Ley de Registro Único de Contribuyentes Art. 1




                                        ¿QUÉ ES EL REGISTRO
                                             ÚNICO DE
                                         CONTRIBUYENTES?
                                        Es un instrumento que tiene por
                                        función registrar e identificar a
                                        los contribuyentes con fines
                                        impositivos y como objeto
                                        proporcionar información a la
                                        Administración Tributaria.
Ley de Registro Único de Contribuyentes Art. 2



¿QUIÉNES ESTÁN OBLIGADOS A
  INSCRIBIRSE EN EL RUC ?
Todas la Personas Naturales y
Sociedades, nacionales y extranjeras
que inicien o realicen actividades en el
país en forma permanente u ocasional.



                                  Las Sociedades nacionales sean
                                  públicas o privadas y las sociedades
                                  extranjeras, cualquiera sea su
                                  actividad.
DEL NÚMERO DE REGISTRO.
Art. 5.- DEL NUMERO DE REGISTRO.- El Servicio de Rentas
Internas, establecerá, el sistema de numeración que estime
más conveniente para identificar a las personas jurídicas,
entes sin personalidad jurídica, empresas unipersonales,
nacionales y extranjeras, públicas o privadas.
 Para las personas naturales, que no constituyan empresas
unipersonales, el número de identificación tributaria estará
dado por el número de la cédula de identidad y/o ciudadanía.

Art. 8.- DE LA INTRANSFERIBILIDAD DEL CERTIFICADO
DE INSCRIPCIÓN.- El certificado de inscripción con el número
de identificación tributaria es un documento público,
intransferible y personal.
ESTADOS DEL CONTRIBUYENTE ANTE
  LA ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA
Activo
Cuando el contribuyente está desarrollando alguna
actividad económica.
Suspenso
Cuando el contribuyente ha suspendido su actividad
económica, de manera temporal o definitiva.
Pasivo
Cuando el RUC del contribuyente es cancelado
definitivamente, y por lo tanto no puede ser reactivado.
Actualice los datos en el RUC, en los
           siguientes casos:
a) Cambio de denominación o razón social;
b) Cambio de actividad económica;
c) Cambio de domicilio;
d) Transferencia de bienes o derechos a cualquier título;
e) Cese de actividades;
f) Aumento o disminución de capitales;
                                              Art. 14 (Ley de RUC)
Actualice los datos en el RUC, en los
            siguientes casos:
g) Establecimiento o supresión de sucursales, agencias,
depósitos u otro tipo de negocios;
h) Cambio de representante legal;
i) Cambio de tipo de empresa;
j) La obtención, extinción o cancelación de beneficios
derivados de las leyes de fomento; y,
k) Cualesquiera otras modificaciones que se produjeren
respecto de los datos consignados en la solicitud de
inscripción.
                                         Art. 14 (Ley de RUC)
SANCIONES POR INCUMPLIMIENTO DE
             OBLIGACIONES:
-   Por no inscribirse en el RUC:                 $ 30 a $1500
-   Por no actualizar los datos del RUC:          $ 30 a $1500
-   Por no suspender oportunamente el RUC: $ 30,00
-   Por ocultar la existencia de sucursales:      $ 60,00
-   (*) Por utilizar un número no autorizado por el SRI,
        como número de RUC:                       $ 500,00
-   (*) Por seguir utilizando un número de RUC cancelado:
                                                  $ 500,00

En los casos de las infracciones (*) además de la
imposición de la multa, se presentarán las denuncias
respectivas ante los jueces competentes.
REGISTRO ÚNICO DE CONTRIBUYENTES

                        PLAZOS
Inscripción: 30 días de constitución o de iniciada la

  actividad.

Comunicar cambios: 30 días del hecho.

Cese de actividades: 30 días del hecho.

Cancelación del RUC: por muerte o liquidación 30 días.

Ruc

  • 1.
    Ley de RegistroÚnico de Contribuyentes Art. 1 ¿QUÉ ES EL REGISTRO ÚNICO DE CONTRIBUYENTES? Es un instrumento que tiene por función registrar e identificar a los contribuyentes con fines impositivos y como objeto proporcionar información a la Administración Tributaria.
  • 2.
    Ley de RegistroÚnico de Contribuyentes Art. 2 ¿QUIÉNES ESTÁN OBLIGADOS A INSCRIBIRSE EN EL RUC ? Todas la Personas Naturales y Sociedades, nacionales y extranjeras que inicien o realicen actividades en el país en forma permanente u ocasional. Las Sociedades nacionales sean públicas o privadas y las sociedades extranjeras, cualquiera sea su actividad.
  • 3.
    DEL NÚMERO DEREGISTRO. Art. 5.- DEL NUMERO DE REGISTRO.- El Servicio de Rentas Internas, establecerá, el sistema de numeración que estime más conveniente para identificar a las personas jurídicas, entes sin personalidad jurídica, empresas unipersonales, nacionales y extranjeras, públicas o privadas. Para las personas naturales, que no constituyan empresas unipersonales, el número de identificación tributaria estará dado por el número de la cédula de identidad y/o ciudadanía. Art. 8.- DE LA INTRANSFERIBILIDAD DEL CERTIFICADO DE INSCRIPCIÓN.- El certificado de inscripción con el número de identificación tributaria es un documento público, intransferible y personal.
  • 4.
    ESTADOS DEL CONTRIBUYENTEANTE LA ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA Activo Cuando el contribuyente está desarrollando alguna actividad económica. Suspenso Cuando el contribuyente ha suspendido su actividad económica, de manera temporal o definitiva. Pasivo Cuando el RUC del contribuyente es cancelado definitivamente, y por lo tanto no puede ser reactivado.
  • 5.
    Actualice los datosen el RUC, en los siguientes casos: a) Cambio de denominación o razón social; b) Cambio de actividad económica; c) Cambio de domicilio; d) Transferencia de bienes o derechos a cualquier título; e) Cese de actividades; f) Aumento o disminución de capitales; Art. 14 (Ley de RUC)
  • 6.
    Actualice los datosen el RUC, en los siguientes casos: g) Establecimiento o supresión de sucursales, agencias, depósitos u otro tipo de negocios; h) Cambio de representante legal; i) Cambio de tipo de empresa; j) La obtención, extinción o cancelación de beneficios derivados de las leyes de fomento; y, k) Cualesquiera otras modificaciones que se produjeren respecto de los datos consignados en la solicitud de inscripción. Art. 14 (Ley de RUC)
  • 7.
    SANCIONES POR INCUMPLIMIENTODE OBLIGACIONES: - Por no inscribirse en el RUC: $ 30 a $1500 - Por no actualizar los datos del RUC: $ 30 a $1500 - Por no suspender oportunamente el RUC: $ 30,00 - Por ocultar la existencia de sucursales: $ 60,00 - (*) Por utilizar un número no autorizado por el SRI, como número de RUC: $ 500,00 - (*) Por seguir utilizando un número de RUC cancelado: $ 500,00 En los casos de las infracciones (*) además de la imposición de la multa, se presentarán las denuncias respectivas ante los jueces competentes.
  • 8.
    REGISTRO ÚNICO DECONTRIBUYENTES PLAZOS Inscripción: 30 días de constitución o de iniciada la actividad. Comunicar cambios: 30 días del hecho. Cese de actividades: 30 días del hecho. Cancelación del RUC: por muerte o liquidación 30 días.