SlideShare una empresa de Scribd logo
1 de 29
Por: Marco A. Quea Coaquira.
Tiene antecedentes en la experiencia inglesa de los
siglos XIII al XIX y en las experiencias francesa y
norteamericana de los siglos XVIII al XX.
La jurisdicción constitucional es aquella parte de nuestra
disciplina que, tiene como presupuestos la supremacía
jerárquica de la Constitución sobre cualquier otra norma
del sistema jurídico y la necesidad de someter el
ejercicio de la fuerza estatal a la racionalidad del
derecho, se ocupa de garantizar el pleno respeto de los
principios, valores y normas establecida en el texto
fundamental.
El Modelo Americano de Jurisdicción Constitucional:
Nacido en los Estados Unidos, se inició con la célebre sentencia pronunciada por la
Suprema Corte de los Estados Unidos en el año 1803, recaído sobre el caso Marbury vs
Madison a nivel del Tribunal Supremo estadounidense, claramente puede probarse que
lo planteado por el Chief Justice Marshall. El sistema se caracteriza porque se otorga a
todos los jueces la potestad de controlar la inaplicabilidad a los casos concretos de las
normas ordinarias que contravienen la Constitución por la forma o por el fondo.
El Modelo Europeo de la Jurisdicción Constitucional
Basado en la creación kelseniana (1918, ratificado por ley de 1919 y la Constitución
austriaca de 1920), Kelsen construyó el de jurisdicción concentrada, en el cual el control
de las leyes queda atribuido a un solo órgano creado al efecto: el Tribunal
Constitucional.
La jurisdicción constitucional se orienta a afirmar el principio de “soberanía”
constitucional, la racionalización del ejercicio del poder, la vigencia plena de
los derechos fundamentales de la persona y la acción interpretativa e
integradora de la Constitución. Al respecto, veamos lo siguiente:
a) La afirmación del principio de “soberanía” constitucional, alude a las
cualidades o propiedades centrales de la Constitución en lo relativo a su
incontrastabilidad, incondicionalidad, irrenunciabilidad e imperio sobre
los poderes constituidos al interior del Estado.
b) La racionalización del ejercicio del poder, con ello se busca organizar la
sujeción del ejercicio del poder público al control del derecho, así como
armonizarlo con los fines y valores que este busca alcanzar en el plano de
la sociedad.
c) La vigencia plena de los derechos fundamentales, se busca asegurar el
respeto y protección de los derechos básicos de la persona humana.
d) La afirmación de la acción interpretativa e integradora de la
Constitución, con ello se busca afirmar los valores y principios contenidos
en el corpus constitucional, así como asegurar su correspondencia con la
realidad, amén de preservar su vocación de presencia permanente.
 Se conocen dos tipos:
 a. Sistemas concentrados: Un solo órgano monopoliza
la justicia constitucional.
 b. Sistemas difusos: Los controles están
desmonopolizados y repartidos entre diferentes
órganos.
“El Tribunal Constitucional es el órgano supremo de interpretación y control de
la constitucionalidad”
 En el Perú no se menciona nada en las primeras constituciones, recién en
la Carta de 1856, en el artículo 10° señalaba que toda ley era nula si era
contraria a la Constitución y esta norma fue también incluida por una
comisión ad hoc de la Convención Nacional de 1855-1856, pero sin
debate, era sólo un principio inconcluso que no significaba la institución
de ningún control constitucional, pero esa Carta fue derogada y dejada sin
efecto por la Constitución de 1920.
 Recién se tomó en la Constitución de 1979, donde se habla de un control
difuso y se incorporó como novedad el Tribunal de Garantías
Constitucionales. En la Constitución Vigente de 1993, se tienen ambos
controles: El judicial y difuso y, por otro lado el control concentrado, ahora
Tribunal Constitucional.
El Tribunal Constitucional del Perú es:
Un organismo constitucional e independiente del Estado peruano.
Creados en 1980 (Tribunal de Garantías Constitucionales)
1996 (Tribunal Constitucional).
Tiene como sede oficial la ciudad de Arequipa, la misma que está
ubicada en el distrito de Yanahuara, además este organismo podría
celebrar audiencias en cualquier otra ciudad de la República
Peruana.
El Tribunal Constitucional es el órgano supremo de interpretación y
control de la constitucionalidad. Es autónomo e independiente,
porque en el ejercicio de sus atribuciones no depende de ningún
órgano constitucional; se encuentra sometido sólo a la Constitución
y a su Ley Orgánica - Ley Nº 28301.
A. Conocer, en instancia única, la acción de
inconstitucionalidad.
B. Conocer, en última y definitiva instancia, las
resoluciones denegatorias de hábeas corpus,
amparo, hábeas data, y acción de cumplimiento
C. Conocer los conflictos de competencia, o de
atribuciones asignadas por la Constitución,
conforme a ley.
D. Resolver las quejas por denegatoria del recurso de
agravio constitucional.
1. Proceso de Hábeas Corpus
2. Proceso de Amparo
3. Proceso de Hábeas Data
4. Proceso de Cumplimiento
5. Proceso de Inconstitucionalidad
6. Proceso de Conflicto de
Competencia o de Atribuciones
7. Proceso de Acción Popular
El Código Procesal Constitucional, Ley Nº 28237, regula los
procesos constitucionales previstos en los artículos 200 y 202
inciso 3) de la Constitución:
Los Procesos Constitucionales
Los procesos constitucionales se clasifican en atención al
objeto de protección de cada uno de ellos. Existen tres clases:
1. Procesos de tutela de derechos.- Tienen por objeto la
tutela jurisdiccional de los derechos constitucionales y son los
siguientes: proceso de hábeas corpus, amparo, hábeas data y
proceso de cumplimiento (acción de cumplimiento).
2. Procesos de control normativo.- Tienen por objeto
proteger jurídicamente la primacía de la Constitución respecto
a las leyes o normas con rango de Ley, en el caso del proceso
de inconstitucionalidad, y de la primacía de la Constitución y
de la ley respecto al resto de normas de jerarquía inferior a la
ley, en el caso del proceso de acción popular.
En ambos procesos es el orden jerárquico de las normas
(principio de jerarquía de las normas) de nuestro sistema
jurídico el que constituye el objeto de protección de esta clase
de procesos (sistema de fuentes proscrita por nuestra
Constitución Política).
3. Proceso de conflicto competencial.- Tiene por objeto la
protección de las competencias que la Constitución y las leyes
orgánicas atribuyen a los poderes del Estado, órganos
constitucionales y a los gobiernos regionales y locales
(municipalidades). Está comprendido únicamente por el
proceso de conflictos constitucionales o de atribuciones.
Son fines esenciales de los procesos constitucionales
garantizar la primacía de la Constitución y la vigencia efectiva
de los derechos constitucionales.
 HABEAS CORPUS.- Como una garantía constitucional que procede contra
el hecho u omisión, por parte de cualquier autoridad, funcionario o
persona, que vulnera o amenaza la libertad individual o los derechos
constitucionales conexos a ella.
 Tipos de Habeas Corpus.-
 a) El hábeas corpus reparador.- Dicha modalidad se utiliza cuando se
produce la privación arbitraria o ilegal de la libertad física como
consecuencia de una orden policial o militar; de un mandato judicial , de
una decisión de un particular sobre el internamiento de un tercero.
 b) El hábeas corpus restringido.- Se emplea cuando la libertad física o de
locomoción es objeto de molestias, obstáculos, perturbaciones o
incomodidades que, en los hechos, configuran una seria restricción para
su cabal ejercicio.
 c) El hábeas corpus correctivo.- Dicha modalidad, a su vez, es usada
cuando se producen actos de agravamiento ilegal o arbitrario respecto a
las formas o condiciones en que se cumplen las penas privativas de la
libertad.
 d) El hábeas corpus preventivo.- Éste podrá ser utilizado en los casos en
que, no habiéndose concretado la privación de la libertad, existe empero
la amenaza cierta e inminente de que ello ocurra.
 e) El hábeas corpus traslativo.- Es empleado para denunciar mora en el
proceso judicial u otras graves violaciones al debido proceso o a
la tutela judicial efectiva.
 f) El hábeas corpus instructivo.- Esta modalidad podrá ser utilizada
cuando no sea posible ubicar el paradero de una persona detenida-
desaparecida.
 g) El hábeas corpus innovativo.- Procede cuando, pese a haber cesado la
amenaza o la violación de la libertad personal, se solicita la intervención
jurisdiccional con el objeto de que tales situaciones no se repitan en el
futuro, en el particular caso del accionante.
 h) El hábeas corpus conexo.- Cabe utilizarse cuando se presentan
situaciones no previstas en los tipos anteriores.
 Acción de Amparo.- Es un proceso de naturaleza constitucional cuya
pretensión es obtener la protección jurisdiccional de los derechos
constitucionales distintos a la libertad individual y a los tutelados por el
habeas data, cometidos por cualquier, autoridad, funcionario o persona.
 Proceso de Habeas Data.- Es una garantía constitucional que permite el
derecho de toda persona a solicitar, sin expresión de causa, la información
que requiera y a recibirla de cualquier entidad pública siempre que no
afecten la intimidad personal de otra persona o que no este expresamente
excluido por ley o por razones de seguridad nacional. El segundo protege
el derecho de toda persona a la autodeterminación de su información si
es que con su difusión se atenta contra su intimidad personal y familiar.
 Proceso de Cumplimiento.- Procede contra cualquier autoridad o
funcionario renuente a acatar una norma legal o un acto administrativo.
 Proceso De Acción Popular.- Procede, por infracción de la Constitución y
de la ley, contra los reglamentos, normas administrativas y resoluciones y
decretos de carácter general, cualquiera sea la autoridad de la que
emanen.
La acción de inconstitucionalidad recogida en el artículo 200 inciso 4 de la
Constitución Política, procede contra normas que tienen rango de ley: leyes,
decretos legislativos, decretos de urgencia, tratados, reglamentos del Congreso,
normas regionales de carácter general y ordenanzas municipales que contravengan
la Constitución en la forma o en el fondo.
Están facultados para interponer esta acción:
a. El presidente de la República (requiriendo el voto aprobatorio del Consejo de
Ministros).
b. El fiscal de la nación
c. El defensor del pueblo
d. El 25% del número legal de congresistas.
e. Cinco mil ciudadanos con firmas comprobadas en el Jurado Nacional de
Elecciones.
f. Los presidentes de región con acuerdo del Consejo de Coordinación Regional o
los alcaldes provinciales con acuerdo de su concejo, en materia de su competencia.
g. Los colegios profesionales, en materia de su especialidad.
El Tribunal Constitucional conoce de los conflictos que se susciten sobre
las competencias o atribuciones asignadas directamente por la
Constitución o las leyes orgánicas que delimiten los ámbitos propios de
los poderes del Estado, los órganos constitucionales, los gobiernos
regionales o municipales, y que opongan:
a. Al Poder Ejecutivo con uno o más gobiernos regionales o municipales.
b. A 2 o más gobiernos regionales, municipales o de ellos entre sí.
c. A los poderes del Estado entre sí o con cualquiera de los demás
órganos constitucionales, o a estos entre sí.
El Tribunal, en Sala Plena, resuelve y adopta acuerdos por mayoría simple de votos
emitidos, salvo para resolver la inadmisibilidad de la demanda de
inconstitucionalidad o para dictar sentencia que declare la inconstitucionalidad de
una norma con rango de ley, casos en los que se exigen cinco votos conformes.
De no alcanzarse la mayoría calificada de cinco votos en favor de la
inconstitucionalidad de la norma impugnada, el Tribunal dictará sentencia
declarando infundada la demanda de inconstitucionalidad.
En ningún caso el Tribunal Constitucional deja de resolver. Los magistrados son
irrecusables pero pueden abstenerse de conocer algún asunto cuando tengan
interés directo o indirecto o por causal de decoro. Los magistrados tampoco
pueden dejar de votar, debiendo hacerlo en favor o en contra en cada oportunidad.
Los fundamentos de voto y los votos singulares se emiten juntamente con la
sentencia, de conformidad a la ley especial.
Para conocer, en última y definitiva instancia, las resoluciones denegatorias de los
procesos de amparo, hábeas corpus, hábeas data y de cumplimiento, iniciadas ante
los jueces respectivos, el Tribunal está constituido por dos Salas, con tres miembros
cada una. Las resoluciones requieren tres votos conformes.
El Tribunal está integrado por siete miembros que ostentan el
título de Magistrados del Tribunal Constitucional. Son designados
por el Congreso de la República mediante resolución legislativa,
con el voto de dos tercios del número legal de sus miembros.
Para la designación, el pleno del Congreso designa una Comisión
Especial integrada por un mínimo de cinco y un máximo de nueve
Congresistas, respetando en lo posible la proporción de cada grupo
parlamentario en el Congreso, para encargarse de recibir
propuestas
La designación para el cargo de Magistrado del Tribunal se hace por
cinco años; no hay reelección inmediata. Los Magistrados del
Tribunal continúan en el ejercicio de sus funciones hasta que hayan
tomado posesión quienes han de sucederles.
Para ser Magistrado del Tribunal se requiere:
 Ser peruano de nacimiento.
 Ser ciudadano en ejercicio.
 Ser mayor de cuarenta y cinco años.
 Haber sido Magistrado de la Corte Suprema o Fiscal Superior
durante diez años, o haber ejercido la abogacía o la cátedra
universitaria en materia jurídica durante quince años.
No pueden ser elegidos miembros del Tribunal:
 Los Magistrados del Poder Judicial o del Ministerio Público que
hayan sido objeto de separación o destitución por medida
disciplinaria
 Los abogados que han sido inhabilitados por sentencia judicial o
por resolución del Congreso de la República
 Los que han sido condenados o que se encuentran siendo
procesados por delito doloso
 Los que han sido declarados en estado de insolvencia o de
quiebra
 Los que han ejercido cargos políticos o de confianza en
gobiernos de facto
La función del Magistrado del Tribunal es a dedicación
exclusiva. Le está prohibido desempeñar cualquier
otro cargo público o privado y ejercer cualquier
profesión u oficio, a excepción de la docencia
universitaria, siempre que no afecte el normal
funcionamiento del Tribunal.
Los Magistrados del Tribunal no están sujetos a
mandato imperativo, ni reciben instrucciones de
ninguna autoridad. Gozan de inviolabilidad. No
responden por los votos u opiniones emitidas en el
ejercicio de su cargo. También gozan de
inmunidad.
No pueden ser detenidos ni procesados sin
autorización del pleno del Tribunal, salvo flagrante
delito.
Los Magistrados del Tribunal, en pleno y mediante votación
secreta, eligen, entre sus miembros, al Presidente.
El cargo de Presidente del Tribunal dura dos años. Puede
reelegirse sólo por un año más.
Por el mismo procedimiento se elige al Vicepresidente, a quien
corresponde sustituir al Presidente en caso de ausencia
temporal u otro impedimento. En caso de vacancia, el
Vicepresidente concluye el período del Presidente; para este
último caso, en defecto del Vicepresidente, el Magistrado más
antiguo en el cargo y, en caso de igual antigüedad, el de mayor
edad lo sustituye en caso de ausencia temporal u otro
impedimento.
Justiciaconstitucional app

Más contenido relacionado

La actualidad más candente

Sistemas de protección internacional.
Sistemas de protección internacional. Sistemas de protección internacional.
Sistemas de protección internacional. Fmorin84
 
8 derecho procesal constitucional total
8 derecho procesal constitucional total8 derecho procesal constitucional total
8 derecho procesal constitucional totalYuhry Gándara
 
Sistemas de control constitucional
Sistemas de control constitucionalSistemas de control constitucional
Sistemas de control constitucionalEddy González
 
Control de constitucionalidad BIDART CAMPOS
Control de constitucionalidad BIDART CAMPOSControl de constitucionalidad BIDART CAMPOS
Control de constitucionalidad BIDART CAMPOSoflores
 
ENJ-2-200 Control De Constitucionalidad
ENJ-2-200 Control De ConstitucionalidadENJ-2-200 Control De Constitucionalidad
ENJ-2-200 Control De ConstitucionalidadENJ
 
La scjn explica el sistema de control constitucional
La scjn explica el sistema de control constitucionalLa scjn explica el sistema de control constitucional
La scjn explica el sistema de control constitucionalOscar Flores Rocha
 
Garantías constitucionales en ecuador
Garantías constitucionales en ecuadorGarantías constitucionales en ecuador
Garantías constitucionales en ecuadorcristianpoj
 
Control difuso 04 12
Control difuso 04 12Control difuso 04 12
Control difuso 04 12calacademica
 
Ley Orgánica Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional
Ley Orgánica Garantías Jurisdiccionales y Control ConstitucionalLey Orgánica Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional
Ley Orgánica Garantías Jurisdiccionales y Control ConstitucionalDefensoría Del Pueblo Ecuador
 
Apuntes sobre Teoría de la Legislación
Apuntes sobre Teoría de la LegislaciónApuntes sobre Teoría de la Legislación
Apuntes sobre Teoría de la LegislaciónAlan Vargas Lima
 
Administrativo terminado
Administrativo terminado Administrativo terminado
Administrativo terminado Yuhry Gándara
 
Amparo Constitucional en Bolivia - Jurisprudencia 2017
Amparo Constitucional en Bolivia - Jurisprudencia 2017Amparo Constitucional en Bolivia - Jurisprudencia 2017
Amparo Constitucional en Bolivia - Jurisprudencia 2017Alan Vargas Lima
 
Constituciones de ecuador actual
Constituciones de ecuador actualConstituciones de ecuador actual
Constituciones de ecuador actualDBenitez1989
 
tribunal de garantía constitucional
tribunal de garantía constitucionaltribunal de garantía constitucional
tribunal de garantía constitucionaltephyfree
 
Cuestionario procesal penal clinicas
Cuestionario procesal penal clinicasCuestionario procesal penal clinicas
Cuestionario procesal penal clinicasSamuel Sierra
 

La actualidad más candente (20)

Derecho procesal constitucional
Derecho procesal constitucionalDerecho procesal constitucional
Derecho procesal constitucional
 
Sistemas de protección internacional.
Sistemas de protección internacional. Sistemas de protección internacional.
Sistemas de protección internacional.
 
Teoria del amparo guatemalteco parte i
Teoria del amparo guatemalteco parte iTeoria del amparo guatemalteco parte i
Teoria del amparo guatemalteco parte i
 
8 derecho procesal constitucional total
8 derecho procesal constitucional total8 derecho procesal constitucional total
8 derecho procesal constitucional total
 
Sistemas de control constitucional
Sistemas de control constitucionalSistemas de control constitucional
Sistemas de control constitucional
 
Control de constitucionalidad BIDART CAMPOS
Control de constitucionalidad BIDART CAMPOSControl de constitucionalidad BIDART CAMPOS
Control de constitucionalidad BIDART CAMPOS
 
ENJ-2-200 Control De Constitucionalidad
ENJ-2-200 Control De ConstitucionalidadENJ-2-200 Control De Constitucionalidad
ENJ-2-200 Control De Constitucionalidad
 
Derechos Humanos y Convencionalidad
Derechos Humanos y ConvencionalidadDerechos Humanos y Convencionalidad
Derechos Humanos y Convencionalidad
 
La scjn explica el sistema de control constitucional
La scjn explica el sistema de control constitucionalLa scjn explica el sistema de control constitucional
La scjn explica el sistema de control constitucional
 
PROCESOS CONSTITUCIONALES EN PERU
PROCESOS CONSTITUCIONALES EN PERUPROCESOS CONSTITUCIONALES EN PERU
PROCESOS CONSTITUCIONALES EN PERU
 
Garantías constitucionales en ecuador
Garantías constitucionales en ecuadorGarantías constitucionales en ecuador
Garantías constitucionales en ecuador
 
Control difuso 04 12
Control difuso 04 12Control difuso 04 12
Control difuso 04 12
 
Ley Orgánica Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional
Ley Orgánica Garantías Jurisdiccionales y Control ConstitucionalLey Orgánica Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional
Ley Orgánica Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional
 
Apuntes sobre Teoría de la Legislación
Apuntes sobre Teoría de la LegislaciónApuntes sobre Teoría de la Legislación
Apuntes sobre Teoría de la Legislación
 
07 3 - clase - dcp - jurisdicción constitucional en el perú (1)
07   3 - clase - dcp - jurisdicción constitucional en el perú (1)07   3 - clase - dcp - jurisdicción constitucional en el perú (1)
07 3 - clase - dcp - jurisdicción constitucional en el perú (1)
 
Administrativo terminado
Administrativo terminado Administrativo terminado
Administrativo terminado
 
Amparo Constitucional en Bolivia - Jurisprudencia 2017
Amparo Constitucional en Bolivia - Jurisprudencia 2017Amparo Constitucional en Bolivia - Jurisprudencia 2017
Amparo Constitucional en Bolivia - Jurisprudencia 2017
 
Constituciones de ecuador actual
Constituciones de ecuador actualConstituciones de ecuador actual
Constituciones de ecuador actual
 
tribunal de garantía constitucional
tribunal de garantía constitucionaltribunal de garantía constitucional
tribunal de garantía constitucional
 
Cuestionario procesal penal clinicas
Cuestionario procesal penal clinicasCuestionario procesal penal clinicas
Cuestionario procesal penal clinicas
 

Similar a Justiciaconstitucional app

Tribunal constitucional del peru y su territorio
Tribunal constitucional del peru y su territorioTribunal constitucional del peru y su territorio
Tribunal constitucional del peru y su territorioANDRESRIVAPACHECO2
 
Mecanismos y garantias para la proteccionde los derechos
Mecanismos y garantias para la proteccionde los derechosMecanismos y garantias para la proteccionde los derechos
Mecanismos y garantias para la proteccionde los derechosElizabethVelasquez23
 
ENJ-300 Procesal Constitucional
ENJ-300 Procesal Constitucional ENJ-300 Procesal Constitucional
ENJ-300 Procesal Constitucional ENJ
 
ENJ-200 Diplomado Garantías Constitucionales
ENJ-200 Diplomado Garantías Constitucionales ENJ-200 Diplomado Garantías Constitucionales
ENJ-200 Diplomado Garantías Constitucionales ENJ
 
Jurisdiccion constitucional[1] examen ii parcialll
Jurisdiccion constitucional[1] examen ii parcialllJurisdiccion constitucional[1] examen ii parcialll
Jurisdiccion constitucional[1] examen ii parcialllAlejandra Guzmán
 
Garantias constitucionales
Garantias constitucionalesGarantias constitucionales
Garantias constitucionalesZaida Chambi
 
ENJ 200- Derecho Constitucional
ENJ 200- Derecho ConstitucionalENJ 200- Derecho Constitucional
ENJ 200- Derecho ConstitucionalENJ
 
Ensayo como comunica y tutela venezuela los derechos huanos- derechos consti...
Ensayo  como comunica y tutela venezuela los derechos huanos- derechos consti...Ensayo  como comunica y tutela venezuela los derechos huanos- derechos consti...
Ensayo como comunica y tutela venezuela los derechos huanos- derechos consti...Luifer Ocgar
 
Procedimiento de amparo
Procedimiento de amparoProcedimiento de amparo
Procedimiento de amparojesusergonomia
 
La constitución categorías conceptuales
La constitución categorías conceptualesLa constitución categorías conceptuales
La constitución categorías conceptualesCristian Mejia
 
Unidad 13. Competencia del Poder Judicial Federal.
Unidad 13. Competencia del Poder Judicial Federal.Unidad 13. Competencia del Poder Judicial Federal.
Unidad 13. Competencia del Poder Judicial Federal.Marlenne Juárez Rodríguez
 
ENJ-100 Derechos Fundamentales Procesales
ENJ-100 Derechos Fundamentales ProcesalesENJ-100 Derechos Fundamentales Procesales
ENJ-100 Derechos Fundamentales ProcesalesENJ
 
El Control Judicial y la Doble Función del PJF
El Control Judicial y la Doble Función del PJFEl Control Judicial y la Doble Función del PJF
El Control Judicial y la Doble Función del PJFIxchel Alzaga
 
Amparo2 tema 8 complementaria
Amparo2 tema 8 complementariaAmparo2 tema 8 complementaria
Amparo2 tema 8 complementarialiclinea2
 
Dercons tema 2.4.4 complementaria
Dercons tema 2.4.4 complementariaDercons tema 2.4.4 complementaria
Dercons tema 2.4.4 complementariaderconstitucional2
 
75116670 el-amparo-constitucional-en-venezuela
75116670 el-amparo-constitucional-en-venezuela75116670 el-amparo-constitucional-en-venezuela
75116670 el-amparo-constitucional-en-venezuelayudith pezzente
 

Similar a Justiciaconstitucional app (20)

Tribunal constitucional del peru y su territorio
Tribunal constitucional del peru y su territorioTribunal constitucional del peru y su territorio
Tribunal constitucional del peru y su territorio
 
tribunal constitucional 1.pptx
tribunal constitucional 1.pptxtribunal constitucional 1.pptx
tribunal constitucional 1.pptx
 
El amparo frente a la injusticia
El amparo frente a la injusticiaEl amparo frente a la injusticia
El amparo frente a la injusticia
 
El amparo frente a la injusticia - DRA GRILLO
El amparo frente a la injusticia - DRA GRILLOEl amparo frente a la injusticia - DRA GRILLO
El amparo frente a la injusticia - DRA GRILLO
 
Mecanismos y garantias para la proteccionde los derechos
Mecanismos y garantias para la proteccionde los derechosMecanismos y garantias para la proteccionde los derechos
Mecanismos y garantias para la proteccionde los derechos
 
ENJ-300 Procesal Constitucional
ENJ-300 Procesal Constitucional ENJ-300 Procesal Constitucional
ENJ-300 Procesal Constitucional
 
ENJ-200 Diplomado Garantías Constitucionales
ENJ-200 Diplomado Garantías Constitucionales ENJ-200 Diplomado Garantías Constitucionales
ENJ-200 Diplomado Garantías Constitucionales
 
Actividad 08 tirone solis control constitucional
Actividad 08 tirone solis control constitucionalActividad 08 tirone solis control constitucional
Actividad 08 tirone solis control constitucional
 
Jurisdiccion constitucional[1] examen ii parcialll
Jurisdiccion constitucional[1] examen ii parcialllJurisdiccion constitucional[1] examen ii parcialll
Jurisdiccion constitucional[1] examen ii parcialll
 
Garantias constitucionales
Garantias constitucionalesGarantias constitucionales
Garantias constitucionales
 
ENJ 200- Derecho Constitucional
ENJ 200- Derecho ConstitucionalENJ 200- Derecho Constitucional
ENJ 200- Derecho Constitucional
 
Ensayo como comunica y tutela venezuela los derechos huanos- derechos consti...
Ensayo  como comunica y tutela venezuela los derechos huanos- derechos consti...Ensayo  como comunica y tutela venezuela los derechos huanos- derechos consti...
Ensayo como comunica y tutela venezuela los derechos huanos- derechos consti...
 
Procedimiento de amparo
Procedimiento de amparoProcedimiento de amparo
Procedimiento de amparo
 
La constitución categorías conceptuales
La constitución categorías conceptualesLa constitución categorías conceptuales
La constitución categorías conceptuales
 
Unidad 13. Competencia del Poder Judicial Federal.
Unidad 13. Competencia del Poder Judicial Federal.Unidad 13. Competencia del Poder Judicial Federal.
Unidad 13. Competencia del Poder Judicial Federal.
 
ENJ-100 Derechos Fundamentales Procesales
ENJ-100 Derechos Fundamentales ProcesalesENJ-100 Derechos Fundamentales Procesales
ENJ-100 Derechos Fundamentales Procesales
 
El Control Judicial y la Doble Función del PJF
El Control Judicial y la Doble Función del PJFEl Control Judicial y la Doble Función del PJF
El Control Judicial y la Doble Función del PJF
 
Amparo2 tema 8 complementaria
Amparo2 tema 8 complementariaAmparo2 tema 8 complementaria
Amparo2 tema 8 complementaria
 
Dercons tema 2.4.4 complementaria
Dercons tema 2.4.4 complementariaDercons tema 2.4.4 complementaria
Dercons tema 2.4.4 complementaria
 
75116670 el-amparo-constitucional-en-venezuela
75116670 el-amparo-constitucional-en-venezuela75116670 el-amparo-constitucional-en-venezuela
75116670 el-amparo-constitucional-en-venezuela
 

Más de cqam

ejemplos de derecho internacional privado
ejemplos de derecho internacional privadoejemplos de derecho internacional privado
ejemplos de derecho internacional privadocqam
 
intervención del ministerio publico
intervención del ministerio publicointervención del ministerio publico
intervención del ministerio publicocqam
 
organos judiciales , notificacion electronica ppt
organos judiciales , notificacion electronica pptorganos judiciales , notificacion electronica ppt
organos judiciales , notificacion electronica pptcqam
 
el litisconsorcio-y-la-intervención-de-terceros
el litisconsorcio-y-la-intervención-de-tercerosel litisconsorcio-y-la-intervención-de-terceros
el litisconsorcio-y-la-intervención-de-terceroscqam
 
Conclusion del proceso con declaracion de fondo
Conclusion del proceso con declaracion de fondoConclusion del proceso con declaracion de fondo
Conclusion del proceso con declaracion de fondocqam
 
seminario de tesis...
seminario de tesis... seminario de tesis...
seminario de tesis... cqam
 
DERECHO Procesal penal ii
DERECHO Procesal penal iiDERECHO Procesal penal ii
DERECHO Procesal penal iicqam
 
La extradicion
La extradicionLa extradicion
La extradicioncqam
 
Amparo contra resolucione judiciales
Amparo contra resolucione judicialesAmparo contra resolucione judiciales
Amparo contra resolucione judicialescqam
 
investigación científica
investigación científicainvestigación científica
investigación científicacqam
 
Maquiavelo mejor
Maquiavelo   mejorMaquiavelo   mejor
Maquiavelo mejorcqam
 
FILOSOFIA
FILOSOFIAFILOSOFIA
FILOSOFIAcqam
 
Etica moral filosofia
Etica moral filosofiaEtica moral filosofia
Etica moral filosofiacqam
 
Contrato de transporte terrestre mejor
Contrato de transporte terrestre mejorContrato de transporte terrestre mejor
Contrato de transporte terrestre mejorcqam
 
Contrato de transporte terrestre
Contrato de transporte terrestreContrato de transporte terrestre
Contrato de transporte terrestrecqam
 
Promesa unilateral-mejor 2
Promesa unilateral-mejor 2Promesa unilateral-mejor 2
Promesa unilateral-mejor 2cqam
 
la promesa unilateral
la promesa unilateralla promesa unilateral
la promesa unilateralcqam
 
la obligación tributaria
la obligación tributariala obligación tributaria
la obligación tributariacqam
 
objeto y forma del contrato
objeto y forma del contratoobjeto y forma del contrato
objeto y forma del contratocqam
 
Diapositivas tributario
Diapositivas tributarioDiapositivas tributario
Diapositivas tributariocqam
 

Más de cqam (20)

ejemplos de derecho internacional privado
ejemplos de derecho internacional privadoejemplos de derecho internacional privado
ejemplos de derecho internacional privado
 
intervención del ministerio publico
intervención del ministerio publicointervención del ministerio publico
intervención del ministerio publico
 
organos judiciales , notificacion electronica ppt
organos judiciales , notificacion electronica pptorganos judiciales , notificacion electronica ppt
organos judiciales , notificacion electronica ppt
 
el litisconsorcio-y-la-intervención-de-terceros
el litisconsorcio-y-la-intervención-de-tercerosel litisconsorcio-y-la-intervención-de-terceros
el litisconsorcio-y-la-intervención-de-terceros
 
Conclusion del proceso con declaracion de fondo
Conclusion del proceso con declaracion de fondoConclusion del proceso con declaracion de fondo
Conclusion del proceso con declaracion de fondo
 
seminario de tesis...
seminario de tesis... seminario de tesis...
seminario de tesis...
 
DERECHO Procesal penal ii
DERECHO Procesal penal iiDERECHO Procesal penal ii
DERECHO Procesal penal ii
 
La extradicion
La extradicionLa extradicion
La extradicion
 
Amparo contra resolucione judiciales
Amparo contra resolucione judicialesAmparo contra resolucione judiciales
Amparo contra resolucione judiciales
 
investigación científica
investigación científicainvestigación científica
investigación científica
 
Maquiavelo mejor
Maquiavelo   mejorMaquiavelo   mejor
Maquiavelo mejor
 
FILOSOFIA
FILOSOFIAFILOSOFIA
FILOSOFIA
 
Etica moral filosofia
Etica moral filosofiaEtica moral filosofia
Etica moral filosofia
 
Contrato de transporte terrestre mejor
Contrato de transporte terrestre mejorContrato de transporte terrestre mejor
Contrato de transporte terrestre mejor
 
Contrato de transporte terrestre
Contrato de transporte terrestreContrato de transporte terrestre
Contrato de transporte terrestre
 
Promesa unilateral-mejor 2
Promesa unilateral-mejor 2Promesa unilateral-mejor 2
Promesa unilateral-mejor 2
 
la promesa unilateral
la promesa unilateralla promesa unilateral
la promesa unilateral
 
la obligación tributaria
la obligación tributariala obligación tributaria
la obligación tributaria
 
objeto y forma del contrato
objeto y forma del contratoobjeto y forma del contrato
objeto y forma del contrato
 
Diapositivas tributario
Diapositivas tributarioDiapositivas tributario
Diapositivas tributario
 

Último

CONVENIO SOBRE LA ELIMINACIÓN DE LA VIOLENCIA Y EL ACOSO EN EL MUNDO DEL TRAB...
CONVENIO SOBRE LA ELIMINACIÓN DE LA VIOLENCIA Y EL ACOSO EN EL MUNDO DEL TRAB...CONVENIO SOBRE LA ELIMINACIÓN DE LA VIOLENCIA Y EL ACOSO EN EL MUNDO DEL TRAB...
CONVENIO SOBRE LA ELIMINACIÓN DE LA VIOLENCIA Y EL ACOSO EN EL MUNDO DEL TRAB...Baker Publishing Company
 
Teoría de la imputación objetiva penal.pptx
Teoría de la imputación objetiva penal.pptxTeoría de la imputación objetiva penal.pptx
Teoría de la imputación objetiva penal.pptxMarianaSunjaylaCardo
 
UD.9_LA PREVENCION DE RIESGOS LEGISLACIÓN Y ORGANIZACION.pptx
UD.9_LA PREVENCION DE RIESGOS LEGISLACIÓN Y ORGANIZACION.pptxUD.9_LA PREVENCION DE RIESGOS LEGISLACIÓN Y ORGANIZACION.pptx
UD.9_LA PREVENCION DE RIESGOS LEGISLACIÓN Y ORGANIZACION.pptxALICIACAHUANANUEZ
 
LAM Nº 13_2014 (Consejo Municipal de Transporte).pdf
LAM Nº 13_2014 (Consejo Municipal de Transporte).pdfLAM Nº 13_2014 (Consejo Municipal de Transporte).pdf
LAM Nº 13_2014 (Consejo Municipal de Transporte).pdfalbinoMamaniCallejas
 
Procesos de jurisdicción voluntaria en Colombia
Procesos de jurisdicción voluntaria en ColombiaProcesos de jurisdicción voluntaria en Colombia
Procesos de jurisdicción voluntaria en Colombiaylbonilla
 
Act_3.2_FernandezIzquerrdo_MartinezMillet_RodriguezCarmona_InvestigacionenRec...
Act_3.2_FernandezIzquerrdo_MartinezMillet_RodriguezCarmona_InvestigacionenRec...Act_3.2_FernandezIzquerrdo_MartinezMillet_RodriguezCarmona_InvestigacionenRec...
Act_3.2_FernandezIzquerrdo_MartinezMillet_RodriguezCarmona_InvestigacionenRec...OmarFernndez26
 
415277843-DIAPOSITIVAS-ACTO-JURIDICO-ppt.ppt
415277843-DIAPOSITIVAS-ACTO-JURIDICO-ppt.ppt415277843-DIAPOSITIVAS-ACTO-JURIDICO-ppt.ppt
415277843-DIAPOSITIVAS-ACTO-JURIDICO-ppt.pptBRIANJOFFREVELSQUEZH
 
CONTRATO DE COMPRAVENTA CON GARANTÍA HIPOTECARIA.doc
CONTRATO DE COMPRAVENTA CON GARANTÍA HIPOTECARIA.docCONTRATO DE COMPRAVENTA CON GARANTÍA HIPOTECARIA.doc
CONTRATO DE COMPRAVENTA CON GARANTÍA HIPOTECARIA.docJhonnySandonRojjas
 
LA FAMILIA, LA PROPIEDAD PRIVADA Y EL ESTADO.pptx
LA FAMILIA, LA PROPIEDAD PRIVADA Y EL ESTADO.pptxLA FAMILIA, LA PROPIEDAD PRIVADA Y EL ESTADO.pptx
LA FAMILIA, LA PROPIEDAD PRIVADA Y EL ESTADO.pptxjbernardomaidana
 
M15_U1_S1_UNADM_DERECHO INTERNACIONAL PUBLICO
M15_U1_S1_UNADM_DERECHO INTERNACIONAL PUBLICOM15_U1_S1_UNADM_DERECHO INTERNACIONAL PUBLICO
M15_U1_S1_UNADM_DERECHO INTERNACIONAL PUBLICOMarianaCuevas22
 
CONCEPTO DE EL DELITO CONSUMADO Y SU TIPIFICACION.docx
CONCEPTO DE EL DELITO CONSUMADO Y SU TIPIFICACION.docxCONCEPTO DE EL DELITO CONSUMADO Y SU TIPIFICACION.docx
CONCEPTO DE EL DELITO CONSUMADO Y SU TIPIFICACION.docxMarianaSunjaylaCardo
 
Mercados financieros y estrategia financiera.pdf
Mercados financieros y estrategia financiera.pdfMercados financieros y estrategia financiera.pdf
Mercados financieros y estrategia financiera.pdfyordahno
 
CONCESIÓN MINERA EN LA LEGISLACIÓN PERUANA
CONCESIÓN MINERA EN LA LEGISLACIÓN PERUANACONCESIÓN MINERA EN LA LEGISLACIÓN PERUANA
CONCESIÓN MINERA EN LA LEGISLACIÓN PERUANACristhianViera4
 
Apelación de Sentencia Alimentos Roger Alvarado
Apelación de Sentencia Alimentos Roger AlvaradoApelación de Sentencia Alimentos Roger Alvarado
Apelación de Sentencia Alimentos Roger AlvaradoMarioCasimiroAraniba1
 
Formación Integral - teoría general del derecho, formato PDF
Formación Integral - teoría general del derecho, formato PDFFormación Integral - teoría general del derecho, formato PDF
Formación Integral - teoría general del derecho, formato PDFmilenamora37
 
Lucha por la hegemonía y los cambios en.pptx
Lucha por la hegemonía y los  cambios en.pptxLucha por la hegemonía y los  cambios en.pptx
Lucha por la hegemonía y los cambios en.pptxantidoxxeo29
 
Tema 7 LA GUERRA CIVIL (1936-1939).pdf
Tema  7         LA GUERRA CIVIL (1936-1939).pdfTema  7         LA GUERRA CIVIL (1936-1939).pdf
Tema 7 LA GUERRA CIVIL (1936-1939).pdfanagc806
 
Protección de Datos Personales sector Educación
Protección de Datos Personales sector EducaciónProtección de Datos Personales sector Educación
Protección de Datos Personales sector EducaciónFundación YOD YOD
 
Mapa Conceptual de Rosa Agüero. Derecho Procesal Penal
Mapa Conceptual de Rosa Agüero. Derecho Procesal PenalMapa Conceptual de Rosa Agüero. Derecho Procesal Penal
Mapa Conceptual de Rosa Agüero. Derecho Procesal Penalbacilos1
 
Ensayo Critico sobre Garantismo Funcional
Ensayo Critico sobre Garantismo FuncionalEnsayo Critico sobre Garantismo Funcional
Ensayo Critico sobre Garantismo FuncionalPoder Judicial
 

Último (20)

CONVENIO SOBRE LA ELIMINACIÓN DE LA VIOLENCIA Y EL ACOSO EN EL MUNDO DEL TRAB...
CONVENIO SOBRE LA ELIMINACIÓN DE LA VIOLENCIA Y EL ACOSO EN EL MUNDO DEL TRAB...CONVENIO SOBRE LA ELIMINACIÓN DE LA VIOLENCIA Y EL ACOSO EN EL MUNDO DEL TRAB...
CONVENIO SOBRE LA ELIMINACIÓN DE LA VIOLENCIA Y EL ACOSO EN EL MUNDO DEL TRAB...
 
Teoría de la imputación objetiva penal.pptx
Teoría de la imputación objetiva penal.pptxTeoría de la imputación objetiva penal.pptx
Teoría de la imputación objetiva penal.pptx
 
UD.9_LA PREVENCION DE RIESGOS LEGISLACIÓN Y ORGANIZACION.pptx
UD.9_LA PREVENCION DE RIESGOS LEGISLACIÓN Y ORGANIZACION.pptxUD.9_LA PREVENCION DE RIESGOS LEGISLACIÓN Y ORGANIZACION.pptx
UD.9_LA PREVENCION DE RIESGOS LEGISLACIÓN Y ORGANIZACION.pptx
 
LAM Nº 13_2014 (Consejo Municipal de Transporte).pdf
LAM Nº 13_2014 (Consejo Municipal de Transporte).pdfLAM Nº 13_2014 (Consejo Municipal de Transporte).pdf
LAM Nº 13_2014 (Consejo Municipal de Transporte).pdf
 
Procesos de jurisdicción voluntaria en Colombia
Procesos de jurisdicción voluntaria en ColombiaProcesos de jurisdicción voluntaria en Colombia
Procesos de jurisdicción voluntaria en Colombia
 
Act_3.2_FernandezIzquerrdo_MartinezMillet_RodriguezCarmona_InvestigacionenRec...
Act_3.2_FernandezIzquerrdo_MartinezMillet_RodriguezCarmona_InvestigacionenRec...Act_3.2_FernandezIzquerrdo_MartinezMillet_RodriguezCarmona_InvestigacionenRec...
Act_3.2_FernandezIzquerrdo_MartinezMillet_RodriguezCarmona_InvestigacionenRec...
 
415277843-DIAPOSITIVAS-ACTO-JURIDICO-ppt.ppt
415277843-DIAPOSITIVAS-ACTO-JURIDICO-ppt.ppt415277843-DIAPOSITIVAS-ACTO-JURIDICO-ppt.ppt
415277843-DIAPOSITIVAS-ACTO-JURIDICO-ppt.ppt
 
CONTRATO DE COMPRAVENTA CON GARANTÍA HIPOTECARIA.doc
CONTRATO DE COMPRAVENTA CON GARANTÍA HIPOTECARIA.docCONTRATO DE COMPRAVENTA CON GARANTÍA HIPOTECARIA.doc
CONTRATO DE COMPRAVENTA CON GARANTÍA HIPOTECARIA.doc
 
LA FAMILIA, LA PROPIEDAD PRIVADA Y EL ESTADO.pptx
LA FAMILIA, LA PROPIEDAD PRIVADA Y EL ESTADO.pptxLA FAMILIA, LA PROPIEDAD PRIVADA Y EL ESTADO.pptx
LA FAMILIA, LA PROPIEDAD PRIVADA Y EL ESTADO.pptx
 
M15_U1_S1_UNADM_DERECHO INTERNACIONAL PUBLICO
M15_U1_S1_UNADM_DERECHO INTERNACIONAL PUBLICOM15_U1_S1_UNADM_DERECHO INTERNACIONAL PUBLICO
M15_U1_S1_UNADM_DERECHO INTERNACIONAL PUBLICO
 
CONCEPTO DE EL DELITO CONSUMADO Y SU TIPIFICACION.docx
CONCEPTO DE EL DELITO CONSUMADO Y SU TIPIFICACION.docxCONCEPTO DE EL DELITO CONSUMADO Y SU TIPIFICACION.docx
CONCEPTO DE EL DELITO CONSUMADO Y SU TIPIFICACION.docx
 
Mercados financieros y estrategia financiera.pdf
Mercados financieros y estrategia financiera.pdfMercados financieros y estrategia financiera.pdf
Mercados financieros y estrategia financiera.pdf
 
CONCESIÓN MINERA EN LA LEGISLACIÓN PERUANA
CONCESIÓN MINERA EN LA LEGISLACIÓN PERUANACONCESIÓN MINERA EN LA LEGISLACIÓN PERUANA
CONCESIÓN MINERA EN LA LEGISLACIÓN PERUANA
 
Apelación de Sentencia Alimentos Roger Alvarado
Apelación de Sentencia Alimentos Roger AlvaradoApelación de Sentencia Alimentos Roger Alvarado
Apelación de Sentencia Alimentos Roger Alvarado
 
Formación Integral - teoría general del derecho, formato PDF
Formación Integral - teoría general del derecho, formato PDFFormación Integral - teoría general del derecho, formato PDF
Formación Integral - teoría general del derecho, formato PDF
 
Lucha por la hegemonía y los cambios en.pptx
Lucha por la hegemonía y los  cambios en.pptxLucha por la hegemonía y los  cambios en.pptx
Lucha por la hegemonía y los cambios en.pptx
 
Tema 7 LA GUERRA CIVIL (1936-1939).pdf
Tema  7         LA GUERRA CIVIL (1936-1939).pdfTema  7         LA GUERRA CIVIL (1936-1939).pdf
Tema 7 LA GUERRA CIVIL (1936-1939).pdf
 
Protección de Datos Personales sector Educación
Protección de Datos Personales sector EducaciónProtección de Datos Personales sector Educación
Protección de Datos Personales sector Educación
 
Mapa Conceptual de Rosa Agüero. Derecho Procesal Penal
Mapa Conceptual de Rosa Agüero. Derecho Procesal PenalMapa Conceptual de Rosa Agüero. Derecho Procesal Penal
Mapa Conceptual de Rosa Agüero. Derecho Procesal Penal
 
Ensayo Critico sobre Garantismo Funcional
Ensayo Critico sobre Garantismo FuncionalEnsayo Critico sobre Garantismo Funcional
Ensayo Critico sobre Garantismo Funcional
 

Justiciaconstitucional app

  • 1. Por: Marco A. Quea Coaquira.
  • 2. Tiene antecedentes en la experiencia inglesa de los siglos XIII al XIX y en las experiencias francesa y norteamericana de los siglos XVIII al XX. La jurisdicción constitucional es aquella parte de nuestra disciplina que, tiene como presupuestos la supremacía jerárquica de la Constitución sobre cualquier otra norma del sistema jurídico y la necesidad de someter el ejercicio de la fuerza estatal a la racionalidad del derecho, se ocupa de garantizar el pleno respeto de los principios, valores y normas establecida en el texto fundamental.
  • 3. El Modelo Americano de Jurisdicción Constitucional: Nacido en los Estados Unidos, se inició con la célebre sentencia pronunciada por la Suprema Corte de los Estados Unidos en el año 1803, recaído sobre el caso Marbury vs Madison a nivel del Tribunal Supremo estadounidense, claramente puede probarse que lo planteado por el Chief Justice Marshall. El sistema se caracteriza porque se otorga a todos los jueces la potestad de controlar la inaplicabilidad a los casos concretos de las normas ordinarias que contravienen la Constitución por la forma o por el fondo. El Modelo Europeo de la Jurisdicción Constitucional Basado en la creación kelseniana (1918, ratificado por ley de 1919 y la Constitución austriaca de 1920), Kelsen construyó el de jurisdicción concentrada, en el cual el control de las leyes queda atribuido a un solo órgano creado al efecto: el Tribunal Constitucional.
  • 4. La jurisdicción constitucional se orienta a afirmar el principio de “soberanía” constitucional, la racionalización del ejercicio del poder, la vigencia plena de los derechos fundamentales de la persona y la acción interpretativa e integradora de la Constitución. Al respecto, veamos lo siguiente: a) La afirmación del principio de “soberanía” constitucional, alude a las cualidades o propiedades centrales de la Constitución en lo relativo a su incontrastabilidad, incondicionalidad, irrenunciabilidad e imperio sobre los poderes constituidos al interior del Estado. b) La racionalización del ejercicio del poder, con ello se busca organizar la sujeción del ejercicio del poder público al control del derecho, así como armonizarlo con los fines y valores que este busca alcanzar en el plano de la sociedad. c) La vigencia plena de los derechos fundamentales, se busca asegurar el respeto y protección de los derechos básicos de la persona humana. d) La afirmación de la acción interpretativa e integradora de la Constitución, con ello se busca afirmar los valores y principios contenidos en el corpus constitucional, así como asegurar su correspondencia con la realidad, amén de preservar su vocación de presencia permanente.
  • 5.  Se conocen dos tipos:  a. Sistemas concentrados: Un solo órgano monopoliza la justicia constitucional.  b. Sistemas difusos: Los controles están desmonopolizados y repartidos entre diferentes órganos.
  • 6. “El Tribunal Constitucional es el órgano supremo de interpretación y control de la constitucionalidad”
  • 7.  En el Perú no se menciona nada en las primeras constituciones, recién en la Carta de 1856, en el artículo 10° señalaba que toda ley era nula si era contraria a la Constitución y esta norma fue también incluida por una comisión ad hoc de la Convención Nacional de 1855-1856, pero sin debate, era sólo un principio inconcluso que no significaba la institución de ningún control constitucional, pero esa Carta fue derogada y dejada sin efecto por la Constitución de 1920.  Recién se tomó en la Constitución de 1979, donde se habla de un control difuso y se incorporó como novedad el Tribunal de Garantías Constitucionales. En la Constitución Vigente de 1993, se tienen ambos controles: El judicial y difuso y, por otro lado el control concentrado, ahora Tribunal Constitucional.
  • 8. El Tribunal Constitucional del Perú es: Un organismo constitucional e independiente del Estado peruano. Creados en 1980 (Tribunal de Garantías Constitucionales) 1996 (Tribunal Constitucional). Tiene como sede oficial la ciudad de Arequipa, la misma que está ubicada en el distrito de Yanahuara, además este organismo podría celebrar audiencias en cualquier otra ciudad de la República Peruana. El Tribunal Constitucional es el órgano supremo de interpretación y control de la constitucionalidad. Es autónomo e independiente, porque en el ejercicio de sus atribuciones no depende de ningún órgano constitucional; se encuentra sometido sólo a la Constitución y a su Ley Orgánica - Ley Nº 28301.
  • 9. A. Conocer, en instancia única, la acción de inconstitucionalidad. B. Conocer, en última y definitiva instancia, las resoluciones denegatorias de hábeas corpus, amparo, hábeas data, y acción de cumplimiento C. Conocer los conflictos de competencia, o de atribuciones asignadas por la Constitución, conforme a ley. D. Resolver las quejas por denegatoria del recurso de agravio constitucional.
  • 10.
  • 11.
  • 12. 1. Proceso de Hábeas Corpus 2. Proceso de Amparo 3. Proceso de Hábeas Data 4. Proceso de Cumplimiento 5. Proceso de Inconstitucionalidad 6. Proceso de Conflicto de Competencia o de Atribuciones 7. Proceso de Acción Popular El Código Procesal Constitucional, Ley Nº 28237, regula los procesos constitucionales previstos en los artículos 200 y 202 inciso 3) de la Constitución: Los Procesos Constitucionales
  • 13. Los procesos constitucionales se clasifican en atención al objeto de protección de cada uno de ellos. Existen tres clases: 1. Procesos de tutela de derechos.- Tienen por objeto la tutela jurisdiccional de los derechos constitucionales y son los siguientes: proceso de hábeas corpus, amparo, hábeas data y proceso de cumplimiento (acción de cumplimiento). 2. Procesos de control normativo.- Tienen por objeto proteger jurídicamente la primacía de la Constitución respecto a las leyes o normas con rango de Ley, en el caso del proceso de inconstitucionalidad, y de la primacía de la Constitución y de la ley respecto al resto de normas de jerarquía inferior a la ley, en el caso del proceso de acción popular.
  • 14. En ambos procesos es el orden jerárquico de las normas (principio de jerarquía de las normas) de nuestro sistema jurídico el que constituye el objeto de protección de esta clase de procesos (sistema de fuentes proscrita por nuestra Constitución Política). 3. Proceso de conflicto competencial.- Tiene por objeto la protección de las competencias que la Constitución y las leyes orgánicas atribuyen a los poderes del Estado, órganos constitucionales y a los gobiernos regionales y locales (municipalidades). Está comprendido únicamente por el proceso de conflictos constitucionales o de atribuciones. Son fines esenciales de los procesos constitucionales garantizar la primacía de la Constitución y la vigencia efectiva de los derechos constitucionales.
  • 15.  HABEAS CORPUS.- Como una garantía constitucional que procede contra el hecho u omisión, por parte de cualquier autoridad, funcionario o persona, que vulnera o amenaza la libertad individual o los derechos constitucionales conexos a ella.  Tipos de Habeas Corpus.-  a) El hábeas corpus reparador.- Dicha modalidad se utiliza cuando se produce la privación arbitraria o ilegal de la libertad física como consecuencia de una orden policial o militar; de un mandato judicial , de una decisión de un particular sobre el internamiento de un tercero.  b) El hábeas corpus restringido.- Se emplea cuando la libertad física o de locomoción es objeto de molestias, obstáculos, perturbaciones o incomodidades que, en los hechos, configuran una seria restricción para su cabal ejercicio.  c) El hábeas corpus correctivo.- Dicha modalidad, a su vez, es usada cuando se producen actos de agravamiento ilegal o arbitrario respecto a las formas o condiciones en que se cumplen las penas privativas de la libertad.
  • 16.  d) El hábeas corpus preventivo.- Éste podrá ser utilizado en los casos en que, no habiéndose concretado la privación de la libertad, existe empero la amenaza cierta e inminente de que ello ocurra.  e) El hábeas corpus traslativo.- Es empleado para denunciar mora en el proceso judicial u otras graves violaciones al debido proceso o a la tutela judicial efectiva.  f) El hábeas corpus instructivo.- Esta modalidad podrá ser utilizada cuando no sea posible ubicar el paradero de una persona detenida- desaparecida.  g) El hábeas corpus innovativo.- Procede cuando, pese a haber cesado la amenaza o la violación de la libertad personal, se solicita la intervención jurisdiccional con el objeto de que tales situaciones no se repitan en el futuro, en el particular caso del accionante.  h) El hábeas corpus conexo.- Cabe utilizarse cuando se presentan situaciones no previstas en los tipos anteriores.
  • 17.  Acción de Amparo.- Es un proceso de naturaleza constitucional cuya pretensión es obtener la protección jurisdiccional de los derechos constitucionales distintos a la libertad individual y a los tutelados por el habeas data, cometidos por cualquier, autoridad, funcionario o persona.  Proceso de Habeas Data.- Es una garantía constitucional que permite el derecho de toda persona a solicitar, sin expresión de causa, la información que requiera y a recibirla de cualquier entidad pública siempre que no afecten la intimidad personal de otra persona o que no este expresamente excluido por ley o por razones de seguridad nacional. El segundo protege el derecho de toda persona a la autodeterminación de su información si es que con su difusión se atenta contra su intimidad personal y familiar.  Proceso de Cumplimiento.- Procede contra cualquier autoridad o funcionario renuente a acatar una norma legal o un acto administrativo.  Proceso De Acción Popular.- Procede, por infracción de la Constitución y de la ley, contra los reglamentos, normas administrativas y resoluciones y decretos de carácter general, cualquiera sea la autoridad de la que emanen.
  • 18. La acción de inconstitucionalidad recogida en el artículo 200 inciso 4 de la Constitución Política, procede contra normas que tienen rango de ley: leyes, decretos legislativos, decretos de urgencia, tratados, reglamentos del Congreso, normas regionales de carácter general y ordenanzas municipales que contravengan la Constitución en la forma o en el fondo. Están facultados para interponer esta acción: a. El presidente de la República (requiriendo el voto aprobatorio del Consejo de Ministros). b. El fiscal de la nación c. El defensor del pueblo d. El 25% del número legal de congresistas. e. Cinco mil ciudadanos con firmas comprobadas en el Jurado Nacional de Elecciones. f. Los presidentes de región con acuerdo del Consejo de Coordinación Regional o los alcaldes provinciales con acuerdo de su concejo, en materia de su competencia. g. Los colegios profesionales, en materia de su especialidad.
  • 19. El Tribunal Constitucional conoce de los conflictos que se susciten sobre las competencias o atribuciones asignadas directamente por la Constitución o las leyes orgánicas que delimiten los ámbitos propios de los poderes del Estado, los órganos constitucionales, los gobiernos regionales o municipales, y que opongan: a. Al Poder Ejecutivo con uno o más gobiernos regionales o municipales. b. A 2 o más gobiernos regionales, municipales o de ellos entre sí. c. A los poderes del Estado entre sí o con cualquiera de los demás órganos constitucionales, o a estos entre sí.
  • 20.
  • 21. El Tribunal, en Sala Plena, resuelve y adopta acuerdos por mayoría simple de votos emitidos, salvo para resolver la inadmisibilidad de la demanda de inconstitucionalidad o para dictar sentencia que declare la inconstitucionalidad de una norma con rango de ley, casos en los que se exigen cinco votos conformes. De no alcanzarse la mayoría calificada de cinco votos en favor de la inconstitucionalidad de la norma impugnada, el Tribunal dictará sentencia declarando infundada la demanda de inconstitucionalidad. En ningún caso el Tribunal Constitucional deja de resolver. Los magistrados son irrecusables pero pueden abstenerse de conocer algún asunto cuando tengan interés directo o indirecto o por causal de decoro. Los magistrados tampoco pueden dejar de votar, debiendo hacerlo en favor o en contra en cada oportunidad. Los fundamentos de voto y los votos singulares se emiten juntamente con la sentencia, de conformidad a la ley especial. Para conocer, en última y definitiva instancia, las resoluciones denegatorias de los procesos de amparo, hábeas corpus, hábeas data y de cumplimiento, iniciadas ante los jueces respectivos, el Tribunal está constituido por dos Salas, con tres miembros cada una. Las resoluciones requieren tres votos conformes.
  • 22.
  • 23. El Tribunal está integrado por siete miembros que ostentan el título de Magistrados del Tribunal Constitucional. Son designados por el Congreso de la República mediante resolución legislativa, con el voto de dos tercios del número legal de sus miembros. Para la designación, el pleno del Congreso designa una Comisión Especial integrada por un mínimo de cinco y un máximo de nueve Congresistas, respetando en lo posible la proporción de cada grupo parlamentario en el Congreso, para encargarse de recibir propuestas
  • 24. La designación para el cargo de Magistrado del Tribunal se hace por cinco años; no hay reelección inmediata. Los Magistrados del Tribunal continúan en el ejercicio de sus funciones hasta que hayan tomado posesión quienes han de sucederles. Para ser Magistrado del Tribunal se requiere:  Ser peruano de nacimiento.  Ser ciudadano en ejercicio.  Ser mayor de cuarenta y cinco años.  Haber sido Magistrado de la Corte Suprema o Fiscal Superior durante diez años, o haber ejercido la abogacía o la cátedra universitaria en materia jurídica durante quince años.
  • 25. No pueden ser elegidos miembros del Tribunal:  Los Magistrados del Poder Judicial o del Ministerio Público que hayan sido objeto de separación o destitución por medida disciplinaria  Los abogados que han sido inhabilitados por sentencia judicial o por resolución del Congreso de la República  Los que han sido condenados o que se encuentran siendo procesados por delito doloso  Los que han sido declarados en estado de insolvencia o de quiebra  Los que han ejercido cargos políticos o de confianza en gobiernos de facto
  • 26. La función del Magistrado del Tribunal es a dedicación exclusiva. Le está prohibido desempeñar cualquier otro cargo público o privado y ejercer cualquier profesión u oficio, a excepción de la docencia universitaria, siempre que no afecte el normal funcionamiento del Tribunal.
  • 27. Los Magistrados del Tribunal no están sujetos a mandato imperativo, ni reciben instrucciones de ninguna autoridad. Gozan de inviolabilidad. No responden por los votos u opiniones emitidas en el ejercicio de su cargo. También gozan de inmunidad. No pueden ser detenidos ni procesados sin autorización del pleno del Tribunal, salvo flagrante delito.
  • 28. Los Magistrados del Tribunal, en pleno y mediante votación secreta, eligen, entre sus miembros, al Presidente. El cargo de Presidente del Tribunal dura dos años. Puede reelegirse sólo por un año más. Por el mismo procedimiento se elige al Vicepresidente, a quien corresponde sustituir al Presidente en caso de ausencia temporal u otro impedimento. En caso de vacancia, el Vicepresidente concluye el período del Presidente; para este último caso, en defecto del Vicepresidente, el Magistrado más antiguo en el cargo y, en caso de igual antigüedad, el de mayor edad lo sustituye en caso de ausencia temporal u otro impedimento.