Este documento describe el sistema de aplicación de sanciones en el derecho penal de menores en España tras la Ley Orgánica 8/2006. Se considera que el objetivo principal es educar, corregir y reinsertar socialmente al menor. Al imponer las medidas, el juez debe considerar las circunstancias del hecho, la personalidad y situación del menor, así como su entorno familiar y social. La naturaleza jurídica de las medidas se deriva de criterios previstos para su imposición, sin tener en cuenta expresamente la peligrosidad criminal.