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UNIVERSIDAD NACIONAL DE CHIMBORAZO
FACULTAD DE CIENCIAS DE LA EDUCACIÓN,
HUMANAS Y TECNOLOGÍAS
ESCUELA DE PSICOLOGIA EDUCATIVA
NOMBRE:
GLENDA CHACHA
TEMA :
TRABAJO DE LA UNIDAD 2
Docente:
PATRICIO TOBAR
Periodo:
2015-2016
1
INVESTIGAR
ANTECEDENTES,
HASTA LA
ACTUALIDAD QUE
ORGANISMOS DE
GOBIERNO EVALUAN
LAS CARRERAS DE
LAS UNIVERSIDADES
DEL PAIS
2
CONSEJO NACIONAL DE EVALUACIÓN Y ACREDITACIÓN
EL SISTEMA NACIONAL DE EVALUACIÓN
Y ACREDITACIÓN DE LA EDUCACIÓN
SUPERIOR
ESTRUCTURA, POLÍTICAS, ESTRATEGIAS, PROCESOS Y
PROYECCIONES
Septiembre, 2003
3
Asistencia Técnica UNESCO/IESALC
4
I E S A L C
LA CALIDAD EN LA UNIVERSIDAD ECUATORIANALA CALIDAD EN LA UNIVERSIDAD ECUATORIANA
PRINCIPIOS, CARACTERÍSTICAS Y ESTÁNDARES DE
CALIDAD
1. BASE LEGAL DEL SISTEMA DE EVALUACIÓN Y
ACREDITACIÓN.-
1.1. ANTECEDENTES
Probablemente, el proceso más significativo de transformación, que inició la
Universidad ecuatoriana en la última década del siglo anterior, fue la apertura
a la aceptación de criterios de rendición social de cuentas, evaluación y
acreditación de las Instituciones de Educación Superior. Esta iniciativa
trascendió a la sociedad ecuatoriana provocando una reacción positiva y
entusiasta en todos los sectores que la constituyen, reconociendo en ella una
respuesta largamente esperada para sus demandas de transparencia
respecto al quehacer educativo de las instituciones de educación superior; así
como, la identificación de un camino viable para alcanzar la excelencia
académica que el país percibe de igual manera como indispensable, para
acceder a su pleno desarrollo y a niveles apropiados de competitividad en un
mundo cada vez más globalizado.
Correspondió al Consejo Nacional de Universidades y Escuelas Politécnicas
(CONUEP), en funcionamiento de entonces, el liderazgo para introducir esos
innovadores conceptos, que arraigaron en la comunidad académica nacional,
gracias a varios años de amplio y participativo debate en numerosos eventos
que fueron organizados y auspiciados por el propio CONUEP, así como por
varias instituciones universitarias y politécnicas, comprometidas
profundamente con la transformación de la Educación Superior.
Es importante establecer el alcance que tiene la rendición financiera de
cuentas y la rendición social de cuentas. La rendición financiera de cuentas
es un proceso mediante el cual, las instituciones y entidades públicas y
privadas, a través de la Contraloría General del Estado, rinden cuentas sobre
sus ingresos, gastos, inversión, utilización de recursos administrativos y
custodia de bienes. En el caso de las instituciones del sector público la
5
rendición financiera de cuentas se realiza sobre la totalidad de sus recursos y
bienes. En el caso de entidades de derecho privado, exclusivamente
respecto de los bienes, rentas u otros subvenciones de carácter público que
reciban.
La rendición social de cuentas es un proceso mediante el cual, una
institución de educación superior, pone en conocimiento de la sociedad, en
términos de transparencia, todas las actividades que desarrolla y los servicios
que ofrece, demostrando que son pertinentes y de calidad.
Las instituciones de educación superior están moral y legalmente obligadas a
rendir cuentas, para transparentar a la sociedad la integridad institucional y la
calidad de todos sus haceres en concordancia con los propósitos y objetivos
del Sistema de Educación Superior, las necesidades nacionales y las
declaraciones de su propia misión de acuerdo al Art. 70 de la Constitución.
En ese proceso el SEAES es el garante de la calidad de las instituciones
ante la opinión pública, es el que avaliza la fe pública, a través del sello de
calidad que es la acreditación, como lo establece el Art. 79 de la misma
Constitución.
1.2. FUNDAMENTO CONSTITUCIONAL
La Constitución Política de la República del Ecuador, promulgada en el
Registro Oficial No. 01 del 11 de agosto de 1998, en su Art. 79, como uno de
los postulados para impulsar y desarrollar la calidad académica a través de la
excelencia, establece como mandato constitucional lo siguiente: “Para
asegurar los objetivos de calidad, las instituciones de educación superior
estarán obligadas a la rendición social de cuentas, para lo cual se establecerá
un sistema autónomo de evaluación y acreditación, que funcionará en forma
independiente, en cooperación y coordinación con el Consejo Nacional de
Educación Superior”.
La aplicación de este mandato constitucional, rige para todas las
universidades y escuelas politécnicas legalmente establecidas en el país, así
como para los institutos superiores técnicos y tecnológicos autorizados de
acuerdo con la ley. Ninguna de las instituciones de educación superior,
puede quedarse al margen de la evaluación y de la acreditación.
6
7
1.3. MARCO LEGAL
La Ley Orgánica de Educación Superior, aprobada mediante Ley No. 16,
publicada en el Registro Oficial No. 77, del 15 de mayo del 2000, en el Art. 90,
señala: “Se establece el Sistema Nacional de Evaluación y Acreditación de la
Educación Superior, que funcionará en forma autónoma e independiente, en
coordinación con el CONESUP. Al Sistema, que integrará la autoevaluación
institucional, la evaluación externa y la acreditación, deberán incorporarse en
forma obligatoria las universidades, las escuelas politécnicas y los institutos
superiores técnicos y tecnológicos del país”.
Concomitantemente con la disposición de la Carta Suprema, la Ley Orgánica
de Educación Superior ratifica el establecimiento del Sistema Nacional de
Evaluación y Acreditación, como un organismo eminentemente autónomo e
independiente. Sus relaciones con el CONESUP serán de coordinación,
cooperación y de plena armonía. El proceso de autoevaluación incorporado
por la ley, constituye un requisito "sine qua non" para acceder a la evaluación
externa y la acreditación, prescritas en la Carta Magna y ratificadas por la
Ley.
El inciso segundo del Art. 90 de la misma Ley dispone que “El Sistema se
regirá por su propio reglamento”. La expedición de este Reglamento es
atribución del Presidente de la República, de conformidad con el Art. 171,
numeral 5 de la Carta Magna.
El Art. 92 de la citada Ley indica: “El Sistema Nacional de Evaluación y
Acreditación de la Educación Superior estará dirigido por el Consejo Nacional
de Evaluación y Acreditación, que se establece como organismo
independiente del CONESUP…”
Así como el Sistema Nacional de Educación Superior está dirigido por el
Consejo Nacional de Educación Superior (CONESUP), así también, el
Sistema Nacional de Evaluación y Acreditación de la Educación Superior
(SEAES), se encuentra dirigido por el Consejo Nacional de Evaluación y
Acreditación (CONEA). Tanto el CONESUP como el CONEA, como entidades
de derecho público, funcionarán en forma autónoma e independiente,
manteniendo los principios de coordinación, cooperación y armonía, de
8
conformidad con la Constitución y la Ley; así como, de acuerdo a los
requerimientos de la comunidad universitaria.
El Art. 93 de la Ley Orgánica de Educación Superior establece como
funciones del Consejo Nacional de Evaluación y Acreditación las siguientes:
a) “Promover la cultura de la evaluación en los organismos y las
instituciones del Sistema de Educación Superior del país;
b) Fijar las políticas de evaluación y acreditación de los centros de
educación superior;
c) Determinar las características, criterios e indicadores de calidad y los
instrumentos que han de aplicarse en la evaluación externa;
d) Definir los términos de referencia básicos de la autoevaluación de los
organismos y las instituciones del Sistema Nacional de Educación
Superior;
e) Elaborar las normas, guías y documentación técnica necesarios para
la ejecución de los procesos de autoevaluación, evaluación externa y
acreditación;
f) Designar a los miembros del Comité Técnico de Evaluación y
Acreditación;
g) Calificar, previo concurso, a las instituciones y consultores
especializados, nacionales o internacionales, para la ejecución de
procesos de evaluación externa y acreditación de los centros de
educación superior;
h) Vigilar que los procesos de evaluación interna y externa se realicen de
conformidad con las normas y procedimientos que para el efecto se
establezcan y garantizar que sus resultados sean fruto de una
absoluta independencia e imparcialidad;
9
i) Conocer y resolver sobre los informes y recomendaciones derivados
de los procesos de evaluación;
j) Otorgar certificados de acreditación institucional, por programas y por
carreras, a los centros de educación superior y unidades académicas
que hayan cumplido con todos los requisitos exigidos para el efecto.
Este certificado de acreditación tendrá carácter temporal;
1.4. BASE REGLAMENTARIA
Para dar lugar a la aplicación del Art. 90 y siguientes de la Ley Orgánica de
Educación Superior, el Gobierno Constitucional de la República del Ecuador,
presidido por el doctor Gustavo Noboa Bejarano, mediante Decreto Ejecutivo
No. 3093, publicado en el Registro Oficial No. 666, del 19 de septiembre del
2002, promulgó el Reglamento General del Sistema Nacional de Evaluación y
Acreditación de la Educación Superior.
El Art. 8 de este Reglamento establece: “Son funciones del Consejo Nacional
de Evaluación y Acreditación, además de las establecidas en el artículo 93 de
la Ley Orgánica de Educación Superior:
a) Aprobar su presupuesto;
b) Aprobar el Orgánico Estructural y Funcional del Consejo Nacional de
Evaluación y Acreditación;
c) Aprobar los reglamentos especiales que señale la ley;
d) Adjudicar previo informe del Comité Técnico, la ejecución de los
trabajos previstos en el Art. 93, literal g) de la Ley Orgánica de
Educación Superior, así como los trabajos de consultoría requeridos
para llevar adelante el proceso de evaluación y acreditación de la
educación superior;
e) Preparar y ejecutar planes de capacitación para formar especialistas
en evaluación de la educación superior; y.
Emitir los informes y documentos de trabajo de acuerdo con la ley y los
10
reglamentos”.
2. ESTRUCTURA DEL SISTEMA DE EVALUACIÓN Y
ACREDITACIÓN DE LA EDUCACIÓN SUPERIOR (SEAES).-
El Sistema Nacional de Evaluación y Acreditación de la Educación Superior, se
integra con los siguientes elementos:
a) El componente institucional: Universidades, escuelas politécnicas e institutos
superiores, técnicos y tecnológicos.
b) El organismo acreditador: Consejo Nacional de Evaluación y Acreditación
(CONEA)
c) El componente legal: Constitución Política de la República, Ley Orgánica de
Educación Superior, Reglamento General del Sistema Nacional de
Evaluación y Acreditación y otros reglamentos.
d) El componente técnico: Características y estándares de calidad, guías de
autoevaluación, manual de evaluación externa y otros instructivos y
documentos técnicos.
e) Los procesos de evaluación y acreditación.
f) Los usos y beneficios de la evaluación y acreditación.
3. ESTRUCTURA DEL CONSEJO NACIONAL DE EVALUACIÓN
Y ACREDITACIÓN (CONEA).-
El Sistema Nacional de Evaluación y Acreditación de la Educación Superior del
Ecuador de acuerdo al Art. 92 de la LOES, está dirigido por el Consejo Nacional
de Evaluación y Acreditación (CONEA), el cual está compuesto por:
11
a) “Dos académicos designados por el Presidente de la República, de ternas
elaboradas por la Asamblea Universitaria, calificados por el Consejo
Nacional de Educación Superior (CONESUP), de fuera de su seno;
b) Dos académicos designados por el Congreso Nacional, de ternas elaboradas
por la Asamblea Universitaria, calificadas por el CONESUP, de fuera de su
seno, uno de ellos podrá ser el candidato propuesto por las federaciones
nacionales de estudiantes públicos y particulares;
c) Un vocal designado por el Ministerio de Educación y Cultura;
d) Un vocal designado por las federaciones nacionales de los colegios
profesionales del país;
e) Un vocal designado por el organismo estatal de ciencia y tecnología; y,
f) Un vocal designado por la Federación de Cámaras de la Producción.”
El Presidente es elegido de entre los miembros del Consejo Nacional de
Evaluación y Acreditación. La calidad de miembros del Consejo está regulada
por la Constitución Política del Estado y la Ley de Educación Superior.
El Consejo Nacional de Evaluación y Acreditación cuenta con un organismo
técnico – académico, la Secretaría Técnica y esta a su vez con la Secretaría
General y el Comité Técnico de Evaluación y Acreditación.
El Comité Técnico que es el organismo encargado del asesoramiento y
sistematización de la evaluación, acreditación y control de los procesos está
integrado por siete académicos de diferentes especialidades profesionales con
más de diez años de docencia, preferentemente con título de postgrado (maestría
o Ph.D.) y con capacitación y experiencia en los procesos de evaluación y
acreditación. Dos de ellos son el Director de Evaluación y el Director de
Acreditación, los cinco académicos restantes son designados por el Consejo
mediante un proceso de selección reglamentado especialmente por el Consejo.
Una síntesis de la base constitucional, legal y reglamentaria que sustenta el
presente documento técnico se presenta en el anexo 1.
12
La estructura y funciones de la Secretaría Técnica están determinadas en el
Reglamento Interno y se representan en el organigrama ( ver gráfico 1).
13
Gráfico 1. ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL DEL CONEA
COMISIONES PERMANENTES
Y ESPECIALES ASESORAS
COMITÉ TÉCNICO
ASESORÍA JURÍDICA
AUDITORIA INTERNA
PRESIDENTE
CONSEJO
SECRETARIA GENERAL
INFORMÁTICA
PERSONAL Y SERVICIOS
GENERALES
TESORERÍA BIENES
DPTO. FINANCIERO
CONTABILIDAD
PLANIFICACIÓN
COORD. Y COOP. INTER.
DPTO. EVALUACION DPTO. ACREDITACION
PRESUPUESTO
14
4. LAS INSTITUCIONES DE EDUCACIÓN SUPERIOR COMO
SISTEMA VINCULADO CON LA SOCIEDAD.-
Los centros de educación superior, y en especial las universidades, son organizaciones
que provienen del entorno social en que están inscritas y responden a sus
características, intereses y evolución histórica, incluso de determinados segmentos de
la sociedad, ello explica fehacientemente porque no hay dos universidades o
instituciones de educación superior iguales, quizá ni semejantes. Las numerosas y
variadas interacciones que a lo largo de la vida institucional se han producido con el
medio, han modelado sus fines y propósitos, incidido determinantemente en su oferta
académica y orientado sostenidamente el rumbo de sus actividades investigativas.
La razón de ser de las instituciones de educación superior ecuatorianas, no es otra,
que dar respuesta a las necesidades de la sociedad, así como atender con pertinencia
y oportunidad a una serie de demandas de ésta, relacionadas fundamentalmente con
la formación de recursos humanos y la solución de los problemas que la aquejan a
través de la investigación, cuyos productos están llamados a generar procesos de
cambio y desarrollo de la colectividad, para proveer de progreso y bienestar a las
personas.
Para que los servicios que entregan las instituciones del sistema de educación superior
a la sociedad sean de calidad, se debe conocer el tipo de sociedad que necesitamos;
y, en función de ello, saber que tipo de hombre y mujer se requiere formar. Esto nos
lleva a pensar en la necesidad de conocer a profundidad las demandas de esa
sociedad y el rol que cumplen sus componentes como son el Estado, la empresa y
otras organizaciones sociales.
Tal situación demanda una constante vinculación y diálogo entre las instituciones de
educación superior y la colectividad, para reflexionar en las alternativas de desarrollo y
apoyarse mutuamente en la difícil tarea de contribuir desde sus competencias a la
construcción de un futuro mejor.
15
Enfrentar este reto, constituye para las instituciones de educación superior un
verdadero desafío. Implica repensar el hacer institucional, planificar y desarrollar sus
procesos en forma más eficiente y eficaz. Significa revisar su Visión, Misión, sus
objetivos y propósitos constante y sistemáticamente, en función de país.
En el gráfico 2 se presenta la visión del trabajo universitario como sistema:
Gráfico 2. El trabajo universitario visto como sistema
CONTEXTO Y RECURSOS
(Entradas)
PROCESOS RESULTADOS
(Productos)
Sistema productivo del país.
Necesidades del desarrollo social
y económico del país.
Necesidades del desarrollo
científico y tecnológico y
humanístico del país y región.
Necesidades de formación de
recursos humanos para el país.
El conocimiento científico-técnico
actualizado disponible.
Recursos humanos, financieros y
físicos disponibles para la
actividad.
Formación de
recursos
humanos
Interacción
social
Investigación
científica y
tecnológica
Gestión
universitaria
Graduados
Egresados
Producción
científica y
tecnológica
Producción
para el
desarrollo
social
Planificación
Evaluación
Acreditación
Sociedad
5. LA EVALUACIÓN Y ACREDITACIÓN EN LA PROPUESTA DEL
CONEA.-
La propuesta de evaluación y acreditación del CONEA, se orienta a cumplir los
objetivos fundamentales señalados por la Ley Orgánica de Educación Superior en su
Art. 90, que hace referencia al fomento y aseguramiento de la calidad de los centros de
educación superior y viabilizar la rendición social de cuentas.
La experiencia internacional, muy rica y extendida, demuestra más allá de toda duda, la
utilidad de los procesos de evaluación y acreditación para el logro de esos propósitos,
ahora le toca al Sistema Nacional de Educación Superior, por necesario acatamiento a
16
las disposiciones legales, y por supuesto, por así convenir al desarrollo de la educación
superior del país, iniciar la aplicación de la evaluación y acreditación.
La evaluación en este documento, se plantea como un proceso de reflexión sistemático
que posibilita conocer, interpretar, comprender y explicar las distintas situaciones del
hacer universitario, y desde esa posición, emitir juicios de valor fundamentados y
adoptar decisiones orientadas a cambiar y mejorar la institución, corrigiendo errores y
fortaleciendo aciertos, superando las debilidades y apoyándose en las fortalezas, para
estructurar y consolidar un programa de mejoramiento sostenido y continuo.
Esta propuesta de evaluación y acreditación se aplicará, para la ejecución y concreción
de sus objetivos específicos, en las instituciones de educación superior, en los
programas y en las carreras.
La evaluación institucional se aplicará fundamentalmente a nivel universitario de
pregrado y en los institutos superiores técnicos y tecnológicos, en tanto que la
evaluación por programas se ejecutará en el nivel de postgrado y en la enseñanza a
distancia y virtual.
La evaluación en un proyecto de fomento y aseguramiento de la calidad, es considerada
como un proceso complejo que consta de dos fases: la autoevaluación y la evaluación
externa; cada una de ellas con diferentes actores e instancias responsables de su
planificación y ejecución. Sin embargo, es preciso que se considere a la evaluación
institucional y de programas o carreras como un todo, en el que hay dos instituciones
interactuando estrechamente: el CONEA y la Institución de Educación Superior en
17
proceso de evaluación y acreditación, ambas con el mismo objetivo primordial, el
mejoramiento de la calidad de las instituciones de educación superior, pero con roles y
responsabilidades diferentes que para alcanzar un logro exitoso, deben concretar altos
niveles de transparencia, confianza y colaboración mutua. Para hacer posible que estos
propósitos se cumplan, los procesos de evaluación en esta propuesta tienen diseñadas
unas características coherentes que se enuncian en el numeral 6, más adelante.
De acuerdo al Art. 90 de la LOES, las grandes fases del proceso de evaluación
son la autoevaluación institucional, la evaluación externa y la acreditación.
5.3 ACREDITACIÓN
La acreditación es la certificación que el Consejo Nacional de Evaluación y
Acreditación confiere a una institución, carrera, programa o unidad académica del
Sistema Nacional de Educación Superior, haciendo público al país, la claridad de su
Visión, Misión, objetivos de calidad de sus procesos académicos, la eficiencia de su
gestión, la coherencia de sus propósitos y recursos, investigación y planeamiento
que garantice un desempeño sostenido de calidad de institución acreditada.
Para extender la acreditación, el Consejo Nacional de Evaluación y Acreditación
tomará en consideración el informe de autoevaluación, el informe de evaluación
externa y el informe del Comité Técnico de evaluación y acreditación, resolverá, de
manera inapelable, sobre la solicitud de acreditación presentado por una institución
de educación superior. El Consejo Nacional de Evaluación y Acreditación podrá
resolver:
a) Conceder la acreditación a la institución solicitante; por el período de
vigencia establecido en la Ley de Educación Superior;
b) Conceder una acreditación condicionada a la introducción de los cambios
señalados en la resolución; y,
c) Negar la acreditación.
18
Cuando el Consejo Nacional de Evaluación y Acreditación conceda la acreditación
deberá publicar por una sola vez en tres diarios de circulación nacional, la
resolución fundamentada de esa acreditación.
6. ASPECTOS SUSTANTIVOS DEL PROCESO DE EVALUACIÓN Y
ACREDITACIÓN.-
Los principales aspectos que caracterizan el proceso de evaluación y acreditación
son:
a) Obligatoriedad. Esta característica guarda concordancia con el Art. 79 de la
Constitución Política de la República y el Art. 90 de la Ley Orgánica de
Educación Superior, que establece que es obligatorio para todas las
instituciones de educación superior del país, la rendición social de cuentas a
través del Sistema Nacional de Evaluación y Acreditación de la Educación
Superior. La oportunidad de acceder a los procesos de evaluación y
acreditación, es voluntaria dentro del plazo estipulado en el Art. 29 del
Reglamento General del SEAES. Inclusive, si la autoevaluación es
únicamente con fines de mejoramiento y no de acreditación, ésta es
totalmente voluntaria, donde no interviene el ente acreditador.
b) Autonomía e independencia. Los entes de evaluación y acreditación
deben ser autónomos e independientes para garantizar la imparcialidad de
sus procedimientos.
c) Contextualización. La acreditación debe tener en cuenta las características
del desarrollo del país, del Sistema Educativo y las que son propias de
cada institución y programa evaluado, así como la naturaleza de la
institución y los valores que promueve.
d) Participación. Debe garantizar la contribución democrática de los diversos
sectores universitarios en la definición de la calidad y en el proceso de
19
determinación de la misma, así como la participación de las instituciones en
la selección de los evaluadores externos.
e) Periodicidad. La evaluación universitaria debe ser permanente en la
institución. Los periodos de acreditación serán prefijados y solo variarán
cuando ocurra un cambio sustancial en la institución acreditada.
f) Flexibilidad. La evaluación y acreditación deben tomar en consideración las
características de las instituciones y de los programas, por lo tanto no se
darán procesos estandarizados ni repetitivos.
g) Intransferibilidad. La acreditación que haya obtenido una institución
universitaria un programa o carrera, no podrá ser trasladada a otra, ni
siquiera a una extensión de la propia institución.
h) Credibilidad. Los procesos de autoevaluación, evaluación externa y
acreditación, respetarán y preservarán la naturaleza y régimen jurídico de
las instituciones de educación superior, demostrarán imparcialidad y estricto
sentido ético; y se regirán preferentemente por criterios académicos y de
gestión.
i) Publicidad. Para el buen cumplimiento de sus propósitos la acreditación
deberá ser pública y respaldada o fundamentada en un resumen que
exprese las razones del Consejo Nacional de Evaluación y Acreditación para
concederla.
j) Formalización. Los procesos de autoevaluación, evaluación externa y
acreditación, están estatuidos jurídicamente en la Constitución Política del
Ecuador, en la Ley Orgánica de Educación Superior, en el Reglamento del
Sistema General de Evaluación y Acreditación de la Educación Superior y
demás instrumentos legales vigentes.
Economía. Los procesos mencionados deberán manejarse de manera eficiente, de
tal forma que prevalezca el criterio de inversión, para las instituciones de educación
superior y el Estado.
20
7. OBJETIVOS DEL SEAES.-
De acuerdo al Art. 91 de la Ley Orgánica de Educación Superior, los objetivos del
Sistema Nacional de Evaluación y Acreditación de la Educación Superior son:
a) Asegurar la calidad de las instituciones de educación superior y fomentar
procesos permanentes de mejoramiento de la calidad académica y de gestión
en los centros de educación superior, para lo cual se integrarán los procesos
de autoevaluación institucional, evaluación externa y acreditación;
b) Informar a la sociedad ecuatoriana sobre el nivel de desempeño institucional de
los establecimientos de educación superior, a fin de garantizar su calidad,
propiciando su depuración y mejoramiento;
c) Viabilizar la rendición social de cuentas del CONESUP y de los centros de
educación superior, en relación con el desarrollo integral que requiere el país y
sobre el cumplimiento de su misión, fines y objetivos;
d) Contribuir a garantizar la equivalencia de grados y títulos dentro del país e
internacionalmente; y,
e) Contribuir a que los procesos de creación de universidades, escuelas
politécnicas e institutos superiores técnicos y tecnológicos respondan a reales
necesidades de la sociedad.
8. POLÍTICAS DE EVALUACIÓN Y ACREDITACIÓN.-
Para imprimir claridad, énfasis y prioridad en el logro de los objetivos propuestos, se
han previsto las siguientes políticas:
a) Se generará y promoverá una cultura de evaluación en las instituciones de
educación superior y en su entorno, factor fundamental para el éxito del
21
Sistema, especialmente en sus primeras etapas, debido a la inexistencia de
experiencias en este campo en el país. Deberá concederse máxima prioridad y
especial énfasis a preparar actividades que conduzcan a este propósito desde
el inicio del proyecto y luego, permanentemente durante su desarrollo.
b) Se estimularán actividades y mecanismos que se orienten a favorecer,
construir y afirmar logros de calidad en el hacer universitario. La búsqueda de la
calidad y el logro de la excelencia serán guía y motivación permanente en las
acciones de todos los actores del proceso, a lo largo de la formación y
funcionamiento del Sistema Nacional de Evaluación y Acreditación de la
Educación Superior.
c) Se identificarán y aplicarán constantemente estrategias y mecanismos que se
orienten a lograr sostenidamente, el establecimiento de nuevas relaciones de
interacción con la sociedad civil y el Estado, basadas en la credibilidad,
confianza mutua y en la calidad e integridad de las instituciones de educación
superior, demostrada por medio de la acreditación.
d) Se procederá a incorporar permanentemente durante la construcción del
sistema y su funcionamiento, conceptos actualizados, procesos eficientes y
normas de calidad en la evaluación y acreditación, cuidadosamente
contextualizados a nuestra realidad.
e) Se adoptarán estrategias y procedimientos eficaces que aseguren la
credibilidad y validez nacional e internacional del Sistema Nacional de
Evaluación y Acreditación de la Educación Superior (SEAES); y, se mantendrá
sobre ellos seguimiento y evaluación permanente.
9. ESTRATEGIAS DE EVALUACIÓN Y ACREDITACIÓN.-
Para el apropiado cumplimiento de las políticas expuestas, se plantean las siguientes
estrategias:
a) La participación de los actores, individuales e institucionales, será
estimulada y garantizada en todas las fases y etapas de la evaluación y
acreditación. Solo un proceso con irrestricta participación de los estamentos
22
universitarios y de las instituciones de educación superior, en su caso, puede
garantizar su eficacia y asegurar los cambios futuros.
b) El CONEA, las universidades y escuelas politécnicas y los institutos
superiores técnicos y tecnológicos, deberán concertadamente desarrollar un
esfuerzo sistemático para formar una cultura de la evaluación en la comunidad
universitaria y en el país. Se diseñarán para eso campañas de información en los
medios de comunicación social, seminarios, cursos, conferencias, encuentros, etc.
En fin toda actividad que contribuya a este propósito.
c) Se gestionarán acuerdos y convenios interinstitucionales, tanto en el país
como en exterior, para obtener información, asesoría, pasantías y todo tipo de
colaboración que respalde y apoye el funcionamiento del CONEA y su Secretaría
Técnica con características de excelencia. Explícitamente, se harán los contactos
internacionales que permitan establecer vínculos permanentes entre el CONEA y
los sistemas internacionales de evaluación y acreditación universitaria.
d) Se buscará establecer intensos nexos de trabajo con el CONESUP y cada
una de las instituciones de educación superior para asegurar complementariedad,
coordinación y participación en las acciones.
e) El financiamiento del SEAES para ser eficaz, deberá diversificarse en su
procedencia a fin de que no provenga únicamente del Estado, para ello se
gestionarán aportes de otras fuentes en el país y en el exterior así como llevar
adelante programas de autogestión.
f) Para fomentar el interés de las instituciones de educación superior por los
proyectos de cambio producto de la evaluación y reconocer los logros alcanzados,
se gestionarán fondos para financiar esos proyectos de cambio y facilidades de
acceso a fuentes de crédito para las instituciones integrantes del sistema, entre
otras medidas de estímulo.
10. USOS Y VENTAJAS DE LA ACREDITACIÓN.-
23
Deben establecerse los usos y ventajas que las instituciones de educación superior
darán y recibirán de los productos de la evaluación y acreditación y lo que les
significará incorporarse al SEAES.
Entre los usos más frecuentes que de los productos de la evaluación y la acreditación
se hacen, están:
a) Para la autorregulación de las instituciones mediante la retroalimentación de los
procesos académicos en busca de la excelencia y de los procesos económico-
administrativos para el logro de la eficiencia.
b) Para informar a la sociedad y en especial a los futuros estudiantes, sobre la
calidad institucional.
c) Para obtener recursos financieros para las instituciones:
Los esfuerzos se orientarán a conseguir los siguientes beneficios para las instituciones
de educación superior acreditadas:
a) Lograr prestigio y respeto social, en razón de la credibilidad que recibirán sus
actividades académicas y sus propuestas.
b) Alcanzar que el Estado y el CONESUP distribuyan recursos financieros dando
prioridad, progresivamente, a los indicadores institucionales con alto nivel de
desempeño, incluidos en el proceso de Evaluación y Acreditación.
c) Acceder a recursos especiales que puedan ser asignados para financiar
proyectos específicos de mejoramiento de la calidad ya que por estar
acreditadas, han demostrado aptitud y capacidad para llevarlos a cabo
eficientemente.
d) Contribuir para que se conceda la autorización para desarrollar programas de
postgrado.
24
e) Prioridad para los créditos y fondos no reembolsables ante las fuentes de
financiamiento oficiales y para obtener el aval del Estado para tramitar
empréstitos internacionales.
f) Facilitar la rendición social de cuentas.
11.2 PROYECCIONES
El Consejo Nacional de Evaluación y Acreditación de la Educación Superior del
Ecuador viene desarrollando sus actividades desde octubre del 2002. Sus
acciones iniciales y propósitos generales están orientados hacia el
cumplimiento de las siguientes metas:
a. Cubrir en cinco años los procesos de evaluación y acreditación a todo el
sistema de Educación Superior o por lo menos a un elevado porcentaje de
ellos de acuerdo con la Disposición Transitoria Tercera del Reglamento
General.
b. Contribuir sustancialmente a lograr importantes mejoras de la calidad
académica y administrativa de las instituciones de educación superior, de
acuerdo con la Visión, Misión y plan institucional de cada una ellas.
c. Lograr que la pertinencia interna y externa de las instituciones de educación
superior mejoren significativamente y que la superación y mejoramiento de
la confiabilidad les permita alcanzar un mejor posicionamiento social.
d. Que un número importante de universidades y escuelas politécnicas e
institutos superiores técnicos y tecnológicos, alcancen un nivel de calidad
de acuerdo a estándares internacionales y que las demás instituciones se
encuentren en este proceso para alcanzar el nivel de calidad deseado.
e. La labor del CONEA en la tarea de difusión de los principios, objetivos,
métodos y beneficios de la evaluación y acreditación servirá de base para
generar una cultura básica de la evaluación en las instituciones de
educación superior y en la sociedad ecuatoriana.
25
f. En los próximos años el CONEA se habrá posicionado en la sociedad como
una Institución clave para el mejoramiento de la calidad de la educación
superior ecuatoriana y habrá alcanzado la confianza de la sociedad gracias
a la fundamentación académica y técnica de los procesos, el sólido
basamento ético y moral, a la equidad e imparcialidad en sus
procedimientos; y a haber logrado incorporar una masa crítica importante,
de calificados académicos ecuatorianos en todos los haceres de la
institución.
Para conseguir esta importante proyección futura el CONEA tiene previsto las
siguientes actividades inmediatas que se derivan de las políticas y estrategias
institucionales:
a) Elaborar las características y estándares de calidad para las
universidades y escuelas politécnicas, validarlas y publicarlas.
b) Elaborar la Guía de Autoevaluación a ser utilizada por las Universidades
y Escuelas Politécnicas, validarla y publicarla.
c) Elaborar la Guía de Autoevaluación para los Institutos Superiores
Técnicos y Tecnológicos, validarla y publicarla.
d) Elaborar el Manual de Evaluación Externa para las instituciones de
educación superior, validarlo y publicarlo.
e) Elaborar la Guía de Autoevaluación y el Manual de Evaluación Externa
para la Acreditación por programas de: postgrado y de educación a
distancia y virtual, validarlos y publicarlos.
Por otra parte, el CONEA explorará constantemente la posibilidad de obtener
colaboración y apoyo, tanto en el país como en el exterior, de organizaciones e
instituciones similares, que comparten su interés, fines y objetivos en la
educación superior, para establecer alianzas estratégicas. A la fecha se han
suscrito acuerdos y convenios con las siguientes organizaciones:
26
- Instituto Internacional para la Educación Superior en América Latina y el
Caribe- UNESCO/IESALC.
- Instituto Interamericano de Cooperación para la Agricultura – IICA
- Red Iberoamericana para la Evaluación y la Acreditación de la Calidad
de la Educación Superior, RIACES.
- Comisión Nacional de Evaluación y Acreditación Universitaria- CONEAU-
Argentina.
- Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación –ANECA –
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- Consejo Nacional de Acreditación (CNA) de Colombia.
- Comisión Nacional de Acreditación de Pregrado de Chile (SNAP).
- Asociación de Facultades Ecuatorianas de Filosofía y Ciencias de la
Educación– AFEFCE; y,
- Colegio Nacional de Ingenieros Agrónomos - CONIA.
27
CONSEJO DE EVALAUACION
ACREDITACION Y ASEGURAMIENTO DE
LA CALIDAD DE EDUCACION SUPERIOR
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UNIDAD N 2

  • 1. UNIVERSIDAD NACIONAL DE CHIMBORAZO FACULTAD DE CIENCIAS DE LA EDUCACIÓN, HUMANAS Y TECNOLOGÍAS ESCUELA DE PSICOLOGIA EDUCATIVA NOMBRE: GLENDA CHACHA TEMA : TRABAJO DE LA UNIDAD 2 Docente: PATRICIO TOBAR Periodo: 2015-2016 1
  • 2. INVESTIGAR ANTECEDENTES, HASTA LA ACTUALIDAD QUE ORGANISMOS DE GOBIERNO EVALUAN LAS CARRERAS DE LAS UNIVERSIDADES DEL PAIS 2
  • 3. CONSEJO NACIONAL DE EVALUACIÓN Y ACREDITACIÓN EL SISTEMA NACIONAL DE EVALUACIÓN Y ACREDITACIÓN DE LA EDUCACIÓN SUPERIOR ESTRUCTURA, POLÍTICAS, ESTRATEGIAS, PROCESOS Y PROYECCIONES Septiembre, 2003 3
  • 5. LA CALIDAD EN LA UNIVERSIDAD ECUATORIANALA CALIDAD EN LA UNIVERSIDAD ECUATORIANA PRINCIPIOS, CARACTERÍSTICAS Y ESTÁNDARES DE CALIDAD 1. BASE LEGAL DEL SISTEMA DE EVALUACIÓN Y ACREDITACIÓN.- 1.1. ANTECEDENTES Probablemente, el proceso más significativo de transformación, que inició la Universidad ecuatoriana en la última década del siglo anterior, fue la apertura a la aceptación de criterios de rendición social de cuentas, evaluación y acreditación de las Instituciones de Educación Superior. Esta iniciativa trascendió a la sociedad ecuatoriana provocando una reacción positiva y entusiasta en todos los sectores que la constituyen, reconociendo en ella una respuesta largamente esperada para sus demandas de transparencia respecto al quehacer educativo de las instituciones de educación superior; así como, la identificación de un camino viable para alcanzar la excelencia académica que el país percibe de igual manera como indispensable, para acceder a su pleno desarrollo y a niveles apropiados de competitividad en un mundo cada vez más globalizado. Correspondió al Consejo Nacional de Universidades y Escuelas Politécnicas (CONUEP), en funcionamiento de entonces, el liderazgo para introducir esos innovadores conceptos, que arraigaron en la comunidad académica nacional, gracias a varios años de amplio y participativo debate en numerosos eventos que fueron organizados y auspiciados por el propio CONUEP, así como por varias instituciones universitarias y politécnicas, comprometidas profundamente con la transformación de la Educación Superior. Es importante establecer el alcance que tiene la rendición financiera de cuentas y la rendición social de cuentas. La rendición financiera de cuentas es un proceso mediante el cual, las instituciones y entidades públicas y privadas, a través de la Contraloría General del Estado, rinden cuentas sobre sus ingresos, gastos, inversión, utilización de recursos administrativos y custodia de bienes. En el caso de las instituciones del sector público la 5
  • 6. rendición financiera de cuentas se realiza sobre la totalidad de sus recursos y bienes. En el caso de entidades de derecho privado, exclusivamente respecto de los bienes, rentas u otros subvenciones de carácter público que reciban. La rendición social de cuentas es un proceso mediante el cual, una institución de educación superior, pone en conocimiento de la sociedad, en términos de transparencia, todas las actividades que desarrolla y los servicios que ofrece, demostrando que son pertinentes y de calidad. Las instituciones de educación superior están moral y legalmente obligadas a rendir cuentas, para transparentar a la sociedad la integridad institucional y la calidad de todos sus haceres en concordancia con los propósitos y objetivos del Sistema de Educación Superior, las necesidades nacionales y las declaraciones de su propia misión de acuerdo al Art. 70 de la Constitución. En ese proceso el SEAES es el garante de la calidad de las instituciones ante la opinión pública, es el que avaliza la fe pública, a través del sello de calidad que es la acreditación, como lo establece el Art. 79 de la misma Constitución. 1.2. FUNDAMENTO CONSTITUCIONAL La Constitución Política de la República del Ecuador, promulgada en el Registro Oficial No. 01 del 11 de agosto de 1998, en su Art. 79, como uno de los postulados para impulsar y desarrollar la calidad académica a través de la excelencia, establece como mandato constitucional lo siguiente: “Para asegurar los objetivos de calidad, las instituciones de educación superior estarán obligadas a la rendición social de cuentas, para lo cual se establecerá un sistema autónomo de evaluación y acreditación, que funcionará en forma independiente, en cooperación y coordinación con el Consejo Nacional de Educación Superior”. La aplicación de este mandato constitucional, rige para todas las universidades y escuelas politécnicas legalmente establecidas en el país, así como para los institutos superiores técnicos y tecnológicos autorizados de acuerdo con la ley. Ninguna de las instituciones de educación superior, puede quedarse al margen de la evaluación y de la acreditación. 6
  • 7. 7
  • 8. 1.3. MARCO LEGAL La Ley Orgánica de Educación Superior, aprobada mediante Ley No. 16, publicada en el Registro Oficial No. 77, del 15 de mayo del 2000, en el Art. 90, señala: “Se establece el Sistema Nacional de Evaluación y Acreditación de la Educación Superior, que funcionará en forma autónoma e independiente, en coordinación con el CONESUP. Al Sistema, que integrará la autoevaluación institucional, la evaluación externa y la acreditación, deberán incorporarse en forma obligatoria las universidades, las escuelas politécnicas y los institutos superiores técnicos y tecnológicos del país”. Concomitantemente con la disposición de la Carta Suprema, la Ley Orgánica de Educación Superior ratifica el establecimiento del Sistema Nacional de Evaluación y Acreditación, como un organismo eminentemente autónomo e independiente. Sus relaciones con el CONESUP serán de coordinación, cooperación y de plena armonía. El proceso de autoevaluación incorporado por la ley, constituye un requisito "sine qua non" para acceder a la evaluación externa y la acreditación, prescritas en la Carta Magna y ratificadas por la Ley. El inciso segundo del Art. 90 de la misma Ley dispone que “El Sistema se regirá por su propio reglamento”. La expedición de este Reglamento es atribución del Presidente de la República, de conformidad con el Art. 171, numeral 5 de la Carta Magna. El Art. 92 de la citada Ley indica: “El Sistema Nacional de Evaluación y Acreditación de la Educación Superior estará dirigido por el Consejo Nacional de Evaluación y Acreditación, que se establece como organismo independiente del CONESUP…” Así como el Sistema Nacional de Educación Superior está dirigido por el Consejo Nacional de Educación Superior (CONESUP), así también, el Sistema Nacional de Evaluación y Acreditación de la Educación Superior (SEAES), se encuentra dirigido por el Consejo Nacional de Evaluación y Acreditación (CONEA). Tanto el CONESUP como el CONEA, como entidades de derecho público, funcionarán en forma autónoma e independiente, manteniendo los principios de coordinación, cooperación y armonía, de 8
  • 9. conformidad con la Constitución y la Ley; así como, de acuerdo a los requerimientos de la comunidad universitaria. El Art. 93 de la Ley Orgánica de Educación Superior establece como funciones del Consejo Nacional de Evaluación y Acreditación las siguientes: a) “Promover la cultura de la evaluación en los organismos y las instituciones del Sistema de Educación Superior del país; b) Fijar las políticas de evaluación y acreditación de los centros de educación superior; c) Determinar las características, criterios e indicadores de calidad y los instrumentos que han de aplicarse en la evaluación externa; d) Definir los términos de referencia básicos de la autoevaluación de los organismos y las instituciones del Sistema Nacional de Educación Superior; e) Elaborar las normas, guías y documentación técnica necesarios para la ejecución de los procesos de autoevaluación, evaluación externa y acreditación; f) Designar a los miembros del Comité Técnico de Evaluación y Acreditación; g) Calificar, previo concurso, a las instituciones y consultores especializados, nacionales o internacionales, para la ejecución de procesos de evaluación externa y acreditación de los centros de educación superior; h) Vigilar que los procesos de evaluación interna y externa se realicen de conformidad con las normas y procedimientos que para el efecto se establezcan y garantizar que sus resultados sean fruto de una absoluta independencia e imparcialidad; 9
  • 10. i) Conocer y resolver sobre los informes y recomendaciones derivados de los procesos de evaluación; j) Otorgar certificados de acreditación institucional, por programas y por carreras, a los centros de educación superior y unidades académicas que hayan cumplido con todos los requisitos exigidos para el efecto. Este certificado de acreditación tendrá carácter temporal; 1.4. BASE REGLAMENTARIA Para dar lugar a la aplicación del Art. 90 y siguientes de la Ley Orgánica de Educación Superior, el Gobierno Constitucional de la República del Ecuador, presidido por el doctor Gustavo Noboa Bejarano, mediante Decreto Ejecutivo No. 3093, publicado en el Registro Oficial No. 666, del 19 de septiembre del 2002, promulgó el Reglamento General del Sistema Nacional de Evaluación y Acreditación de la Educación Superior. El Art. 8 de este Reglamento establece: “Son funciones del Consejo Nacional de Evaluación y Acreditación, además de las establecidas en el artículo 93 de la Ley Orgánica de Educación Superior: a) Aprobar su presupuesto; b) Aprobar el Orgánico Estructural y Funcional del Consejo Nacional de Evaluación y Acreditación; c) Aprobar los reglamentos especiales que señale la ley; d) Adjudicar previo informe del Comité Técnico, la ejecución de los trabajos previstos en el Art. 93, literal g) de la Ley Orgánica de Educación Superior, así como los trabajos de consultoría requeridos para llevar adelante el proceso de evaluación y acreditación de la educación superior; e) Preparar y ejecutar planes de capacitación para formar especialistas en evaluación de la educación superior; y. Emitir los informes y documentos de trabajo de acuerdo con la ley y los 10
  • 11. reglamentos”. 2. ESTRUCTURA DEL SISTEMA DE EVALUACIÓN Y ACREDITACIÓN DE LA EDUCACIÓN SUPERIOR (SEAES).- El Sistema Nacional de Evaluación y Acreditación de la Educación Superior, se integra con los siguientes elementos: a) El componente institucional: Universidades, escuelas politécnicas e institutos superiores, técnicos y tecnológicos. b) El organismo acreditador: Consejo Nacional de Evaluación y Acreditación (CONEA) c) El componente legal: Constitución Política de la República, Ley Orgánica de Educación Superior, Reglamento General del Sistema Nacional de Evaluación y Acreditación y otros reglamentos. d) El componente técnico: Características y estándares de calidad, guías de autoevaluación, manual de evaluación externa y otros instructivos y documentos técnicos. e) Los procesos de evaluación y acreditación. f) Los usos y beneficios de la evaluación y acreditación. 3. ESTRUCTURA DEL CONSEJO NACIONAL DE EVALUACIÓN Y ACREDITACIÓN (CONEA).- El Sistema Nacional de Evaluación y Acreditación de la Educación Superior del Ecuador de acuerdo al Art. 92 de la LOES, está dirigido por el Consejo Nacional de Evaluación y Acreditación (CONEA), el cual está compuesto por: 11
  • 12. a) “Dos académicos designados por el Presidente de la República, de ternas elaboradas por la Asamblea Universitaria, calificados por el Consejo Nacional de Educación Superior (CONESUP), de fuera de su seno; b) Dos académicos designados por el Congreso Nacional, de ternas elaboradas por la Asamblea Universitaria, calificadas por el CONESUP, de fuera de su seno, uno de ellos podrá ser el candidato propuesto por las federaciones nacionales de estudiantes públicos y particulares; c) Un vocal designado por el Ministerio de Educación y Cultura; d) Un vocal designado por las federaciones nacionales de los colegios profesionales del país; e) Un vocal designado por el organismo estatal de ciencia y tecnología; y, f) Un vocal designado por la Federación de Cámaras de la Producción.” El Presidente es elegido de entre los miembros del Consejo Nacional de Evaluación y Acreditación. La calidad de miembros del Consejo está regulada por la Constitución Política del Estado y la Ley de Educación Superior. El Consejo Nacional de Evaluación y Acreditación cuenta con un organismo técnico – académico, la Secretaría Técnica y esta a su vez con la Secretaría General y el Comité Técnico de Evaluación y Acreditación. El Comité Técnico que es el organismo encargado del asesoramiento y sistematización de la evaluación, acreditación y control de los procesos está integrado por siete académicos de diferentes especialidades profesionales con más de diez años de docencia, preferentemente con título de postgrado (maestría o Ph.D.) y con capacitación y experiencia en los procesos de evaluación y acreditación. Dos de ellos son el Director de Evaluación y el Director de Acreditación, los cinco académicos restantes son designados por el Consejo mediante un proceso de selección reglamentado especialmente por el Consejo. Una síntesis de la base constitucional, legal y reglamentaria que sustenta el presente documento técnico se presenta en el anexo 1. 12
  • 13. La estructura y funciones de la Secretaría Técnica están determinadas en el Reglamento Interno y se representan en el organigrama ( ver gráfico 1). 13
  • 14. Gráfico 1. ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL DEL CONEA COMISIONES PERMANENTES Y ESPECIALES ASESORAS COMITÉ TÉCNICO ASESORÍA JURÍDICA AUDITORIA INTERNA PRESIDENTE CONSEJO SECRETARIA GENERAL INFORMÁTICA PERSONAL Y SERVICIOS GENERALES TESORERÍA BIENES DPTO. FINANCIERO CONTABILIDAD PLANIFICACIÓN COORD. Y COOP. INTER. DPTO. EVALUACION DPTO. ACREDITACION PRESUPUESTO 14
  • 15. 4. LAS INSTITUCIONES DE EDUCACIÓN SUPERIOR COMO SISTEMA VINCULADO CON LA SOCIEDAD.- Los centros de educación superior, y en especial las universidades, son organizaciones que provienen del entorno social en que están inscritas y responden a sus características, intereses y evolución histórica, incluso de determinados segmentos de la sociedad, ello explica fehacientemente porque no hay dos universidades o instituciones de educación superior iguales, quizá ni semejantes. Las numerosas y variadas interacciones que a lo largo de la vida institucional se han producido con el medio, han modelado sus fines y propósitos, incidido determinantemente en su oferta académica y orientado sostenidamente el rumbo de sus actividades investigativas. La razón de ser de las instituciones de educación superior ecuatorianas, no es otra, que dar respuesta a las necesidades de la sociedad, así como atender con pertinencia y oportunidad a una serie de demandas de ésta, relacionadas fundamentalmente con la formación de recursos humanos y la solución de los problemas que la aquejan a través de la investigación, cuyos productos están llamados a generar procesos de cambio y desarrollo de la colectividad, para proveer de progreso y bienestar a las personas. Para que los servicios que entregan las instituciones del sistema de educación superior a la sociedad sean de calidad, se debe conocer el tipo de sociedad que necesitamos; y, en función de ello, saber que tipo de hombre y mujer se requiere formar. Esto nos lleva a pensar en la necesidad de conocer a profundidad las demandas de esa sociedad y el rol que cumplen sus componentes como son el Estado, la empresa y otras organizaciones sociales. Tal situación demanda una constante vinculación y diálogo entre las instituciones de educación superior y la colectividad, para reflexionar en las alternativas de desarrollo y apoyarse mutuamente en la difícil tarea de contribuir desde sus competencias a la construcción de un futuro mejor. 15
  • 16. Enfrentar este reto, constituye para las instituciones de educación superior un verdadero desafío. Implica repensar el hacer institucional, planificar y desarrollar sus procesos en forma más eficiente y eficaz. Significa revisar su Visión, Misión, sus objetivos y propósitos constante y sistemáticamente, en función de país. En el gráfico 2 se presenta la visión del trabajo universitario como sistema: Gráfico 2. El trabajo universitario visto como sistema CONTEXTO Y RECURSOS (Entradas) PROCESOS RESULTADOS (Productos) Sistema productivo del país. Necesidades del desarrollo social y económico del país. Necesidades del desarrollo científico y tecnológico y humanístico del país y región. Necesidades de formación de recursos humanos para el país. El conocimiento científico-técnico actualizado disponible. Recursos humanos, financieros y físicos disponibles para la actividad. Formación de recursos humanos Interacción social Investigación científica y tecnológica Gestión universitaria Graduados Egresados Producción científica y tecnológica Producción para el desarrollo social Planificación Evaluación Acreditación Sociedad 5. LA EVALUACIÓN Y ACREDITACIÓN EN LA PROPUESTA DEL CONEA.- La propuesta de evaluación y acreditación del CONEA, se orienta a cumplir los objetivos fundamentales señalados por la Ley Orgánica de Educación Superior en su Art. 90, que hace referencia al fomento y aseguramiento de la calidad de los centros de educación superior y viabilizar la rendición social de cuentas. La experiencia internacional, muy rica y extendida, demuestra más allá de toda duda, la utilidad de los procesos de evaluación y acreditación para el logro de esos propósitos, ahora le toca al Sistema Nacional de Educación Superior, por necesario acatamiento a 16
  • 17. las disposiciones legales, y por supuesto, por así convenir al desarrollo de la educación superior del país, iniciar la aplicación de la evaluación y acreditación. La evaluación en este documento, se plantea como un proceso de reflexión sistemático que posibilita conocer, interpretar, comprender y explicar las distintas situaciones del hacer universitario, y desde esa posición, emitir juicios de valor fundamentados y adoptar decisiones orientadas a cambiar y mejorar la institución, corrigiendo errores y fortaleciendo aciertos, superando las debilidades y apoyándose en las fortalezas, para estructurar y consolidar un programa de mejoramiento sostenido y continuo. Esta propuesta de evaluación y acreditación se aplicará, para la ejecución y concreción de sus objetivos específicos, en las instituciones de educación superior, en los programas y en las carreras. La evaluación institucional se aplicará fundamentalmente a nivel universitario de pregrado y en los institutos superiores técnicos y tecnológicos, en tanto que la evaluación por programas se ejecutará en el nivel de postgrado y en la enseñanza a distancia y virtual. La evaluación en un proyecto de fomento y aseguramiento de la calidad, es considerada como un proceso complejo que consta de dos fases: la autoevaluación y la evaluación externa; cada una de ellas con diferentes actores e instancias responsables de su planificación y ejecución. Sin embargo, es preciso que se considere a la evaluación institucional y de programas o carreras como un todo, en el que hay dos instituciones interactuando estrechamente: el CONEA y la Institución de Educación Superior en 17
  • 18. proceso de evaluación y acreditación, ambas con el mismo objetivo primordial, el mejoramiento de la calidad de las instituciones de educación superior, pero con roles y responsabilidades diferentes que para alcanzar un logro exitoso, deben concretar altos niveles de transparencia, confianza y colaboración mutua. Para hacer posible que estos propósitos se cumplan, los procesos de evaluación en esta propuesta tienen diseñadas unas características coherentes que se enuncian en el numeral 6, más adelante. De acuerdo al Art. 90 de la LOES, las grandes fases del proceso de evaluación son la autoevaluación institucional, la evaluación externa y la acreditación. 5.3 ACREDITACIÓN La acreditación es la certificación que el Consejo Nacional de Evaluación y Acreditación confiere a una institución, carrera, programa o unidad académica del Sistema Nacional de Educación Superior, haciendo público al país, la claridad de su Visión, Misión, objetivos de calidad de sus procesos académicos, la eficiencia de su gestión, la coherencia de sus propósitos y recursos, investigación y planeamiento que garantice un desempeño sostenido de calidad de institución acreditada. Para extender la acreditación, el Consejo Nacional de Evaluación y Acreditación tomará en consideración el informe de autoevaluación, el informe de evaluación externa y el informe del Comité Técnico de evaluación y acreditación, resolverá, de manera inapelable, sobre la solicitud de acreditación presentado por una institución de educación superior. El Consejo Nacional de Evaluación y Acreditación podrá resolver: a) Conceder la acreditación a la institución solicitante; por el período de vigencia establecido en la Ley de Educación Superior; b) Conceder una acreditación condicionada a la introducción de los cambios señalados en la resolución; y, c) Negar la acreditación. 18
  • 19. Cuando el Consejo Nacional de Evaluación y Acreditación conceda la acreditación deberá publicar por una sola vez en tres diarios de circulación nacional, la resolución fundamentada de esa acreditación. 6. ASPECTOS SUSTANTIVOS DEL PROCESO DE EVALUACIÓN Y ACREDITACIÓN.- Los principales aspectos que caracterizan el proceso de evaluación y acreditación son: a) Obligatoriedad. Esta característica guarda concordancia con el Art. 79 de la Constitución Política de la República y el Art. 90 de la Ley Orgánica de Educación Superior, que establece que es obligatorio para todas las instituciones de educación superior del país, la rendición social de cuentas a través del Sistema Nacional de Evaluación y Acreditación de la Educación Superior. La oportunidad de acceder a los procesos de evaluación y acreditación, es voluntaria dentro del plazo estipulado en el Art. 29 del Reglamento General del SEAES. Inclusive, si la autoevaluación es únicamente con fines de mejoramiento y no de acreditación, ésta es totalmente voluntaria, donde no interviene el ente acreditador. b) Autonomía e independencia. Los entes de evaluación y acreditación deben ser autónomos e independientes para garantizar la imparcialidad de sus procedimientos. c) Contextualización. La acreditación debe tener en cuenta las características del desarrollo del país, del Sistema Educativo y las que son propias de cada institución y programa evaluado, así como la naturaleza de la institución y los valores que promueve. d) Participación. Debe garantizar la contribución democrática de los diversos sectores universitarios en la definición de la calidad y en el proceso de 19
  • 20. determinación de la misma, así como la participación de las instituciones en la selección de los evaluadores externos. e) Periodicidad. La evaluación universitaria debe ser permanente en la institución. Los periodos de acreditación serán prefijados y solo variarán cuando ocurra un cambio sustancial en la institución acreditada. f) Flexibilidad. La evaluación y acreditación deben tomar en consideración las características de las instituciones y de los programas, por lo tanto no se darán procesos estandarizados ni repetitivos. g) Intransferibilidad. La acreditación que haya obtenido una institución universitaria un programa o carrera, no podrá ser trasladada a otra, ni siquiera a una extensión de la propia institución. h) Credibilidad. Los procesos de autoevaluación, evaluación externa y acreditación, respetarán y preservarán la naturaleza y régimen jurídico de las instituciones de educación superior, demostrarán imparcialidad y estricto sentido ético; y se regirán preferentemente por criterios académicos y de gestión. i) Publicidad. Para el buen cumplimiento de sus propósitos la acreditación deberá ser pública y respaldada o fundamentada en un resumen que exprese las razones del Consejo Nacional de Evaluación y Acreditación para concederla. j) Formalización. Los procesos de autoevaluación, evaluación externa y acreditación, están estatuidos jurídicamente en la Constitución Política del Ecuador, en la Ley Orgánica de Educación Superior, en el Reglamento del Sistema General de Evaluación y Acreditación de la Educación Superior y demás instrumentos legales vigentes. Economía. Los procesos mencionados deberán manejarse de manera eficiente, de tal forma que prevalezca el criterio de inversión, para las instituciones de educación superior y el Estado. 20
  • 21. 7. OBJETIVOS DEL SEAES.- De acuerdo al Art. 91 de la Ley Orgánica de Educación Superior, los objetivos del Sistema Nacional de Evaluación y Acreditación de la Educación Superior son: a) Asegurar la calidad de las instituciones de educación superior y fomentar procesos permanentes de mejoramiento de la calidad académica y de gestión en los centros de educación superior, para lo cual se integrarán los procesos de autoevaluación institucional, evaluación externa y acreditación; b) Informar a la sociedad ecuatoriana sobre el nivel de desempeño institucional de los establecimientos de educación superior, a fin de garantizar su calidad, propiciando su depuración y mejoramiento; c) Viabilizar la rendición social de cuentas del CONESUP y de los centros de educación superior, en relación con el desarrollo integral que requiere el país y sobre el cumplimiento de su misión, fines y objetivos; d) Contribuir a garantizar la equivalencia de grados y títulos dentro del país e internacionalmente; y, e) Contribuir a que los procesos de creación de universidades, escuelas politécnicas e institutos superiores técnicos y tecnológicos respondan a reales necesidades de la sociedad. 8. POLÍTICAS DE EVALUACIÓN Y ACREDITACIÓN.- Para imprimir claridad, énfasis y prioridad en el logro de los objetivos propuestos, se han previsto las siguientes políticas: a) Se generará y promoverá una cultura de evaluación en las instituciones de educación superior y en su entorno, factor fundamental para el éxito del 21
  • 22. Sistema, especialmente en sus primeras etapas, debido a la inexistencia de experiencias en este campo en el país. Deberá concederse máxima prioridad y especial énfasis a preparar actividades que conduzcan a este propósito desde el inicio del proyecto y luego, permanentemente durante su desarrollo. b) Se estimularán actividades y mecanismos que se orienten a favorecer, construir y afirmar logros de calidad en el hacer universitario. La búsqueda de la calidad y el logro de la excelencia serán guía y motivación permanente en las acciones de todos los actores del proceso, a lo largo de la formación y funcionamiento del Sistema Nacional de Evaluación y Acreditación de la Educación Superior. c) Se identificarán y aplicarán constantemente estrategias y mecanismos que se orienten a lograr sostenidamente, el establecimiento de nuevas relaciones de interacción con la sociedad civil y el Estado, basadas en la credibilidad, confianza mutua y en la calidad e integridad de las instituciones de educación superior, demostrada por medio de la acreditación. d) Se procederá a incorporar permanentemente durante la construcción del sistema y su funcionamiento, conceptos actualizados, procesos eficientes y normas de calidad en la evaluación y acreditación, cuidadosamente contextualizados a nuestra realidad. e) Se adoptarán estrategias y procedimientos eficaces que aseguren la credibilidad y validez nacional e internacional del Sistema Nacional de Evaluación y Acreditación de la Educación Superior (SEAES); y, se mantendrá sobre ellos seguimiento y evaluación permanente. 9. ESTRATEGIAS DE EVALUACIÓN Y ACREDITACIÓN.- Para el apropiado cumplimiento de las políticas expuestas, se plantean las siguientes estrategias: a) La participación de los actores, individuales e institucionales, será estimulada y garantizada en todas las fases y etapas de la evaluación y acreditación. Solo un proceso con irrestricta participación de los estamentos 22
  • 23. universitarios y de las instituciones de educación superior, en su caso, puede garantizar su eficacia y asegurar los cambios futuros. b) El CONEA, las universidades y escuelas politécnicas y los institutos superiores técnicos y tecnológicos, deberán concertadamente desarrollar un esfuerzo sistemático para formar una cultura de la evaluación en la comunidad universitaria y en el país. Se diseñarán para eso campañas de información en los medios de comunicación social, seminarios, cursos, conferencias, encuentros, etc. En fin toda actividad que contribuya a este propósito. c) Se gestionarán acuerdos y convenios interinstitucionales, tanto en el país como en exterior, para obtener información, asesoría, pasantías y todo tipo de colaboración que respalde y apoye el funcionamiento del CONEA y su Secretaría Técnica con características de excelencia. Explícitamente, se harán los contactos internacionales que permitan establecer vínculos permanentes entre el CONEA y los sistemas internacionales de evaluación y acreditación universitaria. d) Se buscará establecer intensos nexos de trabajo con el CONESUP y cada una de las instituciones de educación superior para asegurar complementariedad, coordinación y participación en las acciones. e) El financiamiento del SEAES para ser eficaz, deberá diversificarse en su procedencia a fin de que no provenga únicamente del Estado, para ello se gestionarán aportes de otras fuentes en el país y en el exterior así como llevar adelante programas de autogestión. f) Para fomentar el interés de las instituciones de educación superior por los proyectos de cambio producto de la evaluación y reconocer los logros alcanzados, se gestionarán fondos para financiar esos proyectos de cambio y facilidades de acceso a fuentes de crédito para las instituciones integrantes del sistema, entre otras medidas de estímulo. 10. USOS Y VENTAJAS DE LA ACREDITACIÓN.- 23
  • 24. Deben establecerse los usos y ventajas que las instituciones de educación superior darán y recibirán de los productos de la evaluación y acreditación y lo que les significará incorporarse al SEAES. Entre los usos más frecuentes que de los productos de la evaluación y la acreditación se hacen, están: a) Para la autorregulación de las instituciones mediante la retroalimentación de los procesos académicos en busca de la excelencia y de los procesos económico- administrativos para el logro de la eficiencia. b) Para informar a la sociedad y en especial a los futuros estudiantes, sobre la calidad institucional. c) Para obtener recursos financieros para las instituciones: Los esfuerzos se orientarán a conseguir los siguientes beneficios para las instituciones de educación superior acreditadas: a) Lograr prestigio y respeto social, en razón de la credibilidad que recibirán sus actividades académicas y sus propuestas. b) Alcanzar que el Estado y el CONESUP distribuyan recursos financieros dando prioridad, progresivamente, a los indicadores institucionales con alto nivel de desempeño, incluidos en el proceso de Evaluación y Acreditación. c) Acceder a recursos especiales que puedan ser asignados para financiar proyectos específicos de mejoramiento de la calidad ya que por estar acreditadas, han demostrado aptitud y capacidad para llevarlos a cabo eficientemente. d) Contribuir para que se conceda la autorización para desarrollar programas de postgrado. 24
  • 25. e) Prioridad para los créditos y fondos no reembolsables ante las fuentes de financiamiento oficiales y para obtener el aval del Estado para tramitar empréstitos internacionales. f) Facilitar la rendición social de cuentas. 11.2 PROYECCIONES El Consejo Nacional de Evaluación y Acreditación de la Educación Superior del Ecuador viene desarrollando sus actividades desde octubre del 2002. Sus acciones iniciales y propósitos generales están orientados hacia el cumplimiento de las siguientes metas: a. Cubrir en cinco años los procesos de evaluación y acreditación a todo el sistema de Educación Superior o por lo menos a un elevado porcentaje de ellos de acuerdo con la Disposición Transitoria Tercera del Reglamento General. b. Contribuir sustancialmente a lograr importantes mejoras de la calidad académica y administrativa de las instituciones de educación superior, de acuerdo con la Visión, Misión y plan institucional de cada una ellas. c. Lograr que la pertinencia interna y externa de las instituciones de educación superior mejoren significativamente y que la superación y mejoramiento de la confiabilidad les permita alcanzar un mejor posicionamiento social. d. Que un número importante de universidades y escuelas politécnicas e institutos superiores técnicos y tecnológicos, alcancen un nivel de calidad de acuerdo a estándares internacionales y que las demás instituciones se encuentren en este proceso para alcanzar el nivel de calidad deseado. e. La labor del CONEA en la tarea de difusión de los principios, objetivos, métodos y beneficios de la evaluación y acreditación servirá de base para generar una cultura básica de la evaluación en las instituciones de educación superior y en la sociedad ecuatoriana. 25
  • 26. f. En los próximos años el CONEA se habrá posicionado en la sociedad como una Institución clave para el mejoramiento de la calidad de la educación superior ecuatoriana y habrá alcanzado la confianza de la sociedad gracias a la fundamentación académica y técnica de los procesos, el sólido basamento ético y moral, a la equidad e imparcialidad en sus procedimientos; y a haber logrado incorporar una masa crítica importante, de calificados académicos ecuatorianos en todos los haceres de la institución. Para conseguir esta importante proyección futura el CONEA tiene previsto las siguientes actividades inmediatas que se derivan de las políticas y estrategias institucionales: a) Elaborar las características y estándares de calidad para las universidades y escuelas politécnicas, validarlas y publicarlas. b) Elaborar la Guía de Autoevaluación a ser utilizada por las Universidades y Escuelas Politécnicas, validarla y publicarla. c) Elaborar la Guía de Autoevaluación para los Institutos Superiores Técnicos y Tecnológicos, validarla y publicarla. d) Elaborar el Manual de Evaluación Externa para las instituciones de educación superior, validarlo y publicarlo. e) Elaborar la Guía de Autoevaluación y el Manual de Evaluación Externa para la Acreditación por programas de: postgrado y de educación a distancia y virtual, validarlos y publicarlos. Por otra parte, el CONEA explorará constantemente la posibilidad de obtener colaboración y apoyo, tanto en el país como en el exterior, de organizaciones e instituciones similares, que comparten su interés, fines y objetivos en la educación superior, para establecer alianzas estratégicas. A la fecha se han suscrito acuerdos y convenios con las siguientes organizaciones: 26
  • 27. - Instituto Internacional para la Educación Superior en América Latina y el Caribe- UNESCO/IESALC. - Instituto Interamericano de Cooperación para la Agricultura – IICA - Red Iberoamericana para la Evaluación y la Acreditación de la Calidad de la Educación Superior, RIACES. - Comisión Nacional de Evaluación y Acreditación Universitaria- CONEAU- Argentina. - Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación –ANECA – España - Consejo Nacional de Acreditación (CNA) de Colombia. - Comisión Nacional de Acreditación de Pregrado de Chile (SNAP). - Asociación de Facultades Ecuatorianas de Filosofía y Ciencias de la Educación– AFEFCE; y, - Colegio Nacional de Ingenieros Agrónomos - CONIA. 27
  • 28. CONSEJO DE EVALAUACION ACREDITACION Y ASEGURAMIENTO DE LA CALIDAD DE EDUCACION SUPERIOR 28
  • 29. 29
  • 30. 30
  • 31. 31
  • 32. 32
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  • 34. 34
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