1. EL SAMAT
El SAMAT es un órgano administrativo autónomo de la Alcaldía del Municipio Libertador
del Estado Mérida, que nace de la modernización de la Hacienda Pública Municipal para el control
y transparencia de las operaciones de recaudación tributaria. A través de un equipo de
profesionales calificados y comprometidos con sus labores, el SAMAT presta un servicio rápido,
oportuno y eficaz para el beneficio de la colectividad.
La directriz principal del SAMAT está enfocada en garantizar la aplicación de la potestad
Tributaria del Municipio en la generación de ingresos propios, en procura de la justa distribución de
las cargas públicas, según la capacidad económica del contribuyente, atendiendo al principio de
progresividad, con el propósito de contribuir al desarrollo sustentable del Municipio.
¿CÓMO SE INVIERTEN SUS IMPUESTOS DEL ESTADO MÉRIDA-MUNICIPIO LIBERTADOR?
Actividad Económica
Conservación, construcción y mejoras de la vialidad y alcantarillado.
Conservación y mejoras de Parques y Plazas.
Ampliación y mantenimiento de la infraestructura de las 5 escuelas municipales.
Construcción y rehabilitación de redes de cloacas.
Mejoramiento del sistema de acueducto y suministro de agua potable.
Construcción y rehabilitación del sistema de riego en zonas rurales.
Fortalecimiento del servicio de transporte público urbano y rural.
Servicio farmacéutico para el suministro de medicamentos a bajos costos.
Fortalecimiento de la Asistencia Médico-Odontológica en las comunidades.
Instalación y dotación de Infocentro en escuelas y comunidades.
Servicio de Protección Civil y dotación de las brigadas de rescate y saneamiento
ambiental.
Mejoramiento de semáforos.
Proyectos sociales dirigidos a la tercera edad, discapacitados, niños, niñas y adolescentes.
Conservación, construcción y mejoras de la infraestructura deportiva.
Servicio de policía vial.
Otros proyectos de infraestructura.
Inmuebles Urbanos
Construcción de viviendas.
Créditos para rehabilitación y ampliación de viviendas.
Mejoramiento de fachadas de viviendas.
2. Propaganda y Publicidad Comercial
Financiamiento de las actividades deportivas y culturales.
Recuperación del patrimonio histórico.
Fortalecimiento del ornato público.
Espectáculos Públicos
Promoción del turismo local.
Financiamiento del fondo municipal para la atención de emergencia y desastres naturales.
Patente Vehicular
Financiamiento para la adquisición de maquinaria y suministro de asfalto para acometer los
trabajos de bacheo de la ciudad.
Demarcación vial y de zonas escolares.
TIPOS DE IMPUESTOS
PAGO DE IMPUESTO DE INMUEBLES URBANOS
Requisitos
Pasos
¿Cuándo pagar el Impuesto?
¿Cómo disfrutar del beneficio Pronto Pago?
Requisitos
• Cédula catastral.
• Comprobante de la exención o exoneración como beneficios del impuesto anual.
• Realizar el pago trimestral del impuesto.
Pasos
• Inscribirse en el registro inmobiliario (departamento de catastro) aportando los datos necesarios
y comunicando oportunamente sus modificaciones para adquirir la cédula catastral del inmueble.
3. • Solicitar el reconocimiento y comprobación de la exención o exoneración como beneficios del
impuesto anual.
• Realizar el pago trimestral del impuesto.
• Luego de la inscripción, usted tendrá que realizar el Registro de Información de Contribuyentes
del Impuesto Inmobiliario ante la oficina del SAMAT.
¿Cuándo Pagar el Impuesto?
Durante el primer trimestre del año.
¿Cómo Disfrutar del Beneficio Pronto Pago?
Pagando la totalidad del monto del impuesto (este beneficio aplica solo a los inmuebles de Uso
Residencial)
• 20% de descuento en el mes de enero.
• 10% de descuento en el mes de febrero.
• 5% de descuento en el mes de marzo.
PAGO DE IMPUESTOS POR PROPAGANDA Y PUBLICIDAD COMERCIAL
Se entiende por propaganda o publicidad comercial todo aviso, anuncio, mensaje o imagen,
difundido por cualquier medio, dirigido a llamar la atención del público hacia un producto, persona,
idea o actividad específica, con fines comerciales dentro de la jurisdicción municipal.
Período Impositivo
Cálculo del Impuesto
Requisitos para inscribirse y solicitar el permiso del medio publicitario
Deberes de las personas naturales y jurídicas
Período Impositivo
• Publicidad comercial permanente: el período impositivo será de un año. No se determina si
coincide con el año civil o un período de 12 meses distinto del año fiscal.
• Publicidad ocasional: el período impositivo corresponderá con el plazo de duración de la
publicidad
• Publicidad en cines y espectáculos públicos: el período impositivo corresponderá a un mes.
4. Cálculo del Impuesto
• Publicidad fija: el Impuesto a pagar se calculará por anualidades y dependerá del aforo
establecido en la Ordenanza en función del tipo de publicidad y características específicas. Dicho
Impuesto deberá pagarse durante el mes de enero de cada año.
• Publicidad temporal: en estos casos el monto a pagar deberá ser calculado en función del tipo
de publicidad o propaganda, las características, el período de tiempo a hacer uso de estos
recursos o por la cantidad de ejemplares a distribuir; y deberá cancelarse antes de hacer uso del
recurso publicitario o propagandístico.
Requisitos para inscribirse y solicitar el permiso del medio publicitario
Persona natural:
• Carta u Oficio dirigida a la Gerencia de Fiscalización y Atención al Contribuyente SAMAT.
Indicando datos del contribuyente y su condición de comerciante e intención a dedicarse a
actividades publicitarias.
• Memoria descriptiva y fotográfica del medio publicitario.
• Póliza de Responsabilidad Civil, en caso de elemento fijo.
• Constancia de pago de tasa administrativa (artículo 9, parágrafo segundo de la Ordenanza
sobre Propaganda y Publicidad Comercial).
Persona jurídica:
• Carta u Oficio dirigida a la Gerencia de Fiscalización y Atención al Contribuyente SAMAT,
indicando datos del contribuyente y su responsable; registro mercantil y licencia de actividades
económicas.
• Certificado de Solvencia de Actividades Económicas.
• Memoria descriptiva y fotográfica del medio publicitario.
• Póliza de Responsabilidad Civil, en caso de elemento fijo.
• Constancia de pago de tasa administrativa (artículo 9, parágrafo segundo de la Ordenanza
sobre Propaganda y Publicidad Comercial).
• Planilla de Permiso del Medio Publicitario.
Deberes de las personas naturales y jurídicas
• Mantener en buen estado los medios publicitarios que coloquen y retirar aquellos que no llenan
las condiciones de estéticas, ambientales y de seguridad requeridas por el municipio o que
contengan mensajes que hayan perdido vigencia.
• Informar cualquier cambio estructural, de motivo y de forma de los medios publicitarios.
5. • Notificar el retiro de las vallas o de cualquier medio publicitario para poner fin a la obligación
impositiva correspondiente. Mientras ello no se haga, se continuará causando el impuesto.
• Enviar en el transcurso del mes de diciembre de cada año al Servicio Autónomo Municipal de
Administración Tributaria una relación en donde se indiquen los avisos que continuarán en
exhibición el año siguiente.
PATENTE VEHICULAR
La patente vehicular es el pago del impuesto que los propietarios de vehículos particulares,
oficiales, corporativos o de transporte público deben cancelar para poder circular dentro de la
jurisdicción del municipio Libertador.
Estar solvente en el pago de este impuesto es importante para solicitar la solvencia municipal y
para realizar algunos trámites en notarías y empresas aseguradoras como declaración de pérdida,
robo o extravió de vehículo.
Requisitos
1) Carné de circulación del vehículo o en su defecto el título de propiedad
2) Información del SETRA (sólo para los vehículos con nuevas placas)
3) Constancia del último pago de este mismo impuesto
Si canceló el último impuesto en otro municipio, debe presentar el recibo de pago correspondiente.
Si canceló el último impuesto en otro municipio y extravió el recibo de pago correspondiente, el
ciudadano debe presentar documentos que hagan constar su residencia en otros municipios como:
carta de residencia, carnés o constancia de trabajo, registro de prefectura o contratos y facturas de
arrendamiento.
Si habiendo residido en el municipio Libertador del estado Mérida el ciudadano no canceló la
patente vehicular del último período tributario, el ciudadano deberá cancelar el monto
correspondiente a los años no cancelados.
Tarifas
Los propietarios de autobuses, automóviles, camiones, camionetas, motocicletas,
remolcadores, carrozas fúnebres, vehículos traídos a la rastra o remolque, o carruaje de tracción
animal; pagarán a la Municipalidad un impuesto de patente.
6. PERMISO PARA ESPECTÁCULOS PÚBLICOS
Se considera espectáculo público o diversión, toda demostración, despliegue o exhibición
de arte, cultura, deporte u otro que con habilidad, destreza o ingenio se ofrezca a los asistentes,
bien en forma directa o mediante sistemas mecánicos o eléctricos de difusión y transmisión.
Requisitos
El interesado debe consignar una carta explicativa dirigida a la Gerencia de Fiscalización
del SAMAT, indicando los siguientes datos:
• Identificación de la persona responsable de la organización del espectáculo.
• Fecha de presentación, horario y número de funciones.
• Identificación del local o establecimiento donde se llevará a cabo el evento.
• Tipo de espectáculo que se presentará, el programa a desarrollarse, identificación del elenco
principal, su nacionalidad y el número de personas que actuarán en el mismo, si es el caso.
• Número de boletos a emitir, con indicación de la cantidad que corresponda a cada función y su
valor.
Además debe anexar los siguientes recaudos
• Certificado de Solvencia de Actividades Económicas.
• Para empresas dedicadas al espectáculo copia del Registro de Contribuyente.
• Constancia de disponibilidad del local o establecimiento donde tendrá lugar el evento, por el
tiempo indicado en la solicitud, así como la capacidad de personas que pueden ingresar en el
mismo.
• Cheque de gerencia, depósito bancario o fianza bancaria o de seguro a favor de la Tesorería
Municipal, por el 50% sobre el valor del total de los boletos.
• Presentar la totalidad de los boletos que van a ser ofrecidos en venta.
"Los miembros de las organizaciones, cualquiera que sea su naturaleza, necesitan trabajar
en armonía y bajo una coordinación efectiva, para de esta forma contribuir con su esfuerzo
y habilidades al cumplimiento de los objetivos de la institución".
DIRECCIÓN
Av. Andrés Bello, Centro Comercial Las Tapias, locales 11 - 12 y 13.