El maltrato a menores y la respuesta educativaAntonio Serrano
El maltrato a menores y la respuesta educativa.
Concepto de maltrato a menores.
Tipos de maltrato a menores.
Indicadores de maltrato.
El acoso escolar.
¿Qué hacer? ¿Dónde acudir?
Definición de maltrato según CONACMI:
El Maltrato a niños, niñas y adolescentes son todas aquellas acciones u omisiones no accidentales, cometidas contra un niño, niña o adolescente, de parte de su padre, madre, y/o de las personas e instituciones responsables de su cuidado y protección, las cuales provoquen daños físicos y psicológicos que afecten de manera temporal o permanente su desarrollo integral.
ROMPECABEZAS DE ECUACIONES DE PRIMER GRADO OLIMPIADA DE PARÍS 2024. Por JAVIE...JAVIER SOLIS NOYOLA
El Mtro. JAVIER SOLIS NOYOLA crea y desarrolla el “ROMPECABEZAS DE ECUACIONES DE 1ER. GRADO OLIMPIADA DE PARÍS 2024”. Esta actividad de aprendizaje propone retos de cálculo algebraico mediante ecuaciones de 1er. grado, y viso-espacialidad, lo cual dará la oportunidad de formar un rompecabezas. La intención didáctica de esta actividad de aprendizaje es, promover los pensamientos lógicos (convergente) y creativo (divergente o lateral), mediante modelos mentales de: atención, memoria, imaginación, percepción (Geométrica y conceptual), perspicacia, inferencia, viso-espacialidad. Esta actividad de aprendizaje es de enfoques lúdico y transversal, ya que integra diversas áreas del conocimiento, entre ellas: matemático, artístico, lenguaje, historia, y las neurociencias.
2. ¿Qué es el maltrato Infantil?
¿Cuándo se da?
Se produce cuando aparece…
Violencia física
Violencia psíquica
Violencia sexual
Falta de cuidados
Sucede debido a acción (lo que alguien
hace)
Omisión (dejar de hacerlo)
Negligencia (hacerlo de manera
inadecuada)
4. Ablación / Mutilación genital femenina
Prácticas tradicionales que implican la extirpación
total o parcial de los genitales femeninos.
Desde el punto de vista penal…
Delito de lesiones.
Convención de Derechos del Niño
(CDN) promueve la adopción de
medidas de abolición de estas prácticas.
5. EL PAPEL DE LOS
CENTROS
DOCENTES
¿Qué debe realizar un centro docente
en estos casos?
¿Qué medidas podemos adoptar?
¿Qué tipos de maltratos podemos
encontrar?
¿Cuales son los protocolos a seguir?
6. Los centros docentes son lugares propicios para la detección
de posibles malos tratos o abusos a menores…
Por el contacto directo y
diario.
Por la confianza y
comunicación con los tutores
o tutoras.
Por una población entre los
3 y 16 años escolarizados.
7. Los centros docentes también son clave para la prevención de
posibles situaciones de maltrato infantil.
Todos aquellos que formen parte de un centro docente deben…
Conocer las formas de prevenir y detectar los malos tratos y los
protocolos de actuación.
Recoger observaciones de los profesionales en contacto con el menor.
Derivar el caso para su estudio/tratamiento de los SS SS.
Ponerlo en conocimiento a las autoridades.
8. ¿Qué tipos de maltratos podemos
encontrar?
MALTRATO FÍSICO
MALTRATO POR NEGLIGENCIA Y
ABANDONO
MALTRATO PSICOLÓGICO O
EMOCIONAL
MALTRATO SEXUAL
MALTRATO INSTITUCIONAL
SUMISIÓN QUÍMICO-
FARMACÉUTICA
EXPLOTACIÓN LABORAL
EXPLOTACIÓN SEXUAL
9. MALTRATO FÍSICO
Acción NO accidental
Producida por progenitores o
responsables del niño
Provoca daños físicos o
enfermedades.
10. MALTRATO POR NEGLIGENCIA Y
ABANDONO
Las necesidades básicas del
niño (físicas, sociales y
psicológicas) no son
atendidas
Sucede de forma temporal o
permanente
Quedando al descubierto la
alimentación, higiene,
atención médica, educación,
vestido, etc
11. MALTRATO PSICOLÓGICO O
EMOCIONAL
Las personas responsables
producen con actuaciones o
privaciones provocan:
Sentimientos negativos
hacia la autoestima
Limitan las iniciativas
(rechazo verbal, insulto
intimidación,etc)
Es una situación crónica.
12. MALTRATO SEXUAL
Un niño o un adolescente es usado para satisfacer deseos
sexuales de un adulto, ya sea presenciando o participando en
actividades sexuales que no comprende o para las que no está
preparado de acuerdo con su desarrollo
13. MALTRATO INSTITUCIONAL
Se refiere al procedimiento,
actuación, u omisión procedente de
los poderes públicos.
También puede darse de manera
individual por la actuación de un
profesional.
La acción de un profesional puede
generar situaciones, por acción y/u
omisión, que impidan el mejor
desarrollo de los niños y de los
jóvenes.
14. SUMISIÓN QUÍMICO-
FARMACÉUTICA
Se somete al niño con cualquier tipo de drogas.
No existe la necesidad médica.
Incapacita para el desarrollo de la autonomía, resistencia o control.
15. EXPLOTACIÓN LABORAL Y SEXUAL
La explotación laboral somete a un niño o adolescente en edad no
laboral para realizar cualquier trabajo.
Puede ir desde la dureza física a la humillación pasiva o actividad
para la mendicidad.
La explotación sexual induce u obliga a niños o adolescentes a
realizar actividades de prostitución y/o pornografía
16. LA VIOLENCIA ENTRE IGUALES: El
acoso escolar
Según Dan Olweus, el acoso escolar o
“buying”
“es una conducta de persecución física
y/o psicológica que realiza un alumno
contra otro, al que elige como víctima de
repetidos y continuos ataques. Esta
acción, negativa e intencionada, coloca a
la víctima en una posición de la que
difícilmente podrá salir por sus propios
medios. Su continuidad provoca en las
víctimas efectos claramente negativos:
ansiedad, descenso de la autoestima y
cuadros depresivos, que dificultan su
integración en el medio escolar y el
desarrollo normal de los aprendizaje".
17. Según Smith y Sharp (1994) se puede definir
como un abuso de poder sistemático, es decir,
que la idea de continuidad o reiteración siempre
va unida al concepto de acoso.
Es aquella práctica protagonizada por un alumno
o grupo de alumnos que cause un daño físico o
psicológico a otro, de tipo sistemático o reiterado,
independientemente de los objetivos que se
persiguen (Defensor del Pueblo en Cataluña)
18. ¿Cuándo estamos ante una situación
de buying?
Ataques o agresiones realizados de forma
repetitiva e incluso fuera del horario escolar.
Gratuidad de la agresión, no se da un conflicto de
intereses contrapuestos.
Es una relación interpersonal que se caracteriza
por un desequilibrio real de poder o de fuerza.
Los actos violentos suelen producirse en grupo
19. Se dan situaciones de acoso escolar sin recurrir a la
violencia física (ataques verbales,insultos…)
También puede haber hechos violentos sin ser
considerado acoso escolar (una pelea en un patio)
Antes de calificar la situación de acoso escolar es
conveniente efectuar una recogida de datos, analizar
los hechos.
la utilización de protocolos se hace necesario.
20. CIBERACOSO O ACOSO
INFORMÁTICO
A Este tipo de acoso se distingue del tradicional,
porque no existe la posibilidad de esconderse, por
la amplitud de la audiencia y por la invisibilidad de
los acosadores.
La posibilidad de ser víctima de un acoso
informático es mayor fuera de la escuela que
dentro.
21. ¿CÓMO ACTUAR EN CASO DE
ACOSO?
LA PREVENCIÓN
La única forma efectiva
de afrontar y prevenir
el acoso escolar es
trabajando la
convivencia, y hacerlo
desde el comienzo de
la escolaridad y con la
participación activa de
toda la comunidad
escolar y en general de
toda la sociedad.
MEDIDAS DE URGENCIA Y
REPARADORAS
Dos modelos de prevención y de
actuación se citan con más
frecuencia el Olweus y el Sheffield,
que proponen enfoques diferentes:
El modelo Olweus da mucha
importancia a la participación de
las familias e incluye métodos
coercitivos de tipo punitivo, sin
rechazar por ello el diálogo,
El modelo Sheffield, utiliza
estrategias para el entrenamiento
de las destrezas sociales de los
implicados.
22. Protocolo de actuaciones
Cualquier profesión que
detecte una situación de malos
tratos debe:
Ponerlo en conocimiento de un
servicio especializado que hará el
seguimiento del caso
Si el hecho reviste mucha
gravedad, de las fuerzas de
seguridad, de las entidades de
protección de menores o de las
instancias judiciales, Juzgado de
Guardia o Fiscalía.
Así pues, se pueden dar dos
situaciones tipo:
SOSPECHA: Se comunicará a los
Servicios Sociales, que con la
colaboración de otros Equipos de
Atención a Menores establecerán
un diagnóstico o lo comunicarán a
policía o instancias judiciales.
EVIDENCIA: Se comunicará a la
policía, que lo pondrá en
conocimiento del fiscal o Juzgado
de Guardia, que tomará las
medidas cautelares que
correspondan