El documento explica las diferencias entre los contratos telemáticos, electrónicos e informáticos. Indica que los contratos telemáticos no son necesariamente electrónicos, sino que se refieren al software utilizado para realizar contratos electrónicos. Define a los contratos informáticos como aquellos cuyo objeto es un bien o servicio informático, mientras que los contratos electrónicos son aquellos cuya celebración se realiza a través de medios electrónicos, independientemente de su objeto. Finalmente, explica que los contratos de adhes