermedades profesionales.
Artículo 2.- (Marco Jurídico).- El presente reglamento se sustenta
en la Ley General de Higiene, Seguridad Ocupacional y Bienestar
Nro. 16998 de 2 de agosto de 1979 en su capítulo VII Arts. 30 al 37
CAPITULO II
AMBITO DE APLICACIÓN Y DEFINICIONES
Artículo 3.- (Ámbito de aplicación).- El presente Reglamento regirá
con carácter obligatorio a nivel nacional para todas las empresas y
los trabajadores.
Artículo 4.- (Definiciones).- Para los efectos del presente
reglamento, se adoptan las siguientes definiciones:
Los Comités Mixtos de Higiene, Seguridad Ocupacional y
Bienestar, son organizaciones constituidas paritariamente entre
empleadores y trabajadores por votación directa en las empresas,
con el fin de coadyuvar con los mismos en el cumplimiento de las
medidas de prevención de riesgos ocupacionales.
Empleador, es toda persona natural o jurídica que sustenta una
fuente de trabajo, además vigila y controla las labores de sus
dependientes.
2. Trabajador, es toda persona que presta servicios a un empleador a
cambio de una renumeración o salario u otro tipo de remuneración.
CAPÍTULO III
DE LA CONSTITUCIÓN
Artículo 5.- (De la Constitución).- Toda empresa a nivel nacional
que emplee diez o más trabajadores debe constituir obligatoriamente
y de forma paritaria uno o más Comités Mixtos de Higiene, Seguridad
Ocupacional y Bienestar.
Todo Comité Mixto, debe estar constituido paritariamente, por
representantes de los empleadores y trabajadores de acuerdo a la
siguiente clasificación:
NÚMERO DE
EMPLEADOS
N° DE
REPRESENTANTE POR
PARTE DE LA
EMPRESA
N° DE
REPRESENTANTES POR
PARTE DE LOS
TRABAJADORES
De 10 hasta 100 empleados 2 2
De 101 a 200 empleados, se
conforman dos Comités Mixtos
2
por cada Comité Mixto
conformado
2
por cada Comité Mixto
conformado
Tratándose de empresas con razón social única y que tenga
reparticiones situadas en departamentos, ciudades o distritos ajenos
a donde se encuentre situado la oficina principal se podrán organizar
mayor número de Comités Mixtos a razón de uno por cada sucursal
o repartición.
Empresas que cuenten con dos o más turnos de trabajo es
imprescindible que cada turno conforme su propio Comité Mixto.
Artículo 6.- (Del Directorio).- El Directorio del Comité Mixto de
Higiene, Seguridad Ocupacional y Bienestar, estará conformado por:
1.- Un presidente que será el Gerente de la Empresa o su
representante.
3. 2.- Un Secretario con voz y voto, como representante laboral,
designado por los trabajadores.
3.- Un vocal designado por la empresa.
4.- Un vocal designado por los trabajadores.
5.- Vocales suplentes, como componentes del Comité Mixto, los que
actuaran en suplencia, ausencia, impedimento temporal de uno de
los vocales, y que no estuviesen ocupando cargo directivo.
CAPITULO IV
DE LA ELECCION
Artículo 7.- (Representantes de los trabajadores).- La elección de
los representantes laborales ante dichos Comités Mixtos se efectuara
por votación directa de los trabajadores en un acto eleccionario
convocado por la empresa.
El tiempo de permanencia de los representantes elegidos será de un
año, pudiendo ser estos reelectos por la siguiente gestión.
Artículo 8.- Los trabajadores postulantes a conformar el Comité
Mixto deben tener preferentemente algún grado de formación o
conocimiento s en Seguridad e Higiene Ocupacional u otra materia a
fin.
Articulo 9.- Los trabajadores postulantes al Comité Mixto no deben
ser parte del Directorio del Sindicato de la empresa, ello a fin de
evitar dualidad de funciones.
Artículo 10.- (Representantes de la empresa).- Por libre decisión,
el Gerente deberá designar a los representantes de la empresa,
cuyos mandatos durarán un año, pudiendo ser reelectos, al
cumplimiento de la gestión.
Artículo 11.- Los designados por parte de la empresa a conformar el
Comité Mixto deberán ser elegidos libremente y de preferencia entre
4. quienes tengan experiencia en medicina laboral, higiene y seguridad
ocupacional u otra rama a fin.
Es recomendable que el nombramiento recaiga en médicos de la
empresa, responsables del Departamento de seguridad industrial,
jefe de brigada contra incendios, etc.
CAPITULO V
DE LOS REQUISITOS PARA EL ACTO DE POSESION
Artículo 12.- (Requisitos para el acto de posesión).- Un
representante del sector laboral o empresarial deberá presentar a la
Dirección General de Seguridad Industrial del Ministerio de Trabajo,
la nomina de los componentes que conformarán el Comité Mixto,
mediante nota suscrita por los mismos, dentro de los 15 días
siguientes de su constitución.
Una vez analizada y aprobada la documentación correspondiente, la
Dirección General de Seguridad Industrial otorgará a la empresa un
formulario de Acta de Constitución, que deberá ser llenada por los
responsables del mismo.
El Acta de Constitución debidamente llenada será remitido a la
Dirección General de Seguridad Industrial para su verificación y
validación la misma que de cumplir con los requisitos establecidos
permitirá fijar día y hora para proceder al acto de posesión a cargo
de un funcionario designado por la D.G.S.I. quien hará entrega en
acto oficial el respectivo Acta de Posesión a los representantes del
Comité Mixto.
CAPÍTULO VI
DE LAS FUNCIONES Y REMOCION DEL COMITÈ MIXTO
Artículo 13.- (Funciones).- El Comité Mixto de Higiene, Seguridad
Ocupacional y Bienestar se encargará de:
1.- Cumplir y hacer cumplir en la empresa correspondiente la Ley
General de Higiene, Seguridad Ocupacional y Bienestar, normas
vigentes en la materia, así como también las disposiciones técnicas
del Comité Mixto.
5. 2.- Informarse permanentemente sobre las condiciones de los
ambientes de trabajo, el funcionamiento y conservación de la
maquinaria, equipo e implementos de protección personal y otros
referentes a la Higiene, Seguridad Ocupacional y Bienestar en el
trabajo.
3.- Conocer y analizar las causas de todos los accidentes de trabajo
y enfermedades profesionales que ocurran en la empresa,
proponiendo posibles soluciones técnicas.
4.- Controlar y evaluar el registro documentario y la presentación de
denuncias de los accidentes y enfermedades de trabajo.
5.- Velar que todos los trabajadores reciban instrucción y orientación
adecuadas en el campo de Higiene y Seguridad Ocupacional,
impulsando actividades de difusión y formación para mantener el
interés de los trabajadores.
6.- Presentar los informes trimestrales de las reuniones a la D.G.S.I.
en los cuales deberán indicar el grado de cumplimiento o
incumplimiento de las disposiciones legales o acuerdos a los que se
hubiesen llegado. En caso de la no presentación de estos informes
serán pasibles a sanciones de acuerdo al Art. 237 del Código
Procesal del Trabajo.
7.- Al cabo de la gestión del Comité Mixto se debe elaborar un
informe final de las actividades realizadas, así como las medidas de
prevención de riesgos y enfermedades profesionales que se
adoptaron dentro la empresa.
Una copia de este resumen deberá ser enviado a la D.G.S.I.
Artículo 14.- (Remoción de representantes).- El incumplimiento de
las funciones precedentes dará lugar a la remoción total o parcial de
los representantes de los Comités Mixtos, en cumplimiento del
Artículo 37 de la Ley General de Higiene, Seguridad Ocupacional y
Bienestar.
6. CAPÍTULO VII
DE LAS REUNIONES DE LOS COMITES MIXTOS
Artículo 15.- (De las reuniones) Los Comités Mixtos se reunirán
mensualmente o cuando lo estimen necesario, a petición de su
Presidente o de los representantes laborales.
A este efecto, se establecen los siguientes tipos de reuniones:
A).- Ordinarias.- Se efectuarán obligatoriamente con carácter
mensual.
Cada tercera reunión mensual será considerada también reunión
trimestral.
B).- Trimestrales.- Trimestralmente se reunirá todo el Comité bajo la
Presidencia del Director o Gerente de la Empresa, con la asistencia
de técnicos, médicos y mandos intermedios de la misma si los
hubiere. En ellas se realizará un balance de todo lo acontecido en
este periodo y se elevará el informe indicando el grado de
cumplimiento o incumplimiento de los acuerdos arribados en
reuniones mensuales o extraordinarias, copia del cual se remitirá con
carácter obligatorio a la D.G.S.I. dependiente del Ministerio de
Trabajo en el término de cinco días de efectuada la reunión
trimestral.
En la cuarta reunión trimestral se elaborará el informe final de
gestión.
C).- Extraordinarias.- Se realizarán:
i) Por convocatoria del presidente o representantes laborales,
cuando lo estimen necesario, por lo menos las dos terceras
partes de sus miembros.
ii) A solicitud expresa del Ministerio de Trabajo
La instalación de las reuniones procederá siempre y cuando cuente
con el 50% más uno de sus miembros.
7. En caso de que dos reuniones sucesivas no cuenten con el quórum
respectivo se notificará a la D.G.S.I. del Ministerio de Trabajo para
fines de aplicación del Artículo 37 de la L.G.H.S.O.B. (remoción de
representantes)
Los asistentes no miembros del comité, tendrán en la reunión voz
pero no voto.
Las decisiones que se asuman en las reuniones del Comité Mixto
serán aprobadas en votación directa y por simple mayoría.
CAPÍTULO VIII
DE LAS FUNCIONES DE LOS MIEMBROS DEL COMITÉ Y DE
LAS FACILIDADES A LOS COMITÉS
Artículo 16.- Cada uno de los miembros del Comité Mixto cumplirá
con las siguientes funciones:
A) DEL PRESIDENTE
- Presidir las reuniones
- Dirigir y moderar los debates.
- Velar porque las funciones asignadas sean realizadas
- Servir de elemento de enlace entre la Dirección General
de Higiene y Seguridad Ocupacional y el Comité Mixto.
B) DEL SECRETARIO
- Convocar reuniones a propuesta del Presidente de los
representantes laborales y / o a petición de las dos
terceras partes de sus miembros.
- Elaborar actas de asistencia a las reuniones.
8. - Elaborar las actas de reuniones en el libro determinado
para el efecto y remitir copias de las mismas adjunta al
informe trimestral a la D.G.S.I.
- Realizar la clasificación de archivos y documentos.
- Llevar el registro de accidentes y enfermedades
profesionales producidos a consecuencia de las labores
que se realizan en la empresa.
- Otras labores que le encargue el Presidente o los
Vocales del Comité Mixto.
C) DE LOS VOCALES
- Representar los intereses de los trabajadores y gestionar
en nombre de ellos, todas sus necesidades e intereses
en el campo de la higiene, seguridad ocupacional y
medicina laboral.
- Constituirse en el nexo entre el Comité Mixto y el
Sindicato de la empresa, cuando corresponda.
- Propiciar la organización de eventos de capacitación
referidos al tema de higiene y seguridad ocupacional, con
la finalidad de impulsar el interés de los trabajadores y la
aplicación en el lugar de trabajo.
- Participar en las inspecciones periódicas de seguridad o
investigaciones de accidentes que realice el Ministerio de
Trabajo a la empresa, con el objeto de coadyuvar a la
detección de riesgos ocupacionales y en el planteamiento
de soluciones técnicas pertinentes, para evitar la
repetición de los mismos.
- Otras labores que les asigne el Comité Mixto.
9. D) DE LOS REPRESENTANTES
- Coadyuvar a todas las actividades que realiza el Comité
Mixto, sirviendo de enlace directo con los trabajadores de
la empresa.
- Efectuar propuestas de solución a problemas de Higiene,
Seguridad Ocupacional y Bienestar en la empresa.
- Reemplazar a los vocales del Comité Mixto en caso de
remoción, ausencia o impedimento de los mismos.
Artículo 17.- (De las facilidades a los comités).- Cuando algún
miembro laboral o empresarial del Comité mixto en funciones,
considere ser victima de presión, intimidación, represalias o retiro de
su fuente laboral, podrá hacer conocer por escrito o verbalmente a la
D.G.S.I. del Ministerio de Trabajo tal situación, a objeto de que la
autoridad competente, haga respetar sus derechos y la inamovilidad
funcionaria mientras dure sus funciones y tome los recaudos
pertinentes en defensa del trabajador afectado en el específico
cumplimiento de las funciones encomendadas.
Articulo 18.- La empresa debe proporcionar en forma obligatoria a
los miembros del Comité Mixto de todas las facilidades referentes a
la dotación de equipo y material de escritorio para la elaboración y
remisión de los informes correspondientes a la D.G.S.I. del Ministerio
de Trabajo en forma oportuna.
Articulo 19.- Los componentes del Comité Mixto tendrán prioridad
en la otorgación de permisos para su asistencia a las reuniones del
Comité Mixto y a eventos de capacitación en materia de Higiene y
Seguridad Ocupacional.
CAPÍTULO IX
DE LAS FUNCIONES ADMINISTRATIVAS
Artículo 20.- (De las funciones administrativas).- Los Comités
Mixtos deberán realizar las funciones administrativas siguientes:
10. 1.- Convocar a reuniones ordinarias y extraordinarias.
2.- Elaborar un acta de cada reunión que se lleve a cabo.
3.- Enviar en forma obligatoria, copia a la D.G.S.I. de los informes
trimestrales y el “INFORME ANUAL” acompañados de copias de las
actas de reuniones ordinarias y extraordinarias, en un plazo de cinco
días de haberse realizado las reuniones. Su incumplimiento será
sancionado de acuerdo a la escala aprobada por el Ministerio de
Trabajo para infracciones a leyes sociales.
4.- Solicitar a la Dirección General de Seguridad Industrial,
dependiente del Ministerio de Trabajo la posesión de los Comités
Mixtos conformados previo el cumplimiento de requisitos exigidos.
CAPÍTULO X
DE LA VIGENCIA DEL PRESENTE REGLAMENTO
Artículo 21.- (De la vigencia).- El presente reglamento entrará en
vigencia una vez efectuada su legal aprobación a través del
instrumento legal pertinente.
Artículo 22.- (De las modalidades de modificación) Las nuevas
condiciones o modalidades que requieran aplicación o modificación,
serán introducidas con el trámite prescrito por disposiciones legales
vigentes.
Articulo 23.- Quedan derogadas todas las disposiciones contrarias
al presente reglamento.
11. DIRECCION GENERAL DE TRABAJO
Republica de Bolivia Y SEGURIDAD INDUSTRIAL
MINISTERIO DE TRABAJO
ACTA DE CONSTITUCION DE
COMITE MIXTO DE HIGIENE Y SEGURIDAD OCUPACIONAL
En la ciudad de .................................. a horas ......................................... del día
................................................de ........................................ de dos mil seis años, se ha
constituido luego de acto electoral realizado en instalaciones de la Empresa
.........................................................................................................................,
( Razón Social )
con domicilio en la Calle/Av. ............................................................................ No. ........., el
Comité Mixto de Higiene y Seguridad Ocupacional de la misma, dando cumplimiento al
CapítuloVII del D.L. No. 16998 de 2 de Agosto de 1979 ( Ley General de Higiene, Seguridad
Ocupacional y Bienestar ) en actual vigencia, y el cual se halla integrado por los siguientes
miembros:
PRESIDENTE Sr. ........................................ .................................
SECRETARIO Sr. ........................................ .................................
VOCALES Sr. ........................................ .................................
Sr. ........................................ .................................
REPRESENTANTES DE LA EMPRESA
Sr. ................................................. ..........................................
Sr. ................................................. ..........................................
Sr. ................................................. ..........................................
REPRESENTANTES DE LOS TRABAJADORES
Sr. ................................................. ..........................................
Sr. ................................................. ..........................................
Sr. ................................................. ..........................................
Por lo que en constancia firman:
__________________________ __________________________
Por los trabajadores Presidente del Comité Mixto
Por tanto:
Ante mi y con informe favorable de verificación del fiel cumplimiento de las normas legales y
procedimentales que rigen la elección de los Miembros de los Comités Mixtos de Higiene y Seguridad
Ocupacional a nivel nacional, se reconoce y autoriza la posesión del Comité Mixto arriba representado,
debiendo fijarse día y hora para el cumplimiento de dicho actuado.
En la ciudad de …………………………… , a ………………….. días del mes de
……………………………. de dos mil seis años.
FIRMA DE AUTORIDAD RESPONSABLE
_____________________________________________________
SELLO
INSTITUCIONAL