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EL CONTEXTO JURÍDICO-LEGAL Y
ORGANIZATIVO DE LA SALUD EN
VENEZUELA
UNIVERSIDAD CENTRAL DE VENEZUELA
FACULTAD DE FARMACIA
ESCUELA DE FARMACIA JESÚS MARÍA BIANCO
CÁTEDRA DE SALUD PÚBLICA
Fuente: Trabajo de ascenso
Prof. Luis Manuel Gómez Muñoz
Propósito
Sistematizar de
aportes
orientados al
estudio del
Contexto jurídico y
organizativo de la salud,
vigente en la República
Bolivariana de Venezuela.
INTRODUCCIÓN…
INTRODUCCIÓN…
Siguiendo la
jerarquía
causal de
Desarrollo
Variables
de estudio
• Marco jurídico vigente y sus
antecedentes.
• Concepción de salud sustentada
en dicho marco jurídico.
• Modelo o sistema de
organización, concerniente a la
prestación y aseguramiento de
los servicios.
OBJETIVOS
GENERAL
Estudiar el contexto jurídico
legal y organizativo de la
salud en Venezuela
OBJETIVOS…
ESPECÍFICOS
Caracterizar el marco jurídico de la salud en
Venezuela, considerando sus antecedentes y los
aspectos relevantes en materia de salud, contenidos
en la Constitución de la República Bolivariana de
Venezuela.
Analizar el contexto organizativo de la salud en
Venezuela, desde sus antecedentes y el modelo de
prestación de servicios.
Examinar la organización de la red de atención a la
salud, en función de los niveles de atención,
estructura y financiamiento.
EL CONTEXTO
EL REFERENTE TEÓRICO
EL REFERENTE TEÓRICO
Lo normativo como elemento fundamental del
Estado de Derecho
(Abbagnano, 1974), (Ferrater Mora, 2001).
reglas
socialmente
legitimadas
fundamentan las
acciones del Estado
se expresan
explícitamente a
través de la ley.
Elderecho
EL REFERENTE TEÓRICO
Lo normativo como elemento fundamental del
Estado de Derecho
En síntesis…
Derecho como un conjunto de
normas que regulan las
relaciones entre los hombres en
un tiempo y espacio delimitado
El incumplimiento
de las normas da
lugar a…
Una respuesta
sancionatoria
investida de
legitimidad
EL REFERENTE TEÓRICO
Lo normativo como elemento fundamental del
Estado de Derecho
Por lo tanto…
El Derecho es un elemento ordenador del
marco social.
El propósito
Permitir el cumplimiento de fines
socialmente compartidos.
EL REFERENTE TEÓRICO
La Constitución y el Estado de Derecho
LA CONSTITUCIÓN
Elemento jurídico
fundamental de la dinámica y
proceso de conformación de
la estructura social.
Constituye un recurso de las
comunidades para plantear
como demandas políticas,
determinado conjunto de
necesidades sociales.
Es la garantía de la
observancia de un
Estado de Derecho
La Constitución y el Estado de Derecho
• Ámbito sectorial (salud,
educación, producción,
actividad fiscal y tributaria,
convivencia ciudadana, etc.)
• Ámbito territorial (nacional,
regional, local e institucional)
• Ámbito temporal (referido al
período de aplicabilidad)
Las normas jurídicas
formuladas a partir de los
preceptos constitucionales
estarán en función del
ámbito y el alcance de las
acciones consecuentes.
EL REFERENTE TEÓRICO
EL REFERENTE TEÓRICO
Nociones sobre derechos y salud
Defensa del individuo
contra los excesos del
Estado
Trabajo,
educación,
salud,…
Paz, ambiente
sano,
tecnologías de
comunicación…
1ERA
GENERACIÓN
LIBERTAD
DERECHOS
CIVILES Y
POLÍTICOS
2DA
GENERACIÓN
IGUALDAD
DERECHOS
SOCIALES
3RA
GENERACIÓN
FRATERNIDAD
DERECHOS
COLECTIVOS
Y DEL
AMBIENTE
Fundamentos
del Estado de
Bienestar
Cooperación
entre países
EL REFERENTE TEÓRICO
Nociones sobre derechos y salud
En Venezuela, la CRBV
Imprime rango constitucional a las
tres generaciones de derechos. Así lo
contempla el Plan Nacional Simón
Bolívar 2007-2013 y el Plan Patria
2013-2019.
EL REFERENTE TEÓRICO
Nociones sobre derechos y salud
Lo define como un derecho fundamental sin ningún tipo de distinción, vinculado
con el derecho a la vida, al libre desenvolvimiento y al logro del bienestar
Los estados deben generar condiciones de vida dignas para garantizar el derecho
a la salud
Se debe atender la mortalidad materno infantil, la higiene del trabajo y del
ambiente, y fomentar condiciones que aseguren el acceso de la población a los
servicios de atención a la salud
El derecho supone: accesibilidad sin ningún tipo de discriminación;
aceptabilidad (servicios apropiados a la cultura y costumbre de una
población) y calidad, en su dimensión científica y tecnológica
La inversión en las prioridades humanas: salud, educación, vivienda, condiciones
de vida; dan cuenta de la observancia en la garantía del derecho a la salud, bajo
los principios de universalidad, equidad, promoción y participación
En relación con el derecho a la salud….
Desarrollo: Parte I.
Marco constitucional y normativo de la salud en
Venezuela
Antecedentes
CRBV
Algunos
instrumentos
normativos
Antecedentes del marco jurídico venezolano en materia de salud
1912
Primera Ley de
Sanidad
Nacional
Estrategia de atención a
los problemas sanitarios
a nivel nacional,
1910
Dirección de Higiene y
Salubridad Pública,
adscrita al Ministerio de
Relaciones Interiores
1911
Creación de la
Oficina de
Sanidad Nacional
Decretada por el presidente
Juan Vicente Gómez con la
finalidad regular la aplicación
de las medidas de higiene en
todo el territorio nacional.
Surge como requerimiento
económico: brindar condiciones
mínimas de trabajo para una
adecuada dinámica de producción
EL REFERENTE SITUACIONAL
Antecedentes…
Debido al progresivo desarrollo y
fortalecimiento de la industria
petrolera, se acrecentó la
necesidad de atender la situación
de vida de la población, más como
exigencia económica que como
ejercicio de derecho social.
Se crea por decreto presidencial el
Ministerio de Salubridad y de
Agricultura y Cría al que se asignan,
entre otras, funciones de sanidad
nacional.
En la década de
los años 20
1930
EL REFERENTE SITUACIONAL
Creación del Ministerio de Sanidad
y Asistencia Social (MSAS)1936
Antecedentes…
Surge como organismo rector de la política de
salud, sobre la base de una centralización
normativa y descentralización ejecutiva. Con una
visión sanitarista y preventiva, centrado en la
higiene pública, la asistencia y previsión social.
1936
Se crea por ley la Dirección
Especial de Malariología.
EL REFERENTE SITUACIONAL
Fuente:
https://www.google.co.ve/search?q=presidente+de+venezuela+1940&biw=1508&bih=707&
source=lnms&tbm=isch&sa=X&ved=0ahUKEwiszra3-
5HSAhWERyYKHTyjBtsQ_AUIBigB#tbm=isch&q=Ministerio+de+sanidad+y+asistencia+so
cial+en+1936&imgrc=1cHZck_-iinIZM:
Antecedentes…
Aun cuando la motivación inicial tuvo un
fundamento económico y de ordenamiento
social, también avocó sus acciones a la
satisfacción de determinadas necesidades
sanitario-asistenciales, especialmente
aquellas relacionadas con los derechos
laborales y con la protección de la población
contra riesgos ambientales.
EL REFERENTE SITUACIONAL
Antecedentes
Funciones ampliadas posteriormente en 1966 con la sanción de una nueva Ley
del Seguro Social.
1940
Se promulga la ley
del Seguro Social
Obligatorio, y su
Reglamento General
Se iniciaron los servicios del
Seguro Social con atención
fundamental en el tratamiento
de enfermedades,
discapacidades y maternidad de
la población trabajadora
1944 Se promulga la Ley
del Trabajo
1946 Reformulación de
la Ley del Trabajo
Se crea el Instituto Venezolano de
los Seguros Sociales (IVSS), entidad
de responsabilidad jurídica y
patrimonio propio, que además de
la asistencia médica integral,
establece prestaciones a largo plazo
EL REFERENTE SITUACIONAL
EL REFERENTE SITUACIONAL
Antecedentes
Con la creación del IVSS, bajo las directrices del
Ministerio del Trabajo, que circunscribe la
prestación de servicios de salud ofertadas por
esta entidad a la población cotizante y cuyos
aportes no fueron integrados al MSAS,
organismo con responsabilidad y control directo
sobre la red de servicios de salud; se establece
una fragmentación del financiamiento
destinado a la atención sanitaria e incluso una
duplicidad en la prestación de servicios
EL REFERENTE SITUACIONAL
Antecedentes
Consagró el derecho a la
salud y enunció por
primera vez la
responsabilidad del Estado
venezolano en la procura
de la salud pública y el
bienestar común
1947
Se promulga una nueva
Constitución (5 de julio
de ese mismo año)
EL REFERENTE SITUACIONAL
“…contiene las más avanzadas
providencias en legislación del
trabajo,… lo más nuevo en la
defensa social…”
Andrés Eloy Blanco
Antecedentes
La carta magna de 1947, le otorgó amplia
preponderancia a los derechos sociales y,
a pesar de su corta vigencia, tuvo un gran
significado en cuanto a políticas públicas
de carácter social (concediendo rango
constitucional al derecho a la salud, a la
educación, al trabajo y a la seguridad
social).
EL REFERENTE SITUACIONAL
Antecedentes
Se sanciona nueva Constitución durante el
Gobierno del presidente Rómulo Betancourt,
Se reafirman los derechos individuales (a la vida, a
la educación, al trabajo, a la libertad de expresión,
al libre tránsito, entre otros); y hace dependientes
del interés público nacional, todos aquellos
derechos relacionados con la propiedad, la
industria y el comercio; ratifica la cualidad
intervencionista del Estado en la economía y
finanzas públicas, y establece como condición
necesaria para el desarrollo social y económico del
país, el control estadal de las industrias básicas.
1961
EL REFERENTE SITUACIONAL
Antecedentes
1976
Ley Orgánica de
la Administración
Central
Se reafirma en el artículo
30 la rectoría de las
acciones del sector salud,
atribuida al Ministerio de
Sanidad y Asistencia Social
1977
Asamblea Mundial de la Salud que
establece la meta Salud para todos
en el año 2000 (SPT-2000)
1978
Conferencia
Internacional
sobre Atención Primaria
de Salud (Declaración
de Alma Ata)
Se reafirma el derecho a la salud
como un derecho humano
fundamental, bajo responsabilidad
del Estado, y se establece APS
como estrategia para el alcance de
la meta STP-2000 a cuyo Convenio
Internacional se suscribe
Venezuela.
EL REFERENTE SITUACIONAL
Antecedentes
Contenidos que describen y regulan la estructura
de la organización sanitaria a nivel nacional
La instrumentación de la LOSNS-87 presentó grandes dificultades: la visión centralizadora, el plazo
considerado para su implementación (10 años), la falta de articulación de servicios a nivel municipal,
estadal y nacional y de integración con otras instituciones, fueron algunos de los aspectos que
condicionaron su poca operatividad. (Díaz, 2004); (González, 2006).
•Normas sobre Clasificación de Establecimientos de
Atención Médica del Subsector Público
1983
•Ley Orgánica del Sistema Nacional de Salud, el 23 de
junio de 1987(LOSNS-87)
1987
•Formulación de las Normas Relativas a la
Organización del Sistema Nacional de Salud1988
EL REFERENTE SITUACIONAL
Antecedentes
1989
La Ley Orgánica de
Descentralización, Delimitación y
Transferencia de Competencias del
Sector Público (LODD-89)
1990
Se inicia la llamada descentralización de la salud con
la finalidad de garantizar un mayor nivel de
participación de las comunidades en la toma de
decisiones políticas relacionadas con su salud y de
focalizar la atención a los problemas locales mediante
el empleo eficiente y oportuno de los recursos
disponibles
EL REFERENTE SITUACIONAL
Antecedentes
Al respecto señala Díaz Polanco “A pesar de las innumerables evidencias
en contra de la equidad y la eficacia que se pusieron a disposición de los
decisores de la época, no hubo manera de que se entendiera el cúmulo
de problemas que tal propuesta significaba y, sobre todo, la terrible
exclusión que provocaría, dada la informatización creciente del mercado
de trabajo y la progresiva pérdida del poder adquisitivo del salario
promedio que caracterizaba…la creciente pobreza”. (2004, p. 3).
1998
Se promulgó
una nueva Ley
Orgánica de
Salud
Limitaba las acciones rectoras del
MSAS y estipulaba la posibilidad de
privatización y gestión privada de
los servicios públicos de salud, así
como el traslado de costos a la
población usuaria.
EL REFERENTE SITUACIONAL
Antecedentes
1999
Es sancionada la nueva Constitución de
la República, denominada Constitución
de la República Bolivariana de
Venezuela (CRBV)
En la primera década del siglo XXI, y como consecuencia de la
promulgación de la Constitución vigente (CRBV), se han generado
diversos instrumentos jurídicos de interés en salud pública (aun
cuando no se ha promulgado la nueva ley de salud) y otros han
sufrido importantes modificaciones, como las reformas ocasionadas a
la LODD-89
EL REFERENTE SITUACIONAL
Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
Características relevantes en materia de salud.
En la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela
(CRBV, 1999) el derecho a la salud, se fundamenta en una
concepción integral, relacionada con la calidad de vida, el
bienestar y la práctica de ciudadanía.
Esta concepción rompe con la dicotomía salud-enfermedad, dejando a un lado la
tesis que antepone lo curativo a lo preventivo, limitando el ejercicio de la salud
pública al componente preventivo, en tanto responsabilidad colectiva que atañe
al Estado; y la actividad curativa como asunto clínico de responsabilidad
individual, bajo un paradigma biologicista que excluye las dimensiones sociales,
culturales, históricas, políticas y económicas del campo de la salud.
EL REFERENTE SITUACIONAL
Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
Características relevantes en materia de salud.
Artículo 83 se establece que la salud “… es un derecho social
fundamental, obligación del Estado que lo garantizará como parte
del derecho a la vida. El Estado promoverá y desarrollará políticas
orientadas a elevar la calidad de vida, el bienestar colectivo y el
acceso a los servicios. Toda persona tiene derecho a la protección
de la salud, así como el deber de participar activamente en su
promoción y defensa, y el de cumplir con las medidas sanitarias y
de saneamiento que establezca la ley, de conformidad con los
tratados y convenios internacionales suscritos y ratificados por la
República.”
Plano filosófico.
EL REFERENTE SITUACIONAL
Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
Características relevantes en materia de salud.
• El primero: la salud como derecho
social
• El segundo: incorpora conceptualmente
la relación entre políticas públicas,
calidad de vida y salud
• El tercero: destaca la participación
ciudadana en las acciones de
promoción y defensa de la salud
Aspectos
destacados de este
artículo por Feo y
Cursio, 2004):
EL REFERENTE SITUACIONAL
Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
Características relevantes en materia de salud.
“Artículo 84. Para garantizar el derecho a la salud, el Estado creará, ejercerá
la rectoría y gestionará un sistema público nacional de salud, de carácter
intersectorial, descentralizado y participativo, integrado al sistema de seguridad
social, regido por los principios de gratuidad, universalidad, integralidad,
equidad, integración social y solidaridad. El sistema público nacional de salud
dará prioridad .a la promoción de la salud y a la prevención de las
enfermedades, garantizando tratamiento oportuno y rehabilitación de calidad.
Los bienes y servicios públicos de salud son propiedad del Estado y no podrán
ser privatizados. La comunidad organizada tiene el derecho y el deber de
participar en la toma de decisiones sobre la planificación, ejecución y control de
la política específica en las instituciones públicas de salud.”
Creación del SPNS bajo rectoría del Ejecutivo
Nacional
EL REFERENTE SITUACIONAL
Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
Características relevantes en materia de salud.
El aspecto relacionado con la prohibición de privatizar
bienes y servicios públicos de salud, en tanto propiedad del
Estado, marca una diferencia con la constitución de 1961,
que aun reconociendo la utilidad pública de los servicios de
salud, no hacía prohibitiva de forma explícita la
privatización de los servicios públicos en manos del Estado.
Iniciando en la década de los años 80 y 90 un sistema
diferenciado de recuperación de costos y de privatización de
servicios.
EL REFERENTE SITUACIONAL
Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
Características relevantes en materia de salud.
El Artículo 85 . “El financiamiento del sistema público nacional
de salud es obligación del Estado, que integrará los recursos fiscales,
las cotizaciones obligatorias de la seguridad social y cualquier otra
fuente de financiamiento que determine la ley. El Estado garantizará
un presupuesto para la salud que permita cumplir con los objetivos
de la política sanitaria. En coordinación con las universidades y los
centros de investigación, se promoverá y desarrollará una política
nacional de formación de profesionales, técnicos y técnicas y una
industria nacional de producción de insumos para la salud. El Estado
regulará las instituciones públicas y privadas de salud.”
En relación con el financiamiento
EL REFERENTE SITUACIONAL
Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
Características relevantes en materia de salud.
Aspectos
destacados en
este artículo
El financiamiento como obligación
del Estado, de fuente esencialmente
fiscal, aun cuando contempla la
contribución de la cotización
obligatoria a la seguridad social y
otras establecidas por ley.
La integración como elemento
orientado a evitar la fragmentación,
duplicidad e ineficiencia en la
asignación presupuestaria.
EL REFERENTE SITUACIONAL
Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
Características relevantes en materia de salud.
Artículo 86
Artículo 87
Artículo 111
Art. 128 y 129
Artículo 122
Artículo 127
Art. 156 y 178
Artículo 184
Señala la descentralización de los servicios de salud a municipios y
comunidades.
Destaca el derecho de las personas a la seguridad social como servicio
público, independientemente de la ausencia de capacidad contributiva
Trata sobre la seguridad en el trabajo y la salud laboral
Vincula el deporte y la salud
Amplían los contenidos del artículo 127 en relación con la protección del
ambiente
Derechos de los Pueblos Indígenas, a una salud integral que considere sus
prácticas y culturas.
Trata sobre la protección del ambiente
Refieren las competencias del Poder Nacional y el Poder Municipal en
materia de salud
EL REFERENTE SITUACIONAL
Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
Características relevantes en materia de salud.
Condición necesaria a fin de establecer la
institucionalización del Sistema Público Nacional de Salud
que integre la multiplicidad de servicios y sus fuentes de
financiamiento.
A pesar del marco legal establecido en la CRBV, hasta la
fecha no se ha promulgado la nueva ley de salud ajustada
a los requerimientos señalados en la Constitución.
EL REFERENTE SITUACIONAL
Algunos instrumentos normativos vinculados al Sector
Salud
La legislación venezolana entre los años 1912 y 2012, ha
sido muy prolífera en ordenamientos y
reglamentaciones de diverso orden. En este apartado,
se tomó como base el cuadro denominado Normativa
ligada al Sector Salud, disponible en el portal del
Ministerio del Poder Popular para la Salud. Se indicaron
las características relevantes o propósito fundamental
de cada instrumento jurídico Principales instrumentos
jurídicos.docx
EL REFERENTE SITUACIONAL
Algunos instrumentos normativos vinculados al Sector
Salud
Además de una serie de normas sanitarias y
reglamentaciones relacionadas directa o indirectamente
con la salud que no están referidas en el cuadro anterior
tal como se indicó, Venezuela se acoge a diferentes
normativas internacionales, jurídicamente vinculantes,
que permiten articular acciones de cooperación técnica y
vigilancia en salud entre países, entre tales disposiciones
destaca el Reglamento Sanitario Internacional (RSI),
EL REFERENTE SITUACIONAL
Algunos instrumentos normativos vinculados al Sector
Salud
•Declaración de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio
Ambiente Humano (1972)
•Estrategia de Salud para Todos en el año 2000 (Resoluciones WHA
34.36, WHA 35.23, WHA 48.66, WHA 50.28 y WHA51.7 de la
Asamblea Mundial de la Salud) (1977);
•Declaración de Alma Ata sobre Atención Primaria en Salud (1978)
•Carta de Ottawa para la Promoción de la Salud (1986); Declaración
de Río sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo (1992);
•Declaración de Copenhagen sobre el Desarrollo Social y Programa de
Acción (1995);
•Observación General Nº 14 del Comité de Derechos Económicos,
Sociales y Culturales sobre el Derecho al disfrute del más alto nivel
posible de salud (2000);
•Declaración del Milenio y Objetivos de Desarrollo del Milenio 2000;
•Cumbre Mundial sobre el Desarrollo Sostenible de Johannesburgo
(2002);
•Carta de Bangkok para la Promoción de la Salud (2005).
Otras herramientas
jurídicas de carácter
internacional y de
importancia en salud
pública, suscritas por
Venezuela
EL REFERENTE SITUACIONAL
La
normativa
en salud
•A pesar del número de recursos
jurídicos existentes… la ausencia de
una ley orgánica es elemento de peso
que media en la posibilidad de
construir un sistema nacional de salud
integral en integrado
•El rango constitucional de la salud en
la CRBV es oportunidad valiosa para el
legislador, a pesar de algunos
aspectos ya discutidos.
En síntesis…
Parte II. Contexto organizativo de la salud en
Venezuela

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  • 1. EL CONTEXTO JURÍDICO-LEGAL Y ORGANIZATIVO DE LA SALUD EN VENEZUELA UNIVERSIDAD CENTRAL DE VENEZUELA FACULTAD DE FARMACIA ESCUELA DE FARMACIA JESÚS MARÍA BIANCO CÁTEDRA DE SALUD PÚBLICA Fuente: Trabajo de ascenso Prof. Luis Manuel Gómez Muñoz
  • 2. Propósito Sistematizar de aportes orientados al estudio del Contexto jurídico y organizativo de la salud, vigente en la República Bolivariana de Venezuela. INTRODUCCIÓN…
  • 3. INTRODUCCIÓN… Siguiendo la jerarquía causal de Desarrollo Variables de estudio • Marco jurídico vigente y sus antecedentes. • Concepción de salud sustentada en dicho marco jurídico. • Modelo o sistema de organización, concerniente a la prestación y aseguramiento de los servicios.
  • 4. OBJETIVOS GENERAL Estudiar el contexto jurídico legal y organizativo de la salud en Venezuela
  • 5. OBJETIVOS… ESPECÍFICOS Caracterizar el marco jurídico de la salud en Venezuela, considerando sus antecedentes y los aspectos relevantes en materia de salud, contenidos en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Analizar el contexto organizativo de la salud en Venezuela, desde sus antecedentes y el modelo de prestación de servicios. Examinar la organización de la red de atención a la salud, en función de los niveles de atención, estructura y financiamiento.
  • 8. EL REFERENTE TEÓRICO Lo normativo como elemento fundamental del Estado de Derecho (Abbagnano, 1974), (Ferrater Mora, 2001). reglas socialmente legitimadas fundamentan las acciones del Estado se expresan explícitamente a través de la ley. Elderecho
  • 9. EL REFERENTE TEÓRICO Lo normativo como elemento fundamental del Estado de Derecho En síntesis… Derecho como un conjunto de normas que regulan las relaciones entre los hombres en un tiempo y espacio delimitado El incumplimiento de las normas da lugar a… Una respuesta sancionatoria investida de legitimidad
  • 10. EL REFERENTE TEÓRICO Lo normativo como elemento fundamental del Estado de Derecho Por lo tanto… El Derecho es un elemento ordenador del marco social. El propósito Permitir el cumplimiento de fines socialmente compartidos.
  • 11. EL REFERENTE TEÓRICO La Constitución y el Estado de Derecho LA CONSTITUCIÓN Elemento jurídico fundamental de la dinámica y proceso de conformación de la estructura social. Constituye un recurso de las comunidades para plantear como demandas políticas, determinado conjunto de necesidades sociales. Es la garantía de la observancia de un Estado de Derecho
  • 12. La Constitución y el Estado de Derecho • Ámbito sectorial (salud, educación, producción, actividad fiscal y tributaria, convivencia ciudadana, etc.) • Ámbito territorial (nacional, regional, local e institucional) • Ámbito temporal (referido al período de aplicabilidad) Las normas jurídicas formuladas a partir de los preceptos constitucionales estarán en función del ámbito y el alcance de las acciones consecuentes. EL REFERENTE TEÓRICO
  • 13. EL REFERENTE TEÓRICO Nociones sobre derechos y salud Defensa del individuo contra los excesos del Estado Trabajo, educación, salud,… Paz, ambiente sano, tecnologías de comunicación… 1ERA GENERACIÓN LIBERTAD DERECHOS CIVILES Y POLÍTICOS 2DA GENERACIÓN IGUALDAD DERECHOS SOCIALES 3RA GENERACIÓN FRATERNIDAD DERECHOS COLECTIVOS Y DEL AMBIENTE Fundamentos del Estado de Bienestar Cooperación entre países
  • 14. EL REFERENTE TEÓRICO Nociones sobre derechos y salud En Venezuela, la CRBV Imprime rango constitucional a las tres generaciones de derechos. Así lo contempla el Plan Nacional Simón Bolívar 2007-2013 y el Plan Patria 2013-2019.
  • 15. EL REFERENTE TEÓRICO Nociones sobre derechos y salud Lo define como un derecho fundamental sin ningún tipo de distinción, vinculado con el derecho a la vida, al libre desenvolvimiento y al logro del bienestar Los estados deben generar condiciones de vida dignas para garantizar el derecho a la salud Se debe atender la mortalidad materno infantil, la higiene del trabajo y del ambiente, y fomentar condiciones que aseguren el acceso de la población a los servicios de atención a la salud El derecho supone: accesibilidad sin ningún tipo de discriminación; aceptabilidad (servicios apropiados a la cultura y costumbre de una población) y calidad, en su dimensión científica y tecnológica La inversión en las prioridades humanas: salud, educación, vivienda, condiciones de vida; dan cuenta de la observancia en la garantía del derecho a la salud, bajo los principios de universalidad, equidad, promoción y participación En relación con el derecho a la salud….
  • 16. Desarrollo: Parte I. Marco constitucional y normativo de la salud en Venezuela Antecedentes CRBV Algunos instrumentos normativos
  • 17. Antecedentes del marco jurídico venezolano en materia de salud 1912 Primera Ley de Sanidad Nacional Estrategia de atención a los problemas sanitarios a nivel nacional, 1910 Dirección de Higiene y Salubridad Pública, adscrita al Ministerio de Relaciones Interiores 1911 Creación de la Oficina de Sanidad Nacional Decretada por el presidente Juan Vicente Gómez con la finalidad regular la aplicación de las medidas de higiene en todo el territorio nacional. Surge como requerimiento económico: brindar condiciones mínimas de trabajo para una adecuada dinámica de producción EL REFERENTE SITUACIONAL
  • 18.
  • 19. Antecedentes… Debido al progresivo desarrollo y fortalecimiento de la industria petrolera, se acrecentó la necesidad de atender la situación de vida de la población, más como exigencia económica que como ejercicio de derecho social. Se crea por decreto presidencial el Ministerio de Salubridad y de Agricultura y Cría al que se asignan, entre otras, funciones de sanidad nacional. En la década de los años 20 1930 EL REFERENTE SITUACIONAL
  • 20. Creación del Ministerio de Sanidad y Asistencia Social (MSAS)1936 Antecedentes… Surge como organismo rector de la política de salud, sobre la base de una centralización normativa y descentralización ejecutiva. Con una visión sanitarista y preventiva, centrado en la higiene pública, la asistencia y previsión social. 1936 Se crea por ley la Dirección Especial de Malariología. EL REFERENTE SITUACIONAL
  • 22. Antecedentes… Aun cuando la motivación inicial tuvo un fundamento económico y de ordenamiento social, también avocó sus acciones a la satisfacción de determinadas necesidades sanitario-asistenciales, especialmente aquellas relacionadas con los derechos laborales y con la protección de la población contra riesgos ambientales. EL REFERENTE SITUACIONAL
  • 23. Antecedentes Funciones ampliadas posteriormente en 1966 con la sanción de una nueva Ley del Seguro Social. 1940 Se promulga la ley del Seguro Social Obligatorio, y su Reglamento General Se iniciaron los servicios del Seguro Social con atención fundamental en el tratamiento de enfermedades, discapacidades y maternidad de la población trabajadora 1944 Se promulga la Ley del Trabajo 1946 Reformulación de la Ley del Trabajo Se crea el Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS), entidad de responsabilidad jurídica y patrimonio propio, que además de la asistencia médica integral, establece prestaciones a largo plazo EL REFERENTE SITUACIONAL
  • 25.
  • 26.
  • 27. Antecedentes Con la creación del IVSS, bajo las directrices del Ministerio del Trabajo, que circunscribe la prestación de servicios de salud ofertadas por esta entidad a la población cotizante y cuyos aportes no fueron integrados al MSAS, organismo con responsabilidad y control directo sobre la red de servicios de salud; se establece una fragmentación del financiamiento destinado a la atención sanitaria e incluso una duplicidad en la prestación de servicios EL REFERENTE SITUACIONAL
  • 28. Antecedentes Consagró el derecho a la salud y enunció por primera vez la responsabilidad del Estado venezolano en la procura de la salud pública y el bienestar común 1947 Se promulga una nueva Constitución (5 de julio de ese mismo año) EL REFERENTE SITUACIONAL
  • 29. “…contiene las más avanzadas providencias en legislación del trabajo,… lo más nuevo en la defensa social…” Andrés Eloy Blanco
  • 30.
  • 31. Antecedentes La carta magna de 1947, le otorgó amplia preponderancia a los derechos sociales y, a pesar de su corta vigencia, tuvo un gran significado en cuanto a políticas públicas de carácter social (concediendo rango constitucional al derecho a la salud, a la educación, al trabajo y a la seguridad social). EL REFERENTE SITUACIONAL
  • 32.
  • 33.
  • 34. Antecedentes Se sanciona nueva Constitución durante el Gobierno del presidente Rómulo Betancourt, Se reafirman los derechos individuales (a la vida, a la educación, al trabajo, a la libertad de expresión, al libre tránsito, entre otros); y hace dependientes del interés público nacional, todos aquellos derechos relacionados con la propiedad, la industria y el comercio; ratifica la cualidad intervencionista del Estado en la economía y finanzas públicas, y establece como condición necesaria para el desarrollo social y económico del país, el control estadal de las industrias básicas. 1961 EL REFERENTE SITUACIONAL
  • 35. Antecedentes 1976 Ley Orgánica de la Administración Central Se reafirma en el artículo 30 la rectoría de las acciones del sector salud, atribuida al Ministerio de Sanidad y Asistencia Social 1977 Asamblea Mundial de la Salud que establece la meta Salud para todos en el año 2000 (SPT-2000) 1978 Conferencia Internacional sobre Atención Primaria de Salud (Declaración de Alma Ata) Se reafirma el derecho a la salud como un derecho humano fundamental, bajo responsabilidad del Estado, y se establece APS como estrategia para el alcance de la meta STP-2000 a cuyo Convenio Internacional se suscribe Venezuela. EL REFERENTE SITUACIONAL
  • 36.
  • 37. Antecedentes Contenidos que describen y regulan la estructura de la organización sanitaria a nivel nacional La instrumentación de la LOSNS-87 presentó grandes dificultades: la visión centralizadora, el plazo considerado para su implementación (10 años), la falta de articulación de servicios a nivel municipal, estadal y nacional y de integración con otras instituciones, fueron algunos de los aspectos que condicionaron su poca operatividad. (Díaz, 2004); (González, 2006). •Normas sobre Clasificación de Establecimientos de Atención Médica del Subsector Público 1983 •Ley Orgánica del Sistema Nacional de Salud, el 23 de junio de 1987(LOSNS-87) 1987 •Formulación de las Normas Relativas a la Organización del Sistema Nacional de Salud1988 EL REFERENTE SITUACIONAL
  • 38. Antecedentes 1989 La Ley Orgánica de Descentralización, Delimitación y Transferencia de Competencias del Sector Público (LODD-89) 1990 Se inicia la llamada descentralización de la salud con la finalidad de garantizar un mayor nivel de participación de las comunidades en la toma de decisiones políticas relacionadas con su salud y de focalizar la atención a los problemas locales mediante el empleo eficiente y oportuno de los recursos disponibles EL REFERENTE SITUACIONAL
  • 39.
  • 40. Antecedentes Al respecto señala Díaz Polanco “A pesar de las innumerables evidencias en contra de la equidad y la eficacia que se pusieron a disposición de los decisores de la época, no hubo manera de que se entendiera el cúmulo de problemas que tal propuesta significaba y, sobre todo, la terrible exclusión que provocaría, dada la informatización creciente del mercado de trabajo y la progresiva pérdida del poder adquisitivo del salario promedio que caracterizaba…la creciente pobreza”. (2004, p. 3). 1998 Se promulgó una nueva Ley Orgánica de Salud Limitaba las acciones rectoras del MSAS y estipulaba la posibilidad de privatización y gestión privada de los servicios públicos de salud, así como el traslado de costos a la población usuaria. EL REFERENTE SITUACIONAL
  • 41. Antecedentes 1999 Es sancionada la nueva Constitución de la República, denominada Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (CRBV) En la primera década del siglo XXI, y como consecuencia de la promulgación de la Constitución vigente (CRBV), se han generado diversos instrumentos jurídicos de interés en salud pública (aun cuando no se ha promulgado la nueva ley de salud) y otros han sufrido importantes modificaciones, como las reformas ocasionadas a la LODD-89 EL REFERENTE SITUACIONAL
  • 42. Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Características relevantes en materia de salud. En la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (CRBV, 1999) el derecho a la salud, se fundamenta en una concepción integral, relacionada con la calidad de vida, el bienestar y la práctica de ciudadanía. Esta concepción rompe con la dicotomía salud-enfermedad, dejando a un lado la tesis que antepone lo curativo a lo preventivo, limitando el ejercicio de la salud pública al componente preventivo, en tanto responsabilidad colectiva que atañe al Estado; y la actividad curativa como asunto clínico de responsabilidad individual, bajo un paradigma biologicista que excluye las dimensiones sociales, culturales, históricas, políticas y económicas del campo de la salud. EL REFERENTE SITUACIONAL
  • 43. Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Características relevantes en materia de salud. Artículo 83 se establece que la salud “… es un derecho social fundamental, obligación del Estado que lo garantizará como parte del derecho a la vida. El Estado promoverá y desarrollará políticas orientadas a elevar la calidad de vida, el bienestar colectivo y el acceso a los servicios. Toda persona tiene derecho a la protección de la salud, así como el deber de participar activamente en su promoción y defensa, y el de cumplir con las medidas sanitarias y de saneamiento que establezca la ley, de conformidad con los tratados y convenios internacionales suscritos y ratificados por la República.” Plano filosófico. EL REFERENTE SITUACIONAL
  • 44. Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Características relevantes en materia de salud. • El primero: la salud como derecho social • El segundo: incorpora conceptualmente la relación entre políticas públicas, calidad de vida y salud • El tercero: destaca la participación ciudadana en las acciones de promoción y defensa de la salud Aspectos destacados de este artículo por Feo y Cursio, 2004): EL REFERENTE SITUACIONAL
  • 45. Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Características relevantes en materia de salud. “Artículo 84. Para garantizar el derecho a la salud, el Estado creará, ejercerá la rectoría y gestionará un sistema público nacional de salud, de carácter intersectorial, descentralizado y participativo, integrado al sistema de seguridad social, regido por los principios de gratuidad, universalidad, integralidad, equidad, integración social y solidaridad. El sistema público nacional de salud dará prioridad .a la promoción de la salud y a la prevención de las enfermedades, garantizando tratamiento oportuno y rehabilitación de calidad. Los bienes y servicios públicos de salud son propiedad del Estado y no podrán ser privatizados. La comunidad organizada tiene el derecho y el deber de participar en la toma de decisiones sobre la planificación, ejecución y control de la política específica en las instituciones públicas de salud.” Creación del SPNS bajo rectoría del Ejecutivo Nacional EL REFERENTE SITUACIONAL
  • 46. Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Características relevantes en materia de salud. El aspecto relacionado con la prohibición de privatizar bienes y servicios públicos de salud, en tanto propiedad del Estado, marca una diferencia con la constitución de 1961, que aun reconociendo la utilidad pública de los servicios de salud, no hacía prohibitiva de forma explícita la privatización de los servicios públicos en manos del Estado. Iniciando en la década de los años 80 y 90 un sistema diferenciado de recuperación de costos y de privatización de servicios. EL REFERENTE SITUACIONAL
  • 47. Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Características relevantes en materia de salud. El Artículo 85 . “El financiamiento del sistema público nacional de salud es obligación del Estado, que integrará los recursos fiscales, las cotizaciones obligatorias de la seguridad social y cualquier otra fuente de financiamiento que determine la ley. El Estado garantizará un presupuesto para la salud que permita cumplir con los objetivos de la política sanitaria. En coordinación con las universidades y los centros de investigación, se promoverá y desarrollará una política nacional de formación de profesionales, técnicos y técnicas y una industria nacional de producción de insumos para la salud. El Estado regulará las instituciones públicas y privadas de salud.” En relación con el financiamiento EL REFERENTE SITUACIONAL
  • 48. Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Características relevantes en materia de salud. Aspectos destacados en este artículo El financiamiento como obligación del Estado, de fuente esencialmente fiscal, aun cuando contempla la contribución de la cotización obligatoria a la seguridad social y otras establecidas por ley. La integración como elemento orientado a evitar la fragmentación, duplicidad e ineficiencia en la asignación presupuestaria. EL REFERENTE SITUACIONAL
  • 49. Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Características relevantes en materia de salud. Artículo 86 Artículo 87 Artículo 111 Art. 128 y 129 Artículo 122 Artículo 127 Art. 156 y 178 Artículo 184 Señala la descentralización de los servicios de salud a municipios y comunidades. Destaca el derecho de las personas a la seguridad social como servicio público, independientemente de la ausencia de capacidad contributiva Trata sobre la seguridad en el trabajo y la salud laboral Vincula el deporte y la salud Amplían los contenidos del artículo 127 en relación con la protección del ambiente Derechos de los Pueblos Indígenas, a una salud integral que considere sus prácticas y culturas. Trata sobre la protección del ambiente Refieren las competencias del Poder Nacional y el Poder Municipal en materia de salud EL REFERENTE SITUACIONAL
  • 50. Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Características relevantes en materia de salud. Condición necesaria a fin de establecer la institucionalización del Sistema Público Nacional de Salud que integre la multiplicidad de servicios y sus fuentes de financiamiento. A pesar del marco legal establecido en la CRBV, hasta la fecha no se ha promulgado la nueva ley de salud ajustada a los requerimientos señalados en la Constitución. EL REFERENTE SITUACIONAL
  • 51. Algunos instrumentos normativos vinculados al Sector Salud La legislación venezolana entre los años 1912 y 2012, ha sido muy prolífera en ordenamientos y reglamentaciones de diverso orden. En este apartado, se tomó como base el cuadro denominado Normativa ligada al Sector Salud, disponible en el portal del Ministerio del Poder Popular para la Salud. Se indicaron las características relevantes o propósito fundamental de cada instrumento jurídico Principales instrumentos jurídicos.docx EL REFERENTE SITUACIONAL
  • 52. Algunos instrumentos normativos vinculados al Sector Salud Además de una serie de normas sanitarias y reglamentaciones relacionadas directa o indirectamente con la salud que no están referidas en el cuadro anterior tal como se indicó, Venezuela se acoge a diferentes normativas internacionales, jurídicamente vinculantes, que permiten articular acciones de cooperación técnica y vigilancia en salud entre países, entre tales disposiciones destaca el Reglamento Sanitario Internacional (RSI), EL REFERENTE SITUACIONAL
  • 53. Algunos instrumentos normativos vinculados al Sector Salud •Declaración de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente Humano (1972) •Estrategia de Salud para Todos en el año 2000 (Resoluciones WHA 34.36, WHA 35.23, WHA 48.66, WHA 50.28 y WHA51.7 de la Asamblea Mundial de la Salud) (1977); •Declaración de Alma Ata sobre Atención Primaria en Salud (1978) •Carta de Ottawa para la Promoción de la Salud (1986); Declaración de Río sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo (1992); •Declaración de Copenhagen sobre el Desarrollo Social y Programa de Acción (1995); •Observación General Nº 14 del Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales sobre el Derecho al disfrute del más alto nivel posible de salud (2000); •Declaración del Milenio y Objetivos de Desarrollo del Milenio 2000; •Cumbre Mundial sobre el Desarrollo Sostenible de Johannesburgo (2002); •Carta de Bangkok para la Promoción de la Salud (2005). Otras herramientas jurídicas de carácter internacional y de importancia en salud pública, suscritas por Venezuela EL REFERENTE SITUACIONAL
  • 54. La normativa en salud •A pesar del número de recursos jurídicos existentes… la ausencia de una ley orgánica es elemento de peso que media en la posibilidad de construir un sistema nacional de salud integral en integrado •El rango constitucional de la salud en la CRBV es oportunidad valiosa para el legislador, a pesar de algunos aspectos ya discutidos. En síntesis…
  • 55. Parte II. Contexto organizativo de la salud en Venezuela