AMPARO CONSTITUCIONAL
UNIDAD I
TEMA III
Abog. Vanessa Ravelo
CONCEPTO
• El amparo constitucional es una acción que tutela las garantías
de los particulares establecidas en la constitución, leyes y
tratados internacionales, condenando acciones de los agresores,
bien sean ciudadanos, organizaciones públicas o privadas.
• El artículo 27 de nuestra constitución, reza que toda persona
tiene derecho a ser amparada por los tribunales en el goce y
ejercicio de los derechos y garantías constitucionales.
• El amparo constitucional es una acción que está destinada a
restablecer a través de un procedimiento breve los derechos
lesionados o amenazados de violación, siendo un instrumento
para garantizar el pacífico disfrute de los derechos y garantías
inherentes a la persona, operando la misma según su carácter de
extraordinario, sólo cuando se dan las condiciones previamente
expuestas y aceptadas como necesarias de la institución de
amparo de conformidad con la ley que rige la materia.
RESEÑA HISTÓRICA
• El origen del amparo en Venezuela, concebido como
instrumento de defensa de los derechos y libertades, es de
creación relativamente tardía, comparándolo con los
ordenamientos jurídicos de su ámbito cultural
latinoamericano.
• Las influencias más perceptibles de Amparo en nuestro
país, son la anglosajona y la tradición hispánica.
• Respecto a la primera, tiene su origen en Inglaterra
mediante el Habeas Corpus, y culmina su desarrollo con el
Estado Constitucional norteamericano, cuya influencia
penetró con gran fuerza en las nuevas repúblicas
iberoamericanas durante los primeros años de la vida de
éstas.
RESEÑA HISTÓRICA
• De ésta manera, podemos señalar que los
antecedentes del amparo constitucional en
Venezuela datan en principio de 1947.
• La Constitución del 23 de Enero de 1961
consagra el amparo constitucional en los
artículos 49 y 50, dentro de los llamados
derechos o disposiciones generales que
engloban los artículos 43 al 50.
NATURALEZA JURÍDICA
• La primera ley de Amparo y Garantías Constitucionales apareció
publicada en la Gaceta Oficial de la República de Venezuela nro.
33.891 de fecha 22 de Enero de 1988. La misma sufrió una reforma
circunscrita únicamente al texto del artículo 8 y se publicó en
Gaceta Oficial nro. 34.060, del 27 de Septiembre de 1988.
• Al dictarse la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela
en 1999, ésta establece nuevos principios procesales destinados a
garantizar la protección de los derechos de las partes en proceso,
pero tales disposiciones resultan muchas veces, incompatibles con
la dictada Ley de Amparo y Garantías Constitucionales, por ello,
esta ley ha sido objeto de innumerables interpretaciones y
modificaciones por vía jurisprudencial, situación que se mantendrá
hasta tanto sea dictada una nueva ley especial de amparo.
IMPORTANCIA
• El Amparo Constitucional: Se puede decir que se trata de
una acción de carácter extraordinario, cuya procedencia se limita a
la violación o amenaza de violación del solicitante, de manera
directa, inmediata y flagrante, de derechos constitucionales,
derechos subjetivos de rango constitucional o previstos en
instrumentos internacionales sobre derechos humanos, para cuyo
restablecimiento no existen vías ordinarias, eficaces, idóneas y
operantes.
• Es una acción que tiende a proteger derechos constitucionales que
están siendo quebrantados o que existen amenazas de ser
vulnerados; Es una acción de carácter “extraordinaria”, pues sólo es
procedente ante vulneraciones o amenazas de menoscabo de
derechos constitucionales o derechos humanos previstos en
tratados internacionales.
IMPORTANCIA
• No procede a violaciones de normas de carácter legal,
pues para ello esta la vía ordinaria; Procede siempre y
cuando la amenaza o menoscabo de vulneración de los
derechos constitucionales sea directa, inmediata,
cierta, flagrante, no mediata o indirecta ; Procede en la
medida en que no existan vías ordinarias o
preestablecidas para restituir o evitar la vulneración
constitucional.
• Con la acción de amparo se busca restablecer la
situación jurídica infringida ; Debe ser tramitada a
través de un procedimiento breve, sumario, expedito y
oral, lo cual se traduce en su informalidad ; Es una
acción netamente jurisdiccional.
CARACTERÍSTICAS
• 1)El procedimiento de amparo constitucional será oral, público,
breve, gratuito y no sujeto a formalidades (Art 27 C.R.B.V).
• 2)La acción de amparo a la libertad o seguridad, podrá ser impuesta
por cualquier persona, y el detenido o detenida será puesta bajo la
custodia del tribunal de manera inmediata, sin dilación alguna.
• 3)Se caracteriza por la moral y la ausencia de formalidades en los
procedimientos
• 4)Los derechos y garantías amparados en el ordenamiento jurídico
y en el derecho internacional público son imprescriptibles e
irrenunciables, y están regidos por el principio de progresividad.
• 5)En su tramitación se aplica el principio de la simplicidad.
• 6)Su tramitación debe garantizar la defensa, el debate y la prueba.
ART. 49 C.R.B.V.
• Todo proceso jurisdiccional contencioso debe ceñirse al artículo 49
de la Constitución, que impone el debido proceso, el cual; como lo
señala dicho artículo, se aplicará sin discriminación a todas las
actuaciones judiciales por lo que los elementos que conforman
dicho proceso deben estar presentes en el procedimiento de
amparo, y, por lo tanto; las normas procesales contenidas en la Ley
Orgánica de Amparo deben igualmente adecuarse a las
prescripciones del citado artículo 49 CRBV.
• En consecuencia, el agraviante, tiene derecho a que se le oiga a fin
de defenderse, lo que involucra que se le notifique efectivamente
de la solicitud de amparo; de disponer del tiempo, así sea breve;
para preparar su defensa; de la posibilidad, que tienen todas las
partes, de contradecir y controlar los medios de prueba ofrecidos
por el promoviente, y por esto, el procedimiento de las acciones de
amparo deberá contener los elementos que conforman el debido
proceso.
HABEAS CORPUS
• El antecedente más remoto del Habeas Corpus podemos
encontrarlo en la época imperial de la antigua Roma.
• El Interdicto de homine libero exhibendo que tenían establecido los
romanos, tenía por objeto exhibir al hombre libre que se retiene
con dolo (Quem liberum dolo malo retines, exhibeas), y se otorgaba
contra todo particular que restringiera en su libertad a una persona
que tenía derecho al goce de ella.
• El Constitucionalismo Moderno se ha caracterizado por tener un
objetivo fundamental: el reconocimiento y la protección de la vida y
la libertad de los ciudadanos. Las constituciones que son
verdaderamente tales, se caracterizan por establecer un sistema
jurídico y político que garantiza la libertad de los ciudadanos, y esto
supone, por consiguiente, algo más que una mera racionalización
de los centros de poder.
HABEAS CORPUS
• Para Fernando Fernández; el habeas corpus consiste en un
procedimiento constitucional breve, directo y efectivo mediante el
cual el juez penal competente y del lugar, revisa si una detención es
ilegal o no. Se trata de un proceso especialísimo que protege la
libertad personal frente a los abusos de los funcionarios y del
Estado mismo en perjuicio de los ciudadanos.
• El Recurso de Habeas Corpus, es un recurso legal que sirve para
defender a alguien de la detención arbitraria, los malos tratos, la
tortura y la incomunicación. En otras palabras, es un procedimiento
breve y sencillo que puede ser solicitado por cualquier persona, sin
necesidad de la asistencia de un abogado. Por consiguiente, puede
utilizarse incluso durante estados de emergencia o durante los
decretos de suspensión de garantías constitucionales.
HABEAS CORPUS
• Adicionalmente, Palabras latinas, y ya españolas y
universales, que significa literalmente: “que traigas tu
cuerpo” o “que tengas tu cuerpo”. Con éstos dos
vocablos comienza la famosa Ley Inglesa, votada por
el parlamento en 1679, como garantía suprema de la
libertad individual, entre los sistemas de Derecho y
Democracia. Con esta apreciación, podemos ver
desde cuando comienza en sí el Habeas Corpus.
• Bajo estas teorías, a ninguna persona se le puede
negar, privar o restringir su libertad, o también, si se
viere amenazada en su seguridad personal, con
violación de las garantías constitucionales.
HABEAS CORPUS
• Con el recurso de Hábeas Corpus, reconocido en el artículo 27 de la
Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, se puede garantizar
que una autoridad judicial conozca la detención arbitraria de la persona y,
en consecuencia, ordene su libertad.
• También nos protege contra la incomunicación y la tortura practicada por
alguna autoridad estatal. Posteriormente, encontramos también el
Artículo 281.3 de esta misma Constitución lo referente al Amparo en
Inconstitucionalidad, dice …. ”interponer las acciones de
inconstitucionalidad, Amparo, Habeas Corpus, habeas data y las demás
acciones o recursos necesarios para ejercer las atribuciones……., cuando
fuere procedente de conformidad con la Ley”.
• Y también expresa lo relacionado al arresto sin orden del Juez o jueza, el
Artículo 44, numeral 1 …”Ninguna persona puede ser arrestada o detenida
sino en virtud de una orden judicial, a menos que sea sorprendida in
fraganti. En este caso, será llevada ante una autoridad judicial en un
tiempo no mayor de cuarenta y ocho horas a partir del momento de la
detención. Será juzgada en libertad, excepto por las razones determinadas
por la ley y apreciadas por el juez o jueza en cada caso”
HABEAS CORPUS
• Con el recurso de Hábeas Corpus, reconocido en el artículo 27 de la
Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, se puede garantizar
que una autoridad judicial conozca la detención arbitraria de la persona y,
en consecuencia, ordene su libertad.
• También nos protege contra la incomunicación y la tortura practicada por
alguna autoridad estatal. Posteriormente, encontramos también el
Artículo 281.3 de esta misma Constitución lo referente al Amparo en
Inconstitucionalidad, dice …. ”interponer las acciones de
inconstitucionalidad, Amparo, Habeas Corpus, habeas data y las demás
acciones o recursos necesarios para ejercer las atribuciones……., cuando
fuere procedente de conformidad con la Ley”.
• Y también expresa lo relacionado al arresto sin orden del Juez o jueza, el
Artículo 44, numeral 1 …”Ninguna persona puede ser arrestada o detenida
sino en virtud de una orden judicial, a menos que sea sorprendida in
fraganti. En este caso, será llevada ante una autoridad judicial en un
tiempo no mayor de cuarenta y ocho horas a partir del momento de la
detención. Será juzgada en libertad, excepto por las razones determinadas
por la ley y apreciadas por el juez o jueza en cada caso”
HABEAS DATA
• El derecho de habeas data o el acceso a la información
personal, tipificado en la vigente Constitución que data
del año 1999, surgió como un proceso constitucional
especializado para la protección de derechos y
garantías en relación a la libertad de información sobre
los particulares, sus antecedentes históricos se
remontan a los intentos por preservar esferas
personales de injerencias o perturbaciones externas no
deseadas, a fin de preservar la privacidad o intimidad
personal, evolucionando hasta llegar a la defensa
frente a los riesgos del almacenamiento, registro y
utilización de datos.
HABEAS DATA
• Igualmente, se destaca el origen etimológico de la
palabra habeas data, a saber que Habeas, se refiera a la
segunda persona del subjuntivo de habeo o habere,
que significa “tengas en su posesión”, que es una de las
acepciones del verbo; y Data, proveniente del inglés
que quiere decir datos, acusativo plural de “datum”,
definido por los diccionarios más modernos como “la
representación convencional de hechos, conceptos o
instrucciones de forma apropiada para la comunicación
y procesamiento por medios automáticos”; por lo que
se podría afirmar que dicha figura significa:
“téngase en su posesión los registros o los datos”.
HABEAS DATA
• En nuestra legislación nacional, el artículo 28 de
la Constitución de la República Bolivariana de
Venezuela (1999), consagra el Habeas Data.
• Plantea Carbonel, E. (2005), que la acción en
cuestión se caracteriza en proteger al individuo
contra la invasión de su intimidad, su privacidad y
honor, a conocer, rectificar, suprimir y prohibir la
divulgación de determinados datos, evitando
calificaciones discriminatorias o erróneas que
puedan perjudicarlo.
HABEAS DATA
• Mediante este procedimiento se garantiza a toda persona a
acceder a información sobre si misma o sus bienes
contenida en bases de datos o registros públicos o privados
y, en el supuesto de que fuera necesario, actualizarla,
rectificarla o destruirla. Esta acción adquiere una
importancia aun mayor con el avance de nuevas
tecnologías, con la expansión en el uso de la computación e
Internet, tanto el Estado como el sector privado tienen a su
disposición en forma rápida una gran cantidad de
información sobre las personas.
• Puede interponer la acción toda persona, con el objeto de
conocer los datos a ella referidos y la finalidad de su
almacenamiento, y exigir la supresión, rectificación,
confidencialidad o actualización de esos datos.

Unidad i tema iii amparo constitucional

  • 1.
    AMPARO CONSTITUCIONAL UNIDAD I TEMAIII Abog. Vanessa Ravelo
  • 2.
    CONCEPTO • El amparoconstitucional es una acción que tutela las garantías de los particulares establecidas en la constitución, leyes y tratados internacionales, condenando acciones de los agresores, bien sean ciudadanos, organizaciones públicas o privadas. • El artículo 27 de nuestra constitución, reza que toda persona tiene derecho a ser amparada por los tribunales en el goce y ejercicio de los derechos y garantías constitucionales. • El amparo constitucional es una acción que está destinada a restablecer a través de un procedimiento breve los derechos lesionados o amenazados de violación, siendo un instrumento para garantizar el pacífico disfrute de los derechos y garantías inherentes a la persona, operando la misma según su carácter de extraordinario, sólo cuando se dan las condiciones previamente expuestas y aceptadas como necesarias de la institución de amparo de conformidad con la ley que rige la materia.
  • 3.
    RESEÑA HISTÓRICA • Elorigen del amparo en Venezuela, concebido como instrumento de defensa de los derechos y libertades, es de creación relativamente tardía, comparándolo con los ordenamientos jurídicos de su ámbito cultural latinoamericano. • Las influencias más perceptibles de Amparo en nuestro país, son la anglosajona y la tradición hispánica. • Respecto a la primera, tiene su origen en Inglaterra mediante el Habeas Corpus, y culmina su desarrollo con el Estado Constitucional norteamericano, cuya influencia penetró con gran fuerza en las nuevas repúblicas iberoamericanas durante los primeros años de la vida de éstas.
  • 4.
    RESEÑA HISTÓRICA • Deésta manera, podemos señalar que los antecedentes del amparo constitucional en Venezuela datan en principio de 1947. • La Constitución del 23 de Enero de 1961 consagra el amparo constitucional en los artículos 49 y 50, dentro de los llamados derechos o disposiciones generales que engloban los artículos 43 al 50.
  • 5.
    NATURALEZA JURÍDICA • Laprimera ley de Amparo y Garantías Constitucionales apareció publicada en la Gaceta Oficial de la República de Venezuela nro. 33.891 de fecha 22 de Enero de 1988. La misma sufrió una reforma circunscrita únicamente al texto del artículo 8 y se publicó en Gaceta Oficial nro. 34.060, del 27 de Septiembre de 1988. • Al dictarse la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en 1999, ésta establece nuevos principios procesales destinados a garantizar la protección de los derechos de las partes en proceso, pero tales disposiciones resultan muchas veces, incompatibles con la dictada Ley de Amparo y Garantías Constitucionales, por ello, esta ley ha sido objeto de innumerables interpretaciones y modificaciones por vía jurisprudencial, situación que se mantendrá hasta tanto sea dictada una nueva ley especial de amparo.
  • 6.
    IMPORTANCIA • El AmparoConstitucional: Se puede decir que se trata de una acción de carácter extraordinario, cuya procedencia se limita a la violación o amenaza de violación del solicitante, de manera directa, inmediata y flagrante, de derechos constitucionales, derechos subjetivos de rango constitucional o previstos en instrumentos internacionales sobre derechos humanos, para cuyo restablecimiento no existen vías ordinarias, eficaces, idóneas y operantes. • Es una acción que tiende a proteger derechos constitucionales que están siendo quebrantados o que existen amenazas de ser vulnerados; Es una acción de carácter “extraordinaria”, pues sólo es procedente ante vulneraciones o amenazas de menoscabo de derechos constitucionales o derechos humanos previstos en tratados internacionales.
  • 7.
    IMPORTANCIA • No procedea violaciones de normas de carácter legal, pues para ello esta la vía ordinaria; Procede siempre y cuando la amenaza o menoscabo de vulneración de los derechos constitucionales sea directa, inmediata, cierta, flagrante, no mediata o indirecta ; Procede en la medida en que no existan vías ordinarias o preestablecidas para restituir o evitar la vulneración constitucional. • Con la acción de amparo se busca restablecer la situación jurídica infringida ; Debe ser tramitada a través de un procedimiento breve, sumario, expedito y oral, lo cual se traduce en su informalidad ; Es una acción netamente jurisdiccional.
  • 8.
    CARACTERÍSTICAS • 1)El procedimientode amparo constitucional será oral, público, breve, gratuito y no sujeto a formalidades (Art 27 C.R.B.V). • 2)La acción de amparo a la libertad o seguridad, podrá ser impuesta por cualquier persona, y el detenido o detenida será puesta bajo la custodia del tribunal de manera inmediata, sin dilación alguna. • 3)Se caracteriza por la moral y la ausencia de formalidades en los procedimientos • 4)Los derechos y garantías amparados en el ordenamiento jurídico y en el derecho internacional público son imprescriptibles e irrenunciables, y están regidos por el principio de progresividad. • 5)En su tramitación se aplica el principio de la simplicidad. • 6)Su tramitación debe garantizar la defensa, el debate y la prueba.
  • 9.
    ART. 49 C.R.B.V. •Todo proceso jurisdiccional contencioso debe ceñirse al artículo 49 de la Constitución, que impone el debido proceso, el cual; como lo señala dicho artículo, se aplicará sin discriminación a todas las actuaciones judiciales por lo que los elementos que conforman dicho proceso deben estar presentes en el procedimiento de amparo, y, por lo tanto; las normas procesales contenidas en la Ley Orgánica de Amparo deben igualmente adecuarse a las prescripciones del citado artículo 49 CRBV. • En consecuencia, el agraviante, tiene derecho a que se le oiga a fin de defenderse, lo que involucra que se le notifique efectivamente de la solicitud de amparo; de disponer del tiempo, así sea breve; para preparar su defensa; de la posibilidad, que tienen todas las partes, de contradecir y controlar los medios de prueba ofrecidos por el promoviente, y por esto, el procedimiento de las acciones de amparo deberá contener los elementos que conforman el debido proceso.
  • 10.
    HABEAS CORPUS • Elantecedente más remoto del Habeas Corpus podemos encontrarlo en la época imperial de la antigua Roma. • El Interdicto de homine libero exhibendo que tenían establecido los romanos, tenía por objeto exhibir al hombre libre que se retiene con dolo (Quem liberum dolo malo retines, exhibeas), y se otorgaba contra todo particular que restringiera en su libertad a una persona que tenía derecho al goce de ella. • El Constitucionalismo Moderno se ha caracterizado por tener un objetivo fundamental: el reconocimiento y la protección de la vida y la libertad de los ciudadanos. Las constituciones que son verdaderamente tales, se caracterizan por establecer un sistema jurídico y político que garantiza la libertad de los ciudadanos, y esto supone, por consiguiente, algo más que una mera racionalización de los centros de poder.
  • 11.
    HABEAS CORPUS • ParaFernando Fernández; el habeas corpus consiste en un procedimiento constitucional breve, directo y efectivo mediante el cual el juez penal competente y del lugar, revisa si una detención es ilegal o no. Se trata de un proceso especialísimo que protege la libertad personal frente a los abusos de los funcionarios y del Estado mismo en perjuicio de los ciudadanos. • El Recurso de Habeas Corpus, es un recurso legal que sirve para defender a alguien de la detención arbitraria, los malos tratos, la tortura y la incomunicación. En otras palabras, es un procedimiento breve y sencillo que puede ser solicitado por cualquier persona, sin necesidad de la asistencia de un abogado. Por consiguiente, puede utilizarse incluso durante estados de emergencia o durante los decretos de suspensión de garantías constitucionales.
  • 12.
    HABEAS CORPUS • Adicionalmente,Palabras latinas, y ya españolas y universales, que significa literalmente: “que traigas tu cuerpo” o “que tengas tu cuerpo”. Con éstos dos vocablos comienza la famosa Ley Inglesa, votada por el parlamento en 1679, como garantía suprema de la libertad individual, entre los sistemas de Derecho y Democracia. Con esta apreciación, podemos ver desde cuando comienza en sí el Habeas Corpus. • Bajo estas teorías, a ninguna persona se le puede negar, privar o restringir su libertad, o también, si se viere amenazada en su seguridad personal, con violación de las garantías constitucionales.
  • 13.
    HABEAS CORPUS • Conel recurso de Hábeas Corpus, reconocido en el artículo 27 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, se puede garantizar que una autoridad judicial conozca la detención arbitraria de la persona y, en consecuencia, ordene su libertad. • También nos protege contra la incomunicación y la tortura practicada por alguna autoridad estatal. Posteriormente, encontramos también el Artículo 281.3 de esta misma Constitución lo referente al Amparo en Inconstitucionalidad, dice …. ”interponer las acciones de inconstitucionalidad, Amparo, Habeas Corpus, habeas data y las demás acciones o recursos necesarios para ejercer las atribuciones……., cuando fuere procedente de conformidad con la Ley”. • Y también expresa lo relacionado al arresto sin orden del Juez o jueza, el Artículo 44, numeral 1 …”Ninguna persona puede ser arrestada o detenida sino en virtud de una orden judicial, a menos que sea sorprendida in fraganti. En este caso, será llevada ante una autoridad judicial en un tiempo no mayor de cuarenta y ocho horas a partir del momento de la detención. Será juzgada en libertad, excepto por las razones determinadas por la ley y apreciadas por el juez o jueza en cada caso”
  • 14.
    HABEAS CORPUS • Conel recurso de Hábeas Corpus, reconocido en el artículo 27 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, se puede garantizar que una autoridad judicial conozca la detención arbitraria de la persona y, en consecuencia, ordene su libertad. • También nos protege contra la incomunicación y la tortura practicada por alguna autoridad estatal. Posteriormente, encontramos también el Artículo 281.3 de esta misma Constitución lo referente al Amparo en Inconstitucionalidad, dice …. ”interponer las acciones de inconstitucionalidad, Amparo, Habeas Corpus, habeas data y las demás acciones o recursos necesarios para ejercer las atribuciones……., cuando fuere procedente de conformidad con la Ley”. • Y también expresa lo relacionado al arresto sin orden del Juez o jueza, el Artículo 44, numeral 1 …”Ninguna persona puede ser arrestada o detenida sino en virtud de una orden judicial, a menos que sea sorprendida in fraganti. En este caso, será llevada ante una autoridad judicial en un tiempo no mayor de cuarenta y ocho horas a partir del momento de la detención. Será juzgada en libertad, excepto por las razones determinadas por la ley y apreciadas por el juez o jueza en cada caso”
  • 15.
    HABEAS DATA • Elderecho de habeas data o el acceso a la información personal, tipificado en la vigente Constitución que data del año 1999, surgió como un proceso constitucional especializado para la protección de derechos y garantías en relación a la libertad de información sobre los particulares, sus antecedentes históricos se remontan a los intentos por preservar esferas personales de injerencias o perturbaciones externas no deseadas, a fin de preservar la privacidad o intimidad personal, evolucionando hasta llegar a la defensa frente a los riesgos del almacenamiento, registro y utilización de datos.
  • 16.
    HABEAS DATA • Igualmente,se destaca el origen etimológico de la palabra habeas data, a saber que Habeas, se refiera a la segunda persona del subjuntivo de habeo o habere, que significa “tengas en su posesión”, que es una de las acepciones del verbo; y Data, proveniente del inglés que quiere decir datos, acusativo plural de “datum”, definido por los diccionarios más modernos como “la representación convencional de hechos, conceptos o instrucciones de forma apropiada para la comunicación y procesamiento por medios automáticos”; por lo que se podría afirmar que dicha figura significa: “téngase en su posesión los registros o los datos”.
  • 17.
    HABEAS DATA • Ennuestra legislación nacional, el artículo 28 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (1999), consagra el Habeas Data. • Plantea Carbonel, E. (2005), que la acción en cuestión se caracteriza en proteger al individuo contra la invasión de su intimidad, su privacidad y honor, a conocer, rectificar, suprimir y prohibir la divulgación de determinados datos, evitando calificaciones discriminatorias o erróneas que puedan perjudicarlo.
  • 18.
    HABEAS DATA • Medianteeste procedimiento se garantiza a toda persona a acceder a información sobre si misma o sus bienes contenida en bases de datos o registros públicos o privados y, en el supuesto de que fuera necesario, actualizarla, rectificarla o destruirla. Esta acción adquiere una importancia aun mayor con el avance de nuevas tecnologías, con la expansión en el uso de la computación e Internet, tanto el Estado como el sector privado tienen a su disposición en forma rápida una gran cantidad de información sobre las personas. • Puede interponer la acción toda persona, con el objeto de conocer los datos a ella referidos y la finalidad de su almacenamiento, y exigir la supresión, rectificación, confidencialidad o actualización de esos datos.