Teoría General del Reconocimiento
               Derecho Internacional Público
Definición - Características
               Acto Jurídico, Voluntario, Discrecional, Oportuno, Individual e
               Irrevocable a través del cual un Sujeto de Derecho Internacional,
               reconoce a otro su cualidad de ser sujeto de Derecho Internacional.
               El reconocimiento puede ser tácito o expreso.



                                                               Oportuno:
       Jurídico:                Discrecional:                 Se refiere a la
se generan obligaciones      Sometido al juicio del      oportunidad (tiempo) en
      y derechos              sujeto de Derecho          que se debe realizar el
                                                                   acto


                                   Voluntario:                  Individual:
     Irrevocable:
                            Depende de la voluntad            Por ser un acto
 Una vez otorgado, no
                              del sujeto de derecho      voluntario, el sujeto que
 puede retractarse del
                            internacional otorgarlo o    realiza el acto no obliga
        mismo
                                        no               a los demás a realizarlo.
Teorías acerca
       del
Reconcocimiento
   de Estado      Es el acto libre por el que uno o varios Estados constatan la existencia,
                  sobre un territorio determinado, de una sociedad humana políticamente
                    organizada, independiente de todo otro Estado existente, capaz de
                   observar las prescripciones del Derecho internacional y manifestando,
                    en consecuencia, su 'voluntad de considerarlo como miembro de la
                           Comunidad internacional (Inst. de Derecho Int., 1936)




                       Declarativa
                        (Jurídica)                            Constitutiva
                      Consistente en                           (Política)
                   constatar la situación                   Se requiere del
                        existente.                         consentimiento de
                   Territorio – Población – Gobierno           otros SDI
                              ESTADO
Teorías acerca
       del
Reconcocimiento
  de Gobierno
                  Es el acto libre por el cual uno o varios Estados constatan que
                  una persona o un grupo de personas son aptas para vincular al
                  Estado que pretenden representar, y por el cual manifiestan su
                            voluntad de mantener con ellas relaciones.



                    Legalidad (Regularidad)            Efectividad
                        “No ha de haber       “México no se pronuncia por
                    reconocimientos de los       los asuntos internos de
                     Gobiernos transitorios      otros Estados, pues es
                  nacidos de las revoluciones   lesivo con su soberanía,
                      hasta que no quede         pues es un principio del
                  demostrado que gozan del DIP, autodeterminación y la
                   apoyo democrático en sus       independencia de los
                      respectivos países”               pueblos”
                                  Tobar. 1907                Estrada. 1930

Teoria general de reconocimiento

  • 1.
    Teoría General delReconocimiento Derecho Internacional Público
  • 2.
    Definición - Características Acto Jurídico, Voluntario, Discrecional, Oportuno, Individual e Irrevocable a través del cual un Sujeto de Derecho Internacional, reconoce a otro su cualidad de ser sujeto de Derecho Internacional. El reconocimiento puede ser tácito o expreso. Oportuno: Jurídico: Discrecional: Se refiere a la se generan obligaciones Sometido al juicio del oportunidad (tiempo) en y derechos sujeto de Derecho que se debe realizar el acto Voluntario: Individual: Irrevocable: Depende de la voluntad Por ser un acto Una vez otorgado, no del sujeto de derecho voluntario, el sujeto que puede retractarse del internacional otorgarlo o realiza el acto no obliga mismo no a los demás a realizarlo.
  • 3.
    Teorías acerca del Reconcocimiento de Estado Es el acto libre por el que uno o varios Estados constatan la existencia, sobre un territorio determinado, de una sociedad humana políticamente organizada, independiente de todo otro Estado existente, capaz de observar las prescripciones del Derecho internacional y manifestando, en consecuencia, su 'voluntad de considerarlo como miembro de la Comunidad internacional (Inst. de Derecho Int., 1936) Declarativa (Jurídica) Constitutiva Consistente en (Política) constatar la situación Se requiere del existente. consentimiento de Territorio – Población – Gobierno otros SDI ESTADO
  • 4.
    Teorías acerca del Reconcocimiento de Gobierno Es el acto libre por el cual uno o varios Estados constatan que una persona o un grupo de personas son aptas para vincular al Estado que pretenden representar, y por el cual manifiestan su voluntad de mantener con ellas relaciones. Legalidad (Regularidad) Efectividad “No ha de haber “México no se pronuncia por reconocimientos de los los asuntos internos de Gobiernos transitorios otros Estados, pues es nacidos de las revoluciones lesivo con su soberanía, hasta que no quede pues es un principio del demostrado que gozan del DIP, autodeterminación y la apoyo democrático en sus independencia de los respectivos países” pueblos” Tobar. 1907 Estrada. 1930