El Código de la Niñez y Adolescencia de Ecuador tiene como objetivo proteger los derechos de los niños y adolescentes del país. Algunos de los derechos fundamentales incluyen el derecho a la identidad, educación, cultura, información y recreación. El Estado ecuatoriano debe garantizar que todos los niños, independientemente de discapacidades, tengan acceso a servicios de calidad como educación, actividades culturales y espacios seguros para jugar.
Bases Legales de la Educación Especial. Presentación. Material de apoyo para la especialidad de Educación Especial (Dificultades de Aprendizaje y Retardo Mental) Universidad Pedagógica Experimental Libertador - Instituto Pedagógico Rafael Alberto Escobar Lara de Maracay
Derechos de las personas con discapacidad. Análisis documental..pdfJosé María
El Real Patronato sobre Discapacidad es un organismo autónomo que tiene entre otros fines la promoción de la aplicación de los ideales humanísticos, los conocimientos científicos y los desarrollos técnicos para el perfeccionamiento de las acciones públicas y privadas sobre discapacidad.
COONAPIP II FORO DE MUJERES BUGLÉ Elaborado por: Yanel Venado Jiménez/COONAPI...YuliPalicios
Es una copilación de fotografías y extractos
del II Foro de Mujeres Buglé: Por la Defensa de los Derechos Territoriales, realizado en el corregimiento de Guayabito Comarca Ngäbe-Buglé de Pannamá. A través de estas imágenes y sus reseñas, buscamos presentar estrategias
para responder a las amenazas a las que se enfrentan, reforzar el cuidado y vigilancia del territorio, los derechos y la cultura, como mecanismos de defensa territorial, aportes que fortalezcan colectivamente la protección de
los derechos territoriales del Pueblo Buglé.
2. Código de la niñez y adolescencia.
El Código de la Niñez y Adolescencia tiene como fin proteger y
garantizar el goce y ejercicio de los derechos, deberes y
responsabilidades de las niñas, niños y adolescentes del
Ecuador, dentro de un marco de libertad, dignidad y equidad,
conforme a los principios fundamentales, en especial, el
principio del interés superior de la niñez y adolescencia y la
doctrina de protección integral.
3. Capítulo III Derechos
relacionados con el desarrollo
Derecho a la identidad e identificación
• Los niños y niñas ecuatorianos tienen derecho a
ser inscritos inmediatamente después del
nacimiento obtener un nombre, nacionalidad e
identificarse atreves de su cultura, a
desarrollarse dentro de la misma para que no se
pierdan sus valores
Art.33,34,35,36
4. DERECHO A LA EDUCACIÓN
• Como principal derecho para el desarrollo de un país, la educación
debe
Ser un servicio accesible de calidad y que fomente la equidad.
• El estado debe garantizar el seguimiento de los programas de
educación y sus objetivos como: desarrollar la personalidad, las
aptitudes y la capacidad mental y física del niño, niña y adolescente
hasta su máximo potencial.
• Los y las niñas con discapacidades especiales tienen derecho al
ingreso de cualquier establecimiento publico garantizando así
inclusión en el sistema educativo.
• Los padres, como parte de la comunidad educativa deberán
participar activamente para mejorar la calidad de la educación y a su
vez vigilar que los derechos y obligaciones de sus progenitores se
estén cumpliendo.
• Cualquier sanción que involucre violencia o afecte a la integridad del
estudiante será penalizo.
Art. 37,38,39,40,41,42
5. Es obligación del estado y los gobiernos seccionales
impulsar actividades culturales, artísticas y deportivas a
las cuales tengan acceso los niños, niñas y adolescentes.
El derecho de los niños, niñas y adolescentes a participar
libremente en la vida cultural y las artes exige que los
Estados, respeten el acceso de los niños y las niñas a esas
actividades y su libertad de elegirlas y practicarlas.
DERECHO A LA VIDA CULTURAL
Art. 43,44
6. DERECHO A LA INFORMACIÓN
• Los niños y niñas tienen derecho a buscar información ,
tomando en cuenta el tipo y las limitaciones establecidas
por la ley.
las fuentes.
• Se debe asegurar que las fuentes de información sean
adecuadas y veraces.
• El Estado, la sociedad y la familia, deben proporcionar
orientación a la niñez y adolescencia, para la discernir
correctamente la información.
• los medios de comunicación tienen como deber la difusión
de programas que se adaptan a las necesidades de los
niños y niñas, en un horario familiar.
Art. 45,46,47
7. DERECHO A LA RECREACIÓN Y AL DESCANSO
Art. 48,49
• El juego como derecho. En contexto de la infancia , son
los niños y su interacción mediante el juego.
• Incentivar y promocionar la practica de juegos
tradicionales.
• Contar con espacios seguros, regulaciones continuas
para en los espacios públicos. Las empresas de dichos
espacios deben responder a las normas de seguridad
para evitar posibles accidentes.
8. Ley N° 100. Código de la niñez y adolescencia ,Art. 33-49.
Ecuador, 07 de julio de 2014.
Maguared(2017) El juego, un derecho de todos los niños.
Recuperado de: https://maguared.gov.co/editorial-el-juego-
derecho/
Lacuesta(2014) Participar plenamente en la vida cultural y
artística: Un derecho reconocido a niños, niñas y
adolescentes. Blogs El mundo. Recuperado
de:https://www.elmundo.es/blogs/elmundo/voces/2014/03/11
/participar-plenamente-en-la-vida.html
REFERENCIAS