2. Fue promulgada el 29 de diciembre del año 1993 por
Alberto Fujimori y es la actual de nuestro país.
Esta se dio a través de un autogolpe de estado el 5 de
abril de 1992.
Fue aprobada por un Congreso Constituyente
Democrático el 31 de octubre de 1993, después de un
referéndum realizado en junio del mismo año.
Fue modificada varias veces, la última de ellas el 2019.
3. El Tribunal Constitucional es el órgano supremo de interpretación y control de la
constitucionalidad. Es autónomo e independiente, porque en el ejercicio de sus
atribuciones no depende de ningún órgano constitucional. Se encuentra sometido sólo a
la Constitución y a su Ley Orgánica - Ley N.º 28301.
Al Tribunal Constitucional se le ha confiado la defensa del principio de supremacía
constitucional, es decir, como supremo intérprete de la Constitución, cuida que las leyes,
los órganos del Estado y los particulares, no vulneren lo dispuesto por ella. Interviene
para restablecer el respeto de la Constitución en general y de los derechos
constitucionales en particular.
4. TRIBUNAL CONSTITUCIONAL:
Compuesto por 7 miembros por 5 años.
Son elegidos por el Congreso de la República.
REQUIZITOS :
1. Ser abogado colegiado y estar en ejercicio de la profesión.
2. Tener como mínimo 45 años de edad.
3. Contar con una experiencia profesional de al menos 25 años, preferentemente en materia
constitucional, jurídica o académica.
4. Gozar de buena reputación y no haber sido condenado por delito doloso.
5. No haber sido miembro de ningún partido político o haber participado activamente en su dirección o
propaganda en los últimos cinco años antes de su elección.
6. No haber sido condenado por delito de lesa humanidad, terrorismo, narcotráfico, corrupción u otros
delitos graves.
7. No haber sido sancionado por el Colegio de Abogados por mala conducta profesional.
8. No haber sido destituido o separado del cargo de juez o fiscal debido a falta grave.
5. El Tribunal Constitucional del Perú tiene sus antecedentes en la
Constitución Política de 1979. En ese momento, se creó el
Tribunal de Garantías Constitucionales, el cual fue el precursor
del actual Tribunal Constitucional. Sin embargo, con la
promulgación de la Constitución Política de 1993, se estableció el
actual Tribunal Constitucional como el órgano encargado de
garantizar la supremacía de la Constitución y la protección de los
derechos fundamentales. La creación de este órgano se realizó
con el objetivo de fortalecer el sistema de control constitucional
en el país. La Constitución de 1993 establece en su artículo 201
la creación del Tribunal Constitucional, así como su composición
y funciones. A partir de ese momento, el Tribunal Constitucional
del Perú comenzó a operar como el máximo intérprete de la
Constitución y garante de su supremacía. Desde su creación, el
Tribunal Constitucional del Perú ha desempeñado un papel
fundamental en la protección de los derechos fundamentales y en
el control de constitucionalidad de las normas. Ha emitido
numerosas resoluciones relevantes que han contribuido a
fortalecer el Estado de Derecho y la democracia en el país.
6.
7. GARANTÍAS
CONSTITUCIONALES
Sirven par prevenir cesar o enmendar la violación de un derecho reconocido por la
constitución, dadas en el ARTICULO 200°.
Son 7:
-HABEAS CORPUS: Preserva la libertad individual.
-ACCIÓN DE AMPARO: Protege los derechos constitucionales
diferentes a la libertad individual.
-HABEAS DATA: Protege los derechos de los incisos 5,6 y 7 del articulo
2°.
-ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD: Esta va contra las normas con rango de
ley, que obran en contra de la constitución.
8. -ACCIÓN POPULAR: Protege la primacía de la constitución ante cualquier ente.
-ACCIÓN DE CUMPLIMIENTO: Asegura y exige la eficacia de normas legales ante
autoridades y funcionarios.
-ACCIÓN DE COMPETENCIA: Resuelve problemas de atribuciones entre los
poderes del estado.
9. 1. Control de constitucionalidad: El Tribunal Constitucional es el
encargado de realizar el control de constitucionalidad, es decir, de
revisar la conformidad de las leyes y demás normas con la Constitución.
2. Interpretación constitucional: El Tribunal Constitucional tiene la
facultad de interpretar la Constitución.
3. Defensa de los derechos fundamentales: El Tribunal Constitucional es
el garante de los derechos fundamentales consagrados en la
Constitución. Puede resolver acciones de amparo, hábeas corpus, hábeas
data y acciones de cumplimiento para proteger tales derechos.
5. Control de constitucionalidad de los actos de gobierno: El Tribunal
Constitucional puede resolver sobre la inconstitucionalidad de los actos
de los órganos del Estado que sean contrarios a la Constitución.
6. Resolución de conflictos de competencias: El Tribunal Constitucional
es competente para resolver los conflictos de competencia que se
presenten entre los diferentes órganos del Estado.
7. Control de proceso de vacancia presidencial: El Tribunal
Constitucional es el encargado de revisar y pronunciarse sobre la
legalidad del proceso de vacancia presidencial, en caso de ser solicitado.
Su función principal es velar por la supremacía de la Constitución y
garantizar los derechos fundamentales de los ciudadanos.
10. Defiende el principio de supremacía constitucional, es
decir, como supremo intérprete de las funciones
constitucionales, cuida que las leyes, los órganos del
estado y los particulares, no vulneren lo dispuesto por ella.
Interviene para restablecer el respeto de la constitución en
general de los derechos constitucionales en particular.
11.
12. CONTROL CONCENTRADO CONTROL DIFUSO
El control concentrado en el ámbito del sistema judicial
que se refiere al mecanismo mediante el cual se otorga a
una institución o tribunal la facultad exclusiva de
revisar la constitucionalidad de las leyes y normas en
un país. En otras palabras, implica concentrar en una
única entidad la responsabilidad de ejercer el control de
constitucionalidad.
En el caso de Perú, el control concentrado de
constitucionalidad está a cargo del Tribunal
Constitucional. Esta institución tiene la facultad de
revisar todas las leyes, actos administrativos, sentencias
judiciales y otros actos de poder público para verificar
su conformidad con la Constitución del país.
El control concentrado es importante porque permite
asegurar que las leyes y actos del gobierno se ajusten a
los principios y derechos establecidos en la Constitución.
El control difuso es utilizado en el ámbito del sistema
judicial para referirse al mecanismo mediante el cual
cualquier juez en un país tiene la facultad de examinar la
constitucionalidad de las leyes y normas en el caso
concreto que está siendo juzgado. A diferencia del control
concentrado, en el control difuso la responsabilidad de
revisar la constitucionalidad de las leyes no es exclusiva
de una sola entidad, sino que puede ser ejercida por
cualquier juez en su respectiva instancia jurisdiccional.
En el caso de Perú, el control difuso está regulado en el
artículo 138 de la Constitución. Según este artículo, los
jueces tienen la facultad y el deber de no aplicar leyes que
consideren inconstitucionales y de declarar la
inaplicabilidad de esas leyes en los casos que estén
conociendo. Esto implica que cualquier juez, al recibir un
caso, puede evaluar la constitucionalidad de la ley
aplicable y decidir si la aplica o no de acuerdo con sus
consideraciones sobre la Constitución.
El control difuso es importante porque permite asegurar
que las leyes y actos del gobierno se ajusten a los
principios y derechos establecidos en la Constitución,
incluso en casos individuales
13. control concentrado en el Perú se remonta a la Constitución de 1979, la cual
estableció la creación del Tribunal Constitucional como el órgano encargado de
ejercer el control constitucional y la defensa de la Constitución. En esta
constitución, se le otorgaron competencias para el control de constitucionalidad de
las leyes y actos normativos. No obstante, fue con la promulgación de la
Constitución de 1993 que se fortaleció y consolidó el control concentrado en el país.
En esta nueva constitución, se estableció que el Tribunal Constitucional es el
máximo intérprete y defensor de la Constitución. Además, se ampliaron sus
competencias para conocer y resolver las acciones de inconstitucionalidad y las
acciones de cumplimiento. Con esta constitución, las decisiones del Tribunal
Constitucional adquirieron carácter vinculante y obligatorio para todos los poderes
del Estado y para los ciudadanos. Esto implica que sus sentencias tienen efectos
generales y deben ser cumplidas. En la actualidad, el control concentrado en el
Perú se ejerce a través del Tribunal Constitucional, que tiene la facultad de
declarar la inconstitucionalidad de las leyes y actos normativos que violen los
derechos fundamentales establecidos en la Constitución.
14. El control difuso en el Perú es una figura que se incorporó al sistema jurídico a partir
de la reforma constitucional de 1993, que estableció la posibilidad de que los jueces
puedan interpretar y aplicar la Constitución en casos concretos, sin necesidad de
que exista una norma legal previa. Antes de esta reforma, el sistema jurídico
peruano seguía un modelo de control concentrado, donde la interpretación de la
Constitución estaba a cargo exclusivamente del Tribunal Constitucional. Sin
embargo, se consideró necesario introducir el control difuso para garantizar que los
derechos y principios constitucionales sean protegidos en todos los ámbitos del
sistema judicial. El control difuso permite que los jueces, al resolver un caso,
puedan analizar la conformidad de una norma legal con la Constitución y, en caso
de encontrar una incompatibilidad, puedan dejar sin efecto la norma en el caso
concreto. Esto significa que, aunque la norma siga siendo aplicable en otros casos,
en el caso específico que se está resolviendo, se debe aplicar la Constitución en
lugar de la norma. Para que los jueces puedan ejercer el control difuso, es
necesario que exista una controversia constitucional en el caso concreto, es decir,
que una de las partes argumente que una norma legal vulnera sus derechos o
principios constitucionales. Además, los jueces deben fundamentar su decisión en
argumentos jurídicos válidos y razonados. El control difuso en el Perú ha permitido
que los derechos y principios constitucionales sean protegidos de manera más
efectiva, ya que los jueces pueden intervenir de manera inmediata en casos
concretos para garantizar su cumplimiento. Además, ha contribuido a la
consolidación del Estado de derecho y a fortalecer la independencia del poder
judicial en el país.
15. El origen del control concentrado en el mundo se
encuentra en Europa, específicamente en Alemania. En
este país, se creó en 1949 el Tribunal Constitucional
Federal como un órgano independiente encargado de
velar por la constitucionalidad de las leyes. Este modelo
de control concentrado se fue expandiendo
posteriormente a otros países europeos.
En cuanto al origen del control concentrado en el Perú,
este se remonta a la década de 1970. Durante el gobierno
militar de Juan Velasco Alvarado, se promulgó la
Constitución de 1979, la cual estableció la creación del
Tribunal de Garantías Constitucionales como el órgano
encargado del control concentrado en el país. Sin
embargo, este tribunal no llegó a funcionar plenamente
debido a la inestabilidad política de la época.
16. El origen del control difuso en el mundo se encuentra en
Estados Unidos. En la famosa sentencia del caso Marbury v.
Madison de 1803, la Corte Suprema de Estados Unidos
estableció el principio de la revisión judicial y declaró que le
correspondía al poder judicial decidir sobre la
constitucionalidad de las leyes. A partir de esta sentencia,
se desarrolló en Estados Unidos el sistema de control
difuso, en el cual todos los jueces tienen la facultad de
declarar una norma inconstitucional en el marco de un caso
concreto.
En cuanto al origen del control difuso en el Perú, este se
estableció en la primera Constitución del país, promulgada
en 1823 durante la época de la independencia. En esta
Constitución se estableció que los jueces tenían la facultad
de revisar la constitucionalidad de las leyes en el marco de
un caso concreto. Posteriormente, este principio se ha
mantenido en las diferentes constituciones del Perú,
estableciendo el control difuso como una función propia del
poder judicial.
17. El control concentrado en el Perú se refiere al sistema en el cual el Tribunal Constitucional es el órgano
encargado de ejercer el control de constitucionalidad en el país. Este control se aplica tanto a nivel
difuso como concentrado. En el caso del control concentrado, el Tribunal Constitucional tiene la facultad
de revisar y declarar la inconstitucionalidad de las normas jurídicas, ya sea leyes, decretos legislativos
o cualquier otro tipo de acto con rango de ley, que se consideren contrarias a la Constitución. Para
llevar a cabo este control, cualquier ciudadano o persona jurídica puede presentar una demanda de
inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional. Esta demanda debe estar debidamente
fundamentada y puede ser presentada en cualquier momento, incluso antes de que la norma entre en
vigencia. Una vez presentada la demanda, el Tribunal Constitucional evalúa los argumentos
presentados y realiza un análisis detallado de la norma cuestionada, comparándola con los preceptos
constitucionales correspondientes. En base a este análisis, el Tribunal puede declarar la
inconstitucionalidad de la norma en su totalidad o parcialmente. Es importante destacar que las
decisiones del Tribunal Constitucional son vinculantes y de cumplimiento obligatorio para todas las
autoridades y poderes del Estado. Además, una vez declarada la inconstitucionalidad de una norma,
esta pierde su vigencia y efectos jurídicos.
18. En el Perú, el control difuso se ejerce a través de los jueces y tribunales de todas las
instancias y jurisdicciones. Esto significa que cualquier juez, en el marco de un proceso
judicial, puede examinar la constitucionalidad de una norma y, en caso de considerarla
contraria a la Constitución, declarar su inaplicación. El control difuso se basa en el principio
de supremacía constitucional, según el cual la Constitución es la norma suprema del
ordenamiento jurídico y prevalece sobre cualquier otra norma. Por ende, los jueces están
facultados para examinar la constitucionalidad de las normas y proteger los derechos
establecidos en la Constitución. Cuando un juez se encuentra ante un caso en el que una
norma es cuestionada por su inconstitucionalidad, debe analizar los argumentos presentados
por las partes y realizar un análisis de compatibilidad de la norma con la Constitución. Si el
juez considera que la norma es contraria a la Constitución, puede dejar de aplicarla en el
caso concreto y brindar protección a los derechos fundamentales del demandante. Es
importante destacar que las sentencias de los jueces que declaran la inaplicación de una
norma por inconstitucionalidad en el marco del control difuso no tienen efectos generales ni
vinculantes. Esto significa que su alcance se limita al caso concreto y no afecta la validez y
aplicación de la norma en otros procesos judiciales o situaciones similares. Asimismo, los
jueces pueden elevar una consulta de inconstitucionalidad al Tribunal Constitucional si
consideran que el caso plantea cuestiones de trascendencia constitucional. En ese caso, es
el Tribunal Constitucional el encargado de resolver en última instancia sobre la
constitucionalidad de la norma.
19. 1. "El Tribunal Constitucional del Perú: origen, evolución y jurisprudencia" - César Landa
Arroyo.
2. "El control de constitucionalidad en el Perú y Latinoamérica" - Luis Balbio.
3. "Jurisprudencia del Tribunal Constitucional del Perú" - VV.AA (varios autores).
4. "El control concentrado y difuso de la constitucionalidad en el Perú" - Pedro Grandes Castro.
5. "Manual de Derecho Constitucional Peruano" - Víctor García Toma.
6. "Control Difuso de Constitucionalidad" - Clorinda Gómez Ponce.
7. "Tribunal Constitucional del Perú: pasado, presente y futuro" - Domingo García Belaunde.
8. "El Tribunal Constitucional del Perú y su competencia" - Javier Villa Stein.
9. "Jurisprudencia constitucional peruana: anotada del Tribunal Constitucional" - Ricardo
Chirinos Extremo.
10. "Estudio de la jurisprudencia constitucional del Tribunal Constitucional del Perú" - Walter
Albán Peralta