La Ley Núm. 180 de 1998 establece el salario mínimo, vacaciones y licencia por enfermedad en Puerto Rico. Dispone que el salario mínimo federal se aplique automáticamente y establece protecciones para trabajadores no cubiertos por la ley federal. También regula beneficios de vacaciones y enfermedad y elimina la Junta de Salario Mínimo, transfiriendo sus funciones al Departamento del Trabajo.