El derecho  procesal constitucional  ha imaginado  en las últimas décadas  ciertas categorías  de fallos que escapan  a  la clasificación tradicional  - fallos  estimatorios  y desestimatorios -,  dando  lugar a las sentencias  “atípicas”.  Decisiones  nomogenéticas , (Sagüés),  en el sentido que resultan productoras de normas, infiriéndolas de la misma constitución.
Sentencias  “manipulativas”:  interpretativas, integradoras o aditivas y sustitutivas.  El juez constitucional opta por no expulsar la ley del ordenamiento, si es que esta ley, después de ser “manipulada”, puede ser entendida conforme a la Constitución. El juez no manipula la “disposición”  - el enunciado lingüístico de un precepto legal, esto es, las letras y frases que integran un dispositivo legal -  Lo que manipula, son los sentidos interpretativos que de esa disposición se pueda extraer.
Cuando  se habla de sentencias  “manipulativas”, no se emplea  el verbo que origina la denominación  (manipular) en sentido  peyorativo  o condenatorio,  sino neutro, en la acepción de, por ejemplo, maniobrar,  operar o utilizar la norma del caso, desde  una perspectiva  constitucional.  Por  tanto,  una sentencia  “manipulativa”  no importa necesariamente  una interpretación  “manipulativa” de la Constitución, vale decir, que desvirtúa al mensaje  constitucional.
Sentencia  exhortativa,  también  llamada  “apelativa”  o “con aviso”.  Se perfila con distintas posturas.
Sentencias exhortativas  o con aviso. En este supuesto,  el órgano  de la jurisdicción constitucional,  ante una situación de norma inconstitucional  o presuntamente  inconstitucional, encomienda  al Poder Legislativo la sanción de un nuevo texto acorde con la Constitución. Puede o no fijarle plazo preciso al respecto.
a)  Sentencia exhortativa  “de delegación”.  b)  Sentencia exhortativa  por constitucionalidad  precaria.
Bibliografía. Sagüés, Néstor P.,  Las sentencias constitucionales exhortativas ("apelativas" o "con aviso"), y su recepción en Argentina , LA LEY 2005-F, 1461.

Sentencias AtíPicas

  • 1.
    El derecho procesal constitucional ha imaginado en las últimas décadas ciertas categorías de fallos que escapan a la clasificación tradicional - fallos estimatorios y desestimatorios -, dando lugar a las sentencias “atípicas”. Decisiones nomogenéticas , (Sagüés), en el sentido que resultan productoras de normas, infiriéndolas de la misma constitución.
  • 2.
    Sentencias “manipulativas”: interpretativas, integradoras o aditivas y sustitutivas. El juez constitucional opta por no expulsar la ley del ordenamiento, si es que esta ley, después de ser “manipulada”, puede ser entendida conforme a la Constitución. El juez no manipula la “disposición” - el enunciado lingüístico de un precepto legal, esto es, las letras y frases que integran un dispositivo legal - Lo que manipula, son los sentidos interpretativos que de esa disposición se pueda extraer.
  • 3.
    Cuando sehabla de sentencias “manipulativas”, no se emplea el verbo que origina la denominación (manipular) en sentido peyorativo o condenatorio, sino neutro, en la acepción de, por ejemplo, maniobrar, operar o utilizar la norma del caso, desde una perspectiva constitucional. Por tanto, una sentencia “manipulativa” no importa necesariamente una interpretación “manipulativa” de la Constitución, vale decir, que desvirtúa al mensaje constitucional.
  • 4.
    Sentencia exhortativa, también llamada “apelativa” o “con aviso”. Se perfila con distintas posturas.
  • 5.
    Sentencias exhortativas o con aviso. En este supuesto, el órgano de la jurisdicción constitucional, ante una situación de norma inconstitucional o presuntamente inconstitucional, encomienda al Poder Legislativo la sanción de un nuevo texto acorde con la Constitución. Puede o no fijarle plazo preciso al respecto.
  • 6.
    a) Sentenciaexhortativa “de delegación”. b) Sentencia exhortativa por constitucionalidad precaria.
  • 7.
    Bibliografía. Sagüés, NéstorP., Las sentencias constitucionales exhortativas ("apelativas" o "con aviso"), y su recepción en Argentina , LA LEY 2005-F, 1461.