2. Aplicable a partir del 13 de
diciembre de 2014
Reglamento (UE) nº 1169/2011 del Parlamento
Europeo y del Consejo de 25 de octubre de 2011
sobre la información alimentaria facilitada al
consumidor.
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3. Exigir la obligatoriedad de
la información alimentaria debe ser
que los consumidores
puedan reconocer y hacer un uso adecuado
de los alimentos, y tomar decisiones que se adapten
a sus necesidades dietéticas individuales.
¿Estás preparado?
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5. Información alimentaria es…
la información relativa a un alimento y puesta
a disposición del consumidor final por medio
de una etiqueta, otro material de
acompañamiento, o cualquier otro medio,
incluyendo
herramientas
tecnológicas
modernas o la comunicación verbal.
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6. Requisito fundamental
Los productos alimenticios destinados
a ser suministrados al consumidor
final o a las colectividades irán
acompañados de información
alimentaria conforme a la normativa
vigente.
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8. ¿Quién es el responsable?
El operador de empresa alimentaria responsable de la
información alimentaria será el operador con cuyo nombre o
razón social se comercialice el alimento o, en caso de que
no esté establecido en la UE, el importador del alimento al
mercado de la UE.
El responsable de la información alimentaria garantizará la
presencia y la exactitud de dicha información de
conformidad con la normativa aplicable sobre información
alimentaria y los requisitos de las disposiciones nacionales
pertinentes.
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9. ¿Qué información es obligatoria en el etiquetado?
condiciones especiales de conservación y/o utilización
lista de ingredientes
cantidad neta
país de origen
denominación del alimento
nombre y dirección de la empresa alimentaria
modo de empleo
Sustancias causante de alergias o intolerancias
grado alcohólico
información nutricional
fecha de duración mínima o la fecha de caducidad
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10. Próximo 13 de febrero de 2014, en Sevilla
Seminario sobre el nuevo
etiquetado de los alimentos
PLAZAS LIMITADAS
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