2. Justicia legal o
virtud general
• Se refiere a lo que es legal y equitativo.
• Es la única virtud que parece consistir en el
bien ajeno.
• Es considerada la más excelsa de las
virtudes.
• Es la práctica de todas las virtudes para con
otros.
• Santidad
3. Justicia como
virtud particular
• Es una parte de la virtud que tiene por
objeto el honor, el dinero o la seguridad.
• Su móvil: el placer que resulta de la ganancia.
• Dos formas:
1. Distributiva
2. Conmutativa
4. • La justicia distributiva implica repartir recursos
comunes proporcionalmente entre los
miembros de la comunidad.
• Principio distributivo:
• Igualdad entre iguales y desigualdad entre
desiguales.
• Proporcionalidad geométrica.
Justicia distributiva
6. Justicia
correctiva
• Busca la estricta igualdad.
• La ley busca la
reparación del daño
causado tratando a todas
las partes por igual.
◦ Proporcionalidad aritmética
7. • La reciprocidad sin más no es ni distributiva ni conmutativa o correctivamente justa.
• Hay diversidad de personas.
• La primera acción podría ser involuntaria y la segunda (venganza) es más voluntaria.
• Busca romper la cadena con un guiño al perdón.
La ley del talión
8. Existe entre personas que participan en una
vida común para lograr la autarquía.
• Igualdad entre personas libres e iguales,
ya sea proporcional o aritméticamente.
Justicia política
9. Justicia natural
Es aquella que en todas partes tiene la
misma fuerza y se deriva de la naturaleza.
• Igualdad entre personas libres e iguales.
• Por ej. La colaboración social.
10. Justicia positiva
Es la que en un principio da lo mismo que
sea de una u otra manera, pero una vez
establecido, ya tiene peso legal.
• Por ej. El pago de impuestos.
11. • Se relaciona con la justicia y se considera mejor
que lo justo, pero no como otro género.
• Rectificación de la justicia legal.
• Corrige aquellas situaciones que la ley no puede
regular de manera universal.
La equidad